Common use of Facultades y Derechos Clause in Contracts

Facultades y Derechos. Además de los expresamente pactados en el presente Reglamento y de aquellos asignados por normas especiales, los Inversionistas o los beneficiarios designados por ellos, tendrán los siguientes derechos: 1. Participar en los resultados económicos generados del giro ordinario de las operaciones del fondo de inversión colectiva. 2. Examinar los documentos relacionados con el Fondo, a excepción de aquellos que se refieran exclusivamente a los demás Inversionistas los cuales nunca podrán ser consultados por Inversionistas diferentes del propio interesado. Para este fin, el Inversionista deberá informar a la Sociedad Administradora sobre su intención de consultar los documentos por lo menos con quince (15) días hábiles de anticipación. Una vez recibida la solicitud por el administrador le designará un día y una hora en la cual podrá acceder a la información. La inspección podrá realizarse cuando menos dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la terminación de cada semestre calendario. 3. Ceder las participaciones en el Fondo, de conformidad con las reglas señaladas en el presente Reglamento. 4. Solicitar la redención total o parcial de las participaciones que les correspondan en el Fondo, de acuerdo con lo estipulado en este Reglamento teniendo en cuenta la naturaleza de fondo de inversión colectiva cerrado. 5. Ejercer los derechos políticos derivados de su participación, a través de la Asamblea de Inversionistas. 6. Recibir un trato igualitario cuando se encuentre en igualdad de circunstancias objetivas con otros Inversionistas del mismo Fondo. 7. Convocar la Asamblea de Inversionistas de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento.

Appears in 3 contracts

Samples: Reglamento Del Fondo De Inversión Colectiva, Reglamento Del Fondo De Inversión Colectiva Cerrado, Reglamento Del Fondo De Inversión Colectiva Cerrado

Facultades y Derechos. Además de los expresamente pactados en el presente Reglamento y de aquellos asignados por normas especiales, los Inversionistas inversionistas o los beneficiarios designados por ellos, tendrán los siguientes derechos: 1. Participar en los resultados económicos generados del giro ordinario de las operaciones del fondo de inversión colectiva.Fondo; 2. Examinar los documentos relacionados con el Fondo, a excepción de aquellos que se refieran exclusivamente a los demás Inversionistas inversionistas, los cuales nunca podrán ser consultados por Inversionistas inversionistas diferentes del al propio interesado. Para este fin, el Inversionista inversionista deberá informar a la Sociedad Administradora sobre su intención de consultar los documentos documentos, por lo menos con quince (15) días hábiles de anticipaciónanticipación a la fecha efectiva de la consulta. Una vez recibida la solicitud por el administrador administrador, se le designará un día y una hora en la cual podrá acceder a la información. La En todo caso, la inspección podrá realizarse cuando menos dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la terminación de cada semestre calendario.; 3. Ceder o negociar las participaciones en el Fondo, de conformidad con las reglas señaladas en el presente Reglamento. 4. Solicitar la redención total o parcial de las participaciones que les correspondan le corresponda en el Fondo, Fondo de acuerdo con a lo estipulado establecido en este Reglamento teniendo en cuenta la naturaleza de fondo de inversión colectiva cerradoReglamento. 5. Ejercer los derechos políticos derivados de su participación, a través de la Asamblea de Inversionistas. 6. Recibir un trato igualitario cuando se encuentre en igualdad de circunstancias objetivas con otros Inversionistas inversionistas del mismo FondoFondo de capital privado. De acuerdo con lo anterior, para todos los efectos, un determinado Inversionista de un Compartimiento será tratado como cualquier otro Inversionista de ese mismo Compartimiento sin importar su condición de Inversionista Subsiguiente ni la naturaleza jurídica de cada Inversionista. 7. Convocar la Asamblea de Inversionistas de conformidad con lo establecido en el la Cláusula 7.3.1 (Convocatoria) del presente Reglamento.

