Gastos a Cargo del Consultor Cláusulas de Ejemplo

Gastos a Cargo del Consultor. Serán por cuenta exclusiva del Consultor, todos los costos, directos e indirectos, que demande la ejecución del presente Contrato, tales como los gastos de administración, sueldos, horas extras, jornales, honorarios y prestaciones sociales del personal que emplee, costos asociados al programa de seguridad industrial y al control de calidad interno de la Consultoría, transportes, equipos, costos de laboratorios, investigaciones técnicas, estudio y diseños, asesorías, así como todos los gastos y los impuestos, tasas y contribuciones, directos o indirectos, que se causen en virtud de la ejecución del objeto contratado. El Consultor en desarrollo de los trabajos, suministrará a su xxxxx el personal, los equipos, materiales y efectuará las pruebas de laboratorio, pruebas selectivas, y controles a través de muestreos, cuando sea necesario y conveniente, para garantizar y verificar que los trabajos cuyo control constituye el objeto del presente Contrato sean realizados en perfectas condiciones y sean entregados a la AGENCIA, debidamente ejecutados y dentro los plazos estipulados.
Gastos a Cargo del Consultor. 25 SECCIÓN 9.21. Sistema de Gestión de la Calidad 25 SECCIÓN 9.22. Patentes 26 SECCIÓN 9.23. Acuerdo de Confidencialidad 26 SECCIÓN 9.24. Propiedad Intelectual 26
Gastos a Cargo del Consultor. Serán por cuenta exclusiva del CONSULTOR, todos los costos directos e indirectos, que demande la ejecución del presente Contrato, tales como los gastos de administración directos o indirectos; honorarios de cualquier tipo; salarios de cualquier tipo, horas extras y recargos nocturnos y/o festivos y dominicales; otros conceptos laborales obligatorios
Gastos a Cargo del Consultor. Serán por cuenta exclusiva del consultor todos los costos directos e indirectos que demande la ejecución del respectivo contrato de consultoría, tales como los gastos de administración, sueldos, horas extras, jornales, honorarios y prestaciones sociales del personal que emplee, costos asociados al programa de seguridad industrial y al control de calidad interno de la consultoría, transportes, equipos, estudios, asesorías, así como todos los gastos y los impuestos, tasas y contribuciones, nacionales y locales, directos o indirectos que se causen en virtud de la ejecución del objeto contratado. El consultor en el desarrollo de los trabajos suministrará a su xxxxx el personal, los equipos, materiales, y las respectivas pruebas o visitas para garantizar y verificar que los trabajos cuyo control constituye el objeto de la consultoría, sean realizados en óptimas condiciones, dentro los plazos estipulados, los cuales serán entregados al supervisor debidamente ejecutados. Todo impuesto, tasa o contribución directa o indirecta, nacional, departamental o municipal que se cause por razón de la celebración o ejecución, otorgamiento, legalización y pago de este contrato serán a cargo exclusivo del consultor. En las facturas que presente el consultor a la ANM, deberá desagregar el valor del IVA según corresponda, de acuerdo con las normas y tarifas vigentes para el mismo en el momento de la acusación de cada pago.
Gastos a Cargo del Consultor. 24 SECCIÓN 9.21. Sistema de Gestión de la Calidad 24 SECCIÓN 9.22. Patentes 24
Gastos a Cargo del Consultor. Serán por cuenta exclusiva del CONSULTOR, todos los costos directos e indirectos, que demande la ejecución del presente Contrato, tales como los gastos de administración directos o indirectos; honorarios de cualquier tipo; salarios de cualquier tipo, horas extras y recargos nocturnos y/o festivos y dominicales; otros conceptos laborales obligatorios no constitutivos xx xxxxxxx; prestaciones sociales legales o extralegales; indemnizaciones laborales; aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y Parafiscales; costos asociados al programa de seguridad y salud en el trabajo; costos asociados al control de calidad interno de la Consultoría; transportes, equipos, costos de laboratorios, investigaciones técnicas, estudio y diseños, asesorías; así como todos los gastos y los impuestos, tasas y contribuciones, directos o indirectos, que se causen en virtud de la ejecución del objeto contratado. El CONSULTOR en desarrollo de los trabajos, suministrará a su xxxxx el personal, los equipos, materiales y efectuará las pruebas de laboratorio, pruebas selectivas, y controles a través de muestreos, cuando sea necesario y conveniente, para garantizar y verificar que los trabajos o productos que constituyen el Objeto del presente Contrato, sean realizados en perfectas condiciones y sean entregados a LA PROMOTORA, debidamente ejecutados y dentro los plazos estipulados.

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