FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN Cláusulas de Ejemplo

FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN. Para la presente contratación procede la modalidad de selección por contratación Convocatoria Abierta, de acuerdo al Manual de Contratación del FONDO COLOMBIA EN PAZ (FCP), dentro de las modalidades de selección inscritas en el numeral 9.5 se encuentra la Convocatoria Abierta que de acuerdo a la definición del numeral 9.5.1.1 anteriormente citada es una Modalidad de contratación competitiva en la que pueden presentar ofertas, todas las personas naturales o jurídicas que cumplan las condiciones de la respectiva convocatoria. La propuesta se seleccionará con base en lo dispuesto en el Manual de Contratación del FCP y sus adiciones o modificaciones.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN. La escogencia del contratista del presente proceso de selección se realizará mediante licitación pública con fundamento en el artículo 2 numeral 1 de la ley 1150 de 2007, en concordancia con los artículos 6 y 14 del decreto 2474 de 2008 y en especial con lo previsto en la Circular Básica Jurídica 007 de 2008, Circulares Externas 005 de 2007, 002 y 005 de 2008, suscritas por el Superintendente de Economía Solidaria; la legislación cooperativa y solidaria vigente, contenida, entre otras normas, en las leyes 79 de 1988, 454 de 1998, 795 de 2003 y 1233 de 2008, Ley 1429 de 2010 y los decretos 1333, 1480, 1481 y 1482 de 1989, 4588 de 2006, 3758 de 2007, 400 de 2008, 1570 de 2008, 3553 de 2008, por las cuales se reglamenta la Organización y Funcionamiento de las Cooperativas de Trabajo Asociado.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN. Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica del contrato a celebrar y la cuantía estimada, la modalidad de selección que se debe adelantar corresponde a la de SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA definida en el artículo 2º, numeral 2º literal b, de la ley 1150 de 2007, reglamentado en el artículo 9 del Decreto 2025 de 2009. Los pliegos de condiciones que elabore la entidad para el presente proceso de selección deberán contener además de lo establecido en el artículo 24 numeral 5º de la Ley 80 de 1993, lo regulado en el artículo 6 del Decreto 2474 de 2008, así como los requisitos propios para esta modalidad de selección.
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  • FUNDAMENTOS JURÍDICOS 12.- En virtud de lo establecido en el artículo 51 del Convenio Económico, en la redacción dada al mismo por la Ley 25/2003, de 15 de julio, esta Junta Arbitral es competente para resolver el presente conflicto. 13.- En el planteamiento y tramitación del presente conflicto, se han observado las normas de procedimiento contenidas en el Reglamento de esta Junta Arbitral, aprobado por el Real Decreto 353/2006, de 24 xx xxxxx. 14.- Antes de entrar en el fondo del asunto, debemos pronunciamos sobre la admisión de la diligencia de (…) de febrero de 2012 que la AEAT acompañó a su escrito de alegaciones finales de (…) xx xxxxx de 2012; admisión ésta a la que se opuso expresamente la HTN en su escrito de (…) xx xxxxx de 2012. El Reglamento de esta Junta Arbitral establece un procedimiento en el que cabe distinguir cuatro fases: la de alegaciones iniciales, la de instrucción, la de alegaciones finales y la de resolución. Dicho Reglamento contempla la presentación por las Administraciones en conflicto de documentos con finalidad probatoria, tanto con las alegaciones iniciales, como durante la fase de instrucción; y no contempla, pero tampoco prohíbe, la presentación de tales documentos, junto con el escrito de alegaciones finales. Por las razones que expusimos en la Resolución que puso fin al conflicto nº 34, esa falta de regulación reglamentaria debe suplirse mediante la aplicación de las normas establecidas en el artículo 270 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que regula la presentación de documentos en los momentos no iniciales del proceso. En términos similares regula el artículo 112 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la presentación de nuevos documentos en los recursos administrativos. Pues bien, dicho precepto no permite la aportación al proceso de aquellos documentos que pudieron haberse aportado en el momento oportuno; en el caso del juicio ordinario, con la demanda y la contestación y, excepcionalmente, en la audiencia previa. En el caso que nos ocupa, la diligencia en cuestión documenta las declaraciones que determinadas personas le hicieron al actuario el (…) de febrero de 2012 y el fruto de la vigilancia que dicho actuario realizó el día siguiente en la consulta del obligado tributario. Se trata, en ambos casos, de actuaciones que la AEAT pudo haber realizado con anterioridad a las alegaciones iniciales o durante el periodo de instrucción, por lo que no son admisibles si se realizan con posterioridad y los documentos que las reflejan se aportan con el escrito de alegaciones finales. La mencionada diligencia de (…) de febrero de 2012 y las alegaciones formuladas en relación con los hechos a los que la misma se refiere deben, por ello, inadmitirse. 15.- A tenor de lo dispuesto en el artículo 8 del Convenio Económico, se entenderán domiciliadas fiscalmente en Navarra las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio xxxxxxx. Para la determinación de si una persona física tiene su residencia habitual en territorio xxxxxxx, establece el apartado 2 del citado precepto que deberán aplicarse sucesivamente las siguientes reglas:

  • Solución De Controversias Durante El Procedimiento De Selección RECURSO DE APELACIÓN

  • FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo establecido en el artículo 46.4 de la LCSP y el artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, corresponde a este Tribunal la competencia para resolver el presente recurso.

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  • DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN 2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN3 Etapa Fecha, hora y lugar

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  • CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN DATOS DEL PROCESOS DE CONTRATACIÓN INFORMACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC) Los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES y obtener información de la entidad de acuerdo con los siguientes datos: