Common use of CUANTÍA DE LAS PENALIDADES Clause in Contracts

CUANTÍA DE LAS PENALIDADES. Retraso: Por cada día de retraso en el inicio de la ejecución del contrato o de suspensión de la ejecución del contrato, se impondrá la sanción prevista por el artículo 25.2 de este pliego, salvo que en el apartado M del Cuadro de Características se establezca otra distinta. Además se impondrán las siguientes penalidades: - Faltas leves: Cada falta leve, podrá ser sancionada con un importe de entre el 1% y el 3% del precio de adjudicación del contrato. - Faltas graves: Por cada comisión de una falta grave, podrá ser sancionado el contratista con un importe de entre el 3,01% y el 5% del precio de adjudicación del contrato. - Faltas muy graves: La falta muy grave será sancionada con un importe de entre el 5,01% y el 10% del precio de adjudicación del contrato. A las referidas faltas se podrán aplicar además las penalidades recogidas en el No podrán alegarse como causas de fuerza mayor o causa justificada para el incumplimiento de sus obligaciones: a) Condiciones climatológicas adversas no excepcionales o de efecto catastrófico.

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Samples: Suministro De Víveres

CUANTÍA DE LAS PENALIDADES. Retraso: Por cada día de retraso en el inicio de la ejecución del contrato o de suspensión de la ejecución del contrato, se impondrá la sanción prevista por el artículo la cláusula 25.2 de este pliego, salvo que en el apartado M M) del Cuadro de Características se establezca otra distinta. Además ‐ Además, se impondrán las siguientes penalidades: - Faltas leves: Cada falta leve, podrá ser sancionada con un importe de entre el 1% y el 3% del precio de adjudicación del contrato. - Faltas graves: Por cada comisión de una falta grave, podrá ser sancionado el contratista con un importe de entre el 3,01% y el 5% del precio de adjudicación del contrato. - Página 30 de 53 ‐ Faltas muy graves: La falta muy grave será sancionada con un importe de entre el 5,01% y el 10% del precio de adjudicación del contrato. A las referidas faltas se podrán aplicar además las penalidades recogidas en el Apartado M del Cuadro de Características. No podrán alegarse como causas de fuerza mayor o causa justificada para el incumplimiento de sus obligaciones: a) Condiciones climatológicas adversas no excepcionales o de efecto catastrófico.

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Samples: Suministro De Mobiliario De Oficina

CUANTÍA DE LAS PENALIDADES. Retraso: Por cada día Los incumplimientos contractuales serán sancionados con multas coercitivas de retraso en el inicio de la ejecución del contrato o de suspensión de la ejecución del contrato, se impondrá la sanción prevista por el artículo 25.2 de este pliego, salvo que en el apartado M del Cuadro de Características se establezca otra distinta. Además se impondrán las siguientes penalidadescuantías siguientes: - Faltas Incumplimientos contractuales leves: Cada falta leve, podrá ser sancionada con un importe de entre el 10,1% y el 30,5% del precio de adjudicación del contratoadjudicación. - Faltas Incumplimientos contractuales graves: Por cada comisión de una falta grave, podrá ser sancionado el contratista con un importe de entre el 3,010,5% y el 0,9%. - Incumplimientos contractuales muy graves: de 0,9% al 1,5%. - La demora en la ejecución será penalizada, además, con una multa coercitiva del 0,20€ por cada mil euros del precio del contrato, por cada día de retraso. En todos los casos esos porcentajes se aplicarán sobre el precio de adjudicación (IVA excluido) y se calculará la sanción por cada infracción, o incumplimiento de plazos, en función de su gravedad, reincidencia y prontitud en su corrección, y sin perjuicio de instar la resolución del contrato de acuerdo con lo previsto en la cláusula 42ª de esta pliego. La infracción de las condiciones establecidas en la cláusula 28ª para proceder a la subcontratación, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación, podrá dar lugar, en todo caso, a la imposición al contratista de una penalidad que como regla general, su cuantía será un 5% del precio importe del subcontrato, salvo que, motivadamente, el órgano de adjudicación del contrato. - Faltas contratación estime que el incumplimiento es grave o muy graves: La falta muy grave será sancionada con grave, en cuyo caso podrá alcanzar hasta un importe de entre el 5,01% y el 10% o hasta el máximo legal del precio de adjudicación del contrato50%, respectivamente. A las referidas faltas se podrán aplicar además las penalidades recogidas La reiteración en el No podrán alegarse como causas de fuerza mayor o causa justificada incumplimiento podrá tenerse en cuenta para el incumplimiento de sus obligaciones: a) Condiciones climatológicas adversas no excepcionales o de efecto catastróficovalorar la gravedad.

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Samples: Contract for Public Works

CUANTÍA DE LAS PENALIDADES. RetrasoLos incumplimientos contractuales serán sancionados con multas coercitivas de las cuantías siguientes: Por cada día de retraso en el inicio de la ejecución del contrato o de suspensión de la ejecución del contrato, se impondrá la sanción prevista por el artículo 25.2 de este pliego, salvo que en el apartado M del Cuadro de Características se establezca otra distinta. Además se impondrán las siguientes penalidades: - Faltas Incumplimientos contractuales leves: Cada falta leve, podrá ser sancionada con un importe de entre el 10,1% y el 30,5% del precio de adjudicación del contratoadjudicación. - Faltas Incumplimientos contractuales graves: Por cada comisión de una falta grave, podrá ser sancionado el contratista con un importe de entre el 3,010,5% y el 0,9%. Incumplimientos contractuales muy graves: de 0,9% al 1,5%. La demora en la ejecución será penalizada, además, con una multa coercitiva del 0,20€ por cada mil euros del precio del contrato, por cada día de retraso. En todos los casos esos porcentajes se aplicarán sobre el precio de adjudicación (IVA excluido) y se calculará la sanción por cada infracción, o incumplimiento de plazos, en función de su gravedad, reincidencia y prontitud en su corrección, y sin perjuicio de instar la resolución del contrato de acuerdo con lo previsto en la cláusula 42ª de esta pliego. La infracción de las condiciones establecidas en la cláusula 28ª para proceder a la subcontratación, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación, podrá dar lugar, en todo caso, a la imposición al contratista de una penalidad que como regla general, su cuantía será un 5% del precio importe del subcontrato, salvo que, motivadamente, el órgano de adjudicación del contrato. - Faltas contratación estime que el incumplimiento es grave o muy graves: La falta muy grave será sancionada con grave, en cuyo caso podrá alcanzar hasta un importe de entre el 5,01% y el 10% o hasta el máximo legal del precio de adjudicación del contrato50%, respectivamente. A las referidas faltas se podrán aplicar además las penalidades recogidas La reiteración en el No podrán alegarse como causas de fuerza mayor o causa justificada incumplimiento podrá tenerse en cuenta para el incumplimiento de sus obligaciones: a) Condiciones climatológicas adversas no excepcionales o de efecto catastróficovalorar la gravedad.

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Samples: Contract for Construction Services