Common use of FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO, CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.- Clause in Contracts

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO, CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.-. 1.- El adjudicatario queda obligado a suscribir dentro del plazo de quince (15) días hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, el correspondiente documento administrativo de formalización del contrato, no perfeccionándose el contrato hasta tanto se produzca dicha formalización. Este plazo se reducirá a la mitad cuando se acuerde la tramitación urgente del expediente. Cuando por causas imputables al licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa, no pudiera llevarse a cabo la adjudicación o no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del 3 por 100 del presupuesto base de licitación, IVA excluido, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar. El contrato podrá elevarse a escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. Tendrán carácter contractual además del presente pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas Particulares, la proposición económica y la documentación técnica presentada por el adjudicatario así como los compromisos y mejoras formuladas por el adjudicatario que hayan sido aceptadas por la Excma. Diputación Provincial.

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Samples: Contrato De Suministro Forma De Adjudicación

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO, CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.-. 1.- El adjudicatario queda obligado La formalización del contrato se efectuará no más tarde de los quince días hábiles siguientes a suscribir dentro del plazo de quince (15) días hábiles, contados desde el siguiente al de aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación, adjudicación a los licitadores en la forma prevista en el correspondiente documento administrativo de formalización artículo 151.4 del contratoTRLCSP, no perfeccionándose el contrato hasta tanto se produzca dicha formalización. Este plazo se reducirá a la mitad cuando se acuerde la tramitación urgente del expediente. Cuando por causas imputables al licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa, no pudiera llevarse a cabo la adjudicación o no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del 3 por 100 del presupuesto base de licitación, IVA excluido, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar. El contrato podrá elevarse a formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. Asimismo serán de su cuenta todos los impuestos que sean exigibles, establecidos o que puedan establecerse para la prestación del suministro. Tendrán carácter contractual además del presente pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas Particulares, la proposición económica y la documentación técnica presentada por el adjudicatario así como los compromisos y mejoras formuladas por el adjudicatario que hayan sido aceptadas por la Excma. Diputación Provincial.

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Samples: Contrato De Suministro Procedimiento Negociado Sin Publicidad

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO, CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.-. 1.- El adjudicatario queda obligado a suscribir dentro del plazo de quince (15) días hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, el correspondiente documento administrativo de formalización del contrato, no perfeccionándose el contrato hasta tanto se produzca dicha formalización. Este plazo se reducirá a la mitad cuando se acuerde la tramitación urgente del expediente. Cuando por causas imputables al licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa, no pudiera llevarse a cabo la adjudicación o no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del 3 por 100 del presupuesto base de licitación, IVA excluido, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar. El contrato podrá elevarse a escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. Tendrán carácter contractual además del presente pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Particulares, el pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, la proposición económica y la documentación técnica presentada por el adjudicatario así como los compromisos y mejoras formuladas por el adjudicatario que hayan sido aceptadas por la Excma. Diputación Provincial.

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Samples: Contrato De Suministro Procedimiento Negociado Sin Publicidad

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO, CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.-. 1.- El adjudicatario queda obligado La formalización del contrato se efectuará no más tarde de los quince días hábiles siguientes a suscribir dentro del plazo de quince (15) días hábiles, contados desde el siguiente al de aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación, adjudicación a los licitador / es en la forma prevista en el correspondiente documento administrativo de formalización artículo 151.4 del contrato, no perfeccionándose el contrato hasta tanto se produzca dicha formalización. Este plazo se reducirá a la mitad cuando se acuerde la tramitación urgente del expedienteTRLCSP. Cuando por causas imputables al licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa, no pudiera llevarse a cabo la adjudicación o no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del 3 por 100 del presupuesto base de licitación, IVA excluido, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar. Tendrán carácter contractual además del presente pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, la proposición económica y la documentación técnica presentada por el adjudicatario y las mejoras propuestas por el adjudicatario que estará obligado a realizar las prestaciones objeto del contrato con arreglo a ellos. El contrato podrá elevarse a formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. Tendrán carácter contractual además Asimismo serán de su cuenta todos los impuestos que sean exigibles, establecidos o que puedan establecerse para la prestación del presente pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas Particulares, la proposición económica y la documentación técnica presentada por el adjudicatario así como los compromisos y mejoras formuladas por el adjudicatario que hayan sido aceptadas por la Excma. Diputación Provincialservicio.

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Samples: Contrato De Servicios Procedimiento Abierto Tramitación Ordinaria

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO, CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.-. 1.- El adjudicatario queda obligado La formalización del contrato se efectuará no más tarde de los quince días hábiles siguientes a suscribir dentro del plazo de quince (15) días hábiles, contados desde el siguiente al de aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación, adjudicación a los licitadores en la forma prevista en el correspondiente documento administrativo de formalización artículo 151.4 del contratoTRLCSP, no perfeccionándose el contrato hasta tanto se produzca dicha formalización. Este plazo se reducirá a la mitad cuando se acuerde la tramitación urgente del expediente. Cuando por causas imputables al licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa, no pudiera llevarse a cabo la adjudicación o no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del 3 por 100 del presupuesto base de licitación, IVA excluido, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar. El contrato podrá elevarse a formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. Asimismo serán de su cuenta todos los impuestos que sean exigibles, establecidos o que puedan establecerse para la prestación del servicio. Tendrán carácter contractual además del presente pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas Particulares, la proposición económica y la documentación técnica presentada por el adjudicatario así como los compromisos y mejoras formuladas por el adjudicatario que hayan sido aceptadas por la Excma. Diputación Provincialel Ayuntamiento.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Contrato De Servicios De Formacion Lan Berri Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO, CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.-. 1.- El Tratándose de un contrato susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 40.1 TRLCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Transcurrido este plazo, el órgano de contratación requerirá al adjudicatario queda obligado para que formalice el contrato en plazo no superior a suscribir dentro del plazo de quince (15) días hábilescinco días, contados desde el siguiente al a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el citado plazo de quince días sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la notificación formalización del contrato o, en su caso, desde que se dicte resolución con el levantamiento de la suspensión del acto de adjudicación, el correspondiente documento administrativo de formalización del contrato, no perfeccionándose el contrato hasta tanto se produzca dicha formalización. Este plazo se reducirá a la mitad cuando se acuerde la tramitación urgente del expediente. Cuando por causas imputables al licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa, no pudiera llevarse a cabo la adjudicación o no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del 3 por 100 del presupuesto base de licitación, IVA excluido, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar. Tendrán carácter contractual además del presente pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, la proposición económica y la documentación técnica presentada por el adjudicatario y las mejoras propuestas por el adjudicatario que estará obligado a realizar las prestaciones objeto del contrato con arreglo a ellos. El contrato podrá elevarse a formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. Tendrán carácter contractual además Asimismo serán de su cuenta todos los impuestos que sean exigibles, establecidos o que puedan establecerse para la prestación del presente pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas Particulares, la proposición económica y la documentación técnica presentada por el adjudicatario así como los compromisos y mejoras formuladas por el adjudicatario que hayan sido aceptadas por la Excma. Diputación Provincialservicio.

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Samples: Contrato Privado De Seguros Procedimiento Abierto