Common use of CONDICIONES DE PAGO Clause in Contracts

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la certificación del Contrato por la Contraloría General de la República y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será entregada en pagos parciales. Mediante cubicaciones periódicas por obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un periodo no mayor de treinta (30) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el Supervisor. El monto de la primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República Dominicana, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para amortizar el Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicado. La Entidad Contratante retendrá un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. El pago final se hará luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones, prestaciones laborales y garantía de vicios ocultos.

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Samples: transparencia.pgr.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con en la certificación del Contrato por fecha en que el Desarrollador entregue a la Contraloría General Unidad de Gerencia la República documentación que acredite que ha sido constituido el Fideicomiso Vinculado. El Anticipo será pagado al Fideicomiso Vinculado, mediante cheque o transferencia a la cuenta bancaria que indique la fiduciaria correspondiente, y contra presentación de una Póliza la Garantía de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad Buen Uso del Avance InicialAnticipo. La suma restante será entregada pagada en pagos parciales. Mediante parciales al Fideicomiso Vinculado, mediante cubicaciones periódicas por obras Obras realizadas y certificadas por la Unidad de Supervisión. Estos pagos se harán en un periodo período no mayor de treinta quince (3015) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el Supervisorla Unidad de Supervisión. El monto de la primera Cubicación cubicación realizada por el ContratistaDesarrollador, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance InicialAnticipo. La Entidad Contratante retendrá podrá retener un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el ContratistaDesarrollador, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República DominicanaTrabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará solicitará cubicaciones cada treinta (30) días que deben corresponderse con los Calendarios Cronogramas de Ejecución y la Programación de Tiempos EstimadosEjecución. Las cubicaciones presentadas solicitadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Unidad de Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para amortizar el la amortización del Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicado. La Entidad Contratante retendrá además, un cinco por ciento (5%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidacionesliquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, prestaciones laborales al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y garantía cubicación final de vicios ocultoslos trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios. Para mayor claridad, en ningún caso el FIDEICOMISO MI VIVIENDA realizará pagos en provecho del Desarrollador con el objetivo de llevar a cabo la construcción del Proyecto. Dichos pagos serán siempre realizados en provecho del Fideicomiso Vinculado, en el entendido de que la fiduciaria de dicho fideicomiso velará porque los fondos suministrados sean invertidos en el Proyecto conforme a las condiciones que se establecerán en el contrato de fideicomiso vinculado.

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Samples: mivivienda.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con dentro de un plazo de treinta (30) días calendario a partir de la certificación firma del Contrato por la Contraloría General de la República y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será entregada pagada en pagos parciales. Mediante parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por obras Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un periodo período no mayor de treinta quince (3015) días laborables a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el El Supervisor. El monto de la primera Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República Dominicana, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) días periódicas que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimadosestimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) el cual será determinado proporcionalmente al Número de cada cubicación cubicaciones que se realicen en la ejecución de la obra, para amortizar el Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicado. La Entidad Contratante retendrá además, un uno cinco por ciento (15%) en virtud del costo de la Ley 6-86, Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra. Este personal será contratado de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensionesmanera directa por la Contraloría. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidacionesliquidaciones y prestaciones laborales, prestaciones laborales como lo establece el Decreto 670-10. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y garantía cubicación final de vicios ocultoslos trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: www.contraloria.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá a podrá realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la certificación firma del Contrato por la Contraloría General de la República y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será entregada pagada en pagos parciales. Mediante parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por obras Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un periodo no mayor de treinta (30) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el Supervisor. El monto de la primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá podrá retener un cinco diez por ciento (510%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República DominicanaTrabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimadosestimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte Diez y Ocho por ciento (2018%) de cada cubicación para amortizar el Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones pago de pagos alternativas a la referida anteriormenteITBIS, a fines y se otorgará al final carta de mejorar el flujo certificación de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo retención de desembolso del indicadoimpuestos retenidos. La Entidad Contratante retendrá retendrá, además, un uno Cinco por ciento (15%) en virtud del costo de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx Obra para el pago del 1986, sobre Fondo de Pensionespersonal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidacionesliquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, prestaciones laborales al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y garantía cubicación final de vicios ocultoslos trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: ayuntamientonigua.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la certificación firma del Contrato por la Contraloría General de la República y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será entregada pagada en pagos parciales. Mediante parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por obras Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un periodo período no mayor de treinta quince (3015) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el El Supervisor. El monto de la primera Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá podrá retener un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República DominicanaTrabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) 21 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimadosestimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para amortizar el la amortización del Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicado. La Entidad Contratante retendrá además, un cinco por ciento (5%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidacionesliquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, prestaciones laborales al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y garantía cubicación final de vicios ocultoslos trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: www.oisoe.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la certificación firma del Contrato por la Contraloría General de la República y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será entregada pagada en pagos parciales. Mediante parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por obras Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un periodo período no mayor de treinta (30) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el El Supervisor. El monto de la primera Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá podrá retener un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República DominicanaTrabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimadosestimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para amortizar el la amortización del Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicado. La Entidad Contratante retendrá además, un cinco por ciento (5%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidacionesliquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, prestaciones laborales al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y garantía cubicación final de vicios ocultoslos trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: adn.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá a realizar un primer Las formas y condiciones de pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la certificación CONSULTOR en virtud del Contrato serán las siguientes: Con Anticipo del 30%. Se realizará en guaraníes, a crédito con un anticipo equivalente al 30% (treinta por la Contraloría General ciento) a pedido de la República y parte, luego un segundo pago equivalente al 40% (cuarenta por ciento) contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad un informe parcial por parte del Avance Inicial. La suma restante será entregada en pagos parciales. Mediante cubicaciones periódicas proveedor y por obras realizadas último un tercer pago equivalente al 30% (treinta por ciento) contra entrega final del proyecto incluyendo todos los planos y certificadas proyecto PCI aprobados por la SupervisiónMunicipalidad xx Xxxxxxxx, los mismos no deberán contener ninguna salvedad, observación ni condición pos-aprobación. Estos Todos los pagos se harán en un periodo no mayor realizarán dentro de treinta los 30 (30treinta) días a partir luego de haber recibido la factura crédito. De cada factura se retendrá el equivalente al 0.4% (cero punto cuatro por ciento) sobre el importe de la fecha en que la cubicación sea certificada por el Supervisor. El monto de la primera Cubicación realizada por el Contratistamisma, deberá exceder o por deducidos los impuestos correspondientes, conforme a lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos establecido en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República Dominicana, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenirArt. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para amortizar el Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicado. La Entidad Contratante retendrá un uno por ciento (1%) en virtud 41º de la Ley 6-86Nº 2051/2003, modificado por la Ley Nº 3439/2007 de Contrataciones Públicas. Los pagos se realizarán por TESORERIA INSTITUCIONAL. Para tener derecho a todo cobro el consultor deberá presentar recibo de dinero membretado y contar con el Certificado de Cumplimiento tributario vigente. La administración del Contrato estará a cargo de la Dirección de Logística Administrativa, y tendrá la responsabilidad de la gestión de éste, monitoreando el cumplimiento de las condiciones pactadas, los plazos, la recepción de los servicios a conformidad, el seguimiento continuo al Contrato con el acompañamiento necesario, además de realizar las acciones necesarias para asegurar una correcta ejecución contractual. Corresponderá a la Dirección de la Unidad Operativa de Contratación, de fecha 04 xx xxxxx manera enunciativa y no limitativa, gestionar garantías, adendas, realizar el seguimiento de la ejecución contractual de conformidad a las condiciones pactadas, gestionar aplicación de multas, sanciones y la rescisión del 1986contrato cuando corresponda. Así mismo la Dirección de Logística Administrativa responsable de la administración del Contrato, sobre Fondo deberá remitir a la Dirección de Pensiones. El pago final se hará luego la Unidad Operativa de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago Contratación, un Informe referentes a la provisión efectiva de los compromisos fiscales, liquidaciones, prestaciones laborales y garantía de vicios ocultosbienes adjudicados.

