Common use of Clasificación de las ofertas Clause in Contracts

Clasificación de las ofertas. La mesa de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas para posteriormente elevar la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Para realizar la citada clasificación, se atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el cuadro de características y/x Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, Relación de Unidades o Proyecto. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo. Si en el ejercicio de sus funciones la mesa de contratación tuviera indicios fundados de conductas colusorias en el procedimiento de contratación, en el sentido definido en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, los trasladará con carácter previo a la adjudicación del contrato a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a efectos de que a través de un procedimiento sumarísimo se pronuncie sobre aquellos. La remisión de dichos indicios tendrá efectos suspensivos en el procedimiento de contratación. Si la remisión la realiza la mesa de contratación dará cuenta de ello al órgano de contratación. En la clasificación de las ofertas no serán incluidas aquellas que hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el Cuadro de Características. El cálculo de la puntuación económica de las ofertas se realizará con posterioridad al análisis y valoración de la justificación de las ofertas anormales o desproporcionadas, excluyendo a las no admitidas por no haberse estimado la justificación sobre su viabilidad tras el mencionado trámite de audiencia. Una vez aceptada la propuesta de la mesa por el órgano de contratación, los servicios de Contratación requerirán al licitador que haya presentado la mejor oferta, para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento presente la documentación justificativa de las circunstancias a las que se refiere la cláusula 15 de este Pliego si no se hubiera aportado con anterioridad, tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, sin perjuicio de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 de la LCSP; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados deberán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

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Samples: Contrato De Servicios

Clasificación de las ofertas. La mesa Concluida la fase de contratación negociación, la Mesa, en los casos en que se haya constituido, valorará las ofertas de las empresas o profesionales licitadores que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, a cuyo efecto podrá recabar los informes técnicos que considere precisos, y propondrá al Órgano de Contratación la adjudicación al licitador que presentó la oferta económicamente más ventajosa. Expediente número: SU-18/17 8 pie_firma_corto_dipu_01 Objeto del contrato: Suministro de material de oficina y papelería para las diferentes dependencias del Ayuntamiento xx Xxxxxx. C3FF36ABD9A83603C46E Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx (Validación de documentos) Propuesto por El Técnico de Gestión XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX el 13/10/2017 Revisado por El Secretario General XXXXX XXXXXXXX XXXXXX el 13/10/2017 Firmado por el Alcalde X. XXXXX XXXXXXXX XXXX el 13/10/2017 En los casos en que no se hubiera constituido Mesa, el Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas para posteriormente elevar la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Para realizar la citada clasificaciónque no hayan sido declaradas anormales o desproporcionadas, se atenderá atendiendo a los aspectos económicos y técnicos objeto de negociación y criterios de adjudicación señalados en el cuadro anexo VII, pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes, al objeto de características y/x Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, Relación de Unidades o Proyectodeterminar el licitador que presentó la oferta económicamente más ventajosa. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo. Si Tfno: 957.500410 • Fax: 957.591119 En el anexo VIII, podrán incluirse los parámetros objetivos en el ejercicio función de sus funciones la mesa de contratación tuviera indicios fundados de conductas colusorias en el procedimiento de contrataciónlos cuales se apreciará, en el sentido definido en el artículo 1 su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la Ley 15/2007inclusión de valores anormales o desproporcionados, en cuyo caso, se deberá dar audiencia al licitador para que justifique la valoración de 3 su oferta y solicitar el asesoramiento técnico del servicio correspondiente. Si el Órgano de julioContratación, de Defensa considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes técnicos, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la Competenciainclusión de valores anormales o desproporcionados, los trasladará con carácter previo a la adjudicación del contrato a la Comisión Nacional excluirá de los Mercados y la Competencia a efectos de que a través de un procedimiento sumarísimo se pronuncie sobre aquellos. La remisión de dichos indicios tendrá efectos suspensivos en el procedimiento de contratación. Si la remisión la realiza la mesa de contratación dará cuenta de ello al órgano de contratación. En la clasificación de las ofertas no serán incluidas aquellas que hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el Cuadro de Características. El cálculo de la puntuación económica de las ofertas se realizará con posterioridad al análisis y valoración de la justificación de las ofertas anormales o desproporcionadas, excluyendo a las no admitidas por no haberse estimado la justificación sobre su viabilidad tras el mencionado trámite de audiencia. Una vez aceptada la propuesta de la mesa por el órgano de contratación, los servicios de Contratación requerirán al licitador que haya presentado la mejor oferta, para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento presente la documentación justificativa de las circunstancias a las que se refiere la cláusula 15 de este Pliego si no se hubiera aportado con anterioridad, tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, sin perjuicio de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 de la LCSP; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados deberán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En el supuesto señalado prevista en el párrafo anterior. En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, tendrán preferencia de adjudicación, siempre que acrediten las circunstancias que se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguienteindican: Plaza Nueva, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.1 • 14900 LUCENA • (Córdoba)

