Contratos para el fomento de la contratación indefinida Cláusulas de Ejemplo

Contratos para el fomento de la contratación indefinida. Al objeto de facilitar el fomento de la contratación indefinida, se podrá utilizar esta modalidad contractual en los supuestos previstos en la legislación vigente.
Contratos para el fomento de la contratación indefinida. A tenor de la legislación vigente, al objeto de facilitar la colocación estable de trabajadores desempleados y de empleados sujetos a contratos temporales, podrá concertarse esta modalidad, a jornada completa o a tiempo parcial –según sea el caso– en los modelos legalmente previstos y con los trabajadores incluidos en uno de los grupos siguientes: a) Trabajadores desempleados inscritos en la oficina de empleo en quienes concurra alguna de las siguientes condiciones: Jóvenes desde a los 16 a los 30 años de edad, ambos inclusive. Parados que lleven al menos seis meses inscritos ininterrumpidamente como demandantes de empleo. Mujeres desempleadas cuando se contraten para prestar servicios con menor índice de empleo femenino. Mayores de 45 años. Personas con discapacidad. b) Trabajadores que en la fecha de celebración de este contrato estu- vieren empleados en la misma empresa mediante un contrato de duración determinada o temporal, incluidos los contratos formativos, celebrados antes del 31 de diciembre de 2007. En el resto de requisitos y condiciones (forma, bonificaciones socia- les, indemnizaciones por despido, exclusiones,...), se atenderá a lo esta- blecido por la legislación vigente.
Contratos para el fomento de la contratación indefinida. Existen determinados tipos de contratos cuya realización se incentiva, sobre todo, para proporcionar empleo a colectivos de personas que encuentran especiales dificultades para obtenerlo. Las medidas de fomento a que se recurre son fundamentalmente: la subvención a fondo perdido, la bonificación o reducción de las cotizaciones a la Seguridad Social y la posibilidad de contratar de forma temporal aunque no exista causa para ello. La creación del empleo de calidad (porque es permanente y a tiempo completo), que este tipo de contratación significa, se fomenta siempre que los trabajadores (desempleados inscritos en el paro) contratados de forma indefinida pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos: (Real Decreto-ley 10/2010 de 16 xx xxxxx). a) Xxxxxxx desempleados de 16 a 30 años. b) Parados con, al menos,que lleven al menos, tres meses inscritos como demandantes de empleo. c) Mujeres que sean contratadas en oficios o profesiones en que estén poco representadas y que lleven al menos un año inscritas corno demandantes de empleo; por ejemplo: mínería, transporte, dirección y gerencia de empresas. d) Personas desempleadas mayores de 45 años. e) Personas con discapacidad. f) Personas desempleadas que durante los dos años anteriores hubieran sido contratadas exclusivamente mediante contratos temporales, incluidos los informativos. g) Personas desempleadas que en los dos años anteriores se les hubiera extinguido un contrato de carácter indefinido. Las medidas para fomentar la contratación de trabajadores minusválidos son variadas y más intensas que para los colectivos anteriores. Por ejemplo, entre las medidas de fomento de empleo aprobadas en 1999, se encuentra la subvención de 650.000 ptas. por la contratación indefinida a jornada completa de trabajadores discapacitados. También se aplica a los contratos de tiempo parcial, si bien la subvención se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada.

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  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Oficina de Recursos Humanos.

  • DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO Si el contenido de la Póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el Asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la Póliza. Transcurrido este plazo, se considerarán aceptadas las estipulaciones de la Póliza o de sus modificaciones.

  • Acreditación de la Aptitud para Contratar Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. 1. La capacidad de obrar del empresario se acreditará: a. De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • Ley Sobre el Contrato de Seguro El proponente estará obligado a declarar por escrito a la empresa aseguradora, de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tales como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del contrato.

  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].