GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. A fin de garantizar el pago de las penalidades que establece la Cláusula 5.6, el Inversionista entregará al Estado una fianza bancaria, conforme a las reglas siguientes: La fianza será emitida por cualquiera de las entidades bancarias indicadas en el Anexo 6 de las Bases, siguiendo el formato y por el monto que indica el Anexo 2 del Contrato. Su entrega es requisito para el Cierre de la Licitación. La fianza deberá estar vigente desde la fecha de Cierre hasta sesenta (60) días calendario después de la Puesta en Operación Comercial. Dicha fianza será otorgada por períodos anuales hasta cumplir el plazo de vigencia descrito anteriormente. Asimismo, dicha fianza será devuelta a más tardar Diez (10) Días después de cumplido el plazo de vigencia. En caso de atraso de la Puesta en Operación Comercial, la fianza deberá ser renovada o prorrogada hasta que se pague la penalidad o se resuelva en definitiva que no procede el pago de ninguna penalidad, según sea el caso. Si llegado su vencimiento la fianza no es renovada o prorrogada conforme a la Cláusula 6.1, el Estado ejecutará totalmente la garantía respectiva, en cuyo caso los fondos resultantes de la ejecución se constituirán automáticamente, sin necesidad de aprobación adicional, en la garantía correspondiente, hasta el momento en que el Inversionista entregue al Estado una nueva garantía. Entregada ésta, el Estado procederá de inmediato a entregar al Inversionista los fondos resultantes de la ejecución de la garantía original, sin intereses.
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Samples: Contrato De Compromiso De Inversión, Contrato De Compromiso De Inversión
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. A fin Conjuntamente con la suscripción del presente Contrato, la Universidad entregará a IST una póliza de seguro de caución para garantizar el pago la correcta ejecución y fiel cumplimiento de las penalidades este contrato, irrevocable y pagadera a la vista a simple requerimiento de IST. La póliza de seguro de caución deberá ser emitida a nombre de IST, en pesos, indicando que establece es tomada por "Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato de Prestación de Servicios para la Cláusula 5.6, el Inversionista entregará al Estado una fianza bancaria, conforme a las reglas siguientes: La fianza será emitida por cualquiera ejecución del Proyecto denominado “Implementación de las entidades bancarias indicadas en el Anexo 6 Índice de las Bases, siguiendo el formato Condiciones de Trabajo (ICT) multisectorial para la priorización y por el monto que indica el Anexo 2 del Contrato. Su entrega es requisito para el Cierre sistematización de la Licitaciónactividad preventiva considerando el cumplimiento técnico-normativo", por la suma equivalente al 10% del monto total neto del Acuerdo indicado en la cláusula sexta del presente convenio. La fianza póliza de seguro de caución deberá estar mantenerse vigente hasta que transcurra el plazo de 90 días, contado desde la fecha de Cierre hasta sesenta (60) días calendario después término del Contrato. En caso de la Puesta en Operación Comercial. Dicha fianza será otorgada por períodos anuales hasta cumplir renovarse el plazo de vigencia descrito anteriormente. Asimismo, dicha fianza será devuelta a más tardar Diez (10) Días después de cumplido el plazo de vigencia. En caso de atraso de la Puesta en Operación Comercialdel presente Contrato, la fianza Universidad deberá ser renovada renovar o prorrogada hasta sustituir la póliza de seguro de caución por el período de renovación, bajo las mismas condiciones, al menos quince (15) días antes de su vencimiento. IST estará facultado para cobrar la póliza de seguro de caución que se pague encuentre en su poder en el evento que la penalidad Universidad no cumpla con su obligación de renovarla o se resuelva sustituirla.
a. La Universidad deberá haber dado íntegro cumplimiento a las obligaciones que asume en definitiva que no procede el pago virtud de ninguna penalidad, según sea el caso. Si llegado su vencimiento la fianza no es renovada o prorrogada conforme a la Cláusula 6.1, el Estado ejecutará totalmente la garantía respectiva, en cuyo caso los fondos resultantes de la ejecución se constituirán automáticamente, sin necesidad de aprobación adicional, en la garantía correspondiente, hasta el momento en que el Inversionista entregue al Estado una nueva garantía. Entregada ésta, el Estado procederá de inmediato a entregar al Inversionista los fondos resultantes de la ejecución de la garantía original, sin intereseseste Contrato.
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Samples: Contrato Para El Desarrollo De Proyecto De Investigación
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. A fin de garantizar el pago cumplimiento de las penalidades que establece obligaciones del período comprendido entre la Cláusula 5.6Fecha de Cierre y la Puesta en Operación Comercial derivadas del Contrato, el Inversionista CONCESIONARIO entregará al Estado Concedente, a la Fecha de Cierre, una fianza bancaria, conforme a las reglas siguientes: La fianza será emitida Garantía de Fiel Cumplimiento por cualquiera un monto de las entidades bancarias indicadas ………………………….. de Dólares (US$ …………… de acuerdo al formato indicado en el Anexo 6 2. La Garantía de las Bases, siguiendo Fiel Cumplimiento garantiza igualmente el formato y por el monto que indica el Anexo 2 del Contratopago de penalidades conforme a la Cláusula 13. Su entrega es requisito para el Cierre El CONCESIONARIO deberá presentar la renovación de la LicitaciónGarantía de Fiel Cumplimiento, cuando ello fuese necesario, con una anticipación no menor a treinta (30) días calendario a su vencimiento. La fianza Garantía de Fiel Cumplimiento deberá estar ser emitida por plazos no menores a un (1) año, y deberá mantenerse vigente desde la fecha de Cierre su entrega al Concedente hasta sesenta (60) días calendario después de posteriores a la Puesta en Operación Comercial. Dicha fianza será otorgada por períodos anuales hasta cumplir De no renovarse en el plazo establecido será de vigencia descrito anteriormenteaplicación lo dispuesto en la Cláusula 7.9.4. AsimismoEl Concedente devolverá la Garantía de Fiel Cumplimiento al CONCESIONARIO, dicha fianza será devuelta a más tardar Diez (10) Días después de cumplido el plazo de vigencia. En caso de atraso siempre que se cumpla con la entrega de la Puesta en Operación Comercial, la fianza deberá ser renovada o prorrogada hasta Garantía de Fiel Cumplimiento Complementaria que se pague la penalidad o se resuelva indica en definitiva que no procede el pago de ninguna penalidad, según sea el caso. Si llegado su vencimiento la fianza no es renovada o prorrogada conforme a la Cláusula 6.1, el Estado ejecutará totalmente la garantía respectiva, en cuyo caso los fondos resultantes de la ejecución se constituirán automáticamente, sin necesidad de aprobación adicional, en la garantía correspondiente, hasta el momento en que el Inversionista entregue al Estado una nueva garantía. Entregada ésta, el Estado procederá de inmediato a entregar al Inversionista los fondos resultantes de la ejecución de la garantía original, sin intereses7.9.2.
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Samples: Modelo De Contrato De Concesión Del Sistema De Distribución De Gas Natural
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. A fin de garantizar el pago cumplimiento de las penalidades que establece obligaciones del período comprendido entre la Cláusula 5.6Fecha de Cierre y la Puesta en Operación Comercial derivadas del Contrato, el Inversionista CONCESIONARIO entregará al Estado Concedente, a la Fecha de Cierre, una fianza bancaria, conforme a las reglas siguientes: La fianza será emitida Garantía de Fiel Cumplimiento por cualquiera un monto de las entidades bancarias indicadas [...] millones de Dólares (US$ …….) de acuerdo al formato indicado en el Anexo 6 2. La Garantía de las Bases, siguiendo Fiel Cumplimiento garantiza igualmente el formato y por el monto que indica el Anexo 2 del Contratopago de penalidades conforme a la Cláusula 13. Su entrega es requisito para el Cierre El CONCESIONARIO deberá presentar la renovación de la LicitaciónGarantía de Fiel Cumplimiento, cuando ello fuese necesario, con una anticipación no menor a treinta (30) días calendario a su vencimiento. La fianza Garantía de Fiel Cumplimiento deberá estar ser emitida por plazos no menores a un (1) año, y deberá mantenerse vigente desde la fecha de Cierre su entrega al Concedente hasta sesenta (60) días calendario después de posteriores a la Puesta en Operación Comercial. Dicha fianza será otorgada por períodos anuales hasta cumplir De no renovarse en el plazo establecido será de vigencia descrito anteriormenteaplicación lo dispuesto en la Cláusula 7.9.4. AsimismoEl Concedente devolverá la Garantía de Fiel Cumplimiento al CONCESIONARIO, dicha fianza será devuelta a más tardar Diez (10) Días después de cumplido el plazo de vigencia. En caso de atraso siempre que se cumpla con la entrega de la Puesta en Operación Comercial, la fianza deberá ser renovada o prorrogada hasta Garantía de Fiel Cumplimiento Complementaria que se pague la penalidad o se resuelva indica en definitiva que no procede el pago de ninguna penalidad, según sea el caso. Si llegado su vencimiento la fianza no es renovada o prorrogada conforme a la Cláusula 6.1, el Estado ejecutará totalmente la garantía respectiva, en cuyo caso los fondos resultantes de la ejecución se constituirán automáticamente, sin necesidad de aprobación adicional, en la garantía correspondiente, hasta el momento en que el Inversionista entregue al Estado una nueva garantía. Entregada ésta, el Estado procederá de inmediato a entregar al Inversionista los fondos resultantes de la ejecución de la garantía original, sin intereses7.9.2.
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Samples: Modelo De Contrato De Concesión
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. A fin El prestador hace entrega en este acto de garantizar el pago una “Garantía de las penalidades Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato”, que establece también podrá ser en formato electrónico, de carácter irrevocable, pagadera a la Cláusula 5.6vista y a primer requerimiento, el Inversionista entregará al Estado que no devengará intereses ni reajuste, y que podrá consistir en una fianza boleta de garantía bancaria, conforme póliza de seguro o certificado de fianza, por un monto equivalente al 10% del valor bruto del contrato correspondiente a las reglas siguientes: La fianza será emitida por cualquiera de las entidades bancarias indicadas en el Anexo 6 de las Bases, siguiendo el formato y por el monto que indica el Anexo 2 …………………………. Esta garantía mantendrá su vigencia desde la firma del Contrato. Su entrega es requisito para el Cierre de la Licitación. La fianza deberá estar vigente presente contrato hasta hasta al menos 90 días corridos contados desde la fecha de Cierre hasta sesenta (60) días calendario después término de éste y deberá ser extendida a nombre de Integra, RUT N°00.000.000-0, con la Puesta glosa “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato en Operación Comercialla Licitación “SERVICIO DE MANTENCIÓN CORRECTIVA Y EVOLUTIVA ERP SAP”. Dicha fianza será otorgada por períodos anuales hasta cumplir el plazo de vigencia descrito anteriormente. Asimismo, dicha fianza será devuelta a más tardar Diez (10) Días después de cumplido el plazo de vigencia. En caso de atraso de la Puesta en Operación Comercial, la fianza Esta caución deberá ser renovada o prorrogada hasta en todas las oportunidades que sea necesario. Esta garantía tiene por objeto garantizar el fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contraídas por el prestador en virtud del presente contrato y de su propuesta de servicio, señalada en las cláusulas PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA precedentes, así como también la calidad del servicio encomendado. Esta garantía se pague la penalidad o se resuelva hará efectiva en definitiva que no procede el pago cualquier momento, cuando a juicio exclusivo de ninguna penalidad, según sea el caso. Si llegado su vencimiento la fianza no es renovada o prorrogada conforme a la Cláusula 6.1Fundación Integra, el Estado ejecutará totalmente la prestador haya incumplido total o parcialmente, o haya retrasado el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas. La garantía respectivase devolverá sólo a su vencimiento, en cuyo caso los fondos resultantes a menos que Fundación Integra acceda voluntariamente a hacerlo antes de la ejecución se constituirán automáticamente, sin necesidad de aprobación adicional, en la garantía correspondiente, hasta el momento en que el Inversionista entregue al Estado una nueva garantía. Entregada ésta, el Estado procederá de inmediato a entregar al Inversionista los fondos resultantes de la ejecución de la garantía original, sin interesesfecha señalada.
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Samples: Prestación De Servicios
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. A fin Deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del Monto Contractual y, tener vigencia hasta la conformidad de garantizar la recepción de la prestación a cargo del CONTRATISTA. La garantía (Carta Fianza) será endosada a nombre de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. - Refinería Conchán, y deberá ser emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros. Asimismo, deberá tener carácter incondicional, solidaria, irrevocable, de realización automática, y sin beneficio de excusión, al solo requerimiento de PETROPERÚ S.A., bajo responsabilidad de la entidad que la emite. En principio podrá aceptarse garantías cuyo vencimiento esté previsto en la fecha de culminación del Contrato, sin embargo en dicho caso el CONTRATISTA deberá preocuparse de mantener actualizada la garantía hasta la aprobación de la conformidad de recepción de la prestación, caso contrario se ejecutará la garantía al día siguiente de su vencimiento sin mayor trámite. La Carta Fianza, en virtud de la realización automática a primera solicitud, la entidad emisora no opondrá excusión alguna a la ejecución de la garantía, limitándose a honrarla de inmediato dentro del plazo máximo de tres (03) días. Toda demora generará responsabilidad solidaria para el emisor de la garantía y para el CONTRATISTA, y dará lugar al pago de las penalidades intereses en favor de PETROPERÚ S.A., devengando la tasa máxima de interés convencional compensatorio y la tasa máxima de interés moratorio, permitidas por dispositivos legales para personas ajenas al sistema financiero. Los intereses y gastos serán calculados a partir de los tres (03) días posteriores a la fecha del requerimiento de ejecución. La garantía se devolverá una vez que establece la Cláusula 5.6recepción de la prestación a cargo del CONTRATISTA esté aprobada. El proveedor elegido deberá entregar antes de la suscripción del Contrato, el Inversionista entregará una Carta Fianza de cumplimiento de obligaciones laborales, hasta por un monto equivalente al Estado pago de dos (02) meses de remuneraciones y beneficios colaterales del personal asignado al servicio. Dicha Carta Fianza deberá tener una fianza bancaria, conforme a las reglas siguientes: La fianza será emitida por cualquiera vigencia hasta de las entidades bancarias indicadas en el Anexo 6 de las Bases, siguiendo el formato y por el monto que indica el Anexo 2 dos (02) meses posteriores al término del Contrato. Su entrega es requisito Cuando el CONTRATISTA incumpla sus obligaciones laborales, PETROPERÚ S.A. le otorgará un plazo para que subsane el Cierre pago, de la Licitación. La fianza deberá estar vigente desde la fecha de Cierre hasta sesenta (60) días calendario después de la Puesta en Operación Comercial. Dicha fianza será otorgada por períodos anuales hasta cumplir conformidad con el plazo de vigencia descrito anteriormente. Asimismo, dicha fianza será devuelta a más tardar Diez (10) Días después de cumplido el plazo de vigencianumeral 10.13 Reglamento. En caso de atraso persistir el incumplimiento, independientemente de las acciones que correspondan, PETROPERÚ S.A. ejecutará dicha Carta Fianza hasta el monto adeudado por el CONTRATISTA a su personal destacado al servicio por concepto de remuneraciones y beneficios colaterales. En ese caso, PETROPERÚ S.A. procederá al pago directo del monto que el CONTRATISTA adeuda a su personal en mención, debiendo el CONTRATISTA presentar en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles una nueva Carta Fianza por el mismo concepto y monto o ampliará la Puesta en Operación Comercial, la fianza deberá ser renovada o prorrogada hasta que se pague la penalidad o se resuelva en definitiva que no procede el pago de ninguna penalidadmisma, según sea corresponda, pudiendo el caso. Si llegado incumplimiento de su vencimiento la fianza no es renovada o prorrogada conforme a la Cláusula 6.1, el Estado ejecutará totalmente la garantía respectiva, en cuyo caso los fondos resultantes presentación ser causal de la ejecución se constituirán automáticamente, sin necesidad de aprobación adicional, en la garantía correspondiente, hasta el momento en que el Inversionista entregue al Estado una nueva garantía. Entregada ésta, el Estado procederá de inmediato a entregar al Inversionista los fondos resultantes de la ejecución de la garantía original, sin interesesresolución del Contrato.
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Samples: Contract for Services
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. A fin En el acto en que se firme el contrato, la firma adjudicataria deberá reemplazar la garantía de garantizar el pago mantenimiento de oferta, cuyo instrumento le será devuelto, por una garantía de cumplimiento de las obligaciones contractuales, la que cubrirá como mínimo el diez por ciento (10 %) del monto total. Esta garantía deberá adoptar alguna de las siguientes formas:
a) Póliza de Seguro de Caución que garantice la totalidad de las obligaciones del tomador - incluso penalidades que establece aplicadas a la Cláusula 5.6contratista, emitida por Compañía de Seguros autorizada a operar en el rubro en el ámbito nacional por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendida a favor de “Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Representación en Argentina, Asociado en la Implementación en el marco del Proyecto PNUD ARG/16/006”. La cobertura deberá mantener su vigencia no obstante cualesquiera actos, declaraciones, acciones u omisiones de la adjudicataria- incluida la falta de pago del premio en las fechas convenidas- hasta la extinción de sus obligaciones.
b) Fianza bancaria, pagadera incondicionalmente al primer requerimiento del PNUD, Representación en Argentina, a favor de “Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Representación en Argentina, Asociado en la Implementación en el marco del Proyecto PNUD ARG/16/006”, otorgada por un banco autorizado por el Banco Central de la República Argentina, el Inversionista entregará al Estado una fianza bancariacual asumirá el carácter de fiador liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y de excusión en los términos del artículos 1583 y 1589 del Código Civil y Comercial de la Nación, conforme a las reglas siguientes: La fianza será emitida por cualquiera con validez hasta la extinción de las entidades bancarias indicadas obligaciones emergentes del contrato.
c) Cuenta Corriente en pesos del Proyecto PNUD ARG/16/006 del Banco Citi Nro.0- 832679-011 CBU 0168888-1 00008326790113, Xxxxxxxx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx 530 CABA, CDI 30-68307705-0 En todos los casos deberá presentarse el Anexo 6 documento de garantía en original, con validez hasta la total extinción de las Bases, siguiendo el formato y por el monto que indica el Anexo 2 obligaciones emergentes del Contratocontrato. Su entrega es requisito para el Cierre La falta de presentación de la Licitación. La fianza deberá estar vigente desde Garantía de Cumplimiento en la fecha de Cierre hasta sesenta (60) días calendario después que el Comprador estipule por escrito, constituirá causa suficiente para la anulación de la Puesta en Operación Comercial. Dicha fianza será otorgada por períodos anuales hasta cumplir el plazo de vigencia descrito anteriormente. Asimismo, dicha fianza será devuelta a más tardar Diez (10) Días después de cumplido el plazo de vigencia. En caso de atraso de la Puesta en Operación Comercial, la fianza deberá ser renovada o prorrogada hasta que se pague la penalidad o se resuelva en definitiva que no procede el pago de ninguna penalidad, según sea el caso. Si llegado su vencimiento la fianza no es renovada o prorrogada conforme a la Cláusula 6.1, el Estado ejecutará totalmente la garantía respectiva, en cuyo caso los fondos resultantes de la ejecución se constituirán automáticamente, sin necesidad de aprobación adicional, en la garantía correspondiente, hasta el momento en que el Inversionista entregue al Estado una nueva garantía. Entregada ésta, el Estado procederá de inmediato a entregar al Inversionista los fondos resultantes de la adjudicación y ejecución de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta. La Garantía de Cumplimiento Contractual permanecerá en vigor durante doce (12) meses a partir de la fecha en que los bienes hayan sido entregados. Mediante este documento el Proveedor garantizará que todos los bienes suministrados en virtud del contrato cumplen con las especificaciones solicitadas. El Proveedor garantizará, también, que todos los bienes suministrados en virtud del contrato estarán libres de defectos atribuibles a las especificaciones, los diseños de envases, los materiales o la fabricación o a cualquier acto u omisión del proveedor que pudiera manifestarse en ocasión del uso normal de los bienes en las condiciones imperantes en el país. El Licitante notificará de inmediato, y por escrito, al Proveedor cualquier reclamo a que hubiera lugar con arreglo a la garantía originaly el Proveedor reemplazará, dentro del plazo perentorio de dos (2) días hábiles contados desde la recepción del reclamo, los bienes defectuosos en todo o en parte, sin interesescosto para el comprador. De no hacerlo, se ejecutará la garantía.
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Samples: Licitación Pública Internacional
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. 9.11.1 A fin de garantizar el pago cumplimiento de las penalidades que establece obligaciones del período comprendido entre la Cláusula 5.6Fecha de Cierre y la Puesta en Operación Comercial derivadas del Contrato, el Inversionista y las de los contratos de concesión de Transporte de Gas y de Distribución, suscritos por la Sociedad Concesionaria simultáneamente, ésta entregará al Estado Concedente una fianza bancariaGarantía de Fiel Cumplimiento por noventa y dos millones de Dólares (US $ 92´000,000), la misma que deberá ser emitida en términos iguales al Anexo Nº 3c, tratándose de un banco local incluido en el Apéndice 3 de las Bases o conforme a las reglas siguientes: La fianza será emitida los términos del Anexo 3, tratándose de un Banco Extranjero de Primera Categoría. En este último caso, la garantía deberá ser confirmada por cualquiera de las entidades bancarias indicadas un banco local, incluido en el Anexo 6 Apéndice 3 de las Bases, siguiendo y pagadera en el formato Perú. La Garantía de Fiel Cumplimiento garantiza igualmente el pago de multas conforme a la Cláusula 16.3.1 y por el monto tendrá vigencia hasta ciento cincuenta (150) días calendario posteriores a la fecha prevista para que indica el Anexo 2 del Contratoocurra la Puesta en Operación Comercial. Su entrega La garantía aquí referida es requisito para el Cierre la misma garantía que la Sociedad Concesionaria debe entregar de conformidad con los otros dos contratos de concesión antes mencionados. La Sociedad Concesionaria deberá presentar la renovación de la LicitaciónGarantía de Fiel Cumplimiento, cuando ello fuese necesario, con una anticipación no menor a treinta (30) días calendario a su vencimiento, de tal manera que el Concedente cuente siempre con una Garantía de Fiel Cumplimiento vigente desde la Fecha de Cierre hasta ciento cincuenta (150) días calendario posteriores a la fecha prevista para que ocurra la Puesta en Operación Comercial. El incumplimiento de la obligación de renovar la Garantía de Fiel Cumplimiento será sancionado con su ejecución total, pudiendo el Concedente resolver el Contrato, conforme a la Cláusula 21.1.c.9. Para la ejecución referida bastará que haya vencido el plazo para la renovación de la Garantía de Fiel Cumplimiento, sin haberse presentado al Concedente la renovación de la misma.
9.11.2 Dentro de los sesenta (60) días calendario posteriores a la Puesta en Operación Comercial y siempre que no exista causal para su ejecución parcial o total conforme al Contrato y se prevea que no exista dicha causal, el Concedente devolverá la Garantía de Fiel Cumplimiento a la Sociedad Concesionaria.
9.11.3 A fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones a partir de la Puesta en Operación Comercial derivadas del Contrato y las del contrato de concesión de Transporte de Gas suscritos por la Sociedad Concesionaria simultáneamente, así como las obligaciones que las Leyes Aplicables imponen a la Sociedad Concesionaria como titular de la Concesión y de la concesión de Transporte de Gas, la Sociedad Concesionaria, de conformidad con el Artículo 28° del TUO, deberá entregar al Concedente, en la Puesta en Operación Comercial la Garantía de Fiel Cumplimiento Complementaria que será emitida en los términos del modelo del Anexo N° 3b, por un Banco Extranjero de Primera Categoría, confirmada por un banco local incluido en el Apéndice 3 de las Bases y pagadera en el Perú, o por un banco local incluido en el Apéndice 3 de las Bases, en cuyo caso el modelo a considerar será el del Anexo N° 3d. La fianza garantía aquí referida es la misma garantía que la Sociedad Concesionaria debe entregar de conformidad con el otro contrato de concesión antes mencionado. El monto de la Garantía de Fiel Cumplimiento Complementaria será de US $ 2´000,000.00 (dos millones y 00/100 Dólares) y sólo garantizará las obligaciones de la Sociedad Concesionaria derivadas del Contrato y del contrato de concesión de Transporte de Gas, y las que las Leyes Aplicables le imponen como titular de la Concesión. La Garantía de Fiel Cumplimiento Complementaria podrá ser emitida por plazos no menores a dos (2) años y deberá estar mantenerse vigente desde la fecha de Cierre su entrega al Concedente hasta noventa (90) días calendario posteriores a la fecha de vencimiento del Plazo del Contrato. La Sociedad Concesionaria deberá renovar la Garantía de Fiel Cumplimiento Complementaria con una anticipación no menor a treinta (30) días calendario a su vencimiento, de tal manera que el Concedente cuente siempre con una Garantía de Fiel Cumplimiento Complementaria vigente desde la Puesta en Operación Comercial hasta noventa (90) días calendario posteriores al vencimiento del Plazo del Contrato. El incumplimiento a esta obligación será sancionado con la ejecución total de la Garantía de Fiel Cumplimiento Complementaria, pudiendo el Concedente resolver el Contrato, conforme a la Cláusula 21.1.c.9. Para la ejecución referida bastará que haya vencido el plazo para la renovación de la Garantía de Fiel Cumplimiento Complementaria, sin haberse presentado al Concedente la renovación de la misma.
9.11.4 Siempre que no exista causal para su ejecución parcial o total conforme al Contrato y se prevea que no exista dicha causal, el Concedente devolverá la Garantía de Fiel Cumplimiento Complementaria a la Sociedad Concesionaria, sesenta (60) días calendario después de haber caducado la Puesta en Operación Comercial. Dicha fianza será otorgada Concesión.
3.4 La Cláusula 9.16 queda reemplazada por períodos anuales hasta cumplir el plazo de vigencia descrito anteriormente. Asimismo, dicha fianza será devuelta a más tardar Diez (10) Días después de cumplido el plazo de vigencia. En caso de atraso de la Puesta en Operación Comercial, la fianza deberá ser renovada o prorrogada hasta que se pague la penalidad o se resuelva en definitiva que no procede el pago de ninguna penalidad, según sea el caso. Si llegado su vencimiento la fianza no es renovada o prorrogada conforme a la Cláusula 6.1, el Estado ejecutará totalmente la garantía respectiva, en cuyo caso los fondos resultantes de la ejecución se constituirán automáticamente, sin necesidad de aprobación adicional, en la garantía correspondiente, hasta el momento en que el Inversionista entregue al Estado una nueva garantía. Entregada ésta, el Estado procederá de inmediato a entregar al Inversionista los fondos resultantes de la ejecución de la garantía original, sin intereses.siguiente:
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Samples: Licensing Agreement
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. A fin de garantizar el pago cumplimiento de las penalidades que establece obligaciones del período comprendido entre la Cláusula 5.6Fecha de Cierre y la Puesta en Operación Comercial derivadas del Contrato, el Inversionista la Sociedad Concesionaria entregará al Estado Concedente, a la Fecha de Cierre, una fianza bancaria, conforme a las reglas siguientes: La fianza será emitida Garantía de Fiel Cumplimiento por cualquiera un monto de las entidades bancarias indicadas veintiséis millones de Dólares (US$ 26,000,000.00) de acuerdo al formato indicado en el Anexo 6 5. La Garantía de las Bases, siguiendo Fiel Cumplimiento garantiza igualmente el formato y por el monto que indica el Anexo 2 del Contratopago de penalidades conforme a la Cláusula 14. Su entrega es requisito para el Cierre La Sociedad Concesionaria deberá presentar la renovación de la LicitaciónGarantía de Fiel Cumplimiento, cuando ello fuese necesario, con una anticipación no menor a treinta (30) días calendario a su vencimiento. La fianza Garantía de Fiel Cumplimiento deberá estar ser emitida por plazos no menores a un (1) año, y deberá mantenerse vigente desde la fecha de Cierre su entrega al Concedente hasta sesenta (60) días calendario después de posteriores a la Puesta en Operación Comercial. Dicha fianza será otorgada por períodos anuales hasta cumplir el plazo de vigencia descrito anteriormente. Asimismo, dicha fianza será devuelta a más tardar Diez (10) Días después de cumplido el plazo de vigencia. En caso de atraso de la Puesta en Operación Comercial, la fianza deberá ser renovada Comercial o prorrogada hasta que se pague produzca la penalidad o devolución que se resuelva indica en definitiva el párrafo siguiente, lo que ocurra primero. De no procede renovarse en el pago plazo establecido será de ninguna penalidad, según sea el casoaplicación lo dispuesto en la Cláusula 8.4. Si llegado su vencimiento El Concedente devolverá la fianza no es renovada o prorrogada conforme Garantía de Fiel Cumplimiento a la Cláusula 6.1Sociedad Concesionaria, el Estado ejecutará totalmente siempre que se cumpla con la garantía respectiva, en cuyo caso los fondos resultantes entrega de la ejecución Garantía de Fiel Cumplimiento Complementaria que se constituirán automáticamente, sin necesidad de aprobación adicional, indica en la garantía correspondiente, hasta el momento en que el Inversionista entregue al Estado una nueva garantía. Entregada ésta, el Estado procederá de inmediato a entregar al Inversionista los fondos resultantes de la ejecución de la garantía original, sin interesesCláusula 8.2.
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Samples: Contrato De Concesión
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. 9.11.1 A fin de garantizar el pago cumplimiento de las penalidades que establece obligaciones del período comprendido entre la Cláusula 5.6Fecha de Cierre y la Puesta en Operación Comercial derivadas del Contrato, el Inversionista y las de los contratos de concesión de Transporte de Gas y de Distribución, suscritos por la Sociedad Concesionaria simultáneamente, ésta entregará al Estado Concedente una fianza bancariaGarantía de Fiel Cumplimiento por noventa y dos millones de Dólares (US $ 92’000,000), conforme a las reglas siguientes: La fianza será la misma que deberá ser emitida en términos iguales al Anexo Nº 3 por cualquiera un Banco Extranjero de las entidades bancarias indicadas Primera Categoría. Esta garantía deberá ser confirmada por un banco local, incluido en el Anexo 6 Apéndice 3 de las Bases, siguiendo y pagadera en el formato y por el monto que indica el Anexo 2 del Contrato. Su entrega es requisito para el Cierre de la LicitaciónPerú. La fianza deberá estar vigente desde Garantía de Fiel Cumplimiento garantiza igualmente el pago de multas conforme a la fecha de Cierre Cláusula 16.3.1 y tendrá vigencia hasta sesenta ciento cincuenta (60150) días calendario después de posteriores a la fecha prevista para que ocurra la Puesta en Operación Comercial. Dicha fianza será otorgada por períodos anuales hasta cumplir el plazo La garantía aquí referida es la misma garantía que la Sociedad Concesionaria debe entregar de vigencia descrito anteriormenteconformidad con los otros dos contratos de concesión antes mencionados. Asimismo, dicha fianza será devuelta a más tardar Diez (10) Días después de cumplido el plazo de vigencia. En caso de atraso La Sociedad Concesionaria deberá presentar la renovación de la Puesta Garantía de Fiel Cumplimiento, cuando ello fuese necesario, con una anticipación no menor a treinta (30) días calendario a su vencimiento. Cuando deba renovarse la Garantía de Fiel Cumplimiento habiéndose producido la escisión referida en Operación Comercialla Cláusula 19, la fianza Sociedad Concesionaria Escindida y la Nueva Sociedad Concesionaria serán solidariamente responsables frente al Concedente por dicha renovación la cual deberá ser renovada o prorrogada hasta que se pague realizarse presentando una Garantía de Fiel Cumplimiento emitida bajo los mismos términos del modelo del Anexo N° 3. El incumplimiento a la penalidad o se resuelva en definitiva que no procede obligación de renovar la Garantía de Fiel Cumplimiento será sancionado con su ejecución total, pudiendo el pago de ninguna penalidadConcedente resolver el Contrato, según sea el caso. Si llegado su vencimiento la fianza no es renovada o prorrogada conforme a la Cláusula 6.1, 21.1.c.9. Para la ejecución referida bastará que haya vencido el Estado ejecutará totalmente plazo para la garantía respectiva, en cuyo caso los fondos resultantes renovación de la ejecución se constituirán automáticamenteGarantía de Fiel Cumplimiento, sin necesidad de aprobación adicional, en haberse presentado al Concedente la garantía correspondiente, hasta el momento en que el Inversionista entregue al Estado una nueva garantía. Entregada ésta, el Estado procederá de inmediato a entregar al Inversionista los fondos resultantes renovación de la ejecución de la garantía original, sin interesesmisma.
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Samples: Boot Contract
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. A fin El CONSULTOR deberá presentar una garantía por el fiel cumplimiento de garantizar el pago de las penalidades que establece la Cláusula 5.6, el Inversionista entregará al Estado una fianza bancaria, conforme a las reglas siguientes: La fianza será emitida por cualquiera de las entidades bancarias indicadas sus obligaciones contenidas en el Anexo 6 presente Contrato hasta por la suma de S/ ………………, que deberá mantenerse vigente hasta la terminación del contrato. En caso el CONSULTOR asuma Prestaciones Adicionales, deberá presentar también Garantía de Fiel Cumplimiento por Prestaciones Adicionales por la suma que le será comunicada por PROINVERSIÓN. Carta Fianza Bancaria.- deberá ser solidaria, sin beneficio de excusión, incondicional, irrevocable y de realización automática en el país y a solo requerimiento de PROINVERSIÓN conforme al modelo de las Bases. Depósito en Cuenta.- deberá abonarse en la Cuenta Nº ……………… de PROINVERSIÓN en el Banco ………, siguiendo por la suma de ……………… y quedará en custodia de PROINVERSIÓN hasta el formato y por el monto que indica el Anexo 2 otorgamiento de la conformidad de la prestación o en caso exista consentimiento de la liquidación del Contrato. Su entrega es requisito para La devolución del monto abonado en cuenta estará sujeta a las deducciones por impuestos y costos bancarios; el Cierre de la Licitacióndepósito no generará intereses. La fianza deberá estar vigente desde la fecha de Cierre hasta sesenta (60) días calendario después de la Puesta en Operación Comercial. Dicha fianza será otorgada por períodos anuales hasta cumplir Retención.- PROINVERSIÓN retendrá el plazo de vigencia descrito anteriormente. Asimismo, dicha fianza será devuelta a más tardar Diez (10) Días después de cumplido el plazo de vigencia. En caso de atraso de la Puesta en Operación Comercial, la fianza deberá ser renovada o prorrogada hasta que se pague la penalidad o se resuelva en definitiva que no procede el pago de ninguna penalidad, según sea el caso. Si llegado su vencimiento la fianza no es renovada o prorrogada conforme a la Cláusula 6.1, el Estado ejecutará totalmente la garantía respectiva, en cuyo caso los fondos resultantes de la ejecución se constituirán automáticamente, sin necesidad de aprobación adicional, en la garantía correspondiente, hasta el momento en que el Inversionista entregue al Estado una nueva garantía. Entregada ésta, el Estado procederá de inmediato a entregar al Inversionista los fondos resultantes de la ejecución monto total de la garantía originalque asciende a la suma de ……………… desde el primer pago a realizarse, sin interesesy si resultara insuficiente, de los pagos subsiguientes hasta completar el monto total, el cual será materia de retención hasta la terminación del contrato.
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GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. La adjudicataria, previo a la suscripción del contrato, para asegurar su cumplimiento y para responder por las obligaciones que contrajere a favor de terceros, relacionadas con el mismo y por las multas por retraso o incumplimiento, entregará a su costo a la EP PETROECUADOR y a su nombre, una garantía bancaria o póliza de seguros, otorgada por un Banco o Compañía de Seguros, de clase A fin de garantizar el pago de las penalidades que establece la Cláusula 5.6o B, el Inversionista entregará al Estado una fianza bancaria, conforme a las reglas siguientes: La fianza será emitida por cualquiera de las entidades bancarias indicadas legalmente domiciliados en el Anexo 6 país, con el carácter de las Basesincondicional, siguiendo el formato irrevocable, renovable y de cobro y pago inmediato a pedido de la EP PETROECUADOR, y a costo de la empresa contratista, por el cinco por ciento (5%) del monto que indica el Anexo 2 total del Contratocontrato sin IVA. Su entrega es requisito para el Cierre Esta garantía será renovada cuantas veces sea necesario a petición de la Licitación. La fianza deberá estar vigente desde EP PETROECUADOR y a costo de la fecha de Cierre hasta sesenta Contratista, con quince (6015) días calendario después de anticipación, antes de su vencimiento hasta la suscripción de la Puesta en Operación Comercial. Dicha fianza será otorgada por períodos anuales hasta cumplir el plazo correspondiente Acta de vigencia descrito anteriormente. AsimismoFiniquito, dicha fianza será devuelta a más tardar Diez (10) Días después de cumplido el plazo de vigenciacaso contrario, se hará efectiva. En caso de atraso ser reducida en su valor por motivo de cobro de multas, la garantía deberá ser restituida a su valor inicial en el período de quince (15) días calendarios desde que la EP PETROECUADOR lo solicitará, caso contrario esta empresa pública, sin ningún otro requisito la efectivizará por el saldo. En caso de que la garantía sea emitida por una Compañía de Seguros, se deberá adjuntar a la correspondiente póliza, las condiciones particulares, las que prevalecerán sobre las condiciones generales y especiales de la Puesta en Operación Comercial, misma. El cien por ciento (100%) de esta garantía le será devuelta a la fianza deberá ser renovada o prorrogada hasta que se pague Contratista luego de quince (15) días calendario siguientes a la penalidad o se resuelva en definitiva suscripción del Acta de Finiquito y siempre que no procede el pago de ninguna penalidad, según sea el caso. Si llegado su vencimiento la fianza no es renovada o prorrogada conforme a la Cláusula 6.1, el Estado ejecutará totalmente la garantía respectiva, en cuyo caso los fondos resultantes existan reclamos que formular por parte de la ejecución se constituirán automáticamente, sin necesidad de aprobación adicional, en la garantía correspondiente, hasta el momento en que el Inversionista entregue al Estado una nueva garantíaEP PETROECUADOR. Entregada ésta, el Estado procederá de inmediato a entregar al Inversionista los fondos resultantes Es obligación de la ejecución Contratista renovar oportunamente las garantías, antes de su vencimiento. Para el caso de las Empresas Estatales, no se requerirá la garantía original, sin interesespresentación de garantías.
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Samples: Transporte Marítimo