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Samples: Suministro De Material De Oficina Y Papelería

Clasificación de las ofertas. La mesa En el supuesto de que se constituya la Mesa de Contratación, según se indica en el apartado H) del Cuadro Resumen del Contrato (Anexo I), de conformidad con el artículo 320 TRLCSP ésta evaluará conforme a los aspectos económicos y técnicos señalados en el apartado I) del “Cuadro Resumen del Contrato (Anexo I) las ofertas presentadas, y elevará las proposiciones presentadas, -y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, conforme al artículo 152 TRLCSP-, junto con el acta y la propuesta de clasificación de las ofertas, por orden decreciente al órgano de contratación. Todo ello, previos los informes técnicos correspondientes. En el supuesto de que no se constituya Mesa de Contratación el órgano de contratación clasificaráaprobará la clasificación de la proposiciones presentas, por orden decreciente, las proposiciones presentadas para posteriormente elevar la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Para realizar la citada clasificación, se atenderá a acuerdo con los criterios de adjudicación aspectos técnicos y económicos señalados en el cuadro citado apartado I ) del “Cuadro de características y/x Xxxxxx de Prescripciones TécnicasResumen del Contrato” (Anexo I) En todo caso, Relación de Unidades o Proyecto. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo. Si deberá dejarse constancia en el ejercicio expediente de sus funciones la mesa de contratación tuviera indicios fundados de conductas colusorias en las invitaciones cursadas (al menos tres, siempre que ello sea posible, según regula el procedimiento de contrataciónart. 178.1 TRLCSP), en el sentido definido en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, los trasladará con carácter previo a la adjudicación del contrato a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a efectos de que a través de un procedimiento sumarísimo se pronuncie sobre aquellos. La remisión de dichos indicios tendrá efectos suspensivos en el procedimiento de contratación. Si la remisión la realiza la mesa de contratación dará cuenta de ello al órgano de contratación. En la clasificación de las ofertas no serán incluidas aquellas que hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el Cuadro de Características. El cálculo de la puntuación económica recibidas y de las ofertas se realizará con posterioridad al análisis y valoración de la justificación de las ofertas anormales razones para su aceptación o desproporcionadas, excluyendo a las no admitidas por no haberse estimado la justificación sobre su viabilidad tras el mencionado trámite de audiencia. Una vez aceptada la propuesta de la mesa rechazo aplicadas por el órgano de contratación, los servicios . El órgano de Contratación requerirán contratación clasificará las ofertas por orden decreciente y requerirá al licitador que haya presentado la mejor ofertaproposición económicamente más ventajosa de conformidad con los criterios de adjudicación, y que por lo tanto se haya clasificado en primer lugar, para que que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel aquél en que hubiera recibido el requerimiento requerimiento, presente la documentación justificativa acreditativa de los siguientes extremos: 1.- Escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por 2.- Poder bastante al efecto a favor de las circunstancias personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil 3.- Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que se refiere de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 4.- Certificado de clasificación empresarial o los documentos acreditativos de la cláusula 15 solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo estipulado en el CUADRO RESUMEN DEL CONTRATO apartado F. 5.- Justificación de este Pliego si hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. - Certificación expedida por el órgano competente de la Agencia Estatal Tributaria. - Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no se hubiera aportado con anterioridad, tanto haberse dado de baja en la matrícula del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, sin perjuicio de disponer efectivamente citado impuesto. 6.- Disponibilidad efectiva de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al (artículo 76.2 de la LCSP; y 63.3 TRLCSP). 7.- Justificante de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados deberán ser expedidos por medios electrónicos. 8.- En su caso, informáticos acreditación, de que se reúnen los requisitos de pequeña o telemáticos. En el supuesto señalado mediana empresa, definida según lo establecido en el párrafo anteriorReglamento (CE) nº 800/2008, se procederá a recabar de la misma documentación al licitador siguienteComisión, de 6 xx xxxxxx de 2008, por el orden que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los arts. 107 y 108 del Tratado y no están controladas directa o indirectamente por otra empresa que hayan quedado clasificadas las ofertasno cumpla tales requisitos. Y ello, a los efectos establecidos en el art. 102.5 TRLCSP en materia de devolución y cancelación de garantías. 9.- En su caso, trabajadores con discapacidad y promoción de la igualdad entre hombres y mujeres. 10.- Relación de empresas pertenecientes al mismo grupo. EN CASO DE NO CUMPLIMENTARSE, ADECUADAMENTE, EL REQUERIMIENTO EN EL PLAZO SEÑALADO, SE ENTENDERÁ QUE EL LICITADOR HA RETIRADO SU OFERTA, PROCEDIÉNDOSE EN ESE CASO A RECABAR LA MISMA DOCUMENTACIÓN AL LICITADOR SIGUIENTE, POR EL ORDEN QUE XXXXX QUEDADO CLASIFICADAS LAS OFERTAS.

