CANCELACIÓN DE INSCRIPCIÓN Cláusulas de Ejemplo

CANCELACIÓN DE INSCRIPCIÓN. Cuando un vehículo inscrito en la División de Impuestos Municipales fuera retirado del servicio activo definitivamente el contribuyente deberá cancelar la inscripción en la División de Impuestos, dentro de los tres (3) meses siguientes a tal eventualidad, para lo cual, deberá presentar una solicitud en formato diseñado para tal finalidad y entregar las placas a la correspondiente oficina de Tránsito, que certificara al respecto, so pena de hacerse acreedor a la sanción prevista en este Estatuto.
CANCELACIÓN DE INSCRIPCIÓN. Cuando un vehículo inscrito en la Secretaria de Hacienda fuera retirado del servicio activo definitivamente el contribuyente deberá cancelar la inscripción en la Sección de Impuestos, dentro de los tres (3) meses siguientes a tal eventualidad, para lo cual, deberá presentar una solicitud en formato diseñado para tal finalidad y entregar las placas a la correspondiente oficina de Tránsito, que certificara al respecto, so pena de hacerse acreedor a la sanción prevista en este código. PARÁGRAFO: Para efectos de facilitar la liquidación y recaudo el Impuesto anual de Circulación y Transito y su complementarlos, se ajustará por defecto o por exceso al múltiplo de cien más cercano.
CANCELACIÓN DE INSCRIPCIÓN. Cuando un vehículo inscrito en la Secretaría de Hacienda fuera retirado del servicio activo definitivamente, el contribuyente deberá cancelar la inscripción en la Sección de Impuestos dentro de los tres
CANCELACIÓN DE INSCRIPCIÓN. El Fiduciario cancelará la inscripción de cualquier Financiamiento o Instrumento Derivado, siempre y cuando, haya recibido una solicitud por escrito del Fideicomitente y demuestre constancia del consentimiento del Fideicomisario en Primer Lugar, mediante una carta o constancia de no adeudos emitida por este último, confirmando que se le ha pagado totalmente el Financiamiento o Instrumento Derivado inscrito (incluyendo capital, Intereses y demás accesorios que correspondan). A más tardar al (3) tercer Día Hábil posterior a aquel en que el Fiduciario reciba la notificación referida en el párrafo anterior, éste deberá cancelar la Cuenta Individual y el Fondo de Reserva del Financiamiento, dar de baja el Financiamiento o Instrumento Derivado en el Registro del Fiduciario y, notificar, en su caso, a la o las Agencias Calificadoras. De existir cantidades remanentes en la Cuenta Individual y/o en el Fondo de Reserva, éstas deberán ser depositadas a la Cuenta de Remanentes, a efecto de transferir las mismas al Fideicomitente.