Common use of CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN Clause in Contracts

CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. El Contratista no podrá ceder, total o parcialmente, los derechos y obligaciones derivadas del Contrato ni subcontratar, total o parcialmente, los servicios incluidos en el mismo sin el previo consentimiento escrito de Innobasque. Para ello, el Contratista comunicará a Innobasque por escrito, y previamente a la celebración del acuerdo de subcontratación, su intención de contratar al Subcontratista, la identidad del mismo, el tipo de servicios y trabajos a realizar por éste y las condiciones económicas y jurídicas, a fin de que la Propiedad apruebe dicha subcontrata; sin que dicha autorización suponga xxxxxxxx de responsabilidad alguna por parte de la Propiedad o aprobación de la idoneidad y/o resultado de los servicios y trabajos. En cualquier caso, la empresa subcontratista deberá hallarse inscrita en los correspondientes Registros y autorizada para la prestación de los servicios o actividades objeto de subcontratación. El Contrato a celebrar entre el Contratista y el subcontratista deberá ser escrito y contener además los pactos establecidos en el presente Contrato. El Contratista deberá entregar a la Propiedad copia del Contrato en un plazo de 5 días desde su firma. El incumplimiento del Contratista de esta obligación facultará a la Propiedad para resolver el presente Contrato. Los subcontratistas actuarán en todo momento bajo la supervisión y control del Contratista, obligándose éste a imponerles y hacerles cumplir todas las obligaciones asumidas por él en el presente Contrato. El Contratista responderá solidariamente de las obligaciones que asuman los subcontratistas, aun en el caso de mediar autorización expresa de la Propiedad. Asimismo, el Contratista mantendrá indemne a la Propiedad de los daños y perjuicios que pudiese sufrir directa o indirectamente por la actuación de dichos subcontratistas. Los actos, errores o negligencias en el cumplimiento de las obligaciones laborales y sindicales de cualquier subcontratista, de sus representantes, empleados o trabajadores, no serán imputables en ningún caso a la Propiedad, quien podrá repetir contra el Contratista si alguna de las consecuencias de estos supuestos le fuera imputada.

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CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. El Contratista no podrá ceder, ceder total o parcialmente, parcialmente los derechos y obligaciones derivadas derivados del Contrato Contrato, ni subcontratar, subcontratar total o parcialmente, parcialmente los servicios incluidos en el mismo objeto de Contrato sin el previo consentimiento escrito de Innobasquela Propiedad. Para ello, el Contratista comunicará a Innobasque la Propiedad por escrito, escrito y previamente a la celebración del acuerdo de subcontratación, subcontratación su intención de contratar al Subcontratistasubcontratista, la identidad del mismo, el tipo de servicios y trabajos a realizar por éste y las condiciones económicas y jurídicas, a fin de que la Propiedad apruebe dicha subcontrata; , sin que dicha autorización suponga xxxxxxxx de responsabilidad alguna por parte de la Propiedad o aprobación de la idoneidad y/o resultado de los servicios y trabajos. En cualquier caso, la empresa subcontratista deberá hallarse inscrita en los correspondientes Registros y autorizada para la prestación de los servicios o actividades objeto de subcontratación. El Contrato a celebrar entre el Contratista y el subcontratista deberá ser escrito y contener además los pactos establecidos en el presente Contrato. El Contratista deberá entregar a la Propiedad copia del Contrato en un plazo de 5 días desde su firma. El incumplimiento del Contratista de esta obligación facultará a la Propiedad para resolver el presente Contrato. Los subcontratistas actuarán en todo momento bajo la supervisión y control del Contratista, obligándose éste a imponerles y hacerles cumplir todas las obligaciones asumidas por él en el presente Contrato. El Contratista responderá solidariamente de las obligaciones que asuman los subcontratistas, aun en el caso de mediar autorización expresa de la Propiedad. Asimismo, el Contratista mantendrá indemne a la Propiedad de los daños y perjuicios que pudiese sufrir directa o indirectamente por la actuación de dichos subcontratistas. Los actos, errores o negligencias en el cumplimiento de las obligaciones laborales y sindicales de cualquier subcontratista, de sus representantes, empleados o trabajadores, no serán imputables en ningún caso a la Propiedad, quien podrá repetir contra el Contratista si alguna de las consecuencias de estos supuestos le fuera imputada.