CLÁUSULA ARBITRAL. En caso de diferencias, conflictos o disputas relacionadas con la ejecución, incumplimiento, interpretación, liquidación o cualquier otro aspecto derivado del presente contrato, las partes de conformidad con los artículos cuarenta y uno y cuarenta y tres de la Constitución Política, renuncian en este acto expresamente a la jurisdicción ordinaria y acuerdan resolver el conflicto conforme el siguiente procedimiento: a) compromiso de conciliación: las partes acuerdan acudir en primera instancia al proceso de conciliación establecido en la reglamentación del Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx designándose como conciliador unipersonal a quien por turno corresponda, de la lista que lleva la Dirección del Centro. b) Compromiso arbitral: en caso de que el asunto no sea resuelto en un máximo de dos audiencias de conciliación, o en caso de que no se verifiquen las sesiones por ausencia de alguna de las partes, el asunto o controversia será resuelto mediante laudo definitivo e inapelable de conformidad con los reglamentos de Conciliación y Arbitraje del Centro, a cuyas normas las partes se someten en forma incondicional. Queda entendido que tanto la mediación como el arbitraje podrán ser solicitados por EL CLIENTE como por BAC SAN XXXX SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN SOCIEDAD ANONIMA. En caso de que en el momento en que deba resolverse el conflicto, ninguno de los Centros de estén prestando los servicios anteriormente referidos, el conflicto se resolverá mediante un proceso arbitral que se tramitará de conformidad con la Ley sobre Resolución Alternativa de Conflictos y Promoción de la Paz Social, número siete mil setecientos veintisiete.
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Samples: Investment Fund Participation Agreement, Contrato General Para La Participación en Fondos De Inversión
CLÁUSULA ARBITRAL. En caso 11.1 Las partes acuerdan que cualquier controversia que se derive de diferenciasla ejecución o interpretación del Contrato, conflictos incluida la que se refiera a su nulidad e invalidez, se resolverá mediante los procedimientos de conciliación y/o disputas relacionadas arbitraje, con excepción de aquellas referidas en el artículo 23° de la ejecuciónLey Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, incumplimientoLey 27785 y demás que por su naturaleza sean excluidas por ley.
11.2 Si la conciliación concluyera por inasistencia de una o ambas partes, interpretación, liquidación con un acuerdo parcial o cualquier otro aspecto derivado del presente contratosin acuerdo, las partes se someterán a un Arbitraje de conformidad con Derecho para que se resuelvan las controversias definitivamente. La solicitud de arbitraje y la respuesta de ésta, se efectuarán conforme a lo dispuesto por los artículos cuarenta 276° y uno y cuarenta y tres 277° del Reglamento de la Constitución PolíticaLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, renuncian aprobado por D.S. 084-2004-PCM.
11.3 El Arbitraje será resuelto por un Tribunal Arbitral compuesto por tres árbitros. Cada una de las partes designará un árbitro y ambos árbitros designarán a su vez al tercero, y este último presidirá el Tribunal Arbitral, según el procedimiento establecido en este acto expresamente el Articulo 280° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, antes indicado.
11.4 En caso que el monto de la cuantía de la solicitud de arbitraje sea menor a 50 (cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias - UIT, vigentes a la jurisdicción ordinaria fecha de la solicitud, la controversia será resuelta por Arbitro Único, designado de acuerdo con el Artículo 280º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y acuerdan resolver Adquisiciones del Estado, referido anteriormente. En caso que la controversia verse sobre materia de cuantía indeterminable, ésta deberá ser resuelta por un Tribunal Arbitral conforme al numeral 13.3 precedente.
11.5 Vencido el conflicto conforme el siguiente procedimiento: a) compromiso plazo xx xxx, y ante la rebeldía y/o falta de conciliación: acuerdo de las partes en cumplir con la designación o a falta de acuerdo entre los Árbitros para la designación xxx xxxxxxx, la designación será realizada por el CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO - CONSUCODE. La decisión que emita el indicado Consejo es inimpugnable.
11.6 Las partes acuerdan acudir en primera instancia al proceso que los honorarios de conciliación establecido en los árbitros y el cobro de gastos administrativos (incluye gastos secretariales) no excederán lo que corresponda según la reglamentación Tabla de Aranceles Administrativos y Honorarios de Árbitros del Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx designándose como conciliador unipersonal SNCA - CONSUCODE, vigente a quien por turno correspondala fecha de la presentación de la solicitud arbitral.
11.7 El Tribunal Arbitral o el Arbitro Único, de la lista que lleva la Dirección del Centro. b) Compromiso arbitral: en caso de que el asunto no sea resuelto en un máximo de dos audiencias de conciliación, o en caso de que no se verifiquen las sesiones por ausencia de alguna de común acuerdo con las partes, establecerán las reglas bajo las cuales se realizará el asunto o controversia será resuelto mediante laudo definitivo e inapelable de conformidad con los reglamentos de Conciliación y Arbitraje del Centroarbitraje, a cuyas normas las partes se someten en forma incondicional. Queda entendido que tanto respetando la mediación como el arbitraje podrán ser solicitados por EL CLIENTE como por BAC SAN XXXX SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN SOCIEDAD ANONIMApresente Cláusula Arbitral. En caso de que en el momento en que deba resolverse el conflictono llegar a un acuerdo, ninguno de los Centros de estén prestando los servicios anteriormente referidos, el conflicto se resolverá mediante un las reglas del proceso arbitral serán establecidas por el Tribunal Arbitral o Arbitro Único, respetando la presente Cláusula Arbitral.
11.8 El Laudo Arbitral emitido obligará a las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el mismo inapelable ante el Poder Judicial o cualquier instancia administrativa, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecutará como una sentencia. Queda perfectamente entendido que se tramitará las partes no le confieren al Tribunal o al Arbitro Único la posibilidad de conformidad con ejecutar el laudo.
11.9 Las partes acuerdan que de considerar necesario interponer recurso de anulación xxx Xxxxx Arbitral ante el Poder Judicial, no constituirá requisito de admisibilidad de dicho recurso la Ley sobre Resolución Alternativa presentación de Conflictos y Promoción recibo de pago, comprobante de depósito bancario o fianza solidaria por el monto laudado a favor de la Paz Social, número siete mil setecientos veintisieteparte vencedora.
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Samples: Construction Contract, Contrato De Ejecución De La Obra
CLÁUSULA ARBITRAL. En caso de diferencias, conflictos o disputas relacionadas con la ejecución, incumplimiento, interpretación, liquidación o cualquier otro aspecto derivado del presente contrato, las partes de conformidad con los artículos cuarenta y uno y cuarenta y tres de la Constitución Política, renuncian en este acto expresamente a la jurisdicción ordinaria y acuerdan resolver el conflicto conforme el siguiente procedimiento: a) compromiso de conciliación: las partes acuerdan acudir en primera instancia al proceso de conciliación establecido en la reglamentación del Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio xx Xxxxx Xxxx Rica designándose como conciliador unipersonal a quien por turno corresponda, de la lista que lleva la Dirección del Centro. b) Compromiso arbitral: en caso de que el asunto no sea resuelto en un máximo de dos audiencias de conciliación, o en caso de que no se verifiquen las sesiones por ausencia de alguna de las partes, el asunto o controversia será resuelto mediante laudo definitivo e inapelable de conformidad con los reglamentos de Conciliación y Arbitraje del Centro, a cuyas normas las partes se someten en forma incondicional. Queda entendido que tanto la mediación como el arbitraje podrán ser solicitados por EL CLIENTE como por BAC SAN XXXX SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN SOCIEDAD ANONIMA. En caso de que en el momento en que deba resolverse el conflicto, ninguno de los Centros de estén prestando los servicios anteriormente referidos, el conflicto se resolverá mediante un proceso arbitral que se tramitará de conformidad con la Ley sobre Resolución Alternativa de Conflictos y Promoción de la Paz Social, número siete mil setecientos veintisiete.
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Samples: Contrato General Para La Participación en Los Fondos De Inversión
CLÁUSULA ARBITRAL. En caso 23.1 Cualquier controversia que se derive de diferenciasla ejecución o interpretación del Contrato, conflictos incluida la que se refiera a su nulidad e invalidez, se resolverá mediante los procedimientos de conciliación y/o disputas relacionadas arbitraje, con excepción de aquellas referidas en el artículo 23° de la ejecuciónLey Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, incumplimientoLey 27785 y demás, interpretaciónque por su naturaleza sean excluidas por ley.
23.2 Si la conciliación concluyera por inasistencia de una o ambas partes, liquidación con un acuerdo parcial o cualquier otro aspecto derivado del presente contratosin acuerdo, las partes se someterán a un Arbitraje de conformidad con Derecho para que se resuelvan las controversias definitivamente. La solicitud de arbitraje y la respuesta de ésta, se efectuarán conforme a lo dispuesto por los artículos cuarenta Artículos 276° y uno y cuarenta y tres 277° del Reglamento de la Constitución PolíticaLey Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, renuncian aprobado por D.S. 084-2004-PCM.
23.3 El Arbitraje será resuelto por un Tribunal Arbitral compuesto por tres (3) árbitros. Cada una de las partes designará un árbitro y ambos árbitros designarán a su vez al tercero. Éste último presidirá el Tribunal Arbitral, según el procedimiento establecido en este acto expresamente el Artículo 280° del Reglamento de la Ley Nº 26850.
23.4 Si el monto de la cuantía de la solicitud de arbitraje es menor a 50 (cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias - UIT, vigentes a la jurisdicción ordinaria fecha de la solicitud, la controversia será resuelta por Arbitro Único, designado de acuerdo con el Artículo 280º del Reglamento de la Ley Nº 26850. Si el monto de la cuantía es indeterminable, la controversia deberá ser resuelta por un Tribunal Arbitral conforme al Numeral 13.3.
23.5 Vencido el plazo xx xxx, y acuerdan resolver el conflicto conforme el siguiente procedimiento: a) compromiso ante la rebeldía y/o falta de conciliación: acuerdo de las partes acuerdan acudir en primera instancia al proceso cumplir con la designación o a falta de conciliación establecido en acuerdo entre los Árbitros para la reglamentación designación xxx xxxxxxx, la designación será realizada por el CONSUCODE. La decisión que emita el CONSUCODE es inimpugnable.
23.6 Los honorarios de los árbitros y el cobro de gastos administrativos (incluye gastos secretariales) no excederán lo que corresponda según la Tabla de Aranceles Administrativos y Honorarios de Árbitros del Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx designándose como conciliador unipersonal SNCA - CONSUCODE, vigente a quien por turno correspondala fecha de la presentación de la solicitud arbitral.
23.7 El Tribunal Arbitral o el Arbitro Único, de la lista que lleva la Dirección del Centro. b) Compromiso arbitral: en caso de que el asunto no sea resuelto en un máximo de dos audiencias de conciliación, o en caso de que no se verifiquen las sesiones por ausencia de alguna de común acuerdo con las partes, establecerán las reglas bajo las cuales se realizará el asunto o controversia será resuelto mediante laudo definitivo e inapelable de conformidad con los reglamentos de Conciliación y Arbitraje del Centroarbitraje, a cuyas normas las partes se someten en forma incondicional. Queda entendido que tanto respetando la mediación como el arbitraje podrán ser solicitados por EL CLIENTE como por BAC SAN XXXX SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN SOCIEDAD ANONIMApresente Cláusula Arbitral. En caso de que en el momento en que deba resolverse el conflictono llegar a un acuerdo, ninguno de los Centros de estén prestando los servicios anteriormente referidos, el conflicto se resolverá mediante un las reglas del proceso arbitral serán establecidas por el Tribunal Arbitral o Arbitro Único, respetando la presente Cláusula Arbitral.
23.8 El Laudo Arbitral emitido obligará a las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el mismo inapelable ante el Poder Judicial o cualquier instancia administrativa, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecutará como una sentencia. Las partes no le confieren al Tribunal o al Arbitro Único la posibilidad de ejecutar el laudo.
23.9 Las partes acuerdan que se tramitará de conformidad con considerar necesario interponer recurso de anulación xxx Xxxxx Arbitral ante el Poder Judicial, no constituirá requisito de admisibilidad de dicho recurso la Ley sobre Resolución Alternativa presentación de Conflictos y Promoción recibo de pago, comprobante de depósito bancario o fianza solidaria por el monto laudado a favor de la Paz Social, número siete mil setecientos veintisieteparte vencedora.
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Samples: Contract for Services
CLÁUSULA ARBITRAL. En caso 13.1 Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del Contrato, se resolverá mediante los procedimientos de diferenciasconciliación y/o arbitraje, conflictos con excepción de aquellas referidas en el artículo 23° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley 27785 y demás que por su naturaleza sean excluidas por ley.
13.2 Si la conciliación concluyera por inasistencia de una o disputas relacionadas ambas partes, con la ejecución, incumplimiento, interpretación, liquidación un acuerdo parcial o cualquier otro aspecto derivado del presente contratosin acuerdo, las partes se someterán a un Arbitraje de conformidad con Derecho, a fin que se pronuncie sobre las diferencias no resueltas o resuelva la controversia definitivamente. La solicitud de arbitraje y la respuesta de ésta, se efectuará conforme a lo dispuesto por los artículos cuarenta 276° y uno y cuarenta y tres 277° del Reglamento de la Constitución PolíticaLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, renuncian en este acto expresamente a la jurisdicción ordinaria y acuerdan resolver el conflicto conforme el siguiente procedimiento: a) compromiso aprobado por D.S. 084-2004-PCM.
13.3 El Arbitraje será resuelto por un Tribunal Arbitral compuesto por tres árbitros. Cada una de conciliación: las partes acuerdan acudir en primera instancia designará un árbitro y ambos árbitros designan a su vez al proceso de conciliación tercero, este último presidirá el Tribunal Arbitral. Según el procedimiento establecido en la reglamentación el Articulo 280° del Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx designándose como conciliador unipersonal a quien por turno corresponda, Reglamento de la lista que lleva Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado, aprobado mediante decreto Suptremo N° 084-2004-PCM.
13.4 Vencido el plazo, y ante la Dirección del Centro. b) Compromiso arbitral: en caso de que el asunto no sea resuelto en un máximo de dos audiencias de conciliación, o en caso de que no se verifiquen las sesiones por ausencia de alguna rebeldía de las partespartes en cumplir con la designación o a falta de acuerdo entre los árbitros para la designación xxx xxxxxxx, la designación será realizada por el asunto o controversia será resuelto mediante laudo definitivo e inapelable CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATCIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO – CONSUCODE. La decisión que emita el indicado Consejo es inimpugnable.
13.5 Los árbitros de conformidad con los reglamentos común acuerdo establecerá las reglas bajo las cuales se realiza el arbitraje, pudiendo elegir las que correspondan a un Centro Arbitral, estableciendo las modificaciones que estimen pertinentes. A falta de acuerdo, se aplicará el Reglamento del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje (SNCA-CONSUCODE) aprobado por Resolución N° 242-2002-CONSUCODE/PRE del Centro, 03 de octubre del 2002. En cualesquiera de los casos se aplicará lo dispuesto en el numeral 13.7 de la presente Cláusula .
13.6 El Laudo Arbitral emitido obligará a cuyas normas las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el mismo definitivo e inapelable ante el Poder judicial o cualquier instancia administrativa, tiene el valor de cosa juzgada y se someten en forma incondicional. Queda entendido ejecuta como una sentencia.
13.7 Las partes acuerdan que tanto no es obligatorio adjuntar recibo de pago o comprobante de depósito de cualquier entidad bancaria, o fianza solidaria por la mediación como el arbitraje podrán ser solicitados por EL CLIENTE como por BAC SAN XXXX SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN SOCIEDAD ANONIMA. En caso de que en el momento en que deba resolverse el conflicto, ninguno de los Centros de estén prestando los servicios anteriormente referidos, el conflicto se resolverá mediante un proceso arbitral que se tramitará de conformidad con la Ley sobre Resolución Alternativa de Conflictos y Promoción entidad a favor de la Paz Socialparte vencedora, número siete mil setecientos veintisietepara efectos de interponer recurso de anulación xxx Xxxxx Arbitral ante el Poder Judicial.
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Samples: Consulting Services Agreement
CLÁUSULA ARBITRAL. En caso de diferencias, conflictos o disputas relacionadas con 14.1 Las partes acuerdan que las controversias que surjan sobre la ejecución, incumplimiento, interpretación, liquidación resolución, inexistencia, ineficacia, nulidad o cualquier otro aspecto derivado invalidez del presente contratoContrato, se resolverán mediante conciliación y/o arbitraje, con excepción de aquellas referidas en el Artículo 23° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley 27785 y demás que por su naturaleza sean excluidas por ley.
14.2 Si la conciliación concluyera por inasistencia de una o ambas partes, con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes se someterán a un Arbitraje de conformidad con Derecho para que se resuelvan las controversias definitivamente. La solicitud de arbitraje y la respuesta de ésta, se efectuarán conforme a lo dispuesto por los artículos cuarenta Artículos 276° y uno y cuarenta y tres 277° de EL REGLAMENTO.
14.3 En caso que el monto de la Constitución Políticacuantía de la (s) controversia (s), renuncian señalada (s) en este acto expresamente la solicitud de arbitraje, sea (n) mayor a 50 (cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la jurisdicción ordinaria y acuerdan resolver el conflicto conforme el siguiente procedimiento: afecha de la referida solicitud, la (s) compromiso controversia (s) será (n) resuelta (s) por un Tribunal Arbitral compuesto por tres árbitros. Cada una de conciliación: las partes acuerdan acudir designará un árbitro y ambos árbitros designarán a su vez al tercero, y este último presidirá el Tribunal Arbitral. Vencido el plazo para la respuesta a la solicitud de arbitraje sin que se hubiera designado el árbitro correspondiente, la parte interesada solicitará al Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú, dentro del plazo de 05 (cinco) días hábiles, la respectiva designación.
14.4 De otro lado, si el monto de la cuantía de la (s) controversia (s) señalada (s) en primera instancia al proceso la solicitud de conciliación arbitraje sea menor a 50 (cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias - UIT, vigentes a la fecha de la referida solicitud, la (s) controversia (s) será (n) resuelta (s) por Arbitro Único, siguiendo el procedimiento establecido en el inciso 1) del Artículo 280º de EL REGLAMENTO.
14.5 En caso que la reglamentación del Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx designándose como conciliador unipersonal a quien (s) controversia (s) señaladas en la solicitud de arbitraje, verse (n) sobre materia de cuantía indeterminable, ésta (s) deberá (n) ser resuelta (s) por turno corresponda, un Tribunal Arbitral conforme al Numeral 14.3 de la lista que lleva presente Cláusula.
14.6 La designación de árbitro efectuada por el Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Dirección Pontificia Universidad Católica del Centro. b) Compromiso arbitral: Perú en caso de que el asunto no sea resuelto en un máximo de dos audiencias de conciliación, o en caso de que no se verifiquen las sesiones por ausencia de alguna defecto de las partes, será inimpugnable.
14.7 Las partes acuerdan que los honorarios de los árbitros y el asunto o controversia será resuelto mediante laudo definitivo e inapelable cobro de conformidad con los reglamentos gastos administrativos (incluye gastos secretariales) no excederán lo que corresponda según el Tarifario de Conciliación y Arbitraje del CentroCentro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú, vigente a cuyas normas la fecha de la presentación de la solicitud arbitral.
14.8 Asimismo, las partes se someten acuerdan que el proceso arbitral será realizado bajo la organización, administración y reglas del Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú, sin perjuicio de lo expresamente estipulado en forma incondicional. Queda entendido la totalidad de la presente cláusula arbitral.
14.9 Las partes acuerdan que tanto la mediación como el arbitraje podrán ser solicitados por EL CLIENTE como por BAC SAN XXXX SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN SOCIEDAD ANONIMA. En caso de que en el momento en que deba resolverse el conflicto, ninguno de los Centros de estén prestando los servicios anteriormente referidos, el conflicto se resolverá mediante cuando exista un proceso arbitral en curso y surja una nueva controversia relativa al mismo Contrato, sólo procederá la acumulación de procesos y/o pretensiones siempre que exista común acuerdo entre las partes formalizado por escrito.
14.10 El Laudo Arbitral emitido obligará a las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el mismo inapelable ante el Poder Judicial o cualquier instancia administrativa, tiene el valor de cosa juzgada y se tramitará ejecutará como una sentencia. Queda perfectamente entendido que las partes no le confieren al Tribunal o al Arbitro Único la posibilidad de conformidad con ejecutar el laudo.
14.11 Las partes acuerdan que de considerar necesario interponer recurso de anulación xxx Xxxxx Arbitral ante el Poder Judicial, no constituirá requisito de admisibilidad de dicho recurso la Ley sobre Resolución Alternativa presentación de Conflictos y Promoción recibo de pago, comprobante de depósito bancario, fianza solidaria por el monto laudado o cualquier otro tipo de carga o derecho a favor de la Paz Socialparte vencedora, número siete mil setecientos veintisietecreado o por crearse.
