BIENES. El Vendedor declara y garantiza al Comprador que, en la fecha de entrega de los Bienes al Comprador y durante el período más largo del período de garantía estándar del Vendedor más el período de un (1) año adicional, a partir de la fecha de entrega (el "Período de Garantía"), todos los Bienes, incluidos todos los Bienes reparados, sustituidos y reutilizados, y los materiales incorporados a todos los Bienes: (a) estarán libres de defectos de material, mano de obra, fabricación y diseño; (b) se ajustarán a las especificaciones e instrucciones del Comprador; (c) serán comercializables, aptos para el fin previsto y funcionarán según lo previsto; (d) cumplirán todas las normas industriales aplicables y todas las leyes, normas, reglamentos, aprobaciones y órdenes aplicables, incluidas las leyes relativas a la prohibición de la esclavitud y la trata de seres humanos del país o países en los que el Comprador y el Vendedor hagan negocios; (e) serán nuevos y no han sido utilizados antesn; y (f) estarán libres de todo gravamen, reclamación, y otras cargas. En caso de que se produzca un incumplimiento de la garantía anterior durante el Periodo de Garantía, el Comprador podrá, a su entera discreción, (a) exigir al Vendedor que corrija los Bienes que no se ajusten a la garantía mediante su reparación, sustitución o nueva fabricación, por cuenta y riesgo del Vendedor, en un plazo de siete (7) días hábiles a partir de la solicitud del Comprador, (b) devolver al Vendedor los Bienes que no se ajusten a la garantía, por cuenta y riesgo del Vendedor, y recuperar del Vendedor el precio de dichos Bienes, o (c) utilizar los Bienes que no se ajusten a la garantía y exigir una reducción adecuada del precio de dichos Bienes, o (d) solicitar cualquier otro recurso disponible en virtud de la legislación vigente.
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Samples: Purchase Agreement, Standard Purchase Order Terms and Conditions
BIENES. 16.1 El Vendedor declara Estado es propietario de los hidrocarburos descubiertos, así como de la información, datos, compilaciones e interpretaciones de los mismos, y garantiza al Comprador quede las muestras resultantes de las operaciones petroleras originadas de la ejecución de este contrato.
16.2 La maquinaria, equipo, instalaciones y otros bienes muebles o inmuebles adquiridos por el Contratista y que se relacionen con el área de contrato, en razón de que el costo de los mismos será recuperable en forma prioritaria conforme a lo establecido en la cláusula décima primera de este contrato, pasarán a la terminación del contrato por cualquier causa y en cualquier momento que esto ocurra, a propiedad del Estado, sin costo alguno, en el estado que los importó, adquirió o construyó, salvo los desperfectos inherentes al uso normal y prudente de los mismos.
16.3 Durante la vigencia de este contrato, el Contratista tendrá la facultad de hacer uso exclusivo, libre de cargas, tales como arrendamiento de los bienes mencionados en el numeral dieciséis punto dos anterior, para la realización de las operaciones comprometidas objeto de este contrato, quedando bajo su absoluta responsabilidad el mantenimiento, aseguramiento y cualquier otro costo o servicio público o de otro tipo asociado al buen funcionamiento de los mismos, los cuales se considerarán como costos recuperables, salvo lo previsto en el numeral once punto cuatro de la cláusula décima primera de este contrato. Si el contratista fuere titular de dos o más contratos de operaciones petroleras en el país, deberá solicitar autorización permanente para movilizar y utilizar maquinaria y equipo entre sus contratos, a efecto de minimizar los costos.
16.4 Cuando el costo de los bienes haya sido recuperado parcial o totalmente, le queda prohibido al Contratista cualquier enajenación, gravamen o exportación de dichos bienes, salvo con la previa autorización escrita del MEM, en cuyo caso, los ingresos que se obtengan serán acreditables a los costos recuperables, conforme el Anexo Contable.
16.5 En el caso de pérdida de bienes del Contratista cuyo costo haya sido recuperado parcial o totalmente conforme al contrato, el Contratista asumirá tales pérdidas y el reemplazo de dichos bienes, los cuales no podrán ser incluidos dentro de los costos recuperables del área de contrato.