Appears in 1 contract

Samples: Reglamento Del Fondo De Capital Privado

Facultades y Derechos. Además de los expresamente pactados las consagradas en el presente Reglamento reglamento y en las normas vigentes, son facultades de aquellos asignados por normas especiales, los Inversionistas o los beneficiarios designados por ellos, tendrán los siguientes derechosla Sociedad Administradora: 1. Participar En el evento de que por cualquier causa los títulos o valores que conforman las inversiones de Itaú Money Market, se deterioren, pierdan, destruyan, extravíen o sean objeto de apropiación ilícita, la Sociedad Administradora queda expresa e irrevocablemente autorizada para adelantar directamente todas las diligencias y procesos que considere incluso los contemplados en los resultados económicos generados Artículos 802, 803 y siguientes del giro ordinario Código de las operaciones del fondo Comercio, y cualquier otro trámite que prevea la ley, los estatutos y reglamentos, sin que se pueda alegar que carece de inversión colectivala personería o poderes suficientes ante cualquier autoridad o ante el emisor de los mismos. 2. Examinar los documentos relacionados con el Fondo, a excepción de aquellos que se refieran exclusivamente a los demás Inversionistas los cuales nunca podrán ser consultados por Inversionistas diferentes del propio interesado. Para este fin, el Inversionista deberá informar Convocar a la Sociedad Administradora sobre su intención asamblea de consultar los documentos por lo menos con quince (15) días hábiles de anticipación. Una vez recibida la solicitud por el administrador le designará un día y una hora en la cual podrá acceder a la información. La inspección podrá realizarse cuando menos dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la terminación de cada semestre calendarioinversionistas. 3. Ceder las participaciones en Reservarse el Fondo, derecho de conformidad con las reglas señaladas en el presente Reglamentoadmisión al Fondo de Inversión Colectiva. 4. Solicitar la redención total o parcial de las participaciones información que les correspondan en el Fondo, de acuerdo con lo estipulado en este Reglamento teniendo en cuenta la naturaleza de fondo de inversión colectiva cerradoestime necesaria al inversionista. 5. Ejercer los derechos políticos derivados Modificar el presente reglamento de su participación, a través de la Asamblea de Inversionistasconformidad con las normas vigentes. 6. Recibir un trato igualitario cuando se encuentre Solo para efectos de dar cumplimiento a las normas establecidas en igualdad la Circular Básica Jurídica concernientes a la administración de circunstancias objetivas con otros Inversionistas riesgos xx xxxxxx de activos y financiación del mismo Fondoterrorismo (SARLAFT), inactivar las participaciones de los inversionistas en los términos señalados en la Cláusula 1.12 de este reglamento. 7. Convocar Terminar unilateralmente la Asamblea relación jurídica existente con cualquier inversionista del Fondo de Inversionistas de conformidad con lo establecido en el presente ReglamentoInversión Colectiva.

Appears in 1 contract

Samples: Reglamento Del Fondo De Inversión Colectiva Abierto Itaú Money Market

Facultades y Derechos. Además de los expresamente pactados en el presente Reglamento reglamento y de aquellos asignados por normas especiales, los Inversionistas inversionistas o los beneficiarios designados por ellos, tendrán los siguientes derechos: 1. Participar en los resultados económicos generados del giro ordinario de las operaciones del fondo Fondo de inversión colectivaInversión Colectiva. 2. Examinar los documentos relacionados con el FondoFondo de Inversión Colectiva, en la forma y términos previstos en el reglamento, a excepción de aquellos que se refieran exclusivamente a los demás Inversionistas inversionistas, los cuales nunca podrán ser consultados por Inversionistas inversionistas diferentes del propio interesado. Para este fin, el Inversionista El inversionista deberá informar a la Sociedad Administradora sociedad administradora sobre su intención de consultar los documentos por lo menos con quince ocho (15) 8) días hábiles de anticipación. Una vez recibida la solicitud por el administrador le designará un día y una hora en la cual podrá acceder a la información. La inspección podrá realizarse El reglamento deberá incluir la oportunidad para ejercer dicho examen, el cual tendrá lugar, cuando menos menos, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la terminación de cada semestre calendario. 3. Ceder las Negociar sus participaciones en el FondoFondo de Inversión Colectiva, de conformidad con las reglas señaladas en el presente Reglamentola naturaleza de los documentos representativos de dichas participaciones. 4. Solicitar la redención total o parcial de las sus participaciones que les correspondan en el FondoFondo de Inversión Colectiva, de acuerdo conformidad con lo estipulado establecido en este Reglamento teniendo en cuenta la naturaleza de fondo de inversión colectiva cerrado.el reglamento, y 5. Ejercer los derechos políticos derivados de su participación, a través de la Asamblea asamblea de Inversionistasinversionistas. 6. Recibir un trato igualitario cuando se encuentre en igualdad de circunstancias objetivas con otros Inversionistas inversionistas del mismo FondoFondo de Inversión Colectiva. 7. Convocar la Asamblea asamblea de Inversionistas inversionistas de conformidad con lo establecido en el numeral 10.3.1 del presente Reglamentoreglamento.

Appears in 1 contract

Samples: Reglamento Fondo De Inversión Colectiva

Facultades y Derechos. Además de los expresamente pactados en el presente Reglamento y de aquellos asignados por normas especiales, los Inversionistas o los beneficiarios designados por ellos, tendrán los siguientes derechos: 1. Participar en los resultados económicos generados del giro ordinario de las operaciones del fondo de inversión colectiva. 2. Examinar los documentos relacionados con el Fondo, a excepción de aquellos que se refieran exclusivamente a los demás Inversionistas los cuales nunca podrán ser consultados por Inversionistas diferentes del propio interesado. Para este fin, el Inversionista deberá informar a la Sociedad Administradora sobre su intención de consultar los documentos por lo menos con quince (15) días hábiles de anticipación. Una vez recibida la solicitud por el administrador le designará un día y una hora en la cual podrá acceder a la información. La inspección podrá realizarse cuando menos dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la terminación de cada semestre calendario. 3. Ceder las participaciones en el Fondo, de conformidad con las reglas señaladas en el presente Reglamento. 4. Solicitar la redención total o parcial de las participaciones que les correspondan en el Fondo, de acuerdo con lo estipulado en este Reglamento teniendo en cuenta la naturaleza de fondo Fondo de inversión colectiva cerradoInversión Colectiva Abierto con Pacto de Permanencia. 5. Ejercer los derechos políticos derivados de su participación, a través de la Asamblea de Inversionistas. 6. Recibir un trato igualitario cuando se encuentre en igualdad de circunstancias objetivas con otros Inversionistas del mismo Fondo. 7. Convocar la Asamblea de Inversionistas de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento.

Appears in 1 contract

Samples: Reglamento Del Fondo De Inversión Colectiva

Facultades y Derechos. Además de los expresamente pactados en el presente Reglamento reglamento y de aquellos asignados por normas especiales, los Inversionistas inversionistas o los beneficiarios designados por ellos, tendrán los siguientes derechos: 1. Participar en los resultados económicos generados del giro ordinario de las operaciones del fondo de inversión colectiva.FONDO DE INVERSIÓN COLECTIVA; 2. Examinar los documentos relacionados con el FondoFONDO DE INVERSIÓN COLECTIVA, en la forma y términos previstos en el reglamento, a excepción de aquellos que se refieran exclusivamente a los demás Inversionistas inversionistas los cuales nunca podrán ser consultados por Inversionistas inversionistas diferentes del propio interesado. Para este fin, el Inversionista inversionista deberá informar a la Sociedad Administradora sociedad administradora sobre su intención de consultar los documentos por lo menos con quince (15) días hábiles días de anticipación. Una vez recibida la solicitud por el administrador le designará un día y una hora en la cual podrá acceder a la información. La inspección podrá realizarse cuando menos dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la terminación de cada semestre calendario.; 3. Ceder las Negociar sus participaciones en el Fondo, FONDO DE INVERSIÓN COLECTIVA de conformidad con la naturaleza de los documentos representativos de las reglas señaladas en el presente Reglamento.participaciones; 4. Solicitar la redención total o parcial de las participaciones que les correspondan en el Fondo, de acuerdo con lo estipulado en este Reglamento teniendo en cuenta la naturaleza de fondo de inversión colectiva cerradoFONDO DE INVERSIÓN COLECTIVA. 5. Ejercer los derechos políticos derivados de su participación, a través de la Asamblea asamblea de Inversionistas.inversionistas; 6. Convocar la asamblea de inversionistas de conformidad con lo establecido en la cláusula 9.3.1. (Convocatoria) del presente reglamento; 7. Recibir un trato igualitario cuando se encuentre en igualdad de circunstancias objetivas con otros Inversionistas inversionistas del mismo Fondofondo de inversión. 7. Convocar la Asamblea de Inversionistas de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento.

Appears in 1 contract

Samples: Reglamento De Fondo De Inversión Colectiva

Facultades y Derechos. Además de los expresamente pactados en el presente Reglamento y de aquellos asignados por normas especiales, los Inversionistas o los beneficiarios designados por ellos, tendrán los siguientes derechos: 1. I. Participar en los resultados económicos generados del en el giro ordinario de las operaciones del fondo de inversión colectivaFondo. 2II. Examinar Inspeccionar los documentos relacionados con el del Fondo, siempre que no se trate de documentos de carácter privado, una vez cada semestre calendario, contados a excepción partir del Inicio de aquellos que se refieran exclusivamente a los demás Inversionistas los cuales nunca podrán ser consultados por Inversionistas diferentes del propio interesadoOperaciones. Para este finefecto, los Inversionistas tendrán la oportunidad de ejercer el Inversionista deberá informar a la Sociedad Administradora sobre su intención de consultar los documentos por lo menos con quince (15) días hábiles de anticipación. Una vez recibida la solicitud por el administrador le designará un día y una hora en la cual podrá acceder a la información. La inspección podrá realizarse cuando menos derecho dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la terminación de cada del respectivo semestre calendario. 3. Ceder las participaciones En todo caso, el derecho de inspección en ningún caso se extenderá, de acuerdo con lo previsto en el Numeral 2 del Artículo 3.1.5.5.1 del Decreto 2555, a aquella información que se refiera a los demás Inversionistas en el Fondo, la cual nunca podrá ser consultada por Inversionistas diferentes del propio interesado, o a la información sobre la que la Sociedad Administradora o el Comité de conformidad Inversiones, deban mantener la confidencialidad, incluyendo, sin limitarse, a la información confidencial relacionada con las reglas señaladas operaciones e inversiones del Fondo. III. Negociar en el presente Reglamento. 4. Solicitar la redención total o parcial mercado secundario las Unidades de las participaciones que les correspondan Participación representativas de su inversión en el Fondo, de acuerdo con lo estipulado su ley de circulación y en este cumplimiento de las demás reglas previstas en el presente Reglamento teniendo en cuenta la naturaleza de fondo de inversión colectiva cerradoy las normas aplicables. 5IV. Ejercer Participar y ejercer los derechos políticos derivados de su participaciónque le corresponden en el Fondo, a través de en la Asamblea de Inversionistas. 6. V. Recibir un trato igualitario cuando se encuentre información en igualdad de circunstancias objetivas con otros Inversionistas los términos del mismo Fondopresente Reglamento. 7VI. Convocar Solicitar la convocatoria de la Asamblea de Inversionistas de conformidad con lo establecido en la Sección 13.2.1 del presente Reglamento. VII. Los demás señalados en las normas aplicables o en el presente Reglamento. Parágrafo. Los Inversionistas no podrán solicitar la redención de sus Unidades de Participación cuando no tengan el número equivalente a una Unidad de Creación. Sin embargo, podrán proceder a negociar sus Unidades de Participación en el mercado secundario según lo previsto en la Sección 4.5 del presente Reglamento.

Appears in 1 contract

Samples: Reglamento Del Fondo Bursátil Ishares Msci Colcap