Costo indirecto Cláusulas de Ejemplo

Costo indirecto. Deberá calcularse como lo prevén los artículos 211; 212 y 213 del Reglamento de la LOPSRM. El porcentaje será el que resulte de dividir el monto en pesos del costo indirecto entre el monto del costo directo. % Costo Indirecto= Monto total del costo indirecto X 100 Monto total del costo directo Los costos indirectos estarán representados como un solo porcentaje del costo directo. considerado adecuadamente los correspondientes a las oficinas centrales del licitante, los que comprenderán únicamente los necesarios para dar apoyo técnico y administrativo a la superintendencia del contratista encargado directamente de los trabajos y los de campo necesarios para la dirección, supervisión y administración de la obra
Costo indirecto. Son aquellos costos asociados con la administración, financiación, seguros, pólizas, imprevistos, utilidades, impuestos, letreros, limpieza, vigilancia, oficina de campo, gastos ambientales, gastos sociales, y demás obligaciones no cuantificadas como costos directos o como tasas e impuestos diferentes al ITBMS. El proponente deberá establecer todos estos costos así como los impuestos locales, deducciones, retenciones a que haya lugar de acuerdo con la Ley y los demás costos necesarios en que pueda incurrir por la ejecución de las actividades y servicios que conforman el objeto de la licitación. Si el proponente considera que se requieren más recursos deberá presupuestarlos e incluirlos en el Costo Indirecto de la propuesta porque no habrá un reconocimiento por dichos conceptos una vez adjudicada la licitación. El Proponente debe reflejar en la Propuesta Económica todo aquel costo, sea directo o indirecto, que representa un costo para la correcta ejecución de las diferentes unidades de obras contempladas en el Proyecto. El Proponente presentará su Precio Ofertado de acuerdo al Formulario F-1 que se incluyen en el Capítulo IV de este pliego de Cargos. El Precio Ofertado, será un Precio Global, y deberá incluir todos los costos directos e indirectos para desarrollar el Proyecto siguiendo las descripciones y especificaciones del Capítulo III del presente Pliego de Cargos. Los Proponentes cotizarán la propuesta en dólares de los Estados Unidos de América y el Precio Ofertado debe corresponder al precio total de los servicios requeridos en este pliego. En caso que los Formularios de Precios presentados en el acto de recepción de Propuestas contengan errores en las operaciones aritméticas, se podrá solicitar al Proponente subsane los ajustes que procedan en dichos formularios, pero en ningún caso las correcciones aritméticas podrán incrementar el precio ofertado que se hubiese indicado en el Formulario de Propuesta. La suma indicada por el Proponente en el Formulario de Propuesta será el presupuesto total del contrato. El proponente no deberá incluir en su oferta económica el Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios (ITBMS), pues ENA SUR, S.A. se encuentra exenta del mismo.
Costo indirecto. 200.00 100.00 6.00 6.00 6.0 82.00
Costo indirecto. El resultante del costo directo por el porcentaje de indirecto obtenido. COSTO POR FINANCIAMIENTO El resultado de la suma del costo directo más el costo indirecto, multiplicado por el porcentaje de financiamiento correspondiente. CARGO POR UTILIDAD El resultado de la suma del costo directo más el costo indirecto, más el costo por financiamiento, multiplicado por el porcentaje de utilidad propuesto por el licitante. PRECIO UNITARIO El resultante de sumar los importes de costo directo, costo indirecto, costo de financiamiento y utilidad. “EL LICITANTE” podrá presentar este formato en forma computarizada o en los formatos que arroje su sistema de costos, siempre y cuando contenga la información solicitada, la falta de alguna de esta información será motivo de rechazo de la propuesta. LICITACIÓN No. FECHA : DESC. DE LA OBRA : RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE NOMBRE Y FIRMA DEL APODERADO LEGAL UNIDAD DE MEDIDA CLAVE DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD P. UNIT. IMPORTE TOTAL DE MATERIALES : CLAVE DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD P. UNIT. IMPORTE TOTAL DE MANO DE OBRA : CLAVE DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD P. UNIT. IMPORTE TOTAL DE MAQUINARIA Y EQUIPO : “EL LICITANTE”, deberá presentar este documento PRECISAMENTE EN LAS FORMAS que para tal efecto proporciona “LA CONVOCANTE” y que se anexan a las presentes Bases. En dichas formas, se expresarán con número y letra y en pesos mexicanos, los precios unitarios de cada uno de los conceptos de trabajo, y solamente con número el importe total correspondiente a cada concepto; determinando dichos importes mediante la multiplicación de los precios unitarios propuestos por las cantidades de trabajo impresas en el catálogo. Deberá así mismo, efectuar la suma correspondiente para obtener el importe por partida y el importe total de la propuesta. Todas las anotaciones se harán con máquina de escribir, computadora o letra de molde a tinta negra; los números y letras serán claros, fácilmente legibles y no deberá contener correcciones, tachaduras o enmendaduras. En caso de existir alguna contradicción en el precio unitario, entre lo expresado con número y lo expresado con letra, regirá el precio unitario asentado con letra, sin embargo, si este último no concuerda con el asentado en su análisis del precio unitario, su propuesta será rechazada. Para que sea válida la oferta, deberá ser llenado en su totalidad, sin omitir ningún concepto, y deberá estar firmada cada una de las hojas que lo integran, precisamente en el lugar indicado al efecto. Solamente ...
Costo indirecto. Al precio Unitario se le afectará por un porcentaje que corresponda a los indirectos que el contratista aplicará al proyecto. Se requiere que el contratista soporte con documentos fieles el porcentaje de los indirectos que aplica.
Costo indirecto. 200.00 100.00 6.00 6.00 6.0 82.00 Acumulado de egresos 1,000.00 262.00 444.00 648.00 824.00 1,000.00 1,000.00 Programa de estimaciones 1,149.50 60.00 115.00 230.00 345.00 399.50 Anticipos 344.85 344.85 Ingresos 804.65 42.00 80.50 161.00 241.50 279.65 Acumulado de ingresos 1,149.50 344.85 386.85 467.35 628.35 869.85 1,149.50 Diferencia de acumulado (Egresos - ingresos 563.50 57.15 180.65 195.65 130.14

