Documentos para el Pago de Indemnización Cláusulas de Ejemplo

Documentos para el Pago de Indemnización. Para el pago de la indemnización, es necesario que se presente a la Compañía los siguientes documentos:
Documentos para el Pago de Indemnización. Para el pago de la indemnización, es necesario que se presente a la Compañía los siguientes documentos: Las pruebas que el reclamante deberá presentar para la reclamación del siniestro son las siguientes:
Documentos para el Pago de Indemnización. Para el pago de la indemnización, es necesario que se presente a la Compañía los siguientes documentos: Las pruebas que el reclamante deberá presentar para la reclamación del siniestro son las siguientes: • Formato de reclamación. • Identificación oficial vigente con fotografía y firma del Asegurado (Credencial de Elector, Pasaporte, Cédula Profesional o Cartilla de Servicio Militar). • Acta de defunción del Asegurado en original o copia certificada. • Copia Fotostática de la identificación oficial de cada uno de los Beneficiarios. • Consentimiento/Certificado, en caso de contar con él. • En caso de no existir designación de Beneficiarios, presentar Juicio Sucesorio con cargo y aceptación de albacea. La Compañía se reserva el derecho a solicitar algún documento adicional o información sobre los hechos relacionados con el siniestro, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro. En caso de no cumplirse estos requisitos, la Compañía quedará liberada de cualquier obligación derivada de la correspondiente reclamación. Una vez que se cuenta con la información antes mencionada, es necesario hacerla llegar a: Edificio Capital Reforma, Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx. 000, Xxxxx Xxxx, Piso 7, Col. Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, en la Ciudad de México. Para cualquier duda o aclaración favor de comunicarse al siguiente teléfono 000 000 0000 La Aseguradora pagará la indemnización correspondiente a esta Póliza en una sola exhibición, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que reciba todas las pruebas requeridas para fundamentar la reclamación.
Documentos para el Pago de Indemnización. Para el pago de la indemnización, es necesario que se presente a la Compañía los siguientes documentos: • Original o copia certificada del acta de defunción del Asegurado. • Copia del acta de nacimiento del Asegurado afectado. • Copia de identificación oficial vigente con fotografía y firma del Asegurado (credencial de elector, cédula profesional o pasaporte). La Compañía se reserva el derecho a solicitar algún documento adicional o información sobre los hechos relacionados con el siniestro, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro. En caso de no cumplirse estos requisitos la Compañía quedará liberada de cualquier obligación derivada de la correspondiente reclamación. Una vez que se cuenta con la información antes mencionada, es necesario hacerla llegar a: Edificio Capital Reforma, Av. Paseo de la Reforma No. 250, Xxxxx Xxxx, Piso 7, Col. Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México. Para cualquier duda o aclaración favor de comunicarse al siguiente teléfono 000 000 0000.
Documentos para el Pago de Indemnización. Para el pago de la indemnización, es necesario que se presente a la Aseguradora los siguientes documentos:
Documentos para el Pago de Indemnización. Para el pago de la indemnización, es necesario que se presente a la Compañía los siguientes documentos: Los requisitos señalados a continuación son los mínimos necesarios para cada cobertura y la Compañía se reserva la solicitud de cualquier documentación o elemento de prueba que ayude a sustentar los hechos que originan la reclamación.
Documentos para el Pago de Indemnización. Para el pago de la indemnización, es necesario que se presente a la Compañía los siguientes documentos: • Formato o Solicitud de reclamación. • Acta de defunción digitalizada. • Copia de identificación oficial vigente del Asegurado, en caso de que la tuviesen. • Actas oficiales de nacimiento de los Beneficiario y acta de matrimonio digitalizada (esta última en caso de que el Beneficiario sea el cónyuge). • Certificado/consentimiento original con designación de Beneficiarios, si la tuviesen. • Actuaciones del ministerio público. • Copia de identificación oficial vigente del(los) Beneficiario(s). • Estado de cuenta bancario del Beneficiario con una antigüedad máxima de 3 (tres) meses. • Formato o Solicitud de reclamación. • Dictamen de invalidez médica. • Copia de identificación oficial vigente del Asegurado. • Estado de cuenta bancario del Asegurado con una antigüedad máxima de 3 (tres) meses. • Formato o Solicitud de reclamación. • Historia clínica completa, amplia y detallada que indique: Antecedentes Personales, Antecedentes Patológicos, Evolución de Padecimiento, Estado Actual. • Copia de identificación oficial vigente del Asegurado. • Estado de cuenta bancario del Asegurado con una antigüedad máxima de 3 (tres) meses. • Formato o Solicitud de reclamación. • Informe médico. • Facturas y/o comprobantes de los gastos, solo en el caso de la cobertura de Reembolso de Gastos Médicos por Accidente. • Copia de identificación oficial vigente del Asegurado. • Estado de cuenta bancario del Asegurado con una antigüedad máxima de 3 (tres) meses. • Formado o Solicitud de reclamación. • Acta de defunción digitalizada. • Identificación oficial vigente del Asegurado, si la tuviesen. • Identificación oficial del Beneficiario • Estado de cuenta bancario del Beneficiario con una antigüedad máxima de 3 (tres) meses. • Formado o Solicitud de reclamación. • Informe médico. • Estudio médico que comprueba el diagnóstico. • Copia de identificación oficial vigente del Asegurado. • Estado de cuenta bancario con una antigüedad máxima de 3 (tres) meses. • Formado o Solicitud de reclamación. • Informe médico. • Estudio médico que comprueba el diagnóstico. • Copia de identificación oficial vigente del Asegurado. • Estado de cuenta bancario con una antigüedad máxima de 3 (tres) meses. • Formado o Solicitud de reclamación. • Informe médico. • Constancia de hospitalización. • Copia de identificación oficial vigente del Asegurado. • Estado de cuenta bancario con una antigüedad máxima de ...
Documentos para el Pago de Indemnización. Para la Cobertura de Vida: Para la Cobertura de Desempleo Involuntario: Para la Cobertura de Invalidez Total y Temporal: Para el beneficio adicional xx xxxx de ayuda en caso de matrimonio y bono de ayuda en caso de nacimiento de un hijo: Xxxx xx Xxxxx en Caso de Matrimonio:

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,34 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS La entidad contratante podrá solicitar los documentos que estime pertinentes conforme al objeto de contratación misma que serán considerados como requisitos mínimos.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO El concesionario tendrá los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.