Common use of DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES Clause in Contracts

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 5.1.COMUNICACIONES El adjudicatario deberá designar un representante o Delegado Técnico, y señalar su domicilio para recibir todas las comunicaciones. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX canalizará a través del adjudicatario todas las relaciones derivadas del contrato Como norma general, y salvo indicación expresa, todas las comunicaciones relacionadas con el contrato, en lo que se refieren al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, serán dirigidas al responsable del adjudicatario designado. El adjudicatario actuará con la mayor premura y eficacia en la solución de aquellas problemáticas que pudieran presentarse a pie del servicio y que influyan en la ejecución del contrato. 5.2.OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas que tiene carácter contractual, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación. El contratista será responsable de la calidad de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En el supuesto de que la Oferta se formule conjuntamente por varias Empresas, actuarán todas ellas con carácter solidario, como único adjudicatario, frente al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, debiendo incluir en su Oferta compromiso en firme en tal sentido. El carácter de solidaridad alcanzará a las implicaciones y repercusiones de futuro que pudieran derivarse del desarrollo del Contrato. 5.3.RIESGO Y XXXXXXX La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX reconocerá solamente el presupuesto de la oferta y el finalmente adjudicado. El adjudicatario asume el riesgo y xxxxxxx de la evolución de las condiciones financieras xxx xxxxxxx a lo largo del plazo contractual y asumirá los riesgos económicos y las responsabilidades de toda índole que se deriven del presente contrato. 5.4.SUBCONTRATACIÓN El contratista podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial del contrato, siempre que el importe total de las partes subcontratadas no supere el 30 por 100 del importe de adjudicación del contrato y cuente con la preceptiva autorización del EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX. Para llevar a cabo la subcontratación de la ejecución parcial de prestaciones objeto del contrato principal, el contratista deberá comunicarlo por escrito al órgano de contratación con una antelación mínima de 5 días hábiles a la fecha en que haya de iniciarse la ejecución del subcontrato, aportando, al mismo tiempo, la siguiente documentación: ▪ Comunicación del subcontrato a celebrar, suscrita por el contratista y el subcontratista, con indicación de las prestaciones o partes del contrato a subcontratar y su importe. ▪ Declaración responsable del subcontratista, formulada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no encontrarse inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP. ▪ Declaración del contratista de que las prestaciones a subcontratar, conjuntamente con otros subcontratos precedentes, si los hubiere, no exceden del 30% del importe de adjudicación del contrato principal, con indicación expresa de los importes de cada uno de los subcontratos realizados y del porcentaje que su importe actual acumulado, incluido el que es objeto de comunicación, representa sobre el presupuesto de adjudicación del contrato principal. ▪ Compromiso del contratista de cumplimiento de lo previsto en el artículo 227 del TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio Postal, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Sistema De Impresión Corporativa

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 5.1.COMUNICACIONES El adjudicatario deberá designar Es obligación del arrendatario el abono del impuesto de bienes inmuebles de las fincas objeto de arriendo, cuyo importe será satisfecho en el plazo de un representante o Delegado Técnicomes a contar del requerimiento del Ayuntamiento. Las obras y mejoras que se realicen en los edificios objeto del contrato de arrendamiento requerirán en todo caso autorización de la propiedad sin perjuicio de las preceptivas licencias que hayan de solicitarse por parte del arrendatario, obras y mejoras que serán de propiedad municipal, accediendo al suelo, con la terminación del contrato, sin que por ello deba abonarse indemnización ni cantidad alguna al arrendatario. Las mejoras a realizar en cumplimiento de la oferta se realizarán en los plazos establecidos en la misma. Será de cuenta del arrendatario el abono de los suministros de agua, gas, y señalar su domicilio para recibir todas electricidad que consuma con ocasión de la utilización del local arrendado, si bien el Ayuntamiento entregará el mismo con las comunicacionesinstalaciones y acometidas adecuadas y con los oportunos contadores individuales. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX canalizará arrendatario utilizará la vivienda con arreglo a través del adjudicatario todas los usos permitidos, estando obligado a conservarlo en perfecto estado, realizando por su cuenta las relaciones derivadas del contrato Como norma generalreparaciones necesarias, respondiendo de los deterioros que puedan producirse, tanto en instalaciones como en mobiliario y enseres, y salvo indicación expresase obliga a devolver la vivienda en el mismo estado en que la ha recibido, todas las comunicaciones relacionadas con al terminar el contrato. Para el caso de no ser así el arrendador incautara la garantía prestada, en lo pudiendo repercutir los daños y perjuicios que se refieren al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, serán dirigidas al responsable del adjudicatario designado. El adjudicatario actuará con la mayor premura y eficacia en la solución de aquellas problemáticas que pudieran presentarse a pie del servicio haya sufrido el inmueble y que influyan no queden cubiertos por la misma. No podrá realizar obras que modifiquen la estructura, ni subarrendarla. Respecto al mobiliario de propiedad municipal se detallará en anexo al contrato y deberá reponerse en similar estado a la ejecución terminación del contrato. 5.2.OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO El contrato arrendador se ejecutará con estricta sujeción compromete, a realizar las estipulaciones contenidas reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, salvo cuando el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas que tiene carácter contractual, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación. El contratista será responsable de la calidad de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En el supuesto de que la Oferta se formule conjuntamente por varias Empresas, actuarán todas ellas con carácter solidario, como único adjudicatario, frente deterioro sea imputable al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, debiendo incluir en su Oferta compromiso en firme en tal sentido. El carácter de solidaridad alcanzará a las implicaciones y repercusiones de futuro que pudieran derivarse del desarrollo del Contrato. 5.3.RIESGO Y XXXXXXX La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX reconocerá solamente el presupuesto de la oferta y el finalmente adjudicado. El adjudicatario asume el riesgo y xxxxxxx de la evolución de las condiciones financieras xxx xxxxxxx a lo largo del plazo contractual y asumirá los riesgos económicos y las responsabilidades de toda índole que se deriven del presente contrato. 5.4.SUBCONTRATACIÓN El contratista podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial del contrato, siempre que el importe total de las partes subcontratadas no supere el 30 por 100 del importe de adjudicación del contrato y cuente con la preceptiva autorización del EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX. Para llevar a cabo la subcontratación de la ejecución parcial de prestaciones objeto del contrato principal, el contratista deberá comunicarlo por escrito al órgano de contratación con una antelación mínima de 5 días hábiles a la fecha en que haya de iniciarse la ejecución del subcontrato, aportando, al mismo tiempo, la siguiente documentación: ▪ Comunicación del subcontrato a celebrar, suscrita por el contratista y el subcontratista, con indicación de las prestaciones o partes del contrato a subcontratar y su importe. ▪ Declaración responsable del subcontratista, formulada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no encontrarse inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP. ▪ Declaración del contratista de que las prestaciones a subcontratar, conjuntamente con otros subcontratos precedentes, si los hubiere, no exceden del 30% del importe de adjudicación del contrato principal, con indicación expresa de los importes de cada uno de los subcontratos realizados y del porcentaje que su importe actual acumulado, incluido el que es objeto de comunicación, representa sobre el presupuesto de adjudicación del contrato principal. ▪ Compromiso del contratista de cumplimiento de lo previsto en el artículo 227 del TRLCSParrendatario.

