Common use of GARANTÍA PROVISIONAL Clause in Contracts

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta garantía responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contrato. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCP.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para El Arrendamiento De Espacios E Instalaciones en La Terminal De Transporte De Mercancías De Albacete

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta El ofertante deberá incorporar en el sobre de Documentación Administrativa, el documento acreditativo de haber constituido a disposición de IFEMA una garantía provisional del 3% del presupuesto máximo de licitación, que asciende a la cantidad de 2.424 EUROS (DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO EUROS). La garantía podrá depositarse en metálico, aval bancario o contrato de seguro de caución, o mediante cualquiera de los medios previstos en las normas de contratación pública. Si la garantía se presta en metálico, deberá ingresarse en la cuenta corriente número: 0049 2222 51 1510001900 abierta a nombre de IFEMA, indicando el procedimiento selectivo mediante la cita, al menos, del número de expediente de contratación. El resguardo acreditativo del ingreso, en original o copia compulsada deberá incorporarse al sobre de Documentación Administrativa. Si se constituyera mediante aval bancario o seguro de caución, deberán utilizase los modelos que figuran como ANEXO del presente Xxxxxx, que igualmente deberán incorporarse al sobre de Documentación Administrativa. La garantía provisional deberá estar constituida antes del vencimiento del plazo de presentación de ofertas. Cuando se preste en metálico, se entenderá constituida cuando el ingreso (por el importe total exigido en concepto de garantía) tenga efectiva entrada en la cuenta bancaria de IFEMA antes del vencimiento del plazo de presentación de ofertas. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación La devolución se producirá mediante la puesta a disposición del licitador, en el departamento de Tesorería de IFEMA del documento acreditativo de la garantía constituida, o mediante la devolución a través de cheque nominativo del importe en metálico depositado (opcionalmente se podrá realizar una transferencia bancaria, en el caso de designación de una cuenta bancaria nominativa cuyo único titular sea el licitador siempre que así se comunique a IFEMA de manera fehaciente, mediante certificación de la entidad bancaria). La persona que pretenda hacerse cargo de tales documentos, deberá acreditar poder suficiente a tal fin. Se incautará la garantía provisional a aquellos licitadores que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. Se entenderá injustificada, entre otras, la retirada que pretenda fundamentarse en error en la formulación de la oferta. En todo caso la garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contrato. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCP.

Appears in 1 contract

Samples: Seguro De Responsabilidad Civil

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta En atención a las circunstancias que concurren en este contrato, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 103.1 del TRLCSP, se entiende que no existen razones que justifiquen su exigencia, por lo que NO PROCEDE. Garantía definitiva. Como se ha indicado, el licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa está obligado a constituir, a disposición del órgano de contratación, garantía responderá definitiva por importe igual al 5 por 100 del mantenimiento precio de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contratoadjudicación. La garantía provisional será devuelta debe ser depositada en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento que se regula a estos efectos en el artículo 151 del TRLCSP, y por cualquiera de los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después siguientes medios: • Mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente de la adjudicación del contratoExcma. Al Adjudicatario le será devuelta una vez Diputación Provincial xx Xxxxxxx. • Mediante cheque, que se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse presentará convenientemente conformado, mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por alguno de los Bancos, Cajas de AhorroAhorros, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito crédito, o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a para operar en España o por España. • Mediante contrato de Seguro seguro de Caución caución, celebrado en las formas la forma y condiciones reglamentariamente establecidasque las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. • Mediante retención en el pago del precio, previa petición formulada por el contratista dentro del plazo xx xxxx días que se regula en el artículo 151.2 del TRLCSP, y la cláusula 31ª del presente documento, que deberá ser resuelta, si procede, en el acuerdo de adjudicación. Una vez admitida la constitución de la fianza mediante retención en el pago del precio, su importe será descontado de los primeros pagos que deba abonarse al contratista en concepto de contraprestación por el suministro entregado. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP, de conformidad con el modelo normalizado manera que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar procederá su incautación en los siguientes enlacescasos: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener - Responsabilidad por daños ocasionados en cuenta que ADIF, las instalaciones. - Perjuicios ocasionados como consecuencia de posibles reclamaciones dirigidas contra la Administración por daños personales o materiales producidos a terceros por culpa o negligencia del contratista en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar ejecución de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados las distintas prestaciones contempladas en el mismo ycontrato. - Penalidades impuestas conforme a lo establecido, con carácter general en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUCart. 212 TRLCSP, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes por ejecución defectuosa y demora, o bien, como consecuencia de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCPresolución contractual por causa imputable al contratista.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regirán El Contrato Administrativo De Suministro De Pienso De Ganado Bovino Y Ovino Para Las Dos Explotaciones Agrícolas De La Excma

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta garantía responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contrato. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez No se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes de la adjudicaciónexige, de acuerdo con lo el señalado en el art. 103 del TRLCSP. Informaciones del suministro.- Se publicará anuncio de licitación en el DOUE, BOE, BOP, DOG y Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxx (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/). Los presentes pliegos serán publicados, así mismo, en el perfil del contratante del Ayuntamiento (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/). Podrá publicarse, así mismo, aquella otra información o documentación que sea necesaria o conveniente. Para la obtención de esta información, y de la adicional que había podido solicitarse, se estará al señalado en el art. 158 del TRLCSP. En todo caso debe de tenerse en cuenta: - Que sólo será obligatoria la remisión de aquellos documentos que no se encuentren publicados en el perfil del contratante municipal. - Que sólo será obligatoria la remisión de aquella documentación o información que sea precisa, o conveniente, para el planteamiento de las ofertas. Tales copias se recogerán personalmente en las oficinas municipales; en su defecto, se remitirán por mensajero o entrega de paquetería bajo la modalidad xx xxxxxx debidos, en ambos casos sin perjuicio de la exacción de la tasa a que había habido lugar de así encontrarse establecido. De la remisión y recepción por el interesado se dejará la debida constancia en el expediente. Las consultas podrán efectuarse en el Departamento de Secretaría del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxx (Plaza de la Constitución, 1 - Xxxxxxxxxx xx Xxxx). conformidad con el indicado en el PCPart. 159 del TRLCSP. Si el último día del plazo fuera sábado o día inhábil, el plazo finalizará el inmediato día hábil siguiente. También podrán presentarse proposiciones por correo, si bien en este caso el interesado deberá acreditar, con resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al Órgano de Contratación, por fax, télex o telegrama, la remisión de la proposición. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. En todo caso, transcurridos diez días siguientes la esa fecha sin que se reciba la documentación, esta no será admitida. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se haya recibido en el registro general municipal fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación. En el supuesto de presentarse proposiciones por correo se establece el mismo plazo señalado anteriormente. Igual advertencia será de aplicación para los casos en que se use la posibilidad prevista por el art. 38.4 de la Ley 30/1992, debiendo de anunciarse de igual modo su presentación mediante esta vía, y con las mismas salvedades expuestas. Tales plazos podrán ser prorrogados de concurrir las circunstancias previstas en el art. 78.3 del RD 1098/2002. Una vez remitida la proposición o entregada, no podrá ser retirada salvo causa debidamente justificada. Las consultas podrán efectuarse en el Departamento de Secretaría del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxx (Plaza de la Constitución, 1 - Xxxxxxxxxx xx Xxxx).

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Claúsulas Administrativas Particulares Que, Como Ley Fundamental Del Contrato

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta garantía responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los Los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contrato. La deberán presentar una garantía provisional en forma de aval bancario por importe del 1 % del precio tipo de licitación. Dicha garantía será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después licitadores no adjudicatarios en el momento de la adjudicación y al adjudicatario con la firma del contratocontrato privado de compraventa. Al Adjudicatario le será devuelta SOBRE “B”. Titulado “OFERTA ECONÓMICA Y FORMA DE PAGO” se incluirá: (reflejará el nombre y apellidos del licitador o denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposiciones y el carácter con que lo hace, debiendo estar el sobre firmado) Proposición económica firmada en original y el importe igual o superior al precio señalado en este Pliego para la parcela a adquirir, inadmitiéndose las ofertas que no alcancen esta cantidad (según modelo anexo nº IV) Oferta del licitador respecto al porcentaje del precio ofertado que se adelante del cuarto y último hito de pago (31 xx xxxxx de 2022) al momento de la escrituración (según modelo anexo nº IV) En tal supuesto, se deberá aportar la siguiente documentación: Acreditación del título que se ostenta sobre los inmuebles: Se aportará copia del título suficiente de los inmuebles que se ofrecen para la opción de compra por VISESA. En el momento de la adjudicación dicho título deberá ser necesariamente el de propiedad plena inscrita en el Registro de la Propiedad. Informes de tasación de los suelos: Deberán contar con una vez se haya constituido antigüedad máxima de SEIS MESES a contar desde el fin del plazo de presentación de ofertas, ser realizados por técnicos cualificados según los requisitos y las disposiciones que exige la garantía definitiva Orden ECO/805/2003, de 27 xx xxxxx (BOE 9/4/2003), sobre “Normas de valoración de bienes inmuebles y firmado el contrato. Su importe será determinados derechos para ciertas finalidades financieras”, modificada por la Orden EHA/3011/2007 de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor 4 de ADIFoctubre (BOE 7/10/2007), o, aval prestado por Bancos, Cajas Orden EHA/564/2008 de Ahorro, Cooperativas 28 de Crédito, establecimientos financieros febrero (BOE 5/3/2008) y por Orden ECC/371/2013 de crédito o Sociedades 4 xx xxxxx de 2013 (BOE 8/3/2013) y con la finalidad de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato hipotecaria. Plano de Seguro de Caución celebrado en las formas situación y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas parcelas propuestas con identificación de las fincas registrales. Copia autentificada de los documentos que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer acrediten el estado de los espacios e instalaciones objeto tramitación y fecha de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único última aprobación de Contratación (DEUC) en sustitución cualquiera de la documentación acreditativa los instrumentos de las condiciones de capacidad y solvencia gestión y/o ejecución que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso hayan tramitado en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento ejecución del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso ámbito de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUCse trate (estatutos y bases, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes convenio, planeamiento de la adjudicacióndesarrollo, proyecto de acuerdo con lo indicado en el PCPurbanización, proyecto de reparcelación).

Appears in 1 contract

Samples: 37.187.25.28

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta Los licitadores deberán presentar en el Sobre número 2 la justificación de haber constituido una garantía provisional por importe del 2% del canon mínimo de licitación para la totalidad del periodo previsto para el arrendamiento, cuyo valor asciende a la cantidad de 24,00 Euros. Dicha garantía provisional deberá constituirse mediante aval bancario o depósito en efectivo. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas u ofertas, Si se constituye la garantía mediante aval prestado, en la forma y condiciones reglamentarias, por los licitadores hasta la adjudicación y alguna de las entidades autorizadas para operar en España, deberá aportarse el documento original que deberá haber sido autorizado por un apoderado de la proposición entidad avalista cuyo poder debe haber sido bastanteado previamente por algún letrado municipal. Si el licitador decide constituir la garantía en metálico debe hacerlo ante la Tesorería General del Adjudicatario hasta Ayuntamiento. Las uniones temporales de empresarios deberán constituir la formalización del contrato. La garantía provisional será devuelta a los licitadoresen la forma establecida en el artículo 61.1 del Real Decreto 1098/2001, excepto al Adjudicatariode 12 de octubre, inmediatamente después por el que se aprueba el Reglamento General de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será Ley de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera Contratos de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupoAdministraciones Públicas. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el Si algún licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa retira su proposición injustificadamente antes de la adjudicación, o si el adjudicatario no constituye la garantía definitiva o, por causas imputables al mismo, no pudiese formalizarse el contrato, se procederá a la ejecución de acuerdo con lo indicado la garantía provisional. El reconocimiento por parte del licitador de que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, tendrá la consideración de retirada injustificada de la proposición a los efectos anteriormente indicados. Cuando se produzca la adjudicación del Contrato se acordará la devolución de la garantía provisional a todos los licitadores que no hayan resultado adjudicatarios. La garantía provisional constituida por el adjudicatario quedará retenida hasta que se constituya la garantía definitiva. Si el adjudicatario hubiera constituido su garantía provisional en el PCPmetálico podrá optar por aplicar su importe para la constitución de la garantía definitiva o cancelar la garantía provisional y simultáneamente constituir la garantía definitiva.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Regulador Del Contrato De Arrendamiento Del Bien Patrimonial Propiedad Del Ayuntamiento De Areatza Denominado “Palacio Cortazar

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta El ofertante deberá incorporar en el sobre de Documentación Administrativa, el documento acreditativo de haber constituido a disposición de IFEMA una garantía provisional por importe de 7.200 EUROS (SIETE MIL DOSCIENTOS EUROS) (3 % DEL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN). La garantía podrá depositarse en metálico, aval bancario o contrato de seguro de caución, o mediante cualquiera de los medios previstos en las normas de contratación pública. Si la garantía se presta en metálico, deberá ingresarse en la cuenta corriente abierta a nombre de IFEMA que se cita a continuación, indicando el procedimiento selectivo mediante la cita, al menos, del número de expediente de contratación: BANCO XXXXXXXX IBAN XX00 0000 0000 00 0000000000 Swift XXXXXXXX El resguardo acreditativo del ingreso, en original o copia compulsada deberá incorporarse al sobre de Documentación Administrativa. Si se constituyera mediante aval bancario o seguro de caución, deberán utilizase los modelos que figuran como ANEXO del presente Xxxxxx, que igualmente deberán incorporarse al sobre de Documentación Administrativa. La garantía provisional deberá estar constituida antes del vencimiento del plazo de presentación de ofertas. Cuando se preste en metálico, se entenderá constituida cuando el ingreso (por el importe total exigido en concepto de garantía) tenga efectiva entrada en la cuenta bancaria de IFEMA antes del vencimiento del plazo de presentación de ofertas. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación La devolución se producirá mediante la puesta a disposición del licitador, en el departamento de Tesorería de IFEMA del documento acreditativo de la garantía constituida, o mediante la devolución a través de cheque nominativo del importe en metálico depositado (opcionalmente se podrá realizar una transferencia bancaria, en el caso de designación de una cuenta bancaria nominativa cuyo único titular sea el licitador siempre que así se comunique a IFEMA de manera fehaciente, mediante certificación de la entidad bancaria). La persona que pretenda hacerse cargo de tales documentos, deberá acreditar poder suficiente a tal fin. Se incautará la garantía provisional a aquellos licitadores que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. Se entenderá injustificada, entre otras, la retirada que pretenda fundamentarse en error en la formulación de la oferta. En todo caso la garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contrato. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCP.

Appears in 1 contract

Samples: mnhlicitaciones.com

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta La importancia de esta licitación, tanto por su objeto, como por su relevancia económica, motivan que el órgano de contratación entienda necesaria la exigencia de esta garantía para asegurar la seriedad de las ofertas presentadas, su mantenimiento por los licitadores y el correcto desenvolvimiento del procedimiento de licitación hasta la adjudicación, por lo que los licitadores deberán constituir una garantía provisional a disposición xx Xxxxxx por valor del tres por ciento (3%) del VEC. La falta de constitución en plazo de la garantía provisional será causa de no admisión de la proposición presentada. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por ofertas de los licitadores hasta la adjudicación y del contrato. Para el licitador que resulte adjudicatario, la garantía responderá del cumplimiento de las obligaciones derivadas del art. 151.2 del TRLCSP, así como de la proposición presentación en forma y plazo de la documentación general que se sustituye por la precitada declaración responsable del Adjudicatario hasta la formalización del contratoart. 146.4 TRLCSP. La garantía provisional se constituirá en alguna de las formas establecidas en el art. 96 del TRLCSP, en coherencia con los arts. 55 a 58 del RGLCAP, y de acuerdo con los modelos recogidos en el Anejo I (Modelos de garantías) de este pliego, para los casos de constitución mediante aval o seguro de caución. Las garantías constituidas en metálico o valores anotados públicos y privados no se podrán depositar en la Caja General de Depósitos, debiendo solicitarse por el licitador una cuenta que Canasa designará para ello. En el caso de uniones temporales de empresarios, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas que concurran agrupadas, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y se garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le La garantía será devuelta una vez se haya constituido retenida al licitador que resulte adjudicatario hasta que éste proceda a la constitución de la garantía definitiva y firmado el contrato(art. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario 104 del TRLCSP) e incautada a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en los términos previstos en el PCPart. 62 del RGLCAP o incumplan las obligaciones de presentación de la documentación requerida a que se refiere esta cláusula.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Particulares

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta Los licitadores deberán justificar en el sobre nº 1 la constitución de una garantía provisional por importe del tres por ciento del tipo mínimo de licitación multiplicado por el numero de años de la misma. Dicha garantía provisional deberá constituirse mediante aval bancario o depósito en efectivo. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas u ofertas, Si se constituye la garantía mediante aval prestado, en la forma y condiciones reglamentarias, por los alguna de las entidades autorizadas para operar en España, deberá aportarse el documento original que deberá haber sido autorizado por un apoderado de la entidad avalista cuyo poder debe haber sido bastanteado previamente por algún letrado municipal. Si el licitador decide constituir la garantía en metálico debe hacerlo ante la Tesorería General del Ayuntamiento. Los licitadores hasta que tuvieran constituida una garantía global ante la adjudicación Administración o ante el órgano de contratación conforme a lo establecido en el artículo 86 de la Ley de Contratos del Sector Público, deberán aportar certificación expedida por la Caja de Depósitos, comprensiva de la existencia de la garantía global y de la proposición del Adjudicatario hasta suficiencia de la formalización del contratomisma para cubrir el importe de la garantía provisional. La Las uniones temporales de empresarios deberán constituir la garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de en la adjudicación forma establecida en el artículo 61.1 del contratoRGLCAP. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de De conformidad con el modelo normalizado que se acompaña lo establecido en el Anexo nº 3 artículo 62 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el RGLCAP si algún licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa retira su proposición injustificadamente antes de la adjudicación, o si el adjudicatario no constituye la garantía definitiva o, por causas imputables al mimo, no pudiese formalizarse el contrato, se procederá a la ejecución de acuerdo la garantía provisional. El reconocimiento por parte del licitador de que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, tendrá la consideración de retirada injustificada de la proposición a los efectos anteriormente indicados. Cuando se produzca la adjudicación del Contrato se acordará la devolución de la garantía provisional a todos los licitadores que no hayan resultado adjudicatarios. La garantía provisional constituida por el adjudicatario quedará retenida hasta que se constituya la garantía definitiva. Si el adjudicatario hubiera constituido su garantía provisional en metálico podrá optar por aplicar su importe para la constitución de la garantía definitiva o cancelar la garantía provisional y simultáneamente constituir la garantía definitiva, todo ello de conformidad con lo indicado dispuesto en el PCPartículo 64 del RGLCAP. Los licitadores deberán incluir en el sobre n° 2 una descripción de todos los servicios que, en el supuesto de resultar adjudicatarios, se comprometan a ejecutar sobre el bien de dominio público objeto de concesión. ESTA DESCRIPCIÓN VINCULA AL ADJUDICATARIO, SIENDO CAUSA INMEDIATA DE RESOLUCIÓN EL INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER ASPECTO INCLUIDO EN ESTA DESCRIPCIÓN SI DESPUÉS NO SE MATERIALIZARA EN LA EXPLOTACION. E igualmente y en este mismo sobre deberán acreditar, mediante alguna forma de certificación fehaciente, los periodos de tiempo en que haya regentado de manera efectiva explotaciones análogas, a efectos de que pueda valorarse la experiencia. Los licitadores deberán incluir en DICHO sobre n° 2 el contenido de su oferta, que necesariamente deberá formularse ateniéndose estrictamente al modelo que figura como Anexo 6 del presente Xxxxxx. La oferta de los licitadores incluirá su proposición económica relativa al canon a satisfacer a la Administración Concedente así como su propuesta de duración de la concesión. La proposición económica no podrá ser inferior al importe de los cánones detallados en el presente Xxxxxx, y la propuesta de duración no podrá ser superior a 15 años ni inferior a 10 años. En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá ésta última. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Administración estime fundamental para la oferta. (SE PRESENTARAN TANTAS OFERTAS COMO A LOCALES SE OPTE) Las solicitudes, junto con los DOS sobres cerrados y la documentación preceptiva, se presentarán en la Sección de Patrimonio hasta el día y hora señalado en el anuncio de licitación. Conforme a lo previsto en el artículo 80.4 del RGLCAP, cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en las Oficinas de Correos y anunciar al órgano de contratación, en el mismo día, la remisión de su oferta mediante télex, telegrama o fax remitido al número del Registro General que se indique en el anuncio de licitación. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo máximo de presentación de las ofertas. No obstante, transcurridos diez días desde la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80.3 del RGLCAP, si se opta por presentar la proposición en el Registro General, la oficina receptora entregará al presentador el correspondiente recibo en el que constará el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato y el día y hora de la presentación de la documentación.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Regirán El Contrato De Concesión Demanial De Explotación De Los Locales 1 Y 2 Del Paseo

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta Los licitadores tendrán que constituir la garantía responderá provisional, que se determina en el apartado F del mantenimiento cuadro de las proposiciones presentadas características, de los materiales a los cuales se licita y por el importe que expresamente se fija; por lo tanto, hay que incorporar una relación de los licitadores hasta materiales a los cuales se licita a efectos de poder comprobar si la adjudicación y garantía provisional presentada es correcta. Cuando la garantía se constituya delante de la proposición Caja General de Depósitos o sucursales, la acreditación se efectuará mediante la entrega del Adjudicatario hasta la formalización del contratoresguardo emitido. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después se constituirá en metálico o en valores públicos o privados en la Caja General de Depósitos de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será Generalitat de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito Catalunya o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes de la adjudicaciónsucursales, de acuerdo con lo indicado que dispone el artículo 61.1 a) del Reglamento. La garantía constituida en valores se tiene que ajustar a lo que dispone el artículo 55 del Reglamento. También será admitida la garantía provisional mediante aval que reúna los requisitos que disponen los artículos 56 y 58.1 del Reglamento o mediante contrato de seguro de caución, en los términos previstos en los artículos 57 y 58.1 del Reglamento. Estos tipos de garantías se tienen que constituir de conformidad con lo que dispone el artículo 61.1 b) del Reglamento. En estos supuestos, las firmas de los apoderados, con poderes suficientes, de las entidades de aval o aseguradoras tienen que estar validadas previamente y por una sola vez por la Asesoría Jurídica de la Caja General de Depósitos de la Generalitat de Catalunya o por un abogado de la Generalitat de Catalunya adscrito a cualquier unidad departamental, territorial o central del Gabinete Jurídico de la Generalitat de Catalunya. En el caso de unión temporal de empresas, la garantía provisional, cuando sea exigible, podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto llegue a la cuantía requerida en el PCP.apartado F del cuadro de características de este Pliego y se garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal. Declaración sobre el grupo empresarial a que pertenecen las empresas, con indicación de las empresas que lo componen y denominación del grupo (artículo 86.3 del Reglamento)

Appears in 1 contract

Samples: www.gencat.cat

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta garantía responderá No aplica Los licitadores que lo deseen podrán presentar una declaración actualizada mediante el formulario normalizado del mantenimiento documento europeo único de contratación -DEUC- establecido en el Reglamento (UE) 2016/7, en sustitución de los certificados expedidos por las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contrato. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España autoridades públicas o por contrato terceros, como prueba preliminar de Seguro cumplir los requisitos siguientes: - Que no se encuentra en ninguna situación de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, exclusión o posible exclusión. - Que cumple los criterios de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitaciónsolvencia exigidos. Los licitadores podrán presentar interesados cumplimentarán las Partes siguientes del Formulario. - Parte II: información sobre el Documento Europeo Único operador económico. Si la empresa se encuentra inscrita en el Registro Oficial de Contratación (DEUC) Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado –ROLECE- sólo deberá facilitar en sustitución esta Parte II del formulario aquella información que no figure inscrita en el mismo o que, aun estando inscrita no conste de la documentación acreditativa manera actualizada. - Parte III: motivos de exclusión. Dado que no todas las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económicaprohibiciones para contratar están inscritas en el ROLECE, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida empresas deberán responder a todas las preguntas del formulario DEUC. - Parte IV: criterios de selección; al igual que en la Parte II las empresas extranjerasinscritas en el ROLECE solo deberán facilitar en esta Parte IV del formulario aquélla información que no figure inscrita o que, aun estando inscrita no conste de manera actualizada. Tanto - Parte VI: declaraciones finales. Los licitadores que concurran en unión temporal de empresa presentarán tantos formularios como empresas vayan a participar. Los licitadores que integren su solvencia mediante el citado Documentorecurso a la de otros operadores económicos cuando recurran al DEUC incorporarán asimismo la información indicada en lo que respecta a dichas entidades. Para mayor información puede consultarse en el BOE de fecha 8 xx xxxxx de 2016 la Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, como de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se publica la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) sobre la utilización del Documento Europeo Único de 6 xx xxxxx Contratación previsto en la nueva Directiva de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCPcontratación pública.

Appears in 1 contract

Samples: www.acuamed.es

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta Excepcionalmente, por motivos de interés público, los licitadores deberán prestar garantía responderá provisional para responder del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores sus ofertas hasta la adjudicación del contrato cuando así se indique en el apartado J) del Cuadro Anexo, y por el importe que se exprese en el mismo, que no podrá ser superior al 2 % del valor estimado del contrato, IVA/IGIC excluido. Cuando el Órgano de Contratación decida exigir una garantía provisional deberá justificar suficientemente en el expediente las razones de su exigencia para ese concreto contrato. La garantía provisional podrá prestarse en efectivo, que deberá depositarse en cualquiera de las cuentas bancarias de que es titular MERCAGRANADA S.A.; en forma de aval de entidad financiera o de crédito conforme al modelo Anexo I; o mediante contrato de seguro de caución con entidad autorizada para operar en el ramo y conforme al modelo Anexo II. El documento acreditativo de la proposición garantía provisional se deberá acompañar, en su caso, una relación del Adjudicatario hasta la formalización del contratolote o lotes a los que se licite. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario contrato a todos los licitadores salvo al adjudicatario, al que se le será devuelta una vez se haya constituido retendrá para responder del cumplimiento de sus obligaciones previas a la formalización hasta su sustitución por la garantía definitiva y firmado tras el perfeccionamiento del contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que Cuando así se acompaña indique en el Anexo nº 3 apartado K) del PCPCuadro Anexo, los licitadores podrán proponer en sus ofertas mejoras sobre las condiciones mínimas exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Empresas Dichas mejoras han de tener sentido técnico concreto y plausible a los efectos objetivos del presente Xxxxxx, serán económicamente evaluables y su cuantía no será repercutida en ningún caso a MERCAGRANADA S.A. De no cumplirse tales requisitos no serán tenidas en cuenta; no serán consideradas, asimismo, aquellas propuestas de mejoras que forman parte sean económicamente inviables o desproporcionadas con la naturaleza y cuantía del grupo contrato. Las variantes y mejoras serán recogidas según los modelos de empresas al Anexos V I, describiendo técnicamente las partidas a ejecutar como mejoras. Cuando se exija que pertenezca las mejoras sean valoradas económicamente, mediante fórmula matemática, por el licitador individual o cualquiera licitador, éste deberá incluir la descripción técnica de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados mejoras en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado sobre B y su valoración económica en el PCP.sobre C.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Prescripciones Particulares

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta En el Apartado 29 del Cuadro se expresará si para participar en el procedimiento de adjudicación del presente contrato el empresario deberá constituir una garantía responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación provisional y, en tal caso determinará su importe y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización el porcentaje que suponga sobre el presupuesto del contrato, que no podrá exceder del 3 por ciento del mencionado presupuesto. La garantía provisional podrá prestarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP que se indican a continuación: Para prestar la garantía provisional en efectivo o en valores de Deuda Pública, los empresarios que no figuren inscritos en el Registro de Terceros de la Comunidad Autónoma de La Rioja deberán presentar la ficha de alta, según el modelo que se acompaña como anexo 9 a este Pliego, en el Servicio de Tesorería y Política Financiera del Gobierno de La Rioja -ubicado en la xxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx xxxxxx, xx XXXXXXX (La Rioja)-. El efectivo se ingresará en la entidad BANKIA, cuenta corriente número 2038.7494.83.6000022818 abierta a nombre de la Comunidad Autónoma de La Rioja. El justificante del depósito en efectivo en BANKIA (que deberá recoger la identificación del licitador) se depositará en el Servicio de Tesorería y Política Financiera de La Comunidad Autónoma de La Rioja, que expedirá el correspondiente documento contable justificativo de su constitución, que se incluirá en la documentación administrativa, sobre “A”, a presentar por los licitadores. La constitución de la garantía provisional en valores, que deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 55 del Reglamento de Contratación, se ajustará a los modelos que figuran en los anexos 10 y 11 de este pliego. El aval prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, deberá reunir las características que se especifican en el artículo 56 del Reglamento de Contratación y se ajustará al modelo que se acompaña como anexo 12. El contrato de seguro de caución, será celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en España en el ramo del seguro de caución que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 57.1 del Reglamento de Contratación. El certificado se ajustará al modelo que se acompaña como anexo 13. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato, por correo certificado con acuse de recibo. Al Adjudicatario le La garantía será devuelta una vez se haya constituido retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario definitiva, e incautada a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de ésta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de acuerdo con lo indicado la definitiva. La devolución de las garantías provisionales prestadas se someterá al siguiente régimen: Recibida en el PCPServicio de contratación la resolución de adjudicación del contrato junto a los documentos que justifiquen su constitución, se procederá de oficio a devolver a los licitadores no adjudicatarios que hayan participado en el procedimiento el documento mencionado, por correo certificado con acuse de recibo.

Appears in 1 contract

Samples: Modelo C

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta garantía responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por Se dispensa a los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contrato. La constituir garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidasprovisional, de conformidad con el modelo normalizado carácter potestativo de la misma establecido en el T.R.L.C.S.P. Los interesados podrán presentar sus proposiciones en el Registro General del Ayuntamiento, sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, nº 24, Xxxxxxx (Jaén) – C.P. 00000 - ,xx horario de 9’00 a 13’00 horas, en el plazo que se acompaña indique en la invitación a participar. También podrán presentarse en dicho plazo en horario de 9’00 a 13’00 proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al órgano de Contratación, por fax, telex o telegrama, la remisión de la proposición, si el último día de presentación fuese sábado o festivo se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Las proposiciones para la licitación se presentarán en sobres cerrados, identificados, en su exterior, con indicación del expediente de licitación al que concurren y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa, domicilio a efectos de notificaciones, teléfono, fax y dirección de correo electrónico. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. Sin cumplir los anteriores requisitos no será admitida la proposición en el caso que se recibiera fuera del plazo fijado. No obstante, transcurridos cinco días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo. La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el interesado de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna. Las dependencias donde puede realizar examen xxx xxxxxx y demás documentación será en la Sección de Contratación y Compras. El importe de la proposición económica no deberá superar el presupuesto de licitación establecido en la cláusula 7 del presente pliego de condiciones, y deberá ajustarse al modelo descrito en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten I. Cada interesado podrá presentar sólo una oferta en relación con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupoobjeto del contrato. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador El empresario que haya presentado ofertas en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar ofertas individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la documentación acreditativa antes no admisión de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCPtodas las ofertas por él suscritas.

Appears in 1 contract

Samples: www.ciudaddelinares.es

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta De conformidad con lo previsto en el artículo 103 TRLCSP, si excepcionalmente y de forma justificada en el expediente se exige para el presente contrato la constitución de una garantía responderá provisional, su importe será el que figure en el apartado M del mantenimiento Cuadro - resumen. Presentación de proposiciones Las proposiciones se presentarán en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, y en los demás boletines oficiales y en el perfil de contratante. Cuando las proposiciones se envíen por correo deberán remitirse a la dirección indicada en el párrafo anterior y cumplirán los requisitos señalados en el artículo 80.4 del RGLCAP, debiendo justificarse la fecha y hora de la imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar en el mismo día al Órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el que se consigne el número de expediente, título completo del contrato y nombre del licitador. También podrá anunciarse por correo electrónico, a la dirección de correo que figura en el apartado A del Cuadro – resumen, si bien en este último caso el envío sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las proposiciones presentadas comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el Órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. A efectos de justificar que el envío por correo se hace dentro de la fecha y hora señaladas para la admisión de proposiciones, se admitirá como medio de prueba, que en el fax, telegrama o correo electrónico se haga referencia al número del certificado del envío hecho por correo. Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial. Los licitadores deberán indicar qué documentos (o parte de los mismos) o datos de los incluidos en las ofertas tienen la consideración de «confidenciales», sin que resulten admisibles las declaraciones genéricas de confidencialidad de todos los documentos o datos de la oferta. La condición de confidencial deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma claramente identificable) en el propio documento que tenga tal condición, señalando además los motivos que justifican tal consideración. No se considerarán confidenciales documentos que no hayan sido expresamente calificados como tales por los licitadores hasta la adjudicación y Subsanabilidad de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contrato. documentos La garantía provisional presentación de declaraciones responsables de cumplimiento de requisitos de participación será devuelta a objeto de subsanación por los licitadores, excepto al Adjudicatarioa requerimiento del órgano o la mesa de contratación (la unidad técnica –proced. simplificado), inmediatamente después cuando no se hubiera presentado, o no estuviera adecuadamente cumplimentada la presentada. Igualmente, el propuesto como adjudicatario podrá subsanar la falta o incompleta presentación de los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos de participación que le sean requeridos con carácter previo a la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez En ambos casos se haya constituido concederá al licitador un plazo de tres días hábiles, a contar desde el siguiente al de recepción del requerimiento de subsanación. Si no se subsanase en plazo lo requerido, el órgano o la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será mesa de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de contratación entenderá que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes desiste de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCP.su oferta

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Servicios Sujeto a Regulacion a R M O N I Z a D a Procedimiento

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta garantía responderá del mantenimiento Sumisión a la Jurisdicción Española de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contrato. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto Documentos que acreditan el citado Documentocumplimiento de las obligaciones Tributarias y Seguridad Social. Documentos que acreditan la solvencia económica y financiera y técnica. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Para los licitadores individuales será obligatoria la presentación de fotocopia compulsada, notarial o administrativamente, del documento nacional de identidad, o el que en su caso lo sustituya reglamentariamente, así como la Recomendación del número de identificación fiscal cuando éste no conste en aquél. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Junta Consultiva Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de Contratación Administrativa (JCCA) acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismouna declaración jurada o un certificado, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores términos que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes de la adjudicaciónse establezcan reglamentariamente, de acuerdo con lo indicado las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el PCPEstado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. En las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben y el porcentaje de participación de cada uno de ellos en la UTE y deberán designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante el Adjudicador. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia autenticada o testimonio notarial del poder de representación suficiente. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente. Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Bases Para La Contratación De Los Servicios De Redacción De Proyectos, Dirección De Obras Y Tramitación De Licencias

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta El ofertante deberá incorporar en el sobre de Documentación Administrativa, el documento acreditativo de haber constituido a disposición de IFEMA la garantía provisional, que asciende al 3 % del presupuesto de licitación de cada lote, que asciende a la siguiente cantidad:  LOTE 1 (ASESORAMIENTO FISCAL Y TRIBUTARIO): 5.400 €  LOTE 2 (ASESORAMIENTO LABORAL): 5.400 € La garantía podrá depositarse en metálico, aval bancario o contrato de seguro de caución, o mediante cualquiera de los medios previstos en las normas de contratación pública. Si la garantía se presta en metálico, deberá ingresarse en la cuenta corriente abierta a nombre de IFEMA que se cita a continuación, indicando el procedimiento selectivo mediante la cita, al menos, del número de expediente de contratación: BANCO XXXXXXXX IBAN XX00 0000 0000 00 0000000000 Swift XXXXXXXX El resguardo acreditativo del ingreso, en original o copia compulsada deberá incorporarse al sobre de Documentación Administrativa. Si se constituyera mediante aval bancario o seguro de caución, deberán utilizarse los modelos que figuran como ANEXO del presente Xxxxxx, que igualmente deberán incorporarse al sobre de Documentación Administrativa. La garantía provisional deberá estar constituida antes del vencimiento del plazo de presentación de ofertas. Cuando se preste en metálico, se entenderá constituida cuando el ingreso (por el importe total exigido en concepto de garantía) tenga efectiva entrada en la cuenta bancaria de IFEMA antes del vencimiento del plazo de presentación de ofertas. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación La devolución se producirá mediante la puesta a disposición del licitador, en el departamento de Tesorería de IFEMA del documento acreditativo de la garantía constituida, o mediante la devolución a través de cheque nominativo del importe en metálico depositado (opcionalmente se podrá realizar una transferencia bancaria, en el caso de designación de una cuenta bancaria nominativa cuyo único titular sea el licitador siempre que así se comunique a IFEMA de manera fehaciente, mediante certificación de la entidad bancaria). La persona que pretenda hacerse cargo de tales documentos, deberá acreditar poder suficiente a tal fin. Se incautará la garantía provisional a aquellos licitadores que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. Se entenderá injustificada, entre otras, la retirada que pretenda fundamentarse en error en la formulación de la oferta. En todo caso la garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contrato. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCP.

Appears in 1 contract

Samples: mnhlicitaciones.com

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta garantía responderá En el caso de que así se exija en el Apartado 9 del mantenimiento Anexo I al presente pliego, el licitador deberá presentar justificante de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contrato. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya haber constituido la garantía definitiva y firmado provisional por el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar señalado en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidasel citado apartado, de conformidad con las condiciones y requisitos establecidos en la Cláusula 9 del mismo. Si la garantía se constituye en efectivo en la Tesorería de la Comunidad de Madrid, los licitadores harán constar esta circunstancia en la documentación aportada, sin que sea preciso que aporten el modelo normalizado resguardo acreditativo de su constitución, sustituyéndose su presentación por el acceso de los órganos de contratación al mismo por medios electrónicos, conforme a lo previsto en la Cláusula 9 del presente pliego. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0890290789546244260946 En este sobre se incluirá la documentación técnica que se acompaña exija, en su caso, en el Apartado 6 del Anexo I al presente Xxxxxx, en relación con los aspectos económicos y técnicos que hayan de ser objeto de negociación con la empresa, la requerida en el Pliego de Cláusulas Técnicas, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo nº 3 II al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que esta Agencia estime fundamental para considerar la oferta. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del PCPImpuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. Empresas que forman Si la proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese de la base imponible del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por el licitador Órgano de Contratación, sin que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado sea causa bastante para el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes rechazo el cambio u omisión de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCPalgunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.

Appears in 1 contract

Samples: www.madrid.org

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta Los licitadores deberán presentar la justificación de haber constituido una garantía provisional por importe del 3% del canon mínimo de licitación para la totalidad del periodo previsto para el arrendamiento, cuyo valor asciende a la cantidad de 270 Euros. Dicha garantía provisional deberá constituirse mediante aval bancario o depósito en efectivo. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas u ofertas, Si se constituye la garantía mediante aval prestado, en la forma y condiciones reglamentarias, por los licitadores hasta la adjudicación y alguna de las entidades autorizadas para operar en España, deberá aportarse el documento original que deberá haber sido autorizado por un apoderado de la proposición entidad avalista cuyo poder debe haber sido bastanteado previamente por algún letrado municipal. Si el licitador decide constituir la garantía en metálico debe hacerlo ante la Tesorería General del Adjudicatario hasta Ayuntamiento. Las uniones temporales de empresarios deberán constituir la formalización del contrato. La garantía provisional será devuelta a los licitadoresen la forma establecida en el artículo 61.1 del Real Decreto 1098/2001, excepto al Adjudicatariode 12 de octubre, inmediatamente después por el que se aprueba el Reglamento General de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será Ley de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera Contratos de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupoAdministraciones Públicas. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el Si algún licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa retira su proposición injustificadamente antes de la adjudicación, o si el adjudicatario no constituye la garantía definitiva o, por causas imputables al mismo, no pudiese formalizarse el contrato, se procederá a la ejecución de acuerdo con lo indicado la garantía provisional. El reconocimiento por parte del licitador de que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, tendrá la consideración de retirada injustificada de la proposición a los efectos anteriormente indicados. Cuando se produzca la adjudicación del Contrato se acordará la devolución de la garantía provisional a todos los licitadores que no hayan resultado adjudicatarios. La garantía provisional constituida por el adjudicatario quedará retenida hasta que se constituya la garantía definitiva. Si el adjudicatario hubiera constituido su garantía provisional en el PCPmetálico podrá optar por aplicar su importe para la constitución de la garantía definitiva o cancelar la garantía provisional y simultáneamente constituir la garantía definitiva.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Regulador Del Contrato De Arrendamiento Del Bien Patrimonial Propiedad Del Ayuntamiento De Checa

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta garantía responderá No se exige OxQ-gvijkMie3c5DaJc+Hqg Empresas licitadoras.- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Los empresarios deberán contar, asimismo con la habilitación empresarias o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del mantenimiento contrato. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx Fecha de impresión: Lunes, 18 de Julio de 2016 13:08 Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas, fundacionales le sean propios. Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las proposiciones presentadas por mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los licitadores derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la adjudicación y extinción del mismo, sin perjuicio de la proposición del Adjudicatario hasta existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la formalización licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La garantía provisional duración de las uniones temporales de empresarios será devuelta coincidente con la del contrato hasta su extinción. Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los licitadoresdos primeros grupos deberán acreditar su clasificación, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de estos últimos su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. La concreción presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de exigidas para contratar con la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCPAdministración.

Appears in 1 contract

Samples: www.crevillent.es

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta El ofertante deberá incorporar en el sobre de Documentación Administrativa, el documento acreditativo de haber constituido a disposición de IFEMA una garantía provisional por importe de 30.000 € (TREINTA MIL EUROS). La garantía podrá depositarse en metálico, aval bancario o contrato de seguro de caución, o mediante cualquiera de los medios previstos en las normas de contratación pública. Si la garantía se presta en metálico, deberá ingresarse en la cuenta corriente número: 0049 2222 51 1510001900 abierta a nombre de IFEMA, indicando el procedimiento selectivo mediante la cita, al menos, del número de expediente de contratación. El resguardo acreditativo del ingreso, en original o copia compulsada deberá incorporarse al sobre de Documentación Administrativa. Si se constituyera mediante aval bancario o seguro de caución, deberán utilizase los modelos que figuran como ANEXO del presente Xxxxxx, que igualmente deberán incorporarse al sobre de Documentación Administrativa. La garantía provisional deberá estar constituida antes del vencimiento del plazo de presentación de ofertas. Cuando se preste en metálico, se entenderá constituida cuando el ingreso (por el importe total exigido en concepto de garantía) tenga efectiva entrada en la cuenta bancaria de IFEMA antes del vencimiento del plazo de presentación de ofertas. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación La devolución se producirá mediante la puesta a disposición del licitador, en el departamento de Tesorería de IFEMA del documento acreditativo de la garantía constituida, o mediante la devolución a través de cheque nominativo del importe en metálico depositado (opcionalmente se podrá realizar una transferencia bancaria, en el caso de designación de una cuenta bancaria nominativa cuyo único titular sea el licitador siempre que así se comunique a IFEMA de manera fehaciente, mediante certificación de la entidad bancaria). La persona que pretenda hacerse cargo de tales documentos, deberá acreditar poder suficiente a tal fin. Se incautará la garantía provisional a aquellos licitadores que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. Se entenderá injustificada, entre otras, la retirada que pretenda fundamentarse en error en la formulación de la oferta. En todo caso la garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contrato. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCP.

Appears in 1 contract

Samples: servicios.camerfirma.com

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta garantía responderá del mantenimiento NO APLICA CONDICIÓN 6ª.- RETIRADA DE DOCUMENTACIÓN Y CONSULTAS DE LOS LICITADORES. Para participar en esta licitación y obtener el Pliego Rector que regula esta licitación y el res- to de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y información de la proposición misma, deberá Manifestar interés a través del Adjudicatario hasta siguiente enlace del Perfil del Contratante de la formalización página Web de METRO: Manifestar interés en participar en Lici- tación Una vez realizado este trámite, se accede a la Aplicación informática de tramitación de lici- taciones (SRM) a través del contratosiguiente enlace: La documentación podrá ser retirada únicamente por aquella persona que previamente haya designado el Oferente como persona de contacto para acceder a la zona destinada a tal efecto. La garantía provisional será devuelta identidad de la persona anteriormente mencionada se controla validando su certi- ficado de identidad electrónica de clase 2 emitido por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre (FNMT). Según la Ley de firma electrónica 59/2003 METRO, no es responsable del uso que se vaya a dar de ese certificado, recayendo ésta en el titular del mismo. El oferente, antes de la presentación de Ofertas, podrá solicitar las aclaraciones que tenga por conveniente, siempre que las realice con una antelación de hasta ocho (8) días antes de la fecha límite para la presentación de Ofertas a la siguiente dirección y teléfono: ▪ Correo electrónico: xxxxxxxxx_xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx ▪ Teléfono: 00-000 00 00 (Horario de atención: De 9.00 a 14.00) La respuesta de METRO en su caso, no se comunicará al interesado con posterioridad a los licitadoresseis (6) días previos a la citada fecha límite. Las consultas formuladas, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado respuestas que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTEofrezcan a los solicitantes, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida notificarán simultáneamente a todas las empresas extranjeras. Tanto que hayan solicitado el citado Documento, como la Recomendación presente Pliego Rector con el fin de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa puedan ser conocidas por cualquiera de los datos indicados licitadores interesados, quedando incorporadas al expediente. Se encuentra disponible en el mismo y, en caso la página web de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá METRO un Manual de cómo descargar pliegos y presentar la documentación acreditativa antes de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCP.ofertas: Cómo Descargar pliegos-Presentar ofertas (1286.80 Kb)

Appears in 1 contract

Samples: Pliego Rector Para La Contratación Por Metro De Ma Drid Del Suministro De Energia Electrica Para El Pri Mer Semestre

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta En la presente licitación no se exige garantía responderá provisional. Presentación de proposiciones Las proposiciones se presentarán en la sede del mantenimiento órgano de contratación sita en Plaza de España- Edificio xxx Xxxxxxx 3ª planta de Cuenca (16001), en el plazo señalado en el anuncio. Las proposiciones presentadas o remitidas por correo fuera del plazo serán rechazadas. La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego, así como de las contenidas en el de Prescripciones Técnicas, comportando también la declaración responsable de que reúne todos y cada uno de los requisitos y condiciones exigidas para contratar. Las proposiciones presentadas constarán de los sobres que a continuación se indican, cerrados y firmados por los licitadores hasta el licitador o persona que lo representa haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, ordenado numéricamente. DOCUMENTACIÓN GENERAL, integrada por el ÍNDICE, HOJA RESUMEN DE DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN- en la adjudicación que conste la dirección completa del licitador a estos efectos, incluyendo número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico y persona de contacto-, CIF de la proposición del Adjudicatario hasta empresa y los siguientes DOCUMENTOS: Para los empresarios individuales será obligatoria la formalización del contrato. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después presentación de la adjudicación fotocopia legitimada notarialmente o compulsada, del contratoDNI o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito compulsada o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 legitimada notarialmente del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto DNI de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) persona que actúa en sustitución representación de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica Sociedad o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCPpersona jurídica.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación, Por Procedimiento Abierto Del Contrato

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta garantía responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por Se dispensa a los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contrato. La constituir garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidasprovisional, de conformidad con el modelo normalizado carácter potestativo de la misma establecido en el T.R.L.C.S.P. Los interesados podrán presentar sus proposiciones en el Registro General del Ayuntamiento, sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, nº 24, Linares (Jaén) – C.P. 00000 - ,xx horario de 9’00 a 13’00 horas, en el plazo que se acompaña indique en la invitación a participar. También podrán presentarse en dicho plazo en horario de 9’00 a 13’00 proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al órgano de Contratación, por fax, telex o telegrama, la remisión de la proposición, si el último día de presentación fuese sábado o festivo se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Las proposiciones para la licitación se presentarán en sobres cerrados, identificados, en su exterior, con indicación del expediente de licitación al que concurren y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa, domicilio a efectos de notificaciones, teléfono, fax y dirección de correo electrónico. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. Sin cumplir los anteriores requisitos no será admitida la proposición en el caso que se recibiera fuera del plazo fijado. No obstante, transcurridos cinco días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo. La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el interesado de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna. Las dependencias donde puede realizar examen xxx xxxxxx y demás documentación será en la Sección de Contratación y Compras, y en la página web del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx en el Perfil del Contratante. El importe de la proposición económica no deberá superar el presupuesto de licitación establecido en la cláusula 7 del presente pliego de condiciones, y deberá ajustarse al modelo descrito en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten I. Cada interesado podrá presentar sólo una oferta en relación con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupoobjeto del contrato. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador El empresario que haya presentado ofertas en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar ofertas individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la documentación acreditativa antes no admisión de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCPtodas las ofertas por él suscritas.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Suministro De Dos Vehiculos De Patrulla, Tipo Turismo O Monovolumen

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta Deberá aportarse el resguardo acreditativo de haber constituido una garantía responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contrato. La garantía provisional será devuelta a los licitadoresprovisional, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 caso de que así se establezca en el apartado K del PCPcuadro resumen. Empresas que forman parte del grupo En el caso de empresas al que pertenezca el licitador individual uniones temporales de empresarios, las garantías provisionales podrán constituirse por una o cualquiera varias de las empresas participantes, siempre que liciten con en conjunto se alcance la cuantía requerida, en su caso, en el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia apartado K del cuadro resumen y garantice solidariamente a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de todos los espacios e instalaciones objeto integrantes de la presente licitaciónunión temporal. Tal como prevé el artículo 133 LCSP, las empresas licitadoras tendrán que indicar, si es el caso, qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. A tal fin, la plataforma de licitación ofrece la posibilidad de marcar los documentos adjuntos a la oferta como confidenciales. Si su oferta contiene información confidencial, deberá adjuntar los respectivos documentos en la plataforma, y deberá solicitarse la confidencialidad para cada uno de estos marcando la respectiva casilla “confidencial” que aparece junto a cada documento adjuntado. En ningún caso podrá solicitarse sobre todo el contenido de la oferta. Los licitadores podrán presentar documentos y datos presentados por las empresas licitadoras pueden ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos, perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal. De no aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato posee dicho carácter. Conforme al mismo artículo 133, el Documento Europeo Único deber de confidencialidad sólo podrá extenderse a los documentos que tengan una difusión restringida, y en ningún caso a documentos que sean públicamente accesibles. Se presentará mediante la cumplimentación directa por el licitador del apartado correspondiente dentro de la Plataforma electrónica de Contratación (DEUC) Pública del Principado xx Xxxxxxxx y en sustitución su caso la aportación de la documentación acreditativa indicada en dicha Plataforma. En este sobre o archivo electrónico habrá de las condiciones figurar asimismo la declaración, en su caso, de capacidad y solvencia la parte del contrato que se indican pretende subcontratar, el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documentoprofesional o técnica, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de subcontratistas a los que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCPse vaya a encomendar su realización e importe.

Appears in 1 contract

Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Para Contratos De Suministro Consistente en El Mantenimiento Y Soporte De Licencias

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta Los licitadores deberán presentar la garantía responderá provisional indica da en el apartado C del mantenimiento cuadro resumen de las proposiciones presentadas por este pliego mediante la presentación de un aval de Entidad bancaria de primer orden, con obligación de pago a primer requerimiento, debidamente inscrito en el Registro Especial de Avales, en el cual se renuncie exp resamente a los licitadores hasta la adjudicación beneficios de excusión, orden y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contratodivisión, según el modelo que figura en el Anexo 2. La garantía provisional indicada también podrá ser prestada mediante seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo d e caución, debiendo hacerse entrega del certificado del contrato conforme al TRLCSP. Se adjunta modelo de seguro de caución como Anexo 3. Esta garantía será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, licitadores no adjudicatarios inmediatamente después de la adjudicación del contratoadjudicación. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa Si algún l icitador retirara injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, o si el adjudicatario no constituyese la garantía definitiva, o por causa imputable al mismo no pudiese formalizarse en plazo el contrato, se procederá a la ejecución de acuerdo la garan tía provisional por él constituida. Los licitadores podrán presentar, al sólo efecto de determinar la preferencia de la adjudicación de los contratos, una declaración responsable de contar en su plantilla con lo indicado personal con discapacidad o en situación de exclusión social en número superior al 2%, con indicación expresa del porcentaje de estos trabajadores que son fijos sobre el total de la plantilla. En caso de igualdad de ofertas, prevalec erá la contratación con aquellas empresas que, en el PCPmomento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la propo sición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. La falt a de presentación de cualquier a de los documentos que deben incluirs e en el sobre, o la falt a de adecuación a lo que se pide, que no se consideren defectos materiales subsanables, será, por sí sola, causa de exclusión del procedimiento. El sobre 2, bajo la denominación de “Oferta”, contendrá la proposición económica mediante el cumplimiento del impreso que se incluye como Anexo 5 de este pliego, con sujeción estricta al formato de dicho modelo. También se incluirá en dicho sob re, y en caso de que se oferten, la propuesta de mejoras, mediante el cumplimiento del impreso que se incluye como Anexo 6 de este pliego, con sujeción estricta al formato de dicho modelo. Se podrán rechazar aquellas propuestas económicas que no se ajuste n a lo solicitado, y las que tengan omisiones, errores o tachaduras, que impidan conocer todo aquello que se considera fundamental para considerar la oferta. Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición económica y ésta contendrá una única oferta. La contravención de esta prohibición dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas incursas en duplicidad. No se tomarán en consideración, a los efectos de valoración, aquellas propuestas de mejoras que no se ajusten a lo solicitado, y las que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer todo aquello que se considera fundamental para tener en cuenta la oferta de mejoras propuestas.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Particulares Para La Contratación Del Seguro

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta Excepcionalmente, por motivos de interés público, los licitadores deberán prestar garantía responderá provisional para responder del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores sus ofertas hasta la adjudicación del contrato cuando así se indique en el apartado J) del Cuadro Anexo, y por el importe que se exprese en el mismo, que no podrá ser superior al 3 % del valor estimado del contrato, IVA/IGIC excluido. Cuando el Órgano de Contratación decida exigir una garantía provisional deberá justificar suficientemente en el expediente las razones de su exigencia para ese concreto contrato. La garantía provisional podrá prestarse en efectivo, que deberá depositarse en cualquiera de las cuentas bancarias de que es titular MERCAGRANADA; en forma de aval de entidad financiera o de crédito conforme al modelo Anexo I; o mediante contrato de seguro de caución con entidad autorizada para operar en el ramo y conforme al modelo Anexo II. El documento acreditativo de la proposición garantía provisional se deberá acompañar, en su caso, una relación del Adjudicatario hasta la formalización del contratolote o lotes a los que se licite. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al Adjudicatario contrato a todos los licitadores salvo al adjudicatario, al que se le será devuelta una vez se haya constituido retendrá para responder del cumplimiento de sus obligaciones previas a la formalización hasta su sustitución por la garantía definitiva y firmado tras el perfeccionamiento del contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que Cuando así se acompaña indique en el Anexo nº 3 apartado K) del PCPCuadro Anexo, los licitadores podrán proponer en sus ofertas mejoras sobre las condiciones mínimas exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Empresas Dichas mejoras han de tener sentido técnico concreto y plausible a los efectos objetivos del presente Xxxxxx, serán económicamente evaluables y su cuantía no será repercutida en ningún caso a MERCAGRANADA S.A. De no cumplirse tales requisitos no serán tenidas en cuenta; no serán consideradas, asimismo, aquellas propuestas de mejoras que forman parte sean económicamente inviables o desproporcionadas con la naturaleza y cuantía del grupo contrato. Las variantes y mejoras serán recogidas según los modelos de empresas al Anexos V I, describiendo técnicamente las partidas a ejecutar como mejoras. Cuando se exija que pertenezca las mejoras sean valoradas económicamente, mediante fórmula matemática, por el licitador individual o cualquiera licitador, éste deberá incluir la descripción técnica de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados mejoras en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado sobre B y su valoración económica en el PCP.sobre C.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Prescripciones Particulares Para El Contrato

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta En atención a las circunstancias que concurren en este contrato, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 103.1 del TRLCSP, se entiende que no existen razones que justifiquen su exigencia, por lo que NO PROCEDE. Garantía definitiva. El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa, estará obligado a constituir, a disposición del órgano de contratación, garantía responderá definitiva por importe igual al 5 por 100 del mantenimiento precio del contrato, IVA excluido. Dicha garantía debe ser depositada por el licitador seleccionado en el plazo de las proposiciones presentadas 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento que se regula a estos efectos en el artículo 151 del TRLCSP por cualquiera de los licitadores hasta siguientes medios: – Ante la adjudicación y Tesorería de la proposición del Adjudicatario hasta Diputación Provincial en efectivo, mediante ingreso en la formalización del contrato. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después Caja de la adjudicación del contratoCorporación. Al Adjudicatario le será devuelta una vez – Mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx nº 2099-0200-83-0070026808. – Mediante cheque que se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse presentará convenientemente conformado, mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por alguno de los Bancos, Cajas de AhorroAhorros, Cooperativas Cooperativa de Crédito, establecimientos financieros de crédito o y Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a para operar en España España. – Mediante las formas especificadas en los apartados 1.a, 1.b, y 1.c, del artículo 96 del TRLCSP. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP, de manera que procederá su incautación en los siguientes casos: - Sanción o indemnización que pudiera imponerse a la Diputación por incumplimiento de la normativa sectorial aplicable al efecto o por contrato causa de Seguro un mantenimiento inadecuado de Caución celebrado las instalaciones. - Responsabilidad por los daños causados en las formas instalaciones y condiciones reglamentariamente establecidaspor los perjuicios ocasionados como consecuencia de posibles reclamaciones dirigidas contra la Administración por daños personales o materiales producidos a terceros por culpa o negligencia del contratista. Son causas de resolución las recogidas, con carácter general, en los artículos 223 y 308 del TRLCSP y, en concreto: - El abandono, por parte del contratista, de conformidad la prestación objeto del contrato. Se entenderá producido el abandono cuando la prestación no se desarrolle con la regularidad adecuada, dentro del horario habitual fijado en el modelo normalizado documento en que se acompaña formalice el contrato, o con los medios humanos o materiales adscritos a la ejecución del mismo. No obstante, cuando se dé este supuesto, la Administración, antes de declarar la resolución, requerirá al contratista para que regularice la situación en el Anexo nº 3 del PCPplazo de quince días a contar desde el requerimiento. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera - La utilización de las empresas que liciten con instalaciones ubicadas en los edificios de la Diputación para fines distintos de los previstos en el compromiso contrato. - Obstaculizar la fiscalización de constituir una UTE, expresando las Autoridades inspectoras o del personal del Área de Industria de la circunstancia que justifica Diputación xx Xxxxxxx. - Ceder el contrato sin la vinculación al grupodebida autorización del Servicio de Administración General de la Diputación xx Xxxxxxx. La no pertenencia resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de oficio, o a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente instancia del contratista, en su caso, mediante declaración responsableprocedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida, y con los efectos que se regulan en el art. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación225 del TRLCSP. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa El incumplimiento de las condiciones especiales de capacidad y solvencia que se indican ejecución no será causa de resolución de este contrato, pero será considerado infracción grave a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados efectos establecidos en el mismo yartículo 60.2.e) del TRLCSP. Atendiendo a las circunstancias que concurren en esta contratación, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa antes de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCPno se establecen penalidades por ejecución defectuosa y demora.

Appears in 1 contract

Samples: www.dip-caceres.es

GARANTÍA PROVISIONAL. Los licitadores deberán presentar la garantía provisional indicada en el apartado C del cuadro resumen de este pliego mediante la presentación de un aval de Entidad bancaria de primer orden, con obligación de pago a primer requerimiento, debidamente inscrito en el Registro Especial de Avales, en el cual se renuncie expresamente a los beneficios de excusión, orden y división, según el modelo que figura en el Anexo nº 4. Subsidiariamente, la garantía provisional indicada podrá ser prestada mediante seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, debiendo hacerse entrega del certificado del contrato conforme a la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público. Esta garantía responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contrato. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, licitadores no adjudicatarios inmediatamente después de la adjudicación del contratoadjudicación. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el Si algún licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa retirara injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, o si el adjudicatario no constituyese la garantía definitiva, o por causa imputable al mismo no pudiese formalizarse en plazo el contrato, se procederá a la ejecución de acuerdo la garantía provisional por él constituida. Presentarán declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con lo indicado renuncia, en el PCP.su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. Los licitadores acreditarán hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, mediante la presentación de los documentos (en original o copia compulsada o testimonio notarial) siguientes:

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Bases Para La Contratación De Los Servicios De Redacción De Proyectos, Dirección De Obras Y Tramitación De Licencias

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta Los licitadores deberán presentar la garantía responderá provisional indicada en el apartado C del mantenimiento cuadro resumen de las proposiciones presentadas por este pliego mediante la presentación de un aval de Entidad bancaria de primer orden, con obligación de pago a primer requerimiento, debidamente inscrito en el Registro Especial de Avales, en el cual se renuncie expresame nte a los licitadores hasta la adjudicación beneficios de excusión, orden y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contratodivisión, según el modelo que figura en el Anexo 2. La garantía provisional indicada también podrá ser prestada mediante seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de cauc ión, debiendo hacerse entrega del certificado del contrato conforme al TRLCSP. Se adjunta modelo de seguro de caución como Anexo 3. Esta garantía será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, licitadores no adjudicatarios inmediatamente después de la adjudicación del contratoadjudicación. Al Adjudicatario le será devuelta una vez se haya constituido la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor de ADIF, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto de la presente licitación. Los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) en sustitución de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. • La concreción de las condiciones de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 xx xxxxx de 2016 relativa al mismo, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIF, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa de los datos indicados en el mismo y, en caso de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa haya presentado el DEUC, obligatoriamente deberá presentar la documentación acreditativa Si algún licitad or retirara injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, o si el adjudicatario no constituyese la garantía definitiva, o por causa imputable al mismo no pudiese formalizarse en plazo el contrato, se procederá a la ejecución de acuerdo la garantía pr ovisional por él constituida. Los licitadores podrán presentar, al sólo efecto de determinar la preferencia de la adjudicación de los contratos, una declaración responsable de contar en su plantilla con lo indicado personal con discapacidad o en situación de exclusión social en número superior al 2%, con indicación expresa del porcentaje de estos trabajadores que son fijos sobre el total de la plantilla. En caso de igualdad de ofertas, prevalecerá la contratación con aquellas empresas que, en el PCP.momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. La falt a de presentación de cualquier a de los documentos que deben incluirs e en el sobre, o la falt a de adecuación a lo que se pide, que no se consideren defectos materiales subsanables, será, por sí sola, causa de exclusión del procedimien to. El sobre 2, bajo la denominación de “ Oferta”, contendrá la proposición económica mediante el cumplimiento del impreso que se incluye como Anexo 5 de este pliego, con sujeción estricta al formato de dicho modelo. También se incluirá en dicho sobre, y en caso de que se oferten, la propuesta de mejoras, mediante el cumplimiento del impreso que se incluye como Anexo 6 de este pliego, con sujeción estricta al formato de dicho modelo. Se podrán rechazar aquellas propuestas económicas que no se ajusten a lo solicitado, y las que tengan omisiones, errores o tachaduras, que impidan conocer todo aquello que se considera fundamental para considerar la oferta. Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición económica y ésta contendrá una única oferta. La contravención de esta prohibición dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas incursas en duplicidad. No se tomarán en consideración, a los efectos de valoración, aquellas propuestas de mejoras que no se ajusten a lo solicitado, y las que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer todo aquello que se considera fundamental para tener en cuenta la oferta de mejoras propuesta s.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Particulares Para La Contratación Del Seguro

GARANTÍA PROVISIONAL. Esta En el se exige garantía responderá del mantenimiento provisional para participar en el concurso. Para facilitar la presentación electrónica de las proposiciones presentadas ofertas enviadas por los licitadores hasta y garantizar que estas son emitidas e inscritas de forma que sea imposible conocer su contenido salvo en el momento y por el personal autorizado legalmente para eslabón, se utiliza la adjudicación y base del contrato administrativo especial con procedimiento abierto simplificado, incluido entre los procedimientos de la proposición del Adjudicatario hasta herramienta de licitación electrónica SILEX, adaptado al previsto en el pliego de condiciones en lo tocante la formalización presentación. La utilización desde procedimiento, no altera la naturaleza jurídica del contrato. Las ofertas de los licitadores se presentarán, en archivos electrónicos, a través del Sistema de Licitación Electrónica de la Xunta de Galicia (SILEX) disponible en la dirección electrónica xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxx con el contenido establecido en las cláusulas siguientes. El procedimiento utilizado y el previsto en la herramienta de licitación electrónica SILEX, para los contratos administrativos especiales con procedimientos abierto simplificado, con la finalidades y los efectos indicados en la cláusula 18 de este ruego de condiciones. La garantía provisional será devuelta a presentación de la oferta mediante lo SILEX supone la aceptación expresa y el consentimiento del licitador para la obtención de los datos de los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después a los únicos efectos de la adjudicación del contratocomprobación de sus datos para esta licitación. Al Adjudicatario le El sistema de licitación electrónica garantizadora que las ofertas enviadas por los licitadores sean emitidas e inscritas de forma que sea imposible conocer su contenido salvo en el momento y por el personal autorizado legalmente para eslabón. La tal efecto, las ofertas son remitidas a la unidad que tramita los expedientes, cifradas y fragmentadas. Las ofertas se enviarán libres de código malicioso que dificulte o imposibilite su lectura y será devuelta una vez se haya constituido responsabilidad de los licitadores velar por que esto asi sea. En cualquiera caso, la garantía definitiva y firmado el contrato. Su importe será mera presencia de 3.500 €. Esta garantía podrá constituirse mediante cheque bancario a favor código malicioso en la oferta no determinará por sí misma exclusión de ADIFesta, o, aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, de conformidad con el modelo normalizado siempre que se acompaña pueda tener acceso a su contenido. Los documentos deben presentarse en el Anexo nº 3 del PCP. Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupolengua gallega x xxxxxxxxxx. La no pertenencia a ningún grupo de empresas documentación redactada en otra lengua deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el estado de los espacios e instalaciones objeto acompañarse de la presente licitacióncorrespondiente traducción oficial a la lengua gallega x xxxxxxxxxx. Los licitadores podrán presentar presentarán su proposición en dos sobres, identificados como sobre La y sobre B firmados digitalmente por el Documento Europeo Único licitador o persona que lo represente, con el título “Procedimiento para el alquiler del bajo comercial sito en (se indicará el lugar en el que se encuentra el local), haciendo constar, en cada uno de Contratación (DEUC) ellos, a suyo respectivo contenido y el nombre del licitador así como su correspondiente C.I.F. o N.I.F. El denominado sobre electrónico La en sustitución de la herramienta Silex contendrá los documentos electrónicos establecidos en la cláusula 8.1 relativos a la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos necesarios para formar parte en la contratación. Lo sobre electrónico B contendrá los documentos electrónicos establecidos en la cláusula 8.2 relativos a los criterios establecidos en la cláusula 9.3 Los interesados podrán presentar ofertas referidas hasta un máximo de cinco lotes. Sí el número de actividades a desarrollar por el licitador habían sido inferiores al numero de locales a los que se licita, deberá de incluirse en la oferta un orden de preferencia respeto de los locales a los que se licita. Cada interesado podrá presentar solo una oferta para el lote o lotes a los que licite. El licitador empresario que presentara oferta en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar oferta individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. En el supuesto en que hubiera lotes esta prohibición también será de aplicación en relación la cada lote de la licitación. El incumplimiento de las condiciones normas contenidas en los dos apartados anteriores dará lugar a la no admisión de capacidad todas las ofertas suscritas por el licitador. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicional de las cláusulas de este ruego. En caso de que el licitador considere que su proposición contiene datos y documentos que son susceptibles de ser considerados confidenciales, podrá presentar, una declaración en la que indique que datos y documentos son de carácter confidencial, justificándolo adecuadamente. Esta circunstancia deberá además reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de #cualquier otra forma) en el propio documento señalado cómo tal. Los documentos y datos presentados por los licitadores pueden ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. Por consiguiente, serán los licitadores los que deben identificar la documentación o la información que consideran que tiene carácter confidencial, y no será admisible que efectúen una declaración genérica o declaren que todos los documentos o toda la información tienen carácter confidencial. Por lo que podrán designar cómo confidenciales algún/s de los documentos acercados en su oferta. Esta circunstancia deberá reflejarse en el propio documento señalado cómo tal en forma sobreimpresa, al margen o de #cualquier otra forma visible. La extensión de la confidencialidad a toda la propuesta por un licitador se considerará improcedente. Asi mismo, deberán juntar una memoria donde justifiquen los motivos o circunstancias según los cuales debe reconocerse este carácter de confidencialidad y los concretos perjuicios económicos que su acceso podría ocasionar a los efectos de que el órgano de contratación pueda verificar el mantenimiento de un adecuado equilibrio de los derechos de todos los licitadores. En todo caso, tendrá carácter confidencial a documentación facilitada por los empresarios para acreditar su solvencia que se indican a continuación: • Criterios de solvencia económica, económica y financiera y técnica o profesional. • La concreción También tendrá carácter confidencial los datos de las condiciones carácter personal objeto del Reglamento (IU) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de solvencia técnica particular. • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad. • Documentos que acrediten la representación. • Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar. • Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Tanto el citado Documento, como la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) de 6 27 xx xxxxx de 2016 relativa 2016, relativo a la protección de las personas físicas en el que respeta al mismotratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por lo que se deroga la Directiva 95/46/CE (en adelante, se pueden consultar en los siguientes enlaces: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Recomendación JCCA: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx Los licitadores que presenten el DEUC deberán tener en cuenta que ADIFRXPD); de la Ley orgánica 3/2018, en cualquier momento del procedimientode 5 de diciembre, podrá solicitar de aquellos la documentación acreditativa protección de datos personales y garantía de los datos indicados derechos digitales (en adelante, LOPD), y en el mismo yReal decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por lo que se aprueba el reglamento de su desarrollo en tanto no se oponga a la misma, salvo que de forma expresa se autorice la comunicación o la cesión. No obstante, no tendrá carácter confidencial a información que conste en registros públicos y que, además, sea de acceso público. Para el caso de que no haya declaración de confidencialidad de los empresarios o esta sea incompleta, el órgano de contratación actuará segundo el siguiente procedimiento: • Antes de decidir que documentos o información tienen carácter confidencial, dará traslado al licitador de la solicitud de información presentada por otras empresas interesadas en el procedimiento para que haya presentado se pueda pronunciar de forma justificada. • Los Iicitadores deberán identificar los documentos acercados en su oferta que tengan tal carácter dejando constancia de esto (de cualquiera forma o al margen) en el propio documento designado cómo ta1. • Asi mismo, deberán juntar una memoria donde justifiquen los motivos o circunstancias según los cuales debe reconocerse este carácter y los concretos perjuicios económicos que su acceso podría ocasionar. • El órgano de contratación no podrá divulgar la oferta económicamente más ventajosa haya presentado información facilitada por los licitadores que estos designaran como confidencial según los motivos y circunstancias que estos manifestaran. • En el DEUCsupuesto de que un licitador no motive o concrete las circunstancias justificativas de su declaración de confidencialidad o siga manteniendo una declaración genérica del carácter confidencial de toda su oferta, obligatoriamente deberá presentar se entenderá esta como inmotivada y el órgano de contratación reservará para sí el derecho de considerar que documentación debe considerarse confidencial exonerándolo de toda responsabilidad por cualquiera erro de apreciación en cuanto al carácter confidencial o no de la información facilitada. El órgano de contratación puede no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente, que la divulgación de esta información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas, entre otros. Toda la documentación acreditativa antes a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas. Los documentos deben presentarse en lengua gallega x xxxxxxxxxx. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la adjudicación, de acuerdo con lo indicado en el PCPcorrespondiente traducción oficial a la lengua gallega x xxxxxxxxxx.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones Económico Administrativas Particulares Del