Common use of COBERTURAS BÁSICAS Clause in Contracts

COBERTURAS BÁSICAS. 1.1.1 RESPONSABILIDAD CIVIL, DEFENSA DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y FIANZAS En los términos y condiciones consignados en la póliza, CASER toma a su cargo la Responsabilidad Civil extracontractual que pueda derivarse para el Asegurado, de acuerdo con las leyes vigentes, como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados involuntariamente a terceros, por hechos que tengan relación directa, y deriven del riesgo especificado en la presente póliza. Por consiguiente, dentro de las coberturas del seguro queda comprendida la responsabilidad civil del Asegurado, derivada de: – Los daños causados por los animales asegurados dentro o fuera de los límites de la vivienda del Asegurado, aun en el supuesto que éstos hayan sido confiados a un tercero para su cuidado y/o atención, siempre que no medie pago o retribución al tercero por el servicio prestado. – Los daños causados por los animales asegurados durante la asistencia a exposiciones y ferias, con exclusión de los daños causados durante el transporte. Dentro de los límites fijados en las Condiciones Particulares, CASER garantiza al Asegurado: – El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a que dé lugar la responsabilidad civil del mismo. – El pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestro, que se abonarán en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer CASER, de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la Responsabilidad Civil del Asegurado en el siniestro. – La defensa de la responsabilidad civil del Asegurado en procedimientos civiles o penales, como consecuencia de reclamaciones de responsabilidad civil derivada de hechos garantizados por esta póliza, incluso contra las reclamaciones infundadas, en los términos aquí indicados. Salvo pacto en contrario, en cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la póliza, CASER asumirá, a sus expensas, la dirección jurídica frente a la reclamación de perjudicado, designando los Letrados y Procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieran en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. El Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. En cuanto a las acciones penales, Caser podrá asumir la defensa del Asegurado con su consentimiento. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, CASER se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si CASER estima improcedente el recurso, lo comunicará al Asegurado, quedando éste en libertad de interponerlo por su exclusiva cuenta, y aquél obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que dicho recurso prosperase. Cuando se produjere algún conflicto entre el Asegurado y CASER, motivado por tener que sustentar éste en el siniestro, intereses contrarios a la defensa del Asegurado, CASER lo pondrá en conocimiento del Asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para la defensa. En este caso el Asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por CASER, o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, CASER quedará obligado a abonar los gastos de tal dirección jurídica, hasta el límite pactado en las Condiciones Particulares. Cuando los profesionales que se encarguen de la defensa del Asegurado sean designados por CASER, éste asumirá los gastos en su totalidad. – CASER responderá de la constitución de las fianzas judiciales exigidas para garantizar la Responsabilidad Civil asegurada; pero, en caso de que los Tribunales pidan una fianza global para responder conjuntamente de las Responsabilidades civiles y criminales, CASER depositará, como garantía de la primera, la mitad de la fianza global exigida, siempre dentro de los límites antes citados. La indemnización máxima por Responsabilidad Civil, cubierta por el seguro, se entenderá liberada de cualquier deducción por gastos judiciales o extrajudiciales que, como consecuencia de la tramitación del expediente del siniestro, se hayan producido a CASER, aún cuando aquellos gastos, sumados a la indemnización satisfecha, excedan de la citada garantía.