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  • Disposiciones no afectadas La aplicación de las medidas establecidas en este Capítulo no afectará las obligaciones del Prestatario establecidas en este Contrato, las cuales quedarán en pleno vigor, salvo en el caso de vencimiento anticipado de la totalidad xxx Xxxxxxxx, en cuya circunstancia sólo quedarán vigentes las obligaciones pecuniarias del Prestatario.

  • DEPENDENCIA, UNIDAD ORGÁNICA Y/O ÁREA SOLICITANTE Gerencia de Desarrollo Urbano

  • Trabajos nocturnos 1. El personal que trabaje entre las veintidós horas y las seis de la mañana, percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al 25 por 100 xxx xxxxxxx base de su categoría. 2. Si el tiempo trabajado en el período nocturno fuese inferior a cuatro horas, se abonará el plus sobre el tiempo trabajado efectivamente. Si las horas nocturnas exceden de cuatro, se abonará el complemento correspondiente a toda la jornada trabajada. 3. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje solamente una hora del período nocturno, no será abonada ésta con complemento de nocturnidad.

  • DEPENDENCIA SOLICITANTE ÁREA SOLICITANTE: DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO HIDALGO DEPENDENCIA: DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO HIDALGO

  • Ofertas con valores anormales o desproporcionados Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, se dará audiencia al licitador que la presentara para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular a lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, con respeto a las disposiciones relativas a la protección del empleo y a las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en el que se va a realizar la prestación, o la posible obtención de alguna ayuda de Estado. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y el informe emitido por el servicio técnico, estima que la oferta no puede cumplirse como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, será excluida de la clasificación, atendiendo a los criterios de adjudicación, de las proposiciones presentadas. Las proposiciones de carácter económico que presenten individualmente sociedades pertenecientes a un mismo grupo no podrán ser consideradas a los efectos de establecer el precio de referencia para valorar las ofertas económicas e identificar las que deben considerarse como desproporcionadas o temerarias. De esta forma, presentadas distintas proposiciones por estas empresas, se tomará únicamente para aplicar el régimen de ofertas desproporcionadas o anormales la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de las ofertas desproporcionadas o anormales respecto de las restantes ofertas presentadas por empresas del grupo.

  • Seguro colectivo Este es un Seguro Colectivo que podrá ser contratado en Modalidad Contributiva o Modalidad No-Contributiva según decida administrarlo el Tomador con los Asegurados. El Tomador asume las responsabilidades que emanen de su actuación como “Tomador del Seguro Colectivo”. El deber de informar a los Asegurados, u otros legítimos interesados, sobre la contratación del seguro y sus condiciones o modificaciones será de la Compañía sin perjuicio que lo realice a través del Tomador.

  • PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES El Plan Anual de Adquisiciones es el plan general de compras el cual es independiente del rubro presupuestal que se afecte, ya sea de funcionamiento o de inversión. Debe elaborarse de acuerdo con lo establecido en el art. 2.2.1.1.1.4.1. del Decreto 1082 de 2015 y según los lineamientos que establezca Colombia Compra Eficiente (Ver Circular N° 399 del 21 de octubre de 2015). El Plan Anual de Adquisiciones y las actualizaciones del mismo deben publicarse en la página web del Municipio de Malambo y en el SECOP a más tardar el 31 de enero de cada vigencia y deberá actualizarse por lo menos una vez al año.Para el caso del Municipio de Malambo esta actualización se realizará en el mes de julio de cada anualidad. La planeación de las adquisiciones se fundamenta en el Plan de Desarrollo pero se va perfilando o detallando con instrumentos como el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI) y el Presupuesto Anual de Gastos, pasando de ser proyecciones hasta finalmente llegar al detalle completo de las necesidades que se registran en los estudios de costos de los Estudios Previos de cada proceso contractual. herramienta de gestión administrativa efectiva para el uso racional y estratégico de los recursos públicos y así desarrollar habilidades y competencias para su programación, elaboración, ejecución, control y evaluación dentro de un marco de gerencia efectiva, sin que la entidad se encuentre obligada a efectuar los procesos de adquisición que se incluyen en el Plan Anual de Adquisiciones. El Plan Anual de Adquisiciones es un elemento que está integrado al presupuesto y al plan de acción institucional, por lo tanto debe guardar coherencia con estos dos instrumentos de planeación y control. Cada Secretario de Despacho y Jefe de Oficina Asesora son los líderes gestores para la elaboración del Plan específico de su dependencia. Sin embargo, la Secretaría General será la dependencia encargada de administrar, compilar y autorizar con el ordenador del gasto el Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad, la cual mediante circulares socializará la metodología y los formatos para su elaboración(ver Circulares de Colombia Compra Eficiente N° 000399 del 21 de octubre de 2013 y 000402 del 24 de octubre de 2013). 3.1.1. Elaboración 3.1.2. Análisis

