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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx tiene como misión institucional brindar servicios de salud al personal de usuarios de la Dirección General de Sanidad Militar, y para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas en las salas de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física de los usuarios al momento de ser utilizado. En desarrollo a la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas de espera acorde a las necesidades de los usuario, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad. Para llevar a cabo el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla: No. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar y en atención a la cuantía del proceso de selección, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% de la menor cuantía de la Armada Nacional.

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx tiene Sistema Transcaribe ha sido concebido como misión institucional brindar servicios un Sistema Integrado de salud al personal Transporte Masivo para Cartagena de usuarios de la Dirección General de Sanidad MilitarIndias, y para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas en las salas de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente se encuentran basado en un alto grado sistema tronco-alimentado dotado de deterioro general por su tiempo usouna infraestructura fisica que incluye vías, generando un riego a puentes, plazoletas y estaciones, al que se vinculan inversionistas privados en calidad de concesionarios y contratistas para la integridad física de los usuarios al momento de ser utilizado. En desarrollo a la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas de espera acorde a las necesidades de los usuario, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento realización de las mismasactividades necesarias para la prestación del Servicio Público de Transporte Masivo y sus servicios conexos. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad. Para llevar a cabo el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla: No. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar Acuerdo 004 de 2003, TRANSCARIBE S.A. es el titular del Sistema Transcaribe, y en atención tal calidad le compete la planeación, gestión y control del Sistema. El proyecto de "Sistema Integrado de Servicio Público Urbano de Transporte Masivo de Pasajeros del Distrito xx Xxxxxxxxx" se encontraba incluido en el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 "Prosperidad para Todos" y es considerado un proyecto de importancia estratégica para la Nación, de acuerdo con el Documento CONPES 3259 de 2003. Que TRANSCARIBE S.A., es una sociedad industrial y comercial del estado, por acciones, constituida entre entidades públicas del orden Distrital bajo la forma de sociedad anónima de carácter comercial con aportes públicos, autorizada mediante Acuerdo 004 del 19 de febrero de 2003 del Concejo Distrital xx Xxxxxxxxx, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente, constituida mediante Escritura Pública 0654 de julio 18 de 2003, registrada en la Cámara de Comercio xx Xxxxxxxxx, la cual tiene el carácter de titular del Sistema TRANSCARIBE. TRANSCARIBE S.A. abrió procesos licitatorios y de selección abreviada para la adjudicación de la operación del Sistema. A las convocatorias se presentaron dos proponentes, resultando adjudicadas las concesiones No. 1 y No. 3, y siendo declarada desierta en tres (3) oportunidades la concesión No. 2. En virtud de lo anterior y en razón a la cuantía del proceso imposibilidad de selecciónadjudicar el Contrato de Concesión No. 2, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido en TRANSCARIBE S.A. será el artículo 2° operador de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 Proción No. 2 de la Ley 1474 operación del sistema TRANSCARIBE, teniendo en cuenta que le corresponde al Estado garantizar la prestación eficiente de 2011los servicios públicos, manteniendo su regulación, control y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantesvigilancia, atendiendo siempre que el presupuesto oficial servicio sea requerido, si los particulares no concurren a su prestación el Estado debe intervenir para garantizarlos. Para el efecto, en la presente contratación es sesión de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA Junta Directiva del 15 de diciembre de 2014 se tomó la decisión de que, con fundamento en la normatividad nacional, el Acuerdo 004 de 2003 y demás erogaciones que correspondanen los estatutos, no excede TRANSCARIBE S.A. fuera el 10% operador de la menor cuantía porción correspondiente a la concesión número 2, denominándola porción No. 2 de la Armada Nacionaloperación.

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. En virtud del Decreto 907 del 16 xx xxxx de 1975, por medio del cual se reglamenta, en su artículo 30, el SMA del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA- que preceptúa la seguridad social para la familia del empleado; modificado por el artículo 35 del Decreto 594 del 15 xx xxxxx de 1977 que establece: “El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx tiene SENA asumirá directamente o contratará con una o varias entidades públicas o privadas, especializadas en seguridad social, un seguro médico asistencial para los parientes de los empleados (…)”, y demás normas que lo modifiquen, sustituyan, adicionen o complementen, el SENA Regional Antioquia se encuentra comprometido con la función de garantizar la prestación de servicios médico asistenciales de atención integral, segura y de alta calidad en salud como misión institucional brindar elemento indispensable para garantizar la supervivencia y calidad de vida de nuestros beneficiarios y los de otras regionales domiciliados o visitantes que se encuentren en el departamento. El SMA xxx XXXX, es un unidad autoexcluida del SGSSS, pero que reúne algunas características de este sistema, cuya población está constituida por los familiares (padres, cónyuge e hijos o hermanos con edad hasta los 25 años que estén estudiando o tengan incapacidad física o mental que los imposibilite) y que dependen exclusiva y económicamente del empleado público y trabajador oficial, vinculado laboralmente al SENA y pensionado adscrito al mismo. Al interior de las instalaciones xxx XXXX, a nivel nacional, el SMA se encuentra constituido como una Unidad Funcional de Atención Médica en la que se ofrece atención básica intramural de muy baja complejidad, con alcance en el campo de consulta externa y odontología general que, particularmente, en la Regional Antioquia cuenta con un equipo humano asistencial de dos médicos asesores, un médico auditor, un odontólogo, una auxiliar de enfermería y un auxiliar en salud oral. El alcance de las necesidades de atención en salud del SMA xxx XXXX Regional Antioquia no trasciende las necesidades de infraestructura necesaria para dar cobertura a la demandas de carácter ambulatorio y hospitalario, razón por la cual es indispensable contratar, a través de invitación pública, servicios de salud al personal de usuarios de la Dirección General de Sanidad Militarbaja, mediana y para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas en las salas de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física de los usuarios al momento de ser utilizadoalta complejidad. En desarrollo a la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas de espera acorde a las necesidades de los usuariootras palabras, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad. Para llevar a cabo el presente proceso de contratacióncontratación se soporta en el deber legal que el SENA tiene con los beneficiarios del Servicio Médico Asistencial consistente en garantizar la prestación de la totalidad de servicios de salud que demande su población. A su vez, fueron asignados recursos la Ley 1751 de 2015 “Ley Estatutaria del Derecho a la Salud” mediante la orden administrativa Xxcual el Estado consagró el derecho fundamental a la salud para todos los ciudadanos colombianos, incluye a los beneficiarios del Servicio Médico Asistencial xxx XXXX. 000 XXXAcorde con el criterio de la Organización Mundial de la Salud -OMS- y la Organización Panamericana de la Salud - OPS- (1998) un sistema de salud tiene como propósito “proveer servicios destinados a promover, prevenir, recuperar o rehabilitar el daño en salud, con la meta de asegurar el acceso a una atención de calidad adecuada y a un costo razonable. El SMA xxx XXXX Regional Antioquia, cuenta con el aval de la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia sobre los procedimientos y condiciones de habilitación de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud “IPS”, en cumplimiento del compromiso de disponer de las condiciones de seguridad, calidad, accesibilidad, cobertura, oportunidad y eficiencia en salud y atención médica que presta a sus ochocientos sesenta y siete (867) beneficiarios afiliados a quienes el SMA está en obligación de garantizar la prestación de servicios de salud. En tal sentido, el SENA Regional Antioquia requiere iniciar el proceso selección de las entidades de salud que prestarán los servicios de atención ambulatorio y hospitalario del primer al cuarto nivel de complejidad durante la presente vigencia, mediante una invitación pública y abierta, en igualdad de oportunidades, que favorezca la libre concurrencia y permita elegir a los mejores proponentes, bajo factores y criterios objetivos que garanticen las características fundamentales del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad para la adecuada y eficiente atención en salud medico asistencial y administrativa, a fin de lograr la ampliación de cobertura para solución de las necesidades de atención integral en salud de niveles de complejidad intermedios y altos, acorde con las condiciones de salud y demanda de la población beneficiaria del Servicio Médico Asistencial o que sean remitidos por los médicos asesores adscritos al mismo, quienes determinaran el estado salud, tipo de intervención y pertinencia de la remisión. A continuación, se presentan datos demográficos poblacionales, relación hombre/mujer, índice de envejecimiento, diagnóstico de salud en la población. Tabla 1. Población SMA Regional Antioquia Grupos por Edad Biológica y Género 0 -17 años 67 93 160 18-XXX0-000025 años 83 76 159 26 a 49 años 10 51 61 50 a 60 años 8 83 91 60 a 99 años 54 339 393 100 años y mas 1 2 3 TOTAL 223 644 867 Fuente: SMA En términos estadísticos, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE la tabla 1 revela que el 74% (28.000.000,00644) de la población corresponden al género femenino, siendo casi 3 veces la población total y el restante 26% (223) del género masculino; el 45% (400) beneficiarios se encuentran dentro del rango de 60 a 100 o más años de edad (persona mayor, envejecimiento y vejez), recursos lo que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%traduce una creciente tasa de población anciana, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados paulatinamente progresiva en la siguiente tabla: Nogeneración de evidentes cambios en los estados de salud, hacia enfermedades de alto costo. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) Tabla 2. Morbilidad de Población SMA Regional Antioquia Morbilidad Artritis y otros trastornos de los huesos y tejidos de sostén 106 62 12,17% SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM Hipertensión Arterial y enfermedad cardiovascular asociada 99 74 11,83% Trastorno del metabolismo de los lípidos 63 61 7,23% Diabetes y otros trastornos del metabolismo de los carbohidratos 49 75 5,63% Trastornos mentales y epilepsia 47 60 44 16 665,40% En virtud del objeto a contratar Gastritis y en atención a la cuantía del proceso de selecciónotros trastornos gastrointestinales 46 58 5,28% Glaucoma, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007conjuntivitis y otros trastornos oculares 40 49 4,59% Trastornos endocrinos 35 77 4,02% Acné 30 19 3,44% Rinitis Alérgicas y otras patologías nasales 29 23 3,33% Epoc, modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, asma y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% de la menor cuantía de la Armada Nacional.otras enfermedades pulmonares crónicas 29 53 3,33%

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx Terminales de Transporte de Medellín y el Municipio de Medellín – Secretaría de Movilidad celebraron el Contrato Interadministrativo No. 4600076562 de 2018, el cual tiene como misión institucional brindar servicios por objeto “CONTRATO INTERADMINISTRATIVO DE MANDATO SIN REPRESENTACIÓN PARA EL APOYO PEDAGÓGICO, CAPACITACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN EN EDUCACIÓN VIAL”. Con el contrato interadministrativo se pretende dar cumplimiento al proyecto de salud al personal educación vial que tiene por finalidad intervenir a través de usuarios acciones pedagógicas especialmente a las poblaciones más vulnerables a la siniestralidad vial, para la prevención y disminución de la Dirección General mortalidad, accidentalidad, violencia y conflictos a causa de Sanidad Militaraccidentes de tránsito y así como fomentar un cambio de la cultura y educación ciudadana en pro de la seguridad vial, a través de diferentes estrategias informativas, pedagógicas y comunicacionales de educación y seguridad vial, para niños, jóvenes, adultos, personas mayores y personas en situación de discapacidad, en calidad de peatones, pasajeros, ciclistas, motociclistas y conductores. La meta es llegar a Doscientas Mil (200.000) personas sensibilizadas, de los cuales, al 22 xx xxxx de 2018, se han logrado intervenir noventa mil cuatrocientos treinta y nueve (90.439) personas; por lo cual, directamente se espera que a través de este fin cuenta con sillas tipo TANDEM contrato se logre impactar aproximadamente ciento nueve mil quinientas sesenta y unas personas (109.561), a través de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas las siguientes líneas de trabajo: - Laboratorios - Planeación - Contacto ciudadano, el cual contempla la Intervenciones en vía y Trámites. - Línea de Experiencias Ciudadanas, desagregadas en: * Experiencia Encarrete. * Educación Vial en la escuela- Formación A la Rueda Ruedo. * Poblaciones especiales. * Creación de experiencias reales que impacten en grupos específicos de actores en la vía Así las salas cosas, Terminales Medellín presentó una propuesta técnica en la cual se establecen los siguientes grupos de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonataltrabajo divididos por componentes, los cuales actualmente se encuentran relacionan a continuación: Bajo el anterior orden de ideas se presenta la necesidad de contratar a una persona natural o jurídica para que preste sus servicios de apoyo a Terminales Medellín como administrador del proyecto, en un alto grado de deterioro general los componentes anteriormente descritos, para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física el mandante de los usuarios al momento de ser utilizado. En desarrollo a la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas de espera acorde a las necesidades de los usuario, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda recursos en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad. Para llevar a cabo el presente proceso de contrataciónmarco del proyecto para El Apoyo Pedagógico, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla: No. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% Capacitación Y Sensibilización En virtud del objeto a contratar y en atención a la cuantía del proceso de selección, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% de la menor cuantía de la Armada NacionalEducación Vial.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx tiene como misión institucional brindar La Empresa de Recursos Tecnológicos S.A E.S.P es una empresa pública de servicios públicos integradora de servicios y soluciones tecnológicas por medio de la cual ofrece a sus clientes servicios de salud al personal infraestructura tecnológica, conectividad, Data Center, Call Center, desarrollo de usuarios Contenidos, Consultoría y acompañamiento en Proyectos Tecnológicos, Gerencia de Proyectos, Evaluación de Proveedores y Soluciones Tecnológicas y Acondicionamiento Multimedial de Espacios Físicos. Por razón de lo anterior, La Empresa de Recursos Tecnológicos S.A E.S.P suscribió con la Gobernación xxx Xxxxx del Cauca y FIDUBOGOTÁ S.A. el convenio especial de cooperación No. 0286 de 2013, vigente hasta el 30 de diciembre de 2014, mediante el cual establece el marco por medio del cual ERT ESP brinde a la Gobernación el servicio de Gerencia del Proyecto aprobado en la convocatoria 601-2012 y las actividades complementarias, relacionadas y/o conexas con este. Necesidad que se pretende satisfacer Realizar una invitación a contratar abierta para la ejecución de las actividades especializadas del plan de trabajo aprobado en el proceso de impulsar el Ecosistema Digital en el Departamento xxx Xxxxx del Cauca a través de la Dirección General de Sanidad Militarejecución del proyecto Xxxxx del Cauca Vive Digital, garantizando la transparencia del proceso, y el cual contempla lo siguiente: Contratación de una empresa que provea la infraestructura para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM soporte de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas plataforma en las salas la nube y los servicios de espera terminales de urgenciasacceso y conexiones a internet del proyecto Xxxxx del Cauca Vive Digital 2013. La ERT como ejecutor del Convenio Especial de Cooperación No. 0286 de 2012 XXXXX DEL CAUCA VIVE DIGITAL celebrado entre FIDUBOGOTÁ S.A., consultas externasDepartamento xxx Xxxxx del Cauca y la Empresa de Recursos Tecnológicos E.S.P., cirugíastiene la necesidad de dar cumplimiento al alcance del OBJETO siguiente: aunar esfuerzos Técnicos. Administrativos y Financieros para impulsar el Ecosistema Digital en el Departamento xxx Xxxxx del Cauca a través de la ejecución del proyecto Xxxxx del Cauca Vive Digital, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física de los usuarios al momento de ser utilizado. En desarrollo a la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas de espera acorde a las necesidades de los usuario, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento proyecto “Xxxxx del Cauca vive digital, fortaleciendo la competitividad de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad. Para llevar a cabo el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos MiPyMES mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla: No. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar y en atención a la cuantía del proceso de selección, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% de la menor cuantía de la Armada Nacional.la

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Samples: Pliego De Condiciones Invitación Pública

DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx tiene como misión institucional brindar servicios de salud al personal de usuarios La ANH está ubicada en la avenida calle 26 N° 59 - 65, ocupando los pisos 2°, 3° y 4° del Edificio de la Dirección General Cámara Colombiana de Sanidad Militarla Infraestructura en la ciudad de Bogotá D.C.; en dichas instalaciones se desarrollan actividades orientadas al cumplimiento de las funciones propias de la ANH, como encargada de promover el aprovechamiento óptimo y sostenible de los recursos Hidrocarburíferos del País, administrándolos integralmente y armonizando los intereses de la sociedad, el Estado y las empresas del sector, cuyas actividades son específicamente destinadas al cumplimiento de esta misión. Según el Decreto 714 de 2012 del Ministerio de Minas y Energía en su artículo 13 menciona las funciones asignadas a la Vicepresidencia Administrativa y Financiera. En razón al cumplimiento de estas funciones la VAF debe disponer lo necesario para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM garantizar el adecuado y correcto funcionamiento de cuatro la Entidad, de forma tal que se puedan desarrollar las funciones que le señala la Ley en forma continua, brindando los medios y recursos necesarios para el oportuno cumplimiento y desarrollo de los procesos que lleva a cabo la Agencia Nacional de Hidrocarburos –ANH. Para el desarrollo de las funciones la entidad utiliza vehículos que tienen como finalidad permitir los traslados de los funcionarios y servidores a las diferentes reuniones, actividades y tareas que se ejecutan y programan en pro de desarrollo y administración del recurso hidrocarburifero y crecimiento económico del país. Actualmente, la ANH posee dentro de su parque automotor cinco (045) puestos plásticas ubicadas en las salas de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatalvehículos eléctricos marca BYD, los cuales actualmente se encuentran son utilizados en un alto grado la atención y prestación del servicio de deterioro general por su tiempo usotransporte a los funcionarios y servidores de la ANH, generando un riego en conformidad de atender las reuniones, diligencias, y demás actividades que aporten valor a la integridad física de los usuarios al momento de ser utilizado. En desarrollo a la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas de espera acorde a las necesidades de los usuario, que brinden durabilidad, comodidad misionalidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad funcionamiento de la entidad. Tabla No.1 Inventario Parque Automotor Eléctrico Actual ANH PLACA MARCA LÍNEA TIPO DE VEHICUL O PASAJE ROS COMBUS TIBLE MODELO KILOMET RAJE JQV-180 BYD HATCHB ACK AUTOMO VIL 5 Energía Eléctrica 2022 1177 XXX-000 XXX XXXXXX ACK AUTOMO VIL 5 Energía Eléctrica 2022 000 XXX-000 XXX XXXXXX ACK AUTOMO VIL 5 Energía Eléctrica 2022 000 XXX-000 XXX XXXXXX ACK AUTOMO VIL 5 Energía Eléctrica 2022 1035 XXX-000 XXX XXXXXX ACK AUTOMO VIL 5 Energía Eléctrica 2022 941 Para llevar el funcionamiento de los vehículos eléctricos se requiere el suministro de energía eléctrica para la recarga de sus baterías, de acuerdo con Motorysa uno de los representantes de BYD en Colombia, los vehículos eléctricos tienen dos tipos de recarga, una rápida, la cual se realiza a cabo través de estaciones de carga eléctrica vehicular pública, y otra de tipo nominal o residencial, la misma puede ser pública o privada (residencial e institucional). La diferencia fundamental entre carga rápida y carga nominal es que la primera se realiza en electrolineras donde hay equipos específicos con la potencia para este trabajo. La segunda, la nominal o doméstica suele estar instalada en estacionamientos o garajes y están diseñadas para un ciclo de carga de entre 6 y 8 horas. Este es el presente proceso tipo de contratación, fueron asignados recursos mediante carga que los carros eléctricos deben realizar de forma más regular; sus beneficios son mayor seguridad y sostenibilidad además de prolongar la orden administrativa Xxvida útil de la batería gracias a un flujo energético mucho más amigable para este componente[1]. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer La instalación se realiza a través de un wallbox o cargador de pared instalado a la necesidad red eléctrica del domicilio del propietario; su potencia de salida oscila entre los 3 y los 7,5 kW ofreciendo también protección de descarga y cargando completamente la batería en un 66%, período de 8 horas aproximadamente lo que corresponde a los bienes objeto se alinea con una noche de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla: Nodescanso[2]. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar y en atención cuanto a la cuantía infraestructura de suministro energía eléctrica a través de estaciones de carga eléctrica vehicular pública, el territorio Colombiano a la fecha tiene un desarrollo incipiente; encontrando que se tiene planeado incursionar por fases comenzando en las ciudades principales como son: Bogotá, Medellin, Cali, Barranquilla, Cartagena, Bucaramanga, Ibagué, Santa Xxxxx, Valledupar, Pereira, Xxxxx, Xxxxx, así como en las principales troncales del proceso País.[3] A nivel Bogotá D.C. y Cundinamarca se tienen implementadas pocas electrolineras al público, según cifras de selecciónElectromap[4], la modalidad existen cincuenta y uno (51); Sin embargo, para hacer uso de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido estas se debe tener en el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, y cuenta los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% de la menor cuantía de la Armada Nacional.siguientes aspectos:

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. La secretaria debe señalar la necesidad requerida para la suscripción del contrato de arrendamiento OBJETO: “INSERTAR OBJETO DEL CONTRATO, Se debe especificar y detallar claramente las condiciones técnicas que debe tener el bien inmueble requerido tales como: área, ubicación, distribución de áreas, entre otros. Obligaciones que tiene el arrendador con la entidad: El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx tiene como misión institucional brindar servicios arrendador debe garantizar que el inmueble se encuentra en buen estado de salud al personal funcionamiento, estructuras, muros, cerramientos y cubiertas en perfectas condiciones. El arrendador debe garantizar que el inmueble se encuentre x Xxx y Salvo y libre de usuarios de impuestos, gravámenes, embargos y demás que interfieren en la Dirección General de Sanidad Militar, y para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas en las salas de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física de los usuarios al momento de ser utilizadonormal prestación del servicio. En desarrollo caso de que el inmueble sufra daños o deterioro, el arrendador debe garantizar el normal cumplimiento de las obligaciones del contrato, proporcionando un inmueble con las mismas características. Dar aviso al Municipio en el evento de presentarse circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, adjuntando las pruebas que demuestren el hecho. Entregar copia del contrato entre el propietario del inmueble y la inmobiliaria. (SI APLICA) Entregar el inmueble con los servicios públicos, cuotas de administración e impuestos y demás cargos o pagos al día, (SI APLICA) Informar de aquellas situaciones que se presentan especiales o problemas en la ejecución del contrato. Nota: En la eventualidad que por una providencia judicial la Administración Municipal o alguna de las dependencias que allí funcionen se le obligue a tomar una decisión que no permita cumplir con la labor que presta continuidad del contrato de arrendamiento suscrito, no se pagara indemnización por parte del arrendatario y se dará por terminado el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas contrato, de mutuo acuerdo sin perjuicio para las salas de espera acorde a las necesidades de los usuario, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad. Para llevar a cabo el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla: No. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar y en atención a la cuantía del proceso de selección, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% de la menor cuantía de la Armada Nacionalpartes.

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx (*) (Numeral 1 Articulo 3 Decreto 2474 de 2008) La Corporación Autónoma Regional de La Guajira, -CORPOGUAJIRA- tiene como misión institucional brindar servicios competencia en materia de salud administración, conservación y control de los recursos naturales en el área de su jurisdicción y por lo tanto al personal manejo de usuarios las corrientes de uso público se le ha dado la importancia que se merece, para garantizar lo dispuesto en el Decreto 2811 de 1974, Decreto 1541 de 1978, Ley 99 de 1993, Ley 373 de 1997, Decreto 155 de 2004. A través del Decreto 4579 de Diciembre 07 de 2010, el Gobierno nacional declaró la situación de desastre nacional en el territorio colombiano, según informe presentado por el IDEAM de fecha 6 de diciembre de 2010, el Fenómeno de la Dirección General Niña 2010-2011 que alteró el clima nacional desde el comienzo de Sanidad Militarsu formación en el mes xx xxxxx de este año, ocasionando en los meses de julio y para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas noviembre las lluvias más intensas y abundantes nunca antes registradas en el país en las salas regiones Caribe, Andina y Pacifica. En el Decreto 4579 de espera de urgencias2010, consultas externasArtículo 3, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente parágrafo 1 se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física establece que dentro de los usuarios al momento lineamientos generales para el manejo de ser utilizadola situación de desastre, una de las diez líneas de acción comprende Obras de emergencias (reforzamiento de terraplenes, obras de control) y obras de prevención y mitigación en la zona. En desarrollo a reunión del comité Regional para la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas Atención y Prevención de espera acorde a las necesidades de los usuarioDesastres CREPAD, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia realizada en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad. Para llevar a cabo el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla: No. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar y en atención a la cuantía del proceso de selección, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 febrero de 2011, se manifestó que las actividades para la construcción de obras para el control de inundaciones, control de cauces y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 rectificación y manejo de 2015 cauces, control de escorrentía, control de erosión, obras de geotecnia, regulación de cauces y corrientes de aguas y demás normas complementarias obras para el manejo de suelos, aguas y concordantesvegetación, atendiendo se ejecutarán con base en la identificación y priorización realizada conjuntamente con el respectivo comité. En las cuencas hidrográficas del Departamento de La Guajira, se presentan desbordamientos periódicos de los xxxx, arroyos y quebradas, evidenciados en la alta rata de sedimentos, la pérdida de los cauces naturales y, por consiguiente la inundación de zonas aledañas a las márgenes de dichos xxxx, arroyos y quebradas, afectando con esto el desarrollo agrícola, vial y económico del Departamento. En varios tramos del río El Molino, jurisdicción del municipio de El Molino, se presentan serios problemas de erosión, pérdidas del cauce natural y alta sedimentación que afectan los predios aledaños y producen inundaciones en poblaciones y en varios sectores como es el caso de los sector La Quesera, Casa Brava 2, La Morada, Aguas abajo xxx xxxxxx de la carretera nacional y Aguas arriba de la presa El Rincón. CORPOGUAJIRA ha asumido el compromiso de proteger las márgenes y controlar las erosiones e inundaciones que se presentan en los cauces de los xxxx y arroyos, y emprender las acciones que sean necesarias para la defensa y adecuado manejo de las cuencas, por lo que formuló el proyecto para la “Construcción De Obras En Gavión En Muros Longitudinales Y Tipo Espigón Para Proteger Y Recuperar La Margen Izquierda, En Un Tramo Erosionado Del Río El Molino Sector La Quesera Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.380 M, E 1'126.864 M; Xxxxxx Xxxx Xxxxx 0 Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.102 M, E 1'127.263 M; La Morada Ubicado En Las Coordenadas N 1'669.615 M, E 1'128.245 M; Xxxxx Xxxxx Xxx Xxxxxx Xx La Carretera Nacional, Ubicado En Las Coordenadas N: 1'670.890 M E 1'125.446 ;Aguas Arriba De La Presa El Rincón, Ubicado En Las Coordenadas N: 1'669.121 M, E 1'128.644m; Municipio El Molino, Dpto. De La Guajira.” Para la ejecución de estos proyectos CORPOGUAJIRA suscribió con el MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL el Convenio de Uso de Recursos No. 83 de 2011. El cual fue adicionado en valor mediante Otro Si N° 01, el cual permite la ejecución de los recursos provenientes del Fondo Nacional de Calamidades, Subcuenta – Colombia Humanitaria, en el marco del fenómeno de La Niña 2010-2011. La necesidad la constituye, el deber legal que le asiste a CORPOGUAJIRA, en atender oportuna y eficazmente los diferentes requerimientos que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% desarrollo de la menor cuantía de la Armada Nacionalfunción pública requiere y en lo referente a su competencia.

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. De conformidad con el Artículo 15 del Acuerdo Distrital 637 de 2016 el cual modifica el artículo 52 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, que a su tenor literal nos indica “El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx Sector Gobierno tiene como la misión institucional brindar servicios de salud al personal velar por la gobernabilidad distrital y local, por la generación de usuarios espacios y procesos sostenibles de participación de los ciudadanos y ciudadanas y las organizaciones sociales, por la relación de la Dirección General administración distrital con las corporaciones públicas de Sanidad Militarelección popular en los niveles local, distrital, regional y para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas en las salas de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario nacional; vigilar y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física promover el cumplimiento de los usuarios derechos constitucionales, así como de las normas relativas al momento espacio público que rigen en el Distrito Capital” Es así que la Secretaría Distrital de ser utilizado. En desarrollo a Gobierno tiene por objeto “orientar y liderar la labor que presta formulación y seguimiento de las políticas encaminadas al fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas de espera acorde a las necesidades ámbito distrital y local, mediante la garantía de los usuarioderechos humanos y constitucionales, que brinden durabilidadla convivencia pacífica, comodidad el ejercicio de la ciudadanía, la promoción de la paz y confort durante la permanencia cultura democrática, el uso del espacio público, la promoción de la organización y de la participación ciudadana y la coordinación de las relaciones políticas de la Administración Distrital en los recintossus distintos niveles”. Que en el marco de la Ley 1757 del 2015, en vista su artículo 93, en el cual se estableció que las actuales el proceso de presupuesto participativo se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útilrealiza en fases, generando un alto costo razón por la cual, el Decreto 768 del 2019 determinó el desarrollo del proceso en dos (2) fases establecidas en el artículo 15 denominado “Fases del proceso para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica definición de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperaspresupuestos participativos”. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad. Para llevar a cabo el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla: No. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar y en atención a la cuantía del proceso de selección, la modalidad de contratación es de mínima cuantía Que de conformidad con el Decreto Distrital 768 de 2019 en su artículo 22 el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, definirá el porcentaje y las líneas de inversión local que serán utilizadas bajo el esquema de presupuestos participativos, cada localidad priorizará las líneas de inversión, los conceptos de gasto, el porcentaje de recursos por línea, de conformidad con los límites aprobados por el CONFIS. El resultado de la priorización dará paso a la creación del acuerdo participativo. Que el artículo 23 ibídem mencionó que lo establecido en las líneas de inversión, conceptos de gasto y los porcentajes de los presupuestos participativos en cada Localidad, serán registrados en un acta de acuerdos participativos. La Alcaldía Local incorporará lo estipulado en el artículo 2° acta de acuerdos participativos en las políticas y metas del Plan de Desarrollo Local durante el proceso de formulación y consolidación. Que en el acta de Acuerdos Participativos fase dos, en relación a la meta de “Capacitar 500 personas a través de procesos de formación para la participación de manera virtual y presencial” la propuesta radicada cómo TE031 denominada: Escuela de formación de líderes locales fue escogida con 109 votos por parte de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 ciudadanía de la Ley 1474 de 2011, y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% de la menor cuantía de la Armada NacionalTeusaquillo.

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx tiene como misión institucional brindar servicios La ley 388 de salud al personal 1997, x Xxx General de usuarios Ordenamiento Territorial en su Artículo 3, establece que una de las Funciones Públicas del Urbanismo es Propender por el mejoramiento de la Dirección calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación del patrimonio cultural y natural. Igualmente el Artículo 18 define el Programa de Ejecución con carácter obligatorio, las actuaciones sobre el territorio previstas en el Plan de Ordenamiento, que serán ejecutadas durante el período constitucional de la correspondiente administración municipal o distrital, de acuerdo con lo definido en el correspondiente Plan de Desarrollo, señalando las prioridades, la programación de actividades, las entidades responsables y los recursos respectivos, donde se determinarán los inmuebles y terrenos cuyo desarrollo o construcción se consideren prioritarios. Todo lo anterior, atendiendo las estrategias, parámetros y directrices señaladas en el Plan de Ordenamiento. La Ley 397 de 1997, por medio de la cual se establecieron las actuaciones, responsabilidades y mecanismos para la identificación, recuperación, restauración, protección y fomento del patrimonio cultural de la nación, dictó que son responsabilidad del Ministerio de Cultura, y localmente a través de las entidades territoriales son las encargadas de velar por la conservación de todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la tradición, las costumbres, y los hábitos; así como el conjunto de bienes materiales e inmateriales, muebles e inmuebles que posean un especial interés histórico, artístico, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico, antropológico y de las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular. En este sentido, la Ley General de Sanidad MilitarCultura (397 de 1997) estableció en su Artículo 4º, que el patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes y para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM valores culturales que son expresión de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas en la nacionalidad colombiana, tales como la tradición, las salas costumbres y los hábitos, así como el conjunto de espera de urgenciasbienes inmateriales y materiales, consultas externasmuebles e inmuebles, cirugíasque poseen un especial interés histórico, unidad de cuidados intensivosartístico, central de citasestético, pediatríaplástico, vacunaciónarquitectónico, laboratoriourbano, patologíaarqueológico, salud públicaambiental, rayos xecológico, farmacialingüístico, extrahospitalario sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico, antropológico y sala espera U.C.I. Neonatallas manifestaciones, los cuales actualmente se encuentran productos y las representaciones de la cultura popular. Posteriormente, la Ley 1185 de 2008, modificó la Ley General de Cultura en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física de los usuarios al momento de ser utilizado. En desarrollo a la labor que presta lo relacionado con el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas de espera acorde a las necesidades de los usuario, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintosPatrimonio Cultural, en vista que las actuales donde se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda estableció en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad. Para llevar a cabo xxxxxx (a.) del Articulo 1°, el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla: No. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar y en atención a la cuantía del proceso de selección, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido en cual modifica el artículo 2Artículo 4° de la Ley 1150 de 2007397, modificado por el artículo 94 que los Objetivos de la política estatal en relación con el patrimonio cultural de la Nación son: la salvaguardia, protección, recuperación, conservación, sostenibilidad y divulgación del mismo, con el propósito de que sirva de testimonio de la identidad cultural nacional, tanto en el presente como en el futuro. Y que la declaratoria de interés cultural podrá recaer sobre un bien material en particular, o sobre una determinada colección o conjunto caso en el cual la declaratoria contendrá las medidas pertinentes para conservar-los como una unidad indivisible. Se consideran como bienes de interés cultural de los ámbitos nacional, departamental, distrital, municipal, o de los territorios indígenas o de las comunidades negras de que trata la Ley 1474 70 de 20111993 y, en consecuencia, quedan sujetos al respectivo régimen de tales, los bienes materiales declarados como monumentos, áreas de conservación histórica, arqueológica o arquitectónica, conjuntos históricos, u otras denominaciones que, con anterioridad a la promulgación de la ley 1185, hayan sido objeto de tal declaratoria por las autoridades competentes, o hayan sido incorporados a los planes de ordenamiento territorial. Así mismo, se consideran como bienes de interés cultural del ámbito nacional los bienes del patrimonio arqueológico. el Xxxxxx (c) - Propiedad del Patrimonio Cultural de la Nación. Los bienes del patrimonio cultural de la Nación, así como los bienes de interés cultural pueden pertenecer, según el caso, a la Nación, a entidades públicas de cualquier orden o a personas naturales o jurídicas de derecho privado. Qué el Panóptico de Ibagué ha presentado la siguiente cronología de desarrollo: 1879: Se expide la Ley 6ª que dispone la construcción del Xxxxxxxxx x xx xxxxxxxxx xx xxx xxxxxxxx xxx xxxxxxxx. 0000: En cumplimiento a las Ordenanzas N°7 de 1888 y 13 de 1889, el Gobernador expide el Decreto 150 el cual decreta la construcción del Panóptico de Ibagué, definiendo espacialidades, características del terreno, y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 destinación de recursos económicos 1890: Por medio de la Escritura Pública N° 274 de la Notaría 1ª, el señor Xxxxxxx Xxxxxxx vende al Gobierno Departamental el terreno para la construcción del Decreto 1082 Panóptico. 1920: Por medio de 2015 escritura pública la Sociedad Urbanizadora xxx Xxxxxx Xxxxx vende al Departamento unos lotes adyacentes a las obras del panóptico para su ampliación. 1923: Por medio de la Ordenanza N° 1 se faculta al Gobernador para vender el Panóptico al Gobierno Nacional. 1931: El Gobernador Xxxxxx Xxxxxx y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo Xxxxxx presenta un informe donde establece que el presupuesto oficial edificio es inadecuado, insuficiente, insalubre y se presta para accidentes y atentados entre los reos, quienes tampoco disponen de luz natural y ventilación. 1996: El INPEC inicia trámites para obtener la titularidad del predio 1997: El Consejo de Monumentos Nacionales declara al Panóptico como Monumento Nacional (Resolución 019) 1998: Por medio de Resolución 0752 Mincultura declara al Panóptico como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional. 2001: El Gobernador Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx establece como prioridad la recuperación del Panóptico 2001: Se firma el Convenio 672 entre la Gobernación y el Ministerio de Cultura por valor de $4.500 Millones para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% de la menor cuantía de la Armada NacionalRestauración del Panóptico.

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx La Armada Nacional tiene como misión institucional brindar servicios de salud al personal de usuarios “Contribuir a la defensa de la Dirección General Nación a través del empleo efectivo de Sanidad Militarun poder naval flexible en los espacios marítimo, fluvial y para este fin cuenta terrestre bajo su responsabilidad, con sillas tipo TANDEM el propósito de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas cumplir la función constitucional y participar en las salas de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario el desarrollo del poder marítimo y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física protección de los usuarios al momento intereses de ser utilizadolos colombianos”, razón por la cual, el BATALLÓN DE COMANDO Y APOYO DE I.M. No. 4, como unidad administrativa tiene como misión satisfacer las necesidades de la Brigada de Infantería No. 4 y sus unidades adscritas tales como BRIM4, BIM40, BFIM41, BIM15, BFIM42 y EGUT. En desarrollo de la función citada con antelación, el BATALLÓN DE COMANDO Y APOYO DE El Batallón de Comando y Apoyo de I.M. No. 4, adelantó requerimiento a fin de satisfacer su necesidad, no obstante, atendiendo el presupuesto otorgado a la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas de espera acorde a las necesidades de los usuarioEntidad, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad. Para llevar a cabo el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), le fue autorizado recursos que le permitirán satisfacer la necesidad, ya que dichos bienes son de gran importancia para las labores diarias que desarrolla el departamento de mantenimiento y transportes de las Unidades, las cuales deben atender los requerimientos con fuerza propia, por tanto estas herramientas y equipos se hacen indispensables para el desarrollo de dicha labor, ya siempre existe la necesidad de contar con diferentes tipos de herramientas y equipos que puedan ser empleadas en los trabajos a desarrollar. Con el propósito de adquirir los bienes relacionados en el presente estudio fue autorizado mediante Orden Administrativa No. 001-COARC/2019, la suma SETENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($74.245.656), satisfaciendo la necesidad solo en un 6678.3%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla: . No. UNIDAD BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO PRESUPUESTO UNIDAD DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 661 BFIM42 PRODUCTOS METALICOS PAQUETES DE SOFWARE. Y 384.490,00 100% En virtud del objeto a contratar y en atención a la cuantía del proceso de selección, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES 2 EGUT PRODUCTOS METALICOS PAQUETES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10SOFWARE. Y 8.872.496,00 2.661.748,80 70% de la menor cuantía de la Armada Nacional.3 EGUT MAQUINARIA Y EQUIPO 1.950.500,00 100%

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx tiene como misión institucional brindar servicios La constitución política de salud al personal de usuarios de la Dirección General de Sanidad MilitarColombia, y para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas en las salas de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física de los usuarios al momento de ser utilizado. En desarrollo a la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas de espera acorde a las necesidades de los usuario, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad. Para llevar a cabo el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla: No. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar y en atención a la cuantía del proceso de selección, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido comunica en el artículo 2° que son fines esenciales del Estado: “Servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Ley 1150 de 2007Nación” A su vez, modificado por mediante el artículo 94 Artículo 311 establece que: Al municipio como entidad fundamental de la Ley 1474 división político-administrativa del Estado le corresponde prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de 2011su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes. Teniendo en cuenta lo anterior, la entidad adelanto la presentación del Decreto 1082 proyecto denominado “Construcción obras de 2015 y demás normas complementarias y concordantespavimentación de vías en la zona urbana del municipio de mariquita, atendiendo que Tolima” ante el presupuesto oficial Departamento Administrativo para la presente contratación Prosperidad Social, obteniendo como resultado la suscripción del convenio interadministrativo N°506 FIP de 2016 cuyo objeto según la CLÁUSULA PRIMERA del citado convenio consiste en Xxxxx esfuerzos técnicos, administrativos, financieros y sociales, con el fin de contribuir a la ejecución y sostenibilidad de obras de infraestructura social, entre el departamento administrativo para la prosperidad social – PROSPERIDAD SOCIAL – FIP y la ENTIDAD TERRITORIAL, con el propósito de aportar a la inclusión socioeconómica, la generación de ingresos, la superación de la pobreza y la consolidación de territorios. Por lo cual es primordial para el municipio de VEINTIOCHO san Xxxxxxxxx de mariquita, dar cumplimiento a las obligaciones dispuestas en el convenio antes mencionado, el cual según clausula tercera- Obligaciones de la entidad territorial: la entidad deberá constituir un esquema fiduciario de pagos para el manejo de los recursos financieros, valor que asciende a la suma de TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES DE SETENTA Y CINCO MIL SESENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($28.000.000378.075.066) incluido IVA MCTE. Permitiendo de esta manera, desarrollar lo estipulado en el plan de desarrollo 2016-2019 “Comprometidos con Mariquita – Ciudad Región” el cual contempla desde la Dimensión: INFRAESTRUCTURA, Sector: INFRAESTRUCTURA VIAL REGIONAL SOSTENIBLE, Programa: DESARROLLO URBANO, EQUITATIVO Y SOSTENIBLE CON CALIDAD, EQUIDAD PARA LA VIDA Y LA INTEGRACIÓN, Subprograma: DESARROLLO VIAL PARA LA COMPETITIVIDAD, el cual busca garantizar a la población mejores índices de movilidad logrando la construcción, adecuación y demás erogaciones que correspondanmantenimiento de vías urbanas y rurales, no excede recuperando las condiciones técnicas y de competitividad para el 10% desarrollo productivo y sostenible de los habitantes del municipio. En cumplimiento a lo anterior, la menor cuantía administración municipal pretende contratar la constitución de un encargo fiduciario para la Armada Nacionaladministración y pagos de los recursos correspondientes a los contratos derivados del convenio 506 FIP de 2016 celebrado entre el departamento administrativo para la prosperidad social – fondo de inversión para la paz - prosperidad social – FIP y el municipio de san Xxxxxxxxx de mariquita.

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx tiene como misión institucional brindar servicios de salud al personal de usuarios de la Dirección General de Sanidad Militar, y para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas en las salas de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física de los usuarios al momento de ser utilizado. En desarrollo a la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas de espera acorde a las necesidades de los usuario, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad. Para llevar a cabo Mediante el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos mediante atendiendo la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer inminente necesidad de asegurar el cumplimiento de las actividades objeto del contrato interadministrativo número 2433 de 2018 cuyo objeto es la necesidad en un 66%, que corresponde a “Prestación de servicios para aplicación de inmunobiológicos para los bienes objeto funcionarios y aprendices de la presente contratación relacionados Regional Cundinamarca xxx Xxxx” suscrito con la Dirección Regional Cundinamarca Xxx Xxxx, para dar cobertura al personal descrito en el contrato, de los Municipios xx Xxxxxxxx, Xxxx, Villeta, Xxxxxxxx, Soacha y Fusagasugá; dado lo anterior se hace necesario contratar la siguiente tabla: Nocompra de los biológicos de Toxoide Tetánico, Antigripal Inactivada, Hepatitis B y Fiebre Amarilla que cumplan con los requisitos nacionales de seguridad y calidad. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud Actualmente la E.S.E. Hospital Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, cuenta únicamente con los biológicos entregados por el ente territorial- Secretaria de Xxxxx xx Xxxxxx o Secretaria de Salud de Cundinamarca, los cuales tienen una destinación específica para la aplicación en menores y adultos objeto del objeto a contratar y en atención a la cuantía del proceso Programa Ampliado de selección, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo Inmunizaciones establecido en el artículo 2° esquema de Vacunación Nacional, por lo tanto no contando con biológicos diferentes y solicitados para población diferente a la establecida en el actual esquema nacional de vacunación, lo que claramente justifica que ante la venta de servicios y la consecuente celebración de nuevos contratos cuyo objeto se refiera a la aplicación de vacunas, debemos garantizar la adquisición de las mismas. Así las cosas y para dar cumplimiento al contrato en mención y para permitir cumplir con la aplicación a los funcionarios y aprendices de la Ley 1150 Regional Cundinamarca xxx Xxxx en los Municipios xx Xxxxxxxx, Xxxx, Villeta, Xxxxxxxx, Soacha y Fusagasugá; es necesario realizar la compra de 2007estos según la cantidad programada de personas – dosis. Se precisa que el no realizar la no compra de los biológicos, modificado conllevaría a que la E.S.E. Hospital Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx no cumpliera con las actividades contratadas y por el artículo 94 tanto que se generara un incumplimiento de las responsabilidades contractuales del convenio interadministrativo suscrito entre la E.S.E y la Regional Cundinamarca xxx Xxxx, generando sanciones e inhabilidades para futuros contratos, lo que no puede desde ningún punto de vista presentarse, máxime que las ESES pendemos de la Ley 1474 venta de 2011, servicios y al comprometernos en una relación contractual debemos adoptar las medidas y adelantar los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% de la menor cuantía de la Armada Nacionalprocesos necesarios tendientes a dar cumplimiento a las obligaciones contraídas.

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval Las Empresas Públicas Municipales xx Xxxxxxxxx tiene como misión institucional brindar servicios de salud al personal de usuarios de Xxxxxxxxxx – EMCANDELARIA E.S.P, es la Dirección General de Sanidad Militar, y para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas en las salas de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física prestadora natural de los usuarios al momento servicios públicos domiciliarios de ser utilizadoacueducto y alcantarillado en la zona rural del municipio xx Xxxxxxxxxx hace más de veinticinco (25). En desarrollo a el municipio xx Xxxxxxxxxx, se han presentado históricamente deficiencias en la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas prestación del servicio público de espera acorde a las necesidades Acueducto, la fuente de los usuario, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra abastecimiento tradicional ha sido subterránea y no se obtuvo ningún resultado ha contado con la capacidad hidráulica suficiente para abastecer con continuidad y calidad en relacionado al objeto la zona urbana y necesidad sus diferentes corregimientos. Aprovechando la cercanía con municipios como Pradera y Florida que cuentan con una excelente fuente superficial de agua, como lo son los xxxx bolo y fraile, y teniendo en cuenta las dificultades de la entidad. Para llevar población del Municipio xx Xxxxxxxxxx, se llevaron a cabo grandes inversiones por parte del gobierno nacional y departamental, para construir una línea de conducción que facilitara el presente suministro de agua desde Florida al corregimiento de Villagorgona y los demás a su paso, fue así como se construyó la primera fase del Acueducto Regional Florida-Pradera-Xxxxxxxxxx, línea que inicia en el municipio de Florida y que hoy permite hacer interconexión con las redes de distribución de los corregimientos de Villagorgona y la Xxxxxx. El Acueducto regional es operado por La Sociedad de Acueductos y Alcantarillados del Valle del Cauca, ACUAVALLE S.A. E.S.P., teniendo en cuenta la emergencia dada en el corregimiento de Villagorgona, en el momento de la construcción del mismo, se firmó un convenio temporal con esta entidad y en el marco del mismo se le entregó en operación las Redes de Distribución. Teniendo en cuenta que este convenio temporal ya cumplió su vigencia, es necesario, en el marco de la ley 142 de Servicio Públicos y del respeto por una libre competencia, hacer una convocatoria pública para entregar en operación las Redes de Distribución de estos corregimientos, mismas que en todo caso deben ser interconectadas con el Acueducto Regional Florida-Pradera-Xxxxxxxxxx. RÉGIMEN LEGAL DEL PROCESO El proceso de contrataciónselección se rige por las normas del derecho privado, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla: No. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar y en atención a lo dispuesto en la cuantía ley 142 de 1994, la Ley 689 de 2001; la selección del contratista se hará mediante un proceso de selecciónconcurrencia de oferentes, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido descrito en la resolución CRA 151 de 2001 y la resolución CRA 242 de 2003. Fundamentos Constitucionales en la prestación de los servicios públicos: La Constitucional Nacional reconoce la importancia de los servicios públicos y por tanto los vincula como inherentes a la finalidad del Estado Social de Derecho, de donde surge al mismo tiempo la obligación de asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional. Si bien la regulación de los servicios públicos se encuentra en los artículos 365 a 370 de la Constitución Nacional, también es cierto que la prestación de éstos no se ha confiado exclusivamente al propio Estado, sino que además lo pueden hacer los particulares, situación que nos lleva necesariamente a vincular el artículo 333 de la Carta Política que reza: “… ARTICULO 333. La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común. Para su ejercicio, nadie podrá exigir permisos previos ni requisitos, sin autorización de la ley. La libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidades. La empresa, como base del desarrollo, tiene una función social que implica obligaciones. El Estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial. El Estado, por mandato de la ley, impedirá que se obstruya o se restrinja la libertad económica y evitará o controlará cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición dominante en el artículo 2° mercado nacional. La ley delimitará el alcance de la Ley 1150 libertad económica cuando así lo exijan el interés social, el ambiente y el patrimonio cultural de 2007la Nación…”. De lo anterior se colige que también la libre competencia y la libertad de empresa, modificado serán principios que orientan la prestación de los servicios públicos domiciliarios; por lo tanto debe excluirse cualquier tipo de privilegios y discriminaciones en las actuaciones de las empresas que prestan los servicios públicos. Como puede extraerse de lo planteado en precedencia, es claro que el legislador dentro de su amplio espectro de configuración para regular los servicios públicos domiciliarios, ha señalado unas pautas que podemos precisar así. - Son inherentes a la función social del Estado. - Los servicios y sus prestadores se someten a un régimen legal especial, definido por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011legislador. - Pueden ser prestados por el Estado directa o indirectamente, por las comunidades organizadas o por los particulares. - La regulación, control y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 vigilancia está a cargo del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo Estado. - La prestación está condicionada a un régimen tarifario en el que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% de la menor cuantía de la Armada Nacional.además de

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. La Federación Colombiana de Municipios, es una persona jurídica sin ánimo de lucro, de naturaleza asociativa y de carácter gremial, que se rige por el derecho privado, organizada con base en la libertad de asociación prevista en el artículo 38 de la Constitución Política. Por disposición del artículo 10 de la ley 769 de 2002, “Código Nacional de Transito”, le fue asignada a la Federación Colombiana de Municipios, una función pública, consistente en implementar y mantener actualizado el sistema integrado de información sobre las multas y sanciones por infracciones de tránsito – Simit. Por la administración del sistema, el legislador le asigno a la Federación Colombiana de Municipios, el 10% de cada recaudo que se efectúe a nivel nacional por concepto de multas y sanciones por infracciones de tránsito y en razón a ello, se convierte en administrador de recursos públicos, cuya ejecución debe ajustarse al marco normativo vigente y las reglas del presupuesto público. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx tiene como misión institucional brindar servicios rol propio de salud al personal la función pública que cumple la Federación Colombiana de usuarios Municipios, a través de la Dirección Nacional Simit, cuyo fundamento constitucional se esgrime en el artículo 209 de la Carta Política, se encuentra sujeto a los principios de legalidad, eficiencia, economía, eficacia, equidad, imparcialidad, moralidad, transparencia y publicidad y está sometido a la constante vigilancia por parte de la Contraloría General de Sanidad Militarla República y los demás entes de control. El desarrollo de dicha función pública y la consecuente administración de recursos públicos, se encuentra sometido a las normas propias del derecho público en cuanto a los regímenes de actos unilaterales, la contratación, los controles y para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas en las salas de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatalla responsabilidad, los cuales actualmente se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física de los usuarios al momento de ser utilizado. En desarrollo a la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas de espera acorde a las necesidades de los usuario, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento son propios de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario entidades estatales, siendo aplicable entonces para la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad. Para llevar a cabo el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados procedimientos contemplados en la siguiente tabla: No. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar y en atención a la cuantía del proceso Ley 80 de selección1993, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de modificada por la Ley 1150 de 2007, modificado y el Decreto 1510 de 2013, por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública. Para el funcionamiento del Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito – Simit, la Federación Colombiana de Municipios, adelantó procesos de selección a través de la modalidad de licitación pública, y como resultado de los procesos suscribió cinco (5) contratos de concesión con las sociedades RECAUDOS MODERNOS S.A -REMO S.A, SEGURIDAD VIAL S.A – SEVIAL S.A., SERVICIOS VIRTUALES EN INFRACCIONES DE TRÁNSITO – SERVIT S.A.S; SIMIT OCCIDENTE S.A y LA UNIÓN TEMPORAL SIMIT DISTRITO CAPITAL. Que la Federación, dando cumplimiento a su deber de vigilar permanentemente la correcta ejecución de los contratos enunciados anteriormente, suscribió contrato con la firma VISIONARY TECHNOLOGIES GROUP con el fin de efectuar la interventoría técnica, administrativa y financiera a los contratos de concesión, contrato que actualmente se encuentra bajo la supervisión de la coordinadora de operación Simit, de conformidad con lo señalado en el numeral 4 del artículo 94 4 de la Ley 80 de 1993. Así mismo, el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% de la menor cuantía de la Armada Nacional.2011 establece:

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Samples: Contrato Asesproing Sas

DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx tiene como misión institucional brindar La Constitución Política de Colombia, en su artículo 49 modificado por el Acto Legislativo No. 02 de 2009, establece: “La atención en Salud y el Saneamiento Ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la Salud". Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de Salud a los habitantes y el saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También establecer las políticas para la prestación de servicios de salud al personal de usuarios por entidades privadas y ejercer su vigilancia y control. Así mismo establecer las competencias de la Dirección Nación, las entidades territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley. De conformidad con el artículo 43 de la Ley 715 de 2001, definió las competencias de los Departamentos en salud, para garantizar la gestión de la prestación de servicios de salud de mediana y alta complejidad para la población pobre y vulnerable de su jurisdicción y para ello debe privilegiar la contratación con IPS de la Red Pública del departamento que oferten los servicios requeridos o que realicen los respectivos convenios con operadores externos cumpliendo la normatividad vigente (Ley 1122 de 2007, articulo 20 y Ley 1438 de 2011). Según la información reportada por el área de aseguramiento de la Secretaría de Salud Departamental, cuya fuente de información es la Base de Datos Única de Afiliados BDUA publicada por el FOSYGA a 31 de Octubre de 2014, la cobertura del aseguramiento en salud en Risaralda es de 94,46 %, del cual el 52,24 % corresponde al régimen contributivo, 3% a regímenes especiales y 39,21% al régimen Subsidiado. El ente territorial departamental debe asumir los servicios de mediana y alta complejidad para la población pobre clasificada en los niveles 1 y 2 del SISBÉN mientras se afilia al Sistema General de Sanidad Militar, y para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas en las salas de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física de los usuarios al momento de ser utilizado. En desarrollo a la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas de espera acorde a las necesidades de los usuario, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad. Para llevar a cabo el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%Seguridad Social SGSSS, que corresponde a los bienes objeto 5,54% de la presente contratación relacionados población del Departamento, es decir, 52.480 habitantes, de acuerdo a la población proyectada para 2014 con base en el Censo DANE 2005. El Decreto 4747 de 2007, Articulo 5º. PARÁGRAFO 1°. Establece: El diseño, y organización de la red de prestación de servicios, incluyendo los servicios administrativos de contacto con el paciente, las entidades responsables del pago de los servicios de salud garantizarán los servicios de baja complejidad de manera permanente en el municipio de residencia de los afiliados, salvo cuando a juicio de estos sea más favorable recibirlos en un municipio diferente con mejor accesibilidad geográfica, siempre y cuando estas cumplan las condiciones del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud, establecido en el Decreto 1011 de 2006 y la Resolución 1043 de 2006 y las demás disposiciones que las modifiquen, adicionen o sustituyan”. Adicionalmente el departamento cuenta con el MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA LA POBLACION POBRE NO ASEGURADA DEL DEPARTAMENTO DE RISARALDA PARA LOS AÑOS 2014 y 2015, el cual se recoge los lineamientos establecidos en el artículo 3º. Literal d) del decreto 4747 de 2007, bajo los siguientes parámetros: “Modelo de atención. Comprende el enfoque aplicado en la siguiente tablaorganización de la prestación del servicio, la integralidad de las acciones, y la consiguiente orientación de las actividades de salud. De él se deriva la forma como se organizan los establecimientos y recursos para la atención de la salud desde la perspectiva del servicio a las personas, e incluye las funciones asistenciales y logísticas, como la puerta de entrada al sistema, su capacidad resolutiva, la responsabilidad sobre las personas que demandan servicios, así como el proceso de referencia y contra-referencia”. El objetivo fundamental que se persigue con el modelo de atención propuesto es “Favorecer el acceso efectivo a servicios integrales de salud de la población más pobre y vulnerable, y mejorar su estado de salud”. Dicho modelo de atención en salud fue adaptado y adoptado por las ESE Hospitales y por las Direcciones Locales de Salud, realizando los ajustes conforme a las competencias propias de las ESE y los municipios. Los prestadores públicos de servicios de salud – ESE Hospitales del departamento de Risaralda se han organizado en 3 regiones: NoOccidente, Centro y Oriente, con fundamento en el criterio de accesibilidad geográfica a los servicios de mediana complejidad. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar A la región Occidente pertenecen 9 ESE Hospitales de baja complejidad, las cuales ofertan servicios integrales ambulatorios, de urgencias, de apoyo diagnóstico y de internación en atención el primer nivel de complejidad a la cuantía del proceso población : 1. Apia- ESE Hospital San Xxxxxxx xx Xxxx, 2. Balboa- ESE Hospital Xxxxxx Xxx, 3. Xxxxx de selecciónUmbría- ESE Hospital San Xxxx, 4. Guática - ESE Hospital Santa Xxx, 5. La Xxxxx- ESE Hospital San Xxxx, 6. Mistrató- ESE Hospital San Xxxxxxx xx Xxxx, 7. Pueblo Rico- ESE Hospital San Xxxxxx, 8. Quinchía- ESE Hospital Nazareth, 9.Santuario- ESE Hospital San Xxxxxxx xx Xxxx. Su centro de referencia es la ESE Hospital San Xxxxx y San Xxxxx de la Virginia el cual oferta servicios de mediana complejidad conforme a su capacidad de oferta y servicios habilitados y reportados en el registro especial de prestadores de servicios de salud y los servicios de imagenología de primer nivel a las ESE Hospitales de los municipios de la región de occidente que no ofertan este servicio. A la región Centro pertenece la ESE Xxxxx Xxxxxxx, la modalidad cual oferta servicios integrales ambulatorios, de contratación urgencias, de apoyo diagnóstico y de internación en el primer nivel de complejidad a la población pobre y vulnerable xx Xxxxxxx. La ESE Hospital Universitario San Xxxxx, es el único centro de mínima cuantía referencia en la mediana complejidad para servicios ambulatorios y consulta médica especializada programada en medicina interna, cirugía general, ortopedia, ginecoobstetricia y pediatría, para la Región Centro (municipio xx Xxxxxxx) y Centro de Referencia de mediana y alta complejidad para los servicios de urgencias y hospitalización para toda la Red Pública Departamental. Adicionalmente en la Región Centro se encuentra ubicada la ESE Hospital Mental Universitario de Risaralda el cual es el centro de referencia para la mediana complejidad en Salud Mental para todo el Departamento. A la Región Oriente pertenecen La ESE San Xxxxxxx xx Xxxx de Santa Xxxx xx Xxxxx y la ESE San Xxxx xx Xxxxxxxx. Ofertan servicios integrales ambulatorios, de urgencias, de apoyo diagnóstico y de internación en el primer nivel de complejidad, especialmente a la población pobre y vulnerable de Santa Xxxx y Marsella respectivamente. Su centro de referencia es la ESE Hospital Santa Xxxxxx de Dosquebradas, la cual oferta servicios de mediana complejidad conforme a su capacidad de oferta y servicios habilitados y reportados en el registro especial de prestadores de servicios de salud, y los servicios de imagenología de primer nivel a la ESE Hospital San Xxxx xx Xxxxxxxx. La ESE HOSPITAL SAN XXXX XX XXXXXXXX es una Empresa Social del Estado que tiene por objeto la prestación de servicios de salud del primer nivel de atención, entendido como un servicio público a cargo del Estado y como parte integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud. Estos servicios incluyen Urgencias, Hospitalización, Consulta Médica y odontológica, actividades de detección temprana y protección específica; así como intervenciones colectivas enmarcadas en el desarrollo del Plan de Salud Pública. El Decreto 1876 de 1994, reglamenta la creación de las Empresas Sociales del estado, las cuales tienen por objeto la prestación de servicio de salud, entendidos como un servicio público a cargo del Estado y como parte integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud. De conformidad con lo establecido en el artículo 73 del Decreto Ley 1298 de 1994, las Empresas Sociales del Estado, para cumplir con su objeto deben orientarse por los siguientes principios básicos: • La eficacia, definida como la mejor utilización de los recursos, técnicos, materiales, humanos y financieros con el fin de mejorar las condiciones de salud de la Ley 1150 población atendida. • La calidad, relacionada con la atención efectiva, oportuna, personalizada, humanizada, continua, de 2007, modificado por el artículo 94 acuerdo con estándares aceptados sobre procedimientos científico-técnicos y administrativos y mediante la utilización de la Ley 1474 tecnología apropiada, de 2011acuerdo con los requerimientos de los servicios de salud que ofrecen y de las normas vigentes sobre la materia. La ESE SAN XXXX XX XXXXXXXX, y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 por su connotación de entidad habilitada pública con infraestructura, dotación, recursos humanos, capacidad financiera fue verificada al momento de su habilitación al igual que se realiza seguimiento trimestral en sus indicadores financieros del Decreto 1082 2193 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes2004 por parte de la Secretaria Departamental de Salud. Los servicios que contrate la ESE Hospital San Xxxx Xxxxxxxx, atendiendo deberán garantizar la integralidad de la atención, es decir que en lo posible la entidad prestará todas las tecnologías en salud que el presupuesto oficial para paciente requiera con la presente contratación es finalidad de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones obtener un tratamiento oportuno, teniendo en cuenta los servicios habilitados, salvo que correspondanen casos excepcionales se justifique que puede prestarse el servicio con una mayor oportunidad por parte de otro prestador de servicios de salud, no excede el 10% o que exista solicitud expresa del usuario de escoger otro prestador de la menor cuantía red definida por la entidad responsable del pago. Por lo anterior, la ESE Hospital San Xxxx Xxxxxxxx, debe garantizar además la interdependencia de servicios, definida como la Armada Nacionalexistencia o disponibilidad de servicios o productos, propios o contratados de apoyo asistencial o administrativo, necesarios para prestar en forma oportuna, segura e integral los servicios ofertados por un prestador.

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval Fondo Colombia en Paz fue creado como un patrimonio autónomo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, sin estructura administrativa propia, administrado por una o varias sociedades fiduciarias públicas. En la búsqueda de la terminación definitiva del conflicto armado y la consecución de una paz estable, el 24 de noviembre de 2016 se suscribió con el grupo armado Fuerzas Armadas Revolucionarios de Colombia, Ejército del Pueblo (FARC - EP), un nuevo Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. El preámbulo del Acuerdo Final señala como eje central de la paz impulsar la presencia y la acción eficaz del Estado en todo el territorio nacional, en especial en múltiples regiones doblegadas hoy por el abandono, por la carencia de una función pública eficaz y por los efectos del mismo conflicto armado interno. El Acuerdo Final desarrolla cinco ejes temáticos relacionados con i) una reforma rural integral; ii) participación política; iii) fin del conflicto; iv) solución integral al problema de las drogas ilícitas; y v) acuerdo sobre las víctimas del conflicto. Asimismo, incorpora un sexto punto atinente a la implementación, verificación y refrendación de dichos acuerdos. El punto 6.1 del Acuerdo Final xx Xxxxxxxxx Xxx establece que el Gobierno Nacional será el responsable de la correcta implementación de los acuerdos alcanzados en el proceso de conversaciones xx Xxx, para lo cual se compromete a garantizar su financiación a través de diferentes fuentes. Asimismo, menciona que la implementación y el desarrollo de los acuerdos será realizado en cumplimiento de la normatividad vigente en materia presupuestal, garantizando la sostenibilidad de las finanzas públicas. “Que el Documento CONPES 3867 de 2016 indica que el Fondo Colombia en Paz operará como un patrimonio autónomo con régimen privado y actuará como un fondo de fondos, articulando los demás fondos creados o que se creen con el propósito de financiar los usos e intervenciones dirigidas a consolidar la paz, y se nutrirá de diversas fuentes de recursos. Para tal fin, resulta necesario crear un instrumento que garantice la efectividad en la inversión de los recursos y su manejo eficiente”1. De conformidad con el Decreto 691 de 2017, el Fondo Colombia en Paz es el mecanismo creado para facilitar la administración eficiente de recursos destinados al Posconflicto, que provendrán de diversas fuentes, como el Presupuesto General de la Nación, aportes de las entidades territoriales, recursos del Sistema General de Regalías, recursos del Sistema General de Participaciones, recursos del Fondo Multidonante para la Paz y el 1 Decreto 691 de 2017 Posconflicto del Banco Mundial, recursos del Fondo Fiduciario de Colombia Sostenible del BID, recursos del Fondo y mecanismo del Sistema de las Naciones Unidas, recursos del Fondo para el Posconflicto de la Unión Europea y otros actores no gubernamentales, recursos de otros gestores o implementadores, donaciones de otros organismos internacionales, donaciones de otros Estados y cualquier otra fuente de financiación. En virtud del documento CONPES 3850 del 2015, se estableció que el Fondo Colombia en Paz - FCP servirá como eje articulador e instancia principal de coordinación de los esfuerzos de carácter institucional y financieros, que orientan las inversiones para la transición de Colombia hacia una paz sostenible y duradera, así como para el fortalecimiento de la capacidad estatal y democrática de los territorios más afectados por el conflicto. Como mandato del Acuerdo Final, es el componente de Justicia del Sistema Integral de Verdad Justicia y Reparación y No Repetición (SIVJRNR) el que tiene como misión institucional brindar servicios principales objetivos la satisfacción de salud al personal los derechos de usuarios las víctimas, la contribución a la verdad, la definición de la Dirección General situación jurídica de Sanidad Militar, y para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas en las salas de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física de los usuarios al momento de ser utilizado. En desarrollo a la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas de espera acorde a las necesidades de los usuario, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda quienes participaron en el sistema conflicto armado y la contribución al logro de Colombia Compra una paz estable y duradera. La JEP es autónoma técnica, financiera y administrativamente, por lo que su gobierno y gestión no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad están a cargo del Consejo Superior de la entidadJudicatura. Para efectos de llevar a cabo la “Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera” el presente proceso 04 xx xxxxx de contratación, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto 2017 el Congreso de la presente contratación relacionados República decretó el Acto Legislativo Número 01 “Por medio del cual se crea un título de disposiciones transitorias de la constitución para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera y se dictan otras disposiciones”, en dicho documento, en el capítulo 3 artículo 7° transitorio del Acto Legislativo Número 01 de 2017, determinó la siguiente tabla: Noconformación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) por la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, la Sala de Definición de las situaciones jurídicas, la Sala de Amnistía o Indulto; el Tribunal xx Xxx, la Unidad de Investigación y Acusación, y la Secretaría Ejecutiva, esta última se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos de la JEP. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto La Jurisdicción Especial para la Paz -JEP se encargará de administrar justicia por los delitos cometidos por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado; administrará justicia de forma autónoma, independiente y transitoria; promoverá el reconocimiento de responsabilidad mediante incentivos penales; impondrá sanciones con un fuerte componente restaurativo y otras medidas para resolver la situación jurídica de quienes acudan a contratar ella; y en atención buscará la mayor satisfacción de los derechos de las víctimas a la cuantía del proceso justicia y la verdad en sede judicial2. Se espera que la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP judicialice aproximadamente 10.000 integrantes de selecciónlas FARC, 7000 miembros de la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad Fuerza Pública y 4000 Civiles3, relacionados con lo establecido delitos cometidos en el artículo 2° contexto del conflicto armado; además se espera su inicial puesta en funcionamiento para el segundo semestre de 2017. Para lo anterior, el Comité de Escogencia del Sistema Integral de Verdad, Justicia y NO Repetición – SIVJNR, mediante acta de decisión de fecha 23 de septiembre de 2017, adelantó la Ley 1150 selección de 2007las personas que 2 xxxx://xxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/0000/00/00/xxxxxxxx/0000000000_000000.xxxx, modificado por el artículo 94 consultado en junio de la Ley 1474 de 2011, y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% de la menor cuantía de la Armada Nacional2017.

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Samples: Contrato De Transporte Contrato De Arrendamiento Operativo De Vehículos O Renting

DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx La Cámara de Representantes de la República de Colombia, constituye parte de la rama legislativa del Estado, siendo un organismo integrado por 188 curules en hogaño, llamados Honorables Representantes a la Cámara, con sede en la capital de la República de Colombia, quienes son elegidos por períodos de cuatro (4) años a través del derecho al voto que tiene como misión institucional brindar servicios el pueblo en ejercicio de salud al personal de usuarios la ciudadanía. La Entidad, a través de la Dirección General Administrativa de Sanidad Militarla Cámara de Representantes cumple con los propósitos de planear, organizar, dirigir y controlar los recursos humanos, administrativos, informáticos, físicos y financieros necesarios para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM el logro y cumplimiento de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas la misión institucional, garantizando su oportunidad, efectividad y legalidad, es por ello, que, se hace necesario suscribir un contrato para la intermediación en las salas la enajenación de espera bienes muebles obsoletos, inservibles y/o servibles de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad propiedad de cuidados intensivos, central la Cámara de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. NeonatalRepresentantes, los cuales actualmente han venido quedando en obsolescencia luego de la ejecución de los procesos de modernización a los que la Entidad se encuentran ha visto avocada para dar cumplimiento a las políticas de Gobierno Digital. En igual sentido, se cuenta con gran número de elementos de mobiliario inservibles u obsoletos, por ello, es necesario, adelantar un proceso que permita depurar los inventarios de la Entidad, y retornar al Tesoro Nacional el valor que sea obtenido con la enajenación de estos bienes. La Política contable de la Cámara de Representantes, adoptado mediante Resolución 888 del 30 xx xxxxx de 2023 en el numeral 7.3.4 señala las situaciones para dar de baja un alto grado elemento de deterioro general por su tiempo usola propiedad planta y equipo de la Cámara de Representantes, generando entre ellas tenemos: “b. no se espera recibir un riego potencial de servicio, c.) se encuentre obsoleto d). inservible” Dando aplicación a la integridad física política para el manejo de bienes establecida en el artículo 4 de la Resolución 980 de 2009 “por la cual se adoptan disposiciones para la baja de activos fijos y otros bienes de la Honorable Cámara de Representantes”, “…en ningún caso pueden permanecer en bodega elementos dañados, inservibles u obsoletos, su almacenamiento debe ser temporal y se hará de manera separada del inventario de los usuarios al momento bienes nuevos… En servicio deben permanecer los bienes que realmente se estén utilizando o sean susceptibles de reparación para seguir prestando servicio…Los bienes que, por daño, obsolescencia o desgaste, se retiren del servicio deben darse de baja en el menor tiempo posible con el fin de evitar acumulación de bienes inservibles en bodega”, ha determinado, que existen elementos que no pueden permanecer en las bodegas de la Entidad, y por ello, es necesario, dar de baja bienes muebles, obsoletos, inservibles o servibles que deberán ser utilizado. En desarrollo enajenados a título oneroso, sin embargo, la labor que presta Cámara de Representantes no cuenta con el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas personal suficiente ni con los procedimientos, ni tecnología para las salas de espera acorde a las necesidades gestionar la venta de los usuariobienes directamente; razón por la cual, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx contar con un intermediario comercial que permita satisfacer efectuar el procedimiento dando cumplimiento a los principios de eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. La mencionada Resolución, otorga al Comité de Bajas la necesidad básica facultad de ordenar la destinación de los usuarios al momento bienes dados de hacer uso baja (destrucción, donación, y enajenación, entre las cuales, “Enajenación directa por subasta pública o a través de promotores, banqueros de inversión, martillo, bolsa de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales o de otros commoditíes u otros profesionales idóneos”, razón por la cual, una vez se realizó el estudio xxx xxxxxxx y del sector, se determinó que la enajenación de los bienes se hará por la modalidad xx xxxxxxxx, la cual se encuentra autorizada para este tipo de ventas. Es importante destacar, que la Superintendencia Financiera de Colombia en las circulares 005 del 2019 y 2020 reguló la modalidad xx xxxxxxxx tanto en la plataforma electrónica como en la prestación del servicio. El Decreto 1082 de 2015 en su Sección 2 subsección 1, regula la enajenación de bienes del Estado por parte de las diferentes salas entidades estatales sometidas al Estatuto General de esperas. Lo anterior debido a que se realizó Contratación de la búsqueda Administración Pública, en desarrollo de lo previsto en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad. Para llevar a cabo el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla: No. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTEliteral e) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar y en atención a la cuantía numeral 2 del proceso de selección, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% de la menor cuantía de la Armada Nacional.

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx (*) (Numeral 1 Articulo 3 Decreto 2474 de 2008) La Corporación Autónoma Regional de La Guajira, -CORPOGUAJIRA- tiene como misión institucional brindar servicios competencia en materia de salud administración, conservación y control de los recursos naturales en el área de su jurisdicción y por lo tanto al personal manejo de usuarios las corrientes de uso público se le ha dado la importancia que se merece, para garantizar lo dispuesto en el Decreto 2811 de 1974, Decreto 1541 de 1978, Ley 99 de 1993, Ley 373 de 1997, Decreto 155 de 2004. A través del Decreto 4579 de Diciembre 07 de 2010, el Gobierno nacional declaró la situación de desastre nacional en el territorio colombiano, según informe presentado por el IDEAM de fecha 6 de diciembre de 2010, el Fenómeno de la Dirección General Niña 2010-2011 que alteró el clima nacional desde el comienzo de Sanidad Militarsu formación en el mes xx xxxxx de este año, ocasionando en los meses de julio y para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas noviembre las lluvias más intensas y abundantes nunca antes registradas en el país en las salas regiones Caribe, Andina y Pacifica. En el Decreto 4579 de espera de urgencias2010, consultas externasArtículo 3, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente parágrafo 1 se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física establece que dentro de los usuarios al momento lineamientos generales para el manejo de ser utilizadola situación de desastre, una de las diez líneas de acción comprende Obras de emergencias (reforzamiento de terraplenes, obras de control) y obras de prevención y mitigación en la zona. En desarrollo a reunión del comité Regional para la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas Atención y Prevención de espera acorde a las necesidades de los usuarioDesastres CREPAD, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia realizada en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad. Para llevar a cabo el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla: No. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar y en atención a la cuantía del proceso de selección, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 febrero de 2011, se manifestó que las actividades para la construcción de obras para el control de inundaciones, control de cauces y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 rectificación y manejo de 2015 cauces, control de escorrentía, control de erosión, obras de geotecnia, regulación de cauces y corrientes de aguas y demás normas complementarias obras para el manejo de suelos, aguas y concordantesvegetación, atendiendo se ejecutarán con base en la identificación y priorización realizada conjuntamente con el respectivo comité. En las cuencas hidrográficas del Departamento de La Guajira, se presentan desbordamientos periódicos de los xxxx, arroyos y quebradas, evidenciados en la alta rata de sedimentos, la pérdida de los cauces naturales y, por consiguiente la inundación de zonas aledañas a las márgenes de dichos xxxx, arroyos y quebradas, afectando con esto el desarrollo agrícola, vial y económico del Departamento. En varios tramos del río Xxxxxx, jurisdicción del municipio de Riohacha, se presentan serios problemas de erosión, pérdidas del cauce natural y alta sedimentación que afectan los predios aledaños y producen inundaciones en poblaciones y en varios sectores como es el caso de los sector Chavas - Anaime; los Mangos II - Anaime; Dos Caños - Choles; El Palo - Matitas; Caracoli - Matitas; Piyaya - Matitas; Cadillal II - Choles; Canal xxxxxx, Xxxxxx Viejo, Guaracaca, Xxxxxxxxxxxx, xxxx aledaña al Corregimiento Pelechua. CORPOGUAJIRA ha asumido el compromiso de proteger las márgenes y controlar las erosiones e inundaciones que se presentan en los cauces de los xxxx y arroyos, y emprender las acciones que sean necesarias para la defensa y adecuado manejo de las cuencas, por lo que formuló el proyecto para la “Construcción De Obras De Encauzamiento, Canalización Y Obras De Protección Longitudinal Y Tipo Espigón De Las Márgenes Derecha E Izquierda, Para Garantizar La Continuidad Del Flujo Y Evitar La Erosión E Inundación Puntual De Los Sectores: Chavas - Anaime; Los Mangos II - Anaime; Dos Caños - Choles; El Palo - Matitas; Caracoli - Matitas; Piyaya - Matitas; Cadillal II - Choles; Canal Xxxxxx, Xxxxxx Viejo, Guaracaca, Xxxxxxxxxxxx, Xxxx Aledaña Al Corregimiento Pelechua, Del Municipio De Riohacha, Departamento De La Guajira”. Para la ejecución de estos proyectos CORPOGUAJIRA suscribió con el MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL el Convenio de Uso de Recursos No. 83 de 2011, el cual permite la ejecución de los recursos provenientes del Fondo Nacional de Calamidades, Subcuenta – Colombia Humanitaria, en el marco del fenómeno de La Niña 2010-2011. La necesidad la constituye, el deber legal que le asiste a CORPOGUAJIRA, en atender oportuna y eficazmente los diferentes requerimientos que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% desarrollo de la menor cuantía de la Armada Nacionalfunción pública requiere y en lo referente a su competencia.

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx tiene como misión institucional brindar servicios La Federación Colombiana de salud al personal Municipios (FCM) es una persona jurídica sin ánimo de usuarios lucro, de naturaleza asociativa y de carácter gremial, que se rige por el derecho privado, organizada con base en la libertad de asociación prevista en el artículo 38 de la Dirección General Constitución Política; representa a los municipios, distritos y sus asociaciones1 en la formulación, concertación y evaluación de Sanidad Militarpolíticas públicas, con el objetivo de contribuir al fortalecimiento de la descentralización y autonomía local para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM lograr mejoras sustanciales en la calidad de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas en las salas de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física vida de los usuarios al momento Colombianos. Desde su visión promueve procesos de descentralización y apoya iniciativas que permitan a los municipios ser utilizadomás autónomos, competitivos, sostenibles, generadores de desarrollo humano, gobernables, democráticos y en paz. En desarrollo de su objeto misional, la Federación apoya a los municipios en la formulación de políticas públicas dentro de las cuales se encuentra la seguridad vial y por ello, ha suscrito contratos y convenios con Entidades públicas y privadas en pro de aunar esfuerzos orientados a la labor que presta seguridad vial en el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar territorio nacional. Así mismo, con la ejecución de la función pública de implementación y administración del Sistema Integrado de Información Sobre las sillas plásticas Multas y Sanciones por sillas metálicas para las salas de espera acorde Infracciones a las necesidades Normas de los usuarioTránsito, que brinden durabilidadle fue asignada a la Federación Colombiana de Municipios por disposición del artículo 10 de la Ley 769 de 2002, comodidad “Código Nacional de Tránsito Terrestre”; la Entidad cuenta con experiencia de más de 13 años en el registro, liquidación, recaudo y confort durante seguimiento a los comparendos de tránsito a través del sistema de concesión. Por su parte, la permanencia en los recintosPolicía Nacional es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo a cargo de vida útilla Nación, generando un alto costo para cuyo fin primordial es el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos condiciones necesarias para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que permita satisfacer los habitantes de Colombia convivan en paz2. Una de las áreas de la necesidad básica Policía Nacional es la Dirección de Tránsito y Transporte quién tiene una función misional y primordial consistente en 1 Pertenecen a la Federación Colombiana de Municipios en calidad de asociados los 1101 municipios colombianos y las cerca de 40 asociaciones de municipios existentes en el país. Esta membresía se da estatutariamente “por derecho propio”, es decir, dado que los municipios y sus asociaciones son beneficiados de forma general por las acciones de la FCM su pertenencia se asume también de forma general, plural y sin perjuicio de sus aportaciones económicas a la sostenibilidad del gremio. 2 Artículo 218 de la Constitución Política de Colombia. propender por la seguridad vial en las vías nacionales y ejercer control de las normas de tránsito para beneficio de los usuarios al momento de hacer uso la red vial nacional de Colombia. Es por ello, que tanto la Federación como la Policía Nacional están interesadas en promover alianzas estratégicas y otras formas de unión de esfuerzos y recursos para la solución de problemas comunes en materia de seguridad vial. En virtud de lo anterior, la Federación suscribió con la Policía Nacional el contrato interadministrativo No. 00-0-00000 del 10 xx xxxxx de 2004, donde la FCM prestó un servicio especializado para el registro, liquidación y recaudo de los comparendos impuestos en vía nacional, lo que le permitió a la Policía Nacional tener un control detallado de las diferentes salas órdenes de esperascomparendos. Lo anterior debido Dicho contrato finalizó, con unos logros significativos: 1. El importante incremento de los ingresos de la Policía Nacional, Dirección de Tránsito y Transporte (DITRA) producto de los controles establecidos, soportado por el sistema automatizado de recaudo nacional implementado por la FCM con bancos reconocidos en el sector financiero, 2. La gestión de recuperación de cartera que se ha realizado ante los organismos de tránsito, 3. El control de la órdenes de comparendos, liquidación y recaudo que le ha permitido a los usuarios realizar el pago de las multas por infracciones de tránsito en vías nacionales, impuestas por el personal operativo de la Policía Nacional, 4. El mejoramiento en la calidad del diligenciamiento de los comparendos con base en los controles establecidos y la capacitación, entre otros. En este orden de ideas, teniendo en cuenta el trabajo realizado por la Federación Colombiana de Municipios durante la ejecución del Contrato Interadministrativo referido, resulta fundamental para la Policía Nacional continuar recibiendo el apoyo de la Federación para el adecuado desarrollo de sus actividades, máxime considerando la injerencia que tiene en la vida económica y social del país, y su responsabilidad sobre la seguridad vial. Es así como, en atención a la citada experiencia e idoneidad por parte de la Federación, se suscribió el Convenio de Cooperación No. 01-9-100015-16, cuyo objeto es “La Federación Colombiana de Municipios y la Policía Nacional cooperarán en el ámbito de su competencia, con el fin de que la Institución policial pueda garantizar el efectivo ingreso de las sumas de dinero que le corresponden por concepto del recaudo de las Es importante resaltar que del comportamiento actual de la operación y de acuerdo a la información registrada en el Sistema Integrado de Información sobre las Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito - Simit, se cargan al sistema diariamente un promedio de 1.154 comparendos impuestos en vía Nacional, información promediada en el periodo comprendido entre el 1 xx xxxxx de 2004 al 31 xx xxxxxx de 2016; en el cuadro siguiente se puede evidenciar de manera gráfica el nivel de imposición de comparendos en vía nacional por día de la semana: LUNES 699.514 MARTES 615.157 MIERCOLES 639.523 JUEVES 653.054 VIERNES 700.137 SABADO 893.172 DOMINGO 962.570 TOTAL 5.163.127 DIAS 4.474 PROMEDIO DIARIO 1.154 De acuerdo con lo anterior, se muestra el escenario histórico de imposición de órdenes de comparendo en vía nacional, para efectos de contar con un referente en relación con el alcance de la operación del presente proceso de selección, sin perjuicio de que los interesados en participar realicen sus propios análisis. Así las cosas, en consideración a que la planta de personal con la que cuenta la Federación, resulta insuficiente para el cumplimiento de las actividades objeto del convenio suscrito con la Policía Nacional, tal como se realizó indica en la búsqueda certificación expedida por la Dirección Administrativa y Financiera de la Federación, y estando facultados contractualmente para hacerlo, se contratarán los servicios de una persona jurídica con amplia experiencia y conocimiento en registro y cargue de información, que cuente con la capacidad tecnológica, operativa, administrativa y financiera, para llevar a cabo las actividades orientadas especialmente a la instalación y puesta en marcha de puntos en las seccionales de la DITRA con su respectivo personal, para la recepción, sistematización, digitalización y digitación de órdenes de comparendo, impuestas por la DITRA en vías nacionales. De allí que la FCM con el propósito de otorgar las mejores condiciones de servicio a la DITRA, las cuales son necesarias y fundamentales para cumplir adecuadamente las actividades inherentes a la operación diaria que realiza, adelante el presente proceso donde se advierten los términos y condiciones para seleccionar al contratista idóneo. Además, de acuerdo con las obligaciones pactadas para la Federación, dentro del convenio de cooperación suscrito con la Policía Nacional; la FCM será quien ponga directamente al servicio del contrato, un sistema automatizado de recaudo nacional a través de Entidades financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera que garantice el recaudo de las multas por infracciones de tránsito a nivel nacional dentro y fuera de la jurisdicción donde se cometió la infracción y que permita actualizar de forma oportuna los pagos de los usuarios en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad información de la entidad. Para llevar a cabo multas por infracciones de tránsito, el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, cual también incluye el pago por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla: No. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar y en atención a la cuantía del proceso de selección, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% de la menor cuantía de la Armada Nacionalinternet.

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx tiene como misión institucional brindar servicios de salud al personal de usuarios Entre la Unidad Administrativa Especial de la Dirección General de Sanidad MilitarAeronáutica Civil, en adelante AEROCIVIL, y el Concesionario OPAIN S.A., en adelante OPAIN, se celebró el Contrato de Concesión No.6000169-OK del 12 de septiembre de 2006 para este fin cuenta la Administración, Operación, Explotación Comercial, Mantenimiento y Modernización y Expansión del Aeropuerto El Dorado Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx de la ciudad de Bogotá D.C. El citado Contrato de Concesión fue subrogado a la ANI, en cumplimiento de lo ordenado por el Artículo Segundo del Decreto Ley 4164 de 2011, proceso que inició con sillas tipo TANDEM la Resolución No.7072 de cuatro 18 de diciembre de 2013, y culminó con la firma por los representantes legales de la AEROCIVIL y la ANI del Acta de Entrega y Recibo a favor de la Agencia Nacional de Infraestructura –ANI del Contrato de Concesión el 27 de diciembre de 2013, momento a partir del cual la ANI asumió la gestión contractual y la calidad de Concedente del Contrato de Concesión No.6000169-OK de 2006 que corresponde al Aeropuerto Internacional El Dorado “Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx”. El Aeropuerto Internacional El Dorado “Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx” xx finalizar el año 2014, movilizó aproximadamente 29 millones de pasajeros, posicionándose nuevamente como el tercer aeropuerto de mayor actividad de transporte en Latinoamérica, luego de Guarulhos, Sao Paulo (04Brasil) puestos plásticas ubicadas y Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México1, reportando una tasa de crecimiento del 24.05% con respecto al año anterior, siendo así la más alta en los últimos 4 años. Dada la gran importancia del Aeropuerto Internacional El Dorado en Colombia y en el resto de la región, es necesaria la finalización de la Etapa de Modernización y Expansión prevista en el Contrato de Concesión No.6000169OK de 2006; y las salas demás obras que se realizan y deben coordinarse con la ejecución del citado contrato; toda vez, que actualmente se están adelantando diferentes actividades por parte de espera varios contratistas, como OPAIN S.A., la Compañía de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad Desarrollo Aeropuerto Eldorado (de cuidados intensivos, central ahora en adelante CODAD) y algunos contratos de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatalobra pública adjudicados por la Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil (AEROCIVIL), los cuales actualmente por sus actividades se encuentran entrelazados y podrían incidir en la ejecución del Contrato de Concesión No.6000169-OK de 2006. La complejidad de coordinar los múltiples actores y las actividades asociadas a cada componente, ha evidenciado la necesidad de organizar y coordinar a todos los actores públicos y privados que actualmente ejecutan o ejecutarán obras en el Aeropuerto El Dorado, y contar con alertas tempranas en el empalme, organización y coordinación de las Obras que se realizan paralelamente 1 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxx-xx-xxxx-xx-xxxxxxxxxx-xxx-xxxxxxxxxx-xxxxxxxx-xx- bogota-en-mayo-32376 en el Aeropuerto, y sin que esto interfiera o afecte las obligaciones, los esquemas de riesgos y responsabilidades de los Contratos de Concesión y de Obra que tienen incidencia directa en la ejecución del Contrato de Concesión No.6000169OK de 2006. Ahora bien, de lo anterior se puede inferir que al existir varias obras ejecutándose y por ejecutar en el Aeropuerto por diferentes contratistas, estos se deben coordinar para que el impacto en la operación del Aeropuerto Internacional El Dorado sea el mínimo. Frente a este análisis, debe tenerse en cuenta que el Contrato de Concesión No.6000169-OK de 2006 es el eje principal para la prestación del servicio de transporte aéreo en la ciudad de Bogotá, y que en él se articulan los diferentes usuarios de transporte aéreo. Así mismo, las obras que deben ejecutarse contractualmente por parte del Concesionario OPAIN comprenden no solamente obras en el terminal aéreo, sino también en el lado aire, área con que confluye con otros actores con obligaciones contractuales en el lado aire del Aeropuerto Internacional El Dorado. Es por esto que para la normal ejecución del Contrato de Concesión mencionado, se debe monitorear y coordinar las acciones que se desprenden de los demás contratos y que influyen o pueden influir en la ejecución del contrato de concesión. Si bien, este análisis en cada contrato en particular que confluye en el Aeropuerto, es asumido por el interventor de cada uno de los contratos involucrados en la ejecución del programa de adecuación de la infraestructura, no tienen la obligación de coordinar a los demás actores, ni establecer prioridades o generar alertas entre sí. Es por esto que las entidades encargadas de la supervisión de los contratos involucrados en la ejecución del programa de adecuación de la infraestructura han realizado un alto grado monitoreo permanente para que se tenga una debida coordinación frente a los actores y obras que se desarrollan de deterioro general forma simultánea, y es debido a esa coordinación que se ve la necesidad de contratar a un experto en temas aeroportuarios que apoye tal labor con un sistema o programa que garantice a las entidades una toma de decisiones que sea oportuna y que minimice el riesgo entre las actividades que desempeñan o desempeñarán los diferentes contratistas en el Aeropuerto Internacional El Dorado y que por su tiempo usonaturaleza y ubicación pueden incidir directamente en la ejecución del Contrato de Concesión No.6000169-OK de 2006. Teniendo en cuenta lo anterior, generando un riego se suscribió el Convenio Interadministrativo No. 496 del 29 de diciembre de 2014 entre el Ministerio de Transporte (MINISTERIO), la Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil (AEROCIVIL) y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), para “Aunar esfuerzos administrativos, técnicos y financieros con el fin de implementar estrategias que permitan la optimización y/o seguimiento de los programas y proyectos en ejecución por parte de la AEROCIVIL y la ANI a través de la coordinación entre estos actores respecto a la integridad física de los usuarios al momento de ser utilizado. adecuación, construcción, mantenimiento y demás obras integrales orientadas a fortalecer la operación del Aeropuerto Internacional El Dorado Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx.” En desarrollo a la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas de espera acorde a las necesidades de los usuario, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad virtud de la entidad. Para llevar a cabo Cláusula Quinta del Convenio Interadministrativo antes citado, el presente proceso Ministerio de contratación, fueron asignados recursos mediante Transporte aportó la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO suma de TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE L (28.000.000,00$350.000.000), recursos que le permitirán satisfacer los cuales ingresaron en la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto cuenta de ahorros No. 1881648966-7 de Bancolombia de la presente contratación relacionados ANI el día 5 de febrero de 2015. A su vez, en desarrollo del mencionado Convenio la siguiente tabla: No. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar y en atención a AEROCIVIL consignó la cuantía del proceso suma de selección, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE L ($28.000.000250.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% en la misma cuenta de ahorros de la menor cuantía ANI, el día 11 de febrero de 2015. Así las cosas, se requiere la implementación de una metodología de trabajo eficiente y rigurosa (Gerencia de Programas), con el fin de armonizar a todos los actores que puedan incidir en el Contrato de Concesión No.6000169-OK de 2006. Es crucial la implementación de metodología en programas donde exista una relación de varias actividades y que adicionalmente se ejecutan de manera simultánea, en un área común. La Gerencia de Programas brindará las herramientas para coordinar y organizar cada una las actividades de diferentes proyectos relacionados entre sí, el cual facilitará las labores de supervisión de las entidades públicas y entregará las herramientas necesarias para la toma de decisiones y promoverá la ejecución armónica de todas las actividades a nivel del programa. Esta metodología requiere inicialmente la creación de “Plan de Gerencia de Programa”, el cual será el documento que describirá en detalle la estructura del programa, los procedimientos, los métodos usados para monitorear y emitir las alertas correspondientes durante la ejecución del Programa. Este documento es dinámico y se actualiza periódicamente con el fin de reflejar los cambios en la organización, las lecciones aprendidas y los avances que ocurran a lo largo de todo el ciclo de ejecución del programa. Así las cosas, se requiere contar con un Plan Gerencia de Programa del Aeropuerto Internacional El Dorado “Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx” de Bogotá, elaborado por un consultor que en adelante se denominará Program Manager, quien tiene como objetivo organizar y coordinar a todos los actores públicos y privados que actualmente ejecutan o ejecutarán obras en el Aeropuerto El Dorado, y generar alertas tempranas en el empalme, organización y coordinación de las Obras que se realizan paralelamente en el lado aire del Aeropuerto y que inciden en la ejecución del Contrato de Concesión No.6000169-OK de 2006. El 31 de julio de 2014, la ANI y OPAIN S.A. firmaron un principio de Acuerdo Conciliatorio con obligaciones para ambas partes, con el fin de culminar la Etapa de Modernización y Expansión, la cual, según el Otrosí 7 del Contrato de Concesión No. 600169OK de 2006 debió finalizar el pasado 31 de julio de 2014. Sin embargo, a la fecha no se ha culminado la totalidad de la Armada Nacional.etapa, que presenta un porcentaje de avance determinado por la interventoría Técnica según oficio No. JFA – A&C -0031- 14 y radicado ANI No. 0000-000-000-000-0 del 3 xx xxxxx de 2015. El citado Principio de Acuerdo fue sustituido por un Acuerdo Conciliatorio suscrito entre la ANI y OPAIN y aprobado por el Tribunal Arbitral de Sociedad Concesionaria Operadora Aeroportuaria Internacional OPAIN S.A. contra la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, AEROCIVIL, mediante Auto de 22 xx xxxxx de 2015. Posteriormente el 5 xx xxxxx de 2015 se suscribió el Otrosí No. 12 al Contrato de Concesión No. 6000169OK de 2006 implementando el Acuerdo Conciliatorio avalado por el Tribuna del Arbitramento y en consecuencia se extendió la Etapa de Modernización y Expansión hasta el 31 de enero de 2017. Por lo anterior, y atendiendo lo plasmado en el citado Otrosí es preciso contar con una herramienta de control y monitoreo a nivel macro que permita generar las alertas necesarias a fin de que el Contratante adopte acciones para evitar que existan impactos negativos en la ejecución del Proyecto que se encuentra a cargo de OPAIN S.A. A continuación se enumeran las obras a cargo de OPAIN y aquellas que pueden llegar a afectar el normal desarrollo de las mismas: De manera preliminar es preciso mencionar las obras correspondientes a la Etapa de Modernización y Expansión del Aeropuerto Internacional El Dorado dentro del Contrato de Concesión No.6000169- OK de 2006, que a la fechan no han culminado, según oficio emitido por la interventoría Técnica No. JFA – A&C -0031-14 y radicado ANI No. 0000-000-000-000-0 del 3 xx xxxxx de 2015. A la fecha el Concesionario OPAIN S.A., ha ejecutado parcialmente las siguientes obras: Hito Actividad Porcentaje de avance 7 1. Áreas de seguridad (Runway End Safety Area) para la xxxxx xxxxx 00% 0X 0. Xxxxxxxxx xx xxxxxx xx xxxxxx xxxxx xxxxx fase 2 65% 8 3. Demolición antiguo aeropuerto 30%

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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx tiene como misión institucional brindar servicios La Federación Colombiana de salud al personal Municipios (FCM) es una persona jurídica sin ánimo de usuarios lucro, de naturaleza asociativa y de carácter gremial, que se rige por el derecho privado, organizada con base en la libertad de asociación prevista en el artículo 38 de la Dirección General Constitución Política; representa a los municipios, distritos y sus asociaciones1 en la formulación, concertación y evaluación de Sanidad Militarpolíticas públicas, con el objetivo de contribuir al fortalecimiento de la descentralización y autonomía local para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM lograr mejoras sustanciales en la calidad de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas en las salas de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física vida de los usuarios al momento Colombianos. Desde su visión promueve procesos de descentralización y apoya iniciativas que permitan a los municipios ser utilizadomás autónomos, competitivos, sostenibles, generadores de desarrollo humano, gobernables, democráticos y en paz. En desarrollo de su objeto misional, la Federación apoya a los municipios en la formulación de políticas públicas dentro de las cuales se encuentra la seguridad vial y por ello, ha suscrito contratos y convenios con Entidades públicas y privadas en pro de aunar esfuerzos orientados a la labor que presta seguridad vial en el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar territorio nacional. Así mismo, con la ejecución de la función pública de implementación y administración del Sistema Integrado de Información Sobre las sillas plásticas Multas y Sanciones por sillas metálicas para las salas de espera acorde Infracciones a las necesidades Normas de los usuarioTránsito, que brinden durabilidadle fue asignada a la Federación Colombiana de Municipios por disposición del artículo 10 de la Ley 769 de 2002, comodidad y confort durante “Código Nacional de Tránsito Terrestre”; la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron Entidad cuenta con su ciclo experiencia de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento más de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas. Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda 14 años en el registro, liquidación, recaudo y seguimiento a los comparendos de tránsito a través del sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidadconcesión. Para llevar a cabo el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla: No. BIEN/SERVICIO CANTIDAD NECESARIA CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO DIFERENCIA (FALTANTE) % SATISFACCIÓN NECESIDAD 01 SILLAS TANDEM 60 44 16 66% En virtud del objeto a contratar de lo anterior y en atención a la cuantía idoneidad y experiencia de la Federación Colombiana de Municipios, se suscribió con la Policía Nacional el Convenio de Cooperación No. 01-9-100015-16, cuyo objeto es “La Federación Colombiana de Municipios y la Policía Nacional cooperarán en el ámbito de su competencia, con el fin de que la Institución policial pueda garantizar el efectivo ingreso de las sumas de dinero que le corresponden por concepto del recaudo de las multas, producto de la imposición de órdenes de comparendos en 1 Pertenecen a la Federación Colombiana de Municipios en calidad de asociados los 1101 municipios colombianos y las cerca de 40 asociaciones de municipios existentes en el país. Esta membresía se da estatutariamente “por derecho propio”, es decir, dado que los municipios y sus asociaciones son beneficiados de forma general por las acciones de la FCM su pertenencia se asume también de forma general, plural y sin perjuicio de sus aportaciones económicas a la sostenibilidad del gremio. Así las cosas, en consideración a que la planta de personal con la que cuenta la Federación, resulta insuficiente para el cumplimiento de las actividades objeto del mencionado convenio, tal como se indica en la certificación expedida por la Dirección Administrativa y Financiera de la Federación, y estando facultados contractualmente para hacerlo, se contrataron los servicios de una persona jurídica con amplia experiencia y conocimiento en el registro y cargue de información, que cuenta con la capacidad tecnológica, operativa, administrativa y financiera, para llevar a cabo especialmente las actividades orientadas a la recepción, sistematización, digitalización y digitación de órdenes de comparendo, impuestas por la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional (DITRA) en vías nacionales, así como la instalación y puesta en marcha del equipo técnico y humano requerido en todas las seccionales DITRA en las que se genere imposición de multas en vías nacionales. De allí que la FCM con el propósito de otorgar las mejores condiciones de servicio a la DITRA, las cuales son necesarias y fundamentales para cumplir adecuadamente las actividades inherentes a la operación diaria que realiza, adelantó proceso de selecciónselección en donde se contrató a la Sociedad SEGURIDAD VIAL –SEVIAL S.A.- para prestar por sus propios medios, con plena autonomía técnica y administrativa, servicios técnicos y operativos respecto de multas impuestas en vías nacionales por personal adscrito a la modalidad Dirección de contratación es Tránsito y Transporte de mínima cuantía de conformidad con lo establecido la Policía Nacional en el artículo 2° marco del Convenio de Cooperación No. 01-9-10015-16 suscrito entre dicha Entidad y la Ley 1150 Federación Colombiana de 2007Municipios. En consecuencia, modificado por se han analizado las actividades que deben ser desarrolladas en virtud del contrato suscrito con la Sociedad SEGURIDAD VIAL –SEVIAL S.A., estableciendo que es necesario llevar a cabo el artículo 94 proceso de selección para contratar la correspondiente interventoría, de forma que se garantice su control y seguimiento. Cabe anotar que, en relación con la interventoría, la Ley 1474 de 20112011 en su artículo 83 señala lo siguiente: “Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, las Entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un interventor, según corresponda. Con base en lo expuesto, la interventoría que se requiere contratar supone el acompañamiento en la ejecución de todas las actividades y obligaciones contenidas en el contrato de prestación de servicios profesionales No. 45 de 2016 anteriormente citado, así como los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 documentos y demás normas complementarias anexos técnicos que hacen parte integral del mismo, tales como convenio de Cooperación No. 01-9-10015-16, Manual Operativo suscrito entre la DITRA y concordantesla Federación, atendiendo que estudios previos, invitación pública, entre otros, con el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% de la menor cuantía de la Armada Nacional.siguiente alcance:

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