MEDIDAS CORRECTIVAS Cláusulas de Ejemplo

MEDIDAS CORRECTIVAS. Xxxx descubren defectos relativos al ALCANCE, el CONTRATISTA suministrará un plan para subsanar los defectos de forma expedita. Sin perjuicio de cualquier otro recurso con el que pueda contar, la COMPAÑÍA podrá llevar a cabo, ya sea por sí o por terceros, la totalidad o parte de las medidas correctivas, y el CONTRATISTA pagará o reembolsará de forma expedita a la COMPAÑÍA todos los costos de los que debería haberse responsabilizado en virtud del CONTRATO en los siguientes casos: (i) en caso de que situaciones de emergencia u otros riesgos de HSSE requieran la adopción inmediata de medidas correctivas; (ii) si el CONTRATISTA presenta un plan que no contemple la finalización expedita del trabajo en garantía; o
MEDIDAS CORRECTIVAS. Si se descubren defectos existentes relativos al ALCANCE, el CONTRATISTA suministrará un plan destinado a subsanar los defectos y subsanarlos de forma expedita. Sin perjuicio de cualquier otro recurso con el que pueda contar, la COMPAÑÍA podrá llevar a cabo, ya sea por sí o por terceros, la totalidad o parte de las medidas correctivas, y el CONTRATISTA pagará o reembolsará de forma expedita a la COMPAÑÍA todos los costos de los que debería haberse responsabilizado en virtud del CONTRATO en los siguientes casos: (i) en caso de que situaciones de emergencia u otros riesgos de HSSE requieran la adopción inmediata de medidas correctivas; (ii) si el CONTRATISTA presenta un plan que no contemple la finalización expedita del trabajo en garantía; o (iii) si el CONTRATISTA no completa las acciones según el cronograma acordado. Las garantías contra defectos del CONTRATISTA son transmisibles, y el CONTRATISTA cederá a la COMPAÑÍA todas las garantías de fabricantes, o bien hará valer en beneficio de la COMPAÑÍA o sus cesionarios todas las garantías de fabricantes que no puedan ser cedidas.
MEDIDAS CORRECTIVAS. El Concesionario está sujeto al cumplimiento de las medidas correctivas que disponga PROTRANSPORTE. Las medidas correctivas son mandatos de PROTRANSPORTE que persiguen disponer el cese de una conducta del Concesionario contraria al Contrato o las Leyes Aplicables, o la realización de actos que debe cumplir el Concesionario conforme al Contrato y las Leyes Aplicables. Sus alcances y procedimiento se regulan por las directivas de PROTRANSPORTE y las Leyes Aplicables. Las medidas correctivas son independientes de las penalidades contractuales y las sanciones administrativas.
MEDIDAS CORRECTIVAS. Si tuviéramos conocimiento de un fraude presunto o constatado, o si existieran otras inquietudes en torno a la seguridad que afecten a tu cuenta de eBay, te lo notificaremos por correo electrónico y te indicaremos cómo proteger tu cuenta de eBay.
MEDIDAS CORRECTIVAS. El proponente deberá acreditar que no tiene antecedentes de medidas correctivas con constancia expedida a través de la pagina web de la Policía Nacional. Cuando el proponente sea persona jurídica dicha constancia debe corresponder a su representante legal. Para consorcios o uniones temporales tal requisito deberá acreditarse para cada uno de sus miembros en los términos aquí previstos.
MEDIDAS CORRECTIVAS. Las infracciones del presente Acuerdo podrán ser investigadas y podrán emprenderse las acciones legales pertinentes, incluidas las civiles, penales o de equidad. Usted entiende y acepta que Xxxxxx, a su exclusiva discreción, y sin previo aviso, puede poner fin a su acceso a nuestro Sitio, eliminar cualquier contenido de usuario no autorizado o ejercer cualquier otro recurso disponible si creemos, a nuestra exclusiva discreción, que su conducta o la conducta de cualquier persona con quien creemos que usted actúa en concierto, o el contenido de usuario que usted proporciona, viola o es incompatible con este Acuerdo o la ley aplicable o viola nuestros derechos o los derechos de nuestros afiliados, licenciantes u otro Usuario de nuestro Sitio. Usted acepta que los daños monetarios pueden no proporcionarnos una reparación suficiente para las violaciones de este Acuerdo y usted da su consentimiento a la medida cautelar/interdicto u otra compensación equitativa para tales violaciones. Una versión impresa del presente Acuerdo y de cualquier notificación relacionada realizada en formato electrónico será admisible en procedimientos judiciales o administrativos basados en el presente Acuerdo o relacionados con el mismo en la misma medida y con sujeción a las mismas condiciones que otros documentos y registros comerciales generados y conservados originalmente en formato impreso.
MEDIDAS CORRECTIVAS. El Concesionario está sujeto al cumplimiento de las medidas correctivas que disponga el Concedente, como consecuencia del incumplimiento de obligaciones y/o comisión de infracciones administrativas debidamente tipificadas. Las medidas correctivas son mandatos del Concedente que persiguen reconducir la actuación del Concesionario a la legalidad del caso, con lo cual se dispone el cese de una conducta del Concesionario conforme al Contrato o las Leyes Aplicables, o la realización de actos que debe cumplir el Concesionario conforme al Contrato y las Leyes Aplicables. Sus alcances y procedimiento se regulan por las directivas del Concedente y las Leyes Aplicables, priorizando la normativa municipal sobre la materia. Las medidas correctivas son independientes de las penalidades contractuales y las sanciones administrativas.
MEDIDAS CORRECTIVAS. I.7.1 En el caso de nuevos solicitantes principales, organizaciones de alto riesgo, o en caso de incumplimiento de las instrucciones y los plazos indicados por la agencia nacional, de rendimiento muy bajo constatado a partir de los informes, el seguimiento y los controles de calidad, o de infracción de las normas del programa (incluida cualquier otra acción), la agencia nacional podrá adoptar las siguientes medidas correctoras: I.7.2 El período de observación o suspensión continuará hasta que la Agencia Nacional determine que las condiciones y requisitos de calidad establecidos en esta Convocatoria se cumplen una vez más, y que el riesgo de bajo rendimiento ha sido abordado por la organización acreditada. I.7.3 Las organizaciones suspendidas o sometidas a observación no podrán solicitar un nuevo sello de calidad.
MEDIDAS CORRECTIVAS. 10.1 Medidas correctivas requeridas en caso de defectos en el ALCANCE (a) De resultar necesario adoptar medidas correctivas debido al incumplimiento de garantías u otras obligaciones vinculadas con el ALCANCE, la COMPAÑÍA notificará al CONTRATISTA acerca del índole del defecto existente en el ALCANCE. (b) En ese caso, el CONTRATISTA deberá suministrar un plan destinado a subsanar los defectos y un cronograma para lograrlo de forma expedita dentro de los siete días siguientes a la recepción de la notificación de los defectos. (c) Sin perjuicio de cualquier otro recurso con el que pueda contar, la COMPAÑÍA podrá llevar a cabo, ya sea por sí o por terceros, la totalidad o parte de las medidas correctivas. Asimismo, el CONTRATISTA pagará o reembolsará de forma expedita a la COMPAÑÍA todos los costos de los que debería haberse responsabilizado en virtud del CONTRATO en los siguientes casos: (i) En caso de que situaciones de emergencia u otros riesgos de HSSE requieran la adopción inmediata de medidas correctivas; (ii) Si el CONTRATISTA presenta un plan que no contemple la finalización expedita del trabajo en garantía; o (iii) Si el CONTRATISTA no completa las acciones según el cronograma acordado. (d) Aunque el CONTRATISTA impugne su obligación de subsanar los defectos, realizará las acciones de todos modos en tanto pueda hacerlo de manera razonable y, de determinarse que la impugnación era válida, recibirá un reembolso de la misma forma que para una ORDEN DE VARIACIÓN. (e) Si las medidas correctivas se relacionan con bienes, el CONTRATISTA, a su exclusivo costo y riesgo, realizará todas las acciones requeridas para subsanar el incumplimiento de la garantía, incluidas las siguientes: (i) Transportará los repuestos o artículos necesarios para la reparación hasta el lugar de almacenamiento o uso de los bienes; (ii) Reparará o reemplazará los BIENES; (iii) Accederá a los BIENES defectuosos y los retirará del lugar donde se encuentren instalados para instalar BIENES reparados o de reemplazo y restablecer el estado del bien; y (iv) Realizará pruebas a los BIENES reparados o reemplazados. (f) Si las medidas correctivas se relacionen con SERVICIOS, el CONTRATISTA, a su exclusivo costo y riesgo, realizará todas las acciones requeridas para subsanar el incumplimiento de la garantía, incluidas las siguientes: (i) Corregirá todos los PRODUCTOS DEL TRABAJO o prestará nuevamente los SERVICIOS; (ii) Asumirá todos los gastos necesarios, incluidos los gastos de traslado o sumi...
MEDIDAS CORRECTIVAS. Sin perjuicio de cualesquiera pruebas o certificaciones previas, el Ingeniero podrá instruir al Contratista que: retire del Lugar de las Obras y reemplace cualquier Equipo o Material que no se ajuste al Contrato, retire y realice nuevamente cualquier trabajo que no se ajuste al Contrato, y lleve a cabo cualquier trabajo que se requiera con urgencia para la seguridad de las Obras, bien sea a causa de un accidente, una situación imprevisible u otra causa. El Contratista acatará las instrucciones bien sea en un plazo razonable, que corresponderá (si lo hubiere) al que se especifique en la orden, o de manera inmediata si se señala el carácter urgente de conformidad con el inciso (c) anterior. Si el Contratista no cumple las instrucciones, el Contratante tendrá derecho a contratar y remunerar a otras personas para que hagan el trabajo. Salvo en la medida en que el Contratista hubiera tenido derecho a remuneración por el trabajo, el Contratista, sujeto a la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante], pagará al Contratante todos los costos que se generen a raíz de esta deficiencia.