Common use of Controversias Técnicas Clause in Contracts

Controversias Técnicas. Toda Controversia Técnica que no pueda ser resuelta directamente por las PARTES deberá ser sometida a la decisión final e inapelable de tres Peritos en la materia (en adelante los Peritos).Cada una de las PARTES, tendrá derecho a designar a un Perito de acreditada solvencia en la materia. El Tercer Perito será designado de mutuo acuerdo por las PARTES dentro de los siete (7) días siguientes a la designación de los dos peritos. Cuando las PARTES no acuerden la designación del Tercer Perito, dentro del plazo antes indicado, cualquiera de las PARTES podrá solicitar a la Federation Internationale des Ingenieurs Conseils - FIDIC la designación del Tercer Perito, quien deberá reunir los mismos requisitos aplicables a los Peritos designados por las PARTES. Una vez que los tres peritos estén nombrados y hayan aceptado sus cargos, deberán resolver la controversia de conformidad con lo establecido en el párrafo siguiente. Los Peritos podrán solicitar de las PARTES cualquier información que consideren necesaria para resolver la Controversia Técnica y podrá efectuar cualquier prueba y solicitar las que considere necesaria de las PARTES o terceros. Los Peritos deberán notificar una decisión preliminar a las PARTES dentro de los sesenta (60) días siguientes a su designación, dando a las PARTES veinte (20) días para preparar y entregar a los Peritos sus comentarios sobre la decisión preliminar. Los Peritos entonces emitirán su decisión final con carácter vinculante para las PARTES sobre la referida Controversia Técnica dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de los comentarios hechos por las PARTES sobre su decisión preliminar, o al concluir el plazo para realizar dichos comentarios, el que concluya primero. El procedimiento para resolver una Controversia Técnica deberá llevarse a xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxx, Xxxx, salvo que se efectúen pruebas que los Peritos consideren necesario que se lleven a cabo en otra ubicación. Los Peritos observarán en forma supletoria los Reglamentos del Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima. Los Peritos deberán mantener la confidencialidad de cualquier información que llegue a su atención en razón de su participación en la resolución de la Controversia Técnica.

Appears in 3 contracts

Samples: Modelo De Contrato De Transferencia, Modelo De Contrato De Transferencia, Modelo De Contrato De Opción De Transferencia

Controversias Técnicas. Toda Controversia Técnica que no pueda ser resuelta directamente por las PARTES deberá ser sometida a la decisión final e inapelable de tres Peritos en la materia (en adelante los Peritos).Cada Peritos). Cada una de las PARTES, Partes tendrá derecho a designar a un Perito de acreditada solvencia en la materia. El Tercer Perito será designado de mutuo acuerdo por las PARTES Partes dentro de los siete (7) días siguientes a la designación de los dos peritosPeritos. Cuando las PARTES Partes no acuerden la designación del Tercer Perito, dentro del plazo antes indicado, cualquiera de las PARTES Partes podrá solicitar a la Federation Internationale des Ingenieurs Conseils - FIDIC la designación del Tercer Perito, quien deberá reunir los mismos requisitos aplicables a los Peritos designados por las PARTES. Una vez que los tres peritos estén nombrados y hayan aceptado sus cargos, deberán resolver la controversia de conformidad con lo establecido en el párrafo siguiente. Los Peritos podrán solicitar de a las PARTES cualquier información que consideren necesaria para resolver la Controversia Técnica y podrá podrán efectuar cualquier prueba y solicitar las la que considere consideren necesaria de las PARTES o terceros. Los Peritos deberán notificar una decisión preliminar a las PARTES dentro de los sesenta (60) días siguientes a su designación, dando a las PARTES veinte (20) días para preparar y entregar a los Peritos sus comentarios sobre la decisión preliminar. Los Peritos El Perito entonces emitirán emitirá su decisión final con carácter vinculante para las PARTES sobre la referida Controversia Técnica dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de los comentarios hechos por las PARTES sobre su decisión preliminar, o al concluir el plazo para realizar dichos comentarios, el que concluya primero. El procedimiento para resolver una Controversia Técnica deberá llevarse a xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxx, Xxxx, salvo que se efectúen pruebas que los Peritos consideren necesario que se lleven a cabo en otra ubicación. Los Peritos observarán en forma supletoria los Reglamentos del Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima. Los Peritos deberán mantener la confidencialidad de cualquier información que llegue a su atención en razón de su participación en la resolución de la Controversia Técnica.

Appears in 1 contract

Samples: Modelo De Contrato De Opción De Transferencia

Controversias Técnicas. Toda En caso de que surja cualquier controversia técnica entre las partes (incluyendo sin limitación, toda diferencia que surja entre las partes en relación con el cumplimiento o incumplimiento de las Especificaciones del Contrato, o si respecto a si un retraso en las Obras es atribuible a un Caso Fortuito o Fuerza Mayor o a causas imputables al Contratista o PEMEX Refinación), y el Residente de Obra y el Contratista no coinciden en la apreciación para resolver dicha Controversia Técnica, el Contratista deberá solicitar al Residente de Obra que emita su opinión por escrito. La solicitud del Contratista deberá indicar expresamente que se trata de una Controversia Técnica sujeta a resolución al amparo de esta Cláusula 28.2 debiendo contener, como mínimo, lo siguiente: Descripción pormenorizada de los hechos en controversia, relacionándolos en forma específica con la documentación que no pueda ser resuelta directamente por los compruebe. Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las PARTES deberá ser sometida a la decisión final disposiciones legales y contractuales que fundamenten su reclamo. Documentación comprobatoria de los hechos en controversia, debidamente ordenada e inapelable identificada con número de tres Peritos en la materia (en adelante los Peritos).Cada una de las PARTES, tendrá derecho a designar a un Perito de acreditada solvencia en la materiaanexo. El Tercer Perito será designado Residente de mutuo acuerdo Obra efectuará las consultas que, en su caso, considere pertinentes, y deberá entregar al Contratista su determinación final por las PARTES escrito, estableciendo los fundamentos contractuales de su decisión dentro de los siete 30 (7treinta) días Días siguientes a la designación fecha de los dos peritospresentación de la solicitud por parte del Contratista. Cuando las PARTES no acuerden Si el Contratista acepta la designación determinación final del Tercer PeritoResidente de Obra, dentro deberá comunicarlo por escrito a éste, solicitándole la elaboración del plazo antes indicadoconvenio o documento que corresponda, cualquiera de las PARTES podrá solicitar a la Federation Internationale des Ingenieurs Conseils - FIDIC la designación del Tercer Perito, quien deberá reunir los mismos requisitos aplicables a los Peritos designados por las PARTESsegún sea el caso. Una vez recibida la aceptación escrita por parte del Contratista de la determinación final del Residente de Obra, solicitará al área correspondiente la elaboración del convenio o documento que los tres peritos estén nombrados y hayan aceptado sus cargoscorresponda. Si el Contratista no acepta la determinación final del Residente de Obra, deberán resolver la controversia podrá ser referida a la Subdirección de conformidad con lo establecido en Proyectos de Plantas Industriales de la Dirección Corporativa de Ingeniería y Desarrollo de Proyectos de Petróleos Mexicanos, mediante comunicación por escrito que presente el párrafo siguiente. Los Peritos podrán solicitar de las PARTES cualquier información que consideren necesaria para resolver la Controversia Técnica y podrá efectuar cualquier prueba y solicitar las que considere necesaria de las PARTES o terceros. Los Peritos deberán notificar una decisión preliminar Contratista a las PARTES dicha Subdirección, dentro de los sesenta 30 (60treinta) días Días siguientes a la fecha en que el Contratista hubiere recibido la determinación final del Residente de Obra, en la cual deberá señalar específicamente los temas en controversia. De la comunicación mencionada, el Contratista deberá marcar copia al Residente de Obra. La Subdirección de Proyectos de Plantas Industriales, comunicará al Contratista el nombre de su designaciónrepresentante autorizado para efectos de atender la Controversia Técnica. El Residente de Obra y el Contratista deberán comunicar por escrito y en forma independiente a dicha Subdirección, dando a las PARTES veinte (20) días para preparar y entregar su posición respecto a los Peritos sus comentarios sobre temas en controversia planteados por el Contratista y un resumen de las negociaciones llevadas a cabo, junto con documentos comprobatorios correspondientes. Adicionalmente, el Residente de Obra deberá enviar a la decisión preliminarSubdirección de Proyectos de Plantas Industriales de la Dirección Corporativa de Ingeniería y Desarrollo de Proyectos de Petróleos Mexicanos, el escrito mediante el cual el Contratista hizo formal la Controversia Técnica, así como la documentación que hubiere sido acompañada al mismo. Los Peritos entonces emitirán su decisión final con carácter vinculante El representante autorizado de la Subdirección de Proyectos de Plantas Industriales y el Contratista, así como las personas que hubiere convocado al efecto la propia Subdirección de Proyectos de Plantas Industriales, se reunirán a más tardar dentro de los 10 (diez) Días siguientes, para revisar la Controversia Técnica, en el lugar y fecha(s) acordado(s), en la cual, las PARTES sobre partes expresarán los argumentos que consideren procedentes. Si se llega a un acuerdo respecto de la referida Controversia Técnica dentro de los treinta 30 (30treinta) días siguientes contados a partir de la recepción fecha de inicio de las reuniones de revisión, el Residente de Obra, solicitará al área correspondiente la elaboración del convenio o documento que corresponda. Si las partes no consiguen llegar a un acuerdo dentro de los comentarios hechos por las PARTES sobre su decisión preliminar, o al concluir el plazo para realizar dichos comentarios, el que concluya primero. El procedimiento para resolver una Controversia Técnica deberá llevarse 30 (treinta) días siguientes contados a xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxx, Xxxx, salvo que se efectúen pruebas que los Peritos consideren necesario que se lleven a cabo en otra ubicación. Los Peritos observarán en forma supletoria los Reglamentos del Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional partir de la Cámara fecha de Comercio inicio de Lima. Los Peritos deberán mantener las negociaciones, la confidencialidad Subdirección de cualquier información que llegue Proyectos de Plantas Industriales comunicará por escrito al Contratista su determinación, quedando a su atención salvo los derechos del Contratista de resolver la controversia en razón de su participación en la resolución términos de la Controversia TécnicaCláusula 28.4.

Appears in 1 contract

Samples: www.cmic.org.mx

Controversias Técnicas. Toda Controversia Técnica que no pueda ser resuelta directamente por las PARTES partes deberá ser sometida a la decisión final e inapelable de tres Peritos un solo Perito en la materia (en adelante los Peritos).Cada una de las PARTES, tendrá derecho a designar a un Perito de acreditada solvencia en la materia. El Tercer Perito será el “Perito”) designado de mutuo acuerdo por las PARTES Partes dentro de los siete tres (73) días calendario siguientes a la designación determinación de los dos peritosla existencia de una Controversia Técnica. Cuando las PARTES partes no acuerden la designación del Tercer Peritoxxx Xxxxxx, el Perito será designado por dos personas, cada una de ellas designada por una de las Partes. Cuando estas dos Personas no puedan acordar el nombramiento xxx Xxxxxx dentro del plazo antes indicadode los cinco (5) días calendario siguientes a su designación, cualquiera de las PARTES partes podrá solicitar a la Federation Internationale des Ingenieurs Conseils - FIDIC al Colegio de Ingenieros del Perú la designación del Tercer Peritoxxx Xxxxxx, quien deberá reunir los mismos requisitos aplicables a los Peritos designados al Perito designado por las PARTES. Una vez que los tres peritos estén nombrados Partes y hayan aceptado sus cargos, deberán quien deberá resolver la controversia de conformidad con lo establecido en el párrafo siguientela presente cláusula. Los Peritos podrán El Perito podrá solicitar de las PARTES partes cualquier información que consideren considere necesaria para resolver la Controversia Técnica y podrá efectuar cualquier prueba y solicitar las que considere necesaria necesarias de las PARTES partes o terceros. Los Peritos deberán El Perito deberá notificar una decisión preliminar a las PARTES partes dentro de los sesenta treinta (6030) días calendario siguientes a su designación, dando a las PARTES veinte Partes cinco (205) días calendario para preparar y entregar a los Peritos al Perito sus comentarios sobre la decisión preliminar. Los Peritos El Perito entonces emitirán emitirá su decisión final con carácter vinculante vinculativo para las PARTES el Concedente y el Concesionario, el Inversionista Estratégico y los Operadores, en su caso, sobre la referida Controversia Técnica dentro de los treinta diez (3010) días calendario siguientes a la recepción de los comentarios hechos por las PARTES Partes sobre su decisión preliminar, o al concluir el plazo para realizar dichos comentarios, el que concluya primero. El procedimiento para resolver una Controversia Técnica deberá llevarse a xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxcabo en la Ciudad de Lima, XxxxPerú, salvo que se efectúen pruebas que los Peritos consideren el Perito considere necesario que se lleven a cabo en otra ubicación. Los Peritos observarán en forma supletoria los Reglamentos del Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima. Los Peritos deberán El Perito deberá mantener la confidencialidad de cualquier información que llegue a su atención en razón de su participación en la resolución de la Controversia Técnica, de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 24.2.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Concesión