16.6 En el caso de que el Contratista disponga vender bienes de su propiedad asignados a las operaciones de exploración y explotación derivadas de la ejecución de este contrato, el Estado tendrá derecho preferencial para adquirir dichos bienes al valor indicado en los libros de contabilidad del Contratista. El derecho preferencial antes indicado, deberá ejercerlo el MEM dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes, a la fecha de entrega de los Bienes al Comprador y durante haber sido notificado por el período más largo del período de garantía estándar del Vendedor más el período de un (1) año adicional, a partir Contratista de la fecha de entrega (el "Período de Garantía")venta que pretenda efectuar, todos los Bienes, incluidos todos los Bienes reparados, sustituidos conforme a lo dispuesto en la Ley y reutilizados, y los materiales incorporados a todos los Bienes: (a) estarán libres de defectos de material, mano de obra, fabricación y diseño; (b) se ajustarán a las especificaciones e instrucciones del Comprador; (c) serán comercializables, aptos para el fin previsto y funcionarán según lo previsto; (d) cumplirán todas las normas industriales aplicables y todas las leyes, normas, reglamentos, aprobaciones y órdenes aplicables, incluidas las leyes relativas a la prohibición de la esclavitud y la trata de seres humanos del país o países en los que el Comprador y el Vendedor hagan negocios; (e) serán nuevos y no han sido utilizados antesn; y (f) estarán libres de todo gravamen, reclamación, y otras cargas. En caso de que se produzca un incumplimiento de la garantía anterior durante el Periodo de Garantía, el Comprador podrá, a su entera discreción, (a) exigir al Vendedor que corrija los Bienes que no se ajusten a la garantía mediante su reparación, sustitución o nueva fabricación, por cuenta y riesgo del Vendedor, en un plazo de siete (7) días hábiles a partir de la solicitud del Comprador, (b) devolver al Vendedor los Bienes que no se ajusten a la garantía, por cuenta y riesgo del Vendedor, y recuperar del Vendedor el precio de dichos Bienes, o (c) utilizar los Bienes que no se ajusten a la garantía y exigir una reducción adecuada del precio de dichos Bienes, o (d) solicitar cualquier otro recurso disponible en virtud de la legislación vigenteReglamento General.
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Samples: Modelo De Contrato De Exploración Y Explotación De Hidrocarburos, Modelo De Contrato De Exploración Y Explotación De Hidrocarburos
BIENES. El a) Siempre que el Comprador solicite algún bien, las partes establecerán las cantidades de mutuo acuerdo para cada envío y las fechas de entrega. En consecuencia, SEFAR entregará y el Comprador aceptará la entrega de las cantidades de envío especificadas en las fechas de entrega acordadas, SEFAR pueda enviar una cantidad que sea un 10% mayor o menor que la cantidad señalada para el envío.
b) En el caso de los pedidos pendientes, SEFAR podrá, a su discreción, considerar el pedido completo dentro de las tolerancias de envío señaladas en el inciso anterior o enviar los artículos restantes cuando estén disponibles bajo condiciones de entrega estándar.
c) Si las partes no llegan a un acuerdo mutuo sobre las cantidades y las fechas de entrega, el Comprador aceptará los Productos como y cuando sean enviados razonablemente por el Vendedor.
d) En cualquier fecha de vencimiento mutuamente acordada o en la terminación previa de este Contrato en su totalidad o en parte por cualquier razón, el Comprador aceptará la entrega inmediata de todos los Productos completados y especialmente fabricados previamente ordenados y pagará al Vendedor declara y garantiza al Comprador que, a los precios en vigor del Vendedor en la fecha de entrega entrega. Además, el Comprador reembolsará a SEFAR cualquier pérdida por pedidos incompletos que el Comprador, a su discreción, decida no completar, incluyendo pero limitándose a los materiales o bienes adquiridos para completar los pedidos. Todos y cada uno de los Bienes depósitos cobrados se utilizarán para compensar los costos incurridos en relación con los bienes o servicios, incluyendo pero no limitándose al Comprador valor xxxxx xx xxxxxxx de las materias primas, los bienes en proceso o terminados y durante el período más largo del período de garantía estándar del Vendedor más el período de un (1) año adicional, a partir de la fecha de entrega (el "Período de Garantía"), todos los Bienes, incluidos todos los Bienes reparados, sustituidos y reutilizados, y los materiales incorporados a todos los Bienes: (a) estarán libres de defectos de material, mano de obra, fabricación y diseño; (b.
e) se ajustarán a las especificaciones e instrucciones del Comprador; (c) serán comercializables, aptos para el fin previsto y funcionarán según lo previsto; (d) cumplirán todas las normas industriales aplicables y todas las leyes, normas, reglamentos, aprobaciones y órdenes aplicables, incluidas las leyes relativas a la prohibición Independientemente de la esclavitud y participación de SEFAR en el diseño, la trata preparación o la copia de seres humanos del país las Mercancías o países en los que el suministro de asesoramiento o información (i) SEFAR no será responsable ante el Comprador o un tercero o una tercera persona si la preparación, el montaje o la fabricación de los Productos o el material impreso o gráfico de las mismas en cumplimiento de las especificaciones, la solicitud o la aprobación del Comprador infringe los derechos de propiedad de otros, ya sean adquiridos por el uso, el registro, los derechos de autor, (ii) el Comprador indemnizará y eximirá al Vendedor de la responsabilidad descrita en el punto (i) anterior y el Vendedor hagan negocios; (e) serán nuevos Comprador pagará o garantizará sin demora cualquier sentencia o recuperación y no han sido utilizados antesn; pagará los costos y (f) estarán libres gastos realizados por el Vendedor, incluidos los honorarios de todo gravamen, reclamación, los abogados y otras cargas. En caso de las costas judiciales en que se produzca un incumplimiento incurra en la investigación, resolución o defensa de la garantía anterior durante el Periodo de Garantía, el Comprador podrá, a su entera discreción, (a) exigir al Vendedor que corrija los Bienes que no se ajusten a la garantía mediante su reparación, sustitución cualquier reclamación o nueva fabricación, por cuenta y riesgo del Vendedor, acción en un plazo de siete (7) días hábiles a partir de la solicitud del Comprador, (b) devolver al Vendedor los Bienes que no se ajusten a la garantía, por cuenta y riesgo del Vendedor, y recuperar del Vendedor el precio de dichos Bienes, o (c) utilizar los Bienes que no se ajusten a la garantía y exigir una reducción adecuada del precio de dichos Bienes, o (d) solicitar relación con cualquier otro recurso disponible en virtud de la legislación vigenteresponsabilidad.
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Samples: Contrato De Compraventa Internacional De Mercaderías
BIENES. 5.1.1. El Vendedor declara y garantiza Contratista/Proveedor deberá entregar al Comprador queAdministrador del Proyecto, al área o a las personas que éste designe en el contrato respectivo, una declaración utilizando el Formato 3 incluido en el presente Anexo, mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad, que el cálculo de la fecha proporción de entrega contenido nacional de los Bienes al Comprador bienes de que se trate se obtuvo de conformidad con “la Metodología”; asimismo, indicando que la información es correcta, completa, veraz y durante verificable. Para el período más largo correcto llenado del período de garantía estándar Formato 3, el Contratista/Proveedor deberá apegarse a las indicaciones del Vendedor más mismo.
5.1.2. La declaración a que hace referencia el período de un (1) año adicionalnumeral anterior deberá ser entregada por el Contratista/Proveedor, a partir de la fecha de entrega (el "Período aceptación de Garantía"), todos los Bienes, incluidos todos los Bienes reparados, sustituidos y reutilizados, y los materiales incorporados a todos los Bienes: (a) estarán libres de defectos de material, mano de obra, fabricación y diseño; (b) se ajustarán a las especificaciones e instrucciones del Comprador; (c) serán comercializables, aptos para el fin previsto y funcionarán según lo previsto; (d) cumplirán todas las normas industriales aplicables y todas las leyes, normas, reglamentos, aprobaciones y órdenes aplicables, incluidas las leyes relativas a la prohibición bienes por parte de la esclavitud EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA y como fecha límite, el último día hábil del mes de enero del siguiente año. En el caso de contratos cuya ejecución sea igual o menor a 365 días naturales e impacte a dos ejercicios fiscales, o bien, tratándose de contratos plurianuales, la trata primera declaración deberá ser entregada por el Contratista/Proveedor durante el mes de seres humanos enero del país o países año inmediato posterior al del inicio de la vigencia del contrato, teniendo como fecha límite el último día hábil de dicho mes. Asimismo, las declaraciones subsecuentes deberán presentarse el último día hábil de enero de cada año, reportando la información que corresponda al año inmediato anterior. Para ambos supuestos, se deberá considerar el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre del ejercicio fiscal al que corresponden las facturas que se reportan en cada declaración. Cuando el Contratista/Proveedor no haya emitido ninguna factura relacionada con este contrato en el ejercicio a declarar, deberá presentar en los que el Comprador plazos establecidos una declaración en “ceros”, indicando “0.0” (cero punto cero) en proporción de contenido nacional y el Vendedor hagan negocios; “0.0” (ecero punto cero) serán nuevos y no han sido utilizados antesn; y (f) estarán libres de todo gravamen, reclamación, y otras cargasen monto facturado acumulado anual. En caso de que se produzca un incumplimiento por causa justificada el Contratista/Proveedor solicite una prórroga para la entrega de la garantía anterior durante el Periodo declaración, deberá realizarlo por escrito al Administrador del Proyecto con por lo menos 5 días hábiles de Garantía, el Comprador podrá, a su entera discreción, (a) exigir al Vendedor que corrija los Bienes que no se ajusten anticipación a la garantía mediante su reparaciónfecha de vencimiento de la entrega (último día hábil de enero), sustitución o nueva fabricación, la cual podrá ser otorgada por cuenta y riesgo del Vendedor, en un plazo máximo de siete 20 (7veinte) días hábiles a partir y por única ocasión. El Contratista/Proveedor deberá realizar la entrega de la solicitud declaración en los plazos establecidos en este apartado, independientemente de cualquier correo recordatorio de presentarla que le sea remitido antes o después de la fecha límite, vía el correo electrónico xxxxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxx.xxx. Los correos recordatorios que sean enviados a través de dicho correo no sustituyen ni modifican el plazo establecido contractualmente para que el Contratista/Proveedor entregue el Formato 3. Petróleos Mexicanos o la Empresa Productiva Subsidiaria podrá solicitar información, requerir datos, enviar invitaciones a cursos, entre otros, vía el correo electrónico xxxxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxx.xxx, que tengan relación con la entrega de la declaración.
5.1.3. El Contratista/Proveedor deberá presentar en forma obligatoria el escrito correspondiente al Formato 3 en el sistema de información electrónica creado para tal efecto, el cual se encuentra disponible en la siguiente liga: El Contratista/Proveedor previamente deberá solicitar los datos de acceso a dicho sistema y el alta del Compradorcontrato que corresponda, al correo electrónico: xxxxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxx.xxx, proporcionando la razón social, el Registro Federal de Contribuyentes (bRFC) devolver en el caso de empresas nacionales, el nombre completo de su representante legal, correo electrónico y número de teléfono de contacto. Asimismo, el número, objeto y fechas de firma, inicio y término del contrato, así como el nombre de la Empresa Productiva Subsidiaria con la que se celebró el contrato. El Contratista/Proveedor deberá realizar la carga del Formato 3 en los periodos de entrega señalados en el apartado 5.1.2 de este Anexo, atendiendo las instrucciones de uso del sistema. El Contratista/Proveedor deberá entregar al Vendedor Administrador del Proyecto, al área o a las personas que éste designe en el contrato respectivo, el acuse de recibo que emite el sistema de información electrónica creado para tal efecto, una vez concluida satisfactoriamente la carga del Formato 3. En caso de que por causa justificada el Contratista/Proveedor requiera sustituir el Formato 3 que haya cargado en el sistema de información electrónica creado para tal efecto, deberá solicitarlo, previa autorización del Administrador del Proyecto, el área o las personas que éste haya designado en el contrato respectivo, al correo electrónico: xxxxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxx.xxx, indicando brevemente las causas que originan dicha sustitución. El Contratista/Proveedor deberá conservar los Bienes acuses de recibo de cada una de las cargas que haya realizado en el sistema de información electrónica creado para tal efecto; la fecha del primer acuse de recibo será la que se tome en consideración para determinar si el Contratista/Proveedor está sujeto o no se ajusten a la garantíaaplicación de una pena convencional, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5.3 de este Anexo. Sólo en el caso excepcional que el referido sistema de información electrónica creado para tal efecto se encuentre fuera de operación o no esté disponible en los periodos de entrega señalados en el apartado 5.1.2 de este Anexo, la entrega del Formato 3 debidamente llenado se realizará a través del correo electrónico: xxxxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxx.xxx. El Contratista/Proveedor deberá notificar de dicha situación al Administrador del Proyecto, al área o a las personas que éste haya designado en el contrato respectivo y entregar el acuse de recibo que se le haga llegar a través de dicho correo electrónico como respuesta a la presentación de su declaración en el Formato 3. La fecha del acuse de recibo será la fecha en la cual se recibió el Formato 3 en la bandeja de entrada del correo electrónico en comento. No obstante, una vez que se restablezca la operación del sistema de información electrónica, el Contratista/Proveedor deberá realizar la carga del Formato 3 que envió al referido correo electrónico, de conformidad con lo señalado en los párrafos primero y segundo de este apartado 5.1.3. Sólo ante la eventualidad descrita anteriormente, el acuse de recibo que el Contratista/Proveedor haya recibido vía el correo xxxxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxx.xxx será el que se tome en consideración para efectos contractuales.
5.1.4. PETRÓLEOS MEXICANOS o la EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA podrán solicitar en cualquier momento al Contratista/Proveedor, que proporcione información sobre el estatus del contenido nacional, mediante la entrega del Formato 3, así como la presentación de la declaración de contenido nacional en el sistema de información electrónica creado para tal efecto, aun cuando no hayan concluido los periodos de entrega indicados en este Anexo.
5.1.5. El Contratista/Proveedor acepta la obligación de conservar, por cuenta lo menos cinco años posteriores a su presentación en la Secretaría de Economía, el soporte documental de toda la información que proporcione en cada declaración y riesgo proporcionarlo cuando le sea requerido, en cualquier momento y bajo cualquier circunstancia, por PETRÓLEOS MEXICANOS, la EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA o, en su caso, por la Secretaría de Economía, de conformidad con el “Acuerdo de Verificación” y la normatividad aplicable.
5.1.6. PETRÓLEOS MEXICANOS o la EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA en cualquier momento durante la ejecución del Vendedor, contrato y recuperar del Vendedor el precio de dichos Bienes, o (c) utilizar los Bienes que no se ajusten aún con posterioridad a la garantía y exigir una reducción adecuada conclusión del precio mismo, tendrá la facultad de dichos Bienessolicitar la información sobre el cumplimiento del contenido nacional por parte del Contratista/Proveedor. Para efectos de dicha solicitud, PETRÓLEOS MEXICANOS o (d) solicitar cualquier otro recurso disponible la EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA se lo comunicará por escrito al Contratista/Proveedor, quedando el Contratista/Proveedor obligado a entregar la información o a dar respuesta a PETRÓLEOS MEXICANOS o a la EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA, dentro del plazo que ésta le hubiera indicado. La información que el Contratista/Proveedor deberá entregar a PETRÓLEOS MEXICANOS o la EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA que lo solicite, podrá incluir, entre otros elementos, las memorias de cálculo del porcentaje de contenido nacional que corresponda a los bienes sujetos a la comprobación del contenido nacional, donde se demuestre que el cálculo se realizó de conformidad con “la Metodología”; copia simple de las facturas que amparan la compra de los materiales utilizados en virtud la producción de los bienes; evidencia documental que corresponda a los sueldos u honorarios más prestaciones pagados a los trabajadores empleados en la legislación vigenteproducción de los bienes, así como las cartas de proveedor a proveedor que apliquen.
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Samples: Proposal
BIENES. 16.1. El Vendedor declara CONCEDENTE transfiere a la CONCESIONARIA el uso y garantiza posesión de los terrenos y bienes de su propiedad que integran el CORREDOR VIAL. La CONCESIONARIA recibe la tenencia de los mismos, conservando el CONCEDENTE el dominio inmanente. Todos los bienes serán transferidos en el estado de conservación y de ocupación en que se encuentren al Comprador quemomento de la TOMA DE POSESIÓN.
16.2. La CONCESIONARIA tendrá la administración de todos los bienes recibidos con la CONCESIÓN o que hubieran sido adquiridos o construidos durante la CONCESIÓN, debiéndose ajustar en dicha administración a las necesidades del servicio.
16.3. La CONCESIONARIA podrá disponer de los bienes muebles en desuso que no fueran útiles para la prestación del servicio, previa expresa autorización por parte del ÓRGANO DE CONTROL.
16.4. Todos los bienes afectados a la CONCESIÓN deberán mantenerse en buen estado de conservación y uso, realizándose las renovaciones periódicas, disposiciones y adquisiciones que correspondan según la naturaleza y características de cada tipo de bien y las necesidades del servicio, considerándose cuando resultare apropiado la introducción de innovaciones tecnológicas.
16.5. La CONCESIONARIA actuará como mandatario, con las más amplias facultades y con la obligación de rendir cuentas a la AUTORIDAD DE APLICACIÓN. El mandato para administrar los bienes afectados al servicio será irrevocable durante la vigencia de la CONCESIÓN. Durante ese mismo lapso, el CONCEDENTE, se abstendrá de ejercer actos de administración y de disposición sobre tales bienes que interfieran con los derechos o el cumplimiento de las obligaciones de la CONCESIONARIA.
16.6. La gestión de administración de los bienes muebles afectados al servicio será controlada por el ÓRGANO DE CONTROL, a cuyo efecto tendrá amplias facultades para examinar los bienes y la documentación legal y contable relacionada con los mismos.
16.7. La CONCESIONARIA deberá informar al ÓRGANO DE CONTROL cualquier hecho que directa o indirectamente afectare su valor o su utilización para el CORREDOR VIAL, en el plazo de CUARENTA Y OCHO (48) horas de acaecido o conocido por la fecha CONCESIONARIA.
16.8. En el plazo de entrega TREINTA (30) días corridos a contar desde la TOMA DE POSESIÓN xxx XXXXXXXX VIAL, la CONCESIONARIA y el ORGANO DE CONTROL efectuarán, en forma conjunta, el revelamiento del estado de ocupación de la zona de camino; en su caso individualizando con precisión la zona ocupada, el carácter de la ocupación y la identidad de los Bienes ocupantes.
16.8.1. La CONCESIONARIA deberá notificar al Comprador y durante ÓRGANO DE CONTROL dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas de vencido el período más largo plazo indicado en el Apartado 16.8 del período presente CONTRATO, el acta de garantía estándar del Vendedor más el período relevamiento de un (1) año adicionalocupación que se labre. Se presumirá, a partir sin admitir prueba en contrario, libre de obstáculos y/u ocupantes toda progresiva de la fecha zona de entrega (el "Período de Garantía"), todos los Bienes, incluidos todos los Bienes reparados, sustituidos y reutilizados, y los materiales incorporados a todos los Bienes: (a) estarán libres de defectos de material, mano de obra, fabricación y diseño; (b) se ajustarán a las especificaciones e instrucciones del Comprador; (c) serán comercializables, aptos para el fin previsto y funcionarán según lo previsto; (d) cumplirán todas las normas industriales aplicables y todas las leyes, normas, reglamentos, aprobaciones y órdenes aplicables, incluidas las leyes relativas a la prohibición de la esclavitud y la trata de seres humanos del país o países en los que el Comprador y el Vendedor hagan negocios; (e) serán nuevos y no han sido utilizados antesn; y (f) estarán libres de todo gravamen, reclamación, y otras cargas. En caso de que se produzca un incumplimiento de la garantía anterior durante el Periodo de Garantía, el Comprador podrá, a su entera discreción, (a) exigir al Vendedor que corrija los Bienes camino que no se ajusten a la garantía mediante su reparación, sustitución o nueva fabricación, por cuenta y riesgo del Vendedorencuentre individualizada como ocupada en el acta de relevamiento notificada al ÓRGANO DE CONTROL, en un plazo de siete (7) días hábiles a partir de la solicitud del Comprador, (b) devolver al Vendedor los Bienes que no se ajusten a la garantía, por cuenta el modo y riesgo del Vendedor, y recuperar del Vendedor plazos previstos en el precio de dichos Bienes, o (c) utilizar los Bienes que no se ajusten a la garantía y exigir una reducción adecuada del precio de dichos Bienes, o (d) solicitar cualquier otro recurso disponible en virtud de la legislación vigentepresente Apartado.
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Samples: Concession Agreement