Common use of Desarrollo Clause in Contracts

Desarrollo. El instructor como primera medida procederá a tomar declaración al presunto inculpado y ordenará la práctica de cuantas diligencias y pruebas considere adecuadas para la determinación y comprobación de los hechos y el esclarecimiento de las responsabilidades susceptibles de sanción. En un plazo no superior a un mes desde la notificación al presunto inculpado de la incoación del expediente, el instructor formulará el pliego de cargos, claro y preciso, en el que consten los hechos imputados, la falta presuntamente cometida y las sanciones que pudieran serle de aplicación. En casos excepcionales y previamente justificados, el instructor podrá solicitar la ampliación del plazo referido. El pliego de cargos se notificará por escrito al inculpado. Este dispondrá de un plazo xx xxxx días hábiles desde el día siguiente al de su notificación para contestarlo con las alegaciones que considere convenientes a su defensa, aportando cuantos documentos crea oportunos y proponiendo la práctica de las pruebas que para su defensa crea necesarias. El instructor deberá informar al presunto inculpado, dejando constancia en el expediente, de la posibilidad que tiene de ejercitar su derecho a la asistencia de un representante legal de los trabajadores y/o un delegado sindical en cualquier momento del proceso. El instructor podrá acordar la práctica de las pruebas solicitadas que considere oportunas o aquellas otras que estime pertinentes, debiendo motivar la denegación de las no admitidas. Dispondrá de un plazo no superior a un mes para la práctica de las mismas, debiendo notificarse en forma reglamentaria al inculpado su realización. Finalizada la práctica de las pruebas y las diligencias correspondientes, el instructor dará vista del expediente al inculpado con carácter inmediato, dándole un plazo xx xxxx días hábiles para que alegue lo que estime conveniente para su defensa. El instructor formulará, a su vez, dentro de los diez días hábiles siguientes, la propuesta de resolución en la que fijará con toda clase de precisión los hechos, hará la valoración jurídica de los mismos para determinar la falta que se estime cometida y señalará la responsabilidad del trabajador, así como la sanción a imponer. La propuesta de resolución se notificará por el instructor al trabajador para que en el plazo xx xxxx días hábiles pueda alegar cuanto considere conveniente en su defensa. Oído el inculpado o transcurrido el plazo sin alegaciones, se remitirá con carácter inmediato el expediente completo al órgano que haya acordado la incoación del procedimiento, que, a su vez, lo enviará al órgano competente para que proceda a dictar la decisión que corresponda o, en su caso, ordenará al instructor la práctica de las diligencias que considere necesarias.

Appears in 2 contracts

Samples: Convenio De Aplicación, Convenio De Aplicación

Desarrollo. El instructor como primera medida actuación procederá a tomar recibir declaración al presunto inculpado y ordenará la práctica de a evacuar cuantas diligencias y pruebas considere adecuadas para se deduzcan de la determinación y comprobación de los hechos y el esclarecimiento de las responsabilidades susceptibles de sanción. En un plazo no superior a un mes desde la notificación al presunto inculpado de comunicación o denuncia que motiva la incoación del expedienteexpediente y de lo que aquel hubiera alegado en su declaración A la vista de las actuaciones practicadas, en el plazo de un mes, contados a partir de la iniciación del procedimiento, el instructor formulará el correspondiente pliego de cargos, claro y preciso, en el que consten comprendiendo relación de los hechos imputados, con expresión de la falta presuntamente cometida presunta- mente cometida, y de las sanciones que pudieran serle puedan ser de aplicación. En casos excepcionales y previamente justificados, el El instructor podrá por causa justificada, solicitar la ampliación del plazo referido. referido El pliego de cargos deberá redactarse de modo claro y preciso en párrafos separados y numerados por cada uno de los hechos imputados al empleado/a público/a El instructor deberá proponer en el momento de elaborar el pliego de cargos, a la vista del resultado de las actuaciones practi- cadas, el mantenimiento o levantamiento de la medida de suspensión provisional que, en su caso, se hubiera adoptado El pliego de cargos se notificará por escrito al inculpado. Este dispondrá de inculpado concediéndosele un plazo xx xxxx días hábiles desde el día siguiente al de su notificación para que pueda contestarlo con las alegaciones alega- ciones que considere convenientes a conveniente en su defensa, aportando defensa y con la aportación de cuantos documentos crea oportunos y proponiendo considere de interés En este trámite deberá solicitar, si lo estima conveniente, la práctica de las pruebas que para su defensa crea necesarias. El instructor deberá informar al presunto inculpadonecesarias Contestado el pliego o transcurrido el plazo sin hacerlo, dejando constancia en el expediente, de la posibilidad que tiene de ejercitar su derecho a la asistencia de un representante legal de los trabajadores y/o un delegado sindical en cualquier momento del proceso. El instructor podrá acordar la práctica de las pruebas solicitadas que juzgue oportunas, así como de todas aquellas que considere oportunas o aquellas otras que estime pertinentes, debiendo motivar la denegación de las no admitidas. Dispondrá de un plazo no superior a un mes para pertinentes Para la práctica de las mismas, debiendo notificarse la prueba se dispondrá del plazo xx xxxx días La intervención del instructor en forma reglamentaria al inculpado su realización. Finalizada la práctica de todas las pruebas es esencial y no puede ser suplida por la del secretario Cumplimentadas las diligencias correspondientes, el instructor previstas anteriormente se dará vista del expediente al inculpado con carácter inmediato, dándole un inmediato para que en el plazo xx xxxx días hábiles para que alegue lo que estime conveniente para pertinente a su defensa. defensa y aporte cuantos documentos considere de interés, así mismo se facilitará copia completa del expediente al inculpado cuando este así lo solicite El instructor formulará, a su vez, formulará dentro de los diez días hábiles siguientes, la propuesta de resolución en la que fijará con toda clase de precisión los hechos, motivando, en su caso, la denegación de las pruebas propuestas por el inculpado, hará la valoración jurídica de los mismos para determinar deter- minar la falta que se estime cometida y señalará cometida, señalándose la responsabilidad del trabajador, del/la empleado/a así como la sanción a imponer. imponer La propuesta de resolución se notificará por el instructor al trabajador el/la instructor/a al/la interesado/a para que que, en el plazo xx xxxx días hábiles hábiles, pueda alegar xxxxxx ante el instructor cuanto considere conveniente en su defensa. defensa Oído el inculpado inculpado, o transcurrido el plazo sin alegacionesformular alegación alguna, se remitirá con carácter inmediato el expediente completo al órgano que haya acordado la incoación del procedimientoprocedimiento disciplinario, que, a su vez, lo enviará al órgano competente para objeto de que proceda a dictar la decisión que corresponda o, en su caso, ordenará al instructor la práctica de las diligencias que considere necesarias.resolución pertinente