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. El Contratista contratista no podrá ceder, total ceder o parcialmente, los traspasar sus derechos y obligaciones derivadas a otra persona o entidad, sin la autorización previa y expresa de MERCAOLID. El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, hasta un porcentaje que no exceda del Contrato 50% del importe de la adjudicación. El adjudicatario no podrá ceder o traspasar sus derechos y obligaciones a otra persona o entidad, ni subcontratar, encargar la ejecución total o parcialmenteparcial de los trabajos a subcontratistas distintos de los que se hayan autorizado al efectuar la adjudicación y en la cuantía que en la misma se defina, sin permiso de MERCAOLID. Esta empresa lo concederá o denegará discrecionalmente dentro de los servicios incluidos en el mismo sin el previo consentimiento escrito de Innobasque. Para ello, el Contratista comunicará a Innobasque por escrito, y previamente ocho días siguientes a la celebración solicitud del acuerdo de subcontratación, su intención de contratar al Subcontratista, la identidad del mismo, el tipo de servicios y trabajos a realizar por éste y las condiciones económicas y jurídicas, a fin de que la Propiedad apruebe dicha subcontrata; sin que dicha autorización suponga xxxxxxxx de responsabilidad alguna por parte de la Propiedad o aprobación de la idoneidad y/o resultado de los servicios y trabajos. En cualquier caso, la empresa subcontratista deberá hallarse inscrita en los correspondientes Registros y autorizada para la prestación de los servicios o actividades objeto de subcontratación. El Contrato a celebrar entre el Contratista y el subcontratista deberá ser escrito y contener además los pactos establecidos en el presente Contrato. El Contratista deberá entregar a la Propiedad copia del Contrato en un plazo de 5 días desde su firma. El incumplimiento del Contratista de esta obligación facultará a la Propiedad para resolver el presente Contratoadjudicatario. Los subcontratistas actuarán quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a MERCAOLID, con arreglo estricto a los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y a los términos del contrato. El conocimiento que tenga MERCAOLID de los subcontratos celebrados en virtud de las comunicaciones a que se refieren estas normas, no alterará la responsabilidad exclusiva del contratista principal. En ningún caso podrá concertarse por el contratista la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico, o comprendidas en alguno de los supuestos del Art. 60.1 y 2 del TRLCSP. El contratista debe obligarse a abonar a los subcontratistas o suministradores el precio pactado en los plazos y condiciones pactados, que no podrán ser más desfavorables que los previstos para el pago al contratista, siendo de aplicación las previsiones del Art. 228 del TRLCSP y las de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de medidas de lucha contra la morosidad a la que aquella que remite. La infracción de las condiciones establecidas en los apartados anteriores será causa de resolución y podrá dar lugar, en todo momento bajo la supervisión y control del Contratistacaso, obligándose éste a imponerles y hacerles cumplir todas las obligaciones asumidas por él en el presente Contrato. El Contratista responderá solidariamente de las obligaciones que asuman los subcontratistas, aun en el caso de mediar autorización expresa de la Propiedad. Asimismo, el Contratista mantendrá indemne a la Propiedad imposición al contratista de los daños y perjuicios que pudiese sufrir directa o indirectamente por la actuación una penalidad de dichos subcontratistas. Los actos, errores o negligencias en el cumplimiento de las obligaciones laborales y sindicales de cualquier subcontratista, de sus representantes, empleados o trabajadores, no serán imputables en ningún caso a la Propiedad, quien podrá repetir contra el Contratista si alguna de las consecuencias de estos supuestos le fuera imputadahasta un 50% del importe del subcontrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir La Contratación Del Servicio De Seguridad Y Vigilancia De Mercaolid

CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. El Contratista no podrá ceder, total o parcialmente, los derechos y obligaciones derivadas del Contrato ni subcontratar, total o parcialmente, los servicios incluidos en el mismo sin el previo consentimiento escrito de Innobasquela Propiedad. Para ello, el Contratista comunicará a Innobasque la Propiedad por escrito, y previamente a la celebración del acuerdo de subcontratación, su intención de contratar al Subcontratistasubcontratista, la identidad del mismo, el tipo de servicios y trabajos a realizar por éste y las condiciones económicas y jurídicas, a fin de que la Propiedad apruebe dicha subcontrata; sin que dicha autorización suponga xxxxxxxx de responsabilidad alguna por parte de la Propiedad o aprobación de la idoneidad y/o resultado de los servicios y trabajos. En cualquier caso, la empresa subcontratista deberá hallarse inscrita en los correspondientes Registros y autorizada para la prestación de los servicios o actividades objeto de subcontratación. El Contrato a celebrar entre el Contratista y el subcontratista deberá ser escrito y contener además contener, además, los pactos establecidos contenidos en el presente Contrato. El Los plazos y condiciones de pago del precio acordado entre el Contratista deberá entregar a y el subcontratista no podrán ser más desfavorables que los previstos en el presente Contrato para la relaciones entre la Propiedad copia del Contrato en un plazo de 5 días desde su firmay el Contratista. El incumplimiento del Contratista de esta obligación por el Contratista facultará a la Propiedad para resolver el presente Contrato. Si el Contratista incumpliese sus obligaciones de pago a los subcontratistas o algún subcontratista reclamase a la Propiedad el pago de alguna cantidad, la Propiedad podrá retener las cantidades que le reclamen hasta que el Contratista pague o realizar directamente dicho pago, en cuyo caso su importe será descontado del Precio. La Propiedad podrá exigir al Contratista, antes del pago de cada factura, un certificado firmado por el Contratista y por cada uno de sus subcontratistas acreditando que éstos han recibido o se les ha asegurado el pago de la totalidad de los importes correspondientes a trabajos realizados y pagadas al Contratista por la Propiedad. Los subcontratistas actuarán en todo momento bajo la supervisión y control del Contratista, obligándose éste a imponerles y hacerles cumplir todas las obligaciones asumidas por él en el presente Contrato. El Contratista responderá solidariamente de las obligaciones que asuman los subcontratistas, aun en el caso de mediar autorización expresa de la Propiedad. Asimismo, el Contratista mantendrá indemne a la Propiedad de los daños y perjuicios que pudiese sufrir la misma, directa o indirectamente indirectamente, por la actuación de dichos subcontratistas. El Contratista deberá supervisar los trabajos de sus subcontratistas y definir y establecer mecanismos de coordinación en función de cada necesidad, así como mantener reuniones periódicas en las que se traten cambios sustanciales a los sistemas objeto del Contrato, su explotación o cualquier otro aspecto. En estas reuniones se propondrán mejoras que minimicen las afecciones entre áreas y mejoren la coordinación. Los actos, errores o negligencias en el cumplimiento de las obligaciones laborales y sindicales de cualquier subcontratista, de sus representantes, empleados o trabajadores, no serán imputables en ningún caso a la Propiedad, quien podrá repetir contra el Contratista si alguna de las consecuencias de estos supuestos le fuera imputada.

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Samples: Modelo O Borrador De Contrato De Rotulación Entre

CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. El Contratista no En esta materia se estará a lo previsto en los artículos doscientos veintiséis a doscientos veintiocho del TRLCSP. No obstante, conforme a lo señalado en el Pliego de Condiciones Técnicas, en caso de que el licitador tenga que subcontratar algún tipo de trabajo de los que se incluyen en dicho Pliego, deberá manifestarlo previamente para ser aceptado por la Dirección Técnica. Una vez perfeccionado el contrato, el Órgano de Contratación sólo podrá ceder, total o parcialmente, los derechos y obligaciones derivadas del Contrato ni subcontratar, total o parcialmente, los servicios incluidos introducir modificaciones en el mismo sin atendiendo a lo dispuesto en el previo consentimiento escrito artículo ciento siete del TRLCSP. En tal caso, serán obligatorias para el contratista las modificaciones del contrato de Innobasqueobras que se acuerden de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos diecinueve y en el título V del Libro I del TRLCSP. Para ello, el Contratista comunicará a Innobasque por escrito, y previamente a la celebración del acuerdo de subcontratación, su intención de contratar al Subcontratista, la identidad del mismo, el tipo de servicios y trabajos a realizar por éste y las condiciones económicas y jurídicas, a fin En caso de que la Propiedad apruebe dicha subcontrata; sin modificación suponga supresión o reducción de unidades de obra, el contratista no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. Cuando las modificaciones supongan la introducción de unidades de obra no previstas en el proyecto o cuyas características difieran de las fijadas en éste, los precios aplicables a las mismas serán fijados por la Administración, previa audiencia del contratista por plazo mínimo de tres días hábiles. Si éste no aceptase los precios fijados, el Órgano de Contratación podrá contratarlas con otro empresario en los mismos precios que dicha autorización suponga xxxxxxxx de responsabilidad alguna por parte hubiese fijado o ejecutarlas directamente. Cuando el Director Facultativo de la Propiedad obra considere necesaria una modificación del Proyecto, recabará del Órgano de Contratación autorización para iniciar el correspondiente expediente, que se sustanciará con carácter de urgencia con las siguientes actuaciones: No obstante, podrán introducirse variaciones sin necesidad de previa aprobación cuando éstas consistan en la alteración en el número de unidades realmente ejecutadas sobre las previstas en las mediciones del proyecto, siempre que no representen un incremento del gasto superior al diez por ciento del precio primitivo del contrato. Cuando la tramitación de un modificado exija la suspensión temporal parcial o aprobación total de la idoneidad y/o resultado ejecución de los servicios las obras y trabajos. En cualquier casoello ocasione graves perjuicios para el interés público, la empresa subcontratista deberá hallarse inscrita Junta de Gobierno Local podrá acordar que continúen provisionalmente las mismas tal y como esté previsto en los correspondientes Registros la propuesta técnica que elabore la Dirección Facultativa, siempre que el importe máximo previsto no supere el diez por ciento del precio primitivo del contrato y autorizada exista crédito adecuado y suficiente para la prestación de los servicios o actividades objeto de subcontrataciónsu financiación. El Contrato expediente de modificado a celebrar entre el Contratista y el subcontratista deberá ser escrito y contener además los pactos establecidos en el presente Contrato. El Contratista deberá entregar a tramitar al efecto exigirá exclusivamente la Propiedad copia del Contrato en un plazo de 5 días desde su firma. El incumplimiento del Contratista de esta obligación facultará a la Propiedad para resolver el presente Contrato. Los subcontratistas actuarán en todo momento bajo la supervisión y control del Contratista, obligándose éste a imponerles y hacerles cumplir todas las obligaciones asumidas por él en el presente Contrato. El Contratista responderá solidariamente incorporación de las obligaciones que asuman los subcontratistas, aun en el caso de mediar autorización expresa de la Propiedad. Asimismo, el Contratista mantendrá indemne a la Propiedad de los daños y perjuicios que pudiese sufrir directa o indirectamente por la actuación de dichos subcontratistas. Los actos, errores o negligencias en el cumplimiento de las obligaciones laborales y sindicales de cualquier subcontratista, de sus representantes, empleados o trabajadores, no serán imputables en ningún caso a la Propiedad, quien podrá repetir contra el Contratista si alguna de las consecuencias de estos supuestos le fuera imputada.siguientes actuaciones:

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Samples: www.ayunpedroabad.es

CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. El Contratista no podrá ceder, total o parcialmente, los derechos y obligaciones derivadas del Contrato ni subcontratar, total o parcialmente, los servicios incluidos en el mismo sin el previo consentimiento escrito de Innobasquela Propiedad. Para ello, el Contratista comunicará a Innobasque la Propiedad por escrito, y previamente a la celebración del acuerdo de subcontratación, su intención de contratar al Subcontratista, la identidad del mismo, el tipo de servicios y trabajos a realizar por éste y las condiciones económicas y jurídicas, a fin de que la Propiedad apruebe dicha subcontrata; sin que dicha autorización suponga xxxxxxxx de responsabilidad alguna por parte de la Propiedad o aprobación de la idoneidad y/o resultado de los servicios y trabajos. En cualquier caso, la empresa subcontratista deberá hallarse inscrita en los correspondientes Registros y autorizada para la prestación de los servicios o actividades objeto de subcontratación. El Contrato a celebrar entre el Contratista y el subcontratista Subcontratista deberá ser escrito y contener además contener, además, los pactos establecidos contenidos en el presente Contrato. El Los plazos y condiciones de pago del precio acordado entre el Contratista deberá entregar a y el Subcontratista no podrán ser más desfavorables que los previstos en el presente Contrato para las relaciones entre el la Propiedad copia del Contrato en un plazo de 5 días desde su firmay el Contratista. El incumplimiento del Contratista de esta obligación facultará a la Propiedad para resolver el presente Contrato. Si el Contratista incumpliese sus obligaciones de pago a los Subcontratistas o algún subcontratista reclamase a la Propiedad el pago de alguna cantidad, la Propiedad podrá retener las cantidades que le reclamen hasta que el Contratista pague o realizar directamente dicho pago, en cuyo caso su importe será descontado del Precio. La Propiedad podrá exigir al Contratista, antes del pago de cada factura, un certificado firmado por el Contratista y por cada uno de sus Subcontratistas acreditando que éstos han recibido o se les ha asegurado el pago de la totalidad de los importes correspondientes a trabajos realizados y pagadas al Contratista por la Propiedad Los subcontratistas Subcontratistas actuarán en todo momento bajo la supervisión y control del Contratista, obligándose éste a imponerles y hacerles cumplir todas las obligaciones asumidas por él en el presente Contrato. El Contratista responderá solidariamente de las obligaciones que asuman los subcontratistasSubcontratistas, aun en el caso de mediar autorización expresa de la Propiedad. Asimismo, el Contratista mantendrá indemne a la Propiedad de los daños y perjuicios que pudiese sufrir la misma, directa o indirectamente indirectamente, por la actuación de dichos subcontratistas. El Contratista deberá supervisar los trabajos de sus subcontratistas y definir y establecer mecanismos de coordinación en función de cada necesidad, así como mantener reuniones periódicas en las que se traten cambios sustanciales a los sistemas objeto del Contrato, su explotación o cualquier otro aspecto. En estas reuniones se propondrán mejoras que minimicen las afecciones entre áreas y mejoren la coordinación. Los actos, errores o negligencias en el cumplimiento de las obligaciones laborales y sindicales de cualquier subcontratista, de sus representantes, empleados o trabajadores, no serán imputables en ningún caso a la Propiedad, quien podrá repetir contra el Contratista si alguna de las consecuencias de estos supuestos le fuera imputada.

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Samples: Contrato De Servicios De Mantenimiento Preventivo Y Correctivo De Calefacción, Climatización, Electricidad Y Fontanería

CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. El Contratista no podrá ceder, ceder total o parcialmente, parcialmente los derechos y obligaciones derivadas derivados del Contrato Contrato, ni subcontratar, subcontratar total o parcialmente, parcialmente los servicios incluidos en el mismo objeto de Contrato sin el previo consentimiento por escrito de Innobasquela Propiedad. Para ello, el Contratista comunicará a Innobasque la Propiedad por escrito, escrito y previamente a la celebración del acuerdo de subcontratación, subcontratación su intención de contratar al Subcontratistasubcontratista, la identidad del mismo, el tipo de servicios y trabajos a realizar por éste y las condiciones económicas y jurídicas, a fin de que la Propiedad apruebe dicha subcontrata; , sin que dicha autorización suponga xxxxxxxx de responsabilidad alguna por parte de la Propiedad o aprobación de la idoneidad y/o resultado de los servicios y trabajos. En cualquier caso, la empresa subcontratista deberá hallarse inscrita en los correspondientes Registros y autorizada para la prestación de los servicios o actividades objeto de subcontratación. El Contrato a celebrar entre el Contratista y el subcontratista deberá ser escrito y contener además los pactos establecidos en el presente Contrato. El Contratista deberá entregar a la Propiedad copia del Contrato en un plazo de 5 días desde su firma. El incumplimiento del Contratista de esta obligación facultará a la Propiedad para resolver el presente Contrato. Los subcontratistas actuarán en todo momento bajo la supervisión y control del Contratista, obligándose éste a imponerles y hacerles cumplir todas las obligaciones asumidas por él en el presente Contrato. El Contratista responderá solidariamente de las obligaciones que asuman los subcontratistas, aun en el caso de mediar autorización expresa de la Propiedad. Asimismo, el Contratista mantendrá indemne a la Propiedad de los daños y perjuicios que pudiese sufrir directa o indirectamente por la actuación de dichos subcontratistas. Los actos, errores o negligencias en el cumplimiento de las obligaciones laborales y sindicales de cualquier subcontratista, de sus representantes, empleados o trabajadores, no serán imputables en ningún caso a la Propiedad, quien podrá repetir contra el Contratista si alguna de las consecuencias de estos supuestos le fuera imputada.

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Samples: Contrato De Servicios De Mantenimiento

CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. El Contratista no podrá ceder, total o parcialmente, los Los derechos y obligaciones derivadas dimanantes del Contrato ni subcontratar, total o parcialmente, presente contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que se dé el supuesto y se cumplan los servicios incluidos requisitos establecidos en el mismo sin el previo consentimiento escrito de Innobasqueartículo 226 del TRLCSP. Para ello, el Contratista comunicará a Innobasque por escrito, y previamente a la celebración del acuerdo El presente contrato podrá ser objeto de subcontratación, su de acuerdo con lo recogido en el artículo 227 del TRLCSP. El adjudicatario está obligado a comunicar anticipadamente y por escrito la intención de contratar celebrar subcontratos. No obstante, se entenderá cumplido dicho requisito respecto de los subcontratos en los que el contratista hubiera optado por identificar en su oferta al Subcontratista, subcontratista o subcontratistas con los que desea contar para la identidad ejecución del mismo, contrato. El cumplimiento del requisito de la comunicación previa se entiende sin perjuicio de lo establecido en el tipo artículo 43 de servicios y trabajos la Ley General Xxxxxxxxxx en cuanto a realizar la justificación por éste y el contratista de estar al corriente de las obligaciones tributarias. Código Seguro de Verificación: 11342714623022562122. Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). Autenticidad verificable en xxxxx://xxxx.xxxxx.xx/xxxxxxxxxx. Cuando el contratista incumpla las condiciones económicas y jurídicas, a fin de que la Propiedad apruebe dicha subcontrata; sin que dicha autorización suponga xxxxxxxx de responsabilidad alguna por parte de la Propiedad o aprobación de la idoneidad y/o resultado de los servicios y trabajos. En cualquier caso, la empresa subcontratista deberá hallarse inscrita en los correspondientes Registros y autorizada para la prestación de los servicios o actividades objeto de subcontratación. El Contrato a celebrar entre el Contratista y el subcontratista deberá ser escrito y contener además los pactos establecidos subcontratación establecidas en el presente Contrato. El Contratista deberá entregar a artículo 227 del TRLCSP, se impondrá la Propiedad copia del Contrato penalidad regulada en un plazo de 5 días desde su firma. El incumplimiento del Contratista de esta obligación facultará a la Propiedad para resolver el presente Contratodicho texto legal. Los subcontratistas actuarán en todo momento bajo quedarán obligados sólo ante el contratista principal, que asumirá, por tanto, la supervisión y control del Contratista, obligándose éste a imponerles y hacerles cumplir todas las obligaciones asumidas por él en el presente Contrato. El Contratista responderá solidariamente de las obligaciones que asuman los subcontratistas, aun en el caso de mediar autorización expresa total responsabilidad de la Propiedad. Asimismo, el Contratista mantendrá indemne ejecución del contrato frente a la Propiedad Administración, con arreglo estricto al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, al Pliego de Prescripciones Técnicas y a los términos del contrato. Así, los licitadores deberán indicar en sus ofertas la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los daños y perjuicios subcontratistas a los que pudiese sufrir directa o indirectamente por la actuación de dichos subcontratistas. Los actos, errores o negligencias en el cumplimiento de las obligaciones laborales y sindicales de cualquier subcontratista, de sus representantes, empleados o trabajadores, no serán imputables en ningún caso se vaya a la Propiedad, quien podrá repetir contra el Contratista si alguna de las consecuencias de estos supuestos le fuera imputadaencomendar su realización.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Procedimiento Abierto

CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. El Contratista Sin previa autorización expresa y escrita de EJIE, la adjudicataria no podrá ceder, total ceder o parcialmente, los traspasar a terceros obligaciones o derechos y obligaciones derivadas que se deriven del Contrato ni subcontratar, total o parcialmente, los servicios incluidos en el mismo sin el previo consentimiento escrito de Innobasquepresente contrato. Para ellola cesión, el Contratista comunicará a Innobasque por escrito, y previamente EJIE deberá dar su conformidad a la celebración selección de la cesionaria o la subcontratada. A este respecto, la adjudicataria establecerá expresamente en su contrato con la cesionaria o subcontratada, la obligación que esta última tiene de cumplir todos los requisitos contenidos en la documentación contractual que vincula a ambas partes. La prestación de dichos suministros y/o servicios por la cesionaria o subcontratada deberá realizarse en las mismas condiciones que las establecidas para la adjudicataria. La adjudicataria será responsable única ante EJIE de la ejecución de los suministros adjudicados en su totalidad, independientemente de las responsabilidades que éste pueda exigir a sus suministradores o subcontratadas. La contratista tendrá con carácter general la obligación de acreditar los siguientes extremos: - Las subcontratistas con los que concertarán la ejecución parcial del acuerdo contrato y las partes del contrato que serán objeto de subcontratación. - El cumplimiento de la obligación de la contratista de la capacidad de obrar, su intención según las especificaciones de este pliego. - El cumplimiento de la condición relativa a la prohibición de subcontratar con personas inhabilitadas para contratar al Subcontratistade acuerdo con el ordenamiento jurídico comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 60 TRLCSP. La acreditación de tales extremos se efectuará mediante la presentación, la identidad del mismo, el tipo de servicios y trabajos a realizar por éste y las condiciones económicas y jurídicas, a fin de que la Propiedad apruebe dicha subcontrata; sin que dicha autorización suponga xxxxxxxx de responsabilidad alguna por parte de la Propiedad o aprobación adjudicataria, de los siguientes documentos:  Comunicación escrita previa a la formalización de la idoneidad y/o resultado de subcontratación en la que se relacionen las subcontratistas con los servicios que concertará la ejecución parcial del contrato y trabajos. En cualquier caso, la empresa subcontratista deberá hallarse inscrita en los correspondientes Registros y autorizada para la prestación de los servicios o actividades las partes del contrato que serán objeto de subcontratación. El Contrato  Respecto a celebrar entre el Contratista y el subcontratista deberá ser escrito y contener además los pactos establecidos las subcontratistas se acompañará así mismo las siguientes acreditaciones: Los documentos referidos en el presente Contratoesta cláusula serán presentados por la adjudicataria ante EJIE con una antelación mínima de quince días naturales de la fecha en que haya de formalizarse la subcontratación. El Contratista deberá entregar a la Propiedad copia del Contrato en un plazo de 5 días desde su firma. El incumplimiento del Contratista de esta obligación facultará a la Propiedad para resolver el presente Contrato. Los subcontratistas actuarán en todo momento bajo la supervisión y control del Contratista, obligándose éste a imponerles y hacerles cumplir todas las obligaciones asumidas por él en el presente Contrato. El Contratista responderá solidariamente de las obligaciones que asuman los subcontratistas, aun en el En caso de mediar autorización expresa de que la Propiedad. Asimismo, el Contratista mantendrá indemne a la Propiedad de los daños y perjuicios que pudiese sufrir directa adjudicataria no cumplimentara tal obligación o indirectamente por la actuación de dichos subcontratistas. Los actos, errores o negligencias en el cumplimiento de se incumplieran las obligaciones laborales y sindicales de cualquier subcontratista, de sus representantes, empleados o trabajadores, condiciones establecidas no serán imputables en ningún caso a la Propiedad, quien podrá repetir contra el Contratista si alguna de las consecuencias de estos supuestos le fuera imputadarealizarse dicha subcontratación.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Suministros