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Samples: Pliego De Condiciones Que Ha De Regir La Adjudicación Del Contrato De Arrendamiento De Finca Urbana, Pliego De Condiciones Que Ha De Regir La Adjudicación Del Contrato De Arrendamiento De Finca Urbana

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 5.1.COMUNICACIONES El adjudicatario deberá designar un representante o Delegado Técnicoarrendador está obligado a realizar, y señalar su domicilio para recibir todas las comunicaciones. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX canalizará sin derecho a través del adjudicatario todas las relaciones derivadas del contrato Como norma general, y salvo indicación expresaelevar por ello la renta, todas las comunicaciones relacionadas reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil. El arrendatario deberá poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones que contempla el apartado 1 de este artículo, a cuyos solos efectos deberá facilitar al arrendador la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda. En todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario. Las obras y mejoras que se realicen en los edificios objeto del contrato de arrendamiento requerirán en todo caso autorización de la propiedad sin perjuicio de las preceptivas licencias que hayan de solicitarse por parte del arrendatario, obras y mejoras que serán de propiedad municipal, accediendo al suelo, con el la terminación del contrato, sin que por ello deba abonarse indemnización ni cantidad alguna al arrendatario. Las mejoras a realizar en lo que se refieren al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, serán dirigidas al responsable del adjudicatario designado. El adjudicatario actuará con la mayor premura y eficacia en la solución de aquellas problemáticas que pudieran presentarse a pie del servicio y que influyan en la ejecución del contrato. 5.2.OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas que tiene carácter contractual, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación. El contratista será responsable de la calidad de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En el supuesto de que la Oferta se formule conjuntamente por varias Empresas, actuarán todas ellas con carácter solidario, como único adjudicatario, frente al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, debiendo incluir en su Oferta compromiso en firme en tal sentido. El carácter de solidaridad alcanzará a las implicaciones y repercusiones de futuro que pudieran derivarse del desarrollo del Contrato. 5.3.RIESGO Y XXXXXXX La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX reconocerá solamente el presupuesto cumplimiento de la oferta se realizarán en los plazos establecidos en la misma. Será de cuenta del arrendatario el abono de los suministros de agua, gas, y electricidad que consuma con ocasión de la utilización de la finca arrendada, si bien el finalmente adjudicadoAyuntamiento entregará el mismo con las instalaciones y acometidas adecuadas y con los oportunos contadores individuales. El adjudicatario asume arrendatario utilizará la vivienda con arreglo a los usos permitidos, estando obligado a conservarlo en perfecto A estado, realizando por su cuenta las reparaciones necesarias, respondiendo de los deterioros que puedan producirse y se obliga a devolver la vivienda en el riesgo y xxxxxxx de mismo estado en que la evolución de las condiciones financieras xxx xxxxxxx a lo largo del plazo contractual y asumirá los riesgos económicos y las responsabilidades de toda índole que se deriven del presente ha recibido, al terminar el contrato. 5.4.SUBCONTRATACIÓN El contratista No podrá subcontratar con terceros realizar obras que modifiquen la ejecución parcial del contratoestructura, siempre que el importe total de las partes subcontratadas no supere el 30 por 100 del importe de adjudicación del contrato y cuente con la preceptiva autorización del EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX. Para llevar a cabo la subcontratación de la ejecución parcial de prestaciones objeto del contrato principal, el contratista deberá comunicarlo por escrito al órgano de contratación con una antelación mínima de 5 días hábiles a la fecha en que haya de iniciarse la ejecución del subcontrato, aportando, al mismo tiempo, la siguiente documentación: ▪ Comunicación del subcontrato a celebrar, suscrita por el contratista y el subcontratista, con indicación de las prestaciones o partes del contrato a subcontratar y su importe. ▪ Declaración responsable del subcontratista, formulada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no encontrarse inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP. ▪ Declaración del contratista de que las prestaciones a subcontratar, conjuntamente con otros subcontratos precedentes, si los hubiere, no exceden del 30% del importe de adjudicación del contrato principal, con indicación expresa de los importes de cada uno de los subcontratos realizados y del porcentaje que su importe actual acumulado, incluido el que es objeto de comunicación, representa sobre el presupuesto de adjudicación del contrato principal. ▪ Compromiso del contratista de cumplimiento de lo previsto en el artículo 227 del TRLCSPni subarrendarla.

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Samples: www.valledehecho.es

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 5.1.COMUNICACIONES El adjudicatario deberá designar un representante o Delegado Técnico, Las obras y señalar su domicilio para recibir todas las comunicaciones. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX canalizará a través del adjudicatario todas las relaciones derivadas mejoras que se realicen en la finca objeto del contrato Como norma generalde arrendamiento requerirán en todo caso autorización del propietario, sin perjuicio de las preceptivas licencias que hayan de solicitarse por parte del arrendatario, obras y salvo indicación expresamejoras que serán de propiedad municipal, todas las comunicaciones relacionadas accediendo al suelo, con la terminación del contrato, sin que por ello deba abonarse indemnización ni cantidad alguna al arrendatario. Una vez terminado el contrato, por el adjudicatario y a su xxxxx, se procederá al desmantelamiento, en lo plazo máximo de seis meses, de la planta solar. Será de cuenta del arrendatario el abono de los suministros de agua, electricidad que consuma con ocasión de la utilización del terreno arrendado, así como el gasto de las instalaciones y acometidas adecuadas. Los puestos de trabajo que se refieren al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXgeneren tanto en la instalación, como el mantenimiento de la planta, serán dirigidas al responsable del adjudicatario designado. El adjudicatario actuará con la mayor premura y eficacia ocupados preferentemente por personas que residan en la solución localidad de aquellas problemáticas que pudieran presentarse Xxxxxxxx xx Xxxxxx El arrendatario, tendrá derecho al uso del terreno necesario, para poder acceder con cableado hasta el punto de evacuación concedido por la compañía. La empresa adjudicataria se compromete a pie del servicio y que influyan en obtener la ejecución del calificación urbanística de los terrenos objeto de contrato. 5.2.OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas que tiene carácter contractual, así como las instrucciones quepreceptivas licencias de actividad y de obras, u otras necesarias para el establecimiento de la actividad. El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a que el contrato quede resuelto con pérdida de la garantía, teniendo estas condiciones el alcance y la naturaleza de condición resolutoria explícita a todos los efectos. En igual sentido, el destino del bien para otra finalidad distinta por la que se adjudica dará lugar a la resolución automática del contrato, con pérdida de la garantía. Debido a las características especiales de este tipo de instalaciones, y los trámites legales que se han de realizar para la consecución del mismo, en su casocaso de que el proyecto no pueda llevarse a buen fin debido a situaciones ajenas a ambas partes, le diere se podrá resolver el responsable del contrato designado por el órgano sin perjuicio para la empresa arrendataria. Otras Obligaciones arrendatario: — Suscribir una póliza de contrataciónseguros que responda de los daños que puedan producirse. El contratista será responsable — Orientar la explotación ocasionando los mínimos perjuicios al medio ambiente y a los habitantes de los Municipios colindantes. — No superar los límites de la calidad de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan explotación. — Solicitar autorización para la Administración o para terceros apertura de las omisionescaminos y pistas de acceso a la explotación, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En el supuesto de que la Oferta se formule conjuntamente por varias Empresas, actuarán todas ellas con carácter solidario, como único adjudicatario, frente al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, debiendo incluir abonando en su Oferta compromiso en firme en tal sentido. El carácter de solidaridad alcanzará a las implicaciones y repercusiones de futuro que pudieran derivarse del desarrollo del Contrato. 5.3.RIESGO Y XXXXXXX La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX reconocerá solamente el presupuesto de la oferta y el finalmente adjudicado. El adjudicatario asume el riesgo y xxxxxxx de la evolución de las condiciones financieras xxx xxxxxxx a lo largo del plazo contractual y asumirá caso los riesgos económicos y las responsabilidades de toda índole gastos que se deriven del presente contrato. 5.4.SUBCONTRATACIÓN El contratista podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial del contrato, siempre que el importe total de las partes subcontratadas no supere el 30 por 100 del importe de adjudicación del contrato y cuente con la preceptiva autorización del EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX. Para llevar a cabo la subcontratación de la ejecución parcial de prestaciones objeto del contrato principal, el contratista deberá comunicarlo por escrito al órgano de contratación con una antelación mínima de 5 días hábiles a la fecha en que haya de iniciarse la ejecución del subcontrato, aportando, al mismo tiempo, la siguiente documentación: ▪ Comunicación del subcontrato a celebrar, suscrita por el contratista y el subcontratista, con indicación de las prestaciones o partes del contrato a subcontratar y su importe. ▪ Declaración responsable del subcontratista, formulada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no encontrarse inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP. ▪ Declaración del contratista de que las prestaciones a subcontratar, conjuntamente con otros subcontratos precedentes, si los hubiere, no exceden del 30% del importe de adjudicación del contrato principal, con indicación expresa de los importes de cada uno de los subcontratos realizados y del porcentaje que su importe actual acumulado, incluido el que es objeto de comunicación, representa sobre el presupuesto de adjudicación del contrato principal. ▪ Compromiso del contratista de cumplimiento de lo previsto en el artículo 227 del TRLCSPellos.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Adjudicación Del Contrato De Arrendamiento De Terreno Municipal

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 5.1.COMUNICACIONES 1.- Son obligaciones del arrendatario: — Los gastos derivados del suministro de agua, gas, electricidad, calefacción, serán de cuenta del arrendatario y abonados junto con la renta o directamente a las empresas suministradoras. No obstante, la Comisión Administradora de Bienes xx Xxxxxxx realizará las instalaciones y acometidas adecuadas con los respectivos contadores individualizados. — El adjudicatario arrendatario estará obligado a utilizar el inmueble para destinarlo a Albergue turístico y bar-restaurante, debiendo solicitar y obtener las licencias que correspondan; pudiendo prestarse actividades complementarias deportivas, culturales o relacionadas con la naturaleza. Cualquier otro uso deberá designar un representante o Delegado Técnicoser previamente autorizado por la Comisión Administradora de Bienes xx Xxxxxxx. — El arrendatario, y señalar su domicilio previo consentimiento expreso del arrendador, podrá realizar las obras que considere necesarias, aunque ello conlleve una modificación de la configuración del inmueble. — El arrendatario se compromete al abono de la renta, mensualmente, dentro de los quince primeros días del mes. — Suscribir una póliza de seguros de responsabilidad civil para recibir todas las comunicacionesel ejercicio de la actividad que responda de los daños que puedan producirse. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX canalizará a través - Serán por cuenta del adjudicatario todas las relaciones derivadas del contrato Como norma generaltodos los impuestos, tasas y salvo indicación expresa, todas las comunicaciones relacionadas con el contrato, en lo que se refieren al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, serán dirigidas al responsable del adjudicatario designado. El adjudicatario actuará con la mayor premura y eficacia en la solución de aquellas problemáticas que pudieran presentarse a pie del servicio y que influyan en la ejecución del contrato. 5.2.OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas que tiene carácter contractual, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación. El contratista será responsable de la calidad de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En el supuesto de que la Oferta se formule conjuntamente por varias Empresas, actuarán todas ellas con carácter solidario, como único adjudicatario, frente al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, debiendo incluir en su Oferta compromiso en firme en tal sentido. El carácter de solidaridad alcanzará a las implicaciones y repercusiones de futuro que pudieran derivarse del desarrollo del Contrato. 5.3.RIESGO Y XXXXXXX La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX reconocerá solamente el presupuesto de la oferta y el finalmente adjudicado. El adjudicatario asume el riesgo y xxxxxxx de la evolución de las condiciones financieras xxx xxxxxxx a lo largo del plazo contractual y asumirá los riesgos económicos y las responsabilidades gastos de toda índole que se deriven del presente referentes al contrato. 5.4.SUBCONTRATACIÓN El contratista podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial del contrato, siempre que el importe total de las partes subcontratadas no supere el 30 por 100 del importe de adjudicación del contrato y cuente con la preceptiva autorización del EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX. Para llevar a cabo la subcontratación de la ejecución parcial de prestaciones objeto del contrato principal, el contratista deberá comunicarlo por escrito al órgano de contratación con una antelación mínima de 5 días hábiles a la fecha en que haya de iniciarse la ejecución del subcontrato, aportando, al mismo tiempo, la siguiente documentación: ▪ Comunicación del subcontrato a celebrar, suscrita por el contratista y el subcontratista, con indicación de las prestaciones o partes del contrato a subcontratar y su importe. ▪ Declaración responsable del subcontratista, formulada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no encontrarse inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP. ▪ Declaración del contratista de que las prestaciones a subcontratar, conjuntamente con otros subcontratos precedentes, si los hubiere, no exceden del 30% del importe de adjudicación del contrato principal, con indicación expresa de los importes de cada uno de los subcontratos realizados y del porcentaje que su importe actual acumulado, incluido el que es objeto de comunicación, representa Impuesto sobre el presupuesto Valor Añadido. - Cumplir las obligaciones relativas a la Seguridad Social y Prevención de adjudicación del contrato principalRiesgos Laborales con respecto a los trabajadores que emplee el local. ▪ Compromiso del contratista - Comunicar a la Comisión Administradora de cumplimiento Bienes xx Xxxxxxx el calendario, horario, régimen de lo previsto funcionamiento y precios. - El plazo de comienzo de las actividades a realizar en el artículo 227 inmueble no puede ser superior a los dos meses de formalización del TRLCSPcontrato.

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Samples: Modelo De Pliego De Condiciones

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 5.1.COMUNICACIONES El adjudicatario deberá designar un representante o Delegado Técnico, Además de los que deriven de la normativa en cada caso aplicable y señalar su domicilio para recibir todas las comunicaciones. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX canalizará a través del adjudicatario todas las relaciones derivadas del contrato Como norma general, y salvo indicación expresa, todas las comunicaciones relacionadas con el contrato, en lo que se refieren al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, serán dirigidas al responsable del adjudicatario designado. El adjudicatario actuará con la mayor premura y eficacia en la solución de aquellas problemáticas que pudieran presentarse a pie del servicio y que influyan en la ejecución del contrato. 5.2.OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido los señalados en el pliego de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares, corresponden a las partes los siguientes derechos y obligaciones: - Al cobro del precio contractual de los bienes realmente entregados y formalmente recibidos, previos los trámites necesarios, una vez firmada la correspondiente acta de recepción del suministro. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, x/x, 00000, Xxxxxx, teléfono: 000 00 00 00. Fax: 000 00 00 00. email: xxxxxxxx@xxxxxx.xx - Cumplir el contrato conforme a lo dispuesto en los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares que tiene carácter contractual, le sirven de base y a la oferta por él presentada. - Pagar los gastos de transporte y entrega de los caramelos en el lugar convenido. - Deber de confidencialidad así como la obligación de cumplir las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación. El contratista será responsable prescripciones de la calidad normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal conforme a las cláusulas del presente pliego 16ª y 17ª respectivamente. - Interpretar el contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. - Modificar el contrato por razones de interés público. - Acordar la resolución del contrato. - Determinar los efectos del contrato. - Resolver las cuestiones incidentales que surgieren. - Acordar la imposición de sanciones. Pagar al contratista el precio contractual de los trabajos bienes efectivamente entregados y formalmente recibidos, previos los trámites necesarios, una vez firmada la correspondiente acta de recepción del suministro. De acuerdo con el artículo 140.2 del TRLCSP, el adjudicatario habrá de respetar el carácter confidencial de aquella información a la que desarrolle y tenga acceso con ocasión de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En El deber de confidencialidad tendrá una vigencia permanente, comprometiéndose el supuesto de que adjudicatario a destruir la Oferta se formule conjuntamente por varias Empresas, actuarán todas ellas con carácter solidario, como único adjudicatario, frente al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, debiendo incluir información en cuanto su Oferta compromiso en firme en tal sentido. El carácter de solidaridad alcanzará a las implicaciones y repercusiones de futuro que pudieran derivarse del desarrollo del Contrato. 5.3.RIESGO Y XXXXXXX La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX reconocerá solamente el presupuesto de la oferta y el finalmente adjudicado. El adjudicatario asume el riesgo y xxxxxxx de la evolución de las condiciones financieras xxx xxxxxxx a lo largo del plazo contractual y asumirá los riesgos económicos y las responsabilidades de toda índole que se deriven del presente contrato. 5.4.SUBCONTRATACIÓN El contratista podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial del contrato, siempre que el importe total de las partes subcontratadas uso ya no supere el 30 por 100 del importe de adjudicación del contrato y cuente con la preceptiva autorización del EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX. Para llevar a cabo la subcontratación de la ejecución parcial de prestaciones objeto del contrato principal, el contratista deberá comunicarlo por escrito al órgano de contratación con una antelación mínima de 5 días hábiles a la fecha en que haya de iniciarse sea necesario para la ejecución del subcontrato, aportando, al mismo tiempo, la siguiente documentación: ▪ Comunicación del subcontrato a celebrar, suscrita por el contratista y el subcontratista, con indicación de las prestaciones o partes del contrato a subcontratar y su importe. ▪ Declaración responsable del subcontratista, formulada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no encontrarse inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP. ▪ Declaración del contratista de que las prestaciones a subcontratar, conjuntamente con otros subcontratos precedentes, si los hubiere, no exceden del 30% del importe de adjudicación del contrato principal, con indicación expresa de los importes de cada uno de los subcontratos realizados y del porcentaje que su importe actual acumulado, incluido el que es objeto de comunicación, representa sobre el presupuesto de adjudicación del contrato principal. ▪ Compromiso del contratista de cumplimiento de lo previsto en el artículo 227 del TRLCSPcontrato.

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DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 5.1.COMUNICACIONES La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El adjudicatario deberá designar un representante o Delegado Técnicoestablecer y mantener los medios personales y materiales suficientes para garantizar la correcta ejecución del contrato conforme a la oferta, durante su vigencia. El adjudicatario deberá participar en la instrucción de los procedimientos administrativos de responsabilidad, emitiendo los informes y las propuestas, debidamente motivadas, que se soliciten, y señalar su domicilio para recibir todas las comunicacionesen los plazos que le fije el Ayuntamiento. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX canalizará a través del adjudicatario todas las relaciones derivadas del contrato Como norma general, y salvo indicación expresa, todas las comunicaciones relacionadas con deberá cumplir el contrato, en lo obligándose a asistir a reuniones y a realizar los servicios profesionales que se refieren al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXestimen necesarios para el correcto desarrollo del contrato, serán dirigidas al responsable del adjudicatario designadosin derecho a contraprestación o indemnización económica suplementaria. El adjudicatario actuará con la mayor premura deberá abonar las indemnizaciones reconocidas o establecidas en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial. El adjudicatario deberá responder de los daños y eficacia en la solución de aquellas problemáticas perjuicios que pudieran presentarse se causen a pie del servicio y que influyan terceros en la ejecución del contrato. 5.2.OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO El contrato se ejecutará adjudicatario quedará obligado, con estricta sujeción a respecto al personal que emplee para la ejecución de dicho contrato, al cumplimiento de las estipulaciones contenidas disposiciones vigentes en materia de Legislación Laboral, de Seguridad Social, de Prevención de Riesgos Laborales , y, de lo previsto en el presente pliego art. 14 de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego la Constitución Española de prescripciones técnicas 27 de diciembre de 1978. Será obligación del empresario indemnizar los daños y perjuicios que tiene carácter contractual, así se causen como consecuencia de las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable operaciones que requiera la ejecución del contrato designado por el órgano de contrataciónservicio. El contratista adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros terceras personas de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Sólo quedará exenta de responsabilidad cuando los vicios que se observen, sean consecuencia directa de una orden de la Administración o de las condiciones impuestas por ella. Todos aquellos datos que pudieran conocer la empresa adjudicataria en relación con los servicios contratados se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. El adjudicatario deberá indemnizar al Ayuntamiento y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. El adjudicatario deberá prestar, sin derecho de pago suplementario, los servicios que se estimen necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, tales como asistencia a reuniones de trabajo o informativas. Esta obligación se mantendrá hasta la finalización del periodo de garantía. El adjudicatario deberá emitir, sin coste alguno, cuantos informes le solicite el Ayuntamiento en relación con las pólizas que estén contratadas, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción del requerimiento. La utilización por la empresa adjudicataria de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se ejecutará con observancia de lo dispuesto en la normativa vigente sobre protección de datos de carácter personal. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados de carácter personal que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura en el mismo, ni cederlos, ni siquiera para su conservación a otras personas. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Ayuntamiento. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Ayuntamiento motivada por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad por un periodo de cinco años. — El Ayuntamiento, como tomador de seguro, está obligado al pago de la prima en las condiciones estipuladas en la póliza. Si se han pactado primas periódicas, la primera de ellas será exigible una vez firmado el contrato. Si en la póliza no se determina ningún lugar para el pago de la prima, se entenderá que este ha de hacerse en el domicilio del tomador del seguro. — Si por culpa del tomador la primera prima no ha sido pagada o la prima única no lo ha sido a su vencimiento, el asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima debida en vía ejecutiva con base a la póliza. Salvo pacto en contrario, si la prima no ha sido pagada antes de que se produzca el siniestro, el asegurador quedará liberado de su obligación. — En caso de falta de pago de una de las primas siguientes, la cobertura del asegurador queda suspendida un mes después del día de su vencimiento. Si el asegurador no reclama el pago dentro de los seis meses siguientes al vencimiento de la prima, se entenderá que el contrato queda extinguido. En cualquier caso, el asegurador, cuando el contrato esté suspenso, solo podrá exigir el pago de la prima del período en curso. — El Ayuntamiento deberá comunicar al asegurador el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, salvo que se haya fijado en la póliza un plazo más amplio. En caso de incumplimiento, el asegurador podrá reclamar los daños y perjuicios causados por la falta de declaración. Este efecto no se producirá si se prueba que el asegurador ha tenido conocimiento del siniestro por otro medio. — El Ayuntamiento deberá, además, dar al asegurador toda clase de informaciones sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro. En caso de violación de este deber, la pérdida del derecho a la indemnización solo se producirá en el supuesto de que la Oferta se formule conjuntamente por varias Empresas, actuarán todas ellas con carácter solidario, como único adjudicatario, frente al EXCMOhubiese concurrido dolo o culpa grave. AYUNTAMIENTO XX XXXX, debiendo incluir en — El Ayuntamiento deberá emplear los medios a su Oferta compromiso en firme en tal sentidoalcance para aminorar las consecuencias del siniestro. El carácter incumplimiento de solidaridad alcanzará este deber dará derecho al asegurador a las implicaciones reducir su prestación en la proporción oportuna, teniendo en cuenta la importancia de los daños derivados del mismo y repercusiones el grado de futuro culpa del asegurado. Si este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar al asegurador, este quedará liberado de toda prestación derivada del siniestro. Los gastos que pudieran derivarse se originen por el cumplimiento de la citada obligación, siempre que no sean inoportunos o desproporcionados a los bienes salvados, serán de cuenta del desarrollo del Contratoasegurador hasta el límite fijado en el contrato, incluso si tales gastos no han tenido resultados efectivos o positivos. 5.3.RIESGO Y XXXXXXX La ejecución del contrato En defecto de pacto, se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratistaindemnizarán los gastos efectivamente originados. Tal indemnización no podrá exceder de la suma asegurada. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX reconocerá solamente el presupuesto de la oferta y el finalmente adjudicado. El adjudicatario asume el riesgo y xxxxxxx de la evolución de las condiciones financieras xxx xxxxxxx a lo largo del plazo contractual y asumirá los riesgos económicos y las responsabilidades de toda índole que se deriven del presente contrato. 5.4.SUBCONTRATACIÓN El contratista podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial asegurador que, en virtud del contrato, siempre solo deba indemnizar una parte del daño causado por el siniestro, deberá reembolsar la parte proporcional de los gastos de salvamento, a menos que el importe total Ayuntamiento haya actuado siguiendo las instrucciones del asegurador. — El asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las partes subcontratadas no supere investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el 30 por 100 importe de los daños que resulten del mismo. En cualquier supuesto, el asegurador deberá efectuar, dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de adjudicación lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por él conocidas. — Cuando la naturaleza del contrato seguro lo permita y cuente con la preceptiva autorización del EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX. Para llevar a cabo la subcontratación el asegurado lo consienta, el asegurador podrá sustituir el pago de la ejecución parcial indemnización por la reparación o la reposición del objeto siniestrado. — El asegurador estará obligado al pago de prestaciones objeto del contrato principalla prestación, salvo en el contratista deberá comunicarlo por escrito al órgano de contratación con una antelación mínima de 5 días hábiles a la fecha en que haya de iniciarse la ejecución del subcontrato, aportando, al mismo tiempo, la siguiente documentación: ▪ Comunicación del subcontrato a celebrar, suscrita por el contratista y el subcontratista, con indicación de las prestaciones o partes del contrato a subcontratar y su importe. ▪ Declaración responsable del subcontratista, formulada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no encontrarse inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP. ▪ Declaración del contratista supuesto de que las prestaciones a subcontratar, conjuntamente con otros subcontratos precedentes, si los hubiere, no exceden el siniestro haya sido causado por mala fe del 30% del importe de adjudicación del contrato principal, con indicación expresa de los importes de cada uno de los subcontratos realizados y del porcentaje que su importe actual acumulado, incluido el que es objeto de comunicación, representa sobre el presupuesto de adjudicación del contrato principal. ▪ Compromiso del contratista de cumplimiento de lo previsto en el artículo 227 del TRLCSPasegurado.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en La Contratación De Un Lote Unico De Seguros