Appears in 1 contract

Samples: www.caser.es

COBERTURAS BÁSICAS. 1.1.1 RESPONSABILIDAD CIVIL, DEFENSA DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y FIANZAS En los términos y condiciones consignados en Todo Riesgo: Se otorga amparo bajo la póliza, CASER toma a su cargo la Responsabilidad Civil extracontractual que pueda derivarse modalidad de todo riesgo para el Asegurado, de acuerdo con las leyes vigentes, como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados involuntariamente a terceros, por hechos que tengan relación directa, y deriven del riesgo especificado en la presente póliza. Por consiguiente, dentro de las coberturas del seguro queda comprendida la responsabilidad civil del Asegurado, derivada de: – Los daños causados por los animales asegurados dentro o fuera de los límites de la vivienda del Asegurado, aun en el supuesto que éstos hayan sido confiados a un tercero para su cuidado pérdidas y/o atencióndaños materiales que sufran los bienes amparados por cualquier riesgo o causas, siempre incluidos, entre otros, rotura de maquinaria, equipo electrónico, sustracción con y sin violencia, hurto y hurto calificado, asonada, sabotaje y terrorismo) y demás que no medie pago o retribución al tercero por el servicio prestado. – Los daños causados por los animales asegurados durante la asistencia a exposiciones y ferias, con exclusión de los daños causados durante el transporte. Dentro de los límites fijados en las Condiciones Particulares, CASER garantiza al Asegurado: – El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes se encuentren expresamente excluidas de las indemnizaciones a que dé lugar condiciones del seguro. NO SE ACEPTA PROPUESTA DE XXXXXXX DE SEGUROS BAJO LA MODALIDAD DE RIESGOS NOMBRADOS, por lo tanto el proponente con la responsabilidad civil firma del mismoFormulario 04 – ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS HABILITANTES, acepta el otorgamiento de la cobertura bajo estas condiciones. – El pago Además de todas las coberturas indicadas este numeral, se otorga amparo para los riesgos de Explosión, Anegacion, Avalancha y Deslizamiento, Desprendimiento de tierra o rocas, Hundiemento o corrimiento del terreno, Daños por Agua, Incendio inherente, Incendio y/x xxxx en aparátos electricos, Extended Coverage y cualquier otro riesgo o causas no expresamente excluidas de las costas condiciones generales del seguro. Nota: Queda expresamente aceptado que las condiciones, coberturas y gastos judiciales clausulas básicas para las cuales no se indique sublímite, operarán al 100% del valor asegurado. Terremoto, Temblor y/o extrajudiciales inherentes Erupción Volcánica, (100%). Las pérdidas o daños por terremoto, temblor y/o erupción volcánica, se indemnizaran al siniestro100% del valor asegurado, que se abonarán en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer CASER, más el costo de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la Responsabilidad Civil del Asegurado en el siniestro. – La defensa de la responsabilidad civil del Asegurado en procedimientos civiles o penales, como consecuencia de reclamaciones de responsabilidad civil derivada de hechos garantizados por esta póliza, incluso contra las reclamaciones infundadas, en los términos aquí indicados. Salvo pacto en contrario, en cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la póliza, CASER asumirá, a sus expensas, la dirección jurídica frente adecuación a la reclamación norma vigente de perjudicadosismo resitencia, designando los Letrados y Procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieran en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta pólizamenos el deducible, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. El Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. En cuanto a las acciones penales, Caser podrá asumir la defensa del Asegurado con su consentimiento. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, CASER se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si CASER estima improcedente el recurso, lo comunicará al Asegurado, quedando éste en libertad de interponerlo por su exclusiva cuenta, y aquél obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que dicho recurso prosperase. Cuando se produjere algún conflicto entre el Asegurado y CASER, motivado por tener que sustentar éste en el siniestro, intereses contrarios a la defensa del Asegurado, CASER lo pondrá en conocimiento del Asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para la defensa. En este caso el Asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por CASER, o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, CASER quedará obligado a abonar los gastos de tal dirección jurídica, simpre hasta el límite pactado en las Condiciones Particularesasegurado. Cuando los profesionales que También se encarguen amparan cimientos, muros de contención, bienes por debajo del nivel de la defensa del Asegurado sean designados por CASERsupuerficie, éste asumirá los gastos toldos, avisos, chimeneas, escaleras, patios, aceras, muros de cerramiento y en su totalidad. – CASER responderá de la constitución general todos las partes, elementos y anexos que forman parte de las fianzas judiciales exigidas para garantizar la Responsabilidad Civil asegurada; peroedificaciones. Xxxxxxxx, en caso de que los Tribunales pidan una fianza global para responder conjuntamente de las Responsabilidades civiles xxxxxxxx y criminales, CASER depositará, como garantía de la primera, la mitad de la fianza global exigida, siempre dentro de los límites antes citados. La indemnización máxima por Responsabilidad Civil, cubierta por el seguro, se entenderá liberada de cualquier deducción por gastos judiciales o extrajudiciales que, como consecuencia de la tramitación del expediente del siniestro, se hayan producido a CASER, aún cuando aquellos gastos, sumados a la indemnización satisfecha, excedan de la citada garantía.Xxxxxxx

Appears in 1 contract

Samples: www.metrocali.gov.co

COBERTURAS BÁSICAS. 1.1.1 RESPONSABILIDAD CIVIL, DEFENSA DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y FIANZAS En los términos y condiciones consignados en la póliza, CASER toma a su cargo la Responsabilidad Civil extracontractual Extracontractual, incluidos perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales, con el mismo límite asegurado. Pérdida Total por Daños (Incluidos actos terroristas y riesgos asegurados por pólizas contratadas por el Gobierno Nacional o Entidades de cualquier orden) Pérdida Parcial por Daños (Incluidos actos terroristas y riesgos asegurados por pólizas contratadas por el Gobierno Nacional o Entidades de cualquier orden) Pérdida parcial o Total por Xxxxx o Hurto Calificado (Incluidos actos terroristas y riesgos asegurados por pólizas contratadas por el Gobierno Nacional o Entidades de cualquier orden) XXXX, HMACCOP, Huelga , Sabotaje y Terrorismo. Incluidos actos terroristas y riesgos asegurados por pólizas contratadas por el Gobierno Nacional o Entidades de cualquier orden, así como las pérdidas ocurridas a consecuencia de estos eventos o las ocurridas después de un accidente Xxxxxxxxx, Temblor, Erupción Volcánica, fenómenos y/o cualquier evento de la naturaleza No aplicación de deducible. Amparo patrimonial Gastos xx xxxx, transporte y protección al vehículo: Queda expresamente convenido y aceptado, que pueda derivarse para el Aseguradobajo este seguro se amparan los gastos xx xxxx, transporte y protección de acuerdo con las leyes vigenteslos vehiculos, que se causen como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados involuntariamente a terceros, por hechos siniestros que tengan relación directa, y deriven del riesgo especificado en la presente póliza. Por consiguiente, dentro de afecten las coberturas del seguro queda comprendida la responsabilidad civil del Asegurado, derivada de: – Los daños causados por los animales asegurados dentro o fuera de los límites de la vivienda del Asegurado, aun en el supuesto que éstos hayan sido confiados a un tercero para su cuidado pérdidas parciales y/o atencióntotales, siempre incluidos los gastos xx xxxx y parqueaderos que se generen por accidentes en los que resulten personas lesionadas y/o muertas, sin que para la indemnización se aplique deducible u otro tipo de descuento Gastos de transporte por pérdidas totales (Daños y/o hurto y hurto calificado), Limite de $32.000 diarios y hasta sesenta (60) días, esta condición no aplica para motos y vehiculos pesados Asistencia en Viajes. (Para automóviles, vehículos, camionetas) esta condición no aplica para motos y vehiculos pesados Queda expresamente convenido y aceptado, que bajo esta cobertura la compañía se compromete a prestar la asistencia en viajes para los vehiculos asegurados y para tal efecto, la aseguradora se obliga a suministrar con la póliza el procedimiento bajo el cual se atenderá el servicio, el cual debe cumplir el requisito de atención inmediata veinticuatro (24) horas diarias continuas, durante la vigencia del seguro. Así mismo queda acordado que la aseguradora reconocerá la totalidad de los costos que se generen por este servicio y que en los caso en que no medie pago o retribución al tercero se llegue a prestar el sevicio en forma inmediata, la asistencia será contratada por el servicio prestado. – Los daños causados METRO CALI S.A y a su vez la compañía aseguradora respondera por los animales asegurados durante la asistencia a exposiciones y ferias, con exclusión costos de los daños causados durante el transporte. Dentro de los límites fijados en las Condiciones Particulares, CASER garantiza al Asegurado: – El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a que dé lugar la responsabilidad civil del mismo. – El pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestro, que se abonarán en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer CASER, de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la Responsabilidad Civil del Asegurado en el siniestro. – La defensa de la responsabilidad civil del Asegurado en procedimientos civiles o penales, como consecuencia de reclamaciones de responsabilidad civil derivada de hechos garantizados por esta póliza, incluso contra las reclamaciones infundadas, en los términos aquí indicados. Salvo pacto en contrario, en cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la póliza, CASER asumirá, a sus expensas, la dirección jurídica frente a la reclamación de perjudicado, designando los Letrados y Procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieran en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. El Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. En cuanto a las acciones penales, Caser podrá asumir la defensa del Asegurado con su consentimiento. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, CASER se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si CASER estima improcedente el recurso, lo comunicará al Asegurado, quedando éste en libertad de interponerlo por su exclusiva cuenta, y aquél obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que dicho recurso prosperase. Cuando se produjere algún conflicto entre el Asegurado y CASER, motivado por tener que sustentar éste en el siniestro, intereses contrarios a la defensa del Asegurado, CASER lo pondrá en conocimiento del Asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para la defensa. En este caso el Asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por CASER, o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, CASER quedará obligado a abonar los gastos de tal dirección jurídica, hasta el límite pactado en las Condiciones Particulares. Cuando los profesionales que se encarguen de la defensa del Asegurado sean designados por CASER, éste asumirá los gastos en su totalidad. – CASER responderá de la constitución de las fianzas judiciales exigidas para garantizar la Responsabilidad Civil asegurada; pero, en caso de que los Tribunales pidan una fianza global para responder conjuntamente de las Responsabilidades civiles y criminales, CASER depositará, como garantía de la primera, la mitad de la fianza global exigida, siempre dentro de los límites antes citados. La indemnización máxima por Responsabilidad Civil, cubierta por el seguro, se entenderá liberada de cualquier deducción por gastos judiciales o extrajudiciales que, como consecuencia de la tramitación del expediente del siniestro, se hayan producido a CASER, aún cuando aquellos gastos, sumados a la indemnización satisfecha, excedan de la citada garantíaésta.

Appears in 1 contract

Samples: www.metrocali.gov.co

COBERTURAS BÁSICAS. 1.1.1 RESPONSABILIDAD CIVIL, DEFENSA DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y FIANZAS En los términos y condiciones consignados en la póliza, CASER toma a su cargo la Responsabilidad Civil extracontractual que pueda derivarse para el Asegurado, de acuerdo con las leyes vigentes, como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados involuntariamente a terceros, por hechos que tengan relación directa, y deriven del riesgo especificado en la presente póliza. Por consiguiente, dentro de las coberturas del seguro queda comprendida la responsabilidad civil del Asegurado, derivada de: Los daños causados por los animales asegurados dentro o fuera de los límites de la vivienda del Asegurado, aun en el supuesto que éstos hayan sido confiados a un tercero para su cuidado y/o atención, siempre que no medie pago o retribución al tercero por el servicio prestado. Los daños causados por los animales asegurados durante la asistencia a exposiciones y ferias, con exclusión de los daños causados durante el transporte. Dentro de los límites fijados en las Condiciones Particulares, CASER garantiza al Asegurado: El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a que dé lugar la responsabilidad civil del mismo. El pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestro, que se abonarán en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer CASER, de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la Responsabilidad Civil del Asegurado en el siniestro. - La defensa de la responsabilidad civil del Asegurado en procedimientos civiles o penales, como consecuencia de reclamaciones de responsabilidad civil derivada de hechos garantizados por esta póliza, incluso contra las reclamaciones infundadas, en los términos aquí indicados. Salvo pacto en contrario, en cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la póliza, CASER asumirá, a sus expensas, la dirección jurídica frente a la reclamación de perjudicado, designando los Letrados y Procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieran en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. El Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. En cuanto a las acciones penales, Caser podrá asumir la defensa del Asegurado con su consentimiento. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, CASER se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si CASER estima improcedente el recurso, lo comunicará al Asegurado, quedando éste en libertad de interponerlo por su exclusiva cuenta, y aquél obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que dicho recurso prosperase. Cuando se produjere algún conflicto entre el Asegurado y CASER, motivado por tener que sustentar éste en el siniestro, intereses contrarios a la defensa del Asegurado, CASER lo pondrá en conocimiento del Asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para la defensa. En este caso el Asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por CASER, o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, CASER quedará obligado a abonar los gastos de tal dirección jurídica, hasta el límite pactado en las Condiciones Particulares. Cuando los profesionales que se encarguen de la defensa del Asegurado sean designados por CASER, éste asumirá los gastos en su totalidad. CASER responderá de la constitución de las fianzas judiciales exigidas para garantizar la Responsabilidad Civil asegurada; pero, en caso de que los Tribunales pidan una fianza global para responder conjuntamente de las Responsabilidades civiles y criminales, CASER depositará, como garantía de la primera, la mitad de la fianza global exigida, siempre dentro de los límites antes citados. La indemnización máxima por Responsabilidad Civil, cubierta por el seguro, se entenderá liberada de cualquier deducción por gastos judiciales o extrajudiciales que, como consecuencia de la tramitación del expediente del siniestro, se hayan producido a CASER, aún cuando aquellos gastos, sumados a la indemnización satisfecha, excedan de la citada garantía.

Appears in 1 contract

Samples: www.yccseguros.es

COBERTURAS BÁSICAS. 1.1.1 RESPONSABILIDAD CIVILResponsabilidad Civil Extracontractual, DEFENSA DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y FIANZAS En los términos incluyendo el lucro cesante y daño moral, así como daños patrimoniales y extrapatrimoniales hasta el límite de valor asegurado contratado, independiente de lo establecido en las condiciones consignados en generales de la póliza, CASER toma la aseguradora acepta extender a su cargo la Responsabilidad Civil extracontractual que pueda derivarse cobertura de la presente póliza para amparar bajo la cobertura de responsabilidad civil por daños patrimoniales y extrapatrimoniales causados a terceros por muerte, lesiones y daños causados a terceros por los vehículos asegurados, el Aseguradocual puede ser demostrado judicial o extrajudicialmente, de acuerdo acorde con las leyes vigentescondiciones de la presente póliza. - Pérdida Total por Daños (Incluidos actos terroristas y riesgos asegurados por pólizas contratadas por el Gobierno Nacional o Entidades de cualquier orden) - Pérdida Parcial por Daños (Incluidos actos terroristas y riesgos asegurados por pólizas contratadas por el Gobierno Nacional o Entidades de cualquier orden) - Pérdida parcial o Total por Xxxxx o Hurto Calificado (Incluidos actos terroristas y riesgos asegurados por pólizas contratadas por el Gobierno Nacional o Entidades de cualquier orden) - Actos mal intencionados de terceros incluyendo actos terroristas y de movimientos al margen de la Ley, riesgos asegurados por pólizas contratadas por el gobierno nacional o por entidades de cualquier orden, la aseguradora asume el valor de los daños y pérdidas que sufran los vehículos. - Terremoto, Temblor, Erupción Volcánica, fenómenos y/o cualquier evento de la naturaleza - Amparo patrimonial - Gastos xx xxxx, transporte y protección para toda clase de vehículo incluyendo automóviles, camperos y camionetas . Queda expresamente convenido y aceptado, que bajo este seguro se amparan los gastos xx xxxx, transporte y protección de los vehículos, que se causen como consecuencia de siniestros que afecten las coberturas de pérdidas parciales y/o totales, incluidos los gastos xx xxxx y parqueaderos que se generen por accidentes en los que resulten personas lesionadas y/o muertas, sin que para la indemnización se aplique deducible u otro tipo de descuento. - Servicio xx xxxx para vehículos accidentados o varados: Independiente del peso del vehículo y no debe aplicar restricción en kilometraje, o por el número de servicios prestados así sea repetitivo para un mismo vehículo, por lo tanto, la aseguradora asume el 100% del valor del servicio xx xxxx o traslado, independiente de las demás condiciones de la póliza. - Gastos de transporte por pérdidas totales (Daños y/o hurto y hurto calificado), Limite de $40.000 diarios y hasta sesenta (60) días, esta condición no aplica para motos ni vehículos pesados - Asistencia en Viajes para automóviles, vehículos y camionetas, sin limitantes alguno a los trayectos permitidos por evento, incluye todos los ocupantes del vehículo. Queda expresamente convenido y aceptado, que bajo esta cobertura la compañía se compromete a prestar la asistencia en viajes para los vehículos asegurados y para tal efecto, la aseguradora se obliga a suministrar con la póliza el procedimiento bajo el cual se atenderá el servicio, el cual debe cumplir el requisito de atención inmediata veinticuatro (24) horas diarias continuas, durante la vigencia del seguro. Así mismo queda acordado que la aseguradora reconocerá la totalidad de los costos que se generen por este servicio y que en los caso en que no se llegue a prestar el servicio en forma inmediata, la asistencia será contratada por el FONDO PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SECTOR AGROPECARIO - Queda expresamente convenido y aceptado que esta asistencia se extiende a amparar el transporte de todos los ocupantes del vehículo en caso de siniestro, sin importar el número de personas y su destino al interior del país. De igual forma se extiende a operar dentro del territorio nacional sin limitante alguna en relación a zonas xxxxx. - Asistencia jurídica en procesos penales, civiles y de tránsito. Queda expresamente acordado y convenido que bajo esta cobertura la aseguradora se obliga a prestar la asistencia penal, civil y de tránsito que requiera la entidad