Common use of Grupos profesionales Clause in Contracts

Grupos profesionales. 1. Grupo profesional 0. Personal directivo. Los trabajadores pertenecientes a este grupo planean, organizan, dirigen y coordinan las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido, a la política adoptada; el establecimiento y mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el desarrollo de la política empresarial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos puestos de dirección o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, establecimientos, etc., en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de cada una. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son asimilables a las siguientes: Dirección técnico-artística del salón. 2. Grupo profesional I. Criterios generales. Tareas que se ejecutan según instrucciones concretas, claramente establecidas, con un alto grado de dependencia, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/o atención y que no necesitan de formación específica y ocasionalmente de un período de adaptación. Formación. Con carácter general, Graduado escolar o Certificado de escolaridad, o Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o tareas auxiliares en el centro de trabajo y conocimientos reconocidos por la Administración en cada momento. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Tareas manuales, operaciones elementales relacionadas con su profesión, entendiendo por tales aquellas que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado de cabeza, aplicación de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera de entrecejo y labio superior). Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales a las distintas secciones de la empresa. Tareas que consisten en efectuar recados, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondencia. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares de mantenimiento de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Tareas de despacho de billetes de entrada y demás operaciones concernientes al servicio de taquilla en gimnasios y saunas. Tareas complementarias de atención al cliente. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas. Telefonista y/o recepcionista. El personal perteneciente a este grupo, pasará automáticamente al grupo II a los dos años de permanencia en la empresa. 3. Grupo profesional II. Criterios generales. Trabajos cuya planificación depende de un grupo superior, pero que pueden realizarse de una forma autónoma que exijan habitualmente, iniciativa y razonamiento por parte de los trabajadores encargados de su ejecución, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de los mismos, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores. Formación. Título de ayudante, auxiliar o aprendiz de Formación Profesional Básica, o Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 de este sector o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar en la realización de las actividades del grupo III y además, las siguientes funciones: Realización de moldeados. Cambios de color en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidad. 4. Grupo profesional III. Criterios generales. Trabajos para la ejecución de las especialidades de la empresa, que requieren, previa formación del trabajador, del conocimiento de sus técnicas así como de los productos y aparatos necesarios para su realización, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores del grupo II. Formación. Técnicos en Formación Profesional 0.xx Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones firmantes de este Convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Xxxxx xxx xxxxxxx, afeitado y rasurado xx xxxxx y bigote y técnicas complementarias.

Appears in 2 contracts

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo

Grupos profesionales. Descripción y definición de los Grupos Profesionales y sus funciones y tareas. 1. Grupo profesional 0. Personal directivo. Los trabajadores pertenecientes de Técnicos: – Titulación/aptitudes profesionales: Título académico de grado universitario superior o medio, o nivel de conocimientos equivalente, a este grupo planean, organizan, dirigen y coordinan las diversas actividades propias del desenvolvimiento juicio de la empresaDirección. Sus funciones comprenden la elaboración – Contenido de la política prestación: Desempeña funciones, con mando o sin él, propias de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control su titulación o experiencia en puestos que implican responsabilidad plena o limitada sobre una unidad organizativa dependiendo de las actividades funciones propias de la organización conforme al programa establecido, a la política adoptada; el establecimiento y mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el desarrollo de la política empresarial, financiera su formación y/o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos puestos de dirección o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, establecimientos, etc., en experiencia que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de cada una. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son asimilables a las siguientes: Dirección técnico-artística del salónle encomienden. 2. Grupo profesional I. Criterios generalesde Supervisores: cve: BOE-A-2023-156e Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx – Titulación/aptitudes profesionales: Título de BUP, FP1, FP2 o conocimientos equivalentes a juicio de la Dirección. Tareas que se ejecutan según instrucciones concretasEl empleado debe estar en posesión, claramente establecidascuando sea necesario para desarrollar su trabajo, con un alto grado de dependencia, que requieren preferentemente esfuerzo físico las autorizaciones y permisos administrativos necesarios (Licencia de conducir «C» y/o atención «E», ADR y que no necesitan de formación específica y ocasionalmente de un período de adaptación. Formación. Con carácter general, Graduado escolar o Certificado de escolaridad, o Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o tareas auxiliares en el centro de trabajo y conocimientos reconocidos por la Administración en cada momento. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Tareas manuales, operaciones elementales relacionadas con su profesión, entendiendo por tales aquellas que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado de cabeza, aplicación de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera de entrecejo y labio superiorPCP). Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales a las distintas secciones – Contenido de la empresaprestación: Pueden tener o no mando directo sobre personal del mismo o distinto grupo profesional, coordinando y supervisando el trabajo de éstos y todo lo relacionado con los suministros, incluso realizarlos en su caso, realizando asimismo funciones propias de su formación y experiencia. Tareas que consisten en efectuar recados, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondencia. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección Realizan también las tareas y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares funciones de mantenimiento de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Tareas los equipos e instalaciones, de despacho de billetes de entrada y demás operaciones concernientes al servicio de taquilla en gimnasios y saunas. Tareas complementarias de atención al cliente. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial periodicidad mensual o conocimiento de idiomas. Telefonista y/o recepcionista. El personal perteneciente a este grupo, pasará automáticamente al grupo II a los dos años de permanencia en la empresasuperior. 3. Grupo profesional IIOperador conductor-abastecedor: – Titulación/aptitudes profesionales: Título de FP1 o FP2 o conocimientos equivalentes a juicio de la Dirección. Criterios generalesEl empleado debe estar en posesión de las autorizaciones y permisos administrativos necesarios (Licencia de conducir «C» y/o «E», ADR y PCP). Trabajos cuya planificación depende – Contenido de un grupo superiorla prestación: Abastecimiento de combustibles de aviación a aeronaves que implica la conducción y operación habitual de unidades de suministro, pero que pueden realizarse así como la operación, mantenimiento e inspección básicos de una forma autónoma que exijan habitualmentelas instalaciones de almacenamiento de combustible, iniciativa y razonamiento por parte efectuando tareas anejas inherentes a la actividad tales como el control de calidad de los trabajadores encargados productos, sondas o transferencias de su ejecuciónproductos, comportandoentre otras, bajo supervisión, la responsabilidad incluidas las administrativas derivadas de estas actividades y las de mantenimiento diario y semanal de los mismosequipos e instalaciones, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores. Formación. Título de ayudante, auxiliar o aprendiz de Formación Profesional Básica, o Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 de este sector o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar y colabora en la realización de las actividades demás, cuando por la naturaleza de las mismas, sea necesario. Realiza así mismo las tareas de mantenimiento mensuales, en instalaciones donde no hay personas del grupo III Grupo de Supervisores, o en ausencia del mismo, bajo la supervisión y además, las siguientes funciones: Realización responsabilidad del Jefe de moldeados. Cambios de color en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidadInstalación. 4. Grupo profesional IIIOperario: – Titulación/aptitudes profesionales: Formación al nivel de FP1 y FP2 o conocimientos equivalentes, a juicio de la Dirección. Criterios generales– Contenido de la prestación: Abastecimiento de combustibles de aviación a aeronaves que no implican necesariamente la conducción y operación habitual de unidades de suministro de combustible de aviación, así como la operación y mantenimiento e inspección básico de las instalaciones de almacenamiento de combustible, efectuando tareas anejas inherentes a la actividad tales como el control de calidad de los productos, sondas o transferencias de productos, entre otras, incluidas las administrativas derivadas de estas actividades y las de mantenimiento diario y semanal de los equipos e instalaciones y colabora en la realización de las demás, cuando por la naturaleza de las mismas, sea necesario. Trabajos para Realiza así mismo las tareas de mantenimiento mensuales, en instalaciones donde no hay personas del Grupo de Supervisores, o en ausencia del mismo, bajo la supervisión y responsabilidad del Jefe de Instalación. 5. Grupo Administrativo: – Titulación/aptitudes profesionales: Formación técnica de FP2 o conocimientos equivalentes. – Contenido de la prestación: Desempeña funciones propias de especialidades técnicas y administrativas, pudiendo ejercer supervisión sobre la ejecución del trabajo de las especialidades de la empresa, que requieren, previa formación del trabajador, del conocimiento de sus técnicas así como de los productos y aparatos necesarios para su realización, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores del grupo II. Formación. Técnicos en Formación Profesional 0.xx Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones firmantes de este Convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Xxxxx xxx xxxxxxx, afeitado y rasurado xx xxxxx y bigote y técnicas complementariasotras personas.

Appears in 1 contract

Samples: V Convenio Colectivo De Servicios Logísticos De Combustibles De Aviación, Sl