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Samples: Licitación Pública
CLÁUSULA ARBITRAL. En caso Las partes someterán al procedimiento arbitral los litigios o controversias que surgieran en ocasión de diferencias, conflictos o disputas relacionadas con la ejecución, incumplimiento, interpretación, liquidación interpretación ejecución o cualquier otro aspecto derivado del otra causa relativa al presente contrato. Este arbitraje será celebrado conforme a la Ley núm. 50-87, del 4 xx xxxxx de 1987 y sus modificaciones, sobre Cámaras de Comercio y Producción, así como al Reglamento de Arbitraje del Centro de Resolución Alternativa de Controversias de la Cámara de Comercio y Producción de Xxxxx Xxxxxxx. En consecuencia, las partes renuncian desde ahora y para siempre a someter cualquier litigio a cualquier tribunal del orden judicial o internacional.
10.3.1. El arbitraje tendrá lugar en la ciudad de conformidad con los artículos cuarenta y uno y cuarenta y tres Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Distrito Nacional, capital de la Constitución PolíticaRepública Dominicana.
10.3.2. El arbitraje será conducido en idioma español.
10.3.3. Excepto si las partes decidieran otra cosa, renuncian el número de árbitros será de tres, designados mediante acuerdo entre las partes o, en este acto expresamente caso de no llegarse a un acuerdo dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la jurisdicción ordinaria notificación de la demanda arbitral, se remitirán a lo establecido en el citado Reglamento de Arbitraje.
10.3.4. Las partes convienen en que la legislación sustantiva aplicable al arbitraje será la legislación de la República Dominicana.
10.3.5. Todas las comunicaciones, avisos, audiencias, órdenes, resoluciones, pruebas e información relacionadas con el arbitraje y acuerdan resolver la disputa correspondiente tendrán el conflicto conforme el siguiente procedimiento: a) compromiso carácter de conciliación: confidencial para todas las partes acuerdan acudir envueltas en primera instancia al proceso el arbitraje, incluyendo las partes y los árbitros designados. Se exceptúan de conciliación establecido la presente disposición las informaciones previstas en la reglamentación cláusula 7.3.2.
10.3.6. El laudo arbitral emitido conforme a lo dispuesto en esta cláusula, será final y definitivo, y no será susceptible de ningún recurso, ordinario o extraordinario o de cualquier naturaleza. En el supuesto de que la parte que haya sucumbido no cumpliere voluntariamente con el laudo arbitral dentro de los quince (30) días hábiles siguientes a la notificación de dicho laudo, la otra parte podrá solicitar su ejecución ante cualquier tribunal competente.
10.3.7. Los honorarios y gastos causados o derivados del Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx designándose como conciliador unipersonal a quien arbitraje serán cubiertos por turno correspondala parte que sucumbiere en la demanda arbitral.
10.3.8. Sin perjuicio de las disposiciones de este artículo, las partes se reservan el derecho de acudir por ante el juez de los referimientos de la lista que lleva la Dirección del Centro. b) Compromiso arbitral: jurisdicción ordinaria, en caso de que el asunto no sea resuelto en entiendan que una actuación de la otra parte pueda causarle un máximo de dos audiencias de conciliacióndaño irreparable o que represente un peligro inminente, o una perturbación manifiestamente ilícita, en caso el entendido de que no se verifiquen las sesiones por ausencia el fondo del asunto sometido a referimientos será decidido conforme al procedimiento arbitral precedentemente establecido. Hecho y firmado en (#####) originales de alguna un mismo tenor y efecto para cada una de las partes, el asunto o controversia será resuelto mediante laudo definitivo e inapelable para (#####) y para (#####), en la ciudad de conformidad con los reglamentos Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Distrito Nacional, Capital de Conciliación y Arbitraje del Centrola República Dominicana, a cuyas normas las partes se someten en forma incondicional. Queda entendido que tanto la mediación como el arbitraje podrán ser solicitados por EL CLIENTE como por BAC SAN XXXX SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN SOCIEDAD ANONIMA. En caso los (#####) días del mes de que en el momento en que deba resolverse el conflicto, ninguno de los Centros de estén prestando los servicios anteriormente referidos, el conflicto se resolverá mediante un proceso arbitral que se tramitará de conformidad con la Ley sobre Resolución Alternativa de Conflictos y Promoción de la Paz Social, número siete (#####) del año dos mil setecientos veintisieteveintiún (2021).