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 5.1.COMUNICACIONES El adjudicatario deberá designar Es obligación del arrendatario el abono del impuesto de bienes inmuebles de la finca objeto de arriendo, cuyo importe será satisfecho en el plazo de un representante o Delegado Técnico, mes a contar del requerimiento del Ayuntamiento. Las obras y señalar su domicilio para recibir todas las comunicaciones. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX canalizará a través del adjudicatario todas las relaciones derivadas mejoras que se realicen en los edificios objeto del contrato Como norma generalde arrendamiento requerirán en todo caso autorización de la propiedad sin perjuicio de las preceptivas licencias que hayan de solicitarse por parte del arrendatario, obras y salvo indicación expresamejoras que serán de propiedad municipal, todas las comunicaciones relacionadas accediendo al suelo, con el la terminación del contrato, sin que por ello deba abonarse indemnización ni cantidad alguna al arrendatario. Las mejoras a realizar en lo que se refieren al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, serán dirigidas al responsable del adjudicatario designado. El adjudicatario actuará con la mayor premura y eficacia en la solución de aquellas problemáticas que pudieran presentarse a pie del servicio y que influyan en la ejecución del contrato. 5.2.OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas que tiene carácter contractual, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación. El contratista será responsable de la calidad de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En el supuesto de que la Oferta se formule conjuntamente por varias Empresas, actuarán todas ellas con carácter solidario, como único adjudicatario, frente al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, debiendo incluir en su Oferta compromiso en firme en tal sentido. El carácter de solidaridad alcanzará a las implicaciones y repercusiones de futuro que pudieran derivarse del desarrollo del Contrato. 5.3.RIESGO Y XXXXXXX La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX reconocerá solamente el presupuesto cumplimiento de la oferta se realizarán en los plazos establecidos en la misma. Será de cuenta del arrendatario el abono de los suministros de agua, gas, y electricidad que consuma con ocasión de la utilización de la finca arrendada, si bien el finalmente adjudicadoAyuntamiento entregará el mismo con las instalaciones y acometidas adecuadas y con los oportunos contadores individuales. Serán de cuenta del propietario los devengos de las tasas de basura, tasa de gestión de residuos sólidos urbanos y las cuotas de comunidad de propietarios correspondientes a conceptos ordinarios. Así como cuantas otras tasas e impuestos se generen. El adjudicatario asume arrendatario utilizará la vivienda con arreglo a los usos permitidos, estando obligado a conservarlo en perfecto estado, realizando por su cuenta las reparaciones necesarias, respondiendo de los deterioros que puedan producirse y se obliga a devolver la vivienda en el riesgo y xxxxxxx de mismo estado en que la evolución de las condiciones financieras xxx xxxxxxx a lo largo del plazo contractual y asumirá los riesgos económicos y las responsabilidades de toda índole que se deriven del presente ha recibido, al terminar el contrato. 5.4.SUBCONTRATACIÓN El contratista No podrá subcontratar con terceros realizar obras que modifiquen la ejecución parcial del contratoestructura, siempre que el importe total de las partes subcontratadas no supere el 30 por 100 del importe de adjudicación del contrato y cuente con la preceptiva autorización del EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX. Para llevar a cabo la subcontratación de la ejecución parcial de prestaciones objeto del contrato principal, el contratista deberá comunicarlo por escrito al órgano de contratación con una antelación mínima de 5 días hábiles a la fecha en que haya de iniciarse la ejecución del subcontrato, aportando, al mismo tiempo, la siguiente documentación: ▪ Comunicación del subcontrato a celebrar, suscrita por el contratista y el subcontratista, con indicación de las prestaciones o partes del contrato a subcontratar y su importe. ▪ Declaración responsable del subcontratista, formulada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no encontrarse inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP. ▪ Declaración del contratista de que las prestaciones a subcontratar, conjuntamente con otros subcontratos precedentes, si los hubiere, no exceden del 30% del importe de adjudicación del contrato principal, con indicación expresa de los importes de cada uno de los subcontratos realizados y del porcentaje que su importe actual acumulado, incluido el que es objeto de comunicación, representa sobre el presupuesto de adjudicación del contrato principal. ▪ Compromiso del contratista de cumplimiento de lo previsto en el artículo 227 del TRLCSPni subarrendarla.

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Samples: Pliego De Condiciones Que Ha De Regir La Adjudicación Del Contrato De Arrendamiento De Finca Urbana

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 5.1.COMUNICACIONES expedirse certificaciones con una periodicidad inferior. Cód. Validación: AMAFF6K6P639AMSDWWDGZME2G | Verificación: xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 35 El adjudicatario deberá designar un representante contratista también tendrá derecho a percibir abonos a cuenta por las operaciones preparatorias realizadas como instalaciones y acopio de materiales o Delegado Técnicoequipos de maquinaria pesada adscritos a la obra siempre que queden acreditados y certificados por la dirección técnica. En la factura se incluirán, además de los datos y señalar su domicilio para recibir todas requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las comunicacionesobligaciones de facturación, los extremos previstos en el apartado segundo de la Disposición Adicional Trigsimosegunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, así como en la normativa sobre facturación electrónica. El EXCMODIR3 del Ayuntamiento es X00000000. AYUNTAMIENTO XX XXXX canalizará El contratista, una vez expedida la certificación mensual de obra, deberá presentar la factura en un registro administrativo. La factura deberá presentarse en formato electrónico en los supuestos que fija la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso a través la Factura Electrónica y Creación del adjudicatario todas las relaciones derivadas Registro Contable de Facturas del contrato Como norma general, y salvo indicación expresa, todas las comunicaciones relacionadas con el contratoSector Público, en lo que se refieren al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, serán dirigidas al responsable del adjudicatario designado. El adjudicatario actuará con estos casos la mayor premura y eficacia en presentación de la solución de aquellas problemáticas que pudieran presentarse a pie del servicio y que influyan en la ejecución del contrato. 5.2.OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas factura en el presente pliego Punto General de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente Acceso equivale a la presentación en un registro administrativo. De acuerdo con lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas que tiene carácter contractual, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación. El contratista será responsable artículo 198 de la calidad Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la Administración tendrá obligación de abonar el precio dentro de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En el supuesto de que la Oferta se formule conjuntamente por varias Empresas, actuarán todas ellas con carácter solidario, como único adjudicatario, frente al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, debiendo incluir en su Oferta compromiso en firme en tal sentido. El carácter de solidaridad alcanzará a las implicaciones y repercusiones de futuro que pudieran derivarse del desarrollo del Contrato. 5.3.RIESGO Y XXXXXXX La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX reconocerá solamente el presupuesto de la oferta y el finalmente adjudicado. El adjudicatario asume el riesgo y xxxxxxx de la evolución de las condiciones financieras xxx xxxxxxx a lo largo del plazo contractual y asumirá los riesgos económicos y las responsabilidades de toda índole que se deriven del presente contrato. 5.4.SUBCONTRATACIÓN El contratista podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial del contrato, siempre que el importe total de las partes subcontratadas no supere el 30 por 100 del importe de adjudicación del contrato y cuente con la preceptiva autorización del EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX. Para llevar a cabo la subcontratación de la ejecución parcial de prestaciones objeto del contrato principal, el contratista deberá comunicarlo por escrito al órgano de contratación con una antelación mínima de 5 treinta días hábiles siguientes a la fecha en que haya de iniciarse la ejecución del subcontrato, aportando, al mismo tiempo, la siguiente documentación: ▪ Comunicación del subcontrato a celebrar, suscrita por el contratista y el subcontratista, con indicación aprobación de las prestaciones o partes certificaciones de obras, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 4 del contrato artículo 210, y si se demorase, deberá abonar al contratista, a subcontratar partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de demora y su importe. ▪ Declaración responsable del subcontratista, formulada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificadola indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de no encontrarse inhabilitado para contratar 29 de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en alguno de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP. ▪ Declaración del contratista de que las prestaciones a subcontratar, conjuntamente con otros subcontratos precedentes, si los hubiere, no exceden del 30% del importe de adjudicación del contrato principal, con indicación expresa de los importes de cada uno de los subcontratos realizados y del porcentaje que su importe actual acumulado, incluido el que es objeto de comunicación, representa sobre el presupuesto de adjudicación del contrato principal. ▪ Compromiso del contratista de cumplimiento de lo previsto en el artículo 227 del TRLCSPoperaciones comerciales.

