FORMAS DE PAGO El promotor hará efectivo a la Fundación como entidad gestora del ensayo el pago de los apartados I, II y III de la memoria económica. El pago se hará efectivo mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta: XX0000000000000000000000; dentro de los 60 días siguientes a la presentación de la correspondiente factura emitida por la Fundación a la que se incorporará el IVA correspondiente. Se abonará el 100% por cada factura emitida. INFORMACION ADICIONAL Datos para la facturación de la tasa de gestión administrativa del contrato Datos para la facturación de visitas y pruebas del estudio Se establece el siguiente desglose de pago por visitas (Véase Anexo II): PRUEBAS EXTRAORDINARIAS (No incluidas en el precio por visita) (por protocolo fuera de la práctica clínica habitual, si están clínicamente indicadas, etc.) - Véase Anexo II OTROS PAGOS (Fallos de selección, Puesta en marcha, Visitas extraordinarias, Preparación y envío de muestras, etc.) - Véase Anexo II REEMBOLSO A PACIENTES - Véase Anexo II En caso de inclusión de nuevos pacientes al ensayo, el PROMOTOR comunicará al CENTRO la modificación del protocolo y se procederá a la revisión de la memoria económica, mediante Anexo de ésta en los conceptos imputables. El promotor Haga clic aquí para escribir texto. se compromete a facilitar a la dirección económica de la Fundación de Investigación del Hospital Clínico Universitario de la Comunidad Valenciana, INCLIVA, una vez finalizado el ensayo clínico código Haga clic aquí para escribir texto. y titulado ”Haga clic aquí para escribir texto.” una copia de la liquidación de gastos correspondientes al citado ensayo. La Entidad Promotora hace constar que no se han establecido ni se establecerán acuerdos ajenos al presente contrato con el Investigador Principal, sus colaboradores ni con ninguna institución implicada directa o indirectamente con la realización de este Ensayo Clínico, de los que deriven retribuciones económicas adicionales o contraprestaciones en especie. En el caso de que por algún motivo sea necesaria la firma de un contrato complementario, se anexará según modelo del Anexo IV.