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Samples: Contract for Private Security Services

Clasificación de las ofertas. La mesa Concluida la fase de contratación negociación, el órgano gestor clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas para posteriormente elevar la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Para realizar la citada clasificaciónque no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, se atenderá atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en el cuadro presente pliego, pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes, al objeto de características y/x Xxxxxx determinar el licitador que pesentó la oferta económicamente más ventajosa. La adjudicación al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa no procederá cuando el órgano de Prescripciones Técnicas, Relación de Unidades o Proyecto. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá contratación presuma fundadamente que la mejor proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados. En tal caso se deberá dar audiencia al licitador para que justifique la valoración de la oferta es la que incorpora y solicitar el precio más bajoasesoramiento técnico del servicio correspondiente. Si en el ejercicio de sus funciones la mesa de contratación tuviera indicios fundados de conductas colusorias en el procedimiento órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes técnicos, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación prevista en el sentido definido párrafo anterior. Se considerarán ofertas con valores anormales o desproporcionadas las ofertas que se encuentren en los supuestos regulados en el artículo 1 85 del Reglamento General de la Ley 15/2007, de 3 Contratos de julio, las Administraciones Públicas. El órgano de Defensa contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de la Competencia, acuerdo con los trasladará con carácter previo a la adjudicación del contrato a la Comisión Nacional criterios que figuran en el presente pliego. En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas como las más ventajosas desde el punto de vista de los Mercados y criterios que sirven de base para la Competencia a efectos adjudicación, tendrán preferencia de que a través de un procedimiento sumarísimo se pronuncie sobre aquellos. La remisión de dichos indicios tendrá efectos suspensivos en el procedimiento de contratación. Si la remisión la realiza la mesa de contratación dará cuenta de ello al órgano de contratación. En la clasificación de las ofertas no serán incluidas aquellas adjudicación, siempre que hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales presentado la documentación acreditativa, las empresas con trabajadores con discapacidad conforme a lo señalado en el Cuadro de Característicasla cláusula 11.3.f). El cálculo de Si aún así persistiera la puntuación económica igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las ofertas se realizará con posterioridad al análisis y valoración empresas tiene preferencia de la justificación de las ofertas anormales o desproporcionadas, excluyendo a las no admitidas por no haberse estimado la justificación sobre su viabilidad tras el mencionado trámite de audiencia. Una vez aceptada la propuesta de la mesa por el órgano de contratación, los servicios de Contratación requerirán al licitador que haya presentado la mejor oferta, para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento presente la documentación justificativa de las circunstancias a las que se refiere la cláusula 15 de este Pliego si no se hubiera aportado con anterioridad, tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, sin perjuicio de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato adjudicación conforme al artículo 76.2 de la LCSP; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados deberán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En el supuesto señalado en el párrafo anterior, resultará adjudicataria aquella que obtenga una mayor puntuación en el criterio de valoración que tenga mayor puntuación,prevaleciendo, en caso de empate en la ponderación, los criterios evaluables de forma automática sobre los que dependen de un juicio de valor. Y en el caso de que continuara la igualdad se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertasrealización de un sorteo.

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Samples: Contract for Services