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Samples: Contrato De Arrendamiento
CLÁUSULA ARBITRAL. En caso 24.1 Cualquier controversia que se derive de diferenciasla ejecución o interpretación del Contrato, conflictos incluida la que se refiera a su nulidad e invalidez, se resolverá mediante los procedimientos de conciliación y/o disputas relacionadas arbitraje, con excepción de aquellas referidas en el artículo 23° de la ejecuciónLey Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, incumplimientoLey 27785 y demás, interpretaciónque por su naturaleza sean excluidas por ley.
24.2 Si la conciliación concluyera por inasistencia de una o ambas partes, liquidación con un acuerdo parcial o cualquier otro aspecto derivado sin acuerdo, las partes se someterán a un Arbitraje de Derecho para que se resuelvan las controversias definitivamente. La solicitud de arbitraje y la respuesta de ésta, se efectuarán conforme a lo dispuesto por los Artículos 276° y 277° del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. 084-2004-PCM.
24.3 El Arbitraje será resuelto por un Tribunal Arbitral compuesto por tres (3) árbitros. Cada una de las partes designará un árbitro y ambos árbitros designarán a su vez al tercero. Éste último presidirá el Tribunal Arbitral, según el procedimiento establecido en el Artículo 280° del Reglamento de la Ley Nº 26850.
24.4 Si el monto de la cuantía de la solicitud de arbitraje es menor a 50 (cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias - UIT, vigentes a la fecha de la solicitud, la controversia será resuelta por Arbitro Único, designado de acuerdo con el Artículo 280º del Reglamento de la Ley Nº 26850. Si el monto de la cuantía es indeterminable, la controversia deberá ser resuelta por un Tribunal Arbitral conforme al Numeral 24.3, del presente contrato.
24.5 Vencido el plazo xx xxx, y ante la rebeldía y/o falta de acuerdo de las partes en cumplir con la designación o a falta de conformidad con acuerdo entre los artículos cuarenta Árbitros para la designación xxx xxxxxxx, la designación será realizada por el CONSUCODE. La decisión que emita el CONSUCODE es inimpugnable.
24.6 Los honorarios de los árbitros y uno el cobro de gastos administrativos (incluye gastos secretariales) no excederán lo que corresponda según la Tabla de Aranceles Administrativos y cuarenta y tres Honorarios de Árbitros del SNCA - CONSUCODE, vigente a la fecha de la Constitución Política, renuncian en este acto expresamente a presentación de la jurisdicción ordinaria y acuerdan resolver solicitud arbitral.
24.7 El Tribunal Arbitral o el conflicto conforme el siguiente procedimiento: a) compromiso de conciliación: las partes acuerdan acudir en primera instancia al proceso de conciliación establecido en la reglamentación del Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx designándose como conciliador unipersonal a quien por turno correspondaArbitro Único, de la lista que lleva la Dirección del Centro. b) Compromiso arbitral: en caso de que el asunto no sea resuelto en un máximo de dos audiencias de conciliación, o en caso de que no se verifiquen las sesiones por ausencia de alguna de común acuerdo con las partes, establecerán las reglas bajo las cuales se realizará el asunto o controversia será resuelto mediante laudo definitivo e inapelable de conformidad con los reglamentos de Conciliación y Arbitraje del Centroarbitraje, a cuyas normas las partes se someten en forma incondicional. Queda entendido que tanto respetando la mediación como el arbitraje podrán ser solicitados por EL CLIENTE como por BAC SAN XXXX SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN SOCIEDAD ANONIMApresente Cláusula Arbitral. En caso de que en el momento en que deba resolverse el conflictono llegar a un acuerdo, ninguno de los Centros de estén prestando los servicios anteriormente referidos, el conflicto se resolverá mediante un las reglas del proceso arbitral serán establecidas por el Tribunal Arbitral o Arbitro Único, respetando la presente Cláusula Arbitral.
24.8 El Laudo Arbitral emitido obligará a las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el mismo inapelable ante el Poder Judicial o cualquier instancia administrativa, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecutará como una sentencia. Las partes no le confieren al Tribunal o al Arbitro Único la posibilidad de ejecutar el laudo.
24.9 Las partes acuerdan que se tramitará de conformidad con considerar necesario interponer recurso de anulación xxx Xxxxx Arbitral ante el Poder Judicial, no constituirá requisito de admisibilidad de dicho recurso la Ley sobre Resolución Alternativa presentación de Conflictos y Promoción recibo de pago, comprobante de depósito bancario o fianza solidaria por el monto laudado a favor de la Paz Social, número siete mil setecientos veintisieteparte vencedora.
