CONDICIONES PARA EL CAMBIO DE PLAN Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES PARA EL CAMBIO DE PLAN. El USUARIO podrá solicitar cambio de plan cuando lo desee y asumir el precio y las condiciones del nuevo plan. UNE TELCO realizará el cambio siempre y cuando sea factible técnicamente, en un tiempo no superior al de una instalación nueva. Para los servicios de telefonía local y local extendida el USUARIO deberá permanecer por un período mínimo de un (1) mes. Si el USUARIO ha optado por el contrato con cláusula de permanencia mínima y ésta se encuentra vigente al momento del cambio de plan podrá haber lugar al cobro de los valores por terminación anticipada.
CONDICIONES PARA EL CAMBIO DE PLAN. 7.1. El CLIENTE podrá suscribir un documento adicional que establezca las condiciones de cláusula de permanencia mínima, prórroga automática y valores a pagar por terminación anticipada del CONTRATO, en los términos de la regulación vigente, el cual para todos los efectos legales y regulatorios es un documento inherente que forma parte del presente contrato, en los eventos en que dicha cláusula se pacte. Dicho documento integrante de las presentes condiciones, en los casos en que el CLIENTE lo suscriba, determinará de manera discriminada la suma subsidiada o financiada correspondiente al cargo por conexión o equipos terminales u otros equipos requeridos para el uso del servicio contratado, o la suma corres- pondiente al descuento sustancial que hace especial la tarifa ofrecida y la forma en que operarán los pagos asociados a la terminación anticipada durante el periodo de permanencia mínima. ETB suministra en los términos de la normatividad vigente la información sobre la cláusula de permanencia mínima por uno cualquiera de los mecanismos de atención al CLIENTE. El CLIENTE deberá conservar el plan por el término señalado en la respectiva cláusula. No obstante, el CLIENTE tendrá la opción de cambiar de plan antes de expirar la vigencia del mismo, siempre y cuando ETB así lo permita, en cuyo caso habrá lugar al pago de las sumas por terminación anticipada mencionadas en dicho documento, para lo cual autoriza expresamente a ETB a cargar dichos valores en la siguiente FACTURA.
CONDICIONES PARA EL CAMBIO DE PLAN. Para hacer cambios de los planes de servicios contratados, el USUARIO deberá manifestar su intención al respecto, a través de la línea de atención gratuita de ACC o de cualquiera de los mecanismos de atención dispuestos para el efecto, momento en que se validará la viabilidad de dicha solicitud. PARÁGRAFO: El Usuario deberá asumir el precio y las condiciones del cambio de plan o solicitado, ACC hará el cambio de plan, siempre y cuando resulte posible técnicamente, en un tiempo menor que el de una nueva instalación. CLÁUSULA 23.
CONDICIONES PARA EL CAMBIO DE PLAN. El usuario podrá solicitar cambio de plan cuando así lo considere y asumir el precio y las condiciones del nuevo plan, UNE realizará el cambio siempre y cuando sea factible técnicamente, en un tiempo no superior al de una instalación nueva. Para los servicios de telefonía local y local extendida el usuario deberá permanecer por un período mínimo de un (1) mes.
CONDICIONES PARA EL CAMBIO DE PLAN. El USUARIO podrá solicitar cambio de plan cuando lo desee y asumir el precio y las condiciones del nuevo plan. UNE TELCO realizará el cambio siempre y cuando sea factible técnicamente, en un tiempo no superior al de una instalación nueva.
CONDICIONES PARA EL CAMBIO DE PLAN. 7.1. El CLIENTE podrá suscribir un documento adicional que establezca las condiciones de cláusula de permanencia mínima, prórroga automática y valores a pagar por terminación anticipada del CONTRATO. Una vez hayan sido aceptadas expresamente por el CLIENTE, lo vinculan de acuerdo a las condiciones previstas para tal efecto, y en todo caso el plan respectivo no superará el término de un (1) año de vigencia. El CLIENTE deberá conservar dicho plan por el término señalado. No obstante, el CLIENTE tendrá la opción de cambiar de plan antes de expirar la vigencia del mismo siempre y cuando ETB así lo permita, en cuyo caso habrá Contrato BA-REG LARGO.indd 4 1/22/09 5:59:10 PM lugar al pago del valor por parte del CLIENTE de las sumas que falten por recuperar del plazo inicialmente establecido en los casos en los cuales el nuevo plan sea inferior al inicialmente contratado, para lo cual autoriza expresamente a ETB a cargar dichos valores en la siguiente FACTURA con la firma del presente documento. Si los valores del nuevo plan son superiores al inicialmente contratado, el CLIENTE se obliga a pagar únicamente la suma que ETB se vea abocada a perder por dicho cambio, para lo cual el CLIENTE autoriza el cobro en la siguiente FACTURA.
CONDICIONES PARA EL CAMBIO DE PLAN. El usuario podrá solicitar cambio de plan cuando así lo considere y asumir el precio y las condiciones del nuevo plan, COSTATEL realizará el cambio siempre y cuando sea factible técnicamente, en un tiempo no superior al de una instalación nueva. Para los servicios de telefonía local y local extendida el usuario deberá permanecer por un período mínimo de un (1) mes. Parágrafo. Lo previsto en esta cláusula se predica sin perjuicio de lo establecido en la regulación vigente para la estipulación contractual de cláusula de permanencia mínima.
CONDICIONES PARA EL CAMBIO DE PLAN. 1. El USUARIO debe pagar el excedente en la tarifa de conexión de la nueva velocidad, no se realizarán reembolsos de la tarifa de conexión por disminución de velocidad.
CONDICIONES PARA EL CAMBIO DE PLAN. VIGILADO POR LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, Cra.13 n.º 00-00, XXXXXXXXX. xxxx@xxx.xxx.xx. Tel.: 000 00 00.
CONDICIONES PARA EL CAMBIO DE PLAN. Para hacer cambios de los planes de servicios contratados, el SUSCRIPTOR deberá manifestar su intención al respecto, a través de la línea de atención gratuita de ACC o de cualquiera de los mecanismos de atención dispuestos para el efecto, momento en que se validará la viabilidad e dicha solicitud. PARÁGRAFO: El SUSCRIPTOR deberá asumir el precio y las condiciones del cambio de plan solicitado, ACC hará el cambio de plan, siempre y cuando resulte posible técnicamente, en un tiempo menor que el de una nueva instalación. CLÁUSULA 23.