Common use of Constitución Clause in Contracts

Constitución. Las partes firmantes acuerdan establecer una Comisión Paritaria del Convenio como órgano de interpretación, arbitraje, conciliación y vigilancia del cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio colectivo, para entender de todas aquellas cuestiones que la legislación vigente asigne a las Comisiones Paritarias de los convenios colectivos, así como para conocer y, en su caso resolver, sobre las materias que se le encomiendan en este Convenio colectivo y sobre las que, en acuerdos posteriores se le puedan atribuir.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Collective Labor Agreement, Convenio Colectivo De Trabajo

Constitución. Las partes firmantes acuerdan establecer una Comisión Paritaria del Convenio como órgano de interpretación, arbitraje, conciliación y vigilancia del cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio convenio colectivo. Ambas partes convienen en la necesidad de dar conocimiento a la Comisión paritaria de cuantas dudas, discrepancias y conflictos pudieran producirse como consecuencia de la interpretación y aplicación del convenio, para entender de todas aquellas cuestiones que esta pueda emitir dictamen o actuar en la legislación vigente asigne forma establecida en el presente Convenio. Se procurará que para resolver cualquier consulta planteada a la Comisión se dé audiencia a las Comisiones Paritarias de los convenios colectivos, así como para conocer y, en su caso resolver, sobre las materias que se le encomiendan en este Convenio colectivo y sobre las que, en acuerdos posteriores se le puedan atribuirpartes interesadas.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

Constitución. Las partes firmantes acuerdan establecer una Comisión Paritaria del Convenio como órgano de interpretación, arbitraje, conciliación y vigilancia del cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio colectivo. Ambas partes convienen en la necesidad de dar conocimiento a la Comisión Paritaria de cuantas dudas, discrepancias y conflictos pudieran producirse como consecuencia de la interpretación y aplicación del Convenio, para entender de todas aquellas cuestiones que esta pueda emitir dictamen o actuar en la legislación vigente asigne forma establecida en el presente Convenio. Se procurará que para resolver cualquier consulta planteada a la Comisión se dé audiencia a las Comisiones Paritarias de los convenios colectivos, así como para conocer y, en su caso resolver, sobre las materias que se le encomiendan en este Convenio colectivo y sobre las que, en acuerdos posteriores se le puedan atribuirpartes interesadas.

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Samples: Collective Labor Agreement

Constitución. Las partes firmantes acuerdan establecer una Comisión Paritaria del Convenio como órgano de interpretación, arbitraje, conciliación y vigilancia del cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio colectivoColectivo. Ambas partes convienen en la necesidad de dar conocimiento a la Comisión Paritaria de cuantas dudas, discrepancias y conflictos pudieran producirse como consecuencia de la interpretación y aplicación del Convenio, para entender de todas aquellas cuestiones que ésta pueda emitir dictamen o actuar en la legislación vigente asigne forma establecida en el presente Convenio. Se procurará que para resolver cualquier consulta planteada a la Comisión se dé audiencia a las Comisiones Paritarias de los convenios colectivos, así como para conocer y, en su caso resolver, sobre las materias que se le encomiendan en este Convenio colectivo y sobre las que, en acuerdos posteriores se le puedan atribuirpartes interesadas.

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Samples: Convenio Colectivo