DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Se considerará domicilio electrónico del OFERENTE, la dirección de correo electrónico declarada por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad (RIUPP), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Asimismo, se considerará como domicilio constituido el domicilio legal que hubiera declarado el OFERENTE en el RIUPP de la Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, (artículo 6° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales). Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el constituido en la oferta. Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. Toda comunicación entre el Organismo Contratante y los oferentes, en el transcurso del procedimiento de selección, se efectuará a través de la plataforma Buenos Aires Compras (BAC). Durante la ejecución del contrato, toda comunicación se realizara a través de correo electrónico a la cuenta declarada por el adjudicatario ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) reglamentada por Decreto N° 168/19 y su modificatorio Decreto N° 207/19, se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y simultáneo envío de mensajería mediante BAC. Las notificaciones se darán por cumplidas a través del correo electrónico enviado por la Dirección General de Dependencias y Atención Primaria de la Secretaria de Integración Social para Personas Mayores del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano de la Ciudad de Buenos Aires, y el que la empresa declare en la oferta o informe al inicio del contrato. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA, respecto de las notificaciones Judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 77/PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).
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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Se considerará domicilio electrónico del OFERENTE, la dirección de correo electrónico declarada por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad (RIUPP), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Asimismo, se considerará como domicilio constituido el domicilio legal que hubiera declarado el OFERENTE en el RIUPP de la Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y FinanzasHacienda, (artículo 6° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales). Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el constituido en la oferta. Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. Toda comunicación entre el Organismo Contratante organismo contratante y los oferentesoferentes o proveedores, ya sea en el transcurso del procedimiento de selecciónselección o durante la ejecución del contrato, se efectuará a través de la plataforma Buenos Aires Compras (BAC). Durante la ejecución del contrato, toda comunicación se realizara a través de correo electrónico a la cuenta declarada por el adjudicatario ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N° 2.095 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) reglamentada por 5.666), el Decreto Reglamentario N° 168/19 y su modificatorio Decreto N° 207/19326/17, se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y simultáneo envío de mensajería mediante BAC. Las notificaciones se darán por cumplidas a través Para cuestiones relativas al cumplimiento del correo electrónico enviado por presente el G.C.A.B.A. constituye domicilio en las oficinas de la Dirección General de Dependencias Compras y Atención Primaria de la Secretaria de Integración Social para Personas Mayores Contrataciones del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano de la Ciudad de Buenos Aires, y el que la empresa declare Hacienda sito en la oferta o informe al inicio del contratoXxxx. Xxxxxxxxx X° 000 Xxxx 0° - XXXX. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA, respecto de las notificaciones Judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 77/PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).
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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Se considerará domicilio electrónico del OFERENTELos avisos, la dirección citaciones, notificaciones, intimaciones, así como cualquier tipo de correo electrónico declarada comunicación que efectúe el Ministerio, serán realizados al Domicilio Electrónico establecido por el proveedor en oportunidad Registro de inscribirse Proveedores y Licitadores de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público artículo 12 de la Ciudad Ley Nº 13981, el Decreto Nº 59/19 y las Resoluciones Nº 713/16 y N° 76/19 de Contaduría General de la Provincia. La oferta formulada en los términos del artículo 17 Apartado 4 del Anexo I del Decreto N° 59/19, reglamentario de la Ley Nº 13.981, tendrá vigencia por Treinta (RIUPP), 30) días hábiles. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Asimismomantenimiento de oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento del plazo, se considerará como domicilio constituido tácitamente prorrogada por un lapso igual al inicial Quienes hubieren descargado el domicilio legal que hubiera declarado el OFERENTE presente Pliego del Portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, podrán formular las ofertas correspondientes. Su presentación se hará a través de los Formularios Electrónicos disponibles en PBAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en el RIUPP Pliego de la Dirección General Condiciones Generales - Anexo II -, Condiciones Particulares - Anexo III- y Especificaciones Técnicas –Anexo IV-, adjuntando en Soporte Electrónico todos y cada uno de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, (artículo 6° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales). Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el constituido en la oferta. Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones los documentos que en ellos se cumplansolicitan. Los documentos deberán ingresarse en el sistema PBAC en formato PDF, mientras no medie notificación fehaciente pudiendo superar cada uno los 20 MB. El plazo para su presentación será desde la fecha de publicación del proceso licitatorio en el Portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, y en el Boletín Oficial xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/, hasta la fecha y hora fijada para la apertura de ofertas. La documentación que se acompañe y que sea requerida en los pliegos, toda vez que sea emitida por una autoridad extraña a la jurisdicción de la Provincia, deberá presentarse debidamente legalizada. La misma deberá encontrarse redactada en idioma castellano o en su cambiodefecto se deberá acompañar la traducción realizada por un traductor oficial matriculado, conforme lo establecido en el art. Todo cambio 37 del Decreto Nº 7647/70. A fin de domicilio Garantizar la Validez de la oferta cargada Electrónicamente, deberá ser fijado en Confirmada por el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. Toda comunicación entre el Organismo Contratante y los oferentes, en el transcurso del procedimiento de selección, se efectuará oferente únicamente a través de la plataforma Buenos Aires Compras un Usuario habilitado para ello. (BAC)Art. Durante la ejecución del contrato, toda comunicación se realizara a través de correo electrónico a la cuenta declarada por el adjudicatario ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) reglamentada por Decreto N° 168/19 y su modificatorio Decreto N° 207/19, se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y simultáneo envío de mensajería mediante BAC. Las notificaciones se darán por cumplidas a través del correo electrónico enviado por la Dirección General de Dependencias y Atención Primaria de la Secretaria de Integración Social para Personas Mayores 3 Resolución Conjunta Nº 20/17 del Ministerio de Hábitat Jefatura de Gabinete de Ministros - modificada por RESOC-2020-2-GDEBA-CGP - y Desarrollo Humano Nº 92/17 del Contador General de la Ciudad Provincia de Buenos Aires, y el que la empresa declare en la oferta o informe al inicio del contrato. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA, respecto de las notificaciones Judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 77/PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).
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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Se considerará domicilio electrónico del OFERENTELos avisos, la dirección citaciones, notificaciones, intimaciones, así como cualquier tipo de correo electrónico declarada comunicación que efectúe el Ministerio, serán realizados al Domicilio Electrónico establecido por el proveedor en oportunidad Registro de inscribirse Proveedores y Licitadores de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público artículo 12 de la Ciudad Ley Nº 13981, el Decreto Nº 59/19 y las Resoluciones Nº 713/16 y N° 76/19 de Contaduría General de la Provincia. La oferta formulada en los términos del artículo 17 Apartado 4 del Decreto Nº 59/19, reglamentario de la Ley Nº 13.981, tendrá vigencia por veinte (RIUPP), 20) días hábiles. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Asimismomantenimiento de oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento del plazo, se considerará como domicilio constituido tácitamente prorrogada por un lapso igual al inicial. Quienes hubieren descargado el domicilio legal que hubiera declarado el OFERENTE presente Pliego del Portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx o de la Página Web de la Xxxxxxxxxxx xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx xxxxx://xxx.xxx.xxx.xx, podrán formular las ofertas correspondientes. Su presentación se hará a través de los Formularios Electrónicos disponibles en PBAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en el RIUPP Pliego de la Dirección General Condiciones Generales - Anexo II -, Condiciones Particulares - Anexo III-, adjuntando en Soporte Electrónico todos y cada uno de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, (artículo 6° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales). Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el constituido en la oferta. Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones los documentos que en ellos se cumplansolicitan. Los documentos deberán ingresarse en el sistema PBAC en formato PDF, mientras no medie notificación fehaciente pudiendo superar cada uno los 20 MB. El plazo para su presentación será desde la fecha de publicación del proceso licitatorio en el Portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, en la Página Web de la Xxxxxxxxxxx xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx xxxxx://xxx.xxx.xxx.xx, y en el Boletín Oficial xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/, hasta la fecha y hora fijada para la apertura de ofertas. La documentación que se acompañe y que sea requerida en los pliegos, toda vez que sea emitida por una autoridad extraña a la jurisdicción de la Provincia, deberá presentarse debidamente legalizada. La misma deberá encontrarse redactada en idioma castellano o en su cambiodefecto se deberá acompañar la traducción realizada por un traductor oficial matriculado, conforme lo establecido en el art. Todo cambio 37 del Decreto Nº 7647/70. A fin de domicilio Garantizar la Validez de la oferta cargada Electrónicamente, deberá ser fijado en Confirmada por el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. Toda comunicación entre el Organismo Contratante y los oferentes, en el transcurso del procedimiento de selección, se efectuará oferente únicamente a través de la plataforma Buenos Aires Compras un Usuario habilitado para ello. (BAC)Art. Durante la ejecución del contrato, toda comunicación se realizara a través de correo electrónico a la cuenta declarada por el adjudicatario ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) reglamentada por Decreto N° 168/19 y su modificatorio Decreto N° 207/19, se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y simultáneo envío de mensajería mediante BAC. Las notificaciones se darán por cumplidas a través del correo electrónico enviado por la Dirección General de Dependencias y Atención Primaria de la Secretaria de Integración Social para Personas Mayores 3 Resolución Conjunta Nº 20/17 del Ministerio de Hábitat Jefatura de Gabinete de Ministros y Desarrollo Humano de la Ciudad de Buenos Aires, y el que la empresa declare en la oferta o informe al inicio Nº 92/17 del contrato. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA, respecto de las notificaciones Judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 77/PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430Contador Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx).
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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Se considerará domicilio electrónico considerarán domicilios del OFERENTE, la dirección de correo aquellos domicilios físico y electrónico declarada declarados por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad (RIUPP), en el los que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que (ya sean físicas o electrónicas) cursadas por el GCABA. Asimismo, se considerará como domicilio constituido el domicilio legal que hubiera declarado el OFERENTE en el RIUPP de la Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, (artículo 6° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales). Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el constituido en la ofertaGCBA. Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico dentro del ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires GCBA y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobiernonotificación. Toda comunicación entre el Organismo Contratante organismo contratante y los oferentesoferentes o proveedores, ya sea en el transcurso del procedimiento de selecciónselección o durante la ejecución del PLIEG-2019-06120853-GCABA-DGTALAVJG contrato, se efectuará a través de B.A.C. - cuando el sistema así lo permita – y al domicilio electrónico constituido por la plataforma Buenos Aires Compras (BAC)Autoridad de Aplicación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 del presente PCP. Durante la ejecución del contrato, toda comunicación se realizara a través de correo electrónico a la cuenta declarada por el adjudicatario ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° Nº 6.017) reglamentada por ), su Decreto N° 168/19 Reglamentario Nº 326/GCABA/17 y su modificatorio Decreto N° 207/19287/GCABA/18, se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y simultáneo envío de mensajería mediante BAC. Las notificaciones se darán por cumplidas a través B.A.C. Para cuestiones relativas al cumplimiento del correo electrónico enviado por presente el GCABA constituye domicilio en la Dirección General de Dependencias Técnica Administrativa y Atención Primaria Legal dependiente de la Secretaria Secretaría de Integración Social para Personas Mayores del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano Ciudadano de la Ciudad Vicejefatura de Buenos Aires, y el que la empresa declare Gobierno sita en la oferta o informe calle Teniente Gral. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx X° 0000, Xxxx 0° xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y respecto al inicio del contratodomicilio electrónico, el mismo será constituido al momento de la suscripción de la correspondiente Orden de Compra. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan efectuaran en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA, respecto de las notificaciones Judiciales judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito sita en calle Uruguay N° 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 77/-PG/06 (B.O.C.B.A. BOCBA N° 2.430).
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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Se considerará domicilio electrónico considerarán domicilios del OFERENTE, la dirección de correo aquellos domicilios físico y electrónico declarada declarados por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad (RIUPP), en el los que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que (ya sean físicas o electrónicas) cursadas por el GCABA. Asimismo, se considerará como domicilio constituido el domicilio legal que hubiera declarado el OFERENTE en el RIUPP de la Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, (artículo 6° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales). Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el constituido en la ofertaGCBA. Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico dentro del ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires GCBA y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobiernonotificación. Toda comunicación entre el Organismo Contratante organismo contratante y los oferentesoferentes o proveedores, ya sea en el transcurso del procedimiento de selecciónselección o durante la ejecución del contrato, se efectuará a través de B.A.C. - cuando el sistema así lo permita – y al domicilio electrónico constituido por la plataforma Buenos Aires Compras (BAC)Autoridad de Aplicación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 del presente PCP. Durante la ejecución del contrato, toda comunicación se realizara a través de correo electrónico a la cuenta declarada por el adjudicatario ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) reglamentada por Nº 5.666), su Decreto N° 168/19 Reglamentario Nº 326/GCABA/17 y su modificatorio Decreto N° 207/19287/GCABA/18, se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y simultáneo envío de mensajería mediante BAC. Las notificaciones se darán por cumplidas a través B.A.C. Para cuestiones relativas al cumplimiento del correo electrónico enviado por presente el GCABA constituye domicilio en la Dirección General de Dependencias Técnica Administrativa y Atención Primaria Legal dependiente de la Secretaria Secretaría de Integración Social para Personas Mayores del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano Ciudadano de la Ciudad Vicejefatura de Buenos Aires, y el que la empresa declare Gobierno sita en la oferta o informe calle Teniente Gral. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx X° 0000, Xxxx 0° xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y respecto al inicio del contratodomicilio electrónico, el mismo será constituido al momento de la suscripción de la correspondiente Orden de Compra. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan efectuaran en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA, respecto de las notificaciones Judiciales judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito sita en calle Uruguay N° 458, de conformidad con lo dispuesto dePLcIoEnGfo-2rm01i8d-a2d96c7o02n5l5o- d-iSsEpCueDsCtIo por la Resolución N° 77/-PG/06 (B.O.C.B.A. BOCBA N° 2.430).
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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Se considerará considera domicilio electrónico del OFERENTEconstituido, la dirección de el correo electrónico declarada declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad (RIUPP), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABAXxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Asimismo, se Se considerará como domicilio legal constituido el domicilio legal que hubiera declarado por el OFERENTE proveedor como sede de sus negocios en el RIUPP RIUPP. Todas las notificaciones que hayan de la Dirección General efectuarse se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de Compras su publicación y Contratacionesmediante BAC, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, (conforme los términos establecidos en el artículo 6° Pliego xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales). Si no se encontrara efectivamente inscripto , en el RIUPP conjunción con lo dispuesto en los artículos 6° y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el constituido en la oferta. Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio7° del Anexo I del Decreto N° 1.145/09. Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez DIEZ (10) días de su notificación al Gobiernonotificación. Toda comunicación entre el Organismo Contratante y los oferentes, en el transcurso del procedimiento de selección, se efectuará a través de la plataforma Buenos Aires Compras (BAC). Durante la ejecución del contrato, toda comunicación se realizara a través de correo electrónico a la cuenta declarada por el adjudicatario ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) reglamentada por Decreto N° 168/19 y su modificatorio Decreto N° 207/19, se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y simultáneo envío de mensajería mediante BAC. Las notificaciones se darán por cumplidas a través del correo electrónico enviado por la La Dirección General Suministros de Dependencias y Atención Primaria de Seguridad constituye domicilio en la Secretaria de Integración Social para Personas Mayores del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano Xx. Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx X° 1142, 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el que la empresa declare en la oferta o informe al inicio del contrato. Todas las la notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidosconstituidos aquí referidos, excepto para el GCABA, GCABA respecto de las notificaciones Judiciales judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay 458Xxxxxxx X° 000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, o en el domicilio que en el futuro lo reemplace, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20° de la Resolución Ley N° 77/PG/06 1.218 (B.O.C.B.A. texto consolidado según Ley N° 2.4305.454).
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