CRÉDITO PROVISIONAL. Todas las partidas se acreditan en su cuenta o se cobran a su cuenta de forma provisional, lo cual puede revocarse en caso de no recibir el pago de la partida. Usted acepta que por cualquier partida no pagada, devuelta impaga, que consideremos que se devolverá impaga o que se devuelva conforme a una norma operativa o de la Cámara de Compensación, el Banco puede debitar el cobro de la partida de su cuenta sin importar que dicha partida fuera devuelta dentro de los plazos límite aplicables. Según nuestro criterio y sin tener la obligación de avisarle previamente que una partida fue devuelta, podemos reenviar cualquier partida devuelta para el pago. Usted renuncia a la notificación de incumplimiento de pago, obligación y protesta con respecto a cualquier partida acreditada a su cuenta o debitada de esta. Además acepta que al margen de cualquier arreglo final, si una partida se cobra a su cuenta o se deposita en su cuenta y nos es devuelta en función de un reclamo por incumplimiento de la garantía o por cualquier otra razón, podemos deducir el monto de la partida de su cuenta, o aplicar una retención sobre su cuenta por el monto de la partida hasta que se determine la responsabilidad por la partida.
CRÉDITO PROVISIONAL. Un abono temporal en su Cuenta que le concedemos con respecto a un Artículo, como una transacción con Tarjeta de Débito o una transacción ACH, cuando aún no hemos recibido la Liquidación Final.