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Samples: Modelo De Contrato

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la certificación firma del Contrato por la Contraloría General de la República y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será entregada pagada en pagos parciales. Mediante parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por obras Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un periodo período no mayor de treinta quince (3015) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el Supervisor. El monto de la primera Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo anticipo o Avance avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá podrá retener un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República DominicanaTrabajo, con la presentación de presentaciónde una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos Establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimadosestimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán será pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para amortizar el la amortización del Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar hasta completar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicadomonto entregado en el avance inicial. La Entidad Contratante retendrá retendrá, además, un cinco por ciento (5%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos Documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidacionesliquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, prestaciones laborales al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y garantía cubicación final de vicios ocultoslos trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: distritomunicipalelpuerto.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la certificación firma del Contrato por la Contraloría General de la República y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La El sesenta por ciento (60%) de la suma restante será entregada pagada en pagos parciales. Mediante parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por obras Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un periodo período no mayor de treinta quince (3015) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el El Supervisor. El monto de la primera Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República Dominicana, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta QUINCE (3015) días DIAS CALENDARIO, que deben deberán corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimadosestimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para amortizar el la amortización del Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicado. La Entidad Contratante retendrá además, un cinco por ciento (5%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. El pago final veinte por ciento (20%) restante se hará luego posterior a la última cubicación, con la culminación y entrega de presentar el Contratista la totalidad de las obras objeto del presente proceso de selección, con la aprobación expresa y definitiva por parte de PRO-COMPETENCIA. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los documentos que avalen el pago resultados de la medición y cubicación final de los compromisos fiscalestrabajos, liquidaciones, prestaciones laborales y garantía de vicios ocultosen la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: procompetencia.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá Los pagos, correspondientes a realizar un primer pago correspondiente al Anticipola prestación del Servicio, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este se efectuarán emitiendo facturas mensuales, cuyo pago se hará con realizará mediante transferencia bancaria, una vez presentada la certificación factura en el Hospital General Universitario “Santa Xxxxx xxx Xxxxxx”. El adjudicatario solamente tendrá derecho a percibir el importe de las raciones o productos efectivamente servidos. La facturación de los Alimentos Extras, se realizará de forma independiente de las pensiones diarias o servicios sueltos, según las cantidades diarias consumidas. Idéntica consideración se tendrá para los stocks necesarios en los offices de las plantas de hospitalización. Las facturas, que serán elaboradas mensualmente, deberán incluir todos los justificantes documentales que a tenor de las normas vigentes en materia de fiscalización, estime necesaria el responsable del Contrato por Centro de Gasto al que se impute el servicio. 10.2. Lugar de presentación: La factura deberá ser presentada en el Registro General del Hospital General Universitario “Santa Xxxxx xxx Xxxxxx” antes del día 10 del mes siguiente a la Contraloría General prestación de dicho servicio. 10.3. Momento de presentación: La fecha de emisión de la República y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria factura no podrá ser anterior a la del último día del mes a que cubra corresponden los servicios realizados, salvo que la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será entregada en pagos parciales. Mediante cubicaciones periódicas por obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos misma se harán en refiera a un periodo inferior al mes por haber vencido la obligación de prestar el servicio durante el mismo, en cuyo caso, no mayor podrá ser anterior a la de treinta (30) días a partir extinción de la fecha en que la cubicación sea certificada relación contractual. 10.4. Valoraciones parciales6: SI [ ] Especificar condiciones: NO [x] 10.5. Autorización de valoraciones parciales por el Supervisor. El monto trabajos efectuados antes de la primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) como garantía por los trabajos ejecutados y entrega parcial de los salarios mismos7: SI [ ] NO [x] 10.6. Abonos a cuenta por operaciones preparatorias8: SI [ ] En su caso, especificar: ● Operaciones preparatorias susceptibles de abono a cuenta. ● Exigencia de programa de trabajo. ● Criterios y forma de valoración de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto abonos a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código cuenta. ● Plan de Trabajo amortización de la República Dominicana, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato abonos a intervenircuenta. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para amortizar el Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicado. La Entidad Contratante retendrá un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. El pago final se hará luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones, prestaciones laborales y garantía de vicios ocultos.NO [x]

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Samples: www.carm.es

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la certificación firma del Contrato por la Contraloría General de la República y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será entregada pagada en pagos parciales. Mediante parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas mensuales consecutivas por obras partidas realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un periodo período no mayor de treinta quince (3015) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el El Supervisor. El monto de la primera Primera Cubicación realizada por el Contratista, Contratista deberá exceder o por lo menos alcanzar el ochenta por ciento (80% %) del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá podrá retener un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste este último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República DominicanaTrabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimadosestimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, Contratista serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para amortizar el la amortización del Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicadoInicial hasta completar dicha suma entregada originalmente al contratista como anticipo. La Entidad Contratante retendrá retendrá, además, un tres por ciento (3%) del monto total de cada cubicación para el pago del personal técnico que realizará la supervisión técnica y la fiscalización económica del proceso constructivo de la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidacionesliquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, prestaciones laborales al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y garantía cubicación final de vicios ocultoslos trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: ayuntamientobocachica.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá Los pagos de anticipo o avance, se realizaran acorde a realizar un primer pago lo establecido en el cronograma de ejecución de cada uno de los lotes y se preverá en el contrato correspondiente al Anticipoa cada lote, el cual la forma de erogación del avance, que pudiera ser en una fecha posterior a la firma del contrato. Este anticipo o avance será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la certificación del Contrato por la Contraloría General de la República y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será entregada en pagos parciales. Mediante pagada al Contratista mediante cubicaciones periódicas por obras Obras realizadas y certificadas certificada por la SupervisiónGerencia de Proyectos. Estos pagos se harán en un periodo período no mayor de treinta veinte (3020) días laborables, contados a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el Supervisorla Gerencia de Proyectos. El monto de la primera Cubicación cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. Para aquellos lotes que por su naturaleza, resultare insuficiente otorgarles solamente de avance o anticipo del 20%, debido a que dicho monto no alcanzaría para la colocación de la orden de fabricación o compra del equipo a instalar; en este caso, específicamente en el contrato correspondiente a dicho lote, se podrán acordar pagos extraordinarios, para la orden o compra y el plazo en que recibirán dichas sumas adicionales al 20% que indica la ley. Debidamente respaldado por la garantía que corresponda. La Entidad Contratante retendrá podrá retener un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo Trabajo, y se hayan entregado los siguientes documentos:  Garantía de Vicios Ocultos o de la República Dominicana, Calidad de las Obras;  Certificado de Descargo del Ministerio de Trabajo;  Pago de Liquidación de todos los compromisos de la Seguridad Social;  Certificación de estar al día con la presentación el pago del impuesto Sobre La Renta;  Comprobante de una pagos de las tasas del CODIA.  relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) días que mes a la Gerencia del Proyectos y estas deben corresponderse con corresponder a los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimadostiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas pagados luego de su aprobación ser aprobadas por la Supervisión Gerencia de Proyecto y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación pago para amortizar el la amortización del Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicado. La Entidad Contratante retendrá además, un cinco por ciento (5%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo la creación de Pensionesun fondo común de Servicios Sociales; Pensiones y Jubilaciones a los Trabajadores Sindicalizados del Área de la Construcción y todas sus ramas afines. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidacionesliquidaciones y prestaciones laborales. Las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, prestaciones laborales al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando los resultados de la medición y garantía cubicación final de vicios ocultoslos trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: www.oisoe.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la certificación firma del Contrato por la Contraloría General de la República y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será entregada pagada en pagos parciales. Mediante parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por obras Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un periodo no mayor período de treinta Treinta (30) días a la primera cubicación que no deberá exceder el 100% del monto del anticipo o avance inicial, Sesenta (60) para la segunda cubicación que no deberá exceder el 100% del monto del anticipo o avance inicial, noventa (90) días para la cubicación final a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el El Supervisor. El monto de la primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República Dominicana, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimadosestimados para los pagos según se detalla en el párrafo anterior. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para amortizar el hasta completar la amortización del Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicado. La Entidad Contratante retendrá además, un cinco por ciento (5%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra, un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones, un cero punto un por ciento (0.10%) del CODIA y el 18% de ITBIS correspondiente al 10% de la Dirección Técnica, o sea el uno punto ocho 1.8% de la norma No. 7 articulo 4. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidacionesliquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, prestaciones laborales al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y garantía cubicación final de vicios ocultoslos trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: www.construcosto.do

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la certificación firma del Contrato por la Contraloría General de la República y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será entregada pagada en pagos parciales. Mediante parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por obras Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un periodo período no mayor de treinta quince (3015) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el El Supervisor. El monto de la primera Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá podrá retener un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República DominicanaTrabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) 20 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimadosestimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para amortizar el la amortización del Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicado. La Entidad Contratante retendrá además, un cinco por ciento (5%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidacionesliquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, prestaciones laborales al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y garantía cubicación final de vicios ocultos.los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios. 2.6Cronograma de la Licitación1

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Samples: ayuntamientosdo.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. a. A crédito Se realizará con fondos previstos en el Rubro en los rubros 280 “Otros Servicios en General” Fuente de Financiamiento 10 y Organismo Financiador 01 del Presupuesto General de la Nación 2013.- Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, con la Línea Presupuestaria de: la XIma. Región Sanitaria, previa presentación de la Factura, en base a los bienes y/o servicios entregados y de conformidad al Plan de Caja y a los Fondos efectivamente transferidos por el Ministerio de Hacienda. La Entidad Contratante procederá se compromete a realizar un primer pago correspondiente pagar al AnticipoProveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el cual Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en un plazo no mayor de 60 días. La solicitud de pago así como las obligaciones de las mismas se realizarán en las Dependencias Sanitarias emisoras de las Ordenes de servicios. El pago podrá ser solicitado por el proveedor por el total de los bienes efectivamente entregados, cuando el mismo cuente con la Nota de Recepción de sus bienes, que serán elaboradas por las Dependencias Sanitarias receptoras. Cada monto facturado será máximo pasible de un veinte las retenciones correspondientes a impuestos de la Renta e IVA, según lo establecido por las disposiciones conforme a la Ley 125/91. Independiente a estas retenciones impositivas se aplicará una retención equivalente al cero punto cuatro por ciento (200.4%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la certificación del Contrato por la Contraloría General de la República y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será entregada en pagos parciales. Mediante cubicaciones periódicas por obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un periodo no mayor de treinta (30) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por sobre el Supervisor. El monto de la primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá un cinco por ciento (5%) importe de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) como garantía por factura, deducidos los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratistaimpuestos correspondientes, conforme a lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos establecido en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República Dominicana, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenirArt. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para amortizar el Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicado. La Entidad Contratante retendrá un uno por ciento (1%) en virtud 41 de la Ley 6-86, N° 3439/07 que modifica la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas” y crea La Dirección Nacional de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. El pago final se hará luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones, prestaciones laborales y garantía de vicios ocultos.Contrataciones Públicas.-

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Samples: www.contrataciones.gov.py

