CONTRATO DE SERVICIOS BANCARIOS
CONTRATO DE SERVICIOS BANCARIOS
1 de julio de 2013
XXX.xxx Miembro de FDIC
CONTRATO DE SERVICIOS BANCARIOS
A. Contrato legal general 1
B. Acuerdo de arbitraje 1
C. Propiedad de las cuentas 2
1. Individual 2
2. Conjunta 2
3. Pagadera al fallecimiento (P.O.D.) 2
4. Transferencias uniformes a menores 2
5. Fiduciaria 2
6. Fideicomiso escrito 3
7. Agencia personal (Sólo NC) 3
D. Xxxxxx aplicables a todas las cuentas 3
1. Corrección de errores 3
2. Crédito provisional 3
3. Endosos faltantes 3
4. Suspensión del pago 3
5. Deducción de cargos 4
6. Depósitos y retiros 4
7. Pago de partidas 4
8. Derecho al cierre de cuentas 4
9. Día hábil bancario 5
10. Estados de cuenta 5
11. Transacciones fraudulentas o no autorizadas 5
12. Partidas vencidas 6
13. Derecho de compensación 6
14. Partidas posfechadas 7
15. Partidas incompletas o condicionales 7
16. Sobregiros 7
17. Protección contra sobregiro 8
18. Proceso legal contra su cuenta 8
19. Disputas relacionadas con su cuenta 9
20. Fallecimiento o incompetencia 9
21. Devolución retrasada de una partida 9
22. Partidas a pagar en forma conjunta 9
23. Relación entre el banco y el depositante 9
24. Giros a la vista preautorizados 9
25. Xxxxxxx xx xxxxx firma/para fines especiales 9
26. Poder 9
27. Leyes que rigen su cuenta 9
28. Costos y gastos 10
X. Xxxxxxx de administración del dinero 10
X. Xxxxxxx de cheques que no devengan intereses 10
X. Xxxxxxx que devengan intereses 11
1. Cuentas de ahorros regulares 11
2. Cuentas de ahorros electrónicas de BB&T 11
3. Cuenta de ahorros Money Rate 12
4. Cuentas de depósitos para inversionistas/Cuenta de depósito para inversionistas BB&T Vantage12 5. Cuentas de cheques de alto rendimiento 12
6. Niveles para cuenta de cheques 12
7. Cuentas de cheques BB&T Wealth Vantage y cuentas de cheques BB&T Private Vantage Opciones de traspaso de inversiones 13
8. Cuentas de administración de activos 13
H. Certificados de depósito 14
I. Disponibilidad de fondos 16
J. Retención adicional de impuesto sobre intereses y ciertos dividendos/Identificación del contribuyente17
X. Xxx xx Xxxxxxx Bancario 17
L. Contrato sobre Transferencias Electrónicas de Fondos y Divulgaciones 18
X. Xxxxxxx sustitutos y sus derechos 22
A. CONTRATO LEGAL GENERAL
Este Contrato de Servicios Bancarios ("Contrato") contiene los términos y condiciones que rigen la relación entre Branch Banking and Trust Company (el "Banco", "nosotros" o "nuestro") y sus clientes (el "Depositante", "usted" o "su/sus"). Cuando usted abre una cuenta o realiza transacciones en su cuenta una vez abierta, usted está aceptando los términos de este Contrato. Este es un contrato legalmente vinculante. El Banco puede modificar eventualmente los términos del presente Contrato y los precios o servicios bancarios. Las enmiendas realizadas en este Contrato se le notificarán por escrito o mediante formato electrónico. La notificación puede incluirse en su estado de cuenta. En este se explicará el cambio que se ha producido y se le indicará cómo obtener una versión actual del Contrato en la sucursal local o en línea en nuestro sitio web, xxx.XXX.xxx. Si continúa utilizando su cuenta luego de la notificación, se interpretará que ha aceptado nuestros cambios. A la fecha de entrada en vigencia de un cambio, la actual versión revisada del Contrato regirá su cuenta, independientemente de que se haya obtenido una copia de su sucursal o a través de Internet. Si su cuenta se encontraba originalmente en otra institución financiera, este Contrato y los términos que contiene sustituyen todo contrato, representación o acuerdo previo que usted pudiera haber tenido con una institución financiera anterior. Si prefiere algún idioma en particular, podemos proporcionarle una versión traducida de nuestros materiales y documentos. La versión en inglés de dichos documentos deberá ser la que rige para todos los fines.
La tabla de tarifas, cargos de mantenimiento y requisitos de saldo mínimo de cada cuenta de depósito se incluyen en otro documento que se denomina "Guía de Precios de Servicios Personales". La Guía, que puede enmendarse ocasionalmente, se incorpora aquí por referencia. Usted se compromete a pagar las tarifas establecidas en la guía de precios. El Banco puede modificar sus cargos de mantenimiento, cargos por actividad y requisitos de saldo mínimo y/o promedio de forma periódica, y deberá notificarle a usted sobre cualquier cambio que se produzca.
Renuncia. No se considerará que se ha renunciado a un término del presente Contrato, a menos que la renuncia se manifieste por escrito y esté firmada por las partes. En caso de que el Banco no insista en el estricto cumplimiento por parte suya de cualquier término de este Contrato, esto no constituirá ni deberá interpretarse como una renuncia a estos términos o a cualquier otro. No se considerará, por el mero paso del tiempo, que alguna de las partes ha renunciado a reclamar en caso de incumplimiento de la otra parte de alguno de los términos o las disposiciones del presente Contrato. La renuncia por cualquiera de las partes a denunciar un incumplimiento no afectará el derecho del Banco de exigir el cumplimiento de cualquiera de sus derechos con respecto a otros clientes o de exigir el cumplimiento de sus derechos con respecto a transacciones posteriores con usted y no es suficiente para modificar los términos y condiciones de este Contrato.
Divisibilidad. En caso de que alguna disposición del presente Contrato o una parte de esta, o su aplicación a alguna de las partes o a alguna circunstancia, se declarase nula, ilegal o inexigible, la parte restante de la disposición y el Contrato seguirán siendo válidos y exigibles en la medida en que la ley lo permita.
B. ACUERDO DE ARBITRAJE
ES IMPORTANTE QUE XXX DETENIDAMENTE ESTA CLÁUSULA DE ARBITRAJE. LA CLÁUSULA ESTABLECE QUE SE LE PODRÁ REQUERIR QUE RESUELVA UN RECLAMO O UNA DISPUTA MEDIANTE ARBITRAJE, AUN CUANDO USTED PREFIERA PRESENTAR DICHOS RECLAMOS ANTE UN TRIBUNAL. USTED ESTÁ RENUNCIANDO A LOS DERECHOS QUE PUEDA TENER DE LITIGAR LOS RECLAMOS EN UN TRIBUNAL O ANTE UN JURADO. USTED ESTÁ RENUNCIANDO A SU DERECHO DE PARTICIPAR EN UNA DEMANDA COLECTIVA, EN UN ARBITRAJE COLECTIVO U OTRA ACCIÓN REPRESENTATIVA CON RESPECTO A DICHOS RECLAMOS.
Todo reclamo o disputa ("Reclamo") de usted hacia nosotros o viceversa se resolverá a elección suya o nuestra mediante arbitraje vinculante. Esta cláusula de arbitraje rige todos los Reclamos, ya sea que se basen en leyes, estatutos, regulaciones, ordenanzas, responsabilidad civil extracontractual, el derecho común, disposiciones constitucionales o cualquier otra teoría legal, e independientemente de que dichos Reclamos tengan como objetivo una indemnización monetaria, sanciones, medidas cautelares o un resarcimiento declarativo o equitativo. Los Reclamos sujetos a esta cláusula de arbitraje incluyen los Reclamos sobre la aplicabilidad de esta disposición o la validez de este o cualquier otro contrato anterior. Según se lo utiliza en esta cláusula sobre arbitraje, el término "Reclamo" debe interpretarse en el más amplio de sus significados e incluye Reclamos que hayan surgido en el pasado o puedan surgir en el presente y/o futuro. Si una parte elige el arbitraje para solucionar un Reclamo, el arbitraje se llevará a cabo como una acción individual únicamente. Esto significa que, incluso, si se presentara una demanda por arbitraje colectivo, demanda colectiva u otra acción representativa, lo que incluye una acción iniciada por un procurador general privado, cualquier Reclamo relacionado con las cuestiones de dichas demandas estará sujeto a arbitraje individual. Los Reclamos sujetos a arbitraje también incluyen Reclamos presentados como reconvenciones, contrademandas, reclamos de terceros, tercerías de dominio y otros reclamos. Independientemente de esta cláusula sobre arbitraje, si usted tiene un Reclamo que recae bajo la jurisdicción de un tribunal de reclamos menores, usted podrá presentar su Reclamo ante dicho tribunal. Toda apelación del fallo de un tribunal de reclamos menores estará sujeta a esta cláusula sobre arbitraje. El arbitraje, incluida la selección del árbitro, será administrado por la Asociación Americana de Arbitraje ("AAA", por sus siglas en inglés), conforme a las Normas de Arbitraje Comercial y los Procedimientos Complementarios para Disputas Relacionadas con el Consumidor. Para iniciar un arbitraje, usted o nosotros debemos presentar una notificación sobre la elección de arbitraje. Esta notificación puede cursarse una vez que haya sido presentada la demanda, y puede entregarse mediante trámites o recursos presentados en la demanda. Podemos enviar nuestra notificación a su última dirección conocida o a otras direcciones que podamos tener en nuestros registros. Usted debe enviarnos su notificación a: Arbitration Administrator, BB&T Legal Department, XX Xxx 0000, Xxxxxxx-Xxxxx, XX 00000. Todos los cargos y costos se asignarán conforme a las reglas de la AAA. El árbitro puede adjudicar cualquier cargo, costo o gasto, incluidos los honorarios de abogados, según lo permitido por las reglas del administrador. En caso de existir algún conflicto entre las reglas y procedimientos del administrador y alguno de los términos que contiene esta cláusula de arbitraje, prevalecerán los términos de esta cláusula. Usted o el Banco pueden presentar un recurso sumario o expeditivo para exigir el arbitraje de cualquier Reclamo o para suspender el litigio de cualquier Reclamo pendiente ante un tribunal. Dicho recurso o acción puede presentarse en cualquier momento. El hecho de no iniciar o solicitar el arbitraje al principio de una disputa o reclamo no deberá interpretarse como una renuncia al derecho de arbitraje.
Puede obtener una copia de las reglas actuales del administrador del arbitraje, lo que incluye información acerca del arbitraje, cargos e instrucciones para iniciar un arbitraje, si se comunica con la American Arbitration Association, 0000 Xxxxxxxx, Xxxxx 00, Xxx Xxxx, XX 00000. Teléfono: 000-000-0000. Sitio web: xxx.xxx.xxx.
Usted y el Banco acuerdan que conforme a este Contrato, usted y el Banco están participando en transacciones que involucran el comercio interestatal, el cual estará regido por la Ley Federal de Arbitraje, Título 9 del Código de los Estados Unidos ("FAA", por sus siglas en inglés) y no se regirá por ninguna ley estatal sobre arbitraje. El árbitro deberá cumplir con el derecho sustantivo aplicable siempre que no contradiga a las normas de la FAA, los plazos de prescripción aplicables y las normas de privilegio aplicables, y estará autorizado a conceder todos los recursos disponibles, lo que incluye, a modo enunciativo y no limitativo, una indemnización por daños (en la medida en que no esté limitada en virtud del presente Contrato), medidas declaratorias, cautelares y otro resarcimiento equitativo, y los honorarios y costos de abogados. El árbitro debe acatar las normas de procedimiento de presentación de pruebas y deberá actuar de acuerdo con la FAA, esta cláusula y las reglas del administrador.
Cualquier tribunal competente podrá dictar sentencia en cuanto al laudo arbitral. El laudo arbitral será definitivo y vinculante, salvo algún derecho de apelación previsto por la FAA. A menos que las leyes vigentes estipulen lo contrario, la parte que apela pagará los cargos de la apelación, independientemente del resultado. No obstante, consideraremos de buena fe toda solicitud razonable por escrito para hacernos cargo de los gastos de su apelación. Pagaremos todos los cargos y costos que nos exija la ley o que tengan por objeto hacer que esta cláusula de arbitraje sea aplicable.
Esta cláusula sobre arbitraje seguirá vigente luego de la cancelación o suspensión de la Cuenta o de este Contrato. Si una parte de esta cláusula sobre arbitraje se considera inválida o inaplicable, eso no invalidará las partes restantes de esta cláusula sobre arbitraje o el Contrato; sin embargo, si las limitaciones sobre demandas colectivas se deniegan en un proceso judicial de carácter colectivo, representativo o iniciado por un procurador general privado, sin contravenir el derecho de apelar tal decisión, toda esta cláusula sobre arbitraje (aparte de esta disposición) será nula e inválida en tal proceso judicial.
C. PROPIEDAD DE LAS CUENTAS
Las siguientes disposiciones describen las normas aplicables a los distintos tipos de cuentas de depósito disponibles. No todas las cuentas podrían estar disponibles en su área o a través del método por el cual se abrió su cuenta. Comuníquese con un representante del Banco para obtener más información.
Usted acepta que al abrir una cuenta la asignación de la cuenta es apropiada y que el Banco no tiene la responsabilidad de informarle cómo tal asignación podría afectar sus intereses legales. Si tiene alguna pregunta sobre los efectos legales de una cuenta, debe consultar con su propio abogado o asesor. Usted también acepta total responsabilidad para cumplir con todos los requisitos para establecer y mantener el tipo de cuenta que desea y garantizar que ha completado correctamente todo documento o formulario aplicable. Usted acepta firmar la documentación necesaria para crear la propiedad correcta de su cuenta.
1. INDIVIDUAL. Cualquier cuenta puede pertenecer a un Depositante de manera individual, sujeto a los términos de este Contrato y a la ley correspondiente. A criterio del Banco, usted puede autorizar a otra persona a emitir cheques de la cuenta sin otorgarle participación en su cuenta, mediante el uso de un formulario de autorización aceptado por el Banco.
2. CONJUNTA. Los cotitulares de una cuenta conjunta son aquellas personas que han firmado la tarjeta de registro de firmas como titulares conjuntos. Cada titular conjunto designa al otro como su agente para depositar, retirar y realizar cualquier operación en la cuenta conjunta, lo que incluye a modo enunciativo pero no limitativo, entregar la cuenta bajo derecho prendario o en garantía. Cualquiera de los titulares conjuntos puede designar un apoderado para la cuenta, pero nos reservamos el derecho de exigir el consentimiento de todos los titulares conjuntos. Al actuar como agente, cualquier titular conjunto puede endosar para su depósito un cheque, giro u otra orden de pago pagadera a cualquier otro titular conjunto. Usted acepta que cada titular conjunto puede retirar o transferir, por cualquier medio ofrecido por el Banco, una parte o la totalidad de los fondos en depósito, cerrar la cuenta, emitir o cancelar una orden de suspensión de pago, o crear un sobregiro en la cuenta (que el Banco puede cobrar de cualquiera de los titulares conjuntos). Cada titular conjunto autoriza al Banco a ejercer su derecho de compensación y a exigir el derecho prendario sobre toda la cuenta conjunta, aunque sólo uno de los propietarios conjuntos sea el deudor. Estos derechos existen independientemente de quién aporte fondos a la cuenta conjunta. El Banco no es responsable ni tampoco está obligado a indagar sobre la procedencia de los fondos depositados en la cuenta conjunta y cada titular conjunto tendrá un interés equivalente y completo sobre toda la cuenta. Cualquier aviso que tengamos la obligación de enviarle se considerará suficiente si fue entregado a cualquiera de los cotitulares. (En Maryland, las cuentas conjuntas, cuando sea que se establezcan, están sujetas a las disposiciones de la Sección 1-204 del Código Anotado de Maryland, Artículo sobre Instituciones Financieras).
Conjunta con supervivencia. Si una cuenta conjunta se designa o se determina que tiene derecho de supervivencia ante el fallecimiento de cualquiera de los titulares conjuntos, los fondos remanentes en la cuenta se le conceden y pertenecen a los sobrevivientes como copropietarios con derecho de supervivencia o, si sólo existe un sobreviviente, a este de manera individual como propiedad independiente. La distribución de los fondos luego del fallecimiento de cualquiera de los titulares conjuntos estará sujeta a las disposiciones de cualquier ley estatal aplicable.
Conjunta sin supervivencia. Si una cuenta conjunta se designa o determina que no tiene derecho de supervivencia, ante el fallecimiento de cualquiera de los titulares conjuntos, la participación equivalente de ese titular en la cuenta pertenece a su patrimonio y el propietario conjunto sobreviviente tendrá derecho sobre los fondos remanentes. La distribución de los fondos luego del fallecimiento de cualquiera de los titulares conjuntos estará sujeta a las disposiciones de cualquier ley estatal aplicable.
3. PAGADERA AL FALLECIMIENTO ("P.O.D.", por sus siglas en inglés). Una cuenta P.O.D. es una cuenta revocable abierta en nombre de una o más personas como titulares con una o más personas designadas como Beneficiario o Beneficiario P.O.D. (“Beneficiario”) donde la relación se establece de acuerdo al tipo de cuenta según lo designado en la tarjeta de registro de firmas y no por un contrato separado y por escrito. Durante la vida del titular, los fondos de la cuenta son propiedad del titular o los titulares y cualquiera de ellos tiene derecho de acción sobre la cuenta o los fondos de la cuenta, incluido el cambio del Beneficiario designado. Usted acepta que el cambio de Beneficiario se hará efectivo sólo luego de cambiar la tarjeta de registro de firmas y que el Banco sólo tendrá en cuenta dicha tarjeta de firmas para determinar cuál es el Beneficiario correcto. Ante el fallecimiento de cualquiera de los titulares, los fondos remanentes en la cuenta pasan a manos del titular sobreviviente. Si existe más de un titular sobreviviente, los fondos pasarán a manos de los titulares sobrevivientes como practicantes de la tenencia conjunta con derecho de supervivencia. Ante el fallecimiento del último titular, los fondos remanentes en la cuenta pasarán a manos del Beneficiario. Si existe más de un Beneficiario sobreviviente, los fondos se les otorgarán de forma equitativa. Si ningún Beneficiario sobrevive al último titular, los fondos serán pagaderos a los herederos del último titular.
4. TRANSFERENCIAS UNIFORMES A MENORES. Toda cuenta designada en la tarjeta de registro de firmas como cuenta de "Transferencias Uniformes a Menores" o "Donación Uniforme a Menores" se regirá por la ley estatal aplicable. La tarjeta de registro de firmas nombrará a un administrador, quien tendrá autoridad en nombre del menor para realizar retiros o depósitos en la cuenta y para efectuar otras transacciones comerciales en la misma. No se le concederá al administrador ningún derecho de propiedad o interés sobre la cuenta. El administrador debe informar al Banco por escrito y de forma inmediata sobre el fallecimiento del menor o cuando este cumpla la mayoría de edad. Antes de recibir tal notificación, el Banco puede pagar cualquier cheque o giro librado a través de la cuenta sin incurrir en ninguna responsabilidad hacia el menor ni hacia ningún tercero y el administrador será responsable ante el Banco por cualquier pérdida o gasto en el que este incurra por no ser informado con suficiente antelación. El Banco confiará en la autoridad del administrador de actuar en nombre del menor hasta que el Banco reciba una notificación escrita de que se ha designado debidamente un administrador sucesor o de que la autoridad del administrador ha finalizado por cualquier otro motivo de acuerdo con la ley estatal aplicable. Al alcanzar la mayoría de edad, el menor tendrá derecho sobre los fondos de la cuenta de acuerdo con la ley estatal aplicable.
5. FIDUCIARIA. Las cuentas fiduciarias sólo están disponibles para individuos designados por un tribunal que actúen como tutores, representantes personales, fideicomisarios, administradores o depositarios. La capacidad del fiduciario debe designarse como tal en la tarjeta de registro de firmas. El Banco está autorizado a seguir las instrucciones del fiduciario con respecto a la cuenta hasta recibir una notificación escrita donde se indique que la autoridad del fiduciario ha finalizado de manera tal que satisfaga al Banco y el Banco cuente con el tiempo razonable para actuar al respecto. Los términos de cualquier contrato de fideicomiso, orden judicial u otro documento con el cual se haya abierto la cuenta regirán la cuenta, y el Banco tiene el derecho, pero no la obligación, de revisar cualquier documento de ese tipo. El Banco no asume ningún tipo de responsabilidad por la administración de una relación fiduciaria o de fideicomiso, se haya proporcionado o no al Banco una copia de dicho documento, y no seremos responsables ante ninguna persona por el mal manejo de los fondos de una cuenta por parte de un agente, fiduciario, fideicomisario o administrador.
6. FIDEICOMISO ESCRITO. Las cuentas de fideicomiso escrito se establecen a través de un contrato de fideicomiso de carácter legal. Usted declara estar autorizado por la ley y los documentos aplicables a abrir la cuenta de la forma y a nombre de quien la solicitó. El Banco no leerá ni intentará interpretar estos documentos de fideicomiso. El Banco no tendrá obligación de controlar las cuentas del fiduciario y no asume responsabilidad alguna por la administración del fideicomiso.
7. AGENCIA PERSONAL (SÓLO NC). Toda cuenta que en la tarjeta de registro de firmas u otro contrato escrito se designe como "Cuenta de Agencia Personal" se regirá por las disposiciones de los N.C.G.S. 53C-6-8 o su sucesor. La tarjeta de registro de firmas u otro contrato escrito designará un agente quien tendrá la autoridad en nombre del Depositante de efectuar, firmar o ejecutar cheques girados contra la cuenta o de alguna otra manera hacer retiros o transferencias desde la cuenta; endosar cheques pagaderos al Depositante para su depósito sólo en la cuenta; y depositar dinero en efectivo o instrumentos negociables, incluidos los instrumentos endosados por el Depositante, en la cuenta. No se le concederá al Agente ningún derecho de propiedad ni interés sobre la cuenta. Ante el fallecimiento del Depositante, no existirá derecho alguno de supervivencia sobre la cuenta y los fondos restantes en ella pasarán a ser parte del patrimonio del Depositante.
D. NORMAS APLICABLES A TODAS LAS CUENTAS
A menos que este Contrato indique lo contrario: "Partida" hace referencia a cualquier instrumento, promesa u orden de pagar dinero administrados por un banco para cobros o pagos, pero no incluye órdenes de pago de transferencias electrónicas, dinero en efectivo, letras de cambio, pagarés, recibos de tarjeta de crédito o débito, u otros instrumentos que el Banco no suele aceptar para cobros o pagos en cuentas de depósito. "Cuenta" hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.
1. CORRECCIÓN DE ERRORES. Cualquier error en la descripción, o en el monto, de un depósito está sujeto a corrección por parte del Banco dentro de un plazo razonable luego de descubrir el error. Todo depósito recibido del Depositante se basa en la declaración del Depositante y no es un reconocimiento por parte del Banco de que el monto o tipo de depósito que se evidencia fueron recibidos por el Banco. El Banco no está obligado a comparar las partidas listadas en el recibo de depósito con las partidas que acompañan al recibo, ni a llevar a cabo una auditoria o función contable para el Depositante en lo que respecta a dicho listado de partidas depositadas. El Depositante tiene la obligación de revisar los estados de cuenta e informar de cualquier error al Banco en un plazo de treinta (30) días desde la fecha del estado de cuenta. A menos que la ley establezca lo contrario (como sucede con ciertas transferencias electrónicas de fondos), usted acepta que su estado de cuenta se considerará definitivo y que todas las actividades y saldos de la cuenta son correctos para cualquier propósito luego de los treinta (30) días a partir de la fecha del estado de cuenta.
2. CRÉDITO PROVISIONAL. Todas las partidas se acreditan en su cuenta o se cobran a su cuenta de forma provisional, lo cual puede revocarse en caso de no recibir el pago de la partida. Usted acepta que por cualquier partida no pagada, devuelta impaga, que consideremos que se devolverá impaga o que se devuelva conforme a una norma operativa o de la Cámara de Compensación, el Banco puede debitar el cobro de la partida de su cuenta sin importar que dicha partida fuera devuelta dentro de los plazos límite aplicables. Según nuestro criterio y sin tener la obligación de avisarle previamente que una partida fue devuelta, podemos reenviar cualquier partida devuelta para el pago. Usted renuncia a la notificación de incumplimiento de pago, obligación y protesta con respecto a cualquier partida acreditada a su cuenta o debitada de esta. Además acepta que al margen de cualquier arreglo final, si una partida se cobra a su cuenta o se deposita en su cuenta y nos es devuelta en función de un reclamo por incumplimiento de la garantía o por cualquier otra razón, podemos deducir el monto de la partida de su cuenta, o aplicar una retención sobre su cuenta por el monto de la partida hasta que se determine la responsabilidad por la partida.
Al recibir partidas para depósitos o cobros, el Banco actúa como su agente de cobro y usted acepta que la Sección 4-202 del Código Comercial Uniforme rige nuestro deber de cuidado. Además acepta que el término "librado" o "cheque librado" o una declaración similar por parte del Banco acerca de un cheque no girado contra nosotros sólo significa que se le proporcionó crédito provisional, sujeto a un pago final. Usted acepta comunicarse con el banco contra el que se giró el cheque para determinar si un cheque que usted deposita ha sido "reflejado en la cuenta" o es "válido".
Podemos negarnos a aceptar partidas para depósito o cobro pagaderas en una moneda que no sea el dólar estadounidense. Si aceptamos dicha partida, usted asume el riesgo asociado con la fluctuación de la moneda. Las partidas giradas contra bancos extranjeros están sujetas al pago final por parte del banco extranjero y, por lo tanto, pueden ser devueltas sin pagar dentro de un plazo mayor que una partida similar girada contra un banco de los Estados Unidos Las leyes y regulaciones de los Estados Unidos que rigen el plazo para las devoluciones y los cobros no son aplicables, y usted asume todo el riesgo de una partida devuelta que pueda ser cobrada con retroactividad a su cuenta en cualquier momento. Usted acepta que podemos usar nuestra tasa actual de compra o venta, según corresponda, al procesar dicha partida, incluido cualquier banco nacional o extranjero.
3. ENDOSOS FALTANTES. El Banco está autorizado a aceptar para el cobro y crédito de su cuenta partidas pagaderas a una o más de las partes en cuyo nombre se estableció la cuenta, con o sin endoso. Si usted no endosa una partida para depósito, el Banco tiene el derecho pero no está obligado a proveer el endoso faltante.
4. SUSPENSIÓN DEL PAGO. Un Depositante puede mediante una orden al Banco suspender el pago de cualquier partida por pagar desde su cuenta. El Banco debe recibir la orden de suspensión del pago en tiempo y forma, de manera tal de tener la oportunidad razonable de actuar según esta orden antes de tomar medidas con respecto a la partida. Con el fin de determinar si actuar consecuentemente con una orden de suspensión de pago, una partida se considera recibida si se presenta en forma electrónica o de otro modo, o si se presenta con anterioridad de acuerdo con una notificación que nosotros recibamos donde se indique que una partida girada contra su cuenta fue depositada para el cobro en otra institución financiera, y no se necesita más de una de dichas determinaciones. Todas las órdenes de suspensión de pago que el Banco reciba durante un xxxxxx, xxxxxxx o feriado bancario y/o federal se manejarán como si se hubieran recibido el siguiente Día Hábil Bancario. Como las partidas se obtienen por medio de una computadora, el Depositante debe informar al Banco acerca del monto exacto de la partida, el número xx xxxxxxx, la fecha, el beneficiario y el
número de cuenta. El Banco no se hace responsable de no suspender un pago si no se define la partida con una certeza razonable. Una orden de suspensión de pago es efectiva por seis (6) meses desde la fecha en que fue recibida y se puede renovar por escrito para otros períodos adicionales de seis (6) meses. El Banco aceptará una orden de suspensión de pago dada por uno de los Depositantes de una cuenta de titularidad múltiple. No puede suspender el pago de un cheque de caja o cheque certificado. El Banco pudiera volver a acreditar su cuenta después de haber pagado una partida si hubiera una orden de suspensión de pago válida y oportuna en la medida de cualquier pérdida que usted realmente haya sufrido. Usted debe preparar y firmar una declaración que describa completamente la disputa estableciendo sus derechos contra el beneficiario, aceptar transferir al Banco todos sus derechos contra el beneficiario u otro beneficiario de la partida, y ayudar al Banco en cualquier acción legal que se tome en contra de esa parte.
Si usted solicita una suspensión de pago para un cheque que se nos presente para su pago de forma electrónica (como por ejemplo un cheque sustituto, cheque convertido, cheque librado a distancia o un cheque escaneado) que no contiene el número de cheque, intentaremos suspender el pago conforme a la información que usted proporcionó. No seremos responsables en caso de no poder suspender el pago para dicha partida electrónica, ya que nuestro proceso de suspensión de pago depende de la capacidad xx xxxx el número de cheque. Se le puede cobrar un cargo por suspensión de un pago incluso si no podemos ejecutar su orden de suspensión de pago.
5. DEDUCCIÓN DE CARGOS. Los cargos por mantenimiento y actividad, cargos por cheques depositados devueltos, partidas devueltas, sobregiros, ordenes de suspensión de pago, cargos por impresión de cheques y otros cargos por servicios efectuados de acuerdo con las normas del Banco vigentes al momento de dichos cargos, se deducirán de su cuenta y se podrán colocar antes que cualquier otro débito. El Banco no será responsable por negarse a pagar partidas presentadas para su pago por no haber fondos suficientes como resultado de la deducción de dichos cargos. Todo cargo (o parte de estos) no asentado por fondos insuficientes al momento del registro puede cobrarse más adelante sin previo aviso cuando haya fondos suficientes disponibles en la cuenta.
6. DEPÓSITOS Y RETIROS. Podemos aceptar depósitos en su cuenta de cualquier procedencia o parte. El Banco, según su criterio razonable, podrá también rechazar un depósito o revertirlo incluso después de que se haya otorgado crédito provisional sin previa notificación. Usted acepta que cualquier depósito está sujeto a verificación y confirmación independientemente de que posea o no un recibo o reconocimiento de depósito. En caso de que un depósito se pierda, sea robado o destruido antes de presentarse al banco librador, usted acepta colaborar plenamente con el Banco para obtener la reconstrucción o el reemplazo de esa partida. La falta de cooperación puede llevar a que el crédito a su cuenta sea revocado o, si ya se depositó pero no se acreditó, retenido. Usted además acepta que el Banco podrá imponer un cargo por cada cheque librado sobre su cuenta que sea pagadero a un tercero o negar el pago del cheque. El Banco podrá dar instrucciones al tercero para que deposite el cheque en otra institución financiera para su pago. Los depósitos no pueden realizarse a través de una casilla para depósitos nocturnos y no asumimos responsabilidad alguna por los depósitos hechos de esta manera, salvo que haya celebrado un contrato para este servicio. A su exclusivo criterio, podremos procesar dicho depósito y usted acepta indemnizar y librar al Banco de toda responsabilidad por cualquier pérdida, reclamo o daño que surja de dicho depósito. Los depósitos se consideran aceptados en el estado en el que se mantiene su cuenta. Si usted no abrió su cuenta en persona en una sucursal sino que lo hizo por correo, teléfono o Internet y no reside, ni mantiene una residencia en un estado donde el Banco posee una sucursal, sus depósitos se consideraran aceptados en el estado de North Carolina.
Necesitamos notificación para retiros de efectivo en grandes cantidades. Podemos rechazar una orden de retirar fondos en efectivo o de hacer efectiva una partida si creemos que la solicitud es un riesgo a la seguridad o que impone algún perjuicio para el Banco. Podemos exigirle que acepte un cheque de caja o transferencia electrónica para recibir los fondos. Si aceptamos el retiro de efectivo en grandes cantidades, podemos enviarle a una de nuestras sucursales con bóveda o requerirle que contrate un servicio de mensajería que sea aceptable para nosotros. Tal servicio será a costo y riesgo suyos. Si el retiro de efectivo en grandes cantidades se realiza en una sucursal, se le exigirá que firme un contrato de retiro de efectivo. Su negativa a firmar el contrato será motivo suficiente para cancelar el retiro y exigirle una manera alterna de entregarle los fondos.
7. PAGO DE PARTIDAS. A los efectos de esta subsección, una "partida" es un débito de su cuenta, lo que incluye un cheque, cheque sustituto, cheque sustituto presunto, partida o transacción electrónica, giro, giro a la vista, partida creada a distancia, documento de reemplazo escaneado, copia indemnizada, retiro o transferencia xx xxxxxx automático, transacción con PIN en punto de venta, transacción con firma en punto de venta, pago preautorizado, transferencia automática, transferencia iniciada por teléfono, transacción realizada a través de la Cámara de Compensación Automatizada ("ACH", por sus siglas en inglés), transferencia o instrucción de pago de facturas a través de Banca por Internet, recibo de retiro, transferencia o retiro en persona, ticket de caja, ajuste de depósito, cualquier otra instrucción u orden de pago, transferencia o retiro de fondos y una imagen o fotocopia de cualquiera de los elementos antes mencionados.
En general, el Banco registrará las transacciones en su cuenta en orden cronológico. El registro cronológico se utiliza cuando el Banco es capaz de identificar la fecha y la hora de la transacción. Por cada día de procesamiento, el Banco registrará todos los créditos a su cuenta de menor a mayor, según el monto en dólares. Luego de los créditos, se registrarán los débitos en orden cronológico. Como resultado, los débitos y cargos del día anterior se registrarán antes que los débitos y cargos del día en curso. Las partidas que los comercios envíen para su autorización antes de remitirlas para el pago final se registrarán según la fecha y hora de la solicitud de autorización. Los débitos que no puedan registrarse en orden cronológico se registrarán de menor a mayor, según su monto en dólares, luego de registrados los débitos cronológicos, seguidos por los cheques en orden secuencial. El Banco se reserva el derecho de cambiar periódicamente el orden o las categorías del registro.
El Banco tiene la capacidad de procesar partidas aunque su cuenta tenga un saldo disponible insuficiente para pagar tales partidas. Su saldo "disponible" representa el monto de fondos disponibles para retiro o para pagar partidas presentadas contra su cuenta. El saldo "disponible" puede no coincidir con su saldo "actual" o "registrado". Por ejemplo, su saldo disponible podría reducirse por una transacción en el punto de venta (POS, por sus siglas en inglés) para la cual el comercio obtuvo la autorización del Banco pero que aún no ha presentado para su pago. Consideramos tales transacciones pendientes para el cálculo de su saldo disponible.
En el proceso de pago de cheques, el Banco emplea técnicas que ayudan a detectar partidas no autorizadas que podrían presentarse en su cuenta para su pago. Si alguna partida en especial representa una actividad inusual en su cuenta, usted autoriza a que el Banco, a su exclusivo criterio, rechace la partida y la devuelva sin pagar. Si en realidad correspondía pagar la partida devuelta, usted acepta mantener indemne al Banco de toda responsabilidad por cualquier reclamo, pérdida o daño que resulten de que el Banco no haya pagado esa partida.
8. DERECHO A CERRAR LA CUENTA. Tanto usted como el Banco pueden cerrar su cuenta en cualquier momento, con o sin justificación. Le notificaremos de forma verbal o escrita nuestra intención de cerrar la cuenta. Si lo hacemos por escrito, la notificación se enviará a la última dirección que figure en nuestros registros. En caso de una notificación verbal, tendrá cinco (5) días a partir de la fecha de notificación para retirar todos los fondos de su cuenta. En el caso de una notificación escrita, se le proporcionará un mínimo de siete (7) días a partir de la fecha que figure en la notificación para retirar todos los fondos de su cuenta. Una vez recibida la notificación, debe suspender la realización de transacciones en su cuenta. No nos responsabilizaremos por la falta de pago de ninguna partida que se emita después de la fecha de la notificación. En el caso de que no haya retirado todos los fondos para cerrar su cuenta, cerraremos la cuenta y le enviaremos por correo un cheque por el valor de los fondos restantes
de la cuenta, luego de deducir cualquier cargo aplicable. El cierre de la cuenta no le exime del pago de los cargos acumulados ni de la responsabilidad por las partidas en curso. El Banco puede, a su exclusivo criterio, cerrar una cuenta sin previo aviso si la cuenta tiene un saldo negativo o si tenemos motivos suficientes para creer que usted o cualquier otra parte están involucrados en alguna actividad que pudiera generar pérdidas al Banco. Xxxxxxxxx renuncia que el Banco realice de su derecho a cerrar una cuenta con justificación no deberá interpretarse como la renuncia de nuestro derecho de cerrar su cuenta por el mismo motivo o por razones similares en el futuro. El Banco puede cerrar sin previo aviso toda cuenta con saldo negativo o en cero y que no muestre actividad alguna durante sesenta y dos días consecutivos. Nos reservamos el derecho de rechazar cualquier depósito hecho en una cuenta cerrada mediante la devolución de la partida o de su acreditación a otra cuenta activa suya. Nos reservamos este derecho aunque el depósito se haya procesado y/o se le haya entregado un recibo por el depósito. En tal caso, el recibo de depósito no constituirá la aceptación de los fondos y no seremos responsables de ninguna partida devuelta sin pagar que se cobre a una cuenta cerrada, aun si usted intenta realizar un depósito en la cuenta. Puede cerrar su cuenta en cualquier momento pero, primero, debe informar al Banco por escrito o comunicar a uno de nuestros centros financieros su intención de cerrar la cuenta. Si no nos notifica, podrían aplicarse cargos adicionales a la cuenta y usted seguirá siendo responsable de toda partida en curso. Una anotación en el anverso de un cheque no constituye la notificación exigida por el Banco.
9. DÍA HÁBIL BANCARIO. "Día Hábil Bancario" significa cualquier día laborable en que el Banco se encuentra abierto al público para llevar a cabo prácticamente todas sus funciones bancarias en la mayoría de sus centros financieros ubicados dentro de ese estado. Si recibimos una partida durante un fin de semana o día feriado, se considerará que tal partida se ha recibido el próximo día hábil. Nuestros días y horarios de atención se anuncian en nuestros centros financieros y el horario de los cajeros automáticos se muestra en la pantalla de depósitos xxx xxxxxx automático y están sujetos a cambios ocasionalmente a nuestro criterio.
10. ESTADOS DE CUENTA. Los estados de cuenta, notificaciones y demás información o servicios sobre su cuenta se enviarán por correo, de manera electrónica o de alguna otra forma de modo que pueda contar con ellos en intervalos regulares, según su tipo de cuenta. El estado de cuenta o la información de cuenta se enviarán a la dirección postal o electrónica del titular principal de la cuenta, según lo reflejado en nuestros registros. Se considerará que usted recibió los estados de cuenta enviados por correo en la fecha más temprana de recepción o cinco (5) días calendario posteriores a la fecha que figura en el estado de cuenta.
Se considerará que usted recibió los estados de cuenta electrónicos en la fecha en que fueron transmitidos a la dirección de correo electrónico que usted proporcionó. El titular principal será responsable de proporcionar copias de los estados de cuenta a todo cotitular de la cuenta. Si se selecciona una preferencia de idioma para su estado de cuenta, sólo el titular principal de la cuenta podrá cambiar la preferencia.
Usted acepta informarnos de inmediato sobre cualquier cambio en su información de contacto, lo cual incluye su dirección postal o de correo electrónico y/o número de teléfono. El Banco podrá fiarse de cualquier instrucción presuntamente hecha por usted o en su nombre para modificar su información de contacto, sin tener ninguna responsabilidad por ello. Usted también acepta que, si el Servicio Postal de los Estados Unidos o uno de sus representantes o un tercero nos informan de un cambio en su dirección postal, podremos cambiar su dirección sobre la base de dicha información. El Banco no tendrá responsabilidad alguna ante usted por cambiar su dirección sobre base en tal información, aun cuando dicha información fuese errónea. Si alguno de sus estados de cuenta o información de cuenta se nos devuelven a causa de una dirección postal incorrecta o de una dirección de correo electrónico incorrecta, modificada o vencida, podremos interrumpir el envío de estados de cuenta o de información de cuenta hasta que se nos proporcione una dirección válida. Si su cuenta no registra actividad o se encuentra en estado inactivo, podremos optar por no proporcionarle más estados de cuenta. Se pueden reproducir a pedido copias de tales estados de cuenta o de cualquier documento adjunto, sujetas a los cargos pertinentes. Todo estado de cuenta o información de cuenta que sea devuelto sin entregar será destruido y estará sujeto a los cargos aplicables. Cualquier estado de cuenta que se retenga para usted en una sucursal se destruirá luego de un determinado período de tiempo y estará sujeto a los cargos aplicables.
Usted deberá notificar de inmediato al Banco si no recibe su estado de cuenta dentro de los diez (10) días posteriores a la fecha de recepción regular de sus estados de cuenta. El Banco no será responsable ante usted por ningún daño que se genere por no notificarnos oportunamente de un cambio en su dirección postal, no notificarnos que no recibió su estado de cuenta o no tomar las medidas necesarias para recibir su estado de cuenta. Usted es responsable de la exactitud de su estado de cuenta, independientemente de si lo ha revisado o no, y se considerará final y correcto luego de los treinta (30) días posteriores a la fecha del estado de cuenta.
11. TRANSACCIONES FRAUDULENTAS O NO AUTORIZADAS
Obligación de salvaguardar la cuenta. Usted tiene la obligación de salvaguardar el acceso a su cuenta (lo que incluye toda cuenta de crédito), la información de cuenta, los cheques, los sellos de firma, los códigos de seguridad de la cuenta, las contraseñas o los números de identificación personal ("PIN", por sus siglas en inglés) y de identificación personal. Usted acepta denunciar todo cheque perdido o robado o toda transacción no autorizada en su cuenta de inmediato, al percatarse de lo sucedido. Si permite que alguna persona tenga acceso a cualquier sitio en el cual guarda sus cheques, usted acepta que la falla de mantener sus cheques bajo protección y seguros constituirá negligencia y el Banco no será responsable si alguno de sus cheques fuese subsecuentemente robado o falsificado.
Usted acepta emitir una orden de suspensión de pago contra cualquier cheque perdido o robado, si tal partida aún no se ha pagado. El Banco tampoco será responsable de haber pagado dicha partida si usted no hubiese denunciado oportunamente la pérdida o pedido la suspensión de pago.
Usted acepta proteger y mantener la confidencialidad de toda información sobre la cuenta, código de seguridad, contraseña, PIN o identificación personal que utilice para acceder a su(s) cuenta(s) de depósito o crédito, y no divulgar tal información a ninguna otra persona. Usted debe notificar al Banco de inmediato si pierde esta información o si es del conocimiento o está siendo utilizada por una persona no autorizada. Usted reconoce que el Banco no tiene forma alguna de determinar la veracidad de una transacción realizada con un nombre, número de cuenta y código de seguridad o identificación personal válidos, y, por lo tanto, autoriza al Banco a completar toda transacción que involucre su cuenta y efectuada con el uso de tal información. Sujeto a la ley estatal aplicable, usted acepta la responsabilidad de toda transacción iniciada con un nombre, número de cuenta, código de seguridad o identificación personal válidos y acepta que el Banco no tendrá responsabilidad alguna por ninguna pérdida, reclamo o daño que usted sufra como resultado del uso de su código de seguridad o información personal descritos arriba, independientemente de si autorizó o no dicha transacción. Estas reglas se aplican a todas las cuentas de cheques, de ahorros o de crédito que permitan el retiro o la transferencia de fondos mediante cheques, giros u otro dispositivo de acceso.