asegurada con sujeción a los límites que maneje la aseguradora, como consecuencia de cualquier evento amparado que estén involucrados los daños y perjuicios ocasionados involuntariamente vehículos asegurados, a terceros, por hechos que tengan relación directa, y deriven del riesgo especificado en la presente póliza. Por consiguiente, dentro través de las coberturas del seguro queda comprendida la responsabilidad civil del Asegurado, derivada de: – Los daños causados por los animales asegurados dentro o fuera de los límites de la vivienda del Asegurado, aun en el supuesto que éstos hayan sido confiados a un tercero para su cuidado firmas y/o atenciónprofesionales de la compañía y/o contratados por la misma. De igual forma queda convenido que el costo de esta asistencia será reconocida por la aseguradora y por lo tanto en caso que el FONDO PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SECTOR AGROPECARIO - FINAGRO deba contratar la asistencia, siempre que por razón a la no medie pago o retribución al tercero por el servicio prestado. – Los daños causados por los animales asegurados durante prestación inmediata de la asistencia a exposiciones y ferias, con exclusión de los daños causados durante el transporte. Dentro de los límites fijados en las Condiciones Particulares, CASER garantiza al Asegurado: – El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a que dé lugar la responsabilidad civil del mismo. – El pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestro, que se abonarán en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer CASER, de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la Responsabilidad Civil del Asegurado en el siniestro. – La defensa de la responsabilidad civil del Asegurado en procedimientos civiles o penales, como consecuencia de reclamaciones de responsabilidad civil derivada de hechos garantizados por esta póliza, incluso contra las reclamaciones infundadas, en los términos aquí indicados. Salvo pacto en contrario, en cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la póliza, CASER asumirá, a sus expensasjurídica, la dirección jurídica frente aseguradora se obliga a la reclamación de perjudicado, designando pagar los Letrados y Procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieran en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. El Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. En cuanto a las acciones penales, Caser podrá asumir la defensa del Asegurado con su consentimiento. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, CASER se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si CASER estima improcedente el recurso, lo comunicará al Asegurado, quedando éste en libertad de interponerlo por su exclusiva cuenta, y aquél obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que dicho recurso prosperase. Cuando se produjere algún conflicto entre el Asegurado y CASER, motivado por tener que sustentar éste en el siniestro, intereses contrarios a la defensa del Asegurado, CASER lo pondrá en conocimiento del Asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para la defensa. En este caso el Asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por CASER, o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, CASER quedará obligado a abonar los gastos de tal dirección jurídicacostos generados, hasta el límite pactado en las Condiciones Particularesasegurado ofrecido para este amparo. Cuando los profesionales que se encarguen - No aplicación de la defensa del Asegurado sean designados por CASER, éste asumirá los gastos en su totalidad. – CASER responderá de la constitución de las fianzas judiciales exigidas para garantizar la Responsabilidad Civil asegurada; pero, en caso de que los Tribunales pidan una fianza global para responder conjuntamente de las Responsabilidades civiles y criminales, CASER depositará, como garantía de la primera, la mitad de la fianza global exigida, siempre dentro de los límites antes citados. La indemnización máxima por Responsabilidad Civil, cubierta por el seguro, se entenderá liberada de cualquier deducción por gastos judiciales o extrajudiciales que, como consecuencia de la tramitación del expediente del siniestro, se hayan producido a CASER, aún cuando aquellos gastos, sumados a la indemnización satisfecha, excedan de la citada garantíadeducible.

Appears in 1 contract

Samples: Carta De Compromiso De Confidencialidad De La Informacion