Common use of Dictámenes periciales Clause in Contracts

Dictámenes periciales. Se decretaron y practicaron los siguientes dictámenes periciales - Dictamen pericial a cargo de un perito experto en asuntos financieros, económicos y contables, el cual fue decretado en atención a lo solicitado por la Parte Demandante. La parte demandada desistió de la práctica del cuestionario que había formulado respecto de este dictamen. El dictamen fue rendido por la xxxxxx xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, designada por el Tribunal27 y del mismo se corrió traslado a las Partes, término dentro del cual la parte demandada solicitó aclaraciones y complementaciones las cuales fueron rendidas en tiempo por la señora perito28. Para la contradicción del dictamen, la parte demandada allegó una experticia rendida por el señor Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx.29 El Tribunal, dando aplicación a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 1563 de 2012 decretó el interrogatorio de los señores peritos, diligencia que tuvo lugar el 16 de diciembre de 2015.30 - Dictamen pericial a cargo de un perito ingeniero civil decretado en atención a lo solicitado por la Parte Demandante, el cual fue rendido por el ingeniero Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, perito designado por el Tribunal31. De dicho dictamen se corrió traslado a las Partes, y dentro del término xx xxx, la parte demandada solicitó aclaraciones y complementaciones, las cuales fueron rendidas en tiempo por el señor perito32.

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Dictámenes periciales. Se decretaron 3.12.3.1 Dictamen Pericial Financiero y practicaron los siguientes dictámenes periciales - Dictamen pericial a cargo de un perito experto en asuntos financierosContable, económicos y contables, el cual fue decretado en atención a lo solicitado por la Parte Demandante. La parte demandada desistió de la práctica del cuestionario que había formulado respecto de este dictamen. El dictamen pericial fue rendido por la xxxxxx xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxperito Contadora XXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, designada por el Tribunal27 día treinta (30) de septiembre de dos mil nueve (2009) (folios 195 a 202 del Cuaderno de Pruebas No. 1), y del mismo cual se corrió traslado a las Partespartes mediante auto de fecha cinco (5) de octubre de dos mil nueve (2009), y dentro de este término dentro del cual el apoderado de la parte demandada solicitó convocante presentó un escrito mediante el cual objetaban los honorarios de la perito y se solicitaban aclaraciones y complementaciones las cuales fueron rendidas en tiempo por la señora perito28. Para la contradicción del dictamen, la parte demandada allegó una experticia rendida convocada guardó silencio dentro del traslado anterior y el Tribunal procedió a negar la objeción de los honorarios y decretó las aclaraciones y complementaciones solicitadas. El día nueve (9) de octubre de dos mil nueve (20009), el apoderado de la parte convocante, presentó un escrito solicitando se dé trámite a la objeción de los honorarios, por lo cual el señor Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx.29 El Tribunal, dando aplicación Tribunal procedió a lo dispuesto revocar el aparte del auto en el artículo 31 que negaba la objeción y corrió el traslado correspondiente, guardando silencio dentro del mismo el apoderado de la Ley 1563 parte convocada. La objeción a los honorarios fue negada mediante auto de 2012 decretó fecha veinticinco (25) de noviembre de dos mil nueve (2009). El día cinco (5) de noviembre de dos mil nueve (2009) (folios 203 a 307 del Cuaderno de Pruebas No. 1), se radicó el interrogatorio de los señores peritos, diligencia que tuvo lugar el 16 de diciembre de 2015.30 - Dictamen pericial a cargo de un perito ingeniero civil decretado en atención a lo solicitado por la Parte Demandante, escrito mediante el cual fue rendido por el ingeniero Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxse rendían las aclaraciones y complementaciones decretadas, perito designado por el Tribunal31. De dicho dictamen del mismo mediante auto de la misma fecha se corrió traslado a las Partes, y partes guardando estas silencio dentro del término de traslado. Encontrándose por fuera del término xx xxxxxx fue presentado un escrito de objeción por error grave con base en un escrito de nulidad, la parte demandada solicitó aclaraciones y complementaciones, las cuales fueron rendidas en tiempo el cual fue decidido por el señor perito32.Tribunal denegándose y no dándole trámite a la objeción presentada por extemporánea por los fundamentos expresados en el acta No. 9 de fecha veinticinco (25) de noviembre de dos mil nueve (2009) (folios 201 a 214 del Cuaderno Principal)

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Dictámenes periciales. Se decretaron practicaron tres dictámenes periciales, así: En el expediente obra el dictamen pericial técnico, financiero y practicaron los siguientes dictámenes periciales - Dictamen pericial a cargo de un perito experto en asuntos financieros, económicos y contables, el cual fue decretado en atención a lo solicitado contable rendido por la Parte Demandantefirma ÍNTEGRA AUDITORES CONSULTORES S.A., así como la respuesta a las aclaraciones y complementaciones decretadas por el Tribunal. La parte demandada desistió de la práctica del cuestionario que había formulado respecto de Convocada presentó escrito formulando objeción por error grave contra este dictamen. El dictamen fue rendido por la xxxxxx xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, designada por el Tribunal27 y del mismo cual se corrió traslado a las Partes, término dentro del cual la parte demandada solicitó Convocante, quien se pronunció. En el expediente obra el dictamen pericial técnico rendido por XXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXXX, así como la respuesta a las aclaraciones y complementaciones las cuales fueron rendidas en tiempo decretadas por el Tribunal. En el expediente obra experticio económico y financiero elaborado por la señora perito28profesional XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX, aportado con la reforma de la demanda así como la respuesta a las aclaraciones y complementaciones decretadas por el Tribunal y acta de la audiencia de 8 de octubre de 2014, en la cual se llevó a cabo interrogatorio a la perito sobre su experiencia e idoneidad, la metodología de elaboración del dictamen y las conclusiones obtenidas. Para la contradicción del La parte Convocada presentó escrito formulando objeción por error grave contra este dictamen, la parte demandada allegó una experticia rendida por el señor Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx.29 El Tribunal, dando aplicación a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 1563 de 2012 decretó el interrogatorio de los señores peritos, diligencia que tuvo lugar el 16 de diciembre de 2015.30 - Dictamen pericial a cargo de un perito ingeniero civil decretado en atención a lo solicitado por la Parte Demandante, el del cual fue rendido por el ingeniero Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, perito designado por el Tribunal31. De dicho dictamen se corrió traslado a las Partes, y dentro del término xx xxx, la parte demandada solicitó aclaraciones y complementacionesConvocante, las cuales fueron rendidas en tiempo por el señor perito32quien se pronunció.

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Dictámenes periciales. Se decretaron practicó un dictamen contable rendido por el perito Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, quien fue designado por el Tribunal. Del citado dictamen se corrió traslado de conformidad con lo previsto en el artículo 238 del C. de P. C. Estando dentro del término del traslado, las partes solicitaron aclaraciones y practicaron los siguientes dictámenes periciales - Dictamen pericial a cargo complementaciones al mismo, las cuales fueron respondidas por el perito designado.24 El PAR formuló objeción parcial por error grave contra el dictamen pericial, y solicitó la práctica de un perito experto nuevo dictamen pericial para demostrar el fundamento de la impugnación. Dicha objeción fue coadyuvada por COLTEL. Estando dentro del término del traslado de la objeción, TELEDIFUSION presentó un escrito en asuntos financieros, económicos y contables, el cual que se pronunció respecto de dicha objeción. El nuevo dictamen pericial fue decretado en atención por el Tribunal mediante Auto No. 23 de fecha 30 xx xxxx de 201125 y para el efecto se designó a lo solicitado por la Parte Demandante. La parte demandada desistió de la práctica del cuestionario que había formulado respecto de este dictamen. El dictamen fue rendido por la xxxxxx xxxxxx señora Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, designada por el Tribunal27 y del mismo se corrió traslado a las Partes, término dentro del cual la parte demandada solicitó aclaraciones y complementaciones las cuales fueron rendidas en tiempo por la señora perito28. Para la contradicción del dictamen, la parte demandada allegó una quien rindió su experticia rendida por el señor Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx.29 El Tribunal, dando aplicación a lo dispuesto en el artículo 31 respecto de la Ley 1563 de 2012 decretó el interrogatorio de los señores peritos, diligencia que tuvo lugar el 16 de diciembre de 2015.30 - Dictamen pericial a cargo de un perito ingeniero civil decretado en atención a lo solicitado por la Parte Demandante, el cual fue rendido por el ingeniero Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, perito designado por el Tribunal31. De dicho dictamen se corrió traslado a las Partes, y dentro del término xx xxx, la parte demandada TELEDIFUSION solicitó aclaraciones y complementaciones, las cuales fueron rendidas en tiempo por el señor perito32.la xxxxxx xxxxxx.26

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