DE LOS DOMICILIOS. Las partes señalan los domicilios que han quedado especificados en la sección de declaraciones del presente contrato para recibir los avisos y comunicaciones que deseen o tengan que darse con motivo del mismo. En caso de existir alguna modificación en el domicilio señalado, la parte correspondiente deberá notificar a la otra con quince días de anticipación a la fecha en que ocurra el cambio respectivo.
DE LOS DOMICILIOS. 18.1 Para los efectos del presente Convenio, las PARTES fijan como sus domicilios los señalados en la parte introductoria del mismo.
18.2 Toda documentación que deba ser cursada entre las PARTES se entenderá válidamente realizada cuando sea remitida por escrito y se encuentre dirigida y notificada a los domicilios consignados en la parte introductoria del presente Convenio, o a las siguientes direcciones electrónicas que se detallan a continuación, siempre que se obtenga el debido acuse de recibo: • Por el MINAM: xxxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx • Por el GGGI: xxxxx.xxxxxxx@xxxx.xxx
18.3 Cualquier cambio de domicilio durante la vigencia del Convenio deberá ser notificado por escrito a la otra PARTE, a los domicilios consignados en la parte introductoria (domicilios físicos) y/o en el numeral precedente (domicilios electrónicos), con una anticipación no menor de quince (15) días hábiles, caso contrario, se tendrá por no comunicada.
DE LOS DOMICILIOS. Para cualquier notificación judicial y/o extrajudicial relacionada con este contrato “LAS PARTES” señalan como sus domicilios los que a continuación se anotan, mismos que subsistirán en tanto no se haga del conocimiento por escrito a la otra parte de su modificación, recabando constancia de su recepción respecto algún cambio. • “EL MUNICIPIO”: En Xxxxxxx Municipal, ubicado en Plaza Principal sin número, Zona Centro, C.P. 37000, de la ciudad xx Xxxx, Guanajuato. • “LA PROPIETARIA”: En de la ciudad xx Xxxx, Guanajuato. En caso que cualquiera de “LAS PARTES” cambiara de domicilio, deberá notificar por escrito con acuse de recibo dicha situación a la otra Parte, con por lo menos 15 (quince) días naturales previos a la fecha de dicho cambio y de no hacerlo, los avisos que se dirijan al último domicilio indicado, surtirán todos los efectos legales correspondientes. Las notificaciones o avisos que se lleven a cabo por escrito en los domicilios señalados en el párrafo anterior, se tendrán como legalmente realizados independientemente de si los mismos son recibidos por las personas a los que van dirigidos o cualquier tercero que se encuentre en dichos domicilios.
DE LOS DOMICILIOS. Para todos los efectos de notificaciones y comunicaciones, las partes fijan como sus domicilios los señalados en la introducción del presente Convenio. Los cambios de domicilio deberán ser puestos en conocimiento de la otra parte con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación.
DE LOS DOMICILIOS. Para los efectos del presente convenio, LAS PARTES señalan las direcciones consignadas en la parte introductoria del presente documento, como sus domicilios legales, donde deberán efectuarse todas las notificaciones. Cualquier cambio de domicilio durante la vigencia del presente CONVENIO deberá ser notificado, a los domicilios consignados en la parte introductoria con una anticipación de quince (15) días hábiles.
DE LOS DOMICILIOS. Para los efectos legales del presente Instrumento Jurídico "LAS PARTES" señalan como sus domicilios los siguientes:
a). OBRAS PÚBLICAS" la Oficina Administrativa de la Secretaría de Obras Públicas, sita en el segundo piso en Casa Morelos, ubicada en "Plaza xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx", Colonia Centro, en la Ciudad de Cuernavaca, Morelos, Código Postal 62000.
b). LA SEDESO" la Oficina Administrativa ubicada en Avenida Plan xx Xxxxx número 825 local 26, tercer piso, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000.
DE LOS DOMICILIOS. Las partes firmantes señalan como sus domicilios los que aparecen en la introducción del presente documento, donde se remitirán las comunicaciones vinculadas al presente acuerdo. El cambio de domicilio de cualquiera de las partes surtirá efectos desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la otra parte, por cualquier medio escrito.
DE LOS DOMICILIOS. “LAS PARTES” señalan como sus domicilios para todo lo relacionado con este “CONTRATO” los indicados en sus respectivas declaraciones. Para el caso que alguna de “LAS PARTES” cambiare de domicilio, lo deberá notificar a su contraparte mediante correo electrónico o notificación personal dentro de los cinco 5 días naturales siguientes en que se realice este cambio, Sin el aviso de mérito, todas las notificaciones se tendrán por válidamente hechas en el domicilio proporcionado por el “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, del apartado de declaraciones.
DE LOS DOMICILIOS. LAS PARTES señalan como sus domicilios los que figuran en la introducción del presente Contrato y asumen la obligación de comunicar por escrito las variaciones del domicilio, en caso contrario será considerado como válido el consignado en el párrafo anterior. Estando las partes celebrantes de acuerdo con todas y cada una de las cláusulas del presente Contrato, lo suscriben en tres (3) ejemplares originales con igual valor en la ciudad de _________, a los __ días del mes de ____ del 20__.
DE LOS DOMICILIOS. Las partes señalan como domicilios, para todos los efectos legales a que hubiere lugar, para oír y recibir toda clase de avisos, comunicaciones o notificaciones, hasta en tanto no comuniquen a la otra parte en forma indubitable y fehaciente el cambio del mismo, los siguientes:
a).- La Vendedora, Hidalgo sin número, Colonia Bella Vista, Lagos xx Xxxxxx, Jalisco b).- El Comprador, el que se menciona en el número 1 de la Carátula del presente Todas las notificaciones deberán realizarse por escrito en forma fehaciente, ya sea mediante comunicación escrita con acuse de recibo, o personalmente en presencia de 2 testigos debidamente Identificados con credencial oficial, dichas notificaciones se entenderán efectuadas a partir de ese momento.