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DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 5.1.COMUNICACIONES 9.1 Abonos al Contratista‌ El adjudicatario deberá designar un representante Contratista tendrá derecho al abono de las unidades de obra o Delegado Técnico, y señalar su domicilio para recibir todas las comunicaciones. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX canalizará a través del adjudicatario todas las relaciones derivadas del contrato Como norma general, y salvo indicación expresa, todas las comunicaciones relacionadas con el contrato, partes de obra certificadas en lo que se refieren al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, serán dirigidas al responsable del adjudicatario designado. El adjudicatario actuará con la mayor premura y eficacia en la solución de aquellas problemáticas que pudieran presentarse a pie del servicio y que influyan en la ejecución del contrato. 5.2.OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas los términos expresados en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas que tiene carácter contractual, así como las instrucciones quePliego. Al importe resultante se le deducirán, en su caso, le diere el responsable del contrato designado las penalizaciones por el órgano de contratación. El contratista será responsable de la calidad de los trabajos que desarrolle y incumplimiento de las prestaciones y servicios realizadoscondiciones de calidad o de planificación, que se especifican en la cláusula 12. A este efecto, la Certificación de Obra que extienda el Director de Obra indicará si existen defectos de calidad en las unidades de obra certificadas, indicando las medidas adoptadas para su reparación (demolición, reparación, descuentos a aplicar, corrección por INTERBIAK por cuenta del contratista, etc.), así como los plazos establecidos en cada caso. Para las obras o parte de las consecuencias obras cuyas dimensiones y características hayan de quedar posterior y definitivamente ocultas, el Contratista está obligado a efectuar el levantamiento topográfico y, en caso de imposibilidad, reportaje fotográfico y a avisar a la Dirección de Obra con la suficiente antelación, a fin de que se deduzcan ésta pueda realizar las correspondientes toma de datos y verificaciones de los planos que las definan, debiendo el Contratista colaborar en la elaboración de dicha documentación "según construido", a los efectos de su incorporación al expediente de la obra. A falta de aviso anticipado, cuya existencia corresponde probar al Contratista, o de la documentación cumplimentada de la forma indicada anteriormente, quedará obligado el mismo a aceptar las decisiones de la Dirección de Obra sobre el particular. La realización por el Contratista de alteraciones en las unidades de obra, sin autorización previa de INTERBIAK, no generará obligación alguna para la Administración o para terceros INTERBIAK, sin perjuicio de las omisionesresponsabilidades que ésta pudiera exigir en cumplimiento de sus contratos. El Contratista, erroresen los cinco primeros días del mes siguiente al de referencia, métodos inadecuados entregará al Director de Obra una propuesta de “relación valorada” de las unidades o conclusiones incorrectas en partes de obra ejecutadas durante el mes y a origen de obra. El Director Facultativo elaborará la ejecución del contrato. En el supuesto de “relación valorada” y la correspondiente “Certificación”, que la Oferta propondra a INTERBIAK para su aprobación. Una vez aprobada se formule conjuntamente lo comunicará al Contratista, al objeto de la emisión por varias Empresaséste de la correspondiente factura. Esta comunicación, actuarán todas ellas con carácter solidario, como único adjudicatario, frente al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, debiendo incluir en su Oferta compromiso en firme en tal sentido. El carácter de solidaridad alcanzará a las implicaciones y repercusiones de futuro que pudieran derivarse del desarrollo del Contrato. 5.3.RIESGO Y XXXXXXX La ejecución del contrato caso se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX reconocerá solamente en el presupuesto plazo no mayor xx xxxx (10) días desde la recepción de la oferta y el finalmente adjudicado. El adjudicatario asume el riesgo y xxxxxxx propuesta de la evolución de las condiciones financieras xxx xxxxxxx a lo largo del plazo contractual y asumirá los riesgos económicos y las responsabilidades de toda índole que se deriven del presente contrato. 5.4.SUBCONTRATACIÓN El contratista podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial del contratola“relación valorada”, siempre que el importe total de las partes subcontratadas no supere el 30 por 100 del importe de adjudicación del contrato y cuente si fuera coincidente con la preceptiva autorización del EXCMOemitida por el Director de Obra. AYUNTAMIENTO XX XXXX. Para llevar a cabo la subcontratación de la ejecución parcial de prestaciones objeto del contrato principalSi el Contratista no estuviera conforme, presentará sus alegaciones en el contratista deberá comunicarlo por escrito al órgano de contratación con una antelación mínima de 5 plazo xx xxxx (10) días hábiles a desde la fecha en que haya se le notifique la“relación valorada” enténdiendose otorgada tácitamente dicha conformidad si transcurrido el plazo indicado no se hubiese formulado alegación alguna en INTERBIAK. En caso de iniciarse que el Contratista presente alegaciones, INTERBIAK habrá de resolverlas en un plazo máximo de treinta (30) días contados desde la ejecución fecha que se reciban, siendo su resolución vinculante para ambas partes sin perjuicio de las acciones que le correspondan al Contratista. Se entenderán tacitamente aprobadas las observaciones del subcontratoContratista en el caso de que INTERBIAK no hubiere manifestado nada en el citado plazo de treinta (30) días. El pago de las facturas tendrá lugar dentro de los 60 días a contar desde que se reciban en INTERBIAK. Si el pago de la factura se efectuara con posterioridad al plazo indicado, aportandoel Contratista podrá reclamar dentro de los diez días siguientes el interés legal por los días de demora. El abono de las Certificaciones no significará la aceptación de la obra realizada. El Contratista deberá destinar los cobros de las Certificaciones al pago de cuantos gastos origine la obra, al mismo tiempo, la siguiente documentación: ▪ Comunicación del subcontrato sin que los mismos puedan derivarse a celebrar, suscrita otras obras o construcciones ajenas a este Contrato que pudieran ser realizadas por el contratista y el subcontratista, con indicación Contratista. INTERBIAK podrá descontar de las prestaciones o partes del contrato a subcontratar y su importe. ▪ Declaración responsable del subcontratista, formulada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no encontrarse inhabilitado cualquier pago debido al Contratista la cantidad suficiente para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno resarcirse de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP. ▪ Declaración del contratista pagos que fuera necesario efectuar por las reclamaciones que se formulen por terceros en relación a la obra o de cualquier cantidad que las prestaciones a subcontratar, conjuntamente con otros subcontratos precedentes, si los hubiere, no exceden del 30% del importe de adjudicación del contrato principal, con indicación expresa de los importes de cada uno de los subcontratos realizados y del porcentaje que su importe actual acumulado, incluido el que es objeto de comunicación, representa sobre el presupuesto de adjudicación del contrato principal. ▪ Compromiso del contratista de cumplimiento Contratista le adeude en virtud de lo previsto dispuesto en el artículo 227 presente pliego (penalizaciones, obras defectuosas, etc.). Para la validez de la cesión o endoso de cualquier certificación será necesaria la previa notificación por escrito a INTERBIAK. INTERBIAK podrá negarse a la toma de razón y, consecuentemente, a admitir cesiones o endosos cuando las sumas a ceder o endosar hubieran resultado embargadas, pignoradas, o se encuentren en situación similar de indisponibilidad, o cuando estén sujetas a cualesquiera penalizaciones o eventualidades derivadas del TRLCSPpresente contrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Adjudicación

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 5.1.COMUNICACIONES El adjudicatario deberá designar Tomador del seguro se compromete a: - Satisfacer la prima total anual en las condiciones estipuladas en el Artículo 17 siguiente. - Comunicar el siniestro al Asegurador en el plazo más breve posible, con límite, salvo causa justificada, de un representante (1) mes a contar desde el momento en el que el MINISDEF tuvo conocimiento del mismo, excepto para los siniestros de los que haya derivado una Invalidez Permanente Absoluta para toda profesión u oficio (IPA) por accidente que será condición indispensable para efectuar dicha comunicación que el Asegurado formule la petición de indemnización correspondiente. - Remitir al Asegurador la documentación relativa a las peticiones de indemnización que formulen los Asegurados o Delegado Técnicosus Beneficiarios, y señalar su domicilio para recibir todas las comunicacionesasí como fotocopia compulsada del documento de designación de Beneficiarios. - Comunicar anualmente al Asegurador, antes de la renovación del contrato si lo hubiere, la cifra promedio de personas aseguradas que quedarán protegidas en el periodo de vigencia siguiente. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX canalizará Asegurador se compromete a: - Una vez recibidos todos los documentos justificativos, a través notificar al Tomador del adjudicatario todas Seguro y al Asegurado, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes a la recepción de los mismos, la conformidad o denegación, en base a las relaciones derivadas condiciones del contrato Como norma general, y salvo indicación expresa, todas las comunicaciones relacionadas con el contrato, en lo así como satisfacer a los Beneficiarios o Asegurados las indemnizaciones, u otros gastos a que se refieren al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXhaya lugar, serán dirigidas al responsable del adjudicatario designado. El adjudicatario actuará con la mayor premura y eficacia en la solución de aquellas problemáticas que pudieran presentarse a pie del servicio y que influyan en la ejecución del contrato. 5.2.OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas previstas en el presente pliego de cláusulas administrativas particularesArtículo 5 Garantías y Capitales Asegurados, observando fielmente conforme a lo establecido en Condicionado y en su caso en las mejoras ofertadas. - Comunicar al MINISDEF las reclamaciones que reciba de los Asegurados y/o Beneficiarios y resultados detallados de las mismas, en un tiempo no superior a diez días de la fecha de la resolución adoptada. - Aportar al Tomador, con carácter trimestral, completa información sobre el pliego desarrollo del contrato y que incluirá, necesariamente, total de prescripciones técnicas que tiene carácter contractualsiniestros atendidos, así como las instrucciones quedistribución de los mismos por cada contingencia, estado de la tramitación de cada siniestro, importe de siniestros pagados y reservados, fechas, por cada siniestro, de ocurrencia, comunicación a la compañía y pago y, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano desglose específico de contratación. El contratista será responsable siniestros de la calidad de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizadoscuantía especial, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En el supuesto de que la Oferta se formule conjuntamente por varias Empresas, actuarán reclamaciones recibidas - Aplicar todas ellas con carácter solidario, como único adjudicatario, frente al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, debiendo incluir en su Oferta compromiso en firme en tal sentido. El carácter de solidaridad alcanzará a las implicaciones y repercusiones de futuro que pudieran derivarse del desarrollo del Contrato. 5.3.RIESGO Y XXXXXXX La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX reconocerá solamente el presupuesto de la oferta y el finalmente adjudicado. El adjudicatario asume el riesgo y xxxxxxx de la evolución cada una de las condiciones financieras xxx xxxxxxx a lo largo que formen parte del plazo contractual y asumirá los riesgos económicos y las responsabilidades de toda índole contrato o póliza que se deriven del presente contrato. 5.4.SUBCONTRATACIÓN El contratista podrá subcontratar suscriba en relación con terceros los siniestros que le haya comunicado el Tomador hasta la ejecución parcial del contratototal resolución de los mismos, siempre que el importe total de las partes subcontratadas no supere el 30 por 100 del importe de adjudicación del contrato y cuente con la preceptiva autorización del EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX. Para llevar a cabo la subcontratación independencia de la ejecución parcial fecha de prestaciones objeto finalización del citado contrato principal, el contratista deberá comunicarlo por escrito al órgano de contratación con una antelación mínima de 5 días hábiles a la fecha en que haya de iniciarse la ejecución del subcontrato, aportando, al mismo tiempo, la siguiente documentación: ▪ Comunicación del subcontrato a celebrar, suscrita por el contratista y el subcontratista, con indicación de las prestaciones o partes del contrato a subcontratar y su importe. ▪ Declaración responsable del subcontratista, formulada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no encontrarse inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP. ▪ Declaración del contratista de que las prestaciones a subcontratar, conjuntamente con otros subcontratos precedentes, si los hubiere, no exceden del 30% del importe de adjudicación del contrato principal, con indicación expresa de los importes de cada uno de los subcontratos realizados y del porcentaje que su importe actual acumulado, incluido el que es objeto de comunicación, representa sobre el presupuesto de adjudicación del contrato principal. ▪ Compromiso del contratista de cumplimiento de lo previsto en el artículo 227 del TRLCSPpóliza.

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Samples: Contrato Unificado De Seguros Del Ministerio De Defensa

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 5.1.COMUNICACIONES 1. El adjudicatario deberá designar un representante adjudicatario: - Se obliga a la ejecución de las obras obligatorias y descritas en el presente Pliego, Cláusula Cuarta, así como a equipar y adecuar la Casa Club Municipal, su explotación como servicio hostelero, el mantenimiento de las instalaciones y el mantenimiento y conservación de las zonas ajardinadas y la vegetación existente, el mantenimiento de farolas en el recinto. - Equipamiento de las instalaciones con el mobiliario necesario. - Responder de las averías que se ocasionen en las instalaciones siempre que sean por negligencia del adjudicatario, o Delegado Técnicopor el uso anormal de las mismas, respondiendo incluso de los deterioros producidos por los usuarios. - Tener disponible el libro de reclamaciones establecido y encargarse en su caso de la tramitación correspondiente. - Tener expuesta al público la lista de precios. - Se obliga a mantener el destino de las instalaciones a que se hace referencia en el presente pliego y a mantener en perfecto estado de limpieza el recinto en bar y los útiles necesarios para prestar el servicio de hostelería. - No tendrá derecho el contratista a indemnización alguna por razón de las innovaciones que sean mejoras realizadas por su propia voluntad, aun cuando sean beneficiosas para el servicio, y señalar previa autorización del Ayuntamiento. - La contratación de los servicios de agua, luz, corriendo por su domicilio para recibir todas las comunicacionescuenta los gastos de luz, agua, teléfono y cualquier otro derivado de su explotación y mantenimiento (limpieza, pintado, etc.). El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX canalizará a través - A prestar, en todo momento, los servicios del adjudicatario todas las relaciones derivadas del contrato Como norma general, y salvo indicación expresa, todas las comunicaciones relacionadas con modo establecido en el contrato, en lo que se refieren al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXel Pliego de Cláusulas Administrativas, serán dirigidas al responsable del adjudicatario designado. El adjudicatario actuará con la mayor premura y eficacia en la solución de aquellas problemáticas que pudieran presentarse a pie del servicio y que influyan en la ejecución normativa aplicable. - Ejercer por sí mismos las facultades del contrato, no cediendo o traspasando éste, ni tampoco subcontratarlo, salvo para la gestión de prestaciones accesorias dentro del objeto del contrato, autorizándolas previamente el Ayuntamiento con conocimiento de las cláusulas y condiciones. 5.2.OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas - Cumplir la normativa aplicable en el presente pliego de cláusulas administrativas particularesmateria fiscal, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas que tiene carácter contractuallaboral, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación. El contratista será responsable disposiciones de la calidad de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizadosSeguridad Social, así como de las consecuencias que se deduzcan seguridad e higiene en el trabajo (autorización para la Administración o manipulación de alimentos), quedando exento el Ayuntamiento de responsabilidad por incumplimiento de dichas normas. - Asimismo, durante los tres meses previstos para terceros la ejecución de las omisionesobras, erroresabonará la cuota mensual de arrendamiento que adquirirá el concepto de fianza. - Así como, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en el adjudicatario, una vez detraído el importe presupuestado para la ejecución del contrato. En el supuesto de que la Oferta las obras (30.000 €, más IVA), se formule conjuntamente por varias Empresas, actuarán todas ellas con carácter solidario, como único adjudicatario, frente obliga al EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX, debiendo incluir en su Oferta compromiso en firme en tal sentido. El carácter de solidaridad alcanzará a las implicaciones y repercusiones de futuro que pudieran derivarse del desarrollo del Contrato. 5.3.RIESGO Y XXXXXXX La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX reconocerá solamente el presupuesto pago de la oferta y el finalmente adjudicado. El adjudicatario asume el riesgo y xxxxxxx cuota mensual, en concepto de la evolución de las condiciones financieras xxx xxxxxxx a lo largo del plazo contractual y asumirá los riesgos económicos y las responsabilidades de toda índole que se deriven del presente contrato. 5.4.SUBCONTRATACIÓN El contratista podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial del contrato, siempre que el importe total de las partes subcontratadas no supere el 30 por 100 del importe de adjudicación del contrato y cuente con la preceptiva autorización del EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX. Para llevar a cabo la subcontratación de la ejecución parcial de prestaciones objeto del contrato principal, el contratista deberá comunicarlo por escrito al órgano de contratación con una antelación mínima de 5 días hábiles a la fecha en que haya de iniciarse la ejecución del subcontrato, aportando, al mismo tiempo, la siguiente documentación: ▪ Comunicación del subcontrato a celebrar, suscrita por el contratista y el subcontratista, con indicación de las prestaciones o partes del contrato a subcontratar y su importe. ▪ Declaración responsable del subcontratista, formulada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no encontrarse inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP. ▪ Declaración del contratista de que las prestaciones a subcontratar, conjuntamente con otros subcontratos precedentes, si los hubiere, no exceden del 30% del importe de adjudicación del contrato principal, con indicación expresa de los importes de cada uno de los subcontratos realizados y del porcentaje que su importe actual acumulado, incluido el que es objeto de comunicación, representa sobre el presupuesto de adjudicación del contrato principal. ▪ Compromiso del contratista de cumplimiento de lo previsto en el artículo 227 del TRLCSParrendamiento.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contrato Mixto De Obras Y Arrendamiento De Local Por Procedimiento Abierto