  • ACTIVIDADES Las actividades que se desarrollarán por parte del despacho ganador de la licitación para la elaboración del producto Auditoría a la Valuación Financiera y Actuarial del Instituto Mexicano del Seguro Social, al 31 de diciembre de 2012, se relacionan a continuación: Definir las hipótesis demográficas y financieras de corto y largo plazo que se utilizarán en la VFA, mismas que deben ser acordadas con la CARI y con la CT. Revisar y validar la información y las bases metodológicas del Modelo Financiero de Corto Plazo de la CT. Revisar y certificar los resultados del Modelo Financiero de Corto Plazo. Revisar y certificar la información que sirve de base para los modelos de largo plazo de la CARI, así como validar la metodología empleada en la obtención de dicha información. Revisar y certificar las bases metodológicas del “Modelo Integral Financiero y Actuarial del Largo Plazo” y del “Modelo Actuarial de Largo Plazo”, así como emitir opinión sobre los mismos. Revisar, analizar y validar el supuesto para estimar el costo fiscal derivado del otorgamiento de pensiones garantizadas. Revisar, analizar y certificar los resultados del “Modelo Integral Financiero y Actuarial de Largo Plazo” y del “Modelo Actuarial de Largo Plazo”. Analizar, validar y emitir opinión sobre las bases metodológicas de la estimación del nivel de reserva necesario para mantener el equilibrio financiero del SRT) y del SIV. Revisar la Nota Técnica de la estimación del costo de transición derivado del gasto de las pensiones que se otorgan bajo la LSS de 1973, en el SRT) y en el seguro de Invalidez, Vejez, Cesantía en Edad Avanzada y Muerte (IVCM), así como certificar los resultados obtenidos. Elaborar el Informe Técnico de Auditoria. Proporcionar servicios de consultoría actuarial contable durante el período de la contratación. Los subproductos esperados como resultado de la Auditoria a la Valuación Financiera y Actuarial son: Dictamen de Auditoría, que contendrá lo siguiente: Certificación de la información utilizada en los siguientes modelos: i) Modelo Actuarial de Largo Plazo; ii) Modelo Integral Financiero y Actuarial de Largo Plazo; y, iii) Modelo Financiero de Corto Plazo. Certificación de las bases metodológicas de los siguientes modelos: i) Modelo Actuarial de Largo Plazo; ii) Modelo Integral Financiero y Actuarial de Largo Plazo; y, iii) Modelo Financiero de Corto Plazo. Certificación de los resultados de los siguientes modelos: i) Modelo Actuarial de Largo Plazo; ii) Modelo Integral Financiero y Actuarial de Largo Plazo; y, iii) Modelo Financiero de Corto Plazo. Informe Técnico de la Auditoría, a la Valuación Financiera y Actuarial, el cual contendrá lo siguiente: Análisis de la situación financiera actual y de las perspectivas de corto y largo plazo de los seguros administrados por el IMSS y del RJP, y en su caso planteamiento de recomendaciones y/o sugerencias. Análisis de los niveles de las reservas actuariales que deben constituirse para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Instituto con la población derechohabiente. Análisis de las primas de gasto anual y niveladas a 50 y a 100 años, calculadas en las valuaciones actuariales del SRT y del SIV, así como de la cobertura de GMP del SEM. Análisis de sensibilidad utilizando escenarios alternativos de hipótesis demográficas y financieras en los modelos de largo plazo. Análisis de sensibilidad de las proyecciones de gasto de la cobertura de GMP utilizando diferentes tasas de crecimiento de los costos médicos. Análisis del pasivo total por pensiones derivadas del RJP y de las obligaciones contractuales relativas a prima de antigüedad e indemnizaciones, así como del pasivo que se genera por el pago de pensiones complementarias , el cual se calcula mediante la valuación actuarial del RJP y prima de antigüedad e indemnizaciones de los trabajadores del IMSS. Elaboración y análisis del Balance Actuarial al 31 de diciembre de 2012 de los seguros que se valúan actuarialmente, así como del RJP y prima de antigüedad de los trabajadores del IMSS. Análisis del cálculo realizado por la DSA de la CARI sobre el pasivo generado por pensiones de la LSS de 1973 en el SRT y en el seguro de IVCM, a plazos de 10, 30, 40 y 100 años. Información sobre el Modelo Actuarial de Largo Plazo para la valuación del SRT y el SIV. Matriz de asegurados vigentes al 31 de diciembre de 2012 por sexo, edad y antigüedad reconocida, separando a los asegurados afiliados hasta el 30 xx xxxxx de 1997 y a los asegurados afiliados a partir del 1º de julio de 1997, señalando la fuente de información y la metodología para su obtención. Vector xxx xxxxxxx promedio diario de cotización por edad y sexo, al 31 de diciembre de 2012, señalando la fuente de información y la metodología para su obtención. Casos y cuantías promedio mensuales de los pensionados en curso de pago vigentes al 31 de diciembre de 2012, bajo la Ley de 1973, por edad, sexo y tipo de pensión, señalando la fuente de información y la metodología para su obtención. Casos de pensionados vigentes al 31 de diciembre de 2012, bajo la Ley de 1997, separados por edad, sexo y tipo de pensión, señalando la fuente de información y la metodología para su obtención.

  • Trabajo nocturno Las horas trabajadas durante el período comprendido entre las diez de la noche y las seis de la mañana, salvo que el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza, tendrá una retribución específica incrementada de conformidad a lo previsto en el artículo 45 del presente Convenio Colectivo.

  • DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO El ASEGURADO participará proporcionalmente en el valor de la venta del salvamento neto, teniendo en cuenta el deducible y el infraseguro, cuando hubiere lugar a éste último. Se entiende por salvamento neto el valor resultante de descontar del valor de venta del mismo los gastos realizados por la COMPAÑÍA, tales como los necesarios para la recuperación y comercialización de dicho salvamento.