De La Transferencia De Posesión De La Aeronave Cláusulas de Ejemplo

De La Transferencia De Posesión De La Aeronave. 29 10. DE LOS REGISTROS E INFORMES 32 11. DEL MANTENIMIENTO; REEMPLAZO Y RESERVA DE PARTES; ALTERACIONES, ModificaCIONES Y ADICIONES 32 12. DE LAS RESERVAS DE MANTENIMIENTO 36 13. DE LA PÉRDIDA, DestrucCIÓN, RequiSICIÓN, ENTRE OTROS 39 14. DEL SEGURO 48 15. DE LA INSPECCIÓN 53 16. DE LA CESIÓN 54 17. DE LA DEVOLUCIÓN DE LA AERONAVE 54 18. DE LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO 59 19. DE LOS RECURSOS 61 20. DE LAS NOTIFICACIONES 63 21. DEL DERECHO DE CUMPLIM IENTO DEL ARRENDATARIO 64 22. DEL DISFRUTE PASIVO 65 23. DE LAS INDEMNIZACIONES 65 24. DE LOS CONVENIOS ADICIONALES DEL ARRENDATARIO 76
De La Transferencia De Posesión De La Aeronave. Aspectos Generales Con excepción de lo expresamente dispuesto en el presente el Arrendatario, sin el consentimiento previo por escrito del Arrendador (dependiendo ese consentimiento a criterio exclusivo del Arrendador), no venderá, subarrendará o en caso contrario, entregará, transferirá ni renunciará a la posesión de la Aeronave, la Estructura o un Motor ni instalará un Motor ni permitirá que se instale un motor en cualquier otra estructura que no sea la Estructura, disponiéndose sin embargo, que, en la medida en que no se produzca ni un Caso de Incumplimiento, y éste persista, sin el previo consentimiento por escrito del Arrendador. Intercambio de Motores o Acuerdos de Colaboración El Arrendatario puede realizar o permitir el intercambio normal de cualquier motor entre aeronaves de propiedad del Arrendatario u operadas por éste: con la condición de que ninguna transferencia de propiedad de dicho motor sea efectuada con relación a cualquier intercambio y que no se despoje al Arrendador del título de dicho Motor. Prueba y Servicio El Arrendatario podrá entregar la posesión de la Aeronave, la Estructura o un Motor o parte del mismo, a (i) cualquier Persona para fines de embarque o (ii) al fabricante de los mismos o a cualquier otra organización de mantenimiento aprobada por la FAA, para prueba, servicio, reparaciones, mantenimiento o mantenimiento total o fines similares, para las modificaciones y alteraciones necesarias o permitidas y para adiciones a la Aeronave, a la Estructura o al Motor. Instalación de Motores. El Arrendatario podrá instalar un Motor en una estructura arrendada u operada por él, siempre y cuando esa estructura esté libre y exenta de Xxxxxxxxxx, excepto cuando los Gravámenes Autorizados y aquellos que no se aplican a ese Motor y sujeta a los acuerdos de intercambio normales o negociaciones de relevo del tipo descrito en las Cláusulas (i) (a) anteriores. Instalación de Motores en otras Estructuras. El Arrendatario podrá instalar un Motor en una estructura arrendada, u operada por el Arrendatario pero sólo si (A) esa estructura está libre y exenta de Gravámenes, excepto los del tipo permitido por el párrafo (c) de las Cláusulas (i) (b) y si (B) El Arrendatario ha recibido del Arrendador de dicha Estructura un acuerdo por escrito (que puede ser el Contrato de Arrendamiento, que cubra esa Estructura) mediante el cual dicho Arrendador acuerda expresamente que ni él ni sus sucesores o cesionarios adquirirán o reclamarán derechos, títulos o in...
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  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN LA VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN ES COMO MÍNIMO DE 30 DÍAS HÁBILES. LOS LICITANTES DEBERAN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LOS PUNTOS 1.2, 1.3, 1.4 Y 1.5.

  • Idioma de la Oferta 10.1 La oferta, así como toda la correspondencia y documentos relativos a la oferta intercambiados entre el Oferente y el Comprador deberán ser escritos en el idioma especificado en los DDL. Los documentos de soporte y material impreso que formen parte de la oferta, pueden estar en otro idioma con la condición de que los apartes pertinentes estén acompañados de una traducción fidedigna al idioma especificado en los DDL. Para efectos de interpretación de la oferta, dicha traducción prevalecerá.

  • VIGENCIA DE LA OFERTA El periodo de vigencia de la oferta, será de 120 días calendario, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.

  • Moneda de la Oferta El precio en la Oferta deberá estar expresado en moneda nacional, (Pesos Dominicanos, RD$), a excepción de los Contratos de suministros desde el exterior, en los que podrá expresarse en la moneda del país de origen de los mismos. De ser así, el importe de la oferta se calculará sobre la base del tipo de cambio vendedor del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA vigente al cierre del día anterior a la fecha de recepción de ofertas.

  • VIGENCIA DE LA PROPUESTA La propuesta deberá estar vigente por el término del proceso y dos (2) meses más, contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación abierta.

  • Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, será devuelta a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, en los siguientes casos: Después de la notificación con la Resolución de Declaratoria Desierta. Si existiese Recurso Administrativo de Impugnación, luego de su agotamiento, en contrataciones con montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS). Cuando la entidad convocante solicite la extensión del periodo de validez de propuestas y el proponente rehúse aceptar la solicitud. Después de notificada la Resolución de Cancelación del Proceso de Contratación. Después de notificada la Resolución de Anulación del Proceso de Contratación, cuando la anulación sea hasta antes de la publicación de la convocatoria. Después de formalizar la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio con el proponente adjudicado. El tratamiento de ejecución y devolución de las Garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato.

  • Vigencia de la Fianza El “Proveedor” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la cláusula anterior por el término de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro.-------

  • VIGENCIA DE LA PÓLIZA Es el período durante el cual la aseguradora se compromete, mediante el pago de una prima, a cubrir un bien o una persona según se detalla en las Condiciones Particulares.

  • RECEPCIÓN DE LA OBRA El contrato se entenderá cumplido por el contratista, cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto. Dentro del mes siguiente a la finalización de la obra, se procederá, mediante acto formal, a la recepción de la misma. Dicho acto será comunicado, cuando resulte preceptivo, a la Intervención General, a efectos de su asistencia potestativa al mismo. Si las obras se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, el funcionario técnico designado por la Administración contratante o, en el caso de que se hubiese nombrado, el responsable del contrato, las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta por cuadruplicado, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, entregándose un ejemplar al funcionario técnico que represente a la Administración, otro al director de la obra, el tercero al representante de la Intervención General y el cuarto al contratista, comenzando entonces el plazo de garantía. En el acta de recepción el director de la obra fijará la fecha para el inicio de la medición general, quedando notificado el contratista para dicho acto. El contratista tiene obligación de asistir a la recepción de la obra. Si por causas que le sean imputables no cumple esta obligación, el representante de la Administración le remitirá un ejemplar del acta para que, en el plazo xx xxxx días, formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que resolverá el órgano de contratación. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar así en el acta, y el Director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista.