Common use of DECLARACIONES Y GARANTÍAS Clause in Contracts

DECLARACIONES Y GARANTÍAS. El Afiliado declara y garantiza al Adquirente que durante la vigencia del Contrato, cada vez que una Transacción sea realizada durante el Término Inicial o cualquier Renovación, lo siguiente: • Vender y/o proporcionar los servicios de su(s) establecimiento(s) a los mismos precios que tenga señalados para operaciones de contado, aún cuando se trate de ofertas o promociones especiales, por lo que no deberá repercutir el costo de las comisiones que en base a este Contrato resulten a su cargo; a menos que cuente con la previa autorización del Adquirente. No podrá hacer discriminación o diferenciación alguna a fin de aceptar como Medio de pago las Tarjetas. • Conservar en depósito por cuenta del Adquirente y por un plazo mínimo de 5 (cinco) años, la copia original que le corresponda del Medio de pago, a fin de resolver cualquier controversia. Dicho plazo se computará a partir del momento en el que se presente el Medio de pago para su liquidación, en el entendido de que esa copia original es propiedad del Adquirente y por tanto deberá conservarse en perfecto estado, no debiendo ser doblada, subrayada, engrapada, perforada o alterada en modo alguno. En caso de incumplimiento a la obligación de conservación aquí establecida, el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones cuyo pago revoque el Emisor o el propio Adquirente, que no lleguen a ser aclaradas ante la falta de la copia del Medio de pago que corresponda. • El Afiliado acepta incondicionalmente la obligación de pago contenida en el párrafo anterior, con motivo de lo cual reconoce como medio de prueba con pleno alcance y valor probatorio, enunciando sin limitar: el Dictamen realizado por el Área de Aclaraciones del Adquirente, los registros de los sistemas del Adquirente, el Comprobante de Contracargo, según corresponda, carta certificada del tarjetahabiente, cédula de petición de pagaré, o bien, la simple solicitud de pagaré vía correo, fax o cualquier otra que no haya sido satisfactoriamente atendida a la sola consideración del Adquirente, renunciando a cualquier reclamación por los cargos de referencia y liberando al Adquirente de cualquier responsabilidad derivada de los mismos. De igual manera, una vez que se acredite la presentación de la solicitud del Adquirente del Medio de pago que corresponda por cualquier medio sin que haya sido atendida por el Afiliado, éste autoriza al Adquirente para reclamar los montos relativos mediante la ejecución de la fianza a que hace referencia el presente instrumento. • Entregar al Adquirente dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a la fecha en que así le sea requerido, las copias originales de los Medios de pago o fotocopias de las mismas que mantenga en depósito por cuenta del Adquirente en los términos antes mencionados respecto de la conservación de los Medios de Pago. En caso de que el Afiliado no entregue al Adquirente la documentación solicitada dentro del plazo establecido, el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones cuyo pago revoque el Emisor o el propio Adquirente, que no lleguen a ser aclaradas por la falta de entrega oportuna de la copia del Medio de pago que corresponda. • Vigilar el adecuado funcionamiento del o los Dispositivo(s) TPV de modo que los comprobantes de transacciones que éstos emitan siempre aparezcan bien impresos y resulten legibles, en el entendido de que el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones que no puedan llegar a ser negociadas por el Adquirente como consecuencia de la ilegibilidad de los comprobantes. • Intentar recuperar por medios pacíficos y razonables, así como en su caso destruir y/o inutilizar insertando las palabras “void” o “nula”: (i) aquellas Tarjetas que el Emisor, o cualquiera de las empresas a que se hace mención en este Contrato, le reporten como robadas o extraviadas, o bien, cuando así le sea indicado al momento de solicitar la autorización de la operación (debiendo en éstos casos obtener una clave de identificación de la instrucción correspondiente y remitir la Tarjeta de que se trate al Adquirente), y; (ii) aquellas Tarjetas cuyos primeros cuatro dígitos impresos bajo el número de cuenta grabado, no concuerden con los primeros cuatro dígitos del número de cuenta grabado. Cualquiera que sea el caso, el Afiliado deberá negarse a completar la transacción. El Adquirente pagará al Afiliado la cantidad que aquel determine, por cada tarjeta que sea destruida y/o inutilizada por éste y entregada al mismo. • Incluir la cantidad de dinero total correspondiente a bienes y servicios comprados a la misma vez en un mismo documento (ya sea pagaré, nota de venta, ficha de compra, documento emitido por un Dispositivo TPV o cualquier otro instrumento en que se haga constar una operación). Una transacción no se puede dividir utilizando dos o más Medios de pago, con el objeto de evitar que el titular de la Tarjeta pueda realizar operaciones dolosas o fraudulentas. Asimismo, el Afiliado deberá incluir en cada Medio de pago una breve descripción del bien o servicio proporcionado, y como parte del monto de la transacción, siempre deberá incluir el símbolo o palabra que permita conocer el tipo de moneda en que se está efectuando la transacción. • Utilizar la máquina transcriptora y/o los Dispositivos TPV únicamente para el uso del local para el cual le fueron entregadas. • Abstenerse de utilizar en los establecimientos de su propiedad, las Tarjetas que cualquier institución haya emitido en su favor o de sus parientes consanguíneos hasta el segundo grado, con fines de autofinanciamiento. • No entregar o permitir disposiciones de recursos en efectivo y a no a realizar transacciones que representen el cobro de un cheque que fue devuelto por la institución librada. • No efectuar transacciones que por cualquier motivo resulten sospechosas, o bien, aquéllas que sepa o deba saber que son fraudulentas o no autorizadas por el titular de la Tarjeta, así como a responder frente al Adquirente y/o Emisor por las acciones que en contravención a la obligación aquí contenida, realicen sus empleados y/o dependientes. • Abstenerse de realizar devoluciones en efectivo o con cheque, de modo que las devoluciones de transacciones deberán invariablemente documentarse en notas de devolución. Sólo en el caso de que la ley así lo requiera y el caso particular sea acreditado al Adquirente, el Afiliado podrá realizar devoluciones mediante la entrega de efectivo o cheque. • Cubrir al Adquirente todo documento apócrifo o falso, sin perjuicio de la responsabilidad penal en la que pudiese incurrir el responsable. • Notificar cualquier cambio que realice con respecto a la Cuenta. • Responsabilizarse financieramente y por tanto, responder por cualquier pérdida que resulte del incumplimiento de su parte al presente contrato.

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Samples: Contrato De Afiliación a Comercios, Contrato De Afiliación a Comercios

DECLARACIONES Y GARANTÍAS. El Afiliado Comprador asume todos los riesgos y responsabilidades por el uso de los productos del Vendedor, ya sea que se utilicen solos o en combinación con otros productos. El vendedor garantiza que todos los productos son nuevos y sin usar y que están libres de defectos de material y mano de obra en condiciones de uso normal durante un período de 90 (noventa) días a partir de la fecha de fabricación de los mismos, a excepción de los productos de sellado en frío, los productos antivaho, los productos recubiertos xx xxxx y manguitos de varilla, que están garantizados por 6 (seis) meses a partir de su fecha de fabricación, siempre que todos los productos se almacenen de acuerdo con las instrucciones de almacenamiento del Vendedor, contenidas en la Sección 9. Las características de fabricación y desempeño del producto están sujetas a las tolerancias estándar de la industria. El Comprador declara y garantiza al Adquirente que durante (i) está debidamente organizado y existe válidamente bajo el estado de su estado de constitución; (ii) la vigencia aceptación de estos Términos y Condiciones ha sido debidamente autorizada por la persona que legalmente le representa; y (iii) la persona que acepta estos Términos y Condiciones en nombre del ContratoComprador tiene plenos poderes y autoridad para hacerlo LA GARANTÍA ANTERIOR SE EXTIENDE ÚNICAMENTE AL COMPRADOR COMO COMPRADOR ORIGINAL Y, cada vez que una Transacción sea realizada durante el Término Inicial o cualquier RenovaciónEN LA MEDIDA APLICABLE, lo siguienteREEMPLAZA TODAS Y CUALQUIER OTRA GARANTÍA, TÉRMINOS Y CONDICIONES, DECLARACIONES, INDEMNIZACIONES Y GARANTÍAS CON RESPECTO A CUALQUIER PRODUCTO VENDIDO POR EL VENDEDOR Y EN EL LUGAR DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN POR PARTE DEL VENDEDOR, EXPRESA O IMPLÍCITA, O QUE SURJA POR LA LEY O PERSONALIZADA, INCLUYENDO, PERO NO LIMITÁNDOSE A: • Vender y/o proporcionar los servicios de su(s) establecimiento(s) a los mismos precios que tenga señalados para operaciones de contado, aún cuando se trate de ofertas o promociones especiales, por lo que no deberá repercutir el costo de las comisiones que en base a este Contrato resulten a su cargo; a menos que cuente con la previa autorización del Adquirente. No podrá hacer discriminación o diferenciación alguna a fin de aceptar como Medio de pago las Tarjetas. • Conservar en depósito por cuenta del Adquirente y por un plazo mínimo de 5 (cinco) años, la copia original que le corresponda del Medio de pago, a fin de resolver cualquier controversia. Dicho plazo se computará a partir del momento en el que se presente el Medio de pago para su liquidación, en el entendido de que esa copia original es propiedad del Adquirente y por tanto deberá conservarse en perfecto estado, no debiendo ser doblada, subrayada, engrapada, perforada o alterada en modo algunoTODA GARANTÍA IMPLÍCITA DE COMERCIALIZACIÓN O ADECUACIÓN PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR. En caso de incumplimiento a la obligación de conservación aquí establecida, el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones cuyo pago revoque el Emisor o el propio Adquirente, que no lleguen a ser aclaradas ante la falta de la copia garantía por parte del Medio Vendedor o cualquier otro incumplimiento de pago que corresponda. • El Afiliado acepta incondicionalmente las transacciones contempladas en estos términos y condiciones (incluidas, entre otras, las reparaciones realizadas o llevadas a cabo de acuerdo con la obligación de pago contenida en el párrafo anterior, con motivo de lo cual reconoce como medio de prueba con pleno alcance y valor probatorio, enunciando sin limitar: el Dictamen realizado por el Área de Aclaraciones del Adquirentegarantía), los registros de los sistemas recursos exclusivos a favor del AdquirenteComprador, el Comprobante de Contracargopor lo tanto, según corresponda, carta certificada del tarjetahabiente, cédula de petición de pagaré, o bien, la simple solicitud de pagaré vía correo, fax o cualquier otra que no haya sido satisfactoriamente atendida a la sola consideración del Adquirente, renunciando a cualquier reclamación por los cargos de referencia y liberando al Adquirente de cualquier responsabilidad derivada de los mismos. De igual manera, una vez que se acredite la presentación de la solicitud del Adquirente del Medio de pago que corresponda por cualquier medio sin que haya sido atendida por el Afiliado, éste autoriza al Adquirente para reclamar los montos relativos mediante la ejecución de la fianza a que hace referencia el presente instrumento. • Entregar al Adquirente dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a la fecha en que así le sea requerido, las copias originales de los Medios de pago o fotocopias de las mismas que mantenga en depósito por cuenta del Adquirente en los términos antes mencionados respecto de la conservación de los Medios de Pago. En caso de que el Afiliado no entregue al Adquirente la documentación solicitada dentro del plazo establecido, el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones cuyo pago revoque el Emisor o el propio Adquirente, que no lleguen a ser aclaradas por la falta de entrega oportuna de la copia del Medio de pago que corresponda. • Vigilar el adecuado funcionamiento del o los Dispositivo(s) TPV de modo que los comprobantes de transacciones que éstos emitan siempre aparezcan bien impresos y resulten legibles, en el entendido de que el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones que no puedan llegar a ser negociadas por el Adquirente como consecuencia de la ilegibilidad de los comprobantes. • Intentar recuperar por medios pacíficos y razonables, así como en su caso destruir y/o inutilizar insertando las palabras “void” o “nula”serán: (i) aquellas Tarjetas que el Emisor, o cualquiera de las empresas a que se hace mención en este Contrato, le reporten como robadas o extraviadas, o bien, cuando así le sea indicado al momento de solicitar la autorización de la operación (debiendo en éstos casos obtener una clave de identificación de la instrucción correspondiente y remitir la Tarjeta de que se trate al Adquirente), yreparación; (ii) aquellas Tarjetas cuyos primeros cuatro dígitos impresos bajo el número reemplazo; o (iii) reembolso o crédito del precio de cuenta grabadocompra de los productos defectuosos en la devolución de dichos productos. La selección entre los recursos exclusivos descritos anteriormente estará, no concuerden con los primeros cuatro dígitos del número de cuenta grabado. Cualquiera que sea el en cada caso, el Afiliado deberá negarse a completar la transacción. El Adquirente pagará total discreción del Vendedor y estará sujeta al Afiliado la cantidad que aquel determine, cumplimiento por cada tarjeta que sea destruida y/o inutilizada por éste y entregada al mismo. • Incluir la cantidad de dinero total correspondiente a bienes y servicios comprados a la misma vez en un mismo documento (ya sea pagaré, nota de venta, ficha de compra, documento emitido por un Dispositivo TPV o cualquier otro instrumento en que se haga constar una operación). Una transacción no se puede dividir utilizando dos o más Medios de pago, con el objeto de evitar que el titular de la Tarjeta pueda realizar operaciones dolosas o fraudulentas. Asimismo, el Afiliado deberá incluir en cada Medio de pago una breve descripción del bien o servicio proporcionado, y como parte del monto Comprador de la transacción, siempre deberá incluir el símbolo o palabra que permita conocer el tipo los procedimientos de moneda en que se devolución del Vendedor. La aplicación de las garantías está efectuando la transacción. • Utilizar la máquina transcriptora y/o sujeta al correcto almacenamiento y uso de los Dispositivos TPV únicamente para el uso del local para el cual le fueron entregadas. • Abstenerse de utilizar en los establecimientos de su propiedad, las Tarjetas que cualquier institución haya emitido en su favor o de sus parientes consanguíneos hasta el segundo grado, con fines de autofinanciamiento. • No entregar o permitir disposiciones de recursos en efectivo y a no a realizar transacciones que representen el cobro de un cheque que fue devuelto por la institución librada. • No efectuar transacciones que por cualquier motivo resulten sospechosas, o bien, aquéllas que sepa o deba saber que son fraudulentas o no autorizadas por el titular de la TarjetaProductos, así como a responder frente que el Comprador notifique inmediatamente el defecto por escrito. Este Artículo 11 contiene los recursos, acciones y derechos únicos y exclusivos para todas las reclamaciones basadas en fallas, defectos o vicios en los Productos, independientemente de cuándo surjan las fallas, defectos o vicios, y la reclamación, como se describe, se basará en los Términos y Condiciones, garantía, indemnización, responsabilidad extracontractual (incluida la negligencia), responsabilidad estricta o de otro tipo. Las garantías previstas en este Artículo 11 son exclusivas y reemplazan todas las demás garantías y condiciones, ya sean escritas, verbales, implícitas o legales, incluyendo, pero no limitándose a: toda garantía por vicios ocultos, así como las garantías o condiciones relativas al Adquirente y/proyecto y calidad o Emisor por las acciones que en contravención a la obligación aquí contenida, realicen sus empleados y/o dependientes. • Abstenerse de realizar devoluciones en efectivo o con cheque, de modo que las devoluciones de transacciones deberán invariablemente documentarse en notas de devolución. Sólo en el caso de que la ley así lo requiera y el caso particular sea acreditado al Adquirente, el Afiliado podrá realizar devoluciones mediante la entrega de efectivo o cheque. • Cubrir al Adquirente todo documento apócrifo o falso, sin perjuicio de la responsabilidad penal en la que pudiese incurrir el responsable. • Notificar cualquier cambio que realice con respecto a la Cuenta. • Responsabilizarse financieramente y por tanto, responder por cualquier pérdida que resulte del incumplimiento de su parte al presente contratoadecuación satisfactoria para un propósito específico.

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DECLARACIONES Y GARANTÍAS. El Afiliado Comprador asume todos los riesgos y responsabilidades por el uso de los productos del Vendedor, ya sea que se utilicen solos o en combinación con otros productos. El vendedor garantiza que todos los productos son nuevos y sin usar y que están libres de defectos de material y mano de obra en condiciones de uso normal durante el período descrito en los documentos de calidad, siempre que todos los productos se almacenen de acuerdo con las instrucciones de almacenamiento del Vendedor, contenidas en la Sección 9. Las características de fabricación y desempeño del producto están sujetas a las tolerancias estándar de la industria. El Comprador declara y garantiza al Adquirente que durante (i) está debidamente organizado y existe válidamente bajo el estado de su estado de constitución; (ii) la vigencia aceptación de estos Términos y Condiciones ha sido debidamente autorizada por la persona que legalmente le representa; y (iii) la persona que acepta estos Términos y Condiciones en nombre del ContratoComprador tiene plenos poderes y autoridad para hacerlo LA GARANTÍA ANTERIOR SE EXTIENDE ÚNICAMENTE AL COMPRADOR COMO COMPRADOR ORIGINAL Y, cada vez que una Transacción sea realizada durante el Término Inicial o cualquier RenovaciónEN LA MEDIDA APLICABLE, lo siguienteREEMPLAZA TODAS Y CUALQUIER OTRA GARANTÍA, TÉRMINOS Y CONDICIONES, DECLARACIONES, INDEMNIZACIONES Y GARANTÍAS CON RESPECTO A CUALQUIER PRODUCTO VENDIDO POR EL VENDEDOR Y EN EL LUGAR DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN POR PARTE DEL VENDEDOR, EXPRESA O IMPLÍCITA, O QUE SURJA POR LA LEY O PERSONALIZADA, INCLUYENDO, PERO NO LIMITÁNDOSE A: • Vender y/o proporcionar los servicios de su(s) establecimiento(s) a los mismos precios que tenga señalados para operaciones de contado, aún cuando se trate de ofertas o promociones especiales, por lo que no deberá repercutir el costo de las comisiones que en base a este Contrato resulten a su cargo; a menos que cuente con la previa autorización del Adquirente. No podrá hacer discriminación o diferenciación alguna a fin de aceptar como Medio de pago las Tarjetas. • Conservar en depósito por cuenta del Adquirente y por un plazo mínimo de 5 (cinco) años, la copia original que le corresponda del Medio de pago, a fin de resolver cualquier controversia. Dicho plazo se computará a partir del momento en el que se presente el Medio de pago para su liquidación, en el entendido de que esa copia original es propiedad del Adquirente y por tanto deberá conservarse en perfecto estado, no debiendo ser doblada, subrayada, engrapada, perforada o alterada en modo algunoTODA GARANTÍA IMPLÍCITA DE COMERCIALIZACIÓN O ADECUACIÓN PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR. En caso de incumplimiento a la obligación de conservación aquí establecida, el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones cuyo pago revoque el Emisor o el propio Adquirente, que no lleguen a ser aclaradas ante la falta de la copia garantía por parte del Medio Vendedor o cualquier otro incumplimiento de pago que corresponda. • El Afiliado acepta incondicionalmente las transacciones contempladas en estos términos y condiciones (incluidas, entre otras, las reparaciones realizadas o llevadas a cabo de acuerdo con la obligación de pago contenida en el párrafo anterior, con motivo de lo cual reconoce como medio de prueba con pleno alcance y valor probatorio, enunciando sin limitar: el Dictamen realizado por el Área de Aclaraciones del Adquirentegarantía), los registros de los sistemas recursos exclusivos a favor del AdquirenteComprador, el Comprobante de Contracargopor lo tanto, según corresponda, carta certificada del tarjetahabiente, cédula de petición de pagaré, o bien, la simple solicitud de pagaré vía correo, fax o cualquier otra que no haya sido satisfactoriamente atendida a la sola consideración del Adquirente, renunciando a cualquier reclamación por los cargos de referencia y liberando al Adquirente de cualquier responsabilidad derivada de los mismos. De igual manera, una vez que se acredite la presentación de la solicitud del Adquirente del Medio de pago que corresponda por cualquier medio sin que haya sido atendida por el Afiliado, éste autoriza al Adquirente para reclamar los montos relativos mediante la ejecución de la fianza a que hace referencia el presente instrumento. • Entregar al Adquirente dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a la fecha en que así le sea requerido, las copias originales de los Medios de pago o fotocopias de las mismas que mantenga en depósito por cuenta del Adquirente en los términos antes mencionados respecto de la conservación de los Medios de Pago. En caso de que el Afiliado no entregue al Adquirente la documentación solicitada dentro del plazo establecido, el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones cuyo pago revoque el Emisor o el propio Adquirente, que no lleguen a ser aclaradas por la falta de entrega oportuna de la copia del Medio de pago que corresponda. • Vigilar el adecuado funcionamiento del o los Dispositivo(s) TPV de modo que los comprobantes de transacciones que éstos emitan siempre aparezcan bien impresos y resulten legibles, en el entendido de que el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones que no puedan llegar a ser negociadas por el Adquirente como consecuencia de la ilegibilidad de los comprobantes. • Intentar recuperar por medios pacíficos y razonables, así como en su caso destruir y/o inutilizar insertando las palabras “void” o “nula”serán: (i) aquellas Tarjetas que el Emisor, o cualquiera de las empresas a que se hace mención en este Contrato, le reporten como robadas o extraviadas, o bien, cuando así le sea indicado al momento de solicitar la autorización de la operación (debiendo en éstos casos obtener una clave de identificación de la instrucción correspondiente y remitir la Tarjeta de que se trate al Adquirente), yreparación; (ii) aquellas Tarjetas cuyos primeros cuatro dígitos impresos bajo el número reemplazo; o (iii) reembolso o crédito del precio de cuenta grabadocompra de los productos defectuosos en la devolución de dichos productos. La selección entre los recursos exclusivos descritos anteriormente estará, no concuerden con los primeros cuatro dígitos del número de cuenta grabado. Cualquiera que sea el en cada caso, el Afiliado deberá negarse a completar la transacción. El Adquirente pagará total discreción del Vendedor y estará sujeta al Afiliado la cantidad que aquel determine, cumplimiento por cada tarjeta que sea destruida y/o inutilizada por éste y entregada al mismo. • Incluir la cantidad de dinero total correspondiente a bienes y servicios comprados a la misma vez en un mismo documento (ya sea pagaré, nota de venta, ficha de compra, documento emitido por un Dispositivo TPV o cualquier otro instrumento en que se haga constar una operación). Una transacción no se puede dividir utilizando dos o más Medios de pago, con el objeto de evitar que el titular de la Tarjeta pueda realizar operaciones dolosas o fraudulentas. Asimismo, el Afiliado deberá incluir en cada Medio de pago una breve descripción del bien o servicio proporcionado, y como parte del monto Comprador de la transacción, siempre deberá incluir el símbolo o palabra que permita conocer el tipo los procedimientos de moneda en que se devolución del Vendedor. La aplicación de las garantías está efectuando la transacción. • Utilizar la máquina transcriptora y/o sujeta al correcto almacenamiento y uso de los Dispositivos TPV únicamente para el uso del local para el cual le fueron entregadas. • Abstenerse de utilizar en los establecimientos de su propiedad, las Tarjetas que cualquier institución haya emitido en su favor o de sus parientes consanguíneos hasta el segundo grado, con fines de autofinanciamiento. • No entregar o permitir disposiciones de recursos en efectivo y a no a realizar transacciones que representen el cobro de un cheque que fue devuelto por la institución librada. • No efectuar transacciones que por cualquier motivo resulten sospechosas, o bien, aquéllas que sepa o deba saber que son fraudulentas o no autorizadas por el titular de la TarjetaProductos, así como a responder frente que el Comprador notifique inmediatamente el defecto por escrito. Este Artículo 11 contiene los recursos, acciones y derechos únicos y exclusivos para todas las reclamaciones basadas en fallas, defectos o vicios en los Productos, independientemente de cuándo surjan las fallas, defectos o vicios, y la reclamación, como se describe, se basará en los Términos y Condiciones, garantía, indemnización, responsabilidad extracontractual (incluida la negligencia), responsabilidad estricta o de otro tipo. Las garantías previstas en este Artículo 11 son exclusivas y reemplazan todas las demás garantías y condiciones, ya sean escritas, verbales, implícitas o legales, incluyendo, pero no limitándose a: toda garantía por vicios ocultos, así como las garantías o condiciones relativas al Adquirente y/proyecto y calidad o Emisor por las acciones que en contravención a la obligación aquí contenida, realicen sus empleados y/o dependientes. • Abstenerse de realizar devoluciones en efectivo o con cheque, de modo que las devoluciones de transacciones deberán invariablemente documentarse en notas de devolución. Sólo en el caso de que la ley así lo requiera y el caso particular sea acreditado al Adquirente, el Afiliado podrá realizar devoluciones mediante la entrega de efectivo o cheque. • Cubrir al Adquirente todo documento apócrifo o falso, sin perjuicio de la responsabilidad penal en la que pudiese incurrir el responsable. • Notificar cualquier cambio que realice con respecto a la Cuenta. • Responsabilizarse financieramente y por tanto, responder por cualquier pérdida que resulte del incumplimiento de su parte al presente contratoadecuación satisfactoria para un propósito específico.

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DECLARACIONES Y GARANTÍAS. El Afiliado declara Las Declaraciones y garantiza Garantías (también conocidas como Aseveraciones) se refieren a la formalización de hechos, opiniones y estimaciones, que los inversionistas exigen los emisores establezcan por escrito como condición de financiamiento. Las Declaraciones y Garantías por lo general abarcan puntos tales como la existencia y solvencia del emisor, la capacidad para abordar la transacción, y las estipulaciones de exigibilidad de los contratos de emisión. Las Declaraciones y Garantías suelen abordar temas relevantes para que se pueda realizar la transacción. Los covenants son compromisos asumidos por el emisor con los tenedores de deuda. Están diseñados para proteger el instrumento financiero según lo establecido en el Contrato de Emisión. Esto se logra controlando posibles cambios que puedan ocurrir en la estructura de capital u operaciones que realice el emisor. Cuando los Covenants estipulan que el emisor debe seguir una determinada acción, son denominados como Covenants Positivos. Los Covenants Positivos más frecuentes son aquellos donde el emisor debe pagar obligaciones hasta el vencimiento del Contrato de Emisión, y mantener su existencia como tal. Cuando los Covenants no conllevan a una determinada acción son denominados como Covenants Negativos. Los Covenants Negativos usuales incluyen la prohibición de emitir deuda adicional o de enajenar parcial o totalmente los activos del emisor. Los Covenants relacionados a la situación financiera de la Compañía son conocidos como Covenants Financieros y pueden ser Covenants Positivos o Covenants Negativos. Los Covenants Financieros normalmente contemplan ratios CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN Criterio: Contratos de emisión – Declaraciones y Garantías, Covenants y Eventos de Default Creación: Diciembre 2014 Última Actualización: N/A financieros, como niveles de deuda, niveles de liquidez u otros indicadores de solidez financiera que el emisor debe cumplir. Los Covenants Financieros desempeñan un rol importante, al Adquirente determinar la holgura que durante tiene el emisor cumpliendo su obligación financiera, o bien cuán ajustado se encuentra para dar cumplimiento a ésta. Cualquier emisión futura de la vigencia deuda no debe incumplir los contratos financieros existentes. La mayoría de los Contratos de Emisión incluyen una variedad de Covenants Positivos y Negativos. Es normal, por ejemplo, que emisores con una alta clasificación de riesgo, tengan Covenants menos restrictivos que emisores con clasificaciones de riesgo más bajas, quienes tienen Covenants más estrictos. Aunque los covenants por sí solos no cambian la calidad crediticia del Contratoemisor, cada vez sí pueden darle cierta estabilidad a la clasificación dado que una Transacción sea realizada durante la compañía se siente limitada a moverse en ciertos rangos financieros y a no tomar medidas que sean consideradas negativas para los Tenedores de Bonos, que podrían aumentar el Término Inicial o cualquier Renovación, lo siguiente: • Vender y/o proporcionar perfil de riesgo de la entidad. Hay casos en que los servicios covenants restringen excesivamente la flexibilidad de su(s) establecimiento(s) un emisor en períodos difíciles. Restricciones excesivas a los mismos precios que tenga señalados para operaciones covenants financieros pueden dificultar la recapitalización o reestructuración de contado, aún cuando se trate de ofertas o promociones especiales, por lo que no deberá repercutir el costo de las comisiones que la compañía. Lo anterior deja al emisor en base a este Contrato resulten a su cargo; a menos que cuente con la previa autorización del Adquirente. No podrá hacer discriminación o diferenciación alguna a fin de aceptar como Medio de pago las Tarjetas. • Conservar en depósito por cuenta del Adquirente y por un plazo mínimo de 5 una disyuntiva entre incumplir Covenants existentes (cinco) años, la copia original que le corresponda del Medio de pago, a fin de resolver cualquier controversia. Dicho plazo se computará a partir del momento en el que se presente el Medio de pago para su liquidación, en el entendido de que esa copia original es propiedad del Adquirente y por tanto deberá conservarse en perfecto estado, no debiendo ser doblada, subrayada, engrapada, perforada o alterada en modo alguno. En caso enfrentando una potencial causal de incumplimiento a la obligación de conservación aquí establecida, el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones cuyo pago revoque el Emisor o el propio Adquirente, que no lleguen a ser aclaradas ante la falta de la copia del Medio de pago que corresponda. • El Afiliado acepta incondicionalmente la obligación de pago contenida en el párrafo anterior, con motivo de lo cual reconoce como medio de prueba con pleno alcance y valor probatorio, enunciando sin limitar: el Dictamen realizado por el Área de Aclaraciones del Adquirente, los registros de los sistemas del Adquirente, el Comprobante de Contracargo, según corresponda, carta certificada del tarjetahabiente, cédula de petición de pagaré, deuda) o bien, tomar las medidas necesarias para su reestructuración. De esta manera, cláusulas excesivamente restrictivas pueden agregar presión adicional sobre las clasificaciones de riesgo en momentos de estrés financiero. Existen limitaciones importantes para hacer valor los Covenants. Generalmente, se requiere la simple solicitud aprobación de pagaré vía correo, fax o cualquier otra que no haya sido satisfactoriamente atendida a la sola consideración del Adquirente, renunciando a cualquier reclamación por los cargos de referencia y liberando al Adquirente de cualquier responsabilidad derivada un determinado porcentaje de los mismostenedores de deuda. De igual manera, Esto puede ser un problema significativo si se requiere una acción inmediata. Una vez que se acredite toman medidas de ejecución, los conflictos posteriores generalmente se caracterizan por retrasos significativos y costosos, y por lo general hay un grado de incertidumbre sobre el resultado final. En este sentido, en la presentación evaluación de la solicitud clasificación del Adquirente del Medio emisor, la protección para los Tenedores de pago que corresponda deuda no es impulsada por cualquier medio sin que haya sido atendida Covenants propiamente tal, sino por el Afiliado, éste autoriza al Adquirente para reclamar los montos relativos mediante la ejecución las fortalezas de la fianza a que hace referencia el presente instrumento. • Entregar al Adquirente dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a la fecha en que así le sea requerido, las copias originales de los Medios de pago o fotocopias de las mismas que mantenga en depósito por cuenta del Adquirente en los términos antes mencionados respecto de la conservación de los Medios de Pago. En caso de que el Afiliado no entregue al Adquirente la documentación solicitada dentro del plazo establecido, el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones cuyo pago revoque el Emisor o el propio Adquirente, que no lleguen a ser aclaradas por la falta de entrega oportuna de la copia del Medio de pago que corresponda. • Vigilar el adecuado funcionamiento del o los Dispositivo(s) TPV de modo que los comprobantes de transacciones que éstos emitan siempre aparezcan bien impresos y resulten legibles, en el entendido de que el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones que no puedan llegar a ser negociadas por el Adquirente como consecuencia de la ilegibilidad de los comprobantes. • Intentar recuperar por medios pacíficos y razonables, así como en su caso destruir y/o inutilizar insertando las palabras “void” o “nula”: (i) aquellas Tarjetas que el Emisor, o cualquiera de las empresas a que se hace mención en este Contrato, le reporten como robadas o extraviadas, o bien, cuando así le sea indicado al momento de solicitar la autorización de la operación (debiendo en éstos casos obtener una clave de identificación de la instrucción correspondiente y remitir la Tarjeta de que se trate al Adquirente), y; (ii) aquellas Tarjetas cuyos primeros cuatro dígitos impresos bajo el número de cuenta grabado, no concuerden con los primeros cuatro dígitos del número de cuenta grabado. Cualquiera que sea el caso, el Afiliado deberá negarse a completar la transacción. El Adquirente pagará al Afiliado la cantidad que aquel determine, por cada tarjeta que sea destruida y/o inutilizada por éste y entregada al mismo. • Incluir la cantidad de dinero total correspondiente a bienes y servicios comprados a la misma vez en un mismo documento (ya sea pagaré, nota de venta, ficha de compra, documento emitido por un Dispositivo TPV o cualquier otro instrumento en que se haga constar una operación). Una transacción no se puede dividir utilizando dos o más Medios de pago, con el objeto de evitar que el titular de la Tarjeta pueda realizar operaciones dolosas o fraudulentas. Asimismo, el Afiliado deberá incluir en cada Medio de pago una breve descripción del bien o servicio proporcionado, y como parte del monto de la transacción, siempre deberá incluir el símbolo o palabra que permita conocer el tipo de moneda en que se está efectuando la transacción. • Utilizar la máquina transcriptora y/o los Dispositivos TPV únicamente para el uso del local para el cual le fueron entregadas. • Abstenerse de utilizar en los establecimientos de su propiedad, las Tarjetas que cualquier institución haya emitido en su favor o de sus parientes consanguíneos hasta el segundo grado, con fines de autofinanciamiento. • No entregar o permitir disposiciones de recursos en efectivo y a no a realizar transacciones que representen el cobro de un cheque que fue devuelto por la institución librada. • No efectuar transacciones que por cualquier motivo resulten sospechosas, o bien, aquéllas que sepa o deba saber que son fraudulentas o no autorizadas por el titular de la Tarjeta, así como a responder frente al Adquirente y/o Emisor por las acciones que en contravención a la obligación aquí contenida, realicen sus empleados y/o dependientes. • Abstenerse de realizar devoluciones en efectivo o con cheque, de modo que las devoluciones de transacciones deberán invariablemente documentarse en notas de devolución. Sólo en el caso de que la ley así lo requiera y el caso particular sea acreditado al Adquirente, el Afiliado podrá realizar devoluciones mediante la entrega de efectivo o cheque. • Cubrir al Adquirente todo documento apócrifo o falso, sin perjuicio de la responsabilidad penal en la que pudiese incurrir el responsable. • Notificar cualquier cambio que realice con respecto a la Cuenta. • Responsabilizarse financieramente y por tanto, responder por cualquier pérdida que resulte del incumplimiento de su parte al presente contratocompañía.

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DECLARACIONES Y GARANTÍAS. El Afiliado Comprador asume todos los riesgos y responsabilidades por el uso de los productos del Vendedor, ya sea que se utilicen solos o en combinación con otros productos. El vendedor garantiza que todos los productos son nuevos y sin usar y que están libres de defectos de material y mano de obra en condiciones de uso normal durante un período de 90 (noventa) dias a partir de la fecha de fabricación de los mismos, a excepción de los productos de sellado en frío, los productos antivaho, los productos recubiertos xx xxxx y manguitos de varilla, que están garantizados por 6 (seis) meses a partir de su fecha de fabricación, siempre que todos los productos se almacenen de acuerdo con las instrucciones de almacenamiento del Vendedor, contenidas en la Sección 9. Las características de fabricación y desempeño del producto están sujetas a las tolerancias estándar de la industria. El Comprador declara y garantiza al Adquirente que durante (i) está debidamente organizado y existe válidamente bajo el estado de su estado de incorporación u otra formación; (ii) la vigencia aceptación de estos Términos ha sido debidamente autorizada por todas las acciones corporativas necesarias; y (iii) la persona que acepta estos Términos en nombre del ContratoComprador tiene plenos poderes y autoridad para hacerlo LA GARANTÍA ANTERIOR SE EXTIENDE ÚNICAMENTE AL COMPRADOR COMO COMPRADOR ORIGINAL Y, cada vez que una Transacción sea realizada durante el Término Inicial o cualquier RenovaciónEN LA MEDIDA APLICABLE, lo siguienteREEMPLAZA TODAS Y CUALQUIER OTRA GARANTÍA, TÉRMINOS Y CONDICIONES, DECLARACIONES, INDEMNIZACIONES Y GARANTÍAS CON RESPECTO A CUALQUIER PRODUCTO VENDIDO POR EL VENDEDOR Y EN EL LUGAR DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN POR PARTE DEL VENDEDOR, EXPRESA O IMPLÍCITA, O QUE SURJA POR LA LEY O PERSONALIZADA, INCLUYENDO, PERO NO LIMITÁNDOSE A: • Vender y/o proporcionar los servicios de su(s) establecimiento(s) a los mismos precios que tenga señalados para operaciones de contado, aún cuando se trate de ofertas o promociones especiales, por lo que no deberá repercutir el costo de las comisiones que en base a este Contrato resulten a su cargo; a menos que cuente con la previa autorización del Adquirente. No podrá hacer discriminación o diferenciación alguna a fin de aceptar como Medio de pago las Tarjetas. • Conservar en depósito por cuenta del Adquirente y por un plazo mínimo de 5 (cinco) años, la copia original que le corresponda del Medio de pago, a fin de resolver cualquier controversia. Dicho plazo se computará a partir del momento en el que se presente el Medio de pago para su liquidación, en el entendido de que esa copia original es propiedad del Adquirente y por tanto deberá conservarse en perfecto estado, no debiendo ser doblada, subrayada, engrapada, perforada o alterada en modo algunoTODA GARANTÍA IMPLÍCITA DE COMERCIALIZACIÓN O ADECUACIÓN PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR. En caso de incumplimiento a la obligación de conservación aquí establecida, el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones cuyo pago revoque el Emisor o el propio Adquirente, que no lleguen a ser aclaradas ante la falta de la copia garantía por parte del Medio Vendedor o cualquier otro incumplimiento de pago que corresponda. • El Afiliado acepta incondicionalmente las transacciones contempladas en estos términos y condiciones (incluidas, entre otras, las reparaciones realizadas o llevadas a cabo de acuerdo con la obligación de pago contenida en el párrafo anterior, con motivo de lo cual reconoce como medio de prueba con pleno alcance y valor probatorio, enunciando sin limitar: el Dictamen realizado por el Área de Aclaraciones del Adquirentegarantía), los registros de los sistemas del Adquirenterecursos exclusivos, el Comprobante de Contracargopor lo tanto, según corresponda, carta certificada del tarjetahabiente, cédula de petición de pagaré, o bien, la simple solicitud de pagaré vía correo, fax o cualquier otra que no haya sido satisfactoriamente atendida a la sola consideración del Adquirente, renunciando a cualquier reclamación por los cargos de referencia y liberando al Adquirente de cualquier responsabilidad derivada de los mismos. De igual manera, una vez que se acredite la presentación de la solicitud del Adquirente del Medio de pago que corresponda por cualquier medio sin que haya sido atendida por el Afiliado, éste autoriza al Adquirente para reclamar los montos relativos mediante la ejecución de la fianza a que hace referencia el presente instrumento. • Entregar al Adquirente dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a la fecha en que así le sea requerido, las copias originales de los Medios de pago o fotocopias de las mismas que mantenga en depósito por cuenta del Adquirente en los términos antes mencionados respecto de la conservación de los Medios de Pago. En caso de que el Afiliado no entregue al Adquirente la documentación solicitada dentro del plazo establecido, el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones cuyo pago revoque el Emisor o el propio Adquirente, que no lleguen a ser aclaradas por la falta de entrega oportuna de la copia del Medio de pago que corresponda. • Vigilar el adecuado funcionamiento del o los Dispositivo(s) TPV de modo que los comprobantes de transacciones que éstos emitan siempre aparezcan bien impresos y resulten legibles, en el entendido de que el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones que no puedan llegar a ser negociadas por el Adquirente como consecuencia de la ilegibilidad de los comprobantes. • Intentar recuperar por medios pacíficos y razonables, así como en su caso destruir y/o inutilizar insertando las palabras “void” o “nula”serán: (i) aquellas Tarjetas que el Emisor, o cualquiera de las empresas a que se hace mención en este Contrato, le reporten como robadas o extraviadas, o bien, cuando así le sea indicado al momento de solicitar la autorización de la operación (debiendo en éstos casos obtener una clave de identificación de la instrucción correspondiente y remitir la Tarjeta de que se trate al Adquirente), yreparación; (ii) aquellas Tarjetas cuyos primeros cuatro dígitos impresos bajo el número reemplazo; o (iii) reembolso o crédito del precio de cuenta grabadocompra de los productos defectuosos en la devolución de dichos productos. La selección entre las características exclusivas descriptas anteriormente estará, no concuerden con los primeros cuatro dígitos del número de cuenta grabado. Cualquiera que sea el en cada caso, el Afiliado deberá negarse a completar la transacción. El Adquirente pagará total discreción del Vendedor y estará sujeta al Afiliado la cantidad que aquel determine, cumplimiento por cada tarjeta que sea destruida y/o inutilizada por éste y entregada al mismo. • Incluir la cantidad de dinero total correspondiente a bienes y servicios comprados a la misma vez en un mismo documento (ya sea pagaré, nota de venta, ficha de compra, documento emitido por un Dispositivo TPV o cualquier otro instrumento en que se haga constar una operación). Una transacción no se puede dividir utilizando dos o más Medios de pago, con el objeto de evitar que el titular de la Tarjeta pueda realizar operaciones dolosas o fraudulentas. Asimismo, el Afiliado deberá incluir en cada Medio de pago una breve descripción del bien o servicio proporcionado, y como parte del monto Comprador de la transacción, siempre deberá incluir el símbolo o palabra que permita conocer el tipo los procedimientos de moneda en que se devolución del Vendedor. La aplicación de las garantías está efectuando la transacción. • Utilizar la máquina transcriptora y/o sujeta al correcto almacenamiento y uso de los Dispositivos TPV únicamente para el uso del local para el cual le fueron entregadas. • Abstenerse de utilizar en los establecimientos de su propiedad, las Tarjetas que cualquier institución haya emitido en su favor o de sus parientes consanguíneos hasta el segundo grado, con fines de autofinanciamiento. • No entregar o permitir disposiciones de recursos en efectivo y a no a realizar transacciones que representen el cobro de un cheque que fue devuelto por la institución librada. • No efectuar transacciones que por cualquier motivo resulten sospechosas, o bien, aquéllas que sepa o deba saber que son fraudulentas o no autorizadas por el titular de la TarjetaProductos, así como a responder frente al Adquirente y/que el Comprador notifique inmediatamente el defecto por escrito. Este Artículo 11 contiene los recursos, acciones y derechos únicos y exclusivos para todas las reclamaciones basadas en fallas, defectos o Emisor por vicios en los Productos, independientemente de cuándo surjan las acciones que en contravención a fallas, defectos o vicios, y la obligación aquí contenidareclamación, realicen sus empleados y/o dependientes. • Abstenerse de realizar devoluciones en efectivo o con chequecomo se describe, de modo que las devoluciones de transacciones deberán invariablemente documentarse en notas de devolución. Sólo se basará en el caso Término, garantía, indemnización, responsabilidad extracontractual (incluida la negligencia), responsabilidad estricta o de que la ley otro tipo. Las garantías previstas en este Artículo 11 son exclusivas y reemplazan todas las demás garantías y condiciones, ya sean escritas, verbales, implícitas o legales, incluyendo, pero no limitándose a: toda garantía por vicios ocultos, así lo requiera como las garantías o condiciones relativas al proyecto y el caso particular sea acreditado al Adquirente, el Afiliado podrá realizar devoluciones mediante la entrega de efectivo calidad o cheque. • Cubrir al Adquirente todo documento apócrifo o falso, sin perjuicio de la responsabilidad penal en la que pudiese incurrir el responsable. • Notificar cualquier cambio que realice con respecto a la Cuenta. • Responsabilizarse financieramente y por tanto, responder por cualquier pérdida que resulte del incumplimiento de su parte al presente contratoadecuación satisfactoria para un propósito específico.

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DECLARACIONES Y GARANTÍAS. El Afiliado declara Declaro y garantiza al Adquirente garantizo que durante estoy autorizado para suscribir el presente PPA, y que he cumplido con las obligaciones legales para suscribir un contrato válido. Asimismo, declaro y garantizo que cuando suscriba y entregue a Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx Local el presente PPA para su aceptación según se describe en el presente y Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx Local lo acepte, dicho documento constituirá una obligación legal, válida y vinculante. Declaro y garantizo asimismo que: (a) la vigencia del Contratoinformación comunicada en el PPA es precisa y completa, cada vez y si hubiera comunicado información falsa o que una Transacción sea realizada durante el Término Inicial induzca a error autorizo a CDM o cualquier Renovacióna Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx Local, lo siguiente: • Vender y/o proporcionar los servicios de su(s) establecimiento(s) a los mismos precios que tenga señalados para operaciones de contado, aún cuando se trate de ofertas o promociones especiales, por lo que no deberá repercutir el costo de las comisiones que en base a este Contrato resulten a su cargo; a menos que cuente con la previa autorización del Adquirente. No podrá hacer discriminación o diferenciación alguna a fin de aceptar como Medio de pago las Tarjetas. • Conservar en depósito por cuenta del Adquirente y por un plazo mínimo de 5 (cinco) años, la copia original que le corresponda del Medio de pagodiscreción, a fin de resolver cualquier controversia. Dicho plazo se computará a partir declarar las correspondientes partes del momento en el que se presente el Medio de pago para Contrato nulas desde su liquidación, en el entendido de que esa copia original es propiedad del Adquirente y por tanto deberá conservarse en perfecto estado, no debiendo ser doblada, subrayada, engrapada, perforada o alterada en modo alguno. En caso de incumplimiento a la obligación de conservación aquí establecida, el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones cuyo pago revoque el Emisor o el propio Adquirente, que no lleguen a ser aclaradas ante la falta de la copia del Medio de pago que corresponda. • El Afiliado acepta incondicionalmente la obligación de pago contenida en el párrafo anterior, con motivo de lo cual reconoce como medio de prueba con pleno alcance y valor probatorio, enunciando sin limitar: el Dictamen realizado por el Área de Aclaraciones del Adquirente, los registros de los sistemas del Adquirente, el Comprobante de Contracargo, según corresponda, carta certificada del tarjetahabiente, cédula de petición de pagaré, o bien, la simple solicitud de pagaré vía correo, fax o cualquier otra que no haya sido satisfactoriamente atendida a la sola consideración del Adquirente, renunciando a cualquier reclamación por los cargos de referencia y liberando al Adquirente de cualquier responsabilidad derivada de los mismos. De igual manera, una vez que se acredite la presentación de la solicitud del Adquirente del Medio de pago que corresponda por cualquier medio sin que haya sido atendida por el Afiliado, éste autoriza al Adquirente para reclamar los montos relativos mediante la ejecución de la fianza a que hace referencia el presente instrumento. • Entregar al Adquirente dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a la fecha en que así le sea requerido, las copias originales de los Medios de pago o fotocopias de las mismas que mantenga en depósito por cuenta del Adquirente en los términos antes mencionados respecto de la conservación de los Medios de Pago. En caso de que el Afiliado no entregue al Adquirente la documentación solicitada dentro del plazo establecido, el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones cuyo pago revoque el Emisor o el propio Adquirente, que no lleguen a ser aclaradas por la falta de entrega oportuna de la copia del Medio de pago que corresponda. • Vigilar el adecuado funcionamiento del o los Dispositivo(s) TPV de modo que los comprobantes de transacciones que éstos emitan siempre aparezcan bien impresos y resulten legibles, en el entendido de que el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones que no puedan llegar a ser negociadas por el Adquirente como consecuencia de la ilegibilidad de los comprobantes. • Intentar recuperar por medios pacíficos y razonables, así como en su caso destruir y/o inutilizar insertando las palabras “void” o “nula”: (i) aquellas Tarjetas que el Emisor, o cualquiera de las empresas a que se hace mención en este Contrato, le reporten como robadas o extraviadas, o bien, cuando así le sea indicado al momento de solicitar la autorización de la operación (debiendo en éstos casos obtener una clave de identificación de la instrucción correspondiente y remitir la Tarjeta de que se trate al Adquirente), ysuscripción; (iib) aquellas Tarjetas cuyos primeros cuatro dígitos impresos bajo el número de cuenta grabado, no concuerden identificación personal o fiscal que he facilitado se corresponde con los primeros cuatro dígitos del mi número de cuenta grabado. Cualquiera identificación fiscal como contribuyente en el País de Residencia; (c) en el supuesto de persona física, soy un ciudadano o residente legal en mi País de Residencia y tengo el derecho legal a actuar en calidad de Distribuidor en el País de Residencia; y que sea (d) en el casosupuesto de persona jurídica, el Afiliado deberá negarse a completar la transacción. El Adquirente pagará al Afiliado la cantidad que aquel determinecomo una sociedad, por cada tarjeta que sea destruida y/o inutilizada por éste y entregada al mismo. • Incluir la cantidad asociación, sociedad de dinero total correspondiente a bienes y servicios comprados responsabilidad limitada, u otra forma de organización comercial, se ha constituido con arreglo a la misma vez en un mismo documento (ya sea pagarélegislación de mi País de Residencia, nota de venta, ficha de compra, documento emitido por un Dispositivo TPV o cualquier otro instrumento en y que se haga constar una operación). Una transacción no se puede dividir utilizando dos o más Medios de pago, con el objeto de evitar que el titular todos los miembros de la Tarjeta pueda realizar operaciones dolosas entidad comercial cuentan con la debida autorización legal para desarrollar negocios en el País de Residencia. - 11 - Declaro y garantizo que ni yo ni mi pareja/cónyuge (o fraudulentas. Asimismoen supuestos de sociedades u otra forma de organización comercial, el Afiliado deberá incluir en cada Medio de pago una breve descripción del bien o servicio proporcionado, y como parte del monto de la transacción, siempre deberá incluir el símbolo o palabra que permita conocer el tipo de moneda en que se está efectuando la transacción. • Utilizar la máquina transcriptora y/o los Dispositivos TPV únicamente para el uso del local para el cual le fueron entregadas. • Abstenerse de utilizar en los establecimientos de su propiedad, las Tarjetas que cualquier institución haya emitido en su favor o cualesquiera de sus parientes consanguíneos hasta participantes que consten o deban constar en el segundo grado, con fines Formulario de autofinanciamiento. • No entregar Entidad Comercial) participamos en ninguna Actividad Comercial en la distribución de otra sociedad durante el plazo de seis meses (un año en el supuesto de personas en calidad de Ejecutivo (EXEC) o permitir disposiciones nivel de recursos pin superior en efectivo y a no a realizar transacciones que representen el cobro virtud del Plan de un cheque que fue devuelto por la institución librada. • No efectuar transacciones que por cualquier motivo resulten sospechosas, o bien, aquéllas que sepa o deba saber que son fraudulentas o no autorizadas por el titular Compensación de la Tarjeta, así como a responder frente al Adquirente y/o Emisor por las acciones que en contravención Ventas) inmediatamente anterior a la obligación aquí contenida, realicen sus empleados y/o dependientes. • Abstenerse de realizar devoluciones en efectivo o suscripción por mi parte con cheque, de modo que las devoluciones de transacciones deberán invariablemente documentarse en notas de devolución. Sólo sujeción al Patrocinador dispuesto en el caso de que la ley así lo requiera y el caso particular sea acreditado al Adquirente, el Afiliado podrá realizar devoluciones mediante la entrega de efectivo o cheque. • Cubrir al Adquirente todo documento apócrifo o falso, sin perjuicio de la responsabilidad penal en la que pudiese incurrir el responsable. • Notificar cualquier cambio que realice con respecto a la Cuenta. • Responsabilizarse financieramente y por tanto, responder por cualquier pérdida que resulte del incumplimiento de su parte al presente contrato.

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Samples: Acuerdo De Patrocinio Internacional

DECLARACIONES Y GARANTÍAS. El Afiliado declara Declaro y garantiza al Adquirente garantizo que durante estoy autorizado a suscribir el presente Acuerdo de Distribución, que cumplo con todas las condiciones legales para suscribir un contrato válido y que, con posterioridad a mi firma y aceptación por parte de CDM como se dispone en el presente, el Acuerdo de Distribución constituirá una obligación legal, válida y vinculante. Declaro y garantizo asimismo que: (a) la vigencia del Contratoinformación que he indicado en el Acuerdo de Distribución es precisa y completa y que si hubiera indicado algún dato falso o que induzca a error, cada vez que una Transacción sea realizada durante el Término Inicial o cualquier Renovaciónautorizo a CDM, lo siguiente: • Vender y/o proporcionar los servicios de su(s) establecimiento(s) a los mismos precios que tenga señalados para operaciones de contado, aún cuando se trate de ofertas o promociones especiales, por lo que no deberá repercutir el costo de las comisiones que en base a este Contrato resulten con arreglo a su cargo; a menos que cuente con la previa autorización del Adquirente. No podrá hacer discriminación o diferenciación alguna a fin de aceptar como Medio de pago las Tarjetas. • Conservar en depósito por cuenta del Adquirente y por un plazo mínimo de 5 (cinco) años, la copia original que le corresponda del Medio de pagodecisión discrecional, a fin declarar las partes correspondientes del Acuerdo de resolver cualquier controversia. Dicho plazo se computará a partir del momento en el que se presente el Medio de pago para Distribución nulas desde su liquidación, en el entendido de que esa copia original es propiedad del Adquirente y por tanto deberá conservarse en perfecto estado, no debiendo ser doblada, subrayada, engrapada, perforada o alterada en modo alguno. En caso de incumplimiento a la obligación de conservación aquí establecida, el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones cuyo pago revoque el Emisor o el propio Adquirente, que no lleguen a ser aclaradas ante la falta de la copia del Medio de pago que corresponda. • El Afiliado acepta incondicionalmente la obligación de pago contenida en el párrafo anterior, con motivo de lo cual reconoce como medio de prueba con pleno alcance y valor probatorio, enunciando sin limitar: el Dictamen realizado por el Área de Aclaraciones del Adquirente, los registros de los sistemas del Adquirente, el Comprobante de Contracargo, según corresponda, carta certificada del tarjetahabiente, cédula de petición de pagaré, o bien, la simple solicitud de pagaré vía correo, fax o cualquier otra que no haya sido satisfactoriamente atendida a la sola consideración del Adquirente, renunciando a cualquier reclamación por los cargos de referencia y liberando al Adquirente de cualquier responsabilidad derivada de los mismos. De igual manera, una vez que se acredite la presentación de la solicitud del Adquirente del Medio de pago que corresponda por cualquier medio sin que haya sido atendida por el Afiliado, éste autoriza al Adquirente para reclamar los montos relativos mediante la ejecución de la fianza a que hace referencia el presente instrumento. • Entregar al Adquirente dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a la fecha en que así le sea requerido, las copias originales de los Medios de pago o fotocopias de las mismas que mantenga en depósito por cuenta del Adquirente en los términos antes mencionados respecto de la conservación de los Medios de Pago. En caso de que el Afiliado no entregue al Adquirente la documentación solicitada dentro del plazo establecido, el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones cuyo pago revoque el Emisor o el propio Adquirente, que no lleguen a ser aclaradas por la falta de entrega oportuna de la copia del Medio de pago que corresponda. • Vigilar el adecuado funcionamiento del o los Dispositivo(s) TPV de modo que los comprobantes de transacciones que éstos emitan siempre aparezcan bien impresos y resulten legibles, en el entendido de que el Afiliado deberá pagar al Adquirente el importe de aquellas transacciones que no puedan llegar a ser negociadas por el Adquirente como consecuencia de la ilegibilidad de los comprobantes. • Intentar recuperar por medios pacíficos y razonables, así como en su caso destruir y/o inutilizar insertando las palabras “void” o “nula”: (i) aquellas Tarjetas que el Emisor, o cualquiera de las empresas a que se hace mención en este Contrato, le reporten como robadas o extraviadas, o bien, cuando así le sea indicado al momento de solicitar la autorización de la operación (debiendo en éstos casos obtener una clave de identificación de la instrucción correspondiente y remitir la Tarjeta de que se trate al Adquirente), ysuscripción; (iib) aquellas Tarjetas cuyos primeros cuatro dígitos impresos bajo el número de cuenta grabado, no concuerden identificación personal o fiscal que he dispuesto se corresponde con los primeros cuatro dígitos del mi número de cuenta grabado. Cualquiera identificación fiscal como contribuyente en el País de Residencia; (c) en supuestos de personas físicas, soy un ciudadano o residente legal en mi País de Residencia y tengo el derecho legal a actuar en calidad de Distribuidor en el País de Residencia; y (d) en supuestos de personas jurídicas, como sociedades, asociaciones, sociedades de responsabilidad limitada, u otra forma de organización comercial, que sea el caso, el Afiliado deberá negarse a completar la transacción. El Adquirente pagará al Afiliado la cantidad que aquel determine, por cada tarjeta que sea destruida y/o inutilizada por éste y entregada al mismo. • Incluir la cantidad de dinero total correspondiente a bienes y servicios comprados se ha constituido con arreglo a la misma vez en un mismo documento (ya sea pagarélegislación de mi País de Residencia, nota de venta, ficha de compra, documento emitido por un Dispositivo TPV o cualquier otro instrumento en y que se haga constar una operación). Una transacción no se puede dividir utilizando dos o más Medios de pago, con el objeto de evitar que el titular todos los miembros de la Tarjeta pueda realizar operaciones dolosas entidad comercial cuentan con la debida autorización legal para desarrollar negocios en el País de Residencia. Declaro y garantizo que ni yo ni mi pareja/cónyuge (o fraudulentas. Asimismoen supuestos de sociedades u otra forma de organización comercial, el Afiliado deberá incluir en cada Medio de pago una breve descripción del bien o servicio proporcionado, y como parte del monto de la transacción, siempre deberá incluir el símbolo o palabra que permita conocer el tipo de moneda en que se está efectuando la transacción. • Utilizar la máquina transcriptora y/o los Dispositivos TPV únicamente para el uso del local para el cual le fueron entregadas. • Abstenerse de utilizar en los establecimientos de su propiedad, las Tarjetas que cualquier institución haya emitido en su favor o cualesquiera de sus parientes consanguíneos hasta participantes que consten o deban constar en el segundo grado, con fines Formulario de autofinanciamiento. • No entregar Entidad Comercial) participamos en ninguna Actividad Comercial en la distribución de otra compañía durante el plazo de seis meses (un año en el supuesto de personas que hayan ostentado el equivalente al título pin de Ejecutivo (EXEC) o permitir disposiciones nivel de recursos pin superior en efectivo y a no a realizar transacciones que representen el cobro virtud del Plan de un cheque que fue devuelto por la institución librada. • No efectuar transacciones que por cualquier motivo resulten sospechosas, o bien, aquéllas que sepa o deba saber que son fraudulentas o no autorizadas por el titular Compensación de la Tarjeta, así como a responder frente al Adquirente y/o Emisor por las acciones que en contravención Ventas) inmediatamente anterior a la obligación aquí contenida, realicen sus empleados y/o dependientes. • Abstenerse de realizar devoluciones en efectivo o suscripción por mi parte con cheque, de modo que las devoluciones de transacciones deberán invariablemente documentarse en notas de devolución. Sólo sujeción al Patrocinador dispuesto en el caso de que la ley así lo requiera y el caso particular sea acreditado al Adquirente, el Afiliado podrá realizar devoluciones mediante la entrega de efectivo o cheque. • Cubrir al Adquirente todo documento apócrifo o falso, sin perjuicio de la responsabilidad penal en la que pudiese incurrir el responsable. • Notificar cualquier cambio que realice con respecto a la Cuenta. • Responsabilizarse financieramente y por tanto, responder por cualquier pérdida que resulte del incumplimiento de su parte al presente contrato.

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