EXCEPCIONES A LA PRESENTACIÓN DE LAS GARANTÍAS Cláusulas de Ejemplo

EXCEPCIONES A LA PRESENTACIÓN DE LAS GARANTÍAS. No será necesario constituir las Garantías de Mantenimiento de Oferta y de Cumplimiento de Contrato en los siguientes casos: a) Cuando se cumpla la prestación contractual dentro del plazo de integración de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, salvo en caso de rechazo. En estos casos, el plazo para la integración se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo. Los elementos así rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, sin previamente integrar la garantía que corresponda. b) En los supuestos de contratos interadministrativos o con universidades nacionales. c) Cuando el monto ofertado o el monto adjudicado no fuere superior a cien (100) Módulos de Compra; estableciéndose el valor del Módulo de Compra en Pesos dos mil ($ 2.000,00).
EXCEPCIONES A LA PRESENTACIÓN DE LAS GARANTÍAS. No será necesario constituir las Garantías en los siguientes casos: 1- Garantía de Mantenimiento de Oferta: a) En los supuestos de contratos interadministrativos o con Universidades Nacionales. b) En las adquisiciones de publicaciones periódicas. 2- Garantía de Cumplimiento de Contrato: a) Cuando el monto adjudicado no fuere superior a cien (100) Módulos de Compra; estableciéndose el valor del Módulo de Compra en Pesos veintiséis mil ($ 26.000,00). b) En los supuestos de contratos interadministrativos o con Universidades Nacionales. c) En las adquisiciones de publicaciones periódicas.
EXCEPCIONES A LA PRESENTACIÓN DE LAS GARANTÍAS. No será necesario constituir las garantías previstas en los artículos mantenimiento de oferta y cumplimiento de contrato en los siguientes casos: a) Cuando se cumpla la prestación contractual dentro del plazo de integración de la garantía de cumplimiento de contrato, salvo en caso de rechazo. En estos casos, el plazo para la integración se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo. Los elementos así rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, sin previamente integrar la garantía que corresponda; a) Cuando el monto estimado de la contratación, el precio tope o de referencia o el monto adjudicado no fuere superior a 100 MC, el valor del Módulo de Compra (MC) será de PESOS MIL QUINIENTOS ($ 1.500,00.-).
EXCEPCIONES A LA PRESENTACIÓN DE LAS GARANTÍAS. No será necesario constituir las garantías previstas en los artículos mantenimiento de oferta y cumplimiento de contrato en los siguientes casos: a) Cuando se cumpla la prestación contractual dentro del plazo de integración de la garantía de cumplimiento de contrato, salvo en caso de rechazo. En estos casos, el plazo para la integración se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo. Los elementos así rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, sin previamente integrar la garantía que corresponda; b) Cuando el monto ofertado o adjudicado no fuere superior a CIEN módulos (100). El valor del Módulo de Compra (MC) será de PESOS UN MIL ($ 1.500,00.-).

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  • EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la oferta.