IMPUESTOS INDIRECTOS. Si se aplican IMPUESTOS INDIRECTOS , el CONTRATISTA los añadirá a la factura, como un concepto separado y la COMPAÑÍA los pagará además del PRECIO DEL CONTRATO.
IMPUESTOS INDIRECTOS. En el caso de Mercancía sujeta a impuestos especiales (cuando dichas Mercan- cía esté destinada a ser utilizadas como combustible para motores o calefacción) se aplicará lo siguiente: antes de cualquier entrega de la Mercancía, el Com- prador informará a ADM sobre el uso previsto de la Mercancía a entregar, si ADM ha facilitado al Com- prador un modelo de pedido, en dicho modelo o si ADM no ha facilitado al Comprador dicho modelo, éste informará a ADM de cualquier otra manera por escrito, por fax o por medios electrónicos. Además, el Comprador facilitará a ADM toda la información y los documentos que esta requiera para cumplir las leyes y normativa relativas a los impuestos indirectos. En el caso de la entrega de Mercancía sujetas a impuestos indirectos, el Comprador deberá cumplir las leyes y normativa aplicables. En el caso de entrega de Mer- cancía en régimen de suspensión de derechos, el Com- prador deberá, en particular, registrar dichas Mercan- cía en su depósito fiscal inmediatamente tras la en- trega. El Comprador, a primer requerimiento de ADM, indemnizará y mantendrá indemne a ADM frente a cualquier reclamación de impuestos indirectos u otros pagos que se deriven del incumplimiento por parte del Comprador de las obligaciones establecidas en esta cláusula 8.1.
IMPUESTOS INDIRECTOS. El CONTRATISTA añadirá a la factura, como una partida desglosada, y la COMPAÑÍA paragá adicionalmente al PRECIO DEL CONTRATO, si fuese aplicable, cualquier IMPUESTO INDIRECTO.
IMPUESTOS INDIRECTOS. En el caso de Mercancía sujeta a impuestos especiales (cuando dichas Mercan- cía esté destinada a ser utilizadas como combustible para motores o calefacción) se aplicará lo siguiente: antes de cualquier entrega de la Mercancía, el Com- prador informará a ADM sobre el uso previsto de la Mercancía a entregar, si ADM ha facilitado al Com- prador un modelo de pedido, en dicho modelo o si ADM no ha facilitado al Comprador dicho modelo, éste informará a ADM de cualquier otra manera por escrito, por fax o por medios electrónicos. Además, el Comprador facilitará a ADM toda la información y los documentos que esta requiera para cumplir las leyes y
IMPUESTOS INDIRECTOS. Son los que, con base en las leyes, ordenanzas y Acuerdos, gravan las actividades que realizan las personas naturales o jurídicas y recae indirectamente sobre las personas que demandan bienes y servicios
IMPUESTOS INDIRECTOS. Todos los pagos adeudados a AstraZeneca conforme al Contrato no incluyen ningún Impuesto Indirecto que pueda cobrarse, y que si se cobra en forma apropiada, el Comprador pagará en forma adicional a la tasa y en la manera que para ese momento establezcan las Leyes Aplicables y sujetándose a que AstraZeneca proporcione una factura válida y correcta con Impuestos Indirectos.
IMPUESTOS INDIRECTOS. Si aplican IMPUESTOS INDIRECTOS, El CONTRATISTA se los añadirá a la factura, como una partida desglosada, y la COMPAÑÍA los paragá adicionalmente al PRECIO DEL CONTRATO.
IMPUESTOS INDIRECTOS. IVA: Declaración mensual, limitación del derecho a deducción por la realización de operaciones sujetas y no sujetas, y aplicación de la regla de la prorrata. Tributación en Régimen Común y Regímenes Forales. IGIC: Declaración trimestral. Impuesto Especial sobre la electricidad: No contribuyente, obligado tributario como beneficiario de exención en el Impuesto Especial sobre la Electricidad (fábricas de electricidad acogidas al régimen retributivo específico). Impuesto sobre sociedades: Tributación en Régimen de Imputación xx Xxxxxx. IRPF: Retenciones de actividades profesionales (ocasional). Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Impuesto sobre actividades económicas.
IMPUESTOS INDIRECTOS. IVA: Declaración trimestral.
IMPUESTOS INDIRECTOS. Impuesto sobre el Valor Añadido