ESTIPULACIONES. a) El Asegurador renuncia a todo recurso que, en caso de siniestro, pueda ejercitar contra los empleados, obreros o asalariados del Asegurado y, en general, contra cualquier persona por cuyos actos resultara civilmente responsable el Asegurado, aun cuando el siniestro afecte a otros bienes diferentes a los asegurados por la póliza, pero que también lo estén por el mismo Asegurador, excepto en caso de malevolencia, en el cual éste se verá siempre obligado para con el Asegurado pero conservará sus derechos para recurrir contra las personas reconocidas como responsables del siniestro. b) La peritación en caso de siniestro no deberá, en la medida de lo posible, detener la actividad del local en que se produzca, pero si el trabajo se debiese interrumpir, se procurará lo sea únicamente en la zona siniestrada. c) Para cubrir las necesidades de la actividad del Asegurado, hay o puede haber existencias de esencias minerales, así como equipos de soldadura autógena, líquidos, pinturas y gases inflamables y combustibles, circunstancia que también puede producirse en los riesgos contiguos, próximos o separados. d) Siendo la enumeración de los bienes asegurados de carácter enunciativo y no limitativo, el Asegurador, en caso de siniestro, no podrá prevalerse de no haberse denominado expresamente alguno de los objetos asegurados. e) Se concede al Asegurado la facultad de realizar obras menores, con la utilización de los medios y servicios necesarios. f) En los colindantes y/o proximidades a los bienes asegurados, existen o pueden existir otras actividades comerciales y/o industriales, así como oficinas y/o viviendas. g) El Asegurado obra por cuenta propia o de quien corresponda.
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Samples: Póliza De Seguro De Todo Riesgo De Daños Materiales
ESTIPULACIONES. a) En el caso de que formando parte de este contrato se encuentre un plano, croquis o relación de los bienes asegurados, sólo puede tomarse a título de información, y cualquier error, defecto o diferencia entre las indicaciones de dicho plano, croquis o relación y la realidad no podrá perjudicar al Asegurado o disminuir la indemnización en caso de siniestro. El Asegurador renuncia a todo recurso que, en caso de siniestro, pueda ejercitar contra los socios, empleados, obreros obreros, o asalariados del Asegurado de la parte asegurada y, en general, contra cualquier persona por cuyos actos resultara civilmente responsable el Asegurado, aun cuando el siniestro afecte se propague a otros bienes diferentes a de los asegurados por la esta póliza, pero que también lo estén por el mismo Aseguradoren esta Compañía, excepto en caso de malevolencia, en el cual éste el Asegurador se verá siempre obligado para con el Asegurado Asegurado, pero conservará sus derechos para recurrir contra las personas reconocidas como responsables del siniestro.
b) . La peritación en caso de siniestro no deberá, en la medida de lo posible, detener la actividad del local en que se produzcael funcionamiento y, pero si el trabajo se debiese interrumpir, se procurará lo sea únicamente en la zona siniestrada.
c) parte siniestrada de los locales. Compensación de Capitales: los excedentes de sumas aseguradoras que pudieran existir en cualquiera de los artículos de cada capítulo, se aplicarán a aquellos otros del mismo capítulo en los que apareciese una insuficiencia de seguro. Debido a la naturaleza de la actividad asegurada se compensarán los capitales asegurados asignados a una determinada situación que sean trasladados a otras situaciones sin necesidad de comunicación previa. Para cubrir las necesidades de la actividad del Asegurado, industria o negocio asegurado hay o puede haber existencias haber, dentro y fuera de esencias mineralesedificios, así como equipos de soldadura autógena, existencias y esencias minerales y líquidos, pinturas y gases inflamables y combustibles, circunstancia que también puede producirse en los riesgos contiguos, próximos o separados.
d) . Siendo la enumeración de los bienes asegurados de carácter enunciativo y por el presente contrato, en sentido enunciativo, pero no limitativo, el Aseguradorla Compañía Aseguradora, en caso de siniestrosiniestros, no podrá prevalerse de no haberse denominado expresamente alguno de los objetos asegurados.
e) contenidos, siempre que estos objetos no enunciados en el contrato no sean de naturaleza más grave que los que corresponden habitualmente a la industria asegurada y se apliquen las correspondientes sobreprimas cuando dé lugar a ellas alguna agravación nueva. El asegurador, en caso de siniestro que afecte a bibliotecas, discos, cassettes, juegos y colecciones de valor reembolsará la diferencia entre el valor entero de las obras y el valor residual de las mismas tras el siniestro. Se concede al Asegurado la facultad de construir y derribar tabiques y/o locales o edificaciones, establecer y tapiar aberturas de comunicación, realizar obras menoresde reforma y trabajos de montaje, pruebas, desmontaje, etc.…, con la utilización de los medios y servicios necesariosnecesarios y trasladar los objetos de una parte a otra dentro xxx xxxxxxx asegurado, entendiéndose comprendidos en el seguro los correspondientes bienes y garantizados en el punto donde se hallaren los objetos trasladados. Los inventarios y libros de comercio del Asegurado sólo tendrán valor, caso de siniestro, a título de información e indicación de los edificios y de la maquinaria; pero no se podrán tomar como base de valoración a causa de las amortizaciones o reducciones intencionadas de valor que hayan podido ser efectuadas en los objetos asegurados.
f) En los colindantes y/o proximidades a los bienes asegurados, existen o pueden existir otras actividades comerciales y/o industriales, así como oficinas y/o viviendas.
g) El Asegurado obra por cuenta propia o de quien corresponda.
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Samples: Servicios
ESTIPULACIONES. a) El Asegurador renuncia a todo recurso que, en caso de siniestro, pueda ejercitar contra los empleados, obreros o asalariados del Asegurado y, en general, contra cualquier persona por cuyos actos resultara civilmente responsable el Asegurado, aun cuando el siniestro afecte a otros bienes diferentes a los asegurados por la esta póliza, pero que también lo estén por el mismo Asegurador, excepto en caso de malevolencia, en el cual éste se verá siempre obligado para con el Asegurado pero conservará sus derechos para recurrir contra las personas reconocidas como responsables del siniestro.
b) 1. La peritación en caso de siniestro no deberá, en la medida de lo posible, detener la actividad del local en que se produzca, pero si el trabajo se debiese interrumpir, se procurará lo sea únicamente en la zona siniestradaxxxx xxxxxxxxxxx.
c) 0. Para cubrir las necesidades de la actividad del Asegurado, hay o puede haber existencias de esencias minerales, así como equipos de soldadura autógena, líquidos, pinturas y gases inflamables y combustibles, circunstancia que también puede producirse en los riesgos contiguos, próximos o separados.
d) 3. Siendo la enumeración de los bienes asegurados de carácter enunciativo y no limitativo, el Asegurador, en caso de siniestro, no podrá prevalerse de no haberse denominado expresamente alguno de los objetos asegurados.
e) 4. Se concede al Asegurado la facultad de realizar obras menores, con la utilización de los medios y servicios necesarios.
f) 5. En los colindantes y/o proximidades a los bienes asegurados, existen o pueden existir otras actividades comerciales y/o industriales, así como oficinas y/o viviendas.
g) 6. El Asegurado obra por cuenta propia o de quien corresponda.
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Samples: Insurance Policy
ESTIPULACIONES. a) El Asegurador renuncia a todo recurso que, en caso de siniestro, pueda ejercitar contra los empleados, obreros o asalariados del Asegurado y, en general, contra cualquier persona por cuyos actos resultara civilmente responsable el Asegurado, aun cuando el siniestro afecte a otros bienes diferentes a los asegurados por la esta póliza, pero que también lo estén por el mismo Asegurador, excepto en caso de malevolencia, en el cual éste se verá siempre obligado para con el Asegurado pero conservará sus derechos para recurrir contra las personas reconocidas como responsables del siniestro.
b) . La peritación en caso de siniestro no deberá, en la medida de lo posible, detener la actividad del local en que se produzca, pero si el trabajo se debiese interrumpir, se procurará lo sea únicamente en la zona siniestrada.
c) . Para cubrir las necesidades de la actividad del Asegurado, hay o puede haber existencias de esencias minerales, así como equipos de soldadura autógena, líquidos, pinturas y gases inflamables y combustibles, circunstancia que también puede producirse en los riesgos contiguos, próximos o separados.
