COMPROMISOS DE PERMANENCIA Cláusulas de Ejemplo

COMPROMISOS DE PERMANENCIA. La aplicación de determinados descuentos sobre el precio del servicio así como la cesión de equipos en condiciones ventajosas, podrá conllevar un compromiso de permanencia con una duración y penalización asociada que se detallarán en la oferta particular realizada al cliente y aceptada por éste. En caso de que el cliente se acoja a una oferta comercial en la que EL PROVEEDOR asuma los gastos administrativos de gestión y de instalación detallados en la Cláusula 3, el servicio tendrá un compromiso de permanencia de 12 meses desde la fecha de instalación, como contraprestación al beneficio obtenido con dicha oferta. Si el cliente resuelve anticipadamente el Contrato, deberá abonar una penalización proporcional al número de días no efectivos del compromiso de permanencia acordado.
COMPROMISOS DE PERMANENCIA. La aplicación de determinados descuentos sobre el precio del servicio así como la compraventa de equipos en condiciones ventajosas, podrá conllevar un compromiso de permanencia con una duración y penalización asociada que se detallarán en la oferta particular realizada al cliente y aceptada por éste, así como en las Cláusulas Específicas de este Contrato. Si el cliente resuelve anticipadamente el Contrato, deberá abonar una penalización proporcional al número de días no efectivos del compromiso de permanencia acordado. En caso de que el Cliente desee realizar un cambio de la tarifa contratada, sobre la que exista algún tipo de permanencia, deberá abonar a EL PROVEEDOR una compensación en caso de que la nueva tarifa sea de menor importe que la inicial o tenga mejores condiciones que ésta.
COMPROMISOS DE PERMANENCIA. Al contratar Fusión Empresas Básico, el Cliente se compromete a mantener vigente la contratación de este producto, en cualquiera de sus modalidades contractuales por un periodo de 24 meses. Para aquellas modalidades de Fusión Empresas Básico (Tarifa 35 y 55 con MFE Básico) en las cuales el Cliente reciba un apoyo económico para la adquisición de un terminal, el Cliente se compromete a mantener la línea que haya vinculado al apoyo económico en el servicio Fusión Empresas Básico durante 24 meses. En estas modalidades el Cliente únicamente adquiere compromiso por el terminal. En el supuesto de que el Cliente cause baja en Movistar antes del vencimiento del periodo comprometido de cualquiera de las líneas con tarifas Fusión Empresas Básico, con anterioridad a la finalización del periodo antes citado, vendrá obligado a asumir una penalización única y fija de 100 € por cada línea que cause baja del servicio. A los anteriores importes les serán de aplicación los impuestos indirectos que, en su caso, correspondan. Los cambios que realice el Cliente entre las diferentes modalidades contractuales de Fusión Empresas Básico, tanto superiores o inferiores, no generarán la penalización por el incumplimiento del periodo comprometido, ni tampoco interrumpen o reinician el cómputo de dicho plazo de permanencia.
COMPROMISOS DE PERMANENCIA. 5.1. Respecto de la prestación de servicios
COMPROMISOS DE PERMANENCIA. Al contratar Línea Adicional Empresas Fusión Pro el Cliente se compromete a mantener la línea móvil vinculada a Movistar Fusión, por un periodo de 12 meses. En el supuesto de que el Cliente cause baja en Movistar Fusión o desvincule la línea móvil de Movistar Fusión, con anterioridad a la finalización del periodo antes citado, vendrá obligado a asumir un compromiso de gasto mínimo de 30 € mensuales (36,30 €/mes con IVA) sobre la línea móvil de contrato, por el periodo que reste hasta el vencimiento de los 12 meses comprometidos. En caso de anular dicho compromiso de gasto, se aplicará penalización única proporcional al tiempo no cumplido del compromiso de permanencia, con un importe máximo de 190€, salvo el caso dispuesto en el párrafo siguiente. Asimismo, será de aplicación la penalización única proporcional al tiempo no cumplido del compromiso de permanencia, con un importe máximo de 190€, en caso de baja de la línea móvil Movistar, antes del vencimiento del periodo comprometido. Si el Cliente hubiera contratado una modalidad Fusión sin TV y realizara un cambio hacia otra con TV, quedarán anulados igualmente, en caso de estar aún vigentes, los compromisos de permanencia que hubiera adquirido en su Línea Adicional, salvo lo dispuesto en la Cláusula 7.
COMPROMISOS DE PERMANENCIA. Determinados Servicios prestados por Xxxxx Play conllevan un compromiso de permanencia en los mismos asociado a la adquisición o cesión de un terminal o equipamiento a precio promocional o al correspondiente descuento o ventaja de los servicios ofertados por Lemon Play, que el Cliente que los contrate deberá respetar comprometiéndose a permanecer en todos los servicios, ya sean fijos o móviles, de telefonía, televisión o internet contratados con Lemon Play durante el plazo establecido en la CP del presente contrato y que el cliente acepta a la firma del contrato. Dicho plazo comienza en la fecha de su contratación y tendrá la duración definida por Xxxxx Play y aceptada por el Cliente y que se especificará al formalizar la contratación de los servicios. Si el Cliente incumple los compromisos de permanencia a los que se hubiera comprometido contractualmente, por darse de baja del Servicio antes del plazo estipulado, se le podrá cobrar un cargo por incumplimiento de dicho compromiso, determinado en las CP del presente contrato, si en las CP en lugar de determinar cantidad remite a las condiciones generales del contrato esta cantidad será de 180€ por cada uno de los servicios que se hayan contratado, siendo el Cliente conocedor previamente a la firma del contrato, todo ello debido a la pérdida de las ventajas puestas a su disposición y que se encuentran condicionadas a su permanencia. Una vez finalizado el compromiso de permanencia, el Cliente podrá acogerse a nuevas promociones y beneficios de tarifa o condiciones, adquiriendo un nuevo compromiso de permanencia como contrapartida. Para ello será suficiente el mutuo acuerdo entre Xxxxx Play y el Cliente, que tendrá que ser aceptado en un anexo, el cual podrá notificarse mediante correo electrónico, fax o cualquier otro medio que deje constancia del acuerdo entre ambas partes.
COMPROMISOS DE PERMANENCIA. La aplicación de determinados descuentos, el otorgamiento de apoyo económico en la contratación o la cesión de equipos en condiciones ventajosas podrá conllevar un compromiso de permanencia con una duración determinada y una penalización asociada que se detallarán en las Condiciones Individuales de cada servicio.

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.