Clasificación de las ofertas. La mesa de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas para posteriormente elevar la correspondiente propuesta al 1. El órgano de contratación. Para realizar la citada clasificación, se atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el cuadro de características y/x Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, Relación de Unidades o Proyecto. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo. Si en el ejercicio de sus funciones la mesa de contratación tuviera indicios fundados de conductas colusorias en el procedimiento de contratación, en el sentido definido en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, los trasladará con carácter previo a la adjudicación del contrato a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a efectos de que a través de un procedimiento sumarísimo se pronuncie sobre aquellos. La remisión de dichos indicios tendrá efectos suspensivos en el procedimiento de contratación. Si la remisión la realiza la mesa de contratación dará cuenta de ello al órgano de contratación. En la clasificación de las ofertas no serán incluidas aquellas que hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el Cuadro de Características. El cálculo de la puntuación económica de las ofertas se realizará con posterioridad al análisis y valoración de la justificación de las ofertas anormales o desproporcionadas, excluyendo a las no admitidas por no haberse estimado la justificación sobre su viabilidad tras el mencionado trámite de audiencia. Una vez aceptada vista la propuesta de la mesa Mesa de Contratación, emitida tras los informes técnicos que considere pertinentes, clasificará las proposiciones por el orden decreciente atendiendo a los criterios señalados en la cláusula 11. 2. El órgano de contratación, los servicios de Contratación requerirán contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor ofertaoferta que en su conjunto resulte más ventajosa para que, para que dentro del plazo xx xxxx de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel aquél en que hubiera recibido el requerimiento requerimiento, presente la documentación justificativa siguiente: a) Certificación administrativa expedida por el órgano competente, acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Se entiende que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de dichas obligaciones cuando concurran las circunstancias señaladas en los artículos 13 y 14 del RGLCAP. No obstante cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos a que se refiere refieren dichos artículos, se acreditará esta circunstancia mediante declaración CVE: BOP-2017-1243 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Viernes, 24 xx xxxxx de 2017 responsable. b) Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la cláusula 15 carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exento de este Pliego si no impuesto presentarán declaración justificativa al respecto. c) Resguardo acreditativo de haber constituido una garantía definitiva del 5 por 100 (cinco por ciento), del precio de adjudicación del contrato excluido el IVA, a disposición del órgano de contratación. La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 96 del TRLCSP, con los requisitos establecidos en el artículo 55 y siguientes del RGLCAP o mediante la garantía global en los términos establecidos en el artículo 100 del TRLCSP. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 del TRLCSP y su devolución y cancelación se hubiera aportado efectuará de conformidad con anterioridad, tanto lo dispuesto en el artículo 102 del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, sin perjuicio TRLCSP y 65.2 y 3 del RGLCAP. d) Justificación de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 64.2 del TRLCSP. Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, perteneciente o no a Estados miembros de la LCSP; y Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de haber constituido procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo, habrán de presentarse certificación, también expedida por autoridad competente, en la garantía definitiva que sea procedentese acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. 3. Los correspondientes certificados deberán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En De no cumplimentarse adecuadamente el supuesto requerimiento en el plazo señalado en el párrafo apartado anterior, se procederá entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

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Samples: Licitación Para La Explotación De Un Servicio De Bar

Clasificación de las ofertas. La mesa El Órgano de contratación clasificaráContratación o la Mesa de Contratación, según proceda, de acuerdo con lo establecido en el número 1 del artículo 150 de la LCSP clasificará por orden decreciente, las proposiciones presentadas para posteriormente elevar atendiendo a los criterios de adjudicación y fórmulas señalados en los Apartados 17.2 y 17.3 del Cuadro de Características. En el caso de que la clasificación se realice por la Mesa de Contratación, esta elevará la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Para realizar la citada clasificación, se atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el cuadro de características y/x Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, Relación de Unidades o Proyecto. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo. La valoración de los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor corresponderá, en los casos en que proceda por tener atribuida una ponderación mayor que la correspondiente a los criterios evaluables de forma automática, a un comité formado por expertos con cualificación apropiada, que cuente con un mínimo de tres miembros, que podrán pertenecer a los servicios dependientes del órgano de contratación, pero en ningún caso podrán estar adscritos al órgano proponente del contrato. En el supuesto de admisión de variantes la valoración de estos criterios se realizará considerando todas las soluciones (Bases y Variantes) admitidas. Si en el ejercicio de sus funciones el Órgano de Contratación o la mesa Mesa de contratación Contratación, según proceda, tuviera indicios fundados de las conductas colusorias a que se refiere el último párrafo del número 1 del artículo 150 de la LCSP, deberá realizar las actuaciones a que se previstas en el precitado párrafo. En los supuestos de procedimiento abierto a que se refiere el artículo 159.1 de contrataciónla LCSP en los que se contemplen criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, en la misma sesión en la que se proceda al acto público apertura del sobre (archivo electrónico) nº 2 al que se refiere el sentido definido apartado 8.2.2 de la cláusula 8 anterior, y tras la celebración del mismo, el Órgano de Contratación o la Mesa de Contratación procederá, previa exclusión, en su caso, de las ofertas que no cumplan los requerimientos xxx xxxxxx, a evaluar y clasificar las ofertas, a realizar la propuesta de adjudicación a favor del candidato con mejor puntuación y a comprobar en el artículo 1 Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa propuesta como adjudicataria está debidamente constituida, el firmante de la Ley 15/2007proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar En los supuestos de 3 de julio, de Defensa procedimiento abierto a que se refiere el artículo 159.6 de la CompetenciaLCSP la valoración de las ofertas se podrá efectuar automáticamente mediante dispositivos informáticos, los trasladará o con carácter previo a la adjudicación del contrato a la Comisión Nacional colaboración de los Mercados y la Competencia a efectos de una unidad técnica que a través de un procedimiento sumarísimo se pronuncie sobre aquellos. La remisión de dichos indicios tendrá efectos suspensivos en el procedimiento de contratación. Si la remisión la realiza la mesa de contratación dará cuenta de ello auxilie al órgano de contratación. En la clasificación de las ofertas no serán incluidas aquellas que hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el Cuadro de Características. El cálculo de la puntuación económica de las ofertas se realizará con posterioridad al análisis y valoración de la justificación de las ofertas anormales o desproporcionadas, excluyendo a las no admitidas por no haberse estimado la justificación sobre su viabilidad tras el mencionado trámite de audiencia. Una vez aceptada la propuesta de la mesa por el órgano de contratación, los servicios de Contratación requerirán al licitador que haya presentado la mejor oferta, para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento presente la documentación justificativa de las circunstancias a las que se refiere la cláusula 15 de este Pliego si no se hubiera aportado con anterioridad, tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, sin perjuicio de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 de la LCSP; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados deberán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares

Clasificación de las ofertas. La mesa En el supuesto de que se constituya la Mesa de Contratación, según se indica en el apartado H) del Cuadro Resumen del Contrato (Anexo I), de conformidad con el artículo 320 TRLCSP ésta evaluará conforme a los aspectos económicos y técnicos señalados en el apartado I) del “Cuadro Resumen del Contrato (Anexo I) las ofertas presentadas, y elevará las proposiciones presentadas, -y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, conforme al artículo 152 TRLCSP-, junto con el acta y la propuesta de clasificación de las ofertas, por orden decreciente al órgano de contratación. Todo ello, previos los informes técnicos correspondientes. En el supuesto de que no se constituya Mesa de Contratación el órgano de contratación clasificaráaprobará la clasificación de la proposiciones presentas, por orden decreciente, las proposiciones presentadas para posteriormente elevar la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Para realizar la citada clasificación, se atenderá a acuerdo con los criterios de adjudicación aspectos técnicos y económicos señalados en el cuadro citado apartado I) del “Cuadro de características y/x Xxxxxx de Prescripciones TécnicasResumen del Contrato” (Anexo I) En todo caso, Relación de Unidades o Proyecto. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo. Si deberá dejarse constancia en el ejercicio expediente de sus funciones la mesa de contratación tuviera indicios fundados de conductas colusorias en las invitaciones cursadas (al menos tres, siempre que ello sea posible, según regula el procedimiento de contrataciónart. 171.1 TRLCSP), en el sentido definido en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, los trasladará con carácter previo a la adjudicación del contrato a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a efectos de que a través de un procedimiento sumarísimo se pronuncie sobre aquellos. La remisión de dichos indicios tendrá efectos suspensivos en el procedimiento de contratación. Si la remisión la realiza la mesa de contratación dará cuenta de ello al órgano de contratación. En la clasificación de las ofertas no serán incluidas aquellas que hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el Cuadro de Características. El cálculo de la puntuación económica recibidas y de las ofertas se realizará con posterioridad al análisis y valoración de la justificación de las ofertas anormales razones para su aceptación o desproporcionadas, excluyendo a las no admitidas por no haberse estimado la justificación sobre su viabilidad tras el mencionado trámite de audiencia. Una vez aceptada la propuesta de la mesa rechazo aplicadas por el órgano de contratación, los servicios . El órgano de Contratación requerirán contratación clasificará las ofertas por orden decreciente y requerirá al licitador que haya presentado la mejor ofertaproposición económicamente más ventajosa de conformidad con los criterios de adjudicación, y que por lo tanto se haya clasificado en primer lugar, para que que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel aquél en que hubiera recibido el requerimiento requerimiento, presente la documentación justificativa acreditativa de los siguientes extremos: 1.- Escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las circunstancias a normas por las que se refiere regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la cláusula Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el art. 55 TRLCSP. En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas. 2.- Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil 3.- Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 4.- Certificado de clasificación empresarial o los documentos acreditativos de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo estipulado en el CUADRO RESUMEN DEL CONTRATO apartado F. 5.- Justificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. -Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los artículos 13, 14, 15 y 16 del Reglamento General de este Pliego si Contratos de las Administraciones Públicas (RGCAP), acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Certificación expedida por el órgano competente de la Agencia Estatal Tributaria. - Certificación expedida por la Recaudación Ejecutiva Municipal, acreditativa de que no se hubiera aportado existen deudas de naturaleza tributaria con anterioridadesta Administración. - Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, tanto referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, sin perjuicio de disponer efectivamente citado impuesto. 6.- Disponibilidad efectiva de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al (artículo 76.2 de la LCSP; y 63.3 TRLCSP). 7.- Justificante de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. 8.- En su caso, acreditación, de que se reúnen los requisitos de pequeña o mediana empresa, definida según lo establecido en el Reglamento (CE) nº 800/2008, de la Comisión, de 6 xx xxxxxx de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los arts. 107 y 108 del Tratado y no están controladas directa o indirectamente por otra empresa que no cumpla tales requisitos. Y ello, a los efectos establecidos en el art. 102.5 TRLCSP en materia de devolución y cancelación de garantías. 9.- En su caso, trabajadores con discapacidad y promoción de la igualdad entre hombres y mujeres. Los correspondientes certificados licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad. A tal efecto, deberán ser expedidos aportar, en todo caso, un certificado de la empresa en que conste tanto el número global de trabajadores de plantilla como el número particular de trabajadores con discapacidad en la misma o, en el caso de haberse optado por medios electrónicosel cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, informáticos o telemáticosuna copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración con las concretas medidas aplicadas. En Los licitadores que tengan menos de 50 trabajadores en su plantilla, podrán aportar, en su caso, un certificado en el supuesto señalado que conste el número de trabajadores con discapacidad que tienen en la misma, a efectos de lo establecido para los supuestos de empate en la cláusula relativa a la clasificación de las ofertas. Asimismo y a los mismos efectos previstos en el párrafo anterior, los licitadores podrán presentar documentación acreditativa de tener la marca de excelencia e igualdad o desarrollar medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, siempre que las medidas de igualdad aplicadas permanezcan en el tiempo y mantengan la efectividad. 10.- Relación de empresas pertenecientes al mismo grupo. A los efectos de la aplicación de la regla prevista en el artículo 86.1 del RGLCAP, en relación con el párrafo segundo del artículo 145.4 del TRLCSP, los licitadores deberán presentar declaración concerniente a las empresas pertenecientes al mismo grupo o encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, con indicación de los que se procederá presentan a recabar licitación. En caso de no pertenecer a ningún grupo, deberá aportar declaración en tal sentido. QUEDADO CLASIFICADAS LAS OFERTAS. Los documentos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertaslegislación vigente.