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CLÁUSULA ARBITRAL. En caso Las partes someterán al procedimiento arbitral los litigios o controversias que surgieran en ocasión de diferencias, conflictos o disputas relacionadas con la ejecución, incumplimiento, interpretación, liquidación interpretación ejecución o cualquier otro aspecto derivado del otra causa relativa al presente contrato. Este arbitraje será celebrado conforme a la Ley núm. 50-87, del 4 xx xxxxx de 1987 y sus modificaciones, sobre Cámaras de Comercio y Producción, así como al Reglamento de Arbitraje del Centro de Resolución Alternativa de Controversias de la Cámara de Comercio y Producción de Xxxxx Xxxxxxx. En consecuencia, las partes renuncian desde ahora y para siempre a someter cualquier litigio a cualquier tribunal del orden judicial o internacional.
10.3.1. El arbitraje tendrá lugar en la ciudad de conformidad con los artículos cuarenta y uno y cuarenta y tres Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Distrito Nacional, capital de la Constitución PolíticaRepública Dominicana.
10.3.2. El arbitraje será conducido en idioma español.
10.3.3. Excepto si las partes decidieran otra cosa, renuncian el número de árbitros será de tres, designados mediante acuerdo entre las partes o, en este acto expresamente caso de no llegarse a un acuerdo dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la jurisdicción ordinaria notificación de la demanda arbitral, se remitirán a lo establecido en el citado Reglamento de Arbitraje.
10.3.4. Las partes convienen en que la legislación sustantiva aplicable al arbitraje será la legislación de la República Dominicana.
10.3.5. Todas las comunicaciones, avisos, audiencias, órdenes, resoluciones, pruebas e información relacionadas con el arbitraje y acuerdan resolver la disputa correspondiente tendrán el conflicto conforme el siguiente procedimiento: a) compromiso carácter de conciliación: confidencial para todas las partes acuerdan acudir envueltas en primera instancia al proceso el arbitraje, incluyendo las partes y los árbitros designados. Se exceptúan de conciliación establecido la presente disposición las informaciones previstas en la reglamentación cláusula 7.3.2.
10.3.6. El laudo arbitral emitido conforme a lo dispuesto en esta cláusula, será final y definitivo, y no será susceptible de ningún recurso, ordinario o extraordinario o de cualquier naturaleza. En el supuesto de que la parte que haya sucumbido no cumpliere voluntariamente con el laudo arbitral dentro de los quince (30) días hábiles siguientes a la notificación de dicho laudo, la otra parte podrá solicitar su ejecución ante cualquier tribunal competente.
10.3.7. Los honorarios y gastos causados o derivados del Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx designándose como conciliador unipersonal a quien arbitraje serán cubiertos por turno correspondala parte que sucumbiere en la demanda arbitral.
10.3.8. Sin perjuicio de las disposiciones de este artículo, las partes se reservan el derecho de acudir por ante el juez de los referimientos de la lista que lleva la Dirección del Centro. b) Compromiso arbitral: jurisdicción ordinaria, en caso de que el asunto no sea resuelto en entiendan que una actuación de la otra parte pueda causarle un máximo de dos audiencias de conciliacióndaño irreparable o que represente un peligro inminente, o una perturbación manifiestamente ilícita, en caso el entendido de que no se verifiquen las sesiones por ausencia el fondo del asunto sometido a referimientos será decidido conforme al procedimiento arbitral precedentemente establecido. Hecho y firmado en (#####) originales de alguna un mismo tenor y efecto para cada una de las partes, el asunto o controversia será resuelto mediante laudo definitivo e inapelable para (#####) y para (#####), en la ciudad de conformidad con los reglamentos Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Distrito Nacional, Capital de Conciliación y Arbitraje del Centrola República Dominicana, a cuyas normas las partes se someten en forma incondicional. Queda entendido que tanto la mediación como el arbitraje podrán ser solicitados por EL CLIENTE como por BAC SAN XXXX SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN SOCIEDAD ANONIMA. En caso los (#####) días del mes de que en el momento en que deba resolverse el conflicto, ninguno de los Centros de estén prestando los servicios anteriormente referidos, el conflicto se resolverá mediante un proceso arbitral que se tramitará de conformidad con la Ley sobre Resolución Alternativa de Conflictos y Promoción de la Paz Social, número siete (#####) del año dos mil setecientos veintisieteveintidós (2022).
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