Appears in 1 contract

Samples: transparencia.sanjuandeaznalfarache.es

Desarrollo. El instructor como primera medida Con fundamento en el artículo 35 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo conforme a lo siguiente: Los licitantes, al ser nombrados entregarán el sobre cerrado que contiene sus propuestas; una vez recibidas las proposiciones éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento licitatorio hasta su conclusión. La documentación distinta a la propuesta podrá entregarse, a elección del licitante, dentro o fuera del sobre que la contenga. Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, se procederá a tomar declaración su apertura, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido. De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que presida este, rubricarán los documentos de las proposiciones relacionados en el Anexo No. 2 de esta Convocatoria. En seguida se dará lectura al presunto inculpado precio unitario de cada partida y ordenará del importe total ofertado de cada una de las propuestas aceptadas. Se levantará acta que servirá de constancia de la práctica celebración del acto de cuantas diligencias presentación y pruebas considere adecuadas para apertura de las proposiciones, en la determinación que se harán constar el importe de cada una de ellas; se señalará lugar, fecha y comprobación hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación. Con fundamento en el artículo 37 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el acta correspondiente al acto de presentación y apertura de proposiciones, será firmada por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a la misma, de la cual se entregará una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto y por un término no menor a 5 días hábiles, en las Oficinas de la Jefatura de Proyecto de Recursos Materiales, sita en Xx. Xxxxx Xxxxxxx xxx. Xxxxx xx Xxxxxxxx s/n, Col. Reforma Norte, C.P. 62260, Cuernavaca, Morelos, se pondrá a disposición de los hechos y el esclarecimiento licitantes que no hayan asistido al acto, para efecto de las responsabilidades susceptibles notificación, copia del acta emitida. Asimismo, se difundirá un ejemplar de sanción. En un plazo no superior a un mes desde la notificación al presunto inculpado de la incoación del expediente, el instructor formulará el pliego de cargos, claro y preciso, dicha acta en el que consten los hechos imputados, la falta presuntamente cometida y las sanciones que pudieran serle de aplicación. En casos excepcionales y previamente justificados, el instructor podrá solicitar la ampliación del plazo referido. El pliego de cargos se notificará por escrito al inculpado. Este dispondrá de un plazo xx xxxx días hábiles desde el día siguiente al CompraNet para efectos de su notificación para contestarlo con las alegaciones a los licitantes que considere convenientes a su defensa, aportando cuantos documentos crea oportunos y proponiendo la práctica de las pruebas que para su defensa crea necesariasno hayan asistido al acto. El instructor deberá informar al presunto inculpado, dejando constancia en el expediente, de la posibilidad que tiene de ejercitar su derecho Dicho procedimiento sustituirá a la asistencia de un representante legal de los trabajadores y/o un delegado sindical en cualquier momento del proceso. El instructor podrá acordar la práctica de las pruebas solicitadas que considere oportunas o aquellas otras que estime pertinentes, debiendo motivar la denegación de las no admitidas. Dispondrá de un plazo no superior a un mes para la práctica de las mismas, debiendo notificarse en forma reglamentaria al inculpado su realización. Finalizada la práctica de las pruebas y las diligencias correspondientes, el instructor dará vista del expediente al inculpado con carácter inmediato, dándole un plazo xx xxxx días hábiles para que alegue lo que estime conveniente para su defensa. El instructor formulará, a su vez, dentro de los diez días hábiles siguientes, la propuesta de resolución en la que fijará con toda clase de precisión los hechos, hará la valoración jurídica de los mismos para determinar la falta que se estime cometida y señalará la responsabilidad del trabajador, así como la sanción a imponer. La propuesta de resolución se notificará por el instructor al trabajador para que en el plazo xx xxxx días hábiles pueda alegar cuanto considere conveniente en su defensa. Oído el inculpado o transcurrido el plazo sin alegaciones, se remitirá con carácter inmediato el expediente completo al órgano que haya acordado la incoación del procedimiento, que, a su vez, lo enviará al órgano competente para que proceda a dictar la decisión que corresponda o, en su caso, ordenará al instructor la práctica de las diligencias que considere necesariasnotificación personal.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestación De Servicios

Desarrollo. El instructor como primera medida Con fundamento en el artículo 35 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo conforme a lo siguiente: Los licitantes, al ser nombrados entregarán el sobre cerrado que contiene sus propuestas; una vez recibidas las proposiciones éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento licitatorio hasta su conclusión. Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado y las recibidas a través de CompraNet, se procederá a tomar declaración su apertura, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido. En primer término se abrirán las propuestas recibidas por medios electrónicos, las cuales se imprimirán al presunto inculpado y ordenará la práctica de cuantas diligencias y pruebas considere adecuadas para la determinación y comprobación momento, posteriormente los sobres que contengan las proposiciones de los hechos y licitantes que consten por escrito. De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el esclarecimiento servidor público que presida este, rubricarán los documentos de las responsabilidades susceptibles proposiciones relacionados en el “Anexo 8” de sanciónesta Convocatoria. En un seguida se dará lectura al importe total ofertado de cada una de las propuestas aceptadas. Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que se harán constar el importe de cada una de ellas; se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación, fecha que deberá quedar comprendida dentro de los veinte días naturales siguientes a la establecida para este acto y podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo no superior exceda de veinte días naturales contados a un mes desde la notificación al presunto inculpado partir del plazo establecido originalmente. Con fundamento en el artículo 37 Bis de la incoación Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del expedienteSector Público, el instructor formulará el pliego acta correspondiente al acto de cargospresentación y apertura de proposiciones, claro será firmada por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y precisoal finalizar cada acto y por un término no menor a 5 días hábiles, en el las Oficinas de la Subgerencia de Recursos Materiales, ubicada en Xxxxxxx Xxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx 000, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxxxxx X. Xxxxxx Xxxx, C.P. 08040, Delegación Iztacalco, México, D.F., se pondrá a disposición de los licitantes que consten los hechos imputadosno hayan asistido al acto, la falta presuntamente cometida y las sanciones que pudieran serle para efecto de aplicaciónnotificación, copia del acta emitida. En casos excepcionales y previamente justificadosAsimismo, el instructor podrá solicitar la ampliación del plazo referido. El pliego se difundirá un ejemplar de cargos se notificará por escrito al inculpado. Este dispondrá de un plazo xx xxxx días hábiles desde el día siguiente al dicha acta en CompraNet para efectos de su notificación para contestarlo con las alegaciones a los licitantes que considere convenientes a su defensa, aportando cuantos documentos crea oportunos y proponiendo la práctica de las pruebas que para su defensa crea necesariasno hayan asistido al acto. El instructor deberá informar al presunto inculpado, dejando constancia en el expediente, de la posibilidad que tiene de ejercitar su derecho Dicho procedimiento sustituirá a la asistencia de un representante legal de los trabajadores y/o un delegado sindical en cualquier momento del proceso. El instructor podrá acordar la práctica de las pruebas solicitadas que considere oportunas o aquellas otras que estime pertinentes, debiendo motivar la denegación de las no admitidas. Dispondrá de un plazo no superior a un mes para la práctica de las mismas, debiendo notificarse en forma reglamentaria al inculpado su realización. Finalizada la práctica de las pruebas y las diligencias correspondientes, el instructor dará vista del expediente al inculpado con carácter inmediato, dándole un plazo xx xxxx días hábiles para que alegue lo que estime conveniente para su defensa. El instructor formulará, a su vez, dentro de los diez días hábiles siguientes, la propuesta de resolución en la que fijará con toda clase de precisión los hechos, hará la valoración jurídica de los mismos para determinar la falta que se estime cometida y señalará la responsabilidad del trabajador, así como la sanción a imponer. La propuesta de resolución se notificará por el instructor al trabajador para que en el plazo xx xxxx días hábiles pueda alegar cuanto considere conveniente en su defensa. Oído el inculpado o transcurrido el plazo sin alegaciones, se remitirá con carácter inmediato el expediente completo al órgano que haya acordado la incoación del procedimiento, que, a su vez, lo enviará al órgano competente para que proceda a dictar la decisión que corresponda o, en su caso, ordenará al instructor la práctica de las diligencias que considere necesariasnotificación personal.

Appears in 1 contract

Samples: Prueba De Hi Pot a Cable De Potencia De Transformador De Potencia. Prueba