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Samples: Contract for Supply of Equipment

Clasificación de las ofertas. La mesa Mesa de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas Contratación es el órgano competente para posteriormente elevar formular la correspondiente propuesta de adjudicación, pudiendo solicitar al efecto cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrá solicitar estos informes cuando considere necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas de los pliegos, de conformidad con el artículo 160.1 del TRLCSP. La Mesa de Contratación cuando entienda que alguna de las proposiciones podría ser calificada como anormal o desproporcionada, en base a lo establecido en la cláusula 21ª del presente pliego, se dará audiencia a las empresas licitadoras cuyas proposiciones sean calificadas como tales, para que justifique la valoración de su oferta de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 de la Directiva 2014/24/UE y en el artículo 152 del TRLCSP y a la vista del resultado propondrá al órgano de contratacióncontratación su aceptación o rechazo, de conformidad con lo previsto en el apartado 4 del mismo artículo. Para realizar Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx pie_firma_corto_dipu_01 AFC834F6E004E0841683 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx. Firmado por La Administrativa de Contratación XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX el 20/7/2017 La Mesa de Contratación, efectuadas tales actuaciones, procederá a la citada clasificaciónvaloración de las proposiciones, se atenderá conforme a los criterios de valoración de ofertas establecidos en el presente pliego, y una vez efectuadas las actuaciones, procederá a formular la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación competente a favor del licitador cuya proposición haya resultado la oferta económicamente más ventajosa y que será la que haya obtenido mayor puntuación tras su valoración conforme a los criterios de adjudicación señalados establecidos en el cuadro de características y/x Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, Relación de Unidades o Proyecto. Cuando el único criterio presente pliego; propuesta que no crea derecho alguno a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo. Si en el ejercicio de sus funciones la mesa de contratación tuviera indicios fundados de conductas colusorias en el procedimiento de contratación, en el sentido definido en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, los trasladará con carácter previo favor del licitador propuesto frente a la adjudicación del contrato a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a efectos de que a través de un procedimiento sumarísimo se pronuncie sobre aquellosAdministración. La remisión de dichos indicios tendrá efectos suspensivos en el procedimiento de contratación. Si la remisión la realiza la mesa de contratación dará cuenta de ello al órgano de contratación. En la clasificación de las ofertas no serán incluidas aquellas que hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el Cuadro de Características. El cálculo de la puntuación económica de las ofertas se realizará con posterioridad al análisis y valoración de la justificación de las ofertas anormales o desproporcionadasNo obstante, excluyendo a las no admitidas por no haberse estimado la justificación sobre su viabilidad tras el mencionado trámite de audiencia. Una vez aceptada la propuesta de la mesa por cuando el órgano de contratacióncontratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión. Teniendo en cuenta la pluralidad de criterios para seleccionar a la empresa contratista, el plazo durante el cual los servicios licitadores están obligados a mantener sus ofertas es el de Contratación requerirán al licitador que haya presentado la mejor oferta, para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles, 6 meses a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento presente al de la documentación justificativa apertura de las circunstancias proposiciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 161 del TRLCSP. Dicho plazo se ampliará en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a las que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP. De no producirse la adjudicación dentro del plazo indicado, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. En caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosa desde el punto de vista de los criterios de que sirvan de base para la adjudicación, tendrán preferencia de adjudicación la empresa que haya obtenido mayor puntuación en los criterios de valoración de ofertas establecidos en la cláusula 15 de este Pliego si no se hubiera aportado con anterioridad, tanto 12ª del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, sin perjuicio de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 de la LCSP; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados deberán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguientepresente pliego, por el orden de preferencia que a continuación se indica: 1.- Mayor puntuación en los criterios sujetos a juicio de valor. 2.- Mayor puntuación en el criterio relativo al aumento del porcentaje previsto del 4% para reposiciones de plantas y materiales necesarios para la conservación de la red xx xxxxx. 3.- Mayor puntuación en el criterio relativo a piezas de recambio de las áreas de juegos infantiles. 4.- Mayor puntuación en el criterio relativo a Oferta económica. 5.- Mayor puntuación en el criterio relativo a recogida de la naranja. 6.- Mayor puntuación en el criterio relativo a la apertura y cierre de Parques Públicos. 7.- Mayor puntuación en el criterio relativo al suministro e instalación de jardineras. Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, el criterio de desempate sería el licitador que hayan quedado clasificadas contase entre su plantilla con personas con discapacidad. Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx pie_firma_corto_dipu_01 AFC834F6E004E0841683 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx. Firmado por La Administrativa de Contratación XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX el 20/7/2017 Y finalmente, si persistiera la igualdad entre las ofertasproposiciones, la adjudicación se efectuará por sorteo.