Controversias Técnicas. Toda En caso de que surja cualquier controversia técnica entre las partes (incluyendo sin limitación, toda diferencia que surja entre las partes en relación con el cumplimiento o incumplimiento de las Especificaciones del Contrato, o si respecto a si un retraso en las Obras es atribuible a un Caso Fortuito o Fuerza Mayor o a causas imputables al Contratista o PEMEX Refinación), y el Residente de Obra y el Contratista no coinciden en la apreciación para resolver dicha Controversia Técnica, el Contratista deberá solicitar al Residente de Obra que emita su opinión por escrito. La solicitud del Contratista deberá indicar expresamente que se trata de una Controversia Técnica sujeta a resolución al amparo de esta Cláusula 29.2 debiendo contener, como mínimo, lo siguiente: Descripción pormenorizada de los hechos en controversia, relacionándolos en forma específica con la documentación que no pueda ser resuelta directamente por los compruebe. Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las PARTES deberá ser sometida disposiciones legales y contractuales que fundamenten su reclamo. Documentación comprobatoria de los hechos en controversia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo. Cuando un mismo hecho en controversia implique, a la decisión final e inapelable juicio del Contratista, ampliaciones de tres Peritos en la materia (en adelante los Peritos).Cada una plazo y monto, el escrito que presente al Residente de las PARTESObra deberá, tendrá derecho a designar a un Perito de acreditada solvencia en la materiainvariablemente, contemplar y sustentar ambos conceptos. El Tercer Perito será designado Residente de mutuo acuerdo Obra efectuará las consultas que, en su caso, considere pertinentes, y deberá entregar al Contratista su determinación final por las PARTES escrito, estableciendo los fundamentos contractuales de su decisión dentro de los siete 30 (7treinta) días Días siguientes a la designación fecha de los dos peritospresentación de la solicitud por parte del Contratista. Cuando las PARTES no acuerden Si el Contratista acepta la designación determinación final del Tercer PeritoResidente de Obra, dentro deberá comunicarlo por escrito a éste, solicitándole la emisión de la orden que en su caso corresponda y/o la elaboración del plazo antes indicadoconvenio respectivo para modificar el Contrato, cualquiera de las PARTES podrá solicitar a la Federation Internationale des Ingenieurs Conseils - FIDIC la designación del Tercer Perito, quien deberá reunir los mismos requisitos aplicables a los Peritos designados por las PARTESsegún sea el caso. Una vez recibida la aceptación escrita por parte del Contratista de la determinación final del Residente de Obra, éste procederá a girar la orden que los tres peritos estén nombrados proceda y, en su caso, solicitará al área correspondiente la modificación del Contrato en lo conducente, para que se realice el trámite y hayan aceptado sus cargosformalización del Convenio respectivo. Si el Contratista no acepta la determinación final del Residente de Obra, deberán resolver la controversia podrá ser referida a la Subdirección de conformidad con lo establecido en Proyectos de Plantas Industriales de la Dirección Corporativa de Ingeniería y Desarrollo de Proyectos de Petróleos Mexicanos, mediante comunicación por escrito que presente el párrafo siguiente. Los Peritos podrán solicitar de las PARTES cualquier información que consideren necesaria para resolver la Controversia Técnica y podrá efectuar cualquier prueba y solicitar las que considere necesaria de las PARTES o terceros. Los Peritos deberán notificar una decisión preliminar Contratista a las PARTES dicha Subdirección, dentro de los sesenta 30 (60treinta) días Días siguientes a la fecha en que el Contratista hubiere recibido la determinación final del Residente de Obra, en la cual deberá señalar específicamente los temas en controversia. De la comunicación mencionada, el Contratista deberá marcar copia al Residente de Obra. La Subdirección de Proyectos de Plantas Industriales, comunicará al Contratista el nombre de su designaciónrepresentante autorizado para efectos de atender de la Controversia Técnica. El Residente de Obra y el Contratista deberán comunicar por escrito y en forma independiente a dicha Subdirección, dando a las PARTES veinte (20) días para preparar y entregar su posición respecto a los Peritos sus comentarios sobre temas en controversia planteados por el Contratista y un resumen de las negociaciones llevadas a cabo, junto con documentos comprobatorios correspondientes. Adicionalmente, el Residente de Obra deberá enviar a la decisión preliminarSubdirección de Proyectos de Plantas Industriales de la Dirección Corporativa de Ingeniería y Desarrollo de Proyectos de Petróleos Mexicanos, el escrito mediante el cual el Contratista hizo formal la Controversia Técnica, así como la documentación que hubiere sido acompañada al mismo. Los Peritos entonces emitirán su decisión final con carácter vinculante El representante autorizado de la Subdirección de Proyectos de Plantas Industriales y el Contratista, así como las personas que hubiere convocado al efecto la propia Subdirección de Proyectos de Plantas Industriales, se reunirán a más tardar dentro de los 10 (diez) Días siguientes, para revisar la Controversia Técnica, en el lugar y fecha(s) acordado(s), en la cual, las PARTES sobre partes expresarán los argumentos que consideren procedentes. Si se llega a un acuerdo respecto de la referida Controversia Técnica dentro de los treinta 30 (30treinta) días siguientes contados a partir de la recepción fecha de inicio de las reuniones de revisión, el Residente de Obra, procederá, en su caso, a emitir la orden respectiva y solicitará al área correspondiente la modificación del Contrato en lo conducente, para que se proceda al trámite y formalización del convenio respectivo. Si las partes no consiguen llegar a un acuerdo dentro de los comentarios hechos 30 (treinta) días siguientes contados a partir de la fecha de inicio de las negociaciones, la Subdirección de Proyectos de Plantas Industriales comunicará por escrito al Contratista su determinación, quedando a salvo los derechos del Contratista de resolver la controversia en términos de la Cláusula 29.4. En caso de que como resultado de una controversia técnica PEMEX Refinación reconozca conceptos que impliquen el pago de cualquier cantidad al Contratista, los montos correspondientes serán determinados conforme a las PARTES sobre su decisión preliminar, o disposiciones normativas y contractuales aplicables al concluir el plazo para realizar dichos comentarios, el que concluya primero. El procedimiento para resolver una Controversia Técnica deberá llevarse a xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxx, Xxxx, salvo concepto de que se efectúen pruebas que los Peritos consideren necesario que se lleven a cabo en otra ubicación. Los Peritos observarán en forma supletoria los Reglamentos del Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima. Los Peritos deberán mantener la confidencialidad de cualquier información que llegue a su atención en razón de su participación en la resolución de la Controversia Técnicatrate.