d) . Siendo la enumeración de los bienes asegurados de carácter enunciativo enunciativa y no limitativolimitativa, el Asegurador, en caso de siniestro, no podrá prevalerse de no haberse denominado expresamente alguno de los objetos asegurados.
e) . Se concede al Asegurado la facultad de realizar obras menores, con la utilización de los medios y servicios necesarios.
f) . En los colindantes y/o proximidades a los bienes asegurados, existen o pueden existir otras actividades comerciales y/o industriales, así como oficinas y/o viviendas.
g) . El Asegurado obra por cuenta propia o de quien corresponda.
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Samples: Insurance Agreement
ESTIPULACIONES. a) Quedan incorporadas al condicionado particular del contrato siempre y cuando se adapten a la naturaleza del negocio objeto del seguro las siguientes estipulaciones:
1.- En el caso de que formando parte de este contrato se encuentre un plano o croquis de los bienes asegurados, sólo puede tomarse a título de información, y cualquier error, defecto o diferencia entre las indicaciones de dicho plano o croquis y la realidad no podrá perjudicar al Asegurado o disminuir la indemnización en caso de siniestro.
2.- El Asegurador renuncia a todo recurso que, en caso de siniestro, pueda ejercitar contra los empleados, obreros o asalariados del Asegurado de la parte asegurada y, en general, contra cualquier persona por cuyos actos resultara civilmente responsable el Asegurado, aun cuando el siniestro afecte incendio se propague a otros bienes diferentes a de los asegurados por la esta póliza, pero que también lo estén por el mismo Aseguradoren esta Compañía, excepto en caso de malevolencia, en el cual éste el Asegurador se verá siempre obligado para con el Asegurado pero conservará sus derechos para recurrir contra las personas reconocidas como responsables del siniestro.
b) 3.- La peritación en caso de siniestro no deberá, en la medida de lo posible, detener la actividad el funcionamiento del local en que se produzca, pero establecimiento y si el trabajo se debiese interrumpir, se procurará lo sea únicamente en la zona siniestradaparte siniestrada de los locales.
c) 4.- Para cubrir las necesidades de la actividad del Asegurado, industria o negocio asegurado hay o puede haber existencias haber, dentro y fuera de esencias mineralesedificios, así como equipos de soldadura autógena, existencias de esencias minerales y líquidos, pinturas y gases inflamables y combustibles, circunstancia que también puede producirse en los riesgos contiguos, próximos o separados.
d) 5.- Siendo la enumeración de los bienes asegurados de carácter enunciativo y por el presente contrato, en sentido enunciativo, pero no limitativo, el Aseguradorla Compañía Aseguradora, en caso de siniestro, no podrá prevalerse de no haberse denominado expresamente alguno de los objetos aseguradoscontenidos, siempre que estos objetos no enunciados en el contrato no sean de naturaleza más grave que los que corresponden habitualmente a la industria asegurada y se apliquen las correspondientes sobreprimas cuando dé lugar a ellas alguna agravación nueva.
e) 6.- El Asegurador, en caso de siniestro que afecte a bibliotecas, discos o cassettes, no reembolsará el valor entero de las obras descabaladas y sí solamente el precio de los tomos o fracciones de las obras averiadas, sin que en ningún caso se pueda pretender indemnización alguna por las diferencias que resulten entre la impresión anterior y la que mande hacer el Asegurado para reponer dichos tomos o fracciones. Los manuscritos o libros raros, es decir, los libros que no sean de frecuente comercio, están excluidos del seguro.
7.- Se concede al Asegurado la facultad de construir y derribar tabiques y/o locales o edificaciones, establecer y tapiar aberturas de comunicación, realizar obras menoresde reforma y trabajos de montaje, pruebas, desmontaje, etc., con la utilización de los medios y servicios necesariosnecesarios y trasladar los objetos de una parte a otra dentro xxx xxxxxxx industrial, entendiéndose comprendidos en el seguro los correspondientes bienes y garantizados en el punto donde se hallaren los objetos trasladados.
f) En los colindantes y/o proximidades a los bienes asegurados, existen o pueden existir otras actividades comerciales y/o industriales, así como oficinas y/o viviendas.
g) El Asegurado obra por cuenta propia o de quien corresponda.
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Samples: Contract for Insurance Services
ESTIPULACIONES. a) El Asegurador renuncia En el caso de que formando parte de este contrato se encuentre un plano o croquis de los bienes asegurados, solo puede tomarse a todo recurso quetítulo de información, y cualquier error, defecto o diferencia entre las indicaciones de dicho plano o croquis y la realidad no podrá perjudicar al Asegurado o disminuir la indemnización en caso de siniestro, pueda ejercitar contra los empleados, obreros o asalariados del Asegurado y, en general, contra cualquier persona por cuyos actos resultara civilmente responsable el Asegurado, aun cuando el siniestro afecte a otros bienes diferentes a los asegurados por la póliza, pero que también lo estén por el mismo Asegurador, excepto en caso de malevolencia, en el cual éste se verá siempre obligado para con el Asegurado pero conservará sus derechos para recurrir contra las personas reconocidas como responsables del siniestro.
b) . - La peritación en caso de siniestro no deberá, en la medida de lo posible, detener la actividad del local en que se produzcael funcionamiento y, pero si el trabajo se debiese interrumpir, se procurará lo sea únicamente en la zona siniestrada.
c) parte siniestrada de los locales. - Para cubrir las necesidades de la actividad del Asegurado, industria o negocio asegurado hay o puede haber existencias haber, dentro y fuera de esencias mineralesedificios, así como equipos de soldadura autógena, existencias y esencias minerales y líquidos, pinturas y gases inflamables y combustibles, circunstancia que también puede producirse en los riesgos contiguos, próximos o separados.
d) . - Siendo la enumeración de los bienes asegurados de carácter enunciativo y por el presente contrato, en sentido enunciativo, pero no limitativo, el Aseguradorla Compañía aseguradora, en caso de siniestro, no podrá prevalerse de no haberse denominado expresamente alguno de los objetos bienes asegurados.
e) , siempre que estos bienes no enunciados en el contrato no sean de naturaleza más grave que los que corresponden habitualmente a la industria asegurada y se apliquen las correspondientes sobreprimas cuando dé lugar a ellas alguna agravación nueva. - El Asegurador, en caso de siniestro que afecte a bibliotecas, discos, casetes, juegos y colecciones de valor reembolsará la diferencia entre el valor entero de las obras y el valor residual de las mismas tras el siniestro. - Cláusula de descabalamiento para colecciones. Caso de bienes que formen colección, el Asegurador, reembolsará el valor entero de la colección afectada y no solamente el precio de la fracción siniestrada. - Se concede al Asegurado la facultad de construir y derribar tabiques y/o locales o edificaciones, establecer y tapiar aberturas de comunicación, realizar obras menoresde reforma y trabajos de montaje, pruebas, desmontaje, etc., con la utilización de los medios y servicios necesarios.
f) En necesarios y trasladar los colindantes objetos de una parte a otra dentro xxx xxxxxxx asegurado, entendiéndose comprendidos en el seguro los correspondientes bienes y garantizados en el punto donde se hallaren los objetos trasladados. - Los inventarios y libros de comercio del Asegurado solo tendrán valor, caso de siniestro, a título de información e indicación de los edificios y de la maquinaria; pero no se podrán tomar como base de valoración a causa de las amortizaciones o reducciones intencionadas de valor que hayan podido ser efectuadas en los objetos asegurados. - Queda garantizada la maquinaria e instalaciones fuera de los recintos Asegurados que presten y/o proximidades reciban servicios y suministros en cualquiera de las situaciones objeto del seguro. - Cobertura de Asistencia: se establece que en los siniestros de Rotura xx xxxxxxxxx y de robo no será necesario que el Tomador adelante el pago a los bienes aseguradosprofesionales que realicen la reparación, existen o pueden existir otras actividades comerciales y/o industriales, así como oficinas y/o viviendassiempre y cuando ésta haya sido llevada a cabo por los profesionales facilitados por la Aseguradora.
g) El Asegurado obra por cuenta propia o de quien corresponda.
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Samples: Insurance Agreement