DEVOLUCIÓN DE LOS BIENES Cláusulas de Ejemplo

DEVOLUCIÓN DE LOS BIENES. Una vez cumplido el Plazo Forzoso, EL ARRENDATARIO tendrá como opción de terminación, la devolución de los Bienes, lo cual deberá informar a IBM CAPITAL mediante la entrega de la Notificación de Terminación correspondiente. Será obligación de EL ARRENDATARIO asegurarse que al momento de la devolución de los Bienes a IBM CAPITAL, éstos se encuentren completos en todas sus partes y con la funcionalidad debida, sin alteración alguna, con los servicios y mantenimiento requeridos para la conservación de dichos Bienes, y en buen estado, salvo por el desgaste derivado de su uso ordinario. IBM CAPITAL se reserva el derecho de solicitar a EL ARRENDATARIO el reembolso de los gastos en que incurra para el reacondicionamiento, reparación o inspección de los Bienes devueltos. EL ARRENDATARIO deberá devolver los Bienes en el domicilio señalado por IBM CAPITAL en las Declaraciones del presente Contrato, o bien, en donde IBM CAPITAL le especifique para tales efectos. EL ARRENDATARIO será responsable de todos y cada uno de los costos asociados con la devolución de los Bienes. El presente Contrato y el Suplemento correspondiente se mantendrán vigentes y por ende EL ARRENDATARIO deberá pagar la Renta hasta en tanto no devuelva a IBM CAPITAL los Bienes a su entera satisfacción y en los términos aquí pactados. En caso de que fuera requerida la intervención por parte de IBM CAPITAL o de un tercero para el desmantelamiento y entrega de los Bienes, dichos servicios se prestarán a solicitud de EL ARRENDATARIO, en el entendido de que, los costos y gastos que se generen por la prestación de los mismos, serán pagados en su totalidad por EL ARRENDATARIO. Cualquier alteración o modificación hecha a los Bienes por EL ARRENDATARIO, deberá ser removida con anterioridad a la devolución de los mismos, toda vez que, de no hacerlo, pasarán a ser propiedad de IBM CAPITAL. Será responsabilidad de EL ARRENDATARIO asegurarse que los dispositivos incluidos en los Bienes se encuentren libres de cualquier tipo de información, en especial información de carácter confidencial. EL ARRENDATARIO acepta en este acto que IBM CAPITAL no asume ni asumirá ninguna obligación de confidencialidad o seguridad en relación con dicha información, ni se obliga a removerla. La devolución de los Bienes a IBM CAPITAL al término del arrendamiento, constituirá una liberación total por parte de EL ARRENDATARIO y una transferencia a IBM CAPITAL de cualquier interés o derecho que EL ARRENDATARIO pueda tener en relación con l...
DEVOLUCIÓN DE LOS BIENES. Condiciones de devolución. En la Fecha de Finalización del Arrendamiento el Arrendatario deberá devolver los Equipos con sujeción a las disposiciones de Condición General 12 de las unidas a este Contrato. Si existiesen condiciones de devolución específicas por el tipo o marca del vehículo se pactarán con el Arrendatario, en su caso, en contrato independiente.
DEVOLUCIÓN DE LOS BIENES. 7.1. En todos los casos en los que el Arrendatario venga obligado a devolver al Arrendador los Bienes, se deberán cumplir las siguientes condiciones:
DEVOLUCIÓN DE LOS BIENES. A menos que se especifique lo contrario en la Orden o en las reglas INCOTERM aplicables, la recepción de los productos siempre tendrá lugar en el sitio de ESO, después de la correspondiente verificación. La propiedad de los productos será cedida a ESO tras la entrega conforme. ESO se negará a aceptar cualquier bien que no esté de acuerdo con las condiciones y especificaciones de la Orden. Dichos bienes, rechazados por ESO, deberán ser recogidos por el proveedor dentro de quince (15) días contados desde la fecha del aviso de rechazo por parte de ESO, de lo contrario serán devueltas a la dirección del proveedor a su costo.
DEVOLUCIÓN DE LOS BIENES. Condiciones de devolución. En la Fecha de Finalización del Arrendamiento el Arrendatario deberá devolver los Equipos con sujeción a las disposiciones de Condición General 12 de las unidas a este Contrato. Si existiesen condiciones de devolución específicas por el tipo o marca del vehículo se pactarán con el Arrendatario, en su caso, en contrato independiente. Penalización por retraso en la devolución de los Equipos. Tal y como se indica en la Condición General 12.6 de las unidas a este Contrato, terminado el Contrato y en los casos de demora en la devolución de los Bienes, el Arrendador tendrá derecho a percibir del Arrendatario, en concepto de penalización una cantidad equivalente a dos rentas por cada mes o fracción de mes de demora mientras que el Arrendador no pueda disponer del Bien en las condiciones pactadas, cantidad que no se considerará renta y que en ningún caso supondrá prórroga del Contrato.
DEVOLUCIÓN DE LOS BIENES. La Arrendataria se obliga a devolver los Bienes en el lugar que se establezca en el Anexo A, bajo el rubro “Lugar de Devolución” o, si no se señalare, en el domicilio del proveedor, fabricante o constructor con el que se haya realizado la adquisición de los Bienes arrendados, dentro de un plazo de 3 días hábiles contado a partir de que suceda cualquiera de los supuestos siguientes:

Related to DEVOLUCIÓN DE LOS BIENES

  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.