Appears in 1 contract

Samples: www.cmic.org.mx

Controversias Técnicas. Toda Controversia Técnica que no pueda ser resuelta directamente por las PARTES deberá ser sometida a la decisión final e inapelable de tres Peritos en la materia (en adelante los Peritos).Cada Peritos). Cada una de las PARTES, tendrá derecho a designar a un Perito de acreditada solvencia en la materia. El Tercer Perito será designado de mutuo acuerdo por las PARTES dentro de los siete (7) días siguientes a la designación de los dos peritos. Cuando las PARTES no acuerden la designación del Tercer Perito, dentro del plazo antes indicado, cualquiera de las PARTES podrá solicitar a la Federation Internationale des Ingenieurs Conseils - FIDIC la designación del Tercer Perito, quien deberá reunir los mismos requisitos aplicables a los Peritos designados por las PARTES. Una vez que los tres peritos estén nombrados y hayan aceptado sus cargos, deberán resolver la controversia de conformidad con lo establecido en el párrafo siguiente. Los Peritos podrán solicitar de las PARTES cualquier información que consideren necesaria para resolver la Controversia Técnica y podrá efectuar cualquier prueba y solicitar las que considere necesaria de las PARTES o terceros. Los Peritos deberán notificar una decisión preliminar a las PARTES dentro de los sesenta (60) días siguientes a su designación, dando a las PARTES veinte (20) días para preparar y entregar a los Peritos sus comentarios sobre la decisión preliminar. Los Peritos entonces emitirán su decisión final con carácter vinculante para las PARTES sobre la referida Controversia Técnica dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de los comentarios hechos por las PARTES sobre su decisión preliminar, o al concluir el plazo para realizar dichos comentarios, el que concluya primero. El procedimiento para resolver una Controversia Técnica deberá llevarse a xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxx, Xxxx, salvo que se efectúen pruebas que los Peritos consideren necesario que se lleven a cabo en otra ubicación. Los Peritos observarán en forma supletoria los Reglamentos del Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima. Los Peritos deberán mantener la confidencialidad de cualquier información que llegue a su atención en razón de su participación en la resolución de la Controversia Técnica.

Appears in 1 contract

Samples: Modelo De Contrato De Opción De Transferencia

Controversias Técnicas. Toda En caso de que surja cualquier controversia técnica entre las partes (incluyendo sin limitación, toda diferencia que surja entre las partes en relación con el cumplimiento o incumplimiento de las Especificaciones del Contrato, o respecto a si un retraso en las Obras es atribuible a un Caso Fortuito o Fuerza Mayor o a causas imputables al Contratista o a PEMEX _____________), y el Residente de Obra y el Contratista no coinciden en la apreciación para resolver dicha Controversia Técnica, el Contratista deberá solicitar al Residente de Obra que emita su opinión por escrito. La solicitud del Contratista deberá indicar expresamente que se trata de una Controversia Técnica sujeta a resolución al amparo de esta Cláusula 30.2 debiendo contener, como mínimo, lo siguiente: Descripción pormenorizada de los hechos en controversia, relacionándolos en forma específica con la documentación que no pueda ser resuelta directamente por los compruebe. Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las PARTES deberá ser sometida disposiciones legales y contractuales que fundamenten su reclamo. Documentación comprobatoria de los hechos en controversia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo. Cuando un mismo hecho en controversia implique, a la decisión final e inapelable juicio del Contratista, ampliaciones de tres Peritos en la materia (en adelante los Peritos).Cada una plazo y monto, el escrito que presente al Residente de las PARTESObra deberá, tendrá derecho a designar a un Perito de acreditada solvencia en la materiainvariablemente, contemplar y sustentar ambos conceptos. El Tercer Perito será designado Residente de mutuo acuerdo Obra efectuará las consultas que, en su caso, considere pertinentes, y deberá entregar al Contratista su determinación final por las PARTES escrito, estableciendo los fundamentos contractuales de su decisión dentro de los siete 30 (7treinta) días Días siguientes a la designación fecha de los dos peritospresentación de la solicitud por parte del Contratista. Cuando las PARTES no acuerden Si el Contratista acepta la designación determinación final del Tercer PeritoResidente de Obra, dentro deberá comunicarlo por escrito a éste, solicitándole la emisión de la orden que en su caso corresponda y/o la elaboración del plazo antes indicadoconvenio respectivo para modificar el Contrato, cualquiera de las PARTES podrá solicitar a la Federation Internationale des Ingenieurs Conseils - FIDIC la designación del Tercer Perito, quien deberá reunir los mismos requisitos aplicables a los Peritos designados por las PARTESsegún sea el caso. Una vez recibida la aceptación escrita por parte del Contratista de la determinación final del Residente de Obra, éste procederá a girar la orden que los tres peritos estén nombrados proceda y, en su caso, solicitará al área correspondiente la modificación del Contrato en lo conducente, para que se realice el trámite y hayan aceptado sus cargosformalización del Convenio respectivo. Si el Contratista no acepta la determinación final del Residente de Obra, deberán resolver la controversia podrá ser referida a la Subdirección de conformidad con lo establecido en _______________, mediante comunicación por escrito que presente el párrafo siguiente. Los Peritos podrán solicitar de las PARTES cualquier información que consideren necesaria para resolver la Controversia Técnica y podrá efectuar cualquier prueba y solicitar las que considere necesaria de las PARTES o terceros. Los Peritos deberán notificar una decisión preliminar Contratista a las PARTES dicha Subdirección, dentro de los sesenta 30 (60treinta) días Días siguientes a la fecha en que el Contratista hubiere recibido la determinación final del Residente de Obra, en la cual deberá señalar específicamente los temas en controversia. De la comunicación mencionada, el Contratista deberá marcar copia al Residente de Obra. La Subdirección de __________________, comunicará al Contratista el nombre de su designaciónrepresentante autorizado para efectos de atender de la Controversia Técnica. El Residente de Obra y el Contratista deberán comunicar por escrito y en forma independiente a dicha Subdirección, dando a las PARTES veinte (20) días para preparar y entregar su posición respecto a los Peritos sus comentarios sobre temas en controversia planteados por el Contratista y un resumen de las negociaciones llevadas a cabo, junto con documentos comprobatorios correspondientes. Adicionalmente, el Residente de Obra deberá enviar a la decisión preliminarSubdirección de __________________________, el escrito mediante el cual el Contratista hizo formal la Controversia Técnica, así como la documentación que hubiere sido acompañada al mismo. Los Peritos entonces emitirán su decisión final con carácter vinculante El representante autorizado de la Subdirección de _______________________ y el Contratista, así como las personas que hubiere convocado al efecto la propia Subdirección de _______________________, se reunirán a más tardar dentro de los 10 (diez) Días siguientes, para revisar la Controversia Técnica, en el lugar y fecha(s) acordado(s), en la cual, las PARTES sobre partes expresarán los argumentos que consideren procedentes. Si se llega a un acuerdo respecto de la referida Controversia Técnica dentro de los treinta 30 (30treinta) días siguientes contados a partir de la recepción fecha de inicio de las reuniones de revisión, el Residente de Obra, procederá, en su caso, a emitir la orden respectiva y solicitará al área correspondiente la modificación del Contrato en lo conducente, para que se proceda al trámite y formalización del convenio respectivo. Si las partes no consiguen llegar a un acuerdo dentro de los comentarios hechos 30 (treinta) días siguientes contados a partir de la fecha de inicio de las negociaciones, la Subdirección de ____________________ comunicará por escrito al Contratista su determinación, quedando a salvo los derechos del Contratista de resolver la controversia en términos de la Cláusula 30.4. En caso de que como resultado de una controversia técnica PEMEX _____________ reconozca conceptos que impliquen el pago de cualquier cantidad al Contratista, los montos correspondientes serán determinados conforme a las PARTES sobre su decisión preliminar, o disposiciones normativas y contractuales aplicables al concluir el plazo para realizar dichos comentarios, el que concluya primero. El procedimiento para resolver una Controversia Técnica deberá llevarse a xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxx, Xxxx, salvo concepto de que se efectúen pruebas que los Peritos consideren necesario que se lleven a cabo en otra ubicación. Los Peritos observarán en forma supletoria los Reglamentos del Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima. Los Peritos deberán mantener la confidencialidad de cualquier información que llegue a su atención en razón de su participación en la resolución de la Controversia Técnicatrate.

Appears in 1 contract

Samples: www.ri.pemex.com

Controversias Técnicas. Toda Controversia Técnica que no pueda ser resuelta directamente por las PARTES deberá ser sometida a la decisión final e inapelable de tres Peritos en la materia (en adelante los Peritos).Cada Peritos). Cada una de las PARTES, Partes tendrá derecho a designar a un Perito de acreditada solvencia en la materia. El Tercer Perito será designado de mutuo acuerdo por las PARTES dentro de los siete (7) días siguientes a la designación de los dos peritosPeritos. Cuando las PARTES no acuerden la designación del Tercer Perito, dentro del plazo antes indicado, cualquiera de las PARTES podrá solicitar a la Federation Internationale des Ingenieurs Conseils - FIDIC la designación del Tercer Perito, quien deberá reunir los mismos requisitos aplicables a los Peritos designados por las PARTES. Una vez que los tres peritos estén nombrados y hayan aceptado sus cargos, deberán resolver la controversia de conformidad con lo establecido en el párrafo siguiente. Los Peritos podrán solicitar de a las PARTES cualquier información que consideren necesaria para resolver la Controversia Técnica y podrá podrán efectuar cualquier prueba y solicitar las la que considere consideren necesaria de las PARTES o terceros. Los Peritos deberán notificar una decisión preliminar a las PARTES dentro de los sesenta (60) días siguientes a su designación, dando a las PARTES veinte (20) días para preparar y entregar a los Peritos sus comentarios sobre la decisión preliminar. Los Peritos entonces emitirán su decisión final con carácter vinculante para las PARTES sobre la referida Controversia Técnica dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de los comentarios hechos por las PARTES sobre su decisión preliminar, o al concluir el plazo para realizar dichos comentarios, el que concluya primero. El procedimiento para resolver una Controversia Técnica deberá llevarse a xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxx, Xxxx, salvo que se efectúen pruebas que los Peritos consideren necesario que se lleven a cabo en otra ubicación. Los Peritos observarán en forma supletoria los Reglamentos del Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima. Los Peritos deberán mantener la confidencialidad de cualquier información que llegue a su atención en razón de su participación en la resolución de la Controversia Técnica.

Appears in 1 contract

Samples: www.proinversion.gob.pe