Obligación de revisar el estado de cuenta. Usted acepta revisar su estado de cuenta en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha del estado de cuenta. Dado que usted es la persona más capacitada para detectar una firma o endoso no autorizados, endoso faltante, o cualquier alteración o partida falsificada, usted acepta, independientemente del cuidado o falta de cuidado por parte suya o del Banco, que no seremos responsables del pago de ninguna partida de ese tipo y que a usted se le impedirá obtener el resarcimiento correspondiente por parte del Banco si no informó al Banco, por escrito, de una firma o endoso no autorizado, endoso faltante o cualquier alteración o partida falsificada en un plazo de treinta
(30) días a partir de la fecha de cierre del estado de cuenta más próximo al primero en el que se encontraron esas partidas. El Banco tampoco será responsable de ninguna falsificación en su cuenta cometida por la misma persona si usted no denuncia la primera falsificación o falsificaciones en
un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha del estado de cuenta en el que se encuentren esas falsificaciones. Si opta por no recibir sus estados de cuenta, usted seguirá siendo responsable de revisarlos y de informar de cualquier error en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha del estado de cuenta. Si se ausenta de la dirección postal donde recibe sus estados de cuenta, usted es responsable de hacer los arreglos para que esos estados de cuenta se revisen a fin de detectar errores e informarlos de manera oportuna.
Obligación de administrar la cuenta con responsabilidad. Usted acepta administrar su cuenta con la responsabilidad y el cuidado correspondientes. Para administrar su cuenta con responsabilidad, usted tendrá la obligación de: revisar con detenimiento sus estados de cuenta bancarios (y cualquier otro documento adjunto) a fin de detectar transacciones fraudulentas o no autorizadas y notificar al Banco de inmediato de transacciones fraudulentas o no autorizadas; conciliar a su debido tiempo su estado de cuenta bancaria para detectar cualquier otra discrepancia en la cuenta, incluido cualquier depósito faltante o desviado; implementar medidas de precaución con respecto al uso de su cuenta y acceso a ella mediante la utilización de cualquier dispositivo de acceso como cheques, giros o códigos de seguridad, contraseñas u otros números de identificación personal; implementar medidas de precaución con respecto al acceso y uso de cualquier sello de firma; verificar los antecedentes de todo individuo con autorización para preparar sus cheques o conciliar sus estados de cuenta bancarios; supervisar de manera independiente el trabajo de toda persona responsable de conciliar su estado de cuenta bancario y de preparar cheques mensualmente, y cumplir con todas las demás obligaciones que le imponen este Contrato o la ley estatal aplicable. Su falta al ejercer el cuidado normal constituirá una negligencia e impedirá que usted responsabilice al Banco por cualquier transacción no autorizada en su cuenta.
Usted reconoce que el Banco utiliza medios automatizados para procesar los cheques que recibe y que no tiene obligación alguna de examinar cada partida presentada para su pago. Usted reconoce que el procedimiento de verificación de firma del Banco se aplica a todas las partidas presentadas para solicitar un pago con fondos de su cuenta, entre las que se incluyen cheques u otras órdenes de retiro presentadas directamente en caja, en cualquier centro financiero. Usted acepta que el procedimiento automatizado que se utiliza para el pago de cheques y las notificaciones es comercialmente adecuado. Usted y el Banco, de conformidad con la ley aplicable, estarán de acuerdo, por tanto, en que el Banco ha ejercido cuidado razonable siempre que lleve a cabo una inspección manual o mecánica de un grupo de partidas procesadas para pago, seleccionadas al azar. Estas partidas pueden surgir de un muestreo o de una selección de partidas extraídas de todas las cuentas, o pueden ser partidas que reúnan un mínimo de criterios específicos establecidos por el Banco (como por ejemplo, partidas emitidas para cobrar grandes sumas de dinero) para su inspección manual o mecánica. Se considerará que el Banco ha actuado de buena fe y conforme a estándares comerciales razonables cuando efectúe el pago de cualquier partida falsificada o alterada tan hábilmente (por ejemplo, mediante el uso no autorizado de un sello de firma, máquina de facsímil u otro medio) que la firma, el endoso o la alteración no autorizados sean imposibles de detectar por una persona no especializada en falsificaciones.
Las políticas y procedimientos del Banco son lineamientos internos generales que no exigen al Banco un estándar de seguridad mayor al que de otro modo establecen las leyes que rigen su Cuenta. Ningún error normal de procesamiento o cometido de buena fe se considerará un incumplimiento de sus obligaciones por parte del Banco. Si el Banco renuncia a cualquiera de sus derechos con relación a usted o a su cuenta en una o más ocasiones, eso no se considerará una renuncia de derechos por parte del Banco aplicable a cualquier otra ocasión.
Limitaciones en la interposición de una demanda. Usted acepta que no podrá iniciarse demanda ni acción legal alguna contra el Banco para recuperar cualquier monto que presuntamente se haya sido debitado de la cuenta por error debido a una firma o endoso no autorizados, alteración o debido a cualquier otra transacción fraudulenta o no autorizada, a menos que: (a) usted haya proporcionado oportunamente las notificaciones por escrito, tal como se establece anteriormente, y que (b) tal procedimiento o acción se inicie en el plazo de un año a partir de la fecha en que se le brindó el primer estado de cuenta que refleja la transacción no autorizada. Según los términos del presente documento, un procedimiento judicial o una acción legal se inicia cuando usted interpone una demanda ante un tribunal competente o, si la acción legal estuviese sujeta a arbitraje, cuando usted notifica al Banco por escrito de tal acción legal. Cualquier procedimiento jurídico o acción legal que no se haya iniciado en un plazo de un año a partir de la fecha del primer estado de cuenta en el que se refleje la transacción no autorizada, quedará excluido a perpetuidad.
Obligación de cooperar. Si denuncia cualquier transacción no autorizada en su cuenta, usted acepta cooperar con el Banco en la investigación del reclamo. Esto incluye la preparación de una declaración jurada o declaración que contenga todos los datos requeridos por el Banco con respecto a la cuenta, la transacción y las circunstancias en que se produjo la pérdida. Usted también acepta denunciar a cualquier persona sospechosa del delito y renunciar a interponer una demanda contra el Banco si usted no lo hace o si accede a cualquier arreglo, concesión mutua o acuerdo de restitución de bienes con el malhechor sin el consentimiento del Banco. El banco podrá revocar cualquier crédito o reembolso si usted no entabla la denuncia penal o se niega a declarar contra del malhechor.
Obligación de seguro. Usted acepta aplicar todos los derechos de cualquier póliza de seguro que tenga antes de presentar un reclamo contra el Banco en relación con cualquier transacción bancaria no autorizada. Usted acepta proporcionar al Banco toda la información necesaria sobre cualquier cobertura de seguro, incluido el nombre de la compañía aseguradora, el número de póliza, los límites de la póliza y los deducibles aplicables. La responsabilidad del Banco, si la tuviese, se reducirá proporcionalmente al monto de cualquier beneficio de seguro que usted tenga derecho a recibir. Si el Banco lo solicita, usted acepta ceder sus derechos de cualquier póliza de seguro al Banco.
Limitación de responsabilidad. Usted acepta que el Banco disponga de un plazo de tiempo lógico para investigar los hechos y circunstancias relacionados con cualquier reclamo de pérdida y que el Banco no tiene obligación alguna de acreditar su cuenta de forma provisional. La máxima responsabilidad del Banco se limita a cubrir el monto por daños y perjuicios comprobados o el monto equivalente a los retiros de fondos no autorizados, el monto que sea menor, menos el dinero cuya extracción podría haberse evitado al tomar los cuidados necesarios. Bajo ninguna circunstancia el Banco será responsable de daños especiales o resultantes, incluidos los honorarios de abogados en los que usted incurra. El Banco no será responsable de ninguna partida cuya falsificación o alteración sea imposible de detectar bajo condiciones normales de verificación.
12. PARTIDAS VENCIDAS. El Banco no está obligado a pagar partidas libradas contra ninguna cuenta que se presenten luego de los seis (6) meses posteriores a su fecha de emisión; no obstante, si el Banco, a su exclusivo criterio, decide pagar tales partidas, puede cargar a su cuenta por tales partidas.
13. DERECHO DE COMPENSACIÓN. Por el presente documento usted transfiere y otorga al Banco un derecho prendario en todas las cuentas como respaldo de sus obligaciones hacia el Banco, actuales o futuras. El Banco se reserva el derecho de compensación contra cualquiera de sus cuentas sin previo aviso para saldar cualquier deuda u obligación que usted o cualquier cotitular de su cuenta nos adeude como titular, endosante o garante. Esto significa que tenemos derecho a utilizar una parte o la totalidad de los fondos de su cuenta para saldar cualquier deuda que usted o algún cotitular de la cuenta tenga con nosotros. Si su cuenta es una cuenta individual, podemos hacer uso de nuestro derecho de compensación para saldar sus deudas, sean individuales o conjuntas. Se podrá utilizar la totalidad de los fondos de una cuenta conjunta para pagar las deudas de cualquier cotitular, ya sea que se adeuden de forma individual, por un cotitular, de manera conjunta con otros cotitulares, o conjuntamente con otras personas o entidades sin interés en su cuenta. Las deudas sujetas a nuestro derecho de compensación incluyen aquellas que se mantengan en otra cuenta conjunta de la cual usted es cotitular, incluso si usted no incurrió directamente en la deuda, así como también toda deuda por la cual usted sea
responsable secundario. Nuestro derecho prendario y nuestro derecho de compensación también se aplican: (i) cuando le otorgamos crédito o hacemos efectivo un cheque de terceros que nos es devuelto impago por cualquier razón o es falsificado independientemente de la fecha de tal devolución; (ii) para cubrir sobregiros creados en cualquier cuenta de su propiedad o sobre la cual usted tenga algún interés, haya consentido o no el sobregiro o sea responsable del mismo de alguna u otra manera; (iii) para recuperar los cargos de mantenimiento o de otro tipo adeudados por usted o por cualquier titular conjunto de su cuenta; y (iv) para reembolsar al Banco cualquier costo o gasto derivado de la ejecución de los derechos que le correspondan, que incluye a modo enunciativo pero no limitativo, honorarios razonables de abogados y las costas de litigio en la medida en que la ley lo permita. Podemos ejercer nuestro derecho de compensación o derecho prendario incluso si el retiro da lugar a una penalización por retiro anticipado o al rechazo de los cheques posteriores. Usted acepta que el Banco no será responsable por rechazar partidas presentadas a su cuenta cuando el ejercicio de nuestro derecho de compensación o derecho prendario haga que los fondos de su cuenta sean insuficientes para saldar las partidas. Podemos ejercer nuestro derecho de compensación o derecho prendario antes o después del fallecimiento de un titular de cuenta y hacerlo extensivo a cualquier otra cuenta que tenga en el Banco.
Que el Banco no ejerza su derecho de compensación según lo aquí establecido en una ocasión determinada en la que corresponda hacerlo, no afectará el derecho del Banco de ejercer su derecho de compensación con posterioridad por el mismo evento o por cualquier evento subsiguiente. El derecho prendario otorgado por este Contrato es de mutuo acuerdo y se suma al derecho de compensación del Banco. Podrían aplicarse ciertas leyes federales o estatales con el fin de excluir de la compensación a los fondos provenientes de agencias federales y estatales. Usted acepta que nuestro derecho de compensación se aplica a todos los fondos depositados en su cuenta, incluidos los fondos recibidos de la Administración del Seguro Social y de otras agencias federales o estatales. Al continuar depositando estos fondos en su cuenta, usted consiente que el Banco ejerza su derecho de compensación sobre estos fondos, y acepta no alegar ningún reclamo o defensa de que estos depósitos están exentos de compensación según lo dispuesto por alguna xxx, xxxxx o regulación estatal x xxxxxxx.
00. PARTIDAS POSFECHADAS. Usted acepta no librar un cheque posfechado y el Banco podrá ignorar tal fecha en la partida cuando se la presente para su pago. El Banco está autorizado para pagar cualquier cheque antes de la fecha que aparece en la partida, aunque usted nos haya notificado de que es posfechado. Si el Banco vuelve a acreditar su cuenta luego de pagar un cheque posfechado, usted acepta transferir al Banco todos sus derechos frente al beneficiario u otro portador del cheque y colaborar con el Banco en cualquier acción legal que se tome contra dicha parte.
15. PARTIDAS INCOMPLETAS O CONDICIONALES. Usted acuerda abstenerse de librar cheques incompletos o condicionales. Por ejemplo, no debe librar cheques con la indicación “nulo luego de 30 días”. Sin embargo, el Banco tiene derecho de pagar o negarse a pagar cualquier partida que esté incompleta o en la que, según sus términos, el pago sea condicional y no se haya cumplido la condición. Por ejemplo, podríamos pagar un cheque con la indicación "nulo luego de 30 días" aunque el cheque se presente más de treinta (30) días después de su fecha.
16. SOBREGIROS. Se crea un sobregiro cuando usted no tiene fondos suficientes en su cuenta para cubrir un cheque, retiro, transferencia automática, transacción electrónica (por ejemplo, en un cajero automático o en una compra en el punto de venta), partida depositada devuelta o cualquier otra compra, pago o débito electrónico. Si su cuenta está vinculada a la Protección contra Xxxxxxxxx, el sobregiro se pagará, de conformidad con los términos del párrafo PROTECCIÓN CONTRA SOBREGIRO que se expone a continuación (y sujeto a los fondos disponibles en su Protección contra Sobregiro). También se aplicarán los cargos por transferencia de la Protección contra Xxxxxxxxx que se describen en la Guía de Precios de Servicios Personales.
Para calcular los sobregiros de su cuenta, el Banco implementa un proceso que se denomina Revisión de Sobregiros. La Revisión de Sobregiros es la metodología utilizada por el Banco para determinar si se deben pagar o rechazar sus partidas y transacciones de débito cuando usted tiene fondos insuficientes en la cuenta para cubrir la partida o transacción. Usted tiene derecho a decidir si desea participar (incluirse) o no participar (excluirse) en el proceso de Revisión de Xxxxxxxxxx. Su decisión de incluirse, o excluirse, de la Revisión de Xxxxxxxxxx entrará en vigencia el próximo día hábil para todas las transacciones iniciadas luego de la fecha de entrada en vigencia. Participar en la Revisión de Xxxxxxxxxx no garantiza que el banco autorice y pague sus transacciones y partidas en todos los casos. El Banco aún conservará su capacidad de rechazar partidas o transacciones cuyo pago sobregiraría su cuenta.
Por ley federal, los bancos deben separar las transacciones en dos categorías al aplicar la Revisión de Xxxxxxxxxx: (1) transacciones con tarjeta de débito y retiros de cajeros automáticos únicos o diarios, y (2) cheques, CCA, débitos periódicos y todos los demás tipos de transferencias y retiros.
Transacciones con tarjeta de débito y retiros de cajeros automáticos únicos o diarios.
Estos tipos de transacciones no están sujetos de manera automática al proceso de Revisión de Xxxxxxxxxx. Se considera que están excluidos de la Revisión de Xxxxxxxxxx. No obstante, usted puede optar por incluirlos en la Revisión de Xxxxxxxxxx si desea que el Banco considere pagar estos tipos de transacciones. Si decide incluirse, se le cobrará un cargo por el pago de la transacción (Cargo por Xxxxxxxxx). Los cargos específicos se informan en la Guía de Precios de Servicios Personales. Si usted no se incluye, el banco denegará o rechazará automáticamente toda transacción que sobregire su cuenta.
Para optar por la inclusión o la exclusión de las transacciones con tarjeta de débito y retiros xx xxxxxx automático de la Revisión de Sobregiros, puede notificar al Banco por medio del 1-800-BANK-BBT (0-000-000-0000), xxx.xxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxx, todos los cajeros automáticos de servicio integral de BB&T 24 (cajeros automáticos de propiedad de BB&T y operados por la institución) o cualquier centro financiero de BB&T. Usted puede revocar su inclusión o exclusión en cualquier momento. Para ello, debe comunicar su decisión al Banco a través de los mismos canales mencionados anteriormente. Su decisión de incluirse o excluirse de la Revisión de Xxxxxxxxxx entrará en vigencia el próximo día hábil para todas las transacciones iniciadas luego de la fecha de entrada en vigencia. Los clientes que opten por incluirse a través de un cajero automático BB&T 24 están sujetos a un horario diferente, según la divulgación en el cajero automático.
Cheques, CCA, débitos periódicos y todos los demás tipos de transferencias y retiros. Estos tipos de transacciones están sujetos automáticamente al proceso de Revisión de Xxxxxxxxxx. Se considera que están incluidos en la Revisión de Xxxxxxxxxx. Si desea excluir estos tipos específicos de transacciones de la Revisión de Xxxxxxxxxx, debe informárselo al Banco. Si decide excluirse, todos sus cheques, transacciones CCA, débitos periódicos y todas las demás transferencias y retiros se devolverán sin pagar o serán rechazados. Se aplicarán cargos a esta Revisión de Xxxxxxxxxx ya sea que los cheques o transacciones sean pagados (Cargo por Sobregiro) o rechazados (Cargo por Partida Devuelta). Los cargos específicos se divulgan en la Guía de Precios de Servicios Personales.
Para incluir o excluir de la Revisión de Sobregiros las partidas de cheques, CCA, débitos periódicos y todas las demás partidas, debe informar al Banco a través de cualquier centro financiero de BB&T o llamando al 0-000-XXXX-XXX (0-000-000-0000). Usted puede revocar esta decisión en cualquier momento. Su decisión de incluirse o excluirse de la Revisión de Xxxxxxxxxx entrará en vigencia el próximo día hábil para todas las transacciones iniciadas luego de la fecha de entrada en vigencia.
Los cargos por sobregiro y partida devuelta que se divulgan en la Guía de Precios de Servicios Personales se aplicarán a su cuenta según el tipo de transacción y su decisión de incluirse o no en la Revisión de Xxxxxxxxxx. Los cargos por sobregiro pueden incluir el cargo de sobregiro por partida y los cargos por Saldo de Cuenta Negativo. Consulte su Guía de Precios de Servicios Personales para conocer más detalles. Si en un determinado día tiene múltiples sobregiros, podemos pagar uno de ellos o más y devolver los restantes en cualquier orden. Pueden cobrarse cargos por múltiples sobregiros por día a su cuenta en estas ocasiones.
Los cargos por partidas devueltas y por sobregiro para todas las transacciones se limitarán a un máximo de seis cargos por día. Asimismo, si su cuenta está sobregirada por menos de $5.00 al final del procesamiento, no se le cobrarán los cargos por sobregiro. Los cargos por partida devuelta no están incluidos en la limitación del cargo de $5.00. Los cargos específicos se divulgan en la Guía de Precios de Servicios Personales.
Usted es la persona más capacitada para garantizar que su cuenta tenga los fondos suficientes para cubrir cualquier cheque u otro débito al mantener un registro actual y preciso de sus depósitos y retiros. Usted puede confirmar sus saldos de cuenta actuales y disponibles a través de cualquier cajero automático de BB&T, BB&T Phone24 o BB&T Online, o si se comunica con cualquier centro financiero antes de emitir un cheque, retirar dinero en efectivo o iniciar cualquier transacción electrónica o de débito. Los saldos actuales y disponibles no incluyen los cheques o débitos pendientes aún no enviados al Banco.
El pago de un sobregiro genera una deuda con el Banco. El monto adeudado incluye los cargos por sobregiro aplicables y el monto de la partida pagada.
El Banco no tiene la responsabilidad de informarle de antemano de incurrir un sobregiro, cargo por sobregiro o cargo por partida devuelta. Una vez que se le notifica del sobregiro de su cuenta, usted acepta pagar de inmediato al Banco o depositar fondos suficientes para cubrir el sobregiro y todos los cargos relacionados. Usted acepta y reconoce que los cargos por xxxxxxxxx tienen el objeto de compensar al Banco por el costo de procesamiento de las partidas sobregiradas y por el riesgo que tomó al elegir, a su exclusivo criterio, pagar ciertos sobregiros. Usted también acepta que tales cargos por sobregiro no constituyen una penalización. Si usted no le reembolsa al Banco el sobregiro y los cargos relacionados tendremos derecho a recuperar nuestros gastos al cobrar el sobregiro y los cargos, así como también cualquier cargo relacionado, lo cual incluye a modo enunciativo pero no limitativo, los honorarios de abogados y costas. El pago de uno o más sobregiros no obliga al Banco a aceptar o pagar futuros sobregiros, y usted no debe confiar en que el Banco aceptará o pagará cualquier sobregiro. En lo que respecta a las cuentas con múltiples titulares, cada titular acepta ser responsable de manera conjunta e individual de todo sobregiro pagado por el Banco y de los cargos por sobregiro posteriores. Cada titular también acepta que el Banco puede debitar fondos de cualquier otra cuenta de tales propietarios para pagar el sobregiro y cualquier cargo relacionado.
17. PROTECCIÓN CONTRA SOBREGIRO La Protección contra Sobregiro es un servicio que transfiere fondos automáticamente a una cuenta de depósito que califique para cubrir un sobregiro mediante uno o más de los métodos siguientes: (i) transferencia de fondos desde una cuenta de crédito designada; (ii) transferencia de fondos desde una cuenta de ahorros designada; (iii) transferencia de fondos, primero desde una cuenta de crédito designada (sin incluir Visa de BB&T) y, si no hay fondos disponibles, desde una cuenta de ahorros designada; o (iv) transferencia de fondos desde una cuenta de ahorros designada, y si no hay fondos disponibles, desde una cuenta de crédito designada (sin incluir Visa de BB&T). Cuando tanto una cuenta de ahorros designada como una cuenta de crédito designada están vinculadas, el saldo en cualquiera de esas dos cuentas debe ser suficiente para cubrir el sobregiro por completo, antes de que pueda realizarse una transferencia. Los saldos de las diferentes cuentas no se combinarán para cubrir el sobregiro. Las cuentas de crédito están sujetas a calificación y a los términos y condiciones en el correspondiente contrato de crédito. En el contrato de crédito también se incluyen todos los cargos aplicables a su cuenta de crédito. La cantidad de Protección contra sobregiro disponible de una tarjeta de crédito Visa de BB&T vinculada está restringida al monto del límite de adelanto de efectivo disponible. Su centro financiero local de BB&T puede analizar qué cuentas de crédito están disponibles para proporcionar Protección contra Sobregiro. La Protección contra Xxxxxxxxx podría no estar disponible para cubrir un sobregiro si usted ya excedió su límite de crédito o el saldo disponible en su cuenta de ahorros. Si su Protección contra Xxxxxxxxx no está disponible se le cobrarán los cargos por sobregiro aplicables, según lo especificado en la Guía de Precios de Servicios Personales. Sólo una cuenta de ahorros y una cuenta de crédito pueden estar vinculadas a una cuenta de cheques para fines de la Protección contra Sobregiro. Si selecciona su cuenta Visa de BB&T como Protección contra Xxxxxxxxx, ninguna otra cuenta puede estar vinculada como fuente secundaria de fondos.
Las transferencias automáticas u otras transferencias "de conveniencia" realizadas desde una cuenta de ahorros designada hacia una cuenta de cheques para Protección contra Sobregiro se incluyen en las transacciones limitadas a no más de seis (6) por ciclo de estado de cuenta mensual. La Cuenta de Depósito para Inversionistas BB&T Vantage sólo puede vincularse con una Cuenta de Cheques BB&T Wealth Vantage o una Cuenta de Cheques BB&T Private para cubrir Sobregiros.
Si se presenta contra su cuenta de cheques un cheque o débito u otra partida (“partida”) cuando su saldo es insuficiente para cubrir el importe de la partida, se transferirán automáticamente a su cuenta de cheques, desde su opción de protección de sobregiro designada, fondos en la cantidad necesaria para cubrir el monto del sobregiro. Si no hay fondos suficientes para cubrir la totalidad del importe del sobregiro, las partidas podrán devolverse sin pagar y se le impondrá un cargo, conforme a su decisión de sobregiro para el proceso de Revisión de Xxxxxxxxxx. Cada transferencia automática desde ciertas cuentas de crédito o desde una cuenta de ahorros designada está sujeta al Cargo por Transferencia con Protección Automática de Sobregiro y al Cargo por Actividad Excesiva, si corresponde, según se describe en la Guía de Precios de Servicios Personales. El Cargo por Transferencia se cobrará directamente a la cuenta de cheques receptora de los fondos de la transferencia automática y todo Cargo por Actividad Excesiva se cobrará a la cuenta de ahorros. Si el monto transferido para cubrir el sobregiro es menos de $5.00 no se le cobrará ningún Cargo por Transferencia de Sobregiro. El Banco se reserva el derecho de devolver cualquier sobregiro que no pueda cubrirse con una transferencia automática desde su tarjeta de crédito, línea de crédito o cuenta de ahorros designadas. Todo sobregiro que no pueda cubrirse con la su opción de Protección contra Xxxxxxxxxx designada estará sujeto a los cargos por sobregiro vigentes del Banco, si usted participa en el proceso de Revisión de Xxxxxxxxxx.
18. PROCESO LEGAL CONTRA SU CUENTA. El Banco tiene derecho a acatar cualquier solicitud de gravamen o embargo del Servicio de Impuestos Internos, de cualquier departamento estatal xx xxxxx o de cualquier otra agencia del gobierno. El Banco puede acatar tales solicitudes de gravamen o embargo siempre y cuando el propio Banco no tenga reclamo alguno sobre el dinero. El Banco puede congelar cualquier cuenta hasta el momento en que se le instruya liberar el gravamen o embargo o hasta que el Banco remita los fondos o reciba la orden de remitir los fondos a la agencia o departamento gubernamentales correspondientes.
Al recibir cualquier aviso de derecho de retención, proceso de incautación, embargo, ejecución u otro proceso legal relacionado con usted o con su
cuenta, el Banco también está autorizado a retener pagos sobre su saldo equivalentes al monto mencionado en el aviso o proceso y a pagar dicho monto al tribunal, acreedor u otro tercero, conforme la ley estatal o federal correspondientes. El Banco también puede, a su exclusivo criterio, aplicar una retención sobre su cuenta durante un período de tiempo razonable para permitir que las partes o el Banco puedan presentar cualquier acción legal adicional o para llegar a un acuerdo extrajudicial sobre la medida relacionada con la(s) cuenta(s). Usted comprende y acepta que el Banco no será responsable por no pagar cheques, giros u otras partidas debido a fondos insuficientes en su cuenta, a causa de una retención sobre su cuenta o como consecuencia de cargos de mantenimiento, derechos de compensación, gravámenes, embargos, reclamos de derecho prendario u otros procesos legales.
Si el Banco incurriese en cualquier gasto, lo que incluye, a modo enunciativo pero no limitativo, costos administrativos, honorarios razonables de abogados o cualquier costo de litigio al responder a cualquier acción legal relacionada con usted o con su cuenta que no sea reembolsado de algún otro modo, el Banco podrá cargar tales gastos a su cuenta sin notificación previa. Además, el Banco puede deducir un cargo relacionado con cualquier proceso legal del que se notifique a su cuenta. Si no hay fondos suficientes en su cuenta para reembolsarnos por completo, usted será responsable del remanente. Toda acción legal contra su cuenta está sujeta al derecho prendario y al derecho de compensación del Banco. Se puede utilizar la totalidad de los fondos depositados en una cuenta conjunta para cumplir con cualquier proceso legal contra usted o contra su cuenta, pese a cualquier reclamo o declaración de propiedad real de los fondos de la cuenta.
19. DISPUTAS RELACIONADAS CON SU CUENTA. Si se nos ha notificado o creemos justificadamente que existe una disputa o demanda legítima con relación a su cuenta podremos, a nuestro exclusivo criterio: (i) seguir confiando en las tarjetas de registro de firmas, resoluciones y otros documentos de la cuenta en nuestro poder; (ii) congelar una parte o la totalidad de los fondos según lo que consideremos apropiado hasta la resolución de la controversia; (iii) consignar los fondos a un tribunal de justicia o equidad apropiado para su resolución; (iv) pagar la reivindicación contrapuesta al recibir las pruebas que consideremos suficientes para justificar tal reclamo; o (v) cerrar la cuenta y erogar los fondos a: (a) todos aquellos que tengan o reclamen un interés sobre la cuenta; o (b) al titular o los titulares de cuenta que figuren en nuestros registros. Además podremos, a nuestra opción, iniciar un juicio para determinar la propiedad de la cuenta.
El derecho del Banco a congelar la cuenta o a aplicar una retención sobre la cuenta incluye la prohibición de cualquier tipo de retiro o transferencia de la cuenta y/o evitar que se efectúen depósitos o acreditaciones a la cuenta. Nuestro derecho a congelar o ejecutar una retención sobre su cuenta también se aplicará si el Banco, de buena fe, cree: (i) que tenemos un reclamo en su contra o sobre los fondos de su cuenta o si creemos que podríamos sufrir pérdida por sus actos; (ii) que aplicar una retención sobre la cuenta protegerá mejor el interés de todos los firmantes de la cuenta; o
(iii) que aplicar una retención sobre la cuenta protegerá al Banco de cualquier reclamo relacionado con la disposición de los fondos de la cuenta. Usted también acepta que, al aplicar una retención sobre su cuenta, el Banco no tendrá responsabilidad alguna sobre ninguna partida que sea devuelta impaga, provoque el sobregiro de la cuenta, haga que una partida sea declarada como "Partida de Sobregiro", o dé lugar a cualquier otra pérdida o daño.
20. FALLECIMIENTO O INCOMPETENCIA Ni el fallecimiento de un Depositante ni una declaración legal de incompetencia revocan la autoridad del Banco de aceptar, pagar o cobrar partidas hasta que se notifique al Banco del fallecimiento o de una declaración de incompetencia y tenga una oportunidad razonable de actuar al respecto. Incluso con conocimiento, el Banco puede, durante diez (10) días a partir de la fecha de fallecimiento o de la declaración de incompetencia, pagar cheques librados hasta dicha fecha a menos que una persona que reclame algún interés sobre la cuenta ordene la suspensión de los pagos.
21. DEVOLUCIÓN RETRASADA DE UNA PARTIDA El Banco no será responsable ante el Depositante porque una partida depositada en su cuenta sea devuelta con posterioridad a la fecha establecida por la ley correspondiente, si dicha demora es resultado de un endoso inapropiado. De manera similar, usted será responsable ante el Banco por cualquier pérdida o gasto en que incurramos por no poder devolver en tiempo y forma una partida girada a su cuenta por causa de marcas o daños a la misma.
22. PARTIDAS A PAGAR EN FORMA CONJUNTA. Si una partida se emite de manera tal que no queda claro si se necesita el endoso de uno o dos beneficiarios, sólo se requerirá un endoso y el Banco no será responsable por cualquier pérdida en la que incurra el emisor por efectuar el pago con un sólo endoso.
23. RELACIÓN ENTRE EL BANCO Y EL DEPOSITANTE Al abrir cualquier cuenta con el Banco se crea una relación del tipo deudor/acreedor. Abrir una cuenta no establece una relación fiduciaria entre el Banco y el Depositante. Usted acepta no entablar ninguna demanda contra el Banco, basada en el argumento de que el Banco actúa en calidad de fiduciario.
24. GIROS A LA VISTA PREAUTORIZADOS Un giro preautorizado o a la vista es un tipo de cheque bancario que utilizan los televendedores y representantes de ventas que ofrecen bienes y servicios por teléfono, correo u otros medios electrónicos. Los giros se utilizan para obtener fondos de su cuenta sin que usted tenga que emitir un cheque o firmar el giro. En lugar de la firma, puede que el giro tenga una leyenda como "Pago Autorizado" o "No Se Requiere Firma". Si usted le proporciona a un televendedor o a cualquier otro tercero información sobre su cuenta o su número de cuenta y esa información se utiliza luego para debitar su cuenta, el banco está autorizado a pagar tales partidas. Si usted desea suspender el pago sobre el giro, debe revocar su autorización notificando al televendedor o xxxxxxx xxxxx.
00. XXXXXXX XX XXXXX FIRMA/PARA FINES ESPECIALES. Las tarjetas de registro de firma, resoluciones bancarias u otros documentos podrían hacer referencia al requerimiento de dos o más firmas para las partidas giradas de la cuenta o de una indicación de que la cuenta se estableció para un fin especial. Independientemente de cualquier referencia de este tipo o de cualquier acuerdo previo entre usted y el Banco, usted acepta que toda disposición o acuerdo previo es exclusivamente para fines de control personal o interno. Siempre y cuando una partida muestre al menos una firma autorizada, el Banco no será responsable ante usted si pagamos una partida que no tenga ninguna firma adicional o que no sea utilizada para el fin especial indicado.
26. PODER. El Banco tiene la capacidad de aceptar o rechazar un Poder de acuerdo con la ley aplicable. Podríamos seguir reconociendo la autoridad de su Apoderado hasta que recibamos una notificación de su fallecimiento o un aviso por escrito de revocación o finalización del Poder y tengamos una oportunidad razonable de actuar al respecto. En cada caso particular, nos reservamos el derecho de restringir la naturaleza o magnitud de las transacciones que el Apoderado puede realizar en su nombre y exigir que usted se presente personalmente para efectuar tales transacciones. El Banco también se reserva el derecho de permitirle a usted o a cualquier firmante autorizado de su cuenta que realice transacciones con la cuenta, aun cuando el Banco haya reconocido con anterioridad un Poder en relación a la cuenta. El titular principal podrá acceder a toda cuenta que se haya abierto en su nombre mediante un Poder, aunque no haya firmado la tarjeta de registro de firmas.
27. LEYES QUE RIGEN SU CUENTA. Su cuenta se rige por los términos de este Contrato, las leyes y regulaciones de los Estados Unidos y, en la medida en que la ley estatal lo permita, las leyes del estado en el que está ubicado el centro financiero donde abrió su cuenta. Si usted no abrió su cuenta en persona en un centro financiero sino que lo hizo por correo, por teléfono o por Internet y reside o mantiene residencia en un estado donde el
Banco opera un centro financiero, su cuenta se regirá por los términos de este Contrato, las leyes y regulaciones de los Estados Unidos y, en la medida en que la ley estatal lo permita, las leyes del estado donde se encuentra el centro financiero. Si usted no reside ni mantiene residencia en un estado donde el Banco opera una sucursal y abrió su cuenta por correo, por teléfono o a través de Internet, su cuenta se regirá por los términos de este Contrato, las leyes y regulaciones de los Estados Unidos y, en la medida en que la ley estatal lo permita, las leyes del estado de North Carolina. Esta elección de disposiciones legales se aplicará sin dar efecto a ningún conflicto xx xxx que pudiese requerir la aplicación de las leyes de otra jurisdicción. Si ninguna de las partes decide arbitrar un Reclamo, usted y el Banco aceptan que cualquier juicio o cualquier otro proceso semejante que surja de un Reclamo o esté relacionado con él (a excepción de los reclamos menores, según lo estipulado en la cláusula de arbitraje de este Contrato) estará sujeto a la exclusiva jurisdicción de los tribunales del estado cuyas leyes rigen su cuenta independientemente de cualquier conflicto xx xxx y que el tribunal deberá encontrarse en el mismo estado de la ley que rige su cuenta sin incluir ningún otro estado o jurisdicción.
28. COSTOS Y GASTOS. Usted acepta su responsabilidad ante el Banco por pérdidas, costos o gastos, que incluyen a modo enunciativo pero no limitativo honorarios razonables de abogados, como resultado de su violación de los términos del presente contrato, su actividad ilegal o inapropiada o conducta negligente. Usted autoriza al Banco a deducir de su cuenta cualquier costo o gasto de tales características sin previo aviso. Su responsabilidad por costos y gastos puede incluir las disputas entre usted y el Banco o las situaciones en las que el Banco se vea involucrado en una disputa entre usted y un tercero. La recuperación de cualesquiera costos y honorarios de abogados en un asunto resuelto por medio de procedimiento judicial o administrativo se determinará de conformidad con las reglas del tribunal o foro administrativo. ESTE PÁRRAFO NO SE APLICA A DISPUTAS INTERPUESTAS A TRAVÉS DE LAS DISPOSICIONES DE ARBITRAJE CONTENIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO, CUYOS TÉRMINOS REGIRÁN LA RECUPERACIÓN DE COSTOS Y CARGOS POR TALES DISPUTAS.
EN NINGÚN CASO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA, NINGUNA DE LAS PARTES SERÁ RESPONSABLE POR DAÑOS ESPECIALES, PUNITIVOS, INCIDENTALES, CONSECUENTES O INDIRECTOS, QUE INCLUYEN A MODO ENUNCIATIVO PERO NO LIMITATIVO, LA PÉRDIDA DE BENEFICIOS, AUN CUANDO UNA DE LAS PARTES HAYA SIDO ADVERTIDA DE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS.
X. XXXXXXX DE ADMINISTRACIÓN DEL DINERO
Todas las cuentas (de transacciones) ofrecidas por el Banco que devengan y no devengan intereses son designadas como "Cuentas de Administración del Dinero". Las cuentas de depósito del "mercado monetario" y de ahorros no se consideran "Cuentas de Administración del Dinero". Para la mayoría de los fines, a las Cuentas de Administración del Dinero se las considera como una sola cuenta para ciertos asuntos de mantenimiento de registros, cargos, saldos mínimos y pagos.
A los fines de la regulación contable, en nuestros archivos su cuenta de cheques constará de dos "subcuentas". Una de esas subcuentas es una cuenta de cheques del tipo designado por el título de la cuenta ("Subcuenta de Cheques”). La otra subcuenta es una cuenta xxx xxxxxxx monetario (“Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario”). Si la cuenta de cheques devenga intereses, los intereses se acumularán sobre el saldo combinado cobrado en depósito en ambas subcuentas, a la tasa de interés establecida para la cuenta de cheques correspondiente. Por lo tanto, el Porcentaje de Rendimiento Anual (APY, por sus siglas en inglés) devengado por la cuenta se calcula en función del saldo combinado cobrado en depósito en ambas subcuentas durante el ciclo de estado de cuenta. Si la cuenta de cheques no devenga intereses, no se pagará interés alguno a la subcuenta.
Conforme a las regulaciones, la Subcuenta de Cheques se clasifica como una cuenta de "transacciones" de la cual puede hacerse una cantidad ilimitada de transferencias de fondos; la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario se clasifica como una cuenta del "mercado monetario", en cuyo caso la cantidad de transferencias de fondos desde la cuenta se limita a seis (6) por ciclo de estado de cuenta. El límite regulatorio sobre transferencias desde la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario durante un ciclo de estado de cuenta es el factor determinante para el procedimiento de transferencias entre las subcuentas que se describe a continuación.
Los fondos en depósito en la Subcuenta xx Xxxxxxx Monetario aumentarán durante cada mes de estado de cuenta a través de transferencias automáticas de la Subcuenta de Cheques, lo cual reducirá los Fondos en depósito en la Subcuenta de Cheques. A fin de lograr esa meta, los fondos en depósito en la Subcuenta de Cheques que excedan el Saldo Objetivo, el cual se define más abajo, se transferirán automáticamente a la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario hasta un determinado momento, en cada ciclo de estado de cuenta, en el que se hayan realizado un total de seis (6) transferencias desde la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario hacia la Subcuenta de Cheques para cubrir cheques presentados para pago o débitos efectuados contra la Subcuenta de Cheques. Después de la sexta de dichas transferencias desde la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario hacia la Subcuenta de Cheques no se harán más transferencias desde la Subcuenta de Cheques hacia la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario hasta el comienzo del próximo ciclo de estado de cuenta mensual.
El Saldo Objetivo es un saldo designado que se mantiene en la Subcuenta de Cheques por medio de transferencias de fondos desde la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario. El Saldo Objetivo se establece para cada Subcuenta de Cheques en función del tipo de cuenta de cheques designada por el Banco como una Cuenta de Administración del Dinero y está sujeto a cambios ocasionales y sin notificación.
Si los cheques presentados y los débitos efectuados contra la Subcuenta de Cheques durante el ciclo de estado de cuenta mensual exceden el saldo objetivo establecido en la Subcuenta de Cheques, se hará automáticamente una transferencia desde la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario a la Subcuenta de Cheques en un monto suficiente para cubrir el pago de los cheques presentados o los débitos efectuados y para restablecer el Saldo Objetivo. El saldo restante en la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario se transferirá a la Subcuenta de Cheques cuando el monto de las partidas presentadas o de los débitos efectuados en la Subcuenta de Cheques más el Saldo Objetivo excedan el saldo en depósito en la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario. Luego de realizarse la sexta (6ª) transferencia desde la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario hacia la Subcuenta de Cheques durante cualquier ciclo de estado de cuenta mensual, la totalidad del saldo restante en la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario se transferirá a la Subcuenta de Cheques. Al final de cada ciclo de estado de cuenta mensual los fondos en depósito en la Subcuenta de Cheques que superen el Saldo Objetivo se transferirán automáticamente a la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario y se reanudará el proceso de transferencias. El Depositante no advertirá ningún cambio en la cuenta como resultado de las transferencias que se describen anteriormente.
La estructura de las Cuentas de Administración del Dinero no tiene ningún efecto en la aplicabilidad de la cobertura del seguro de la FDIC sobre la cuenta.
X. XXXXXXX DE CHEQUES QUE NO DEVENGAN INTERESES
El Banco ofrece varias cuentas de depósito a la vista que no devengan intereses, cada una con distintas calificaciones. Consulte la Guía de Precios de Servicios Personales si desea ver los detalles, que incluyen las limitaciones en la cantidad de transacciones, los requisitos de saldo mínimo para evitar el pago de cargos periódicos, los cargos de mantenimiento mensuales y otras calificaciones para cada cuenta. Si tiene una cuenta de Servicios Bancarios de BB&T para Estudiantes, al cumplir veinticuatro (24) años o al llegar a la fecha de graduación que usted proporcionó al Banco, se le informará que su cuenta
se convertirá en una cuenta Bright Banking de BB&T.
X. XXXXXXX QUE DEVENGAN INTERESES
Estas divulgaciones son adicionales al Resumen para el Cliente o la Tabla de Tasas de Interés y la Guía de Precios de Servicios Personales.
“PORCENTAJE DE RENDIMIENTO ANUAL.” El Porcentaje de Rendimiento Anual ("APY", por sus siglas en inglés) es una medición del monto total de intereses pagados en una cuenta en función de la tasa de interés y la frecuencia con que se calculan. El APY se expresa como una tasa anualizada, en función de un año de 365 días o de 366 días si es un año bisiesto y se devengan o se anticipa que se devengarán intereses el 29 de febrero. Las cuentas que se abran después del 29 de febrero en un año bisiesto devengan intereses en función de un año de 365 días.
El cálculo del APY se realiza en función del número real de días en el plazo de la cuenta; sin embargo, para cuentas en las que no se ha especificado una fecha de vencimiento, el cálculo se hace en función de un plazo asumido de 365 días o de 366 días en un año bisiesto, si se devengan o se anticipa que se devengarán intereses el 29 de febrero. Las cuentas que se abran después del 29 de febrero en un año bisiesto devengan intereses en función de un año de 365 días. Al hacer el cálculo se presume que todo el capital y los intereses continúan depositados durante la totalidad del plazo y que no se registran transacciones adicionales (depósitos o retiros) durante el plazo. Para cuentas con tasa variable, el cálculo se realiza sólo en función de la tasa de interés inicial vigente cuando la cuenta se abrió (o se publicitó) y presume que esa tasa no cambiará durante el plazo.
CUENTAS DE TASA VARIABLE. Salvo que se indique lo contrario, las cuentas de transacción que devengan intereses serán cuentas de tasa variable. La tasa de interés y el APY pueden cambiar en cualquier momento a nuestro exclusivo criterio. Para cuentas de tasa variable, usted puede realizar transferencias o retiros desde o hacia la cuenta por cualquier monto y en cualquier momento, sujeto al derecho del banco de exigir una notificación escrita siete (7) días antes del retiro del total o de parte de los fondos en depósito.
CAPITALIZACIÓN Y ACREDITACIÓN DE INTERESES. El interés se empieza a acumular el primer (1er) día hábil que el Banco recibe crédito por el depósito de partidas no monetarias (por ejemplo, cheques), es decir, el interés se paga sobre saldos cobrados. El Banco se apoya en el programa de disponibilidad del Banco de la Reserva Federal para establecer cuándo se recibe el crédito por el depósito de partidas no monetarias. La tasa de interés se calcula diariamente y se acredita en el último día del ciclo de estado de cuenta; sin embargo, si usted tiene una cuenta de Ahorros Regular o de Jóvenes Ahorradores que no está vinculada a una cuenta de cheques, sus intereses se acreditarán a fin de mes. Si su cuenta se cierra antes de que los intereses se acrediten, usted no recibirá los intereses acumulados.