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la certificación firma del Contrato por la Contraloría General de la República y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será entregada pagada en pagos parciales. Mediante parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por obras Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un periodo período no mayor de treinta quince (3015) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el El Supervisor. El monto de la primera Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá podrá retener un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste este último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República DominicanaTrabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) días 30 DIAS que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimadosestimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para amortizar el la amortización del Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicado. La Entidad Contratante retendrá retendrá, además, un cinco por ciento (5%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidacionesliquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, prestaciones laborales al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y garantía cubicación final de vicios ocultoslos trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: www.cne.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá El pago se realizará de contado contra entrega de la factura y testigos y se efectuará mediante cheque nominativo y/o transferencia bancaria electrónica, (previa solicitud al Departamento de Cuentas por Pagar y en cumplimiento de los requisitos establecidos por esa área) a realizar un primer pago correspondiente al Anticipofavor de “EL PROVEEDOR”, por el cual será máximo de un veinte 100% (cien por ciento (20%ciento) del valor del Contrato. Este pago se hará con Servicio realmente prestado, posterior a la certificación del Contrato por la Contraloría General entrega de EL SERVICIO a entera satisfacción de Liconsa y previa validación de la República y contra presentación Unidad de una Póliza Comunicación Social, a través del Titular, de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad cumple con las especificaciones citadas en el presente Anexo. Las facturas deberán ser emitidas en pesos mexicanos requisitadas en términos del Avance Inicial. La suma restante será entregada en pagos parciales. Mediante cubicaciones periódicas por obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un periodo no mayor de treinta (30) días a partir Código Fiscal de la fecha Federación en que la cubicación sea certificada sus artículos 29 y 29-A, e incluir el folio fiscal del CFDI (código fiscal digital por el Supervisor. El monto internet) en formato XML en forma electrónica, en una unidad de la primera Cubicación realizada por el Contratistaalmacenamiento USB, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) como garantía por los trabajos ejecutados en formato PDF, las facturas deben coincidir en descripción y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla precio con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República Dominicana, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos indicados en el Contrato respectivo, el pago se efectuara en moneda nacional (peso mexicanos) conforme a intervenirlas leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentran conforme a las leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese momento. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) días que deben corresponderse con Los impuestos serán pagados por “LICONSA” en los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia términos de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) legislación aplicable; debiendo indicarse estos al final de cada cubicación para amortizar el Avance Inicialuna de las facturas por separado de los demás conceptos. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso De conformidad con lo indicado en los artículos 89 y 90 del indicado. La Entidad Contratante retendrá un uno por ciento (1%) en virtud Reglamento de la Ley 6-86de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de fecha 04 xx xxxxx que las facturas entregadas por “EL PROVEEDOR” para su pago presente errores y deficiencias el departamento de cuentas por pagar de “LICONSA” dentro de los 3 días hábiles siguientes a los de recepción indicara por escrito a “EL PROVEEDOR” de las deficiencias que deberá corregir. En el supuesto que durante la vigencia del 1986Contrato no se haya hecho el descuento de las penas convencionales correspondientes, sobre Fondo “LOS PROVEEDORES” aceptan que se hagan los descuentos pendientes de Pensionesaplicar en la factura que se presente para su pago. El pago final quedara condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de la pena convencional a la que se hará luego haya hecho acreedor. “LICONSA” otorgará su consentimiento para que él “EL PROVEEDOR” que resulte adjudicado, ceda sus derechos de presentar el Contratista cobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que él “EL PROVEEDOR” adjudicado que se encuentre clasificado como micro, pequeña o mediana empresa, accedan y utilicen los beneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos que avalen el pago por cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de los compromisos fiscalesNAFIN, liquidaciones, prestaciones laborales y garantía de vicios ocultos.S.N.C. Esta es la liga para poderse afiliar xxxxx://xxxxxxx.xxxxx.xxx.xx

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Samples: Contrato Para El Servicio De Difusión en Medios Comerciales De Televisión a Través De Spots De 20 Segundos

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al AnticipoLos pagos vencerán y serán exigibles según se indique en la factura. A menos que se indique lo contrario, el cual será máximo plazo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la certificación del Contrato por la Contraloría General comenzará a partir de la República fecha de la factura y contra presentación el pago deberá recibirse antes del vencimiento de una Póliza dicho plazo de Seguro pago. Si no se indicara un plazo de pago en el presupuesto o Garantía Bancaria que cubra en la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será entregada en factura, los pagos parciales. Mediante cubicaciones periódicas por obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán deberán realizarse, a más tardar, en un periodo no mayor plazo de treinta (30) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el Supervisor. El monto de emisión de la primera Cubicación realizada factura. Todo importe que siga sin abonarse una vez vencido el plazo quedará sujeto, de manera automática y sin aviso previo, al pago de intereses por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República Dominicana, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para amortizar el Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicado. La Entidad Contratante retendrá un demora iguales al uno por ciento (11 %) mensual; en virtud este caso, una parte de un mes se considerará un mes completo. Todo retraso en el pago dará derecho automáticamente al Proveedor a suspender los pedidos pendientes que estén en curso. Tras un retraso de tres (3) meses por parte del Cliente, el Proveedor podrá cancelar el Contrato con respecto a la Ley 6-86parte de los Trabajos aún no realizados. Todos los costes, incluidos los gastos jurídicos, en los que pudiera incurrir el Proveedor para recuperar las deudas vencidas, correrán por cuenta del Cliente. Sin limitar al Proveedor en lo que respecta a la recuperación de los costes extra que se originen, el Cliente deberá pagar una suma fija xxx xxxx por ciento (10 %), calculada con respecto a los importes vencidos y no pagados, de fecha 04 manera automática y sin aviso previo, en concepto de indemnización, para cubrir los costes administrativos y extrajudiciales del Proveedor. Los precios que se indican son precios EXW y no incluyen embalaje, flete, seguros y otros cargos adicionales (almacenamiento, inspección por terceros, etc.). En lugar de facturar el material de embalaje por separado, el Proveedor podrá solicitar que el material de embalaje se devuelva y cargará un canon por uso y depósito. En caso de que las mercancías se pidan EXW y el Cliente, posteriormente, solicite al Proveedor que tramite el flete, el Proveedor se reserva el derecho a facturar el flete de conformidad con su política de precios xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensionesvigente. El pago final se hará luego de presentar el Contratista Cliente sufragará, además del precio acordado, todos los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones, prestaciones laborales y garantía de vicios ocultos.gastos incidentales,

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Samples: Condiciones Generales De Suministros Y Servicios

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá podrá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la certificación firma del Contrato por la Contraloría General de la República y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será entregada pagada en pagos parciales. Mediante parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por obras Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un periodo período no mayor de treinta quince (3015) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el El Supervisor. El monto de la primera Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá podrá retener un cinco diez por ciento (510%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República DominicanaTrabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimadosestimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para amortizar el la amortización del Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso del indicado. La Entidad Contratante retendrá retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidacionesliquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, prestaciones laborales al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y garantía cubicación final de vicios ocultoslos trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: www.mopc.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este El pago se hará con realizará dentro de los 15 días naturales posteriores al visto bueno del área solicitante al(a los) comprobante(s) fiscal(es), preferentemente mediante transferencia vía electrónica, a la certificación del Contrato por la Contraloría General cuenta bancaria que el licitante ganador proporcione a PAP (excepto en los bancos IXE y Banorte), o bien, en las Cajas de Pago de PAP, y ésta se obliga a cubrir los importes de los “sorteos instantáneos” recibidos a entera satisfacción al amparo de cada comprobante fiscal, mismos que deberán reunir los requisitos señalados en el Código Fiscal de la República Federación vigente. Los pagos por los “sorteos instantáneos” derivados de la presente licitación que se realicen en territorio nacional, se llevarán a cabo en moneda nacional al tipo de cambio vigente publicado en el Diario Oficial de la Federación en la fecha en que se haga dicho pago, o bien, tratándose de proveedores extranjeros, los pagos podrán hacerse en el extranjero en dólar americano, dentro de los quince días naturales siguientes a aquel en el que se presenten a revisión los comprobantes fiscales en la Gerencia de Seguimiento y contra presentación Control Presupuestal, una vez recibidos a entera satisfacción los “sorteos instantáneos”. En caso de una Póliza que los comprobantes fiscales entregados por el licitante ganador para su pago, presenten errores o deficiencias, PAP, dentro de Seguro o Garantía Bancaria los tres días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito al mismo las deficiencias que cubra la totalidad del Avance Inicialdeberá corregir. La suma restante será entregada en pagos parciales. Mediante cubicaciones periódicas por obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un periodo no mayor de treinta (30) días El período que transcurra a partir de la fecha en entrega del citado escrito y hasta que la cubicación sea certificada por el Supervisor. El monto de la primera Cubicación realizada por el Contratistalicitante ganador presente las correcciones, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto total del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá un cinco por ciento (5%) de cada pago (con excepción del pago del anticipo indicado precedentemente) como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo de la República Dominicana, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada treinta (30) días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos Estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para amortizar el Avance Inicial. El Proponente/Oferente podrá presentar condiciones de pagos alternativas a la referida anteriormente, a fines de mejorar el flujo de desembolsos que deba realizar la entidad, sin embargo no se aceptará ninguna oferta que requiera mayor avance, ni mayor flujo de desembolso computará para efectos del indicado. La Entidad Contratante retendrá un uno por ciento (1%) en virtud artículo 47 fracción IV de la Ley 6-86de Adquisiciones, de fecha 04 xx xxxxx Arrendamientos y Servicios del 1986, sobre Fondo de PensionesSector Público. El pago final licitante ganador acepta que en el caso de que no se hará luego de presentar llegue a devengar el Contratista los documentos que avalen monto máximo del contrato, no podrá exigir a la entidad el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones, prestaciones laborales y garantía de vicios ocultoscobro del mismo.

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