Materia. Aprueba Bases de licitación que indica. Fecha: 07/05/2019 Número de acto administrativo: 562 Vistos: Considerando: Resuelvo:
Materia. Aprueba Bases de licitación que indica. Fecha: 07/04/2020 Número de acto administrativo: 329 Vistos: Considerando: Resuelvo:
Materia. CAPITULO 1 DEFINICIONES
Materia. 2.3. Contratación empresarial II: Contratos de colaboración, distribución y otros (6) Materia 2.5. Medios de pago y garantías (2) LUNES 4 MAYO MARTES 5 MAYO MIÉRCOLES 6 MAYO JUEVES 7/5 Medios de pago y garantías: Medios de pago y garantías: Medios de pago y garantías: 15:45-17:30 Facturación y documentación mercantil complementaria Títulos valores: titulización de activos Títulos valores: titulización de activos Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx 17:30-19:15 Medios de pago y garantías: Facturación y documentación mercantil complementaria Medios de pago y garantías: Títulos valores: titulización de activos Medios de pago y garantías: Títulos valores: titulización de activos Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Contratación empresarial II: Contratos de colaboración, distribución y otros (D. Administrativo) Contratación con el sector público Xxx Xx de la Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Contratación empresarial II: Contratos de colaboración, distribución y otros Contratación empresarial II: Contratos de colaboración, distribución y otros SEMANA: DEL 11 AL 15 XX XXXX DE 2020 Módulo 2. ASESORÍA MERCANTIL
Materia. Aprueba Bases de licitación que indica. Fecha: 11/04/2019 Número de acto administrativo: DAF-420 Vistos: Considerando: Resuelvo:
Materia. La Representación local del Otorgante prestará todos los servicios de soporte que constituyen el objeto del presente Contrato. La Representación local del Otorgante también entregará por escrito al Licenciatario la dirección de correo electrónico para contactar (en lo sucesivo,“el punto de entrada“) antes o a más tardar a la entrega de las Claves de licencia necesarias para activar el Producto de software. El punto de entrada correrá a cargo de empleados cualificados capaces de prestar al Licenciatario servicios de soporte para el Producto de software licenciado y su Documentación. En cualquier momento, Licenciatario puede acceder a solicitar acceso a la web del portal para clientes del Otorgante.
Materia. 1. 8 Requisitos ante una Emergencia
Materia. 2.3. Contratación empresarial II: Contratos de colaboración, distribución y otros (3) Materia 2.4. Mercado financiero, banca y seguros (9) LUNES 6 XXXXX XXXXXX 7 ABRIL MIÉRCOLES 8 ABRIL JUEVES 9/4 Competencia y propiedad inmaterial Competencia y propiedad inmaterial: Competencia y propiedad inmaterial: (D. Internacional Privado): (D. Internacional Privado) (D. Internacional Privado) 15:45-17:30 Protección internacional de los derechos inmateriales Protección internacional de los derechos inmateriales Protección internacional de los derechos inmateriales Xxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx financiero. Banca y seguros: Mercado financiero. Banca y seguros: Mercado financiero. Banca y seguros: (X. Xxxxxxxx) (X. Xxxxxxxx) (X. Xxxxxxxx) 17:30-19:15 Protección procesal del crédito Protección procesal del crédito Protección procesal del crédito Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Contratación empresarial II: Contratos de colaboración, distribución y otros: Contratación empresarial II: Contratos de colaboración, distribución y otros: Contratación empresarial II: Contratos de colaboración, distribución y otros: 19:15-21:00 Contratos de gestión de negocios ajenos, distribución comercial y colaboración Creación de redes empresariales Creación de redes empresariales Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx SEMANA: DEL 20 AL 24 XX XXXXX DE 2020 Módulo 2. ASESORÍA MERCANTIL Materia 2.3. 43176. Contratación empresarial II: Contratos de colaboración, distribución y otros (4) Materia 2.4. 43177. Mercado financiero, banca y seguros (10) LUNES 20 XXXXX XXXXXX 21 ABRIL MIÉRCOLES 22 ABRIL JUEVES 23 ABRIL Competencia y propiedad inmaterial: Competencia y propiedad inmaterial: Competencia y propiedad inmaterial: (X. Xxxxx) (X. Xxxxx) (X. Xxxxx) 15:45-17:30 Delitos contra la propiedad inmaterial Delitos contra la propiedad inmaterial Delitos contra la propiedad inmaterial Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxx Xxxxxx Mercado financiero. Banca y seguros: Mercado financiero. Banca y seguros: Mercado financiero. Banca y seguros: FESTIVO (D. Procesal) (X. Xxxxx) (D. Penal) 17:30-19:15 Protección procesal del crédito Derecho Penal y mercados financieros Derecho Penal y mercados financieros Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Contratación empresarial II: Contratos de colaboración, distribución y otros: Contratación empresarial II: Contratos de colaboración, distribución y otros Contrat...
Materia. A pesar de los claros beneficios de la acción colectiva conforme al artículo 7, apartado 2, dicha acción, no obstante, no debe socavar el derecho de los consumidores, que emprendan acciones individuales paralelas para solicitar la declaración del carácter abusivo de una cláusula contractual, de desligarse de la acción colectiva relativa a cláusulas similares utiliza das en contratos del mismo tipo. Como ha explicado el Tribunal (518), las acciones individuales y colectivas conforme a la Directiva 93/13/CEE son complementarias y tienen fines y efectos jurídicos diferentes. Una acción colectiva de cesa ción tiene por objeto una apreciación abstracta y general del carácter abusivo de una cláusula contractual, mientras que una acción individual implica un examen específico de la cláusula contractual a la luz de las circunstancias particulares del caso (519). Por consiguiente, las acciones colectivas solo pueden tener un efecto procesal limitado en las acciones individuales, justificado, en particular, por la buena administración de la justicia y la necesidad de evitar resoluciones judiciales incompatibles. Por lo tanto, el artículo 7 se opone a que una norma nacional exija a un órgano jurisdiccional suspender una acción individual incoada ante el mismo por parte de un consumidor hasta que se haya dictado una sentencia firme en una acción colectiva paralela emprendida por una asociación (520). En este contexto, debe poder solicitarse/aplicarse medidas cautelares dentro de la acción individual, tanto a instancias del consumidor como de oficio, durante el tiempo que corresponda, mientras no se haya dictado una sentencia firme rela tiva a una acción colectiva en curso (521). Esto es de especial pertinencia cuando las medidas cautelares son necesarias para garantizar la plena efectividad de la sentencia en la acción individual. Con respecto a las normas sobre la competencia judicial, el Tribunal ha declarado que no infringen el principio de efectividad (522) las normas nacionales conforme a las cuales las acciones de cesación incoadas por asociaciones de pro tección de los consumidores deban interponerse ante los órganos jurisdiccional donde el demandado, es decir, el profe sional, esté establecido o tenga su dirección. El Tribunal consideró que las asociaciones de consumidores no se encuen tran en la misma posición de debilidad que los consumidores individuales al emprender acciones de cesación contra profesionales e hizo referencia al artículo 4, apartado 1...
Materia. CAPÍTULO 1 GENERALIDADES Instrumento de pago utilizado para las transacciones internacionales. Se rige por la UCP 600 de 2007 de la Cámara de Comercio Internacional (Reglas y Usos Uniformes para Créditos Documentarios).