CÁLCULO DE SALDOS. Calculamos los intereses sobre el monto total del saldo cobrado en su cuenta cada día. Utilizamos el método de saldo diario para calcular el interés en la cuenta. Este método aplica una tasa periódica diaria al saldo cobrado en la cuenta cada día.
TASA DE INTERÉS ESCALONADA. Las divulgaciones sobre la Tasa de Interés Escalonada se encuentran, según corresponda, bajo las descripciones separadas para cada cuenta.
AVISO DE RETIRO. Nos reservamos el derecho de exigir una notificación escrita al menos siete (7) días antes del retiro total o parcial de sus fondos depositados.
TIPOS DE CUENTA
1. CUENTAS DE AHORROS REGULARES (Cuenta de Ahorros Básica y de Jóvenes Ahorradores)
La Cuenta de Ahorros Básica (que ya no se ofrece más) estaba disponible sólo para los clientes de Cuenta de Cheques Básica, Directa y BB&T Free. Si usted cierra su Cuenta de Cheques Básica, Directa o BB&T Free y tiene una cuenta de Ahorros Básica, su cuenta de Ahorros Básica se convertirá en una cuenta de Ahorros Regular en un plazo de sesenta (60) días a partir de la fecha de cierre de la cuenta de cheques.
Las cuentas de Jóvenes Ahorradores están disponibles para menores de diecisiete (17) años y de menor edad. Cuando el Depositante cumple los dieciocho (18) años, la cuenta de Jóvenes Ahorradores estará sujeta a los mismos cargos y requisitos de saldo y depósito mínimos y otras calificaciones aplicables a las cuentas de Ahorros Regular, según lo que se establece en la Guía de Precios de Servicios Personales.
Se le permite un límite no mayor a seis (6) transacciones, transferencias o retiros durante cualquier ciclo de estado de cuenta mensual con el fin de transferir fondos a otra cuenta de BB&T o de realizar pagos a terceros por medio de un giro, tarjeta de débito, transferencia reautorizada o automática, transferencia telefónica u orden similar. Las únicas excepciones a estas limitaciones en las transacciones se describen a continuación. (Nota: Las transferencias y los retiros que se hagan a través de las plataformas de BB&T OnLine y a través de BB&T Phone24 están incluidos en las seis (6) transacciones que se permiten por ciclo). Si sobrepasa los límites de transacciones durante cualquier ciclo de estado de cuenta mensual, podremos cerrar su cuenta o convertirla en una cuenta de transacciones. El exceso de retiros y transferencias está sujeto a cargos según lo que se especifica en la Guía de Precios de Servicios Personales.
• Puede realizar retiros ilimitados de la cuenta si los hace en persona, por mensajero, por correo postal o en un cajero automático.
• Puede realizar transferencias ilimitadas entre cuentas del Depositante en el Banco si las hace en persona, por mensajero, por correo postal o en un cajero automático.
• Puede realizar transferencias automáticas preautorizadas ilimitadas para efectuar pagos de préstamos que haya obtenido del Banco.
2. CUENTAS DE AHORROS ELECTRÓNICAS DE BB&T
Las cuentas de ahorros electrónicas de BB&T están disponibles únicamente a través del canal por Internet xxx.xxx.xxx.
Se le permite un límite no mayor a seis (6) transacciones, transferencias o retiros durante cualquier ciclo de estado de cuenta mensual con el fin de transferir fondos a otra cuenta de BB&T o de realizar pagos a terceros por medio de un giro, tarjeta de débito, transferencia preautorizada o automática, transferencia telefónica u orden similar. Las únicas excepciones a estas limitaciones en las transacciones se describen a continuación. (Nota: Las transferencias y los retiros que se hagan a través de las plataformas de BB&T OnLine y a través de BB&T Phone24 están incluidos en las seis (6) transacciones que se permiten por ciclo). Si sobrepasa los límites de transacciones durante cualquier ciclo de estado de cuenta mensual, podremos cerrar su cuenta o convertirla en una cuenta de transacciones. El exceso de retiros y transferencias está sujeto a cargos según lo que se especifica en la Guía de Precios de Servicios Personales.
• Puede realizar retiros ilimitados de la cuenta si los hace en persona, por mensajero, por correo postal o en un cajero automático.
• Puede realizar transferencias ilimitadas entre cuentas del Depositante en el Banco si las hace en persona, por mensajero, por correo postal o en un cajero automático.
• Puede realizar transferencias automáticas preautorizadas ilimitadas para efectuar pagos de préstamos que haya obtenido del Banco.
3. CUENTA DE AHORROS MONEY RATE
Su tasa de interés se determina en función del saldo en su cuenta, de conformidad con los siguientes niveles:
$0 -$999.99
$1,000 -$24,999.99
$25,000 -$49,999.99
$50,000 y mayor
El pago de intereses se calculará al aplicar la tasa de interés correspondiente a cada nivel al saldo diario cobrado en su cuenta.
Se le permite un límite no mayor a seis (6) transacciones, transferencias o retiros durante cualquier ciclo de estado de cuenta mensual con el fin de transferir fondos a otra cuenta de BB&T o de realizar pagos a terceros por medio de un cheque, giro, tarjeta de débito, transferencia preautorizada o automática, transferencia telefónica u orden similar. Las únicas excepciones a estas limitaciones en las transacciones se describen a continuación. (Nota: Las transferencias y los retiros que se hagan a través de las plataformas de BB&T OnLine y a través de BB&T Phone24 están incluidos en las seis (6) transacciones que se permiten por ciclo). Si sobrepasa los límites de transacciones durante cualquier ciclo de estado de cuenta mensual, podremos cerrar su cuenta o convertirla en una cuenta de transacciones. El exceso de retiros y transferencias está sujeto a cargos según lo que se especifica en la Guía de Precios de Servicios Personales.
• Puede realizar retiros ilimitados de la cuenta si los hace en persona, por mensajero, por correo postal o en un cajero automático.
• Puede realizar transferencias ilimitadas entre cuentas del Depositante en el Banco si las hace en persona, por mensajero, por correo postal o en un cajero automático.
• Puede realizar transferencias automáticas preautorizadas ilimitadas para efectuar pagos de préstamos que haya obtenido del Banco.
4. CUENTAS DE DEPÓSITO DE INVERSIONISTAS (IDA, POR SUS SIGLAS EN INGLÉS) y CUENTA DE DEPÓSITO DE INVERSIONISTAS BB&T VANTAGE
Su tasa de interés se determina en función del saldo en su cuenta, de conformidad con los siguientes niveles:
IDA | Cuenta de depósito de inversionistas BB&T Vantage |
$0 -$9,999.99 | $0 -$49,999.99 |
$10,000 -$24,999.99 | $50,000 -$99,999.99 |
$25,000 -$49,999.99 | $100,000 -$249,999.99 |
$50,000 -$99,999.99 | $250,000 -$999,999.99 |
$100,000 -$999,999.99 | $1,000,000 -$4,999,999.99 |
$1,000,000 y mayor | $5,000,000 y mayor |
El pago de intereses se calculará al aplicar la tasa de interés correspondiente a cada nivel al saldo diario cobrado en su cuenta.
Se le permite un límite no mayor a seis (6) transacciones, transferencias o retiros durante cualquier ciclo de estado de cuenta mensual con el fin de transferir fondos a otra cuenta de BB&T o de realizar pagos a terceros por medio de un cheque, giro, tarjeta de débito, transferencia preautorizada o automática, transferencia telefónica u orden similar. Las únicas excepciones a estas limitaciones en las transacciones se describen a continuación. (Nota: las transferencias y los retiros que se hagan a través de BB&T OnLine y BB&T Phone24 están incluidos en las seis (6) transacciones que se permiten por ciclo). Si sobrepasa los límites de transacciones durante cualquier ciclo de estado de cuenta mensual, podremos cerrar su cuenta o convertirla en una cuenta de transacciones. El exceso de retiros y transferencias está sujeto a cargos según lo que se especifica en la Guía de Precios de Servicios Personales.
• Puede realizar retiros ilimitados de la cuenta si los hace en persona, por mensajero, por correo postal o en un cajero automático.
• Puede realizar transferencias ilimitadas entre cuentas del Depositante en el Banco si las hace en persona, por mensajero, por correo postal o en un cajero automático.
• Puede realizar transferencias automáticas preautorizadas ilimitadas para efectuar pagos de préstamos que haya obtenido del Banco.
5. CUENTA DE CHEQUES DE ALTO RENDIMIENTO
(No disponible en todos los estados o a través xx xxxxxxx de apertura de cuentas no en centros financieros).
Su tasa de interés se determina en función del saldo en su cuenta, de conformidad con los siguientes niveles:
$0 -$9,999.99
$10,000 -$24,999.99
$25,000 -$49,999.99
$50,000 y mayor
El pago de intereses se calculará al aplicar la tasa de interés correspondiente a cada nivel al saldo diario cobrado en su cuenta
6. NIVELES PARA CUENTA DE CHEQUES
Su tasa de interés se determina en función del saldo en su cuenta, de conformidad con los siguientes niveles:
NC, SC, VA, MD, GA, AL, WV, TN, TX, Washington, DC y todas las cuentas iniciadas a través de un canal que no sea un centro financiero.
Classic Banking y Elite Gold
$0 -$2,499.99
$2,500 -$24,999.99
$25,000 y mayor
FL, KY, IN
Classic Banking Elite Gold
$0 -$2,499.99 $0 -$2,499.99
$2,500 -$9,999.99 $2,500 -$9,999.99
$10,000 -$24,999.99 $10,000 -$24,999.99
$25,000 y mayor $25,000 -$49,999.99
$50,000 y mayor
Cuentas de cheques BB&T Wealth Vantage Cuentas de cheques BB&T Private Vantage
$0 -$4,999.99 $0 -$4,999.99
$5,000 -$24,999.99 $5,000 -$24,999.99
$25,000 -$99,999.99 $25,000 -$49,999.99
$100,000 y mayor $50,000 y mayor
El pago de intereses se calculará al aplicar la tasa de interés correspondiente a cada nivel al saldo diario cobrado en su cuenta.
TRANSFERENCIAS Y RETIROS. Puede realizar transferencias y retiros desde o hacia su cuenta por cualquier monto y en cualquier momento (sujeto al derecho del Banco de exigir una notificación escrita siete (7) días antes del retiro del total o de parte de los fondos en depósito) y por cualquier medio aceptable al Banco, sin límites en la cantidad de transferencias, lo que incluye transferencias de terceros.
7. CUENTAS DE CHEQUES BB&T WEALTH VANTAGE Y CUENTAS DE CHEQUES BB&T PRIVATE VANTAGE
Los clientes de las cuentas de cheques BB&T Wealth Vantage y BB&T Private Vantage pueden elegir participar en uno de los dos programas de traspaso para la inversión de los saldos en efectivo excedentes. Con cualquiera de los dos programas, la cuentas de cheques BB&T Wealth Vantage o BB&T Private Vantage mantendrá un saldo dentro de límites mínimo y máximo predeterminados, cuyo monto del "umbral" está sujeto a cambios ocasionales con o sin previo aviso de parte del banco.
Cuenta de depósito para inversionistas con opción de traspaso BB&T Vantage. Si el cliente elige esta opción, el exceso de fondos del saldo máximo predeterminado se traspasará automáticamente a la Cuenta de Depósito de Inversionistas BB&T Vantage vinculada, la cual se ha descripto anteriormente con más detalle. Cuando el saldo descienda por debajo del mínimo predeterminado, se traspasarán fondos de la Cuenta de Depósito de Inversionistas BB&T Vantage a la Cuenta de Cheques BB&T Wealth Vantage o a la Cuenta de Cheques BB&T Private Vantage vinculadas para restaurar el saldo al monto máximo del umbral. Luego de realizarse la sexta (6.a) transferencia automática desde la Cuenta de Depósito de Inversionistas BB&T Vantage en cualquier ciclo del estado de cuenta mensual y para cumplir con las normas federales, todo el saldo en la Cuenta de Depósito de Inversionistas BB&T Vantage se transferirá automáticamente a la cuenta de cheques vinculada y no se permitirán más transferencias automáticas desde la cuenta dentro del ciclo de estado de cuenta mensual en curso. La opción de traspaso se reiniciará al comenzar el próximo ciclo de estado de cuenta mensual. Este límite de transferencias de seis meses sólo se aplica para las transferencias desde la cuenta de depósito de inversionistas BB&T Vantages a la cuenta de cheques; los traspasos automáticos desde la cuenta de cheques a la cuenta de depósito de inversionistas BB&T Vantages son ilimitados.
Cuenta de administración de activos con opción de traspaso. Si el cliente elige esta opción, las cuentas de cheques BB&T Wealth Vantage y BB&T Private Vantage estarán vinculadas a una cuenta de corretaje con uno de nuestros afiliados para crear una cuenta de administración de activos, como se describe a continuación, en más detalle, en "Cuentas de administración de activos". Consulte la sección para acceder a un breve resumen de las características de una AMA (cuenta de administración de activos), entre ellas la opción de traspaso de inversiones automáticas y auto-dirigidas que están disponibles.
8. CUENTAS DE ADMINISTRACIÓN DE ACTIVOS
Nuestra cuenta de administración de activos (“AMA”) combina una cuenta de cheques que devengan intereses de BB&T con una cuenta de corretaje vinculada en una de nuestras filiales que ofrecen servicios de corretaje (ya sea BB&T Investment Services, Inc. o BB&T Xxxxx & Xxxxxxxxxxxx). Esto le permite mantener sus fondos en una cuenta de cheques para cubrir sus gastos diarios, traspasar los saldos en efectivo excedentes a alguna de las opciones de traspaso de inversiones disponibles, así como también aumentar sus posibles ganancias y beneficiarse con los variados productos y servicios de inversión que ofrece la filial de corretaje correspondiente. Recibirá un estado de cuenta mensual detallado de la cuenta AMA en el que se incluirá, por separado, toda la información de su cuenta de cheques, de la cuenta de corretaje y de la actividad de traspaso en un formato fácil xx xxxx.
Con una cuenta AMA, la cuenta de cheques mantendrá un saldo dentro del límite mínimo y máximo predeterminado, cuyo monto del "umbral" está sujeto a cambios ocasionales con o sin previo aviso de parte del banco. Si el cliente elige la opción de traspaso automático, el exceso de fondos del saldo máximo predeterminado se traspasará automáticamente cada día hábil a uno de los medios de inversión, el cual se podrá seleccionar entre las opciones de traspaso de inversiones que tanto nosotros como nuestra filial ofrecen en disponibilidad ocasionalmente y que puede incluir cuentas de depósito aseguradas por Corporación Federal de Seguro de Depósitos (FDIC, por sus siglas en inglés) así como productos de inversión no depositaria que no estén aseguradas. Cuando el saldo de la cuenta de cheques descienda por debajo del mínimo predeterminado, se traspasarán fondos de la opción de traspaso de inversión a la cuenta de cheques para restablecer el saldo al monto máximo del umbral. Los clientes con una cuenta AMA también podrán elegir una opción de traspaso autodirigida que les permita transferir los fondos manualmente en lugar de seguir el proceso de traspaso automático descripto más arriba. El dinero que se conserva en la opción de traspaso de inversión seleccionada podrá utilizarse para cubrir la actividad comercial en la cuenta de corretaje y, además, podrá autorizar que el efectivo excedente de dicha cuenta se invierta automáticamente en la opción de traspaso de inversión que haya elegido.
Con respecto a los saldos AMA que se mantienen en la cuenta de cheques, su tasa de interés se determina en función del saldo en su cuenta, de conformidad con los siguientes niveles:
$0 - $4,999.99
$5,000 - $24,999.99
$25,000 - $49,999.99
$50,000 y mayor
El pago de intereses se calculará al aplicar la tasa de interés correspondiente a cada nivel al saldo diario cobrado en su cuenta.
Los productos de inversión no depositarios disponibles mediante BB&T Investment Services, Inc. o BB&T Xxxxx & Xxxxxxxxxxxx no son depósitos de, ni están asegurados por, el banco ni cualquiera de sus filiales; no están asegurados por la FDIC ni por otra agencia gubernamental; y están sujetos a los riesgos de inversión, entre ellos, la posible pérdida de valor.
H. CERTIFICADOS DE DEPÓSITO
1. APLICABILIDAD GENERAL. Los términos, las condiciones y las divulgaciones que se detallan en esta sección se aplican a todos los Certificados de Depósito, independientemente de si se trata de un certificado impreso o de Certificados de Depósito por medio de asiento contable (en conjunto, "Certificados de Depósito"), salvo que se indique que son aplicables únicamente a un tipo específico de Certificado de Depósito, o que los términos y las condiciones sean reemplazados por términos y condiciones detallados en el Certificado o en el recibo de un Certificado de Depósito por medio de Asiento Contable, o en algún otro tipo de contrato escrito que se suscriba al momento del depósito inicial.
2. DEFINICIONES. A los fines de esta sección, "plazo" se refiere a la cantidad de días o meses durante la cual el Depositante acepta que los fondos continúen en depósito en el Banco; "vencimiento" y "fecha de vencimiento" se refieren al último día en el plazo del Certificado de Depósito. Esta divulgación es adicional al Resumen del Cliente, al Plan de Tasas de Interés y al Recibo del Certificado de Depósito.
3. CÁLCULO DE INTERESES.
Capitalización y acreditación. Los intereses en todos los Certificados de Depósito comienzan a acumularse el primer día hábil en que el Banco recibe el crédito por el depósito de partidas no monetarias. Calculamos los intereses sobre el monto total del saldo cobrado en su cuenta cada día. Utilizamos el método de saldo diario para calcular el interés en la cuenta. Este método aplica una tasa de interés periódica diaria al capital de la cuenta cada día. El Porcentaje de Rendimiento Anual ("APY", por sus siglas en inglés) supone que los intereses continuarán depositados hasta el vencimiento. Realizar un retiro antes del vencimiento reducirá las ganancias. Los intereses sobre todos los Certificados de Depósito con un saldo de capital de $99,999.99 o menos se calculan diariamente y se acreditan a su cuenta conforme al plazo específico. Todos los Certificados de Depósito con plazos mayores de un (1) año pagan intereses al menos anualmente. Si el plazo de su Certificado de Depósito es de treinta (30) días o menos, los intereses se acreditarán al capital al momento de la renovación. Los intereses en todos los Certificados de Depósito con un saldo de capital de
$100,000.00 o más se calculan como interés simple y se acreditan anualmente al capital en la fecha de aniversario del Certificado de Xxxxxxxx, salvo que tenga un plazo de menos de un año, en cuyo caso los intereses se acreditan al capital al vencimiento.
Tasa de interés fija. Ciertos Certificados de Depósito pagan la tasa de interés durante el plazo del certificado, según lo establecido al momento de la apertura de la cuenta o en el aviso de renovación para cada renovación automática. Sin embargo, el Banco puede ajustar la tasa de interés en el caso de que un Depositante haga un retiro parcial que reduzca el saldo del depósito por debajo del mínimo exigido para devengar la tasa existente. El ajuste de esa tasa de interés se calcula con los niveles de tasas actuales, que se determinan conforme el saldo y plazo del depósito, establecidos periódicamente por el Banco. Bajo ninguna circunstancia se incrementarán las tasas por encima de las tasas de intereses divulgadas en el Resumen del Cliente o de las últimas tasas de intereses divulgadas. El Banco puede modificar un Certificado de Depósito para acumular interés a la tasa de interés actual del Banco hasta la próxima fecha de renovación, en función de los niveles de tasas actuales para el saldo restante y al plazo del Certificado de Depósito.
Tasa de interés variable. Los Certificados de Depósito con Tasa de Interés Variable pagan la tasa de interés inicial divulgada al abrirse la cuenta o en el aviso de renovación para cada período de renovación automático. Tras el vencimiento de la tasa de interés inicial, cada Certificado de Depósito está sujeto a cambios en tasas de interés y APY determinados a nuestro exclusivo criterio, en función de los términos de tipo individual de Certificado de Depósito.
4. RENOVACIÓN. Todos los Certificados de Depósito se renuevan automáticamente al vencimiento, conforme a los mismos términos y condiciones establecidos para el Certificado original, salvo la tasa de interés y los términos y condiciones que el Banco pudiera haber modificado antes de la renovación, de lo cual se ha notificado conforme a este Contrato. Si el Certificado de Depósito tiene un plazo de menos de treinta y dos (32) días, usted puede cambiar el plazo del Certificado de Depósito en la fecha de renovación. Si el Certificado de Depósito tiene un plazo de treinta y dos (32) días o más, puede cambiar el plazo del Certificado de Depósito mediante una notificación al Banco durante el período xx xxxx (10) días que comienza el día posterior a la fecha de renovación e incluye los siguientes nueve (9) días calendario. Los cambios en el monto del capital del Certificado de Depósito están sujetos a las restricciones que se establecen a continuación. Las modificaciones se anunciarán en el aviso de renovación. Los Certificados de Depósito de cualquier plazo se renovarán automáticamente a la tasa de interés actual que el Banco designe al momento de la renovación para Certificados de tipo, plazo y monto similares. Para cualquier Certificado de Depósito ofrecido inicialmente con una tasa especial de bonificación, la renovación será a la tasa de interés que el Banco designe al momento de la renovación, que será una tasa comparable a la de otros Certificados de Depósito con plazos y montos similares. Pueden permitirse depósitos o retiros adicionales al momento de la renovación, sujetos a lo siguiente:
Certificados de depósito con un plazo menor a treinta y dos (32) días: Se pueden realizar depósitos adicionales o retiros parciales de capital e interés en la fecha de renovación. Si la fecha de renovación coincide con un fin de semana, un feriado bancario o un día festivo, a los fines de realizar depósitos adicionales y retiros parciales, la fecha de renovación será considerada el siguiente día hábil. (A los efectos de la renovación, el nuevo plazo empieza en la fecha de renovación verdadera, no en el siguiente día hábil).
Certificados de depósito con un plazo de (32) días o más: Se pueden realizar depósitos adicionales y retiros parciales de capital e intereses durante un período xx xxxx (10) días calendario, que comienza el día posterior a la fecha de renovación e incluye los próximos nueve (9) días calendario.
Saldo mínimo. Se pueden realizar retiros parciales de capital e intereses al momento de la renovación, siempre que el saldo remanente en la cuenta después del retiro parcial cumpla con los requisitos de depósito mínimo del Banco para el Certificado de Depósito.
5. CANCELACIÓN. Se aplican las siguientes restricciones a la cancelación de un Certificado de Xxxxxxxx sin penalización y al pago de intereses después del vencimiento:
Certificados de depósito de renovación automática con un plazo menor a treinta y dos (32) días. La cancelación sin penalización puede hacerse únicamente en la fecha de vencimiento. Si no se cancela o se modifica en la fecha de vencimiento, el Certificado de Depósito acumulará intereses según la tasa que se ofrezca actualmente para Certificados de Depósito del mismo plazo, tipo y monto.
Certificados de depósito de renovación automática con un plazo de treinta y dos (32) días o más. La cancelación sin penalización puede realizarse durante un período xx xxxx (10) días calendario que comienza en la fecha de vencimiento e incluye los siguientes nueve (9) días calendario. Si el Certificado de Depósito se cancela en el plazo de estos diez (10) días calendario, no se pagará interés en la fecha de cancelación. Si no se cancela o modifica en ese plazo xx xxxx (10) días calendario (que incluye la fecha de vencimiento), los intereses se acumularán según la tasa que se ofrezca actualmente para los Certificados de Depósito del mismo plazo, tipo y monto.
6. RETIRO DE INTERESES. Con el consentimiento del Banco, usted puede realizar un retiro de todo o parte del interés acumulado en un Certificado de
Depósito antes de su fecha de vencimiento, siempre que el saldo restante sea como mínimo igual al monto del capital original del Certificado de Depósito. Los intereses que se hayan acreditado a un CD de Ahorros para la Vivienda y un CD de Ahorros para la Universidad no pueden retirarse hasta el vencimiento del Certificado de Depósito de Ahorros para la Vivienda y de Ahorros para la Universidad.
7. RETIRO DE CAPITAL ANTES DEL VENCIMIENTO. Se permiten retiros del capital de un Certificado de Depósito antes del vencimiento, siempre que el saldo del capital que queda en la cuenta siga cumpliendo el requisito de depósito mínimo del Banco. Además, se aplicarán ciertas penalizaciones por retiro anticipado y la tasa de interés también se puede reducir.
Penalizaciones por retiro anticipado. Salvo que se comunique lo contrario:
• Para Certificados de Depósito con un plazo de menos de 3 meses, la penalización será un monto igual a todos los intereses que podrían haberse devengado durante el plazo del Certificado de Depósito o $25.00, lo que sea mayor.
• Para Certificados de Depósito con un plazo de 3 a 12 meses, la penalización será por un monto equivalente a 3 meses de interés simple sobre el monto de capital retirado o $25.00, lo que sea mayor.
• Para Certificados de Depósito con un plazo de 13 a 23 meses, la penalización será por un monto equivalente a 6 meses de interés simple sobre el monto de capital retirado o $25.00, lo que sea mayor.
• Para Certificados de Depósito con un plazo de más de 24 meses, la penalización será por un monto equivalente a 12 meses de interés simple sobre el monto de capital retirado o $25.00, lo que sea mayor.
Emergencia médica. Puede permitirse el retiro anticipado de capital para atender una emergencia médica sin que medie una penalización por retiro anticipado, si: tanto el depósito inicial como cualquier otro depósito han estado depositados durante al menos siete (7) días calendario previos al retiro; no se han hecho retiros parciales durante los seis (6) días calendario previos al del retiro; y el titular del Certificado de Depósito mantiene, al momento del retiro, una cuenta de cheques Golden Advantage, Elite Gold o para Jubilados.
Fallecimiento o incompetencia. Si el Depositante fallece o se le declara por orden judicial como mentalmente incapacitado después de haber comprado el Certificado de Xxxxxxxx, el Banco podrá atender un (1) pedido de retiro del depósito antes del vencimiento, sin penalización.
NOTA: Si el monto de la penalización excede el interés real acumulado durante el plazo, independientemente de si se ha pagado o no, la penalización se retendrá del capital del Certificado de Depósito.
8. TÉRMINOS ADICIONALES PARA LOS SIGUIENTES CERTIFICADOS DE DEPÓSITO.
Certificados de depósito "agregados". Debe haber al menos un depósito de $50.00 o más efectuado automáticamente por medio de giro mensual al Certificado Agregado. El Depositante puede realizar depósitos adicionales de $50 o más por medio de giro, en persona o a través de la Banca por Internet de BB&T. Los intereses se acumularán sobre todos los depósitos agregados a la misma tasa de interés y APY que la del depósito original o a la tasa vigente al momento de la última renovación. De incumplirse la continuación del giro por el monto mínimo en cualquier momento durante el plazo del Certificado de Depósito Agregado, la cuenta de depósito se convertirá en una cuenta de ahorros. En ese momento, la tasa de interés se ajustará a la tasa aplicable a las cuentas de ahorros. El Banco notificará por escrito al Depositante, al menos treinta (30) días calendario antes de la conversión de un Certificado de Depósito Agregado a una cuenta de ahorros.
Certificado de Depósito xxx Xxxxxx. El Banco determinará la tasa de interés a su exclusivo criterio, pero no será menor al uno por ciento por debajo de la tasa de descuento de la última subasta del mes anterior de las letras xxx Xxxxxx de los Estados Unidos con un vencimiento de 3 meses. El Banco podrá, en cualquier momento, realizar cualquier cambio en la tasa de interés. Se permiten depósitos adicionales de un mínimo de $100.00 en cualquier momento y se pueden realizar en persona o por giro. Todos los depósitos adicionales devengarán intereses con la tasa y el APY en la cuenta al momento de efectuado el depósito adicional. Durante el plazo del Certificado de Xxxxxxxx, y durante cualquier renovación posterior, se le permite un retiro por mes "sin penalización", siempre que los fondos hayan permanecido en depósito durante un mínimo de siete (7) días calendario y no haya habido retiros parciales durante seis (6) días calendario antes del retiro.
Certificado de Xxxxxxxx Can’t Lose. Después de los primeros doce (12) meses del depósito inicial o a partir de la última fecha de renovación, puede hacerse un depósito adicional, de hasta $10,000, en cualquier momento durante el plazo remanente del CD. Los intereses se acumularán sobre cualquier depósito adicional a la misma tasa de interés y APY del depósito original o a la tasa vigente al momento de la última renovación. Puede efectuarse un (1) retiro del CD Can’t Lose sin penalización si el depósito inicial ha estado depositado al menos durante los doce (12) meses previos al retiro, cualquier depósito adicional ha estado depositado durante al menos siete (7) días calendario y no ha habido retiros parciales durante los seis (6) días previos al retiro.
CD de Tasa Escalonada. Después de los primeros doce (12) meses del depósito inicial y cada doce (12) meses a partir de entonces, la tasa de interés sobre la cuenta se incrementará. Se permite un depósito adicional, de hasta $10,000.00, una vez cada 12 meses después del depósito inicial. Todos los depósitos adicionales devengarán intereses con la tasa y el APY en la cuenta al momento de efectuado el depósito adicional. Se permiten retiros, sin penalización, después de los 24 meses iniciales siempre que los fondos hayan permanecido en depósito durante al menos siete (7) días calendario y no haya habido retiros parciales durante al menos los seis (6) días calendario previos al retiro.
CD de Ahorros para la Vivienda. Debe haber al menos un depósito mensual de $50 o más realizado automáticamente por medio de giro al Certificado de Ahorros para la Vivienda. El Depositante puede optar por realizar un depósito adicional de $50.00 por mes a través de giro, en persona o de Banca por Internet de BB&T. Los intereses se acumularán sobre cualquier depósito adicional a la misma tasa de interés y APY del depósito original o a la tasa vigente al momento de la última renovación. La totalidad del monto de capital en un CD de Ahorros para la Vivienda puede retirarse sin penalización sujeto a las siguientes restricciones: los fondos retirados deben utilizarse para la compra de una vivienda y el depósito inicial y cada depósito adicional tienen que haber estado depositados durante por lo menos los siete (7) días calendario previos al retiro y no tiene que haber habido retiros parciales durante los seis (6) días calendario previos al retiro de todo el capital. Los retiros de la totalidad de los fondos previos al vencimiento que no satisfagan estos requisitos y todos los retiros parciales de un CD de Ahorros para la Vivienda están sujetos a las mismas penalizaciones por retiro anticipado aplicables a otros tipos de Certificado de Depósito, tal como se ha especificado anteriormente. Los intereses acreditados a un CD de Ahorros para la Vivienda no pueden retirarse sino hasta el vencimiento del Certificado de Depósito de Ahorros para la Vivienda.
CD de Ahorros para la Universidad. Debe haber al menos un depósito mensual de $50.00 o más hecho automáticamente por giro al Certificado de Ahorros para la Universidad. El Depositante puede optar por realizar un depósito adicional de $50.00 por mes a través de giro, en persona o de Banca por Internet de BB&T. Los intereses se acumularán sobre cualquier depósito adicional a la misma tasa de interés y APY del depósito original o a la tasa vigente al momento de la última renovación. Pueden hacerse cuatro (4) retiros parciales, por año, de un CD de Ahorros para la Universidad sin penalización, sujeto a las siguientes restricciones: los fondos retirados deben utilizarse para gastos universitarios y el depósito inicial y cada depósito adicional tienen que haber estado depositados durante por lo menos los siete (7) días calendario previos al retiro y no se deben haber hecho retiros parciales durante los seis (6) días calendario previos al retiro. Los retiros parciales que no satisfagan estos requisitos y los retiros totales previos al
vencimiento del CD de Ahorros para la Universidad están sujetos a las mismas penalizaciones por retiro anticipado que se aplican a otros tipos de Certificado de Depósito, tal como se ha especificado anteriormente. Los intereses acreditados a un CD de Ahorros para la Universidad no pueden retirarse sino hasta el vencimiento del Certificado de Depósito de Ahorros para la Universidad.
I. DISPONIBILIDAD DE FONDOS
1. POLÍTICA GENERAL DE RETIROS. Esta declaración de políticas se aplica a cuentas de "transacción". Las cuentas de transacciones, por lo general, son cuentas que permiten una cantidad ilimitada de pagos a terceros (independientemente de si es con cheque, en una transacción de punto de venta, con tarjeta de débito, CCA o transferencia preautorizada) y una cantidad ilimitada de transferencias telefónicas y automáticas preconcertadas a otras cuentas que usted tenga con el Banco.
Nuestra política general es poner a disposición los fondos de depósitos de cheques de BB&T el mismo día hábil en que recibimos el depósito y poner a disposición los fondos de depósitos de cheques que no sean de BB&T el primer día hábil después del día en que recibimos el depósito. Los fondos provenientes de depósitos en efectivo hechos en ventanilla estarán disponibles el día en que recibimos el depósito. Los fondos provenientes de un depósito directo electrónico estarán disponibles el día en que recibimos la liquidación del depósito. Una vez disponibles, usted puede usar los fondos depositados para un retiro o una transferencia y nosotros podremos usar los fondos para pagar cheques y otras partidas que se apliquen a su cuenta.
2. DEPÓSITOS EN CENTROS FINANCIEROS. Para determinar la disponibilidad de sus depósitos realizados en los centros financieros de BB&T, cada día es un día hábil, a excepción de los sábados, los domingos y los feriados bancarios o federales. Si realiza un depósito durante el horario comercial normal, ese día será considerado el día de su depósito. Todas las partidas que se reciban durante las horas laborales anunciadas, de lunes a viernes, se considerarán recibidas el mismo día hábil. Otras partidas se considerarán recibidas en el siguiente día hábil. El horario de atención varía según la ubicación. Nuestros días y horarios de atención se anuncian en nuestros centros financieros y el horario de los cajeros automáticos se muestra en la pantalla de depósitos xxx xxxxxx automático, y están sujetos a cambios ocasionalmente a nuestro criterio.
3. DEPÓSITOS EN CAJERO AUTOMÁTICO. Para determinar la disponibilidad de sus depósitos hechos en los cajeros automáticos de BB&T 24 cada día es un día hábil, a excepción de los sábados, los domingos y los feriados bancarios o federales Si realiza un depósito antes de las 6:00 p.m. en un día hábil, ese será considerado el día de su depósito. Los depósitos realizados en cajero automático después de las 6:00 p.m. se considerarán como depositados el siguiente día hábil. Debe consultar el recibo de su transacción para determinar la fecha exacta en que se aplicará cualquier depósito hecho en cajero automático.
4. SE PUEDEN APLICAR DEMORAS MÁS LARGAS. En algunos casos todos los fondos de un cheque de BB&T pueden no estar a su disposición en el mismo día hábil del depósito, o todos los fondos de un depósito con cheque que no es de BB&T pueden no estar disponibles el primer (1er) día hábil después del día del depósito. Según el tipo de cheque que usted deposite, los fondos pueden no estar disponibles sino hasta el segundo (2º) día hábil después del día del depósito. Sin embargo, los primeros $200.00 de su depósito pueden estar disponibles el primer (1er) día hábil después del día del depósito.
Si no vamos a poner a su disposición todos los fondos de un depósito con cheque de BB&T el mismo día hábil del depósito o si no vamos a poner a su disposición todos los fondos de un depósito con cheque que no es de BB&T el siguiente día hábil después del día del depósito, se lo notificaremos en el momento en que haga el depósito. También le indicaremos cuándo estarán disponibles los fondos. Si su depósito no se realizó directamente con uno de nuestros empleados o si decidimos tomar esta medida después de que usted abandonó nuestro centro financiero, le enviaremos la notificación por correo postal a más tardar el siguiente día hábil después de que recibamos su depósito. Si necesita los fondos de un depósito de inmediato, debe preguntarnos cuándo estarán disponibles los fondos.
Además, el retiro de los fondos que deposita en cheque puede demorarse durante un período más largo en una o más de las siguientes circunstancias:
• Creemos que un cheque que usted depositó no será pagado.
• Usted deposita cheques por un total combinado de más de $5,000.00 en un día.
• Usted vuelve a depositar un cheque que ha sido devuelto sin pagar.
• Ha sobregirado su cuenta en repetidas ocasiones en los últimos seis (6) meses.
• Hay una emergencia, como por ejemplo una falla del equipo de comunicaciones o informático.
• Usted deposita cheques en una cuenta nueva (los $200.00 pueden no estar disponibles).
Le notificaremos si por cualquiera de estos motivos demoramos su capacidad de retiro de fondos y le indicaremos cuándo estarán disponibles los fondos. Por lo general, los fondos estarán disponibles a más tardar el séptimo día hábil después del día del depósito.
5. REQUISITOS PARA DEPÓSITOS SEPARADOS. Los fondos provenientes del depósito de cheques del gobierno estatal y local o con cheques de caja, certificados, de mostrador u oficiales pueden estar disponibles el primer día hábil después del día de depósito si se cumplen los dos requisitos siguientes: (a) al momento de realizar el depósito debe notificar al cajero que está solicitando disponibilidad del día siguiente para este tipo de cheques; y (b) estos cheques se enumeran y se incluyen en un recibo de depósito separado de cualquier otra partida que usted deposite en ese momento. Si usted no solicita disponibilidad del día siguiente o no separa sus cheques en un recibo de depósito distinto, el Banco puede procesar los cheques conforme nuestra política general de disponibilidad de fondos.
6. NORMAS ESPECIALES PARA CUENTAS NUEVAS. Si usted es un cliente nuevo, se aplicarán las siguientes normas especiales durante los primeros treinta (30) días de la apertura de su cuenta.
Los fondos provenientes de depósitos directos electrónicos en su cuenta estarán disponibles el día en que recibimos el depósito. Los fondos provenientes de depósitos en efectivo, transferencias electrónicas, los primeros $5,000.00 del total combinado de depósitos en un día en cheques de caja, certificados, de mostrador, de viajero y cheques del gobierno federal, estatal y local, cheques xxx Xxxxxx de los Estados Unidos, giros postales del Servicio Postal de los Estados Unidos y cheques girados contra la Reserva Federal y Bancos Federales de Préstamos para Viviendas, estarán disponibles el primer día hábil después del día de su depósito si el depósito satisface ciertas condiciones. Por ejemplo, estos cheques (que no sean cheques del Departamento xxx Xxxxxx de los Estados Unidos) deben depositarse en una cuenta del beneficiario y el depósito debe realizarse en persona ante un empleado del Banco. Si el depósito de estos cheques (a excepción de los cheques del Departamento xxx Xxxxxx de los Estados Unidos) no se hace en persona ante uno de nuestros empleados, los primeros $5,000.00 no estarán disponibles sino hasta el segundo día hábil después del día del depósito. Cualquier monto en exceso sobre $5,000.00 estará disponible en el noveno día hábil después del día del depósito. Los fondos de un cheque del Departamento xxx Xxxxxx de los Estados Unidos que se deposita en una cuenta del beneficiario estarán disponibles el primer día hábil después del día de depósito, aun cuando no se haya hecho en persona ante uno de nuestros empleados.
Los fondos provenientes del depósito de otro tipo de cheques por lo general estarán disponibles el primer día hábil después de la fecha del depósito, salvo que sean retenidos por el Banco según se establece en la sección titulada "SE PUEDEN APLICAR DEMORAS MÁS LARGAS".
7. RETENCIONES SOBRE OTROS FONDOS.
Efectivar cheques. Si hacemos efectivo para usted un cheque girado contra otro banco, podremos retener la disponibilidad de un monto correspondiente de los fondos que ya estén en su cuenta. Esos fondos estarán disponibles en el momento en que los fondos del cheque que hacemos efectivo hubiesen estado disponibles si usted lo hubiera depositado.
Otras cuentas. Si aceptamos un cheque para depósito un cheque que está girado contra otro banco, podremos poner los fondos del depósito a su disposición de inmediato para su retiro pero podremos demorar la disponibilidad para retirar un monto correspondiente de fondos que usted tenga en depósito en otra cuenta con nosotros. Los fondos en la otra cuenta no estarán disponibles para retiro sino hasta que se cumplan los plazos que se describen en otras partes de esta declaración para el tipo de cheque que usted depositó.
J. RETENCIÓN ADICIONAL DE IMPUESTO SOBRE INTERESES Y CIERTOS DIVIDENDOS E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRIBUYENTE
1. RETENCIÓN ADICIONAL DE IMPUESTO SOBRE INTERESES Y CIERTOS DIVIDENDOS. Salvo que esté exento como se describe a continuación, la ley federal requiere que un pagador de intereses o dividendos, como es el caso del Banco, retenga un monto reglamentario de los pagos de intereses o dividendos (lo cual se denomina retención adicional de impuesto sobre intereses y ciertos dividendos) si usted, como beneficiario:
• No suministra el Número de Identificación del Contribuyente ("TIN", por sus siglas en inglés), o
• El Servicio de Impuestos Internos ("IRS", por sus siglas en inglés) nos informa que usted ha suministrado un TIN incorrecto, o
• El Servicio de Impuestos Internos le notifica a usted o a nosotros que usted está sujeto a retenciones impositivas.
Si no se proporciona un TIN correcto al momento de abrir la cuenta, las retenciones impositivas comenzarán de inmediato. Debe suministrarnos su TIN con prontitud, luego de recibirlo. (Para recibir instrucciones sobre cómo obtener un TIN, consulte el párrafo titulado Cómo obtener un TIN). Si no proporciona un TIN certificado después de sesenta (60) días, la cuenta podría cerrarse.
Además, ciertas penalizaciones del Servicio de Impuestos Internos pueden aplicarse si no se proporciona un TIN.
En el caso de ciudadanos estadounidenses o extranjeros residentes elegibles, el TIN es el Número de Seguro Social. En el caso de residentes o extranjeros no residentes que tengan o no sean elegibles para un Número de Seguro Social, el TIN es un Número de Identificación Personal del Contribuyente ("ITIN", por sus siglas en inglés) del IRS. En el caso de patrimonios y fideicomisos, el TIN es el Número de Identificación del Empleador.
2. CÓMO OBTENER UN TIN. Para obtener un TIN, deberá conseguir el Formulario SS-5, Solicitud de Tarjeta de Seguro Social (para individuos), en la oficina local de la Administración del Seguro Social o el Formulario SS-4, Solicitud de Número de Identificación del Empleador (para empresas y demás entidades), en la oficina local del Servicio de Impuestos Internos, o el Formulario W-7, Solicitud de Número de Identificación Personal del Contribuyente del IRS (para personas naturales que no son elegibles para obtener un Número de Seguro Social).
La tabla siguiente indica el nombre y el número que deberán proporcionarse según el tipo de cuenta.
Para este tipo de Cuenta | Proporcionar el nombre y Número de Seguro Social o ITIN de: |
Individual | El individuo |
Dos o más individuos (cuenta de titularidad múltiple) | El titular real de la cuenta o, en el caso de fondos combinados, el primer individuo que figura en la cuenta. |
Cuenta de custodia de un menor de edad (Ley de Transferencias Uniformes a Menores) | El menor de edad |
Cuenta de Fideicomiso Personal, Fideicomiso en Vida y Fideicomiso del Otorgante | Otorgante/Fiduciario |
Un fideicomiso o patrimonio válidos | La entidad legal |
Un intermediario o representante designado registrado | El intermediario o representante designado |
3. BENEFICIARIOS EXENTOS. Si usted está exento de la retención impositiva y la divulgación de información, debe completar un certificado a tal efecto suministrado por el Banco. También debe proporcionar su TIN al Banco para que se le considere como exento.
4. EXTRANJEROS. A los fines de esta sección, el término "extranjero" hace referencia a un individuo que no es ciudadano nacido en los Estados Unidos o naturalizado. Un Número de Identificación del Contribuyente (ITIN) es un número de identificación personal emitido a un extranjero por el Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) para usos relacionados con la declaración de impuestos. Por lo general, los ITIN se emiten para extranjeros no residentes. En la mayoría de los casos, los extranjeros residentes deben suministrar un Número de Seguro Social. Si un extranjero residente no es elegible para obtener un Número de Seguro Social, debe proporcionar un ITIN. Si usted no tiene un Número de Seguro Social o un ITIN, puede solicitar uno con el Formulario SS-5, Solicitud de Tarjeta de Seguro Social, o el Formulario W-7, Solicitud de Número de Identificación del Contribuyente del IRS, o cualquier otro formulario autorizado por el IRS. Si usted es un extranjero no residente, también deberá suministrar su pasaporte o cualquier otro documento gubernamental que verifique su identidad.
5. AVISO DE LA LEY DE PRIVACIDAD. La Sección 6109 del Código de Impuestos Internos exige que la mayoría de los beneficiarios de dividendos, intereses u otros pagos proporcionen su Número de Identificación Personal a los pagadores, que deben informar de los pagos al Servicio de Impuestos Internos. El Servicio de Impuestos Internos utiliza los números para fines de identificación y para verificar la exactitud de su declaración de impuestos. Los números deben suministrarse a los pagadores con independencia de si los beneficiarios tienen que presentar o no declaraciones de impuestos.
Si desea más información, comuníquese con su asesor impositivo o con el Servicio de Impuestos Internos.
X. XXX XX XXXXXXX BANCARIO
La Xxx xx Xxxxxxx Bancario (BSA, por sus siglas en inglés) y su regulación de implementación requieren que una institución financiera lleve el registro y/o notifique de ciertas transacciones a las agencias gubernamentales federales. La ley y la regulación han sido enmendadas periódicamente y se centran en cuestiones como la prevención xxx xxxxxx de dinero y el financiamiento del terrorismo.
1. DECLARACIÓN SOBRE LA LEY PATRIOTA DE EE. UU. Según lo establecido por las leyes federales, al Banco se le exige utilizar procedimientos razonables para verificar la identidad de cualquier persona que desee abrir una cuenta con el Banco. Los procedimientos de verificación de identidad del Banco requieren que el Banco le solicite cierta información sobre usted o de terceros con respecto a usted. Usted acepta proporcionar al Banco y consiente en que el Banco obtenga de terceros la información requerida, incluidos su nombre, fecha de nacimiento, número de identificación personal y domicilio, como condición para la apertura de cualquier cuenta. En caso de que usted no proporcione o no consienta en proporcionar tal información, el Banco tendrá los motivos suficientes para no abrir la cuenta y/o cerrar su(s) cuenta(s).
2. INFORME DE CIERTAS ACTIVIDADES. Los bancos deben presentar al Servicio de Impuestos Internos un documento, denominado Informe de Transacciones en Efectivo ("CTR", por sus siglas en inglés), siempre que se realicen transacciones en efectivo por más de $10,000.00 en el transcurso de un día hábil. Eso incluye tanto transacciones individuales como múltiples, transacciones para o de o en nombre de cualquier individuo u otra entidad o transacciones en o desde cualquier cuenta, e intercambio de divisas. Asimismo, los bancos tienen la obligación de presentar otros informes ante el Departamento xxx Xxxxxx de los Estados Unidos cuando se realiza o intenta, por parte de un banco, en un banco o a través de un banco, una transacción que en su totalidad o en términos agregados involucra una suma de por lo menos $5,000.00 en fondos u otros activos, y el banco sabe, sospecha o tiene motivos para sospechar de que: (a) la transacción incluye fondos provenientes de actividades ilícitas o se pretende realizar o se realiza con el propósito de ocultar o disimular fondos o activos provenientes de actividades ilícitas (incluyendo a modo enunciativo pero no limitativo, la propiedad, naturaleza, fuente, ubicación o control de tales fondos o activos) como parte de un plan para infringir o evadir cualquier ley o regulación federales o evitar cualquier requisito de notificación de transacciones según lo establecido por la ley o regulación federales; (b) la transacción está destinada a evadir cualquier requisito de esta parte o de cualquier otra regulación promulgada conforme la Xxx xx Xxxxxxx Bancario; o (c) la transacción no tiene un fin comercial o lícito aparente o no es del tipo que se esperaría que realice normalmente el cliente en particular, y el Banco no sabe de ninguna explicación razonable para la transacción luego de haber examinado los datos disponibles, incluidos los antecedentes y posible finalidad de la transacción.
A los bancos también se les exige que lleven un registro de: (i) las ventas de ciertos instrumentos negociables tales como cheques de caja, giros postales, cheques de viajero y otros instrumentos similares cuando el monto de efectivo involucrado es de $3,000.00 a $10,000.00 inclusive; y (ii) las transferencias de fondos de $3,000.00 o mayores. Estos registros deben ponerse a disposición del Departamento xxx Xxxxxx de los Estados Unidos según lo solicite.
Otros delitos según la Xxx xx Xxxxxxx Bancario son: (i) impedir o tratar de impedir que una institución financiera presente un informe de transacciones en efectivo; (ii) realizar o tratar de realizar que una institución financiera presente un informe inexacto; y (iii) configurar o tratar de configurar transacciones grandes con instituciones financieras en forma de transacciones más pequeñas con el propósito de evadir el informe. Las instituciones financieras y sus empleados, así como también los individuos, pueden estar sujetos a medidas legales por evadir los requisitos de notificación. Existen tanto sanciones civiles como penales asociadas con la vulneración de estas regulaciones, que pueden conllevar importantes multas monetarias y prisión. El Depositante acepta colaborar con el Banco para que este recopile la información necesaria para cumplir con los requisitos de la Xxx xx Xxxxxxx Bancario.
L. CONTRATO Y DECLARACIONES SOBRE TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS DE FONDOS
Esta sección L tiene la finalidad de reflejar los mismos términos y condiciones que se detallan en el folleto del "Contrato y Declaraciones sobre Transferencias Electrónicas de Fondos" que usted recibe junto con su tarjeta de débito o para cajero automático. Cualquier conflicto que surja entre esta sección y el folleto se regirá por el contrato incluido con la tarjeta. Cualquier referencia al "Contrato" dentro de este párrafo L hará mención únicamente a los términos y condiciones de la sección.
Este Contrato de Transferencias Electrónicas de Fondos rige las transferencias de fondos que se inician desde una terminal electrónica, un teléfono, una computadora o una cinta magnética con el fin de ordenar al Banco que realice un débito o crédito en su(s) cuenta(s) de consumidor. Este Contrato también incluye las declaraciones que requiere la Ley Federal de Transferencias Electrónicas de Fondos y la Regulación E de la Junta de la Reserva Federal. Esta información se aplica sólo a las transferencias electrónicas de fondos desde o hacia cuentas de depósito creadas principalmente para fines personales, familiares o domésticos.
1. TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS DE FONDOS. Las transferencias electrónicas incluyen, a modo enunciativo pero no limitativo, transacciones con tarjetas de débito y cajeros automáticos, depósitos y pagos preautorizados, transferencias telefónicas, transferencias iniciadas a través de una computadora personal, transferencias iniciadas a través de una "billetera móvil" (que incluye transacciones iniciadas a través de un teléfono inteligente, PDA u otro dispositivo móvil) y transferencias iniciadas por terceros. Los ejemplos de transferencias iniciadas por terceros incluyen, a modo enunciativo pero no limitativo, conversiones electrónicas de cheques y cargos electrónicos por cheques devueltos. La conversión electrónica de cheques ocurre cuando usted autoriza a un tercero a que inicie una transferencia electrónica de fondos desde su cuenta, utilizando información del cheque que usted proporciona al tercero. Esto puede ocurrir en el punto de venta, cuando usted envía un cheque por correo o cuando lo envía al centro de colección de remesas de un tercero. Además, una transferencia electrónica de fondos puede iniciarse para cobrar un cargo en caso de que su cheque o transferencia electrónica de fondos sean devueltos o rechazados por fondos insuficientes. Su autorización para esas transferencias se puede dar de maneras diversas. En algunos casos, usted da la autorización cuando el tercero publica un aviso o le informa de otro modo acerca de su política.
2. DISPOSITIVOS DE ACCESO. Un Dispositivo de Acceso es una tarjeta o un código de identificación personal que proporciona acceso a una cuenta de depósito del consumidor, la cual se puede utilizar para iniciar transferencias electrónicas de fondos. Los Dispositivos de Acceso incluyen, a modo enunciativo pero no limitativo, su Tarjeta xx Xxxxxx Automático BB&T (Tarjeta xx Xxxxxx Automático), la Tarjeta de Débito BB&T (Tarjeta de Débito), el Número de Identificación Personal (PIN) y su Tarjeta de Crédito MasterCard o Visa cuando se usan para realizar transferencias electrónicas de fondos. Un cheque no es un Dispositivo de Acceso; sin embargo, las transferencias electrónicas de fondos iniciadas con la información obtenida de un cheque se rigen por este Contrato. Usted puede, de manera verbal o por otros medios autorizados, solicitar un Dispositivo de Acceso para realizar transferencias electrónicas de fondos desde o hacia sus cuentas de consumidor. Podemos negarnos a emitir un Dispositivo de Acceso a un cliente y podemos finalizar los privilegios del Dispositivo de Acceso, con o sin motivo o aviso, salvo que la ley disponga lo contrario.
3. CONTRATOS APLICABLES. Usted acepta realizar todas las transferencias electrónicas de fondos según este Contrato y estas Divulgaciones, todo contrato o divulgación por separado que se establece con respecto a la emisión de un Dispositivo de Acceso particular y todo contrato que rija sus cuentas. El pago de los adelantos de una línea de crédito iniciados de forma electrónica se regirá por los términos y condiciones del contrato de la línea de crédito correspondiente.
Puede consultar información adicional importante sobre transferencias electrónicas de fondos iniciadas a través de una computadora o dispositivo móvil en el Contrato de Banca por Internet y las Divulgaciones Iniciales de BB&T.
4. VERIFICACIÓN DE LA TRANSACCIÓN. Los registros de transacciones emitidos con respecto a una transferencia electrónica de fondos quedarán sujetos a la verificación y el ajuste según las normas y regulaciones del Banco y la ley aplicable. De existir un conflicto entre un registro de transacciones y el registro del Banco, prevalecerá el registro del Banco.
5. SOBREGIROS. Usted acepta no realizar ninguna transacción para retirar más del límite diario correspondiente en un solo día, no generar un saldo inferior a cero en su cuenta de depósito ni generar en su línea de crédito un saldo pendiente que supere su límite de crédito. Podremos rechazar cualquier transacción de ese tipo; sin embargo, si pagamos el sobregiro o los fondos adelantados que exceden su límite de crédito, usted accede a pagar, según se solicite, el monto en exceso que fue retirado o transferido de forma indebida, junto con todos los cargos aplicables según se detalla en la Guía de Precios de Servicios Personales o en el contrato que rige su cuenta. Los sobregiros en su cuenta pueden generar adelantos de su plan de protección contra xxxxxxxxx. Toda partida que no pueda ser cubierta por la protección contra sobregiro será tratada como una partida devuelta y quedará sujeta a los cargos aplicables. Es posible que no se le notifique antes de realizar una transacción con débito o retiro xx xxxxxx automático que dicha transacción causará un sobregiro en su cuenta. Debe confirmar su saldo de cuenta real antes de iniciar cualquier transacción de retiro.
6. TRANSACCIONES EN PUNTOS DE VENTA/RETENCIONES SOBRE FONDOS. Si utiliza su Tarjeta xx Xxxxxx Automático o Tarjeta de Débito para la compra de productos y servicios, incluidas las compras por Internet (transacciones en puntos de venta), usted nos autoriza a realizar el débito de su cuenta de depósito y acepta que su autorización puede resultar en un retiro inmediato de la cuenta, aunque la transacción no aparezca en la cuenta hasta una fecha posterior. Es posible que el comercio nos envíe una autorización previa para la transacción, la cual aceptaremos o rechazaremos. El monto de la autorización previa puede ser el monto de la transacción estimado por el comercio, el cual puede ser mayor o menor que el monto final de la transacción autorizado por usted. Los restaurantes, hoteles y moteles, agencias de alquiler de vehículos y gasolineras nos envían con regularidad transacciones estimadas en las cuentas de nuestros depositantes. No podemos determinar de antemano si el monto de la autorización previa excederá el monto final de la transacción que usted autorice; sin embargo, en vista de que estamos obligados a pagar el monto de la autorización previa enviada por el comercio una vez que la aceptemos, el saldo disponible en su cuenta de depósito principal se reducirá por el monto de la autorización previa enviada por el comercio (una "retención"), aunque no hayamos recibido ni procesado el pago final por la transacción. Esta retención, que puede ser mayor o menor que el monto final de la transacción, puede afectar la disponibilidad de fondos de su cuenta para autorizar y pagar cheques y transacciones electrónicas. Como resultado, los cheques o transacciones electrónicas pueden ser rechazados, denegados o no pagados, lo que a su vez puede generar cargos por partidas devueltas y/u otros gastos cargados a su cuenta. No somos responsables si no autorizamos o pagamos transferencias electrónicas de fondos o si denegamos cheques emitidos por su cuenta mientras dicha retención esté aplicada a su cuenta. Al llevar a cabo transacciones en puntos de venta usted nos autoriza a confiar en los montos de autorización previa enviados por los comercios de manera electrónica o por cualquier otro medio, a aplicar tal retención o retenciones en su cuenta, y a determinar el saldo disponible para pagar cheques y/o autorizar otras transferencias electrónicas desde su cuenta. El débito se aplicará a su cuenta cuando la transacción del pago correspondiente al monto de la autorización previa haya sido aprobada por nosotros, o la retención sobre su cuenta se liberará en tres (3) días hábiles, lo que ocurra primero. Además, debe saber que el comercio puede revertir la autorización previa si usted lo solicita, y/o aumentar o modificar el monto de la autorización previa en ciertas circunstancias, tales como en caso de una estadía extendida en un hotel. Si un comercio envía un aumento o modificación, la retención aplicada a su cuenta será prorrogada o modificada. El Banco no le otorgará reembolsos de efectivo por compras con Tarjeta xx Xxxxxx Automático/Tarjeta de Débito. Cualquier reclamo o controversia relacionados con los bienes o servicios adquiridos con su Tarjeta xx Xxxxxx Automático/Tarjeta de Débito o con autorizaciones previas enviadas por comercios deben dirigirse al comercio u otro establecimiento en el que realizó la compra. El monto del crédito, si existiera, se verá reflejado en su estado de cuenta periódico. No podrá suspender el pago de compras con Tarjeta xx Xxxxxx Automático/Tarjeta de Débito.
7. POLÍTICA XX XXXX RESPONSABILIDAD POR COMPRAS CON TARJETA XX XXXXXX AUTOMÁTICO/TARJETA DE DÉBITO. Usted no será responsable por compras con Tarjeta xx Xxxxxx Automático o Tarjeta de Débito, sujeto a los siguientes términos y condiciones:
Nuestras políticas xx xxxx responsabilidad se aplican sólo a compras no autorizadas con Tarjeta xx Xxxxxx Automático/Tarjeta de Débito. Todo reclamo por compras no autorizadas con Tarjeta xx Xxxxxx Automático/Tarjeta de Débito que no cumpla con las condiciones estipuladas en esta sección y todo reclamo por transacciones no autorizadas relacionadas con otros tipos de transferencias electrónicas de fondos se rigen por la Declaración sobre la Regulación E que se detalla a continuación y todo acuerdo por separado suministrado con relación a la entrega del Dispositivo de Acceso. Si su reclamo no cumple con los términos y condiciones de esta sección, el Banco volverá a examinar de forma automática su reclamo de acuerdo con la Divulgación sobre la Regulación E que se detalla a continuación.
Nuestra política xx xxxx responsabilidad podría no aplicarse si: (i) determinamos que la transacción no autorizada fue el resultado de una negligencia grave o fraude de su parte; (ii) usted no nos proporciona una declaración o declaración jurada de su reclamo dentro del plazo solicitado; (iii) determinamos que la transacción no fue "no autorizada" según lo definido a continuación; o (iv) usted no nos informa de la pérdida o robo o uso no autorizado de la Tarjeta xx Xxxxxx Automático, Tarjeta de Débito o número de tarjeta dentro de un período de tiempo razonable. El Banco, a su exclusivo criterio, determinará el período de tiempo razonable, pero en ningún caso será inferior a los períodos de tiempo especificados en la Declaración sobre la Regulación E que se detalla a continuación.
Definición de "no autorizado": una transacción se considera "no autorizada" si la inicia una persona que no sea usted (el titular de la tarjeta) sin la autorización real o presunta y usted no recibe ningún beneficio por ella. Una transacción no se considera “no autorizada” si: (i) usted entrega la tarjeta, el número de tarjeta u otra información identificatoria a otra persona y confiere a dicha persona la autorización expresa o implícita de realizar una o más transacciones y dicha persona abusa de esa autorización, o (ii) por cualquier otro motivo, el Banco llega a la conclusión de que los hechos y las circunstancias no respaldan razonablemente un reclamo por uso no autorizado.
8. CANCELACIÓN DE SU DISPOSITIVO DE ACCESO. Puede cancelar su Dispositivo de Acceso en cualquier momento si nos envía una notificación por escrito y deja de utilizarlo. La cancelación de su Dispositivo de Acceso no afectará sus obligaciones establecidas por este Contrato, incluso si permitimos que se complete una transacción con su Dispositivo de Acceso después de que se haya cancelado este Contrato.
9. TRANSACCIONES INTERNACIONALES. Visa convertirá a dólares estadounidenses cualquier compra, crédito, desembolso de efectivo, transacción xx xxxxxx automático o transacción revocada en su cuenta en una moneda que no sean dólares estadounidenses. La tasa de cambio se determinará según los procedimientos de cambio de moneda de VISA que estén en vigencia. Conforme el procedimiento de cambio de moneda que utiliza VISA International, el monto de la transacción que se realice en una moneda extranjera es convertido a un monto en dólares estadounidenses multiplicando el monto de la transacción en la moneda extranjera por una tasa de cambio. La tasa de cambio entre la moneda en que se realiza la transacción y la moneda de facturación utilizada para procesar transacciones internacionales es una tasa seleccionada por VISA de entre una variedad de tasas disponibles en los mercados globales de divisas para la fecha de procesamiento central aplicable, tasa que puede diferir de la tasa que recibe VISA o la tasa estipulada por el gobierno en vigencia para la fecha de procesamiento central aplicable. La tasa de cambio está sujeta a modificaciones por parte de VISA. La fecha en que VISA aplica la tasa de cambio es una de las siguientes: (1) la fecha en que se procesa la transacción; o (2) el día anterior a la fecha en que se procesa la transacción.
Por lo tanto, la tasa de cambio aplicada puede diferir de la tasa vigente en la fecha de su transacción. Cualquier cargo que impongamos en relación con conversiones de moneda extranjera y con transacciones efectuadas fuera de los Estados Unidos, Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos (transacciones internacionales) está contemplado en la Guía de Precios de Servicios Personales.
10. SU RESPONSABILIDAD POR TRANSFERENCIAS NO AUTORIZADAS. Infórmenos DE INMEDIATO si cree que extravió o le robaron su Dispositivo de Acceso, o que alguien puede haber trasferido de forma electrónica dinero desde su cuenta sin autorización o puede haber utilizado información de un cheque para llevar a cabo una transferencia electrónica de fondos no autorizada. Una llamada telefónica es la mejor forma de avisarnos para que las posibles pérdidas sean menores. Salvo en las situaciones que se rigen por la política xx xxxx responsabilidad descrita con anterioridad, si nos informa en un plazo de dos (2) días hábiles después de tener conocimiento sobre la pérdida o el robo de su Dispositivo de Acceso o sobre la transacción no autorizada, no puede perder más de $50.00 si alguien realiza transferencias electrónicas sin su autorización. Si NO nos informa en un plazo de dos (2) días hábiles después de tener conocimiento sobre la pérdida o el robo de su Dispositivo de Acceso o sobre la transacción no autorizada y podemos demostrar que hubiéramos podido evitar que una persona realice transferencias electrónicas sin su permiso si nos hubiera informado, podría llegar a perder hasta $500. Además, si en su estado de cuenta periódico aparecen transferencias que usted no hizo, notifíquenos de inmediato. Si no nos informa en un plazo de sesenta (60) días después de que el estado de cuenta se envió por correo, es posible que no recupere el dinero que perdió después de los sesenta (60) días si podemos demostrar que habríamos podido evitar que alguien tomara el dinero si nos hubiese avisado a tiempo. De haber un motivo justificado por el cual no pudo avisarnos, prorrogaremos los períodos de tiempo.
11. NÚMERO DE TELÉFONO Y DIRECCIÓN PARA RECIBIR LA NOTIFICACIÓN EN CASO DE UNA TRANSFERENCIA NO AUTORIZADA. Si cree que ha perdido o le han robado el Dispositivo de Xxxxxx, que una persona no autorizada obtuvo su PIN o que alguien transfirió o puede transferir dinero desde su cuenta sin autorización, llame de INMEDIATO al:
0-000-000-0000 o bien
escriba a Liability Risk Management
P. O. Box 996
Wilson, North Carolina 27894-0996
También debe llamar o escribir al número o la dirección que aparecen arriba si cree que se ha hecho una transferencia utilizando información de su cheque sin su permiso.
12. DÍAS HÁBILES. A los fines de esta declaración, nuestros días hábiles son de lunes a viernes, con excepción de los feriados bancarios y/o federales.
13. TIPOS DE TRANSFERENCIAS DISPONIBLES Y LÍMITES PARA LAS TRANSFERENCIAS.
Acceso a la cuenta. Usted puede realizar los siguientes tipos de transacciones. Es posible que algunos de estos servicios no estén disponibles para todos los Dispositivos de Acceso o en todas las terminales electrónicas y pueden estar sujetos a restricciones incluidas en el acuerdo proporcionado con ese Dispositivo de Acceso en particular.
• Verificación de cuenta
• Retiro de efectivo de sus cuentas de depósito designadas
• Depósitos a sus cuentas de depósito designadas
• Transferencias de fondos entre sus cuentas de depósito designadas y cuentas de línea de crédito
• Pagos de líneas de crédito designadas desde cuentas de depósito designadas
• Pago de compras en comercios que aceptan el Dispositivo de Acceso o bien iniciar transferencias electrónicas de fondos para pagar compras
• Pagos de facturas de forma electrónica directamente desde su cuenta de depósito
• Pago electrónico desde su cuenta de depósito con información de su cheque
• Compras y pagos desde una "billetera móvil"
Límites en la frecuencia de transferencias. Únicamente en el caso de las cuentas de ahorros (como la Cuenta de Ahorros Money Rate y la Cuenta de Depósito de Inversionistas) existe un límite de no más de seis (6) transferencias o retiros durante cualquier ciclo de estado de cuenta desde o hacia sus cuentas de depósito o a un tercero por medio de una transferencia preautorizada o automática o por acuerdo telefónico que incluye BB&T OnLine y BB&T Phone24.
Límites en los montos en dólares de las transferencias.
• Puede retirar de nuestros cajeros automáticos hasta un máximo de $500 ($1,000 con Elite Classic, Classic Banking y Golden Advantage; $1,500 con EliteGold; $2,000 con BB&T PrivateVantage, Private Elite, la cuenta de administración de activos de BB&T Investments y la cuenta de administración de activos de Scott & Xxxxxxxxxxxx; y $3,000 para clientes de BB&T Wealth Vantage y Legacy) por día hábil. Por motivos de seguridad, puede haber otros límites impuestos sobre el monto que puede retirar de nuestros cajeros automáticos.
• Los límites diarios para transacciones en Punto de Venta con Tarjeta de Débito o Tarjeta xx Xxxxxx Automático son el monto menor de su saldo disponible o $3,000 ($5,000 con Elite Classic, Classic Banking y Golden Advantage, $6,000 con Elite Gold; $10,000 con BB&T Private Vantage, Private Elite, la cuenta de administración de activos de BB&T Investments y la cuenta de administración de activos de Scott & Xxxxxxxxxxxx; y
$25,000 para clientes de BB&T Wealth Vantage y Legacy).
• Se pueden aplicar otros límites a transferencias realizadas con BB&T OnLine. Consulte el Contrato de Banca por Internet y las Divulgaciones Iniciales de BB&T.
• Se pueden aplicar otros límites a cajeros automáticos que no muestran el nombre de BB&T.
Límites de depósitos. Para las nuevas cuentas de depósito, los depósitos realizados en cajero automático pueden estar limitados para los dispositivos de acceso temporales.
14. CARGOS POR TRANSFERENCIAS O EL DERECHO DE REALIZAR TRANSFERENCIAS. Si una cuenta está sujeta a cargos por mantenimiento, los cargos por mantenimiento que correspondan se aplicarán con independencia de si la transferencia se inicia de forma electrónica o mediante una orden escrita. Los cargos por mantenimiento y los cargos por transferencias electrónicas de fondos se detallan en la Guía de Precios de Servicios Personales. Se puede imponer un cargo por una consulta de saldo, incluso si no completa una transferencia de fondos. Además, podremos cobrarle un cargo cuando utilice un cajero automático que no exhiba el logotipo de BB&T y el propietario u operador de un cajero automático que no exhiba el logotipo de BB&T podría imponer un cargo.
15. DOCUMENTACIÓN SOBRE TRANSFERENCIAS.
Transferencias mediante terminal electrónica. Puede obtener un recibo cuando realiza una transferencia con una terminal xx xxxxxx automático o
de punto de venta.
Depósitos preautorizados. Si ha acordado recibir depósitos directos en su cuenta al menos una vez cada sesenta (60) días por parte de la misma persona o compañía, puede llamarnos al 0-000-000-0000, durante el horario comercial normal, para saber si su depósito se ha realizado.
Estados de cuenta periódicos. Recibirá un estado de cuenta mensual, o con menor frecuencia si la cuenta está inactiva, que mostrará sus transferencias electrónicas de fondos.
16. TRANSFERENCIAS/PAGOS PREAUTORIZADOS:
Derecho de suspender el pago y procedimiento para hacerlo. Si nos ha comunicado con anticipación que efectuemos pagos regulares desde su cuenta, puede suspender cualquiera de estos pagos. Este es el procedimiento: puede llamar a la sucursal local o al 0-000-000-0000, o ir a un centro financiero para completar un formulario de suspensión de pago, o bien, escribir a: Electronic Banking Department, P.O. Box 996, Wilson, North Carolina 27894-0996, con tiempo para que recibamos su solicitud al menos tres (3) días hábiles antes de la fecha en la que está programado el pago. Si solicita la suspensión de pago de forma oral, es posible que le pidamos que también haga la solicitud por escrito y nos la haga llegar en un plazo de catorce (14) días a partir de su llamada. Debe remitirse al Contrato de Servicios de Banca por Internet de BB&T si desea conocer el procedimiento para suspender un pago por Internet.
Aviso de montos variables. Si los montos de estos pagos regulares varían, la persona a quien le pagará le avisará diez (10) días antes de cada pago, cuándo debe realizarlo y cuál será el monto.
Responsabilidad por no suspender el pago de una transferencia preautorizada. Si nos solicita que suspendamos uno de estos pagos tres (3) días hábiles o más antes de la fecha en que está programada la transferencia, y no lo hacemos, seremos responsables por sus pérdidas o daños.
17. RESPONSABILIDAD DEL BANCO POR NO REALIZAR TRANSFERENCIAS. Si no completamos la transferencia desde o hacia su cuenta a tiempo o por el monto correcto, según lo estipulado en nuestro contrato con usted, seremos responsables por sus pérdidas o daños. Sin embargo, hay algunas excepciones. NO seremos responsables, por ejemplo: (i) si, sin que sea nuestra culpa, no tiene fondos suficientes en su cuenta para realizar la transferencia; (ii) si la transferencia supera el límite de crédito de su línea de crédito; (iii) si el cajero automático no funcionaba correctamente y usted conocía el problema cuando comenzó la transferencia; (iv) si circunstancias que escapan a nuestro control evitan que se realice la transferencia a pesar de todas las precauciones razonables que hemos tomado; y (v) si el cajero automático donde está haciendo la transferencia no tiene suficiente efectivo. Puede haber otras excepciones manifestadas en otros contratos con usted.
EN CASO DE ERRORES O PREGUNTAS ACERCA DE SUS TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS DE FONDOS, LLÁMENOS POR TELÉFONO AL:
0-000-000-0000 o bien
escriba a Liability Risk Management P0. Box 996
Wilson, North Carolina 27894-0996
Comuníquese con nosotros con prontitud si cree que su estado de cuenta o recibo tiene un error o si necesita más información sobre una transferencia incluida en su estado de cuenta o recibo. Debe comunicarse con nosotros antes de los sesenta (60) días luego de que le hayamos enviado el PRIMER estado de cuenta donde apareció el problema o error.
• Díganos su nombre y el número de cuenta de depósito (si tuviera)
• Describa el error o la transferencia sobre la cual tiene una duda y explique de la manera más clara posible el motivo por el cual cree que existe un error o necesita más información
• Infórmenos sobre el monto en dólares del supuesto error
Si se comunica verbalmente con nosotros, podremos solicitarle que también nos envíe su queja o pregunta por escrito en un plazo xx xxxx (10) días hábiles. Le informaremos sobre los resultados de nuestra investigación en un plazo xx xxxx (10) días hábiles después de que se haya comunicado con nosotros y corregiremos prontamente cualquier error. Sin embargo, si necesitamos más tiempo, podremos tardar hasta cuarenta y cinco (45) días para investigar su queja o consulta sobre transacciones con un cajero automático realizadas dentro de los Estados Unidos y hasta noventa (90) días para cuentas nuevas, transacciones iniciadas en el extranjero y transacciones en Punto de Venta. Si decidimos hacerlo, volveremos a acreditar a su cuenta el monto que usted considera erróneo en un plazo xx xxxx (10) días hábiles, menos un máximo de $50.00, para que pueda usar el dinero durante el tiempo que tardemos en completar nuestra investigación. En el caso de cuentas nuevas, podremos tardar hasta veinte (20) días hábiles para volver a acreditar a su cuenta el monto que usted considera erróneo, menos un máximo de $50.00. Si le solicitamos que presente su queja por escrito y no la recibimos en un plazo xx xxxx (10) días hábiles, podríamos no volver a acreditar su cuenta y no podrá utilizar el dinero durante el período que tardemos en completar nuestra investigación. Si decidimos que no existió ningún error, le enviaremos una explicación por escrito en un plazo de tres
(3) días hábiles después de haber finalizado nuestra investigación. Usted puede solicitar copias de los documentos que hayamos utilizado en nuestra investigación.
18. CONFIDENCIALIDAD. Sujetos a la ley aplicable, podemos divulgar información a terceros sobre usted y sus cuentas o las transferencias que hace: (i) cuando sea necesario para completar transferencias; (ii) para verificar la existencia y las condiciones de su cuenta por un tercero, como una agencia de crédito o un Comercio; (iii) para cumplir con una agencia gubernamental u órdenes judiciales; (iv) por cualquier otro motivo que lo exija o lo permita la ley o una regulación gubernamental; (v) si nos da autorización; y (vi) en conformidad con el Aviso de Privacidad del Consumidor de BB&T Corporation.
19. NOTIFICACIÓN DE PRECAUCIONES DE SEGURIDAD. Debe tomar las siguientes medidas de seguridad básicas cuando usa un cajero automático ("ATM"): (i) preste atención a sus alrededores cuando use un cajero automático, especialmente en horas nocturnas; (ii) hágase acompañar de otra persona cuando use un cajero automático, especialmente en horas nocturnas; (iii) evite mostrar el dinero y su PIN, coloque el dinero en un bolsillo apenas se complete la transacción y cuente el dinero en un sitio cerrado seguro, como el auto o su casa; (iv) use otro cajero automático o regrese más tarde si nota algún movimiento sospechoso; (v) cancele la transacción, coloque su Dispositivo de Acceso en un bolsillo y retírese si nota algún movimiento sospechoso cuando usa el cajero automático; (vi) denuncie de inmediato cualquier delito al operador xxx xxxxxx automático y a las autoridades locales del orden público; y (vii) cree un PIN que sea difícil de adivinar para otras personas, memorícelo y no lo lleve junto con su tarjeta.
20. ARBITRAJE. ES IMPORTANTE QUE XXX DETENIDAMENTE ESTA CLÁUSULA DE ARBITRAJE. LA CLÁUSULA ESTABLECE QUE SE LE
PODRÁ REQUERIR QUE RESUELVA UN RECLAMO O UNA DISPUTA MEDIANTE ARBITRAJE, AUN CUANDO USTED PREFIERA PRESENTAR DICHOS RECLAMOS ANTE UN TRIBUNAL. USTED ESTÁ RENUNCIANDO A LOS DERECHOS QUE PUEDA TENER DE LITIGAR LOS RECLAMOS EN UN TRIBUNAL O ANTE UN JURADO. USTED ESTÁ RENUNCIANDO A SU DERECHO DE PARTICIPAR EN UNA DEMANDA COLECTIVA, EN UN ARBITRAJE COLECTIVO U OTRA ACCIÓN REPRESENTATIVA CON RESPECTO A DICHOS RECLAMOS.
Cualquier reclamo o disputa ("Reclamo") de usted hacia nosotros ("nosotros" hace referencia a la entidad que emitió el Dispositivo de Acceso y cualquier otra filial correspondiente) o viceversa se resolverá, a elección suya o nuestra, mediante arbitraje vinculante. Esta cláusula de arbitraje rige todos los Reclamos, ya sea que se basen en leyes, estatutos, regulaciones, ordenanzas, responsabilidad civil extracontractual, el derecho común, disposiciones constitucionales o cualquier otra teoría legal, e independientemente de que dichos Reclamos tengan como objetivo una indemnización monetaria, sanciones, medidas cautelares, o un resarcimiento declarativo o equitativo. Los Reclamos sujetos a esta cláusula de arbitraje incluyen los Reclamos sobre la aplicabilidad de esta disposición o la validez de este o cualquier otro Contrato anterior. Según se lo utiliza en esta cláusula sobre arbitraje, el término "Reclamo" debe interpretarse en el más amplio de sus significados, e incluye Reclamos que hayan surgido en el pasado o puedan surgir en el presente o futuro. Si una parte elige el arbitraje para solucionar un Reclamo, el arbitraje se llevará a cabo como una acción individual únicamente. Esto significa que incluso si se presentara una demanda por arbitraje colectivo, demanda colectiva u otra acción representativa, lo que incluye una acción iniciada por un procurador general privado, cualquier Reclamo relacionado con las cuestiones de dichas demandas estará sujeto a arbitraje individual. Los Reclamos sujetos a arbitraje también incluyen Reclamos presentados como reconvenciones, contrademandas, reclamos de terceros, tercerías de dominio y otros reclamos. Independientemente de esta cláusula sobre arbitraje, si usted tiene un Reclamo que recae bajo la jurisdicción de un tribunal de reclamos menores, usted podrá presentar su Reclamo ante dicho tribunal. Toda apelación del fallo de un tribunal de reclamos menores estará sujeta a esta cláusula sobre arbitraje. El arbitraje, incluida la selección del árbitro, será administrado por la Asociación Americana de Arbitraje ("AAA", por sus siglas en inglés), conforme a las Normas de Arbitraje Comercial y los Procedimientos Complementarios para Disputas Relacionadas con el Consumidor. Para iniciar un arbitraje, usted o nosotros debemos presentar una notificación sobre la elección de arbitraje. Esta notificación puede cursarse una vez que haya sido presentada la demanda, y puede entregarse mediante trámites o recursos presentados en la demanda. Podemos enviar nuestra notificación a su última dirección conocida o a otras direcciones que podamos tener en nuestros registros; usted debe enviarnos su notificación a: Arbitration Administrator, BB&T Legal Department, PO Xxx 0000, Xxxxxxx-Xxxxx, XX 00000. Todos los cargos y costos se asignarán conforme a las reglas de la AAA. El árbitro puede adjudicar cualquier cargo, costo o gasto, incluidos los honorarios de abogados, según lo permitido por las reglas del administrador. En caso de existir algún conflicto entre las reglas y procedimientos del administrador y alguno de los términos que contiene esta cláusula de arbitraje, prevalecerán los términos de esta cláusula. Usted o el Banco pueden presentar un recurso sumario o expeditivo para exigir el arbitraje de cualquier Reclamo o para suspender el litigio de cualquier Reclamo pendiente ante un tribunal. Dicho recurso o acción puede presentarse en cualquier momento. El hecho de no iniciar o solicitar el arbitraje al principio de una disputa o reclamo no deberá interpretarse como una renuncia al derecho de arbitraje.
Puede obtener una copia de las reglas actuales del administrador del arbitraje, lo que incluye información acerca del arbitraje, cargos e instrucciones para iniciar un arbitraje, si se comunica con la American Arbitration Association, 1600 Xxxxxxxx, Xxxxx 00, Xxx Xxxx, XX 00000. Teléfono: 800-778- 7879. Sitio web: www. xxx.xxx
Usted y el Banco acuerdan que conforme a este Contrato, usted y el Banco están participando en transacciones que involucran el comercio interestatal, el cual estará regido por la Ley Federal de Arbitraje, Título 9 del Código de los Estados Unidos ("FAA", por sus siglas en inglés) y no se regirá por ninguna ley estatal sobre arbitraje. El árbitro deberá cumplir con el derecho sustantivo aplicable siempre que no contradiga a las normas de la FAA, los plazos de prescripción aplicables y las normas de privilegio aplicables, y estará autorizado a conceder todos los recursos disponibles, lo que incluye, a modo enunciativo y no limitativo, una indemnización por daños (en la medida en que no esté limitada en virtud del presente Contrato), medidas declaratorias, cautelares y otro resarcimiento equitativo, y los honorarios y costos de abogados. El árbitro debe acatar las normas de procedimiento de presentación de pruebas, y deberá actuar de acuerdo con la FAA, esta cláusula y las reglas del administrador.
Cualquier tribunal competente podrá dictar sentencia en cuanto al laudo arbitral. El laudo arbitral será definitivo y vinculante, salvo algún derecho de apelación previsto por la FAA. A menos que las leyes vigentes estipulen lo contrario, la parte que apela pagará los cargos de la apelación, independientemente del resultado. No obstante, consideraremos de buena fe toda solicitud razonable por escrito para hacernos cargo de los gastos de su apelación. Pagaremos todos los cargos y costos que nos exija la ley o que tengan por objeto hacer que esta cláusula de arbitraje sea aplicable.
Esta cláusula sobre arbitraje seguirá vigente luego de la cancelación o suspensión de la Cuenta o de este Contrato. Si una parte de esta cláusula sobre arbitraje se considera inválida o inaplicable, eso no invalidará las partes restantes de esta cláusula sobre arbitraje o el Contrato; sin embargo, si las limitaciones sobre demandas colectivas se deniegan en un proceso judicial de carácter colectivo, representativo o iniciado por un procurador general privado, sin contravenir el derecho de apelar tal decisión, toda esta cláusula sobre arbitraje (aparte de esta disposición) será nula e inválida en tal proceso judicial.
21. DISPOSICIONES VARIAS. A menos que la ley aplicable disponga lo contrario, podremos modificar los términos de este Contrato ocasionalmente mediante el envío de una notificación del cambio. Si debemos cobrarle lo que nos adeuda, le corresponde a usted hacerse cargo de los gastos razonables por el cobro, como costas y honorarios de abogados, hasta donde la ley lo permita. Si más de una persona solicita servicios de transferencia electrónica de fondos, cada persona quedará sujeta a este Contrato y será responsable por el pago de todos los montos adeudados como resultado de este Contrato. Nos reservamos el derecho de rechazar cualquier transferencia electrónica de fondos si creemos que está relacionada con transacciones o actividades ilícitas, que incluyen, a modo enunciativo pero no limitativo, juegos, apuestas, lotería o actividades similares.
M. CHEQUES SUSTITUTOS Y SUS DERECHOS
1. ¿QUÉ ES UN CHEQUE SUSTITUTO? Para agilizar el procesamiento de cheques, las leyes federales permiten que los bancos reemplacen los cheques originales con "cheques sustitutos". Estos cheques tienen un tamaño similar al de los cheques originales con una imagen ligeramente más pequeña del anverso y el reverso del cheque original. El anverso de un cheque sustituto tiene la siguiente leyenda: "Esta es una copia legal de su cheque. Puede utilizarla del mismo modo en que usaría el cheque original". Puede utilizar un cheque sustituto como comprobante de pago al igual que el cheque original. Es posible que algunos o todos los cheques que el Banco le devuelva sean cheques sustitutos. Esta notificación describe los derechos que usted tiene cuando recibe un cheque sustituto del Banco. Los derechos contemplados en esta notificación no se aplican a los cheques originales o a los débitos electrónicos efectuados en su Cuenta. No obstante, usted tiene derechos sobre estas transacciones según lo contemplado en otras leyes.
2. ¿CUÁLES SON SUS DERECHOS CON RESPECTO A LOS CHEQUES SUSTITUTOS? En ciertos casos, las leyes federales estipulan un procedimiento especial que le permite solicitar un reembolso por las pérdidas que pueda sufrir si un cheque sustituto es asentado en su Cuenta (por ejemplo, si usted cree que el Banco retiró un monto incorrecto de su Cuenta o que el Banco retiró dinero de su Cuenta más de una vez para el mismo cheque). Las pérdidas que intente recuperar con este procedimiento pueden incluir el monto que fue retirado de su Cuenta y los cargos que fueron cobrados como resultado del retiro (por ejemplo, los cargos por el rechazo de un cheque).
El monto de su reembolso según este procedimiento se limita al monto de su pérdida o al monto del cheque sustituto, el que sea menor. Usted también tiene derecho a intereses por el monto de su reembolso si su Cuenta devenga intereses. Si su pérdida excede el monto del cheque sustituto, es probable que pueda recuperar montos adicionales según otras leyes.
Si utiliza este procedimiento, podrá recibir hasta $2,500 (más los intereses si su Cuenta devenga intereses) en un plazo xx xxxx (10) días hábiles a partir de la fecha en que el Banco haya recibido su reclamo, y el monto restante del reembolso (más los intereses si su Cuenta devenga intereses) en un plazo no mayor a los cuarenta y cinco (45) días calendario a partir de la fecha que el Banco haya recibido su reclamo.
El Banco puede revertir el reembolso (incluido cualquier interés que haya generado el reembolso) si posteriormente es capaz de demostrar que el cheque sustituto fue correctamente asentado en su Cuenta.
3. ¿CÓMO PUEDE USTED RECLAMAR UN REEMBOLSO? Si cree que ha sufrido una pérdida relacionada con un cheque sustituto asentado en su Cuenta, comuníquese con el Banco al 0-000-000-0000 o diríjase a la sucursal local. Debe comunicarse con el Banco en un plazo de cuarenta (40) días calendario a partir de la fecha en que el Banco envió por correo (o entregó mediante cualquier otro medio acordado por usted) el cheque sustituto en cuestión o el estado de cuenta donde consta que el cheque sustituto fue asentado en su Cuenta, lo que ocurra en segundo término. El Banco extenderá este período en caso de que usted no pueda presentar un reclamo oportuno debido a circunstancias excepcionales. Podremos solicitarle que envíe su reclamo por escrito. Su reclamo será considerado oportuno si lo recibimos de forma oral en el plazo de los cuarenta (40) días, y recibimos el reclamo por escrito antes del 10º día hábil luego de realizado el reclamo de forma oral.
Su reclamo debe incluir:
• La explicación de por qué usted sufrió una pérdida (por ejemplo, usted cree que se retiró un monto incorrecto);
• Un cálculo aproximado del monto de su pérdida;
• Una explicación de por qué; el cheque sustituto que recibió es insuficiente para confirmar que sufrió una pérdida; y
• Copias del cheque sustituto o de la siguiente información para ayudar a que el Banco identifique el cheque sustituto: el número de cheque, el nombre de la persona a la que extendió el cheque, el monto del cheque.