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Samples: Contract for Services

Clasificación de las ofertas. La mesa A la vista de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas para posteriormente elevar la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Para realizar la citada clasificación, se atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el cuadro de características y/x Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, Relación de Unidades o Proyecto. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo. Si en el ejercicio de sus funciones la mesa de contratación tuviera indicios fundados de conductas colusorias en el procedimiento de contratación, en el sentido definido en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, los trasladará con carácter previo a la adjudicación del contrato a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a efectos de que a través de un procedimiento sumarísimo se pronuncie sobre aquellos. La remisión de dichos indicios tendrá efectos suspensivos en el procedimiento de contratación. Si la remisión la realiza la mesa de contratación dará cuenta de ello al órgano de contratación. En la clasificación de las ofertas no serán incluidas aquellas que hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el Cuadro de Características. El cálculo de la puntuación económica de las ofertas se realizará con posterioridad al análisis y valoración de la justificación de las ofertas anormales o desproporcionadas, excluyendo a las no admitidas por no haberse estimado la justificación sobre su viabilidad tras el mencionado trámite de audiencia. Una vez aceptada la propuesta de la mesa por de contratación el órgano de contratacióncontratación declarará, los servicios cuando proceda, que ofertas son consideradas desproporcionadas o anormales según lo dispuesto en el artículo 152 del TRLCSP, rechazándolas y excluyéndolas expresamente de Contratación requerirán la clasificación; clasificará, así mismo, las ofertas por orden decreciente; declarará la oferta económicamente más ventajosa y requerirá al licitador que la haya presentado la mejor oferta, para que dentro del presente en plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento presente la documentación justificativa señalada en los artículos 146.4 y 151.2 del TRLCSP, con advertencia de las circunstancias a las que se refiere consecuencias de su incumplimiento. Se considerará como oferta económicamente más ventajosa la cláusula 15 de este Pliego si no se hubiera aportado con anterioridad, tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurraque haya sido clasificado en primer lugar por haber obtenido la máxima puntuación. Si varias ofertas obtuviesen la misma puntuación, sin perjuicio de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 consideración de la LCSP; oferta económicamente más ventajosa y, por lo tanto, la clasificación en primer lugar se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición adicional cuarta del TRLCSP y la Directriz cuarta, apartado 4, letra c), del Acuerdo 44/2016, de haber constituido 00 xx xxxxx, xx xx Xxxxx xx Xxxxxxxx x León (B.O.C. y L. nº 142, de 25 de julio de 2016), siendo requisito indispensable para la garantía definitiva aplicación de esta preferencia que sea procedente. Los correspondientes certificados deberán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En el supuesto señalado licitador hubiese declarado y acreditado estas circunstancias en el párrafo anteriorsobre nº 1 de documentación general. Si a pesar de la aplicación de la Disposición adicional cuarta persistieran varios licitadores con la misma preferencia, será clasificada en primer lugar la oferta del licitador que hubiese obtenido la mayor puntuación en el criterio con mayor valor entre todos los criterios de adjudicación. De Xxxxx xxx Xxxxxxx, 0 - 00000 XXXXXXXXXX Teléfono 000 00 00 00 - Fax 000 00 00 00 xxxx://xxx.xxxxx.xxxx.xx/xxxxxxxx/xx/xxxxxxxxxxxx mantenerse el empate, hasta lograr el desempate, se procederá irán aplicando los criterios de adjudicación por orden decreciente del respectivo valor asignado a recabar los mismos. Si aplicados todos los criterios persistiese el empate se decidirá la misma documentación al licitador siguiente, adjudicación por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertassorteo.

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Samples: Contrato De Servicios

Clasificación de las ofertas. La mesa Mesa de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas Contratación es el órgano competente para posteriormente elevar formular la correspondiente propuesta de adjudicación, pudiendo solicitar al efecto cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrá solicitar estos informes cuando considere necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas de los pliegos, de conformidad con el artículo 160.1 del TRLCSP. Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx pie_firma_corto_dipu_01 Código seguro de verificación (CSV): CA23E21DD4B05B13F41D Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx. Firmado por La Administrativa de Contratación XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX el 23/2/2018 La Mesa de Contratación cuando entienda que alguna de las proposiciones podría ser calificada como anormal o desproporcionada, en base a lo establecido en la cláusula 22ª del presente pliego, se dará audiencia a las empresas licitadoras cuyas proposiciones sean calificadas como tales, para que justifique la valoración de su oferta de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 de la Directiva 2014/24/UE y en el artículo 152 del TRLCSP y a la vista del resultado propondrá al órgano de contratacióncontratación su aceptación o rechazo, de conformidad con lo previsto en el apartado 4 del mismo artículo. Para realizar La Mesa de Contratación, efectuadas tales actuaciones, procederá a la citada clasificaciónvaloración de las proposiciones, se atenderá conforme a los criterios de valoración de ofertas establecidos en el presente pliego, y una vez efectuadas las actuaciones, procederá a formular la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación competente a favor del licitador cuya proposición haya resultado la oferta económicamente más ventajosa y que será la que haya obtenido mayor puntuación tras su valoración conforme a los criterios de adjudicación señalados establecidos en el cuadro de características y/x Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, Relación de Unidades o Proyecto. Cuando el único criterio presente pliego; propuesta que no crea derecho alguno a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo. Si en el ejercicio de sus funciones la mesa de contratación tuviera indicios fundados de conductas colusorias en el procedimiento de contratación, en el sentido definido en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, los trasladará con carácter previo favor del licitador propuesto frente a la adjudicación del contrato a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a efectos de que a través de un procedimiento sumarísimo se pronuncie sobre aquellosAdministración. La remisión de dichos indicios tendrá efectos suspensivos en el procedimiento de contratación. Si la remisión la realiza la mesa de contratación dará cuenta de ello al órgano de contratación. En la clasificación de las ofertas no serán incluidas aquellas que hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el Cuadro de Características. El cálculo de la puntuación económica de las ofertas se realizará con posterioridad al análisis y valoración de la justificación de las ofertas anormales o desproporcionadasNo obstante, excluyendo a las no admitidas por no haberse estimado la justificación sobre su viabilidad tras el mencionado trámite de audiencia. Una vez aceptada la propuesta de la mesa por cuando el órgano de contratacióncontratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión. Teniendo en cuenta la pluralidad de criterios para seleccionar a la empresa contratista, el plazo durante el cual los servicios licitadores están obligados a mantener sus ofertas es el de Contratación requerirán al licitador que haya presentado la mejor oferta, para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles, 4 meses a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento presente al de la documentación justificativa apertura de las circunstancias proposiciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 161 del TRLCSP. Dicho plazo se ampliará en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a las que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP. De no producirse la adjudicación dentro del plazo indicado, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. En caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosa desde el punto de vista de los criterios de que sirvan de base para la adjudicación, tendrán preferencia de adjudicación la empresa que haya obtenido mayor puntuación en los criterios de valoración de ofertas establecidos en la cláusula 15 de este Pliego si no se hubiera aportado con anterioridad, tanto 11ª del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, sin perjuicio de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 de la LCSP; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados deberán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguientepresente pliego, por el orden de preferencia que a continuación se indica: 1.- Mayor puntuación en que hayan quedado clasificadas los criterios no evaluables de forma automática mediante fórmulas. 2.- Mayor puntuación en el criterio relativo a la oferta económica. 3.- Mayor puntuación en el criterio relativo a la ampliación del plazo de garantía. Y finalmente, si persistiera la igualdad entre las ofertas.proposiciones, la adjudicación se efectuará por sorteo. Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx pie_firma_corto_dipu_01 Código seguro de verificación (CSV): CA23E21DD4B05B13F41D Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx. Firmado por La Administrativa de Contratación XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX el 23/2/2018

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Samples: Contract for the Execution of a Project