Grupos profesionales. 1. Grupo profesional 0. Personal directivo. Los El sistema de Clasificación Profesional define los espacios organizativos que sirven para encuadrar a los trabajadores pertenecientes a este grupo planean, organizan, dirigen y coordinan las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresaONCE y ordenar su carrera profesional. Sus funciones comprenden Estos espacios organizativos son los Grupos Profesionales, que agrupan los distintos puestos de trabajo. A estos efectos, se entenderá por Grupo Profesional la elaboración unidad de clasificación que agrupa de forma homogénea las aptitudes profesionales, las titulaciones requeridas y el contenido general de la política de organización, los planteamientos generales prestación. El contenido básico de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, prestación laboral pactada vendrá determinada por la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido, adscripción del trabajador a la política adoptada; el establecimiento y mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el desarrollo de la política empresarial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos puestos de dirección o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, establecimientos, etc., en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de cada una. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son asimilables a las siguientes: Dirección técnico-artística del salónun determinado Grupo Profesional. 2. El personal que presta sus servicios en la ONCE se clasificará, en atención a las funciones prevalentes que desarrolle, en tres Grupos Profesionales: Grupo profesional I. Criterios generalesI (Personal Vendedor): comprende aquellos puestos que implican el ejercicio de la venta al público de los productos que la ONCE determine, en cualquiera de sus soportes y modalidades, utilizando técnicas comerciales de fidelización y captación de clientes y participando en la aplicación de las campañas de marketing y promoción llevadas a cabo. Tareas Los puestos dentro del mismo operan habitualmente dentro de un marco de iniciativa y responsabilidad limitada, con la supervisión de mandos u otros profesionales de mayor cualificación, y no exigen una titulación mínima concreta. Grupo II (Personal de Soporte): comprende aquellos puestos que implican la realización de trabajos de carácter operativo o especializado, relacionados con procesos de prestación de servicios, de producción, de gestión administrativa o comercial. Los puestos dentro del mismo operan habitualmente dentro de un marco de iniciativa y responsabilidad limitada, con la supervisión de mandos u otros profesionales de mayor cualificación. En el caso de que se ejecutan según instrucciones concretasexigiera una titulación mínima concreta, claramente establecidasésta sería referente a titulaciones o certificados específicos que, con un alto grado en su caso, podrán ser sustituidos por conocimientos profesionales equivalentes, adquiridos a través de dependenciaexperiencia profesional acreditada. Grupo III (Técnicos): agrupa al personal que desarrolla actividades y procesos técnicos complejos en una determinada especialidad. Requieren de criterios propios para solucionar los problemas que se les plantean, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/extrapolando soluciones previas anteriores, y se responsabilizan de la calidad de los procesos, actividades o atención y que no necesitan de formación específica y ocasionalmente de un período de adaptación. Formación. Con carácter general, Graduado escolar o Certificado de escolaridad, o Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o tareas auxiliares análisis realizados dentro del ámbito en el centro cual desarrollan su trabajo. Tienen una visión completa del proceso en el que trabajan y de la forma en la que éste se integra en la organización. Algunos puestos de este grupo pueden tener un amplio nivel de autonomía en la ejecución de los procedimientos y en las formas de trabajo que deben aplicar y conocimientos reconocidos por la Administración en cada momento. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador quepueden diseñar metodologías, por analogíaprocesos y procedimientos de trabajo complejos, son equiparables extrapolables a las siguientes: Tareas manuales, operaciones elementales relacionadas con su profesión, entendiendo por tales aquellas que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado de cabeza, aplicación de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera de entrecejo y labio superior). Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales a las distintas secciones un área funcional completa de la empresaorganización. Tareas que consisten en efectuar recadosSe requiere titulación media o superior, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondenciaasí como conocimientos profesionales especializados adquiridos a través de una experiencia profesional amplia y acreditada. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares de mantenimiento de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Tareas de despacho de billetes de entrada y demás operaciones concernientes al servicio de taquilla en gimnasios y saunas. Tareas complementarias de atención al cliente. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas. Telefonista y/o recepcionista. El personal perteneciente a este grupo, pasará automáticamente al grupo II a los dos años de permanencia en la empresa.cve: BOE-A-2013-9375 3. Grupo profesional IILos puestos de trabajo incluidos en cada uno de estos Grupos pueden ser desarrollados con idénticas o similares aptitudes profesionales, además de requerir similares niveles de autonomía (mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de la función que se desarrolle), de mando (capacidad de ordenación de tareas, ínter- relación y personas bajo su supervisión), de responsabilidad (grado de autonomía de acción del titular de la función, como el grado de influencia sobre los resultados e importancia de las consecuencias de la gestión) y de iniciativa (el mayor o menor sometimiento a directrices o normas para la ejecución de la función). 4. Criterios generales. Trabajos cuya planificación depende En el contrato de trabajo se asignará al trabajador un grupo superior, pero que pueden realizarse de una forma autónoma que exijan habitualmente, iniciativa profesional y razonamiento por parte de los trabajadores encargados de su ejecución, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de los mismos, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores. Formación. Título de ayudante, auxiliar o aprendiz de Formación Profesional Básica, o Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 de este sector o formación a nivel de graduado escolar o certificado se establecerá como contenido de la ESO, complementada con formación específica en el puesto prestación laboral objeto del contrato la realización de trabajo o experiencia laboral. En este todas las funciones correspondientes al grupo profesional asignado o solamente de alguna de ellas. Cuando se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar en acuerde la polivalencia funcional, y la realización de las actividades del grupo III y ademásfunciones propias de más de un puesto, las siguientes funciones: Realización de moldeados. Cambios de color la equiparación se realizará en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidad. 4. Grupo profesional III. Criterios generales. Trabajos para la ejecución virtud de las especialidades de la empresa, funciones que requieren, previa formación del trabajador, del conocimiento de sus técnicas así como de los productos y aparatos necesarios para su realización, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores del grupo II. Formación. Técnicos en Formación Profesional 0.xx Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones firmantes de este Convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Xxxxx xxx xxxxxxx, afeitado y rasurado xx xxxxx y bigote y técnicas complementariasdesempeñen durante mayor tiempo.

Appears in 1 contract

Samples: Xv Convenio Colectivo De La Empresa Once Y Su Personal

Grupos profesionales. Grupo Profesional I: Titulados superiores. a) Criterios generales. 1. Grupo profesional 0. Personal directivo. Los trabajadores pertenecientes a este grupo planeanFunciones que suponen la realización de tareas técnicas complejas y heterogé- neas, organizancon objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía, dirigen iniciativa y coordinan las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido, a la política adoptada; el establecimiento y mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el desarrollo de la política empresarial, financiera responsabilidad con o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos puestos de dirección o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, establecimientos, etc., en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de cada una. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son asimilables a las siguientes: Dirección técnico-artística del salónsin mando. 2. Grupo profesional I. Criterios generales. Tareas Funciones que se ejecutan según instrucciones concretassuponen la integración, claramente establecidascoordinación y supervisión de funciones, con realizadas por un alto grado conjunto de dependencia, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/o atención y que no necesitan de formación específica y ocasionalmente de un período de adaptación. Formación. Con carácter general, Graduado escolar o Certificado de escolaridad, o Graduado colaboradores en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o tareas auxiliares en el centro de trabajo y conocimientos reconocidos por la Administración en cada momento. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Tareas manuales, operaciones elementales relacionadas con su profesión, entendiendo por tales aquellas que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado de cabeza, aplicación de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera de entrecejo y labio superior). Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales a las distintas secciones de la empresa. Tareas que consisten en efectuar recados, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondencia. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares de mantenimiento de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Tareas de despacho de billetes de entrada y demás operaciones concernientes al servicio de taquilla en gimnasios y saunas. Tareas complementarias de atención al cliente. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas. Telefonista y/o recepcionista. El personal perteneciente a este grupo, pasará automáticamente al grupo II a los dos años de permanencia en la empresauna misma unidad funcional. 3. Se incluyen también en este Grupo profesional Profesional funciones que suponen respon- sabilidad completa por la gestión de una o varias Áreas Funcionales de la em- presa, a partir de directrices generales muy amplias directamente emanadas del personal directivo, al que deberá dar cuenta de su gestión. b) Formación. Titulación universitaria de grado superior o conocimientos, experiencia y aptitudes, adquiridos en el desempeño de su profesión, equivalentes a esta titulación. Grupo Profesional II: Titulaciones medios/cuadros. a) Criterios generales. 1. Funciones de realización de tareas complejas pero homogéneas que, tienen un alto contenido intelectual o de interrelación humana, en un marco de instruc- ciones generales de alta complejidad técnica. 2. Funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas di- versas, realizadas por un conjunto de colaboradores. b) Formación. Titulación universitaria de grado medio o conocimientos, experiencia y aptitudes, adquiridos en el desempeño de su profesión, equivalentes a esta titulación. Grupo Profesional III: Mandos intermedios. a) Criterios generales. Trabajos cuya planificación depende Funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas homo- géneas, realizadas por un grupo superiorconjunto de colaboradores, pero en un estadio organizativo menor. Tareas que, aun sin suponer corresponsabilidad de mando, tienen un contenido medio de actividad intelectual y de interrelación humana, en un marco de instrucciones precisas de complejidad técnica media con autonomía dentro del proceso establecido. b) Formación. Titulación de Bachillerato o Formación Profesional II o titulación oficial que pueden realizarse de una forma autónoma que exijan habitualmentela susti- tuya, iniciativa o conocimiento, experiencia y razonamiento por parte de los trabajadores encargados aptitudes, adquiridos en el desempeño de su ejecución, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de los mismos, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores. Formación. Título de ayudante, auxiliar o aprendiz de Formación Profesional Básica, o Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 de este sector o formación pro- fesión equivalentes a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar en la realización de las actividades del grupo III y además, las siguientes funciones: Realización de moldeados. Cambios de color en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidad. 4esta titulación. Grupo profesional III. Criterios generales. Trabajos para la ejecución de las especialidades de la empresa, que requieren, previa formación del trabajador, del conocimiento de sus técnicas así como de los productos y aparatos necesarios para su realización, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores del grupo II. Formación. Técnicos en Formación Profesional 0.xx Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones firmantes de este Convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientesIV: Xxxxx xxx xxxxxxx, afeitado y rasurado xx xxxxx y bigote y técnicas complementariasOperativos.

Appears in 1 contract

Samples: Ii Convenio Colectivo De Personal Laboral

Grupos profesionales. 1Los trabajadores afectados por el presente CONVENIO serán clasificados, en función de las aptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, y con carácter normativo, en alguno de los cuatro Grupos Profesionales que a continuación se definen. Grupo profesional 0. Personal directivoLa adscripción a los Grupos podrá estar, o no, en función de la titularidad que tenga el trabajador/a, siendo determinada por el contenido de la prestación de trabajo. Los trabajadores pertenecientes a este grupo planeangrupos profesionales serán: Grupo Profesional I: Estructura Personal que realice tareas de planificación, organizan, dirigen y coordinan las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos control y de los aspectos materiales, la orientación y el control dirección de las actividades de otros, asignadas por la organización conforme al programa establecido, a la política adoptada; el establecimiento y mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el desarrollo Dirección de la política empresarial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos puestos de dirección o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, establecimientos, etc., en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de cada una. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son asimilables a las siguientes: Dirección técnico-artística del salón. 2. Grupo profesional I. Criterios generales. Tareas que se ejecutan según instrucciones concretas, claramente establecidas, con un alto grado de dependenciaEmpresa, que requieren preferentemente esfuerzo físico conocimientos necesarios para comprender, motivar y desarrollar a las personas que dependen jerárquicamente del puesto, o tareas o planificación de tareas que puedan requerir iniciativa y autonomía y se ejecutan bajo instrucciones, con una dependencia jerárquica funcional. Comprende: A los trabajadores con Titulación a nivel de Escuela Superior o Facultades y/o atención y que no necesitan de formación específica y ocasionalmente de un período de adaptación. Formación. Con carácter general, Graduado escolar o Certificado de escolaridad, o Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o tareas auxiliares Formación Práctica equivalente adquirida en el centro ejercicio de trabajo y conocimientos reconocidos por la Administración en cada momentoprofesión. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador A los trabajadores manuales e intelectuales que, por analogíaen el ámbito administrativo, son equiparables a las siguientes: Tareas manualesfinanciero y/o productivo y sin ejercer fundamentalmente funciones de mando, operaciones elementales relacionadas con su profesión, entendiendo por tales aquellas que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado realizan trabajos cualificados profesionalmente o de cabeza, aplicación oficio dentro de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera de entrecejo y labio superior). Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales a las distintas los departamentos o secciones de la empresaEmpresa a quienes se encomiendan las funciones propias del ámbito señalado. Tareas Los puestos de trabajo que consisten se encuadran en efectuar recadosel grupo y las funciones realizadas, encargosentre otras, transporte manualserán: - Técnicos de Mantenimiento El que con su propia iniciativa y dentro de las normas dictadas por la Dirección de la Empresa, llevar ejerce las funciones de mando y organización, coordinando el servicio o recoger correspondencia. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares departamento de mantenimiento de máquinas la Empresa. - Técnico de Operación Tiene por misión verificar y aparatos técnicos comprobar en gimnasios las distintas líneas y saunasservicios realizados por la Empresa, el exacto desempeño de las funciones atribuidas a los conductores, inspectores, inspectores habilitados y reguladores. Tareas Eventualmente harán revisiones de despacho control en los vehículos en servicio, comprobando horarios, frecuencias, títulos de billetes transporte expedidos y viajeros, dando cuenta a su jefe inmediato de entrada cuántas incidencias observe, tomando las medidas de urgencia que estime oportunas en los casos de alteración de tráfico o accidentes. - Técnico Administrativo El que con su propia iniciativa y demás operaciones concernientes dentro de las normas dictadas por la Dirección de la Empresa, ejerce las funciones de mando y organización, coordinando el servicio o departamento de administración de la Empresa. - Administrativo Realiza funciones propias de la administración y recepción, en colaboración y bajo la supervisión de sus superiores. - Auxiliar Servicios Generales Realiza funciones de apoyo a servicios generales. Grupo Profesional II: Operación Circulación Personal que realiza tareas de iniciativa, autonomía y responsabilidad para los que se precisa una preparación técnica especial, reconocida y acorde con las características y contenido de las funciones a desempeñar y, aquellos otros trabajos en donde dicha iniciativa y responsabilidad sean sólo limitadas, pero con un contenido funcional similar a los definidos anteriormente. Son los trabajadores manuales o trabajadores intelectuales que, sin ejercer fundamentalmente funciones de mando, realizan trabajos cualificados, tanto profesional como administrativamente o de oficio, en el área de Operación. Los puestos de trabajo que se encuadran en el grupo y las funciones realizadas, entre otras, serán: - Operario/a de PCC. Con iniciativa y responsabilidad, organiza y coordina el servicio, distribuyendo los vehículos y el personal, dentro de las directrices marcadas por la Dirección de Operaciones procurando resolver las incidencias que se produzcan, e informando a sus superiores con la celeridad que las distintas circunstancias requieran. Entre sus funciones también está la de conducción de Metros Ligeros. - Conductor/a. Poseyendo la habilitación pertinente, conduce Metros Ligeros/tranvías, cumplimentando en la forma reglamentaria los documentos necesarios para el normal desarrollo de su actividad. Debe cubrir el recorrido por el itinerario y en el tiempo previsto. Grupo Profesional III: Operación Inspección y Atención al servicio Cliente Personal que realice tareas de taquilla iniciativa, autonomía y responsabilidad para los que se precisa una preparación técnica especial, reconocida y acorde con las características y contenido de las funciones a desempeñar y, aquellos otros trabajos en gimnasios donde dicha iniciativa y saunasresponsabilidad sean sólo limitadas, pero con un contenido funcional similar a los definidos anteriormente. Tareas complementarias Son los trabajadores manuales o trabajadores intelectuales que, sin ejercer fundamentalmente funciones de atención al clientemando, realizan trabajos cualificados, tanto profesional como administrativamente o de oficio, en el área de Operación. Tareas Los puestos de recepción trabajo que no exijan cualificación especial o conocimiento se encuadran en el grupo y las funciones realizadas, entre otras, serán: - Inspector/a Presta sus servicios en las dependencias de idiomas. Telefonista la Empresa y/o recepcionistavehículos y estaciones, teniendo por misión la de la revisión de los billetes y títulos de transporte, con o sin máquinas expendedoras de billetes y con o sin mecanismo de control automático de viajeros, formular el correspondiente parte de liquidación y formalizar en forma reglamentaria los documentos necesarios para el normal desarrollo de sus funciones. El personal perteneciente - Inspector/a este grupohabilitado a la conducción. Poseyendo la habilitación adecuada para conducir realiza las funciones señaladas para el inspector y está obligado a desempeñar así mismo las que se definen para el conductor/a en el grupo anterior. - Personal de Atención al Cliente. Desempeña su trabajo en instalaciones de la Empresa o estaciones, pasará automáticamente cuyo cometido es la atención e información al grupo II cliente, debiendo formular los correspondientes partes de liquidación y control. Grupo Profesional IV: Mantenimiento Personal que realice tareas de iniciativa, autonomía y responsabilidad para los que se precisa una preparación técnica especial, reconocida y acorde con las características y contenido de las funciones a desempeñar y, aquellos otros trabajos en donde dicha iniciativa y responsabilidad sean sólo limitadas, pero con un contenido funcional similar a los dos años definidos anteriormente. Son los trabajadores manuales o trabajadores intelectuales que, sin ejercer fundamentalmente funciones de permanencia mando, realizan trabajos cualificados, tanto profesional como administrativamente o de oficio, en las áreas de mantenimiento. Los puestos de trabajo que se encuadran en el grupo y las funciones realizadas, entre otras, serán: - Jefe de Equipo. Bajo la empresa. 3dependencia del técnico de mantenimiento toma parte personal en el trabajo al propio tiempo que dirige un determinado grupo de operarios. Grupo - Operario/a A. (Anterior Operador Cualificado) Se incluyen en esta categoría aquéllos que, con total dominio y capacidad de su oficio realizan trabajos propios de su especialidad profesional II. Criterios generales. Trabajos cuya planificación depende de un grupo superior, pero que pueden realizarse de una forma autónoma que exijan habitualmente, iniciativa relacionados con el mantenimiento y razonamiento por parte reparación de los vehículos y/o instalaciones. - Operario/a B. (Anterior Operario Autorizado) Se incluyen en esta categoría a aquellos trabajadores encargados de su ejecución, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad que con conocimientos teóricos y prácticos del oficio adquiridos por un aprendizaje o formación debidamente acreditados o con larga práctica de los mismos, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadoresrealizan trabajos propios de su especialidad profesional relacionados con el mantenimiento y reparación de los vehículos y/o instalaciones, con menor grado de responsabilidad en su desempeño que el de operario/a X. Xxxxx las actuales necesidades operativas y estructurales de los distintos servicios de MLO, a lo largo de la vigencia del presente Convenio, se producirán al menos el siguiente número de conversiones del puesto de “Operario/a B” a “Operario/a A” en cada uno de los departamentos que se indican a continuación: Instalaciones Fijas (Infraestructura y Vía): Cinco conversiones de “Operario/a B” a “Operario/a A”. FormaciónInstalaciones Fijas (Instalaciones Fijas): Una conversión de “Operario/a B” a “Operario/a A”. Título Material móvil: Cinco conversiones de ayudante“Operario B” a “Operario A”. Sistemas: Una conversión de “Operario B” a “Operario A”. Asimismo, auxiliar o aprendiz desde la entrada en vigor del Convenio, se establece que la selección de Formación Profesional Básica, o Certificados los trabajadores que deseen acceder al puesto de Profesionalidad “Operario A” se efectuará de Xxxxx 0 conformidad con los resultados que tales trabajadores obtengan en el proceso de acceso que se implante para cada departamento. La configuración de este sector o formación proceso de acceso se determinará por la empresa con la participación de cada uno de los directores de los distintos departamentos, al objeto de establecer en el mismo las pruebas que resulten más objetivas para valorar las capacidades de cada candidato. Asimismo, la representación legal de los trabajadores tendrá derecho a nivel participar en este proceso de graduado escolar o certificado acceso, mediante la verificación de: (i) La realización del mismo conforme a las pruebas que se establezcan en cada caso, y; (ii) Los resultados obtenidos para determinar los trabajadores que en cada caso pretendan acceder al puesto de “Operario A”. - Operario/a Almacén Es el trabajador/a que se ocupa de la ESOrecepción, complementada con formación específica salida, control, almacenaje, y entrada de piezas, repuestos, materiales consumibles y mercancías en el puesto de trabajo o experiencia laboral. En este grupo profesional general que se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar en la realización de las actividades del grupo III y además, las siguientes funciones: Realización de moldeados. Cambios de color en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares apliquen a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito actividad productiva de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidadEmpresa. 4. Grupo profesional III. Criterios generales. Trabajos para la ejecución de las especialidades de la empresa, que requieren, previa formación del trabajador, del conocimiento de sus técnicas así como de los productos y aparatos necesarios para su realización, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores del grupo II. Formación. Técnicos en Formación Profesional 0.xx Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones firmantes de este Convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Xxxxx xxx xxxxxxx, afeitado y rasurado xx xxxxx y bigote y técnicas complementarias.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Sobre Las Condiciones Laborales

Grupos profesionales. 1. Grupo profesional 0. Personal directivo. Los trabajadores pertenecientes a este grupo planeanincluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio se clasificarán en grupos profesionales, organizanagrupando en ellos las funciones que se consideran homogéneas, dirigen sin perjuicio del mayor o menor grado de autonomía y coordinan las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y responsabilidad en el control ejercicio de las actividades de la organización conforme al programa establecido, a la política adoptada; el establecimiento y mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el desarrollo de la política empresarial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos puestos de dirección o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, establecimientos, etc., en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de cada una. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son asimilables a las siguientes: Dirección técnico-artística del salónmismas. 2. El personal de las Cajas se clasifica en dos grupos profesionales: y plazos que correspondan, conforme se especifica en este convenio. Grupo profesional I. Criterios generales2. Tareas que se ejecutan según instrucciones concretasSe integran en este Grupo Profesional quienes desempeñen funciones o realicen trabajos o servicios propios de oficios o especialidades, claramente establecidas, con un alto grado de dependencia, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/o atención y para los que no necesitan se requiera cualificación, ajenos a la actividad financiera, crediticia y cualquier otra específica de formación específica las Cajas de Ahorros, tales como conserjería, vigilancia, limpieza, atención telefónica, conservación y ocasionalmente mantenimiento, y otros servicios de un período naturaleza similar o análoga. Este personal realizará, de adaptaciónmanera prevalente, las tareas propias de su oficio. 3. FormaciónLas funciones descritas para cada Grupo son meramente enunciativas, pudiendo asignarse funciones similares o accesorias a las descritas. 4. Con carácter generalindependencia del acto de clasificación que, Graduado escolar de acuerdo con los grupos profesionales, se efectúe, el personal de las Cajas de Ahorros se diferenciará, por razón del término de su contrato, en personal fijo o Certificado de escolaridadplantilla y de duración determinada o temporal. a) Cuando se contrate al trabajador para la realización de obra o servicio determinado. b) Cuando las circunstancias xxx xxxxxxx, o Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoriaacumulación de tareas, o tareas auxiliares en el centro exceso de trabajo y conocimientos reconocidos o por la Administración en cada momento. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador querazones de temporada así lo exigieran, por analogía, son equiparables a las siguientes: Tareas manuales, operaciones elementales relacionadas con su profesión, entendiendo por tales aquellas que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado de cabeza, aplicación de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera de entrecejo y labio superior). Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales a las distintas secciones aun tratándose de la empresa. Tareas que consisten en efectuar recados, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondencia. Tareas actividad normal de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares de mantenimiento de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Tareas de despacho de billetes de entrada y demás operaciones concernientes al servicio de taquilla en gimnasios y saunas. Tareas complementarias de atención al cliente. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas. Telefonista y/o recepcionista. El personal perteneciente a este grupo, pasará automáticamente al grupo II a los dos años de permanencia en la empresa. 3. Grupo profesional II. Criterios generales. Trabajos cuya planificación depende c) Cuando se contrate para sustituir a trabajadores con derecho a reserva de un grupo superior, pero que pueden realizarse de una forma autónoma que exijan habitualmente, iniciativa y razonamiento por parte de los trabajadores encargados de su ejecución, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de los mismos, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores. Formación. Título de ayudante, auxiliar o aprendiz de Formación Profesional Básica, o Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 de este sector o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar en la realización de las actividades del grupo III y además, las siguientes funciones: Realización de moldeados. Cambios de color en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidad. 4. Grupo profesional III. Criterios generales. Trabajos para la ejecución de las especialidades de la empresa, que requieren, previa formación del trabajador, del conocimiento de sus técnicas así como de los productos y aparatos necesarios para su realización, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores del grupo II. Formación. Técnicos en Formación Profesional 0.xx Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones firmantes de este Convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral En este grupo profesional d) Cuando se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas contrate al trabajador queen prácticas o para formación. e) Cuando se contrate con carácter temporal trabajadores afectos a medidas favorecedoras de su colocación, por analogíacomo trabajadores de edad avanzada, son equiparables a las siguientes: Xxxxx xxx xxxxxxxcon capacidad laboral disminuida, afeitado desempleados y rasurado xx xxxxx y bigote y técnicas complementariastrabajadores demandantes del primer empleo.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Grupos profesionales. 1. Grupo profesional 0. Personal directivo. cve: BOE-A-2011-6689 Los trabajadores pertenecientes a este grupo planean, organizan, dirigen y coordinan las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido, a la política adoptada; el establecimiento y mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el desarrollo de la política empresarial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos puestos de dirección o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, establecimientos, etc., en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de cada una. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador actividades que, por analogía, son asimilables a las siguientes: Dirección técnico-artística del salón. 2. Grupo profesional I. Criterios generales. Tareas que se ejecutan según instrucciones concretas, claramente establecidas, con un alto grado de dependencia, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/o atención y que no necesitan de formación específica y ocasionalmente de un período de adaptación. Formación. Con : con carácter general, Graduado escolar o Certificado de escolaridad, o Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o tareas auxiliares en el centro de trabajo y conocimientos reconocidos por la Administración en cada momento. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador actividades que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Tareas manuales, operaciones . Operaciones elementales relacionadas con su profesión, entendiendo por tales aquellas que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado de cabeza, aplicación de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera de entrecejo y labio superior). Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales a las distintas secciones de la empresa. Tareas que consisten en efectuar recados, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondencia. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares de mantenimiento de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Tareas de despacho de billetes de entrada y demás operaciones concernientes al servicio de taquilla en gimnasios y saunas. Tareas complementarias de atención al cliente. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas. Telefonista y/o recepcionista. Etc. El personal perteneciente a este grupo, pasará automáticamente al grupo II a los dos años de permanencia en la empresa. 3. Grupo profesional II. Criterios generales. Trabajos cuya planificación depende de un grupo superior, pero que pueden realizarse de una forma autónoma que exijan habitualmente, iniciativa y razonamiento por parte de los trabajadores encargados de su ejecución, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de los mismos, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores. Formación. Título de ayudante, auxiliar o aprendiz de Formación Profesional Básica, o Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 de este sector o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar en la realización de las actividades del grupo III y además, las siguientes funciones: Realización de moldeados. Cambios de color en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidad. 4. Grupo profesional III. Criterios generales. Trabajos para la ejecución de las especialidades de la empresa, que requieren, previa formación del trabajador, del conocimiento de sus técnicas así como de los productos y aparatos necesarios para su realización, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores del grupo II. Formación. Técnicos en Formación Profesional 0.xx Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones firmantes de este Convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Xxxxx xxx xxxxxxx, afeitado y rasurado xx xxxxx y bigote y técnicas complementarias.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Grupos profesionales. 1A) Grupo de Mandos y Personal Técnico: Para el grupo de personal de mandos y técnicos, es necesario contar con Titulación universitaria oficial o dos años de experiencia en la especialidad correspondiente, estará compuesto por las siguientes funciones y/o especialidades profesionales: - Dirección de Proyecto. Grupo profesional 0. Personal directivo. Los trabajadores pertenecientes a este grupo planean, organizan, dirigen Realiza el control y coordinan las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz seguimiento de los recursos humanos objetivos marcados por la Dirección del Servicio de Emergencias 1-1-2, gestionando y coordinando los distintos departamentos en los que se estructura el proyecto. - Jefatura de los aspectos materiales, la orientación y el control Departamento. Realizan un seguimiento de las actividades de su departamento mediante indicadores de control de la calidad, adoptando las medidas necesarias para la consecución de los objetivos marcados y haciendo propuestas de mejora del Servicio. Ejercen la jefatura sobre el personal asignado a su departamento, y se encargan de la organización conforme al programa establecido, a la política adoptada; el establecimiento de los recursos (humanos y mantenimiento materiales) de estructuras productivas y su ámbito de apoyo y el desarrollo competencia. Los Jefes/Jefas de Departamento realizarán funciones como responsable xx xxxxxxx debiendo responsabilizarse de la política empresarialcomunicación con la Dirección del Servicio 1-1-2 en caso de incidentes de especial gravedad. - Personal Responsable de Sección. Bajo la jefatura del jefe de departamento se responsabilizan de aspectos técnicos complejos del departamento (como Formación, financiera o comercialCalidad etc.), y en especial de la elaboración de planes y memorias, diseño de procedimientos etc. Toman decisiones o participan - Personal Técnico de Departamento. Bajo la jefatura del jefe de departamento llevan a cabo trabajos técnicos tales como la redacción de informes, análisis de datos, control de documentación, impartición de formación, elaboración de cuadrantes, implantación de procedimientos etc. - Personal Técnico de Sistemas. Gestionan y evalúan los elementos de soporte técnico del Servicio 1-1-2, controlando la operatividad de los elementos estructurales del Centro y del vehículo de coordinación. Realizan de forma activa el mantenimiento técnico de las bases de datos, participando en el control y custodia de los datos. - Jefatura xx Xxxx. Se encargan de la coordinación general de la gestión multisectorial de situaciones de urgencias y emergencias, supervisan el trabajo de operación de demanda, velando por la correcta gestión de las llamadas recibidas en el 1-1-2, con cumplimiento de los procedimientos existentes. Además, realizan el análisis, valoración y traslado de la información de hechos relevantes. Ejercen el control y jefatura de manera directa, en su elaboración. Desempeñan altos puestos turno de dirección o ejecución trabajo, de los mismos niveles operadores. B) Grupo de Personal de Operaciones: Para el grupo de Personal de operaciones será necesario Bachiller, Ciclo Formativo de Grado Medio o equivalente, o en los departamentossu defecto experiencia de dos años como, divisiones, grupos, establecimientos, etc., en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación las especialidades de cada una. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son asimilables a serán las siguientes: - ORM (Operador/Operadora de Respuesta Multisectorial). Trasmiten la información sobre incidentes a organismos no presentes en la Sala de Coordinación del 1-1-2. Remiten información sobre los incidentes a la Dirección técnicodel Servicio 1-artística 1-2 en base a los protocolos establecidos, y difunden la información relacionada con las emergencias extraordinarias Colaborar en el mantenimiento básico de la plataforma tecnológica, incluida la base de datos del salónservicio. - OD (Operador/Operadora de Xxxxxxx). La función principal de los Operadores de Demanda es la recepción inicial y catalogación de las llamadas realizadas al 1-1-2, registrando los datos en el sistema informático del Servicio, aplicando los protocolos y planes de actuación vigentes en el Servicio 1-1-2. Además, colaboran en funciones de divulgación del Servicio 1-1-2, y de implantación del sistema de gestión de calidad. 2C) Grupo Servicios Generales y Auxiliar: Para el grupo de Servicios Generales y Auxiliares es necesario el Graduado Escolar, ESO o equivalente, siendo las especialidades del grupo las siguientes - Personal Administrativo. Grupo profesional I. Criterios generales. Tareas que se ejecutan según instrucciones concretas, claramente establecidas, con un alto grado Su función principal es la de dependencia, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/o atención y que no necesitan de formación específica y ocasionalmente de un período de adaptación. Formación. Con carácter general, Graduado escolar o Certificado de escolaridad, o Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o tareas auxiliares en el centro de trabajo y conocimientos reconocidos por la Administración en cada momento. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables apoyar a las siguientes: Tareas manuales, operaciones elementales relacionadas con su profesión, entendiendo por tales aquellas que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado de cabeza, aplicación de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera de entrecejo y labio superior). Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales a las distintas secciones de la empresa. Tareas que consisten en efectuar recados, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondencia. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares de mantenimiento de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Tareas de despacho de billetes de entrada y demás operaciones concernientes al servicio de taquilla en gimnasios y saunas. Tareas complementarias de atención al cliente. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas. Telefonista y/o recepcionista. El personal perteneciente a este grupo, pasará automáticamente al grupo II a todos los dos años de permanencia en la empresa. 3. Grupo profesional II. Criterios generales. Trabajos cuya planificación depende de un grupo superior, pero que pueden realizarse de una forma autónoma que exijan habitualmente, iniciativa y razonamiento por parte de los trabajadores encargados de su ejecución, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de los mismos, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores. Formación. Título de ayudante, auxiliar o aprendiz de Formación Profesional Básica, o Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 de este sector o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar departamentos del Servicio 1-1-2 en la realización de las actividades tareas administrativas tales como mantenimiento de documentación del grupo III servicio, registro de faxes y además, las siguientes funciones: Realización de moldeados. Cambios de color en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidoscorreos electrónicos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto inventarios etc. - Conductores/Conductoras. Mantienen la capacidad operativa del movimiento diario. Operador vehículo de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte coordinación de la contabilidad. 4. Grupo profesional III. Criterios generales. Trabajos Dirección General de Protección Ciudadana, estando disponibles para la ejecución de las especialidades su movilización hasta el lugar, y realizando un seguimiento de la empresa, que requieren, previa formación situación del trabajador, del conocimiento de sus técnicas así como vehículo en cuanto a mantenimiento correctivo y preventivo. Colaborarán además con las tareas administrativas y formativas de los productos diferentes departamentos. - Personal Auxiliar. Personal destinado a categorías de menor cualificación y aparatos necesarios para su realización, pudiendo ser ayudados por otro u otros de apoyo al resto de especialidades profesionales. Todo el personal quedará involucrado en la resolución de emergencias extraordinarias según determinen los procedimientos del servicio 1-1-2. Las funciones y responsabilidades de los trabajadores del grupo II. Formación. Técnicos en Formación Profesional 0.xx Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 deberán adaptarse a la demanda extraordinaria que se produzca ante una gran emergencia o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones firmantes de este Convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Xxxxx xxx xxxxxxx, afeitado y rasurado xx xxxxx y bigote y técnicas complementariascatástrofe.

Appears in 1 contract

Samples: Ii Convenio Colectivo

Grupos profesionales. 1. Grupo profesional 01: Criterios generales. Personal directivo. Los trabajadores pertenecientes El personal perteneciente a este grupo planeanplanifica, organizanorganiza, dirigen dirige y coordinan coor- dina las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Sus Realiza funciones que comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos plan- teamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al el programa establecido, establecido o a la política adoptadaadaptada; el establecimiento y mantenimiento de estructuras estruc- turas productivas y de apoyo y el desarrollo de la política empresarialindustrial, financiera o y comercial. Toman Toma decisiones o participan y participa en su elaboración. Desempeñan Desempeña altos puestos de dirección o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, establecimientosfábricas, plantas, etc., en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de cada una. En Ejemplos: en este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, categorías que por analogía, son asimilables equiparables a las siguientes: Dirección técnico— Director general. — Óptico diplomado-artística del salón. 2Director técnico general. — Jefe superior. — Encargado general en empresas con varios establecimientos. — Optometristas-Óptico diplomado que regenta el establecimiento. Grupo profesional I. 2: Criterios generales: funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas diversas, realizadas por un conjunto de colaboradores. Tareas que se ejecutan según instrucciones concretasXxxxxx complejas pero homogéneas que, claramente establecidasaun sin implicar responsabilidad de mando, con tienen un alto contenido intelectual o de interrelación humana, en un marco de instrucciones gene- rales de alta complejidad técnica. Formación: titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión equivalen- te a estudios universitarios de grado de dependenciamedio, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/o atención y que no necesitan de completada con una formación específica y ocasionalmente de un período de adaptación. Formación. Con carácter general, Graduado escolar o Certificado de escolaridad, o Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o tareas auxiliares en el centro puesto de trabajo y conocimientos reconocidos por la Administración trabajo. Ejemplos: en cada momento. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador las categorías que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Tareas manuales, operaciones elementales relacionadas con su profesión, entendiendo por tales aquellas que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado — Jefe de cabeza, aplicación sección. — Optometrista-Óptico diplomado titular. — Óptico diplomado. — Oficial de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera 1.ª Administrativo/a. — Oficial de entrecejo y labio superior)1.ª de taller. Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales — Programador/a. — Dependiente/a las distintas secciones de la empresa. Tareas que consisten en efectuar recados, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondencia. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares de mantenimiento de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Tareas de despacho de billetes de entrada y demás operaciones concernientes al servicio de taquilla en gimnasios y saunas. Tareas complementarias de atención al cliente. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas. Telefonista y/o recepcionista. El personal perteneciente a este grupo, pasará automáticamente al grupo II a los dos años de permanencia en la empresa. 3mayor. Grupo profesional II. 3: Criterios generales. Trabajos cuya planificación depende : trabajos de un grupo superior, pero que pueden realizarse de una forma ejecución autónoma que exijan habitualmente, habitualmente de iniciativa y razonamiento por parte de los trabajadores encargados de su ejecuciónque los desempeñan, comportando, bajo la supervisión, la responsabilidad responsabili- dad de los mismos, mismos y pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores. Formación. Título : titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de ayudante, auxiliar su profesión equivalen- tes a BUP o aprendiz de Formación Profesional Básica, o Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 de este sector o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESOFP2, complementada con una formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboraltrabajo. En Ejemplos: en este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar en la realización de las actividades del grupo III y además, las siguientes funciones: Realización de moldeados. Cambios de color en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidad. 4. Grupo profesional III. Criterios generales. Trabajos para la ejecución de las especialidades de la empresa, que requieren, previa formación del trabajador, del conocimiento de sus técnicas así como de los productos y aparatos necesarios para su realización, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores del grupo II. Formación. Técnicos en Formación Profesional 0.xx Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones firmantes de este Convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador categorías que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Xxxxx xxx — Cajero/a. — Dependiente/a. — FP Óptica y audioprotesista. — Auxiliar administrativo/a. — Auxiliar de caja. — Ayudante de taller. — Auxiliar xx xxxxxxx. Grupo profesional 4: Criterios generales: tareas que consisten en operaciones realizadas siguiendo un método de trabajo preciso, afeitado con alto grado de supervisión, que normalmente exigen conocimientos profe- sionales de carácter elemental y rasurado de un periodo breve de adaptación. Formación: titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión equivalen- tes ha graduado escolar o FP1. Ejemplos: en este grupo profesional se incluyen todas aquellas categorías que, por analogía, son equiparables a las siguientes: — Peón. — Xxxx xx xxxxx y bigote y técnicas complementariasxxxxxx o almacén. — Personal de limpieza.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Grupos profesionales. Descripción y definición de los Grupos Profesionales y sus funciones y ta- reas. 1. Grupo profesional 0. Personal directivo. Los trabajadores pertenecientes a este grupo planean, organizan, dirigen y coordinan las diversas actividades propias del desenvolvimiento de Técnicos: – Titulación/aptitudes profesionales: Título académico de grado universitario su- – Contenido de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración prestación: Desempeña funciones, con mando o sin él, propias de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control su titulación o experiencia en puestos que implican responsa- bilidad plena o limitada sobre una unidad organizativa dependiendo de las actividades funciones propias de la organización conforme al programa establecido, a la política adoptada; el establecimiento y mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el desarrollo de la política empresarial, financiera su formación y/o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos puestos de dirección o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, establecimientos, etc., en experiencia que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de cada una. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son asimilables a las siguientes: Dirección técnico-artística del salónle encomienden. 2. Grupo profesional I. Criterios generalesde Supervisores: – Titulación/aptitudes profesionales: Título de BUP, FP1, FP2 o conocimien- tos equivalentes a juicio de la Dirección. Tareas que se ejecutan según instrucciones concretasEl empleado debe estar en pose- sión, claramente establecidascuando sea necesario para desarrollar su trabajo, con un alto grado de dependencia, que requieren preferentemente esfuerzo físico las autorizaciones y permisos administrativos necesarios (Licencia de conducir «C» y/o atención «E», ADR y que no necesitan de formación específica y ocasionalmente de un período de adaptación. Formación. Con carácter general, Graduado escolar o Certificado de escolaridad, o Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o tareas auxiliares en el centro de trabajo y conocimientos reconocidos por la Administración en cada momento. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Tareas manuales, operaciones elementales relacionadas con su profesión, entendiendo por tales aquellas que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado de cabeza, aplicación de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera de entrecejo y labio superiorPCP). Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales a las distintas secciones – Contenido de la empresaprestación: Pueden tener o no mando directo sobre per- sonal del mismo o distinto grupo profesional, coordinando y supervisando el trabajo de éstos y todo lo relacionado con los suministros, incluso realizarlos en su caso, realizando asimismo funciones propias de su formación y ex- periencia. Tareas que consisten en efectuar recados, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondencia. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección Realizan también las tareas y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares funciones de mantenimiento de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Tareas los equipos e instalaciones, de despacho de billetes de entrada y demás operaciones concernientes al servicio de taquilla en gimnasios y saunas. Tareas complementarias de atención al cliente. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial periodicidad mensual o conocimiento de idiomas. Telefonista y/o recepcionista. El personal perteneciente a este grupo, pasará automáticamente al grupo II a los dos años de permanencia en la empresasuperior. 3. Grupo profesional IIOperador conductor-abastecedor: – Titulación/aptitudes profesionales: Título de FP1 o FP2 o conocimientos equivalentes a juicio de la Dirección. Criterios generalesEl empleado debe estar en posesión de las autorizaciones y permisos administrativos necesarios (Licencia de con- ducir «C» y/o «E», ADR y PCP). Trabajos cuya planificación depende – Contenido de un grupo superiorla prestación: Abastecimiento de combustibles de aviación a aeronaves que implica la conducción y operación habitual de unidades de suministro, pero que pueden realizarse así como la operación, mantenimiento e inspección básicos de una forma autónoma que exijan habitualmentelas instalaciones de almacenamiento de combustible, iniciativa y razonamiento por parte efectuando tareas anejas inherentes a la actividad tales como el control de calidad de los trabajadores encargados pro- ductos, sondas o transferencias de su ejecuciónproductos, comportandoentre otras, bajo supervisión, la responsabilidad incluidas las ad- ministrativas derivadas de estas actividades y las de mantenimiento diario y semanal de los mismosequipos e instalaciones, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores. Formación. Título de ayudante, auxiliar o aprendiz de Formación Profesional Básica, o Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 de este sector o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar y colabora en la realización de las actividades demás, cuando por la naturaleza de las mismas, sea necesario. Realiza así mismo las tareas de mantenimiento mensuales, en instalaciones donde no hay personas del grupo III Grupo de Supervisores, o en ausencia del mismo, bajo la supervisión y además, las siguientes funciones: Realización responsabilidad del Jefe de moldeados. Cambios de color en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidadInstalación. 4. Grupo profesional IIIOperario: – Titulación/aptitudes profesionales: Formación al nivel de FP1 y FP2 o co- nocimientos equivalentes, a juicio de la Dirección. Criterios generales. Trabajos para – Contenido de la ejecución prestación: Abastecimiento de combustibles de aviación a aeronaves que no implican necesariamente la conducción y operación habitual de unidades de suministro de combustible de aviación, así como la operación y mantenimiento e inspección básico de las especialidades instalaciones de la empresaalmacenamiento de combustible, que requieren, previa formación del trabajador, del conocimiento de sus técnicas así como de los productos y aparatos necesarios para su realización, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores del grupo II. Formación. Técnicos en Formación Profesional 0.xx Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 o formación efectuando tareas anejas inherentes a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones firmantes de este Convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Xxxxx xxx xxxxxxx, afeitado y rasurado xx xxxxx y bigote y técnicas complementarias.la

Appears in 1 contract

Samples: Convenio De Servicios Logísticos De Combustibles De Aviación

Grupos profesionales. 1. Grupo profesional 01: Criterios generales. Personal directivo. Los trabajadores pertenecientes El personal perteneciente a este grupo planeanplanifica, organizanorganiza, dirigen dirige y coordinan coor- dina las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Sus Realiza funciones que comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos plantea- mientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materialesmate- riales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al el programa establecido, establecido o a la política adoptadaadaptada; el establecimiento y mantenimiento de estructuras productivas pro- ductivas y de apoyo y el desarrollo de la política empresarialindustrial, financiera o y comercial. Toman Toma decisiones o participan y participa en su elaboración. Desempeñan Desempeña altos puestos de dirección o ejecución ejecu- ción de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, establecimientosfábricas, plantas, etc., en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de cada una. En Ejemplos: en este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son asimilables a las siguientes: Dirección técnico-artística del salón. 2. Grupo profesional I. Criterios generales. Tareas que se ejecutan según instrucciones concretas, claramente establecidas, con un alto grado de dependencia, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/o atención y que no necesitan de formación específica y ocasionalmente de un período de adaptación. Formación. Con carácter general, Graduado escolar o Certificado de escolaridad, o Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o tareas auxiliares en el centro de trabajo y conocimientos reconocidos por la Administración en cada momento. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador categorías que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Tareas manuales, operaciones elementales relacionadas — Director/a general. — Óptico diplomado - Director/a técnico general. — Jefe/a superior. — Encargado/a general en empresas con su profesión, entendiendo por tales aquellas varios establecimientos. — Optometristas-Óptico diplomado que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado de cabeza, aplicación de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera de entrecejo y labio superior). Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales a las distintas secciones de la empresa. Tareas que consisten en efectuar recados, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondencia. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares de mantenimiento de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Tareas de despacho de billetes de entrada y demás operaciones concernientes al servicio de taquilla en gimnasios y saunas. Tareas complementarias de atención al cliente. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas. Telefonista y/o recepcionista. El personal perteneciente a este grupo, pasará automáticamente al grupo II a los dos años de permanencia en la empresa. 3regenta el establecimiento. Grupo profesional II. 2: Criterios generales: funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de ta- reas diversas, realizadas por un conjunto de colaboradores. Trabajos cuya planificación depende Xxxxxx complejas pero homogéneas que, aun sin implicar responsabilidad de mando, tienen un grupo superioralto contenido intelectual o de interrelación humana, pero que pueden realizarse en un marco de una forma autónoma que exijan habitualmente, iniciativa y razonamiento por parte instrucciones gene- rales de los trabajadores encargados alta complejidad técnica. Formación: titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su ejecuciónprofesión equivalen- te a estudios universitarios de grado medio, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de los mismos, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores. Formación. Título de ayudante, auxiliar o aprendiz de Formación Profesional Básica, o Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 de este sector o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, complementada completada con una formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboraltrabajo. En Ejemplos: en este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar en la realización de las actividades del grupo III y además, las siguientes funciones: Realización de moldeados. Cambios de color en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidad. 4. Grupo profesional III. Criterios generales. Trabajos para la ejecución de las especialidades de la empresa, que requieren, previa formación del trabajador, del conocimiento de sus técnicas así como de los productos y aparatos necesarios para su realización, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores del grupo II. Formación. Técnicos en Formación Profesional 0.xx Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones firmantes de este Convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador categorías que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Xxxxx xxx — Jefe/a de sección. — Encargado/a de establecimiento. — Optometrista-Óptico diplomado titular. — Óptico diplomado. — Oficial de 1. ª Administrativo/a. — Oficial de 1. ª de taller. — Programador/a. — Dependiente/a mayor. Criterios generales: trabajos de ejecución autónoma que exijan habitualmente de iniciativa por las personas trabajadoras que los desempeñan, comportando, bajo la supervisión, la res- ponsabilidad de los mismos y pudiendo ser ayudados por otra persona trabajadora. Formación: titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión equivalen- tes a BUP o FP2, complementada con una formación específica en el puesto de trabajo. Ejemplos: en este grupo profesional se incluyen todas aquellas categorías que, por analogía, son equiparables a las siguientes: — Cajero/a. — FP Óptica y audioprotesista. — Auxiliar administrativo/a. — Ayudante de taller. — Auxiliar xx xxxxxxx. Grupo profesional 4: Criterios generales: tareas que consisten en operaciones realizadas siguiendo un método de trabajo preciso, afeitado con alto grado de supervisión, que normalmente exigen conocimientos profe- sionales de carácter elemental y rasurado de un periodo breve de adaptación. Formación: titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión equivalen- tes ha graduado escolar o FP1. Ejemplos: en este grupo profesional se incluyen todas aquellas categorías que, por analogía, son equiparables a las siguientes: — Peón. — Xxxx xx xxxxx y bigote y técnicas complementariasxxxxxx o almacén. — Personal de limpieza.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Grupos profesionales. 11 El sistema de Clasificación Profesional define los espacios organizativos que sirven para encuadrar a los trabajadores de la ONCE y ordenar su carrera profesional. Estos espacios organizativos son los Grupos Profesionales, que agrupan los distintos puestos de trabajo. A estos efectos, se entenderá por Grupo Profesional la unidad de clasificación que agrupa de forma homogénea las aptitudes profesionales, las titulaciones requeridas y el contenido general de la prestación. El contenido básico de la prestación laboral pactada vendrá determinada por la adscripción del trabajador a un determinado Grupo Profesional. 2 El personal que presta sus servicios en la ONCE se clasificará, en atención a las funciones prevalentes que desarrolle, en tres Grupos Profesionales: Grupo I (Personal Vendedor): comprende aquellos puestos que implican el ejercicio de la venta al público de los productos que la ONCE determine, en cualquiera de sus soportes y modalidades, utilizando técnicas comerciales de fidelización y captación de clientes y participando en la aplicación de las campañas de marketing y promoción llevadas a cabo. Los puestos dentro del mismo operan habitualmente dentro de un marco de iniciativa y responsabilidad limitada, con la supervisión de mandos u otros profesionales de mayor cualificación, y no exigen una titulación mínima concreta. Grupo profesional 0. II (Personal directivo. Los trabajadores pertenecientes a este grupo planeande Soporte): comprende aquellos puestos que implican la realización de trabajos de carácter operativo o especializado, organizanrelacionados con procesos de prestación de servicios, dirigen y coordinan las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración producción, de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido, a la política adoptada; el establecimiento y mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el desarrollo de la política empresarial, financiera gestión administrativa o comercial. Toman decisiones Los puestos dentro del mismo operan habitualmente dentro de un marco de iniciativa y responsabilidad limitada, con la supervisión de mandos u otros profesionales de mayor cualificación. En el caso de que se exigiera una titulación mínima concreta, ésta sería referente a titulaciones o participan certificados específicos que, en su elaboracióncaso, podrán ser sustituidos por conocimientos profesionales equivalentes, adquiridos a través de experiencia profesional acreditada. Desempeñan altos Grupo III (Técnicos): agrupa al personal que desarrolla actividades y procesos técnicos complejos en una determinada especialidad. Requieren de criterios propios para solucionar los problemas que se les plantean, extrapolando soluciones previas anteriores, y se responsabilizan de la calidad de los procesos, actividades o análisis realizados dentro del ámbito en el cual desarrollan su trabajo. Tienen una visión completa del proceso en el que trabajan y de la forma en la que éste se integra en la organización. Algunos puestos de dirección o este grupo pueden tener un amplio nivel de autonomía en la ejecución de los mismos procedimientos y en las formas de trabajo que deben aplicar y pueden diseñar metodologías, procesos y procedimientos de trabajo complejos, extrapolables a un área funcional completa de la organización. Se requiere titulación media o superior, así como conocimientos profesionales especializados adquiridos a través de una experiencia profesional amplia y acreditada. 3 Los puestos de trabajo incluidos en cada uno de estos Grupos pueden ser desarrollados con idénticas o similares aptitudes profesionales, además de requerir similares niveles de autonomía (mayor o menor dependencia jerárquica en los departamentos, divisiones, grupos, establecimientos, etc., en el desempeño de la función que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular desarrolle), de mando (capacidad de ordenación de cada una. tareas, ínter-relación y personas bajo su supervisión), de responsabilidad (grado de autonomía de acción del titular de la función, como el grado de influencia sobre los resultados e importancia de las consecuencias de la gestión) y de iniciativa (el mayor o menor sometimiento a directrices o normas para la ejecución de la función). 4 En este el contrato de trabajo se asignará al trabajador un grupo profesional y se incluyen establecerá como contenido de la prestación laboral objeto del contrato la realización de todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas las funciones correspondientes al trabajador que, por analogía, son asimilables a las siguientes: Dirección técnico-artística del salón. 2. Grupo profesional I. Criterios generales. Tareas que se ejecutan según instrucciones concretas, claramente establecidas, con un alto grado de dependencia, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/o atención y que no necesitan de formación específica y ocasionalmente de un período de adaptación. Formación. Con carácter general, Graduado escolar o Certificado de escolaridad, o Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o tareas auxiliares en el centro de trabajo y conocimientos reconocidos por la Administración en cada momento. En este grupo profesional asignado o solamente de alguna de ellas. Cuando se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador queacuerde la polivalencia funcional, por analogía, son equiparables a las siguientes: Tareas manuales, operaciones elementales relacionadas con su profesión, entendiendo por tales aquellas que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado de cabeza, aplicación de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera de entrecejo y labio superior). Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales a las distintas secciones de la empresa. Tareas que consisten en efectuar recados, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondencia. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares de mantenimiento de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Tareas de despacho de billetes de entrada y demás operaciones concernientes al servicio de taquilla en gimnasios y saunas. Tareas complementarias de atención al cliente. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas. Telefonista y/o recepcionista. El personal perteneciente a este grupo, pasará automáticamente al grupo II a los dos años de permanencia en la empresa. 3. Grupo profesional II. Criterios generales. Trabajos cuya planificación depende de un grupo superior, pero que pueden realizarse de una forma autónoma que exijan habitualmente, iniciativa y razonamiento por parte de los trabajadores encargados de su ejecución, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de los mismos, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores. Formación. Título de ayudante, auxiliar o aprendiz de Formación Profesional Básica, o Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 de este sector o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar en la realización de las actividades del grupo III y ademásfunciones propias de más de un puesto, las siguientes funciones: Realización de moldeados. Cambios de color la equiparación se realizará en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidad. 4. Grupo profesional III. Criterios generales. Trabajos para la ejecución virtud de las especialidades de la empresa, funciones que requieren, previa formación del trabajador, del conocimiento de sus técnicas así como de los productos y aparatos necesarios para su realización, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores del grupo II. Formación. Técnicos en Formación Profesional 0.xx Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones firmantes de este Convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Xxxxx xxx xxxxxxx, afeitado y rasurado xx xxxxx y bigote y técnicas complementariasdesempeñen durante mayor tiempo.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Grupos profesionales. 1. Grupo profesional 0. Personal directivo. Los trabajadores pertenecientes a este grupo planeanEl personal incluido en el ámbito de aplicación del presente convenio se clasificará en grupos profesionales, organizanagrupando en ellos las funciones que se consideran homogéneas, dirigen sin perjuicio del mayor o menor grado de autonomía y coordinan las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y responsabilidad en el control ejercicio de las actividades de la organización conforme al programa establecido, a la política adoptada; el establecimiento y mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el desarrollo de la política empresarial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos puestos de dirección o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, establecimientos, etc., en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de cada una. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son asimilables a las siguientes: Dirección técnico-artística del salónmismas. 2. El personal de las Cajas se clasifica en dos grupos profesionales: Grupo profesional I. Criterios generalesProfesional 1. Tareas Se integran en este Grupo Profesional quienes, estando incluidos dentro del ámbito de aplicación del presente convenio colectivo, estén a su vez vinculados directamente con la actividad financiera, crediticia y cualquier otra específica de las Cajas de Ahorros, y desempeñen funciones o trabajos de dirección, ejecutivas, de coordinación, de asesoramiento técnico o profesional, comerciales, técnicas, de gestión o administrativas. La persona designada para realizar habitualmente las funciones de dirección de oficina o departamento, o superiores, accederá, como mínimo, al Nivel VII, en los términos y plazos que correspondan, conforme se ejecutan según instrucciones concretasespecifica en este convenio. Grupo Profesional 2. Se integran en este Grupo Profesional quienes desempeñen funciones o realicen trabajos o servicios propios de oficios o especialidades, claramente establecidas, con un alto grado de dependencia, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/o atención y para los que no necesitan se requiera cualificación, ajenos a la actividad financiera, crediticia y cualquier otra específica de formación específica y ocasionalmente las Cajas de un período de adaptación. Formación. Con carácter generalAhorros, Graduado escolar o Certificado de escolaridadtales como conserjería, o Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoriavigilancia, o tareas auxiliares en el centro de trabajo y conocimientos reconocidos por la Administración en cada momento. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Tareas manuales, operaciones elementales relacionadas con su profesión, entendiendo por tales aquellas que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado de cabeza, aplicación de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera de entrecejo y labio superior). Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales a las distintas secciones de la empresa. Tareas que consisten en efectuar recados, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondencia. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a atención telefónica, conservación y mantenimiento, y otros servicios de naturaleza similar o análoga. Este personal realizará, de manera prevalente, las tareas propias de su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares de mantenimiento de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Tareas de despacho de billetes de entrada y demás operaciones concernientes al servicio de taquilla en gimnasios y saunas. Tareas complementarias de atención al cliente. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas. Telefonista y/o recepcionista. El personal perteneciente a este grupo, pasará automáticamente al grupo II a los dos años de permanencia en la empresaoficio. 3. Las funciones descritas para cada Grupo profesional II. Criterios generales. Trabajos cuya planificación depende de un grupo superior, pero que pueden realizarse de una forma autónoma que exijan habitualmente, iniciativa y razonamiento por parte de los trabajadores encargados de su ejecución, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de los mismosson meramente enunciativas, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores. Formación. Título de ayudante, auxiliar asignarse funciones similares o aprendiz de Formación Profesional Básica, o Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 de este sector o formación accesorias a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar en la realización de las actividades del grupo III y además, las siguientes funciones: Realización de moldeados. Cambios de color en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidaddescritas. 4. Grupo profesional III. Criterios generales. Trabajos para la ejecución Con independencia del acto de clasificación que, de acuerdo con los grupos profesionales, se efectúe, el personal de las especialidades Cajas de Ahorros se diferenciará, por razón del término de su contrato, en personal fijo o de plantilla y de duración determinada o temporal. Personal fijo o de plantilla es el contratado por tiempo indefinido. La persona contratada a tiempo parcial puede ser, de conformidad con los términos de su contrato, personal fijo. Personal contratado por tiempo determinado será aquel cuyo contrato tenga una duración limitada con arreglo, entre otros, a los siguientes supuestos: a) Cuando el contrato se celebre por circunstancias de la empresa, que requieren, previa formación del trabajador, del conocimiento producción o por sustitución de sus técnicas así como de los productos y aparatos necesarios para su realización, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores del grupo II. Formación. Técnicos en Formación Profesional 0.xx Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones firmantes de este Convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Xxxxx xxx xxxxxxx, afeitado y rasurado xx xxxxx y bigote y técnicas complementariaspersona trabajadora.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Grupos profesionales. 1. Grupo profesional 0. Personal directivo. Los trabajadores pertenecientes a este grupo planean, organizan, dirigen y coordinan las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. cve: BOE-A-2022-7390 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Sus funciones comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido, a la política adoptada; el establecimiento y mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el desarrollo de la política empresarial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos puestos de dirección o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, establecimientos, etc., en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de cada una. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son asimilables a las siguientes: Dirección técnico-artística del salón. 2. Grupo profesional I. Criterios generales. Tareas : Xxxxxx que se ejecutan según instrucciones concretas, claramente establecidas, con un alto grado de dependencia, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/o atención y que no necesitan de formación específica y ocasionalmente de un período de adaptación. Formación. Con : con carácter general, Graduado escolar o Certificado de escolaridad, o Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o tareas auxiliares en el centro de trabajo y conocimientos reconocidos por la Administración en cada momento. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Tareas manuales, operaciones elementales relacionadas con su profesión, entendiendo por tales aquellas que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado de cabeza, aplicación de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera de entrecejo y labio superior). Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales a las distintas secciones de la empresa. Tareas que consisten en efectuar recados, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondencia. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares de mantenimiento de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Tareas de despacho de billetes de entrada y demás operaciones concernientes al servicio de taquilla en gimnasios y saunas. Tareas complementarias de atención al cliente. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas. Telefonista y/o recepcionista. El personal perteneciente a este grupo, pasará automáticamente al grupo II a los dos años de permanencia en la empresa. 3. Grupo profesional II. Criterios generales. : Trabajos cuya planificación depende de un grupo superior, pero que pueden realizarse de una forma autónoma que exijan habitualmente, iniciativa y razonamiento por parte de los trabajadores encargados de su ejecución, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de los mismos, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores. cve: BOE-A-2022-7390 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Formación. : Título de ayudante, auxiliar o aprendiz de Formación Profesional Básica, o Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 de este sector o formación a nivel de graduado Graduado escolar o certificado de la ESO, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar en la realización de las actividades del grupo III y además, las siguientes funciones: Realización de moldeados. Cambios de color en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidad. 4. Grupo profesional Profesional III. Criterios generales. : Trabajos para la ejecución de las especialidades de la empresa, que requieren, previa formación del trabajador, del conocimiento de sus técnicas así como de los productos y aparatos necesarios para su realización, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores del grupo Grupo II. Formación. : Técnicos en Formación Profesional 0.xx 1.º Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 o formación a nivel de graduado Graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones organizaciones firmantes de este Convenio convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral laboral. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Xxxxx xxx xxxxxxx, afeitado y rasurado xx xxxxx y bigote y técnicas complementarias.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Grupos profesionales. 1. Grupo profesional 01. Personal directivoDirección. Los trabajadores pertenecientes Formación teórica o adquirida en la práctica, equivalente a este grupo planeantitulación universitaria (diplomatura, organizanlicencia- tura, dirigen y coordinan grado, master o equivalente) o conocimientos profesionales adquiridos sobre la base de una acreditada experiencia. A las diversas actividades propias del desenvolvimiento órdenes inmediatas de la empresa. Sus funciones comprenden dirección y participando en la elaboración de la política de organizaciónla em- presa, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos dirige, organiza, coordina, y de los aspectos materiales, la orientación y el control se responsabiliza de las actividades en su puesto. seguridad. Económicamente, la responsabilidad de sus errores y faltas afecta directa o indirectamente a toda la or- ganización, además de poder implicar importantes consecuencias económicas inmediatas, tiene importantes efectos negativos en el funcionamiento de la organización conforme al programa establecidoempresa. Consecuentemente, a la política adoptada; el establecimiento tiene acceso y mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el desarrollo utiliza información privilegiada, de la política empresarial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos puestos de dirección o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, establecimientos, etc., en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de cada una. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son asimilables a las siguientes: Dirección técnico-artística del salónpueden derivarse consecuencias muy graves. 2. Grupo profesional I. Criterios generalesII. Tareas que se ejecutan según instrucciones concretasTécnicos, claramente establecidasTécnicas, con Coordinadores y Coordinadoras. Formación teórica o adquirida en la práctica, hasta un alto grado nivel equivalente x Xxxxxxxxx, Ciclo Formativo de dependencia, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/Grado Superior o atención similares o conocimientos profesionales adquiridos sobre la base de una acreditada expe- riencia. Supervisa y que no necesitan de formación específica y ocasionalmente de un período de adaptación. Formación. Con carácter general, Graduado escolar o Certificado de escolaridad, o Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o tareas auxiliares en el centro de trabajo y conocimientos reconocidos coordina por la Administración en cada momento. En este definición los cometidos propios del grupo profesional de nivel III con absoluta autonomía, pues con el superior, evalúa el resultado final, solo se incluyen todas aquellas tareas concretan los objetivos generales, pero no los métodos, los cuales son decididos autónomamente, ni hay supervisión durante el proceso a menos que el ocupante los solicite, sin poder demandar constantemente asistencia jerárquica. ciones de responsabilidad en cuanto a la consecución de resultados, implantación y gestión en general. Conoce e informa acerca de las normas de seguridad. Sus acciones u omisiones afectan a bienes cuyo dete- rioro perjudica a una o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Tareas manuales, operaciones elementales relacionadas varias unidades productivas y cuya incidencia económica es importante. Accede y emplea información relevante con su profesión, entendiendo por tales aquellas que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado de cabeza, aplicación de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera de entrecejo y labio superior). Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales a las distintas secciones de la empresa. Tareas que consisten en efectuar recados, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondencia. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares de mantenimiento de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Tareas de despacho de billetes de entrada y demás operaciones concernientes al servicio de taquilla en gimnasios y saunas. Tareas complementarias de atención al cliente. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas. Telefonista y/o recepcionista. El personal perteneciente a este grupo, pasará automáticamente al grupo II a los dos años de permanencia en la empresaconsecuencias graves. 3. Grupo profesional IIIII: Especialistas y profesionales. Criterios generalesFormación teórica o adquirida en la práctica, hasta un nivel equivalente a Educación Secundaria, ciclo formativo de Grado Medio o similar o conocimientos profesionales adquiridos sobre la base de una acreditada experiencia. Trabajos cuya planificación depende Las tareas llevadas a cabo son las mismas que las realizadas por el grupo profesional de un grupo superiornivel IV, pero que pueden realizarse su realización se desarrolla con un mayor margen de una forma autónoma que exijan habitualmenteautonomía sobre la base de la experiencia adquirida. Con el superior se define la concepción global de las tareas, iniciativa durante cuya realización, hay posibilidad de consultarle puntualmente y razonamiento por parte el resultado final es verificado; en consecuencia, ejerce cierta autonomía al decidir sobre la aplicación concreta de los trabajadores encargados métodos para alcanzar los objetivos. Las tareas se encuentran normalmente estandarizadas y se realizan bajo instrucciones de su ejecucióncarácter general, comportandosi bien, bajo supervisiónse requiere cierta aportación personal para adaptar las normas al trabajo ante nuevas situaciones. Aplica ocasionalmente algunas acciones o procedimientos para seleccionar, buscar, discriminar, etc. la información necesaria, la cual no está siempre presente, por lo que es necesario realizar acciones para obtenerla, acciones que exigen habilidades normales, basadas en la experiencia. El puesto no implica responsabilidad directa en la gestión de Recursos Humanos, si bien exige el cono- cimiento y cumplimiento de las normas de seguridad básicas que le son inherentes. Respecto a la responsabilidad económica, las acciones u omisiones solo afectan a la misión del puesto, con incidencia leve en la unidad productiva, excepto cuando se refieren al servicio prestado a los mismos, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores. Formación. Título de ayudante, auxiliar clientes o aprendiz de Formación Profesional Básica, o Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 de este sector o formación afectan a nivel de graduado escolar o certificado la imagen de la ESOempresa, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboralcuyo caso, puede ser significativa. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar Tiene acceso y emplea confidencialmente la información básica existente en la realización de las actividades del grupo III y además, las siguientes funciones: Realización de moldeados. Cambios de color en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidadárea. 4. Grupo profesional IIIIV. Criterios generalesInicial. Trabajos Formación teórica básica, equivalente como mínimo a enseñanza primaria o similar, o conocimientos ele- mentales relacionados con la tarea que se desempeña. Los objetivos y métodos de trabajo son examinados y fijados bajo supervisión, por anticipado. La persona trabajadora recibe indicaciones precisas sobre los métodos a utilizar y el desarrollo del trabajo es controlado por un superior, por lo que no debe ni tiene que tomar decisiones autónomas, a excepción de las sencillas/ob- vias que exige la realización de toda tarea. El trabajo está totalmente normalizado y estandarizado, los procedimientos uniformados, y existen instruc- ciones directamente aplicables exigiéndose tan solo cierta iniciativa o aportación personal para completar y ajustar las normas al trabajo concreto. La información necesaria para la ejecución realización del trabajo es obtenida de forma directa e inmediata. El puesto no implica ninguna responsabilidad directa ni indirecta en la gestión de Recursos Humanos, pero exige los conocimientos de las especialidades normas de seguridad básicas inherentes a cada puesto. Respecto a la responsabilidad económica, sus errores y faltas solo afectan a la misión del puesto, sin incidir en el resto de la organización, excepto cuando se refieren al servicio prestado a los clientes o afectan a la ima- gen de la empresa, que requieren, previa formación del trabajador, del conocimiento de sus técnicas así como de los productos y aparatos necesarios para su realización, pudiendo en cuyo caso puede ser ayudados por otro u otros trabajadores del grupo II. Formación. Técnicos en Formación Profesional 0.xx Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones firmantes de este Convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Xxxxx xxx xxxxxxx, afeitado y rasurado xx xxxxx y bigote y técnicas complementariassignificativa.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Comercio en General

Grupos profesionales. 1. Grupo profesional 0. Personal directivoI. a) Criterios generales: Se incluyen en este Grupo Profesional aquellos trabajadores cuyas funciones implican, bajo la supervisión de mandos o profesionales de más alta cualificación, la realización/ejecución de trabajos de carácter operativo bien relacionados con el soporte técnico de equipos y aplicaciones o bien con actividades administrