Common use of Empresas vinculadas Clause in Contracts

Empresas vinculadas. Únicamente, las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran. 4.-Documentación de los criterios no valorables en cifras o porcentajes. Se incluirá la documentación que deba ser valorada conforme a los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor. SOBRE DE OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES. Dentro del sobre denominado “Oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes”, se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo VII al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, cuando para la selección del contratista se atienda a una pluralidad de criterios, se incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. En relación con la documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación se estará a lo dispuesto en el apartado 21 del Anexo I al pliego.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios De Alquiler De Maquinaria Con Conductor Para Obras Del Servicio De Infraestructiras Y Obras Municipales, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios Para El Desarrollo Del Programa De Intervención Con Poblacion Infanto Juvenil Y Sus Familias Que Esten en Una Situación De Riesgo O Desprotección Leve O Moderada Del Ayuntamiento De Medio Cudeyo, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios Para El Desarrollo Y Puesta en Funcionamiento De Una Plataforma De Comunicación Con El Ciudadano en Temas Medioambientales Del Ayuntamiento De Medio Cudeyo a Través De Las Nuevas Tecnologías

Empresas vinculadas. Únicamente, las Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran. 4.-Documentación de los criterios no valorables en cifras o porcentajes. Se En este sobre se incluirá la documentación que deba ser valorada conforme relativa a los aquellos criterios cuya ponderación depende cuantificación dependa de un juicio de valor. SOBRE DE OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJESvalor que impida su valoración mediante cifras o porcentajes. Dentro del sobre denominado “Oferta de criterios Criterios valorables en cifras o porcentajes”, se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo VII II al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, cuando para la selección del contratista se atienda a una pluralidad de criterios, se incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. En relación con la documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación se estará a lo dispuesto en el apartado 21 del Anexo I al pliego.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato Administrativo Especial Para La Explotación Del Mercado Navideño Del Distrito De Tetuán a Adjudicar Por Procedimiento Abierto

Empresas vinculadas. Únicamente, las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran. 4.-Documentación De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los criterios no valorables en cifras o porcentajestrabajadores con discapacidad. Se incluirá la documentación que deba ser valorada conforme a A estos efectos, los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor. SOBRE DE OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES. Dentro del sobre denominado “Oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes”licitadores deberán aportar declaración responsable, se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo VII al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto VI sobre el Valor Añadido. Asimismo, cuando para la selección del contratista se atienda a una pluralidad cumplimiento de criterios, se incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. En relación con la documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación se estará a lo dispuesto en el apartado 21 Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Anexo I al pliegoProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social así como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios De, www.arratia.net

Empresas vinculadas. Únicamente, las Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran. 4.-Documentación de los criterios no valorables en cifras o porcentajes. Se En este sobre se incluirá la documentación que deba ser valorada conforme relativa a los aquellos criterios cuya ponderación depende cuantificación dependa de un juicio de valor. SOBRE DE OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJESvalor que impida su valoración mediante cifras o porcentajes. Dentro del sobre denominado “Oferta de criterios Criterios valorables en cifras o porcentajes”, se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo VII II al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, cuando para la selección del contratista se atienda a una pluralidad de criterios, se incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. En relación con la documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación se estará a lo dispuesto en el apartado 21 del Anexo I al pliego.pliegos.13

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios

Empresas vinculadas. Únicamente, las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran. 4.-Documentación de los criterios no valorables en cifras o porcentajes. Se incluirá la documentación que deba ser valorada conforme a los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor. SOBRE DE OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES. Dentro del sobre denominado “Oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes”, se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo VII al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración el órgano de contratación estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por el órgano o la Mesa mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, cuando para la selección del contratista se atienda a una pluralidad de criterios, se incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. En relación con la documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación se estará a lo dispuesto en el apartado 21 del Anexo I al pliego.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Prestacion De Servicios Profesionales Veterinarios

Empresas vinculadas. Únicamente, las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran. 4.-Documentación de los criterios no valorables en cifras o porcentajes. Se incluirá la documentación que deba ser valorada conforme a los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor. SOBRE DE OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES. Dentro del sobre denominado “Oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes”, se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo VII al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, cuando para la selección del contratista se atienda a una pluralidad de criterios, se incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. En relación con la documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación se estará a lo dispuesto en el apartado 21 del Anexo I al pliego.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Los Servicios De Producción, Montaje Y Desmontaje De Infraestructuras, De Un Festival Gastronómico Organizado Por El Consorcio De Turismo Y Congresos De a Coruña a Adjudicar Por Procedimiento Abierto Simplificado

Empresas vinculadas. Únicamente, las Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran. 4.-Documentación En este sobre se incluirá la documentación relativa a aquellos criterios cuya cuantificación dependa de los criterios no valorables en cifras o porcentajesun juicio de valor que impida su valoración mediante la aplicación de fórmulas. Se incluirá la documentación que deba ser valorada o información detallada de las características técnicas de los servicios objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el apartado 3 y siguientes de las prescripciones técnicas, igualmente, se incluirá las mejoras adoptadas de forma detallada, en caso de ofertarlas, conforme a los criterios cuya ponderación depende al Criterio 1 del articulo 20 del ANEXO Dentro de un juicio de valor. SOBRE DE OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES. Dentro del sobre denominado “Oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes”este sobre, se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo VII al presente pliegoPerfil del Contratante de PROMESA, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración se estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En Los precios ofertados incluyen todos los conceptos, impuestos , recargos, etc. así como los gastos derivados del contrato (viajes, dietas, fotocopias, correo, etc.), incluso los gastos asociados a la entrega y prestación del servicio en el lugar convenido, excepto el IPSI que en la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, cuando para la selección del contratista se atienda a una pluralidad de criterios, se incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. En relación con la documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación se estará a lo dispuesto en el apartado 21 del Anexo I al pliegoindependiente.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios

Empresas vinculadas. Únicamente, Declaración expresa responsable de la empresa licitadora relativa al grupo empresarial al que pertenece y comprensiva de todas las empresas Sociedades pertenecientes a un al mismo grupo, entendiéndose por tales las según los criterios a que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en refiere el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran. 4.-Documentación de los criterios no valorables en cifras o porcentajes. Se incluirá la documentación que deba ser valorada conforme a los criterios cuya ponderación depende efectos de un juicio de valor. SOBRE DE OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES. Dentro del sobre denominado “Oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes”, se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 86 del RGLCAP (Anexo VII IX al presente pliego). De conformidad con lo previsto en la cláusula 11ª, no aceptándose aquellas los licitadores participantes en el procedimiento deberán prestar su consentimiento para que contengan omisionessus nombres figuren en el Perfil del contratante del Congreso de los Diputados, errores o tachaduras según modelo de declaración que impidan conocer claramente lo se adjunta como Anexo X. Al tratarse de un contrato sujeto a regulación armonizada, el licitador podrá acreditar que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración estime fundamental mediante la aportación del Documento europeo único de contratación (DEUC). Puede accederse al DEUC en formato electrónico en la siguiente dirección: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx El formulario, disponible en castellano podrá, en ese sitio, cumplimentarse e imprimirse para considerar su envío al órgano de contratación junto con el resto de la oferta. Si alguna proposición Cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, no guardase concordancia estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos, debiendo aportar declaración responsable de la vigencia del certificado de inscripción. De acuerdo con lo establecido en el artículo 146.4 del TRLCSP, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá solicitar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los candidatos remitan la documentación examinada acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. Esta documentación deberá presentarse en un plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el día siguiente a aquél en que el licitador hubiera recibido el requerimiento. Los operadores económicos podrán ser excluidos del procedimiento de contratación, y admitidaen su caso exigírseles responsabilidad con arreglo a la legislación nacional, excediese en caso de que incurran en declaraciones falsas de carácter grave; o, en general, si al facilitar la información exigida para verificar que no existen motivos de exclusión o que se cumplen los criterios de selección, ocultaran tal información o no pudieran presentar los documentos justificativos. Los licitadores deberán tener en cuenta que, tal y como dispone el artículo 146.5 del presupuesto base TRLCSP, la fecha límite en la que deben estar en posesión de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto los requisitos que en el importe presente procedimiento se exigen, es la del fin del plazo de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador presentación de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivadaproposiciones, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión perjuicio de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentidolo establecido en la cláusula 15ª respecto al compromiso de adscripción de medios. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto este sobre el Valor Añadido. Asimismo, cuando para la selección del contratista se atienda a una pluralidad de criterios, se licitador incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. En relación con la documentación propuesta técnica a presentar en relación conforme con los criterios requisitos xxx xxxxxx de adjudicación se prescripciones técnicas. La proposición técnica estará a firmada por el licitador o su representante, y deberá contener, como mínimo, los siguientes apartados, de acuerdo con lo dispuesto especificado en el apartado 21 del Anexo I al pliego.pliego de prescripciones técnicas:

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Empresas vinculadas. Únicamente, las Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran. 4.-Documentación En este sobre se incluirá la documentación relativa a aquellos criterios cuya cuantificación dependa de los criterios no valorables en un juicio de valor que impida su valoración mediante cifras o porcentajes. Se incluirá 13 Ver concordancia con la nota a pie de página de la cláusula diez. En el supuesto de optar por otro criterio de preferencia en la adjudicación, deberá sustituirse esta documentación que deba ser valorada conforme a los criterios cuya ponderación depende por la prevista en la Instrucción del Delegado del Área de un juicio Gobierno de valor. SOBRE DE OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES. Hacienda y Administración Pública sobre aplicación de la Disposición Adicional sexta de la LCSP Dentro del sobre denominado “Oferta de criterios Criterios valorables en cifras o porcentajes”, se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo VII II al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo rechazo, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, cuando para la selección del contratista se atienda a una pluralidad de criterios, se incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. En relación con la documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación se estará a lo dispuesto en el apartado 21 del Anexo I al pliego.pliegos.14

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación Del Suministro

Empresas vinculadas. Únicamente, las Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran. 4.-Documentación En este sobre se incluirá la documentación relativa a aquellos criterios cuya cuantificación dependa de los criterios no valorables en un juicio de valor que impida su valoración mediante cifras o porcentajes. Se Dichos criterios son los establecidos en el Apartado 17 del Anexo I al presente documento. En este sobre se incluirá la documentación que deba ser valorada conforme relativa a los aquellos criterios cuya ponderación depende cuantificación no dependa de un juicio de valor. SOBRE DE OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES. Dentro del sobre denominado “Oferta valor (criterios evaluables de criterios valorables en manera automática mediante cifras o porcentajes, se incluirá la proposición económica por aplicación de las fórmulas establecidas en el Apartado 17 del Anexo I al presente Documento), incluyendo en todo caso los aspectos económicos, que se presentará redactada presentarán redactados conforme al modelo fijado en el Anexo VII II al presente pliegoDocumento, no aceptándose aquellas aquéllas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración MADRID DESTINO estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y o admitida, excediese del presupuesto base sea inferior a la contraprestación económica establecida con carácter de licitaciónmínimo obligatorio, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea sean causa bastante para el su rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra, salvo que de los documentos que componen la proposición se desprenda otra cosa. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, cuando para la selección del contratista se atienda a una pluralidad de criterios, se incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. En relación con la documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación se estará a lo dispuesto en el apartado 21 del Anexo I al pliegoAñadido (IVA).

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Samples: www.madrid-destino.com

Empresas vinculadas. Únicamente, las Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran. 4.-Documentación de los criterios no valorables en cifras o porcentajes. Se En este sobre se incluirá la documentación que deba ser valorada conforme relativa a los aquellos criterios cuya ponderación depende cuantificación dependa de un juicio de valor. SOBRE DE OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJESvalor que impida su valoración mediante cifras o porcentajes. Dentro del sobre denominado “Oferta de criterios Criterios valorables en cifras o porcentajes”, se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo VII II al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, cuando para la selección del contratista se atienda a una pluralidad de criterios, se incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. En relación con la documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación se estará a lo dispuesto en el apartado 21 del Anexo I al pliego.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios Denominado: Protección Y Seguridad De Los Edificios Dependientes De (Titular

Empresas vinculadas. Únicamente, las Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran. 4.-Documentación de los criterios no valorables en cifras o porcentajes. Se En el Sobre “B” se incluirá la documentación que deba ser valorada conforme relativa a los aquellos criterios cuya ponderación depende cuantificación dependa de un juicio de valor. SOBRE DE OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES. Dentro del sobre denominado “Oferta de criterios valorables en valor que impida su valoración mediante cifras o porcentajes”porcentajes y en particular la que se exija, en el apartado 21 del Anexo I al presente pliego, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el Sobre “C” se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo VII II al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. oferta Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, cuando para la selección del contratista se atienda a una pluralidad de criterios, se incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. En relación con la documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación se estará a lo dispuesto pliegos y que figuran en el apartado 21 del Anexo I al pliegopresente Xxxxxx.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato Administrativo Especial De Venta De Los Vehículos Calificados Como Resíduos Sólidos

Empresas vinculadas. Únicamente, las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran. 4.-Documentación Dicha declaración se ajustará al modelo del Anexo X a este pliego. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los criterios no valorables en cifras o porcentajestrabajadores con discapacidad. Se incluirá la documentación que deba ser valorada conforme a A estos efectos, los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor. SOBRE DE OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES. Dentro del sobre denominado “Oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes”licitadores deberán aportar declaración responsable, se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo VII al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto VI sobre el Valor Añadido. Asimismo, cuando para la selección del contratista se atienda a una pluralidad cumplimiento de criterios, se incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. En relación con la documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social así como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones. Se incluirá en este sobre, bajo el título, MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA ORGANIZACIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO Y PROGRAMA DE GESTIÓN DE LOS TRABAJOS, cuanta documentación técnica se considere necesaria para proceder a la valoración de la oferta en lo relativo a los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, criterios que se recogen en el apartado 21 19 de este anexo. En todo caso, esa documentación técnica deberá presentarse en la forma indicada en el apartado 22 de este anexo, pudiendo valorarse la oferta del Anexo I adjudicatario (en lo relativo a estos criterios) con cero puntos si no se respetan las reglas establecidas en dicho apartado. No se incluirá en el Sobre 2 documentación alguna sobre los criterios cuantificables de forma automática correspondientes al pliegoSobre 3, ni referencia alguna a los mismos, siendo esto causa de exclusión.

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Samples: Contrato Admnistrativo Para La Realización De Los Servicios De Conservación, Mantenimiento, Limpieza Y Mejora De Los Espacios Verdes

Empresas vinculadas. Únicamente, las As empresas pertenecientes pertencentes a un mismo grupomesmo grupo (empresas vinculadas), entendiéndose entendendo por tales las as que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo encontren nalgún dos supostos do artigo 42 del do Código de Comercio y Comercio, e que presenten distintas proposiciones proposicións para concurrir concorreren individualmente a la adjudicacióná adxudicación, deberán presentar declaración en la na que hagan xxxxx constar esta condición. También Tamén deberán presentar declaración explícita aquellas aquelas sociedades que, presentando distintas proposicionesproposicións, concurran en alguno de los supuestos concorran nalgún dos supostos alternativos establecidos en el artículo no artigo 42 del do Código de Comercio, Comercio a respecto de los dos socios que la a integran. 4.-Documentación de los . Documentación dos criterios no valorables en cifras o porcentajes. Se incluirá la non avaliables mediante fórmulas Incluirase a documentación que deba ser valorada conforme a los consonte aos criterios cuya cuxa ponderación depende de un juicio dun xuízo de valor, segundo o disposto no apartado 9 do anexo 0. SOBRE DE OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES. Dentro del sobre denominado “Oferta A documentación que cómpre presentar axustarase estritamente á estrutura de apartados e subapartados definida na cláusula de criterios valorables cualificados como cualitativos ou dependentes dun xuízo de valor neste prego (apartado 9 anexo 0) co fin de facilitar o seu estudo e análise por parte da mesa de contratación. En ningún caso xxxxxx xxxxxx documentos que revelen a súa oferta económica nin aspectos relativos aos criterios cuantificables por fórmulas. A súa inclusión será causa de exclusión da licitación En caso de existir varios lotes se presentarán tantos sobres número 1 como lotes aos que opta. Sobre número 2: Proposición relativa aos criterios avaliables mediante fórmulas Contido: . Oferta económica, redactada segundo o modelo do anexo III a este prego, sen erros que dificulten coñecer claramente o que o órgano de contratación considere fundamental para xxxxx en cifras conta as ofertas, e que, de producírense, provocarán que a proposición sexa rexeitada. Na proposición económica, que non xxxxxx superar o porcentajes”orzamento de licitación establecido na cláusula 6 deste xxxxx, se incluirá la proposición económica xxxxxx indicarse como xxxxxxx independente o IVE. . Documentación relativa a outros criterios cuantitativos ou avaliables mediante fórmulas. Documentación relativa a outros criterios cuantitativos ou avaliables mediante fórmulas, segundo o que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo VII al presente pliego, especifique no aceptándose aquellas apartado 9 do anexo 0 deste prego. Se existen varios lotes presentaranse tantos sobres número 2 como lotes aos que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la ofertase opte. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición No se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, cuando para la selección del contratista se atienda a una pluralidad de criterios, se incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. En relación con la documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación se estará a lo dispuesto en el apartado 21 del Anexo I al pliego.aceptarán aquelas proposicións que:

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Samples: Prego Modelo De Cláusulas Administrativas Particulares Para a Contratación

Empresas vinculadas. Únicamente, las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran. 4.-Documentación de los criterios no valorables en cifras o porcentajes. Se incluirá la documentación que deba ser valorada conforme a los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor. SOBRE DE OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES. Dentro del sobre denominado “Oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes”, se incluirá la proposición económica Contendrá una propuesta técnica que se presentará redactada habrá de presentar en formato papel DIN A-4 en la que se detallarán de forma separada los siguientes contenidos: - Documento que describa la cualificación y experiencia del personal adscrito al contrato que vaya a ejecutar el mismo, SOBRE Nº 2: OFERTA ECONÓMICA Dentro de este sobre los licitadores deberán incluir la oferta económica ajustada al modelo que figura como Xxxxx XX al presente pliego. Este documento ha de venir firmado por el licitador o persona que le represente, redactado conforme al modelo fijado en el Anexo VII al presente pliego, citado y no aceptándose aquellas se aceptarán aquellos que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada rechazada motivadamente por la Mesa mesa de contratación mediante resolución motivadacontratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, cuando para la selección del contratista se atienda a una pluralidad de criterios, se incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. En relación con la documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación se estará a lo dispuesto en el apartado 21 del Anexo I al pliego.

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Samples: Pliego De Cláusulas Jurídicas Que Ha De Regir en El Contrato Del Servicio De Asesoramiento Contable