Causa justificada Cláusulas de Ejemplo

Causa justificada. Las Partes reconocen que el director ejecutivo de Béisbol, el Comisionado, o el Equipo de un Jugador podrán someter a tal Jugador a medidas disciplinarias por causa justificada. Por lo tanto, en las Quejas Formales relacionadas a sanciones, la cuestión a resolverse será si existe causa justificada para la sanción impuesta. Si en la decisión final del Trámite de Quejas Formales se determina que la sanción impuesta a un Jugador es improcedente, habrá que resarcir plenamente al Jugador sin demora. El término “resarcir plenamente” significa: (1) si se decide que se haya impuesto una multa indebidamente, la multa se reembolsará sin demora; (2) cualquier pérdida xx xxxxxxx como resultado de una suspensión indebida se pagará sin demora; (3) en la aplicación de los anteriores puntos (1) y (2), también se pagará interés a la tasa anual que se señala en el Artículo XV(K) más adelante; y
Causa justificada. El Empleador tendrá el derecho de despedir, suspender o disciplinar a cualquier Empleado de la Unidad de Negociación por una causa justificada. Los ejemplos de motivos de disciplina o despido, que incluyen el despido inmediato, se establecen en el Manual del Empleado del Empleador. Dichos motivos enumerados son solo ejemplos y no son una lista exclusiva. El Sindicato y el Empleador reconocen el derecho del Empleador a tener políticas disciplinarias en su Manual del Empleado, siempre y cuando el Empleador siga los principios de causa justificada. Las ofensas que justifiquen el despido inmediato incluirán pero no se limitarán a una sola acción o falta de acción grave que sea de mala conducta hacia un residente, o una acción repetida o falta de acción que sea de abuso o negligencia. Para decidir si una acción o falta de acción es grave, el Empleador deberá considerar los siguientes factores (ningún factor es determinante, pero todos los factores deben considerarse al momento de decidir si la acción o falta de acción fue grave): ▪ ¿Hubo daños físicos o psicológicos al residente? ▪ ¿Hubo medidas correctivas inmediatas tomadas por el Empleado de la Unidad de Negociación? ▪ ¿Hubo reconocimiento y arrepentimiento en nombre del Empleado de la Unidad de Negociación? ▪ ¿Muestran desprecio por el residente las acciones del Empleado de la Unidad de Negociación? ▪ ¿Ocasionó lesiones al residente la falta de seguimiento del plan de cuidado? ▪ ¿Era razonable esperar que el Empleado de la Unidad de Negociación en su puesto supiera lo que debía haber hecho? Un hallazgo de abuso o descuido por parte de las autoridades no es necesario para llegar a la conclusión de que la acción o falta de acción del Empleado de la Unidad de Negociación se defina como tal. Sin perjuicio de cualquier otro texto en el presente Contrato, cualquier Empleado de la Unidad de Negociación despedido y que posteriormente se encuentre responsable de abuso, descuido o maltrato a un residente en una acción administrativa definitiva que no se encuentre bajo apelación ni en un tribunal de justicia, se considerará que fue despedido por causa justificada. Además, cualquier Empleado de la Unidad de Negociación despedido porque el Empleador tiene la obligación legal de hacerlo, se considerará que fue despedido por causa justificada.

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  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.

  • RESULTADOS ESPERADOS Lograr el objetivo de la consultoría ejecutando las actividades descritas en el Literal 4, en el marco de alcance definido en el literal 3 y lo establecido en el Plan de Trabajo del Consultor acordado y actualizado, el cual debe alinearse con el último POA del año acordado con el BID. Se podrán realizar actualizaciones al Plan de Trabajo del consultor, las cuales deberán ser consensuadas y validadas con su supervisor inmediato y aprobadas por la Dirección General del Programa. En los casos en que se presentarán restricciones en la ejecución por condiciones externas que sean debidamente justificadas en el Informe Final del Consultor, se podrán analizar los impactos en el logro del objetivo de la consultoría. Las restricciones que se presenten durante el desarrollo de la consultoría deberán ser reportados en las actualizaciones de los planes de trabajo y en los Informes Mensuales como antecedente, así como en el Informe Final. El supervisor designado realizará el monitoreo permanente del cumplimiento del Plan de Trabajo del Consultor y sus actualizaciones. Al cierre de cada ejercicio anual o al término del Contrato se realizará una Evaluación de Desempeño del profesional, cuyo resultado será remitido al Banco.

  • REQUERIMIENTO Importante

  • INCUMPLIMIENTO “El Proveedor” acepta y reconoce que en caso de incumplimiento en el sostenimiento de su oferta, como se establece en la base Décima Octava de las Bases de la Licitación que originan este contrato o a las obligaciones pactadas en este instrumento legal, se hará acreedor a las sanciones consistentes en multa de cien a mil xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en la capital del Estado, en la fecha que se cometa la infracción; y prohibición para participar en los procesos de licitación durante dos años, de conformidad con el artículo 73 fracciones I y II de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.------------------

  • Interpretación y cumplimiento Para la interpretación y cumplimiento de este contrato las partes se someten a la competencia y jurisdicción de las leyes y tribunales del fuero común del Estado xx Xxxxxxx, si la ley que rige esta operación es estatal y a las leyes y tribunales del fuero federal ubicados en el Estado xx Xxxxxxx, si la ley que rige esta operación es federal, (según se establezca en la carátula) siendo preferentes para conocer los del Distrito Judicial de Xxxxxxx xx Xxxx, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro.

  • FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 10% del monto total del contrato.-

  • OBLIGACIÓN GARANTIZADA Esta póliza de fianza garantiza el debido cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones y estipulaciones contenidas en el contrato indicado en esta póliza y en sus convenios modificatorios cuando no rebasen el porcentaje de ampliación indicado en la cláusula siguiente, aún y cuando parte de las obligaciones se subcontraten. La fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el Contrato.

  • Iniciación del procedimiento Para someter la controversia al procedimiento de arbitraje, la parte reclamante dirigirá a la otra una comunicación escrita exponiendo la naturaleza del reclamo, la satisfacción o reparación que persigue y el nombre del árbitro que designa. La parte que hubiere recibido dicha comunicación deberá, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, comunicar a la parte contraria el nombre de la persona que designe como árbitro. Si dentro del plazo de treinta (30) días, contado desde la entrega de la comunicación referida al reclamante, las partes no se hubieren puesto de acuerdo en cuanto a la persona del Dirimente, cualquiera de ellas podrá recurrir ante el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos para que éste proceda a la designación.

  • Cumplimiento DEFECTUOSO

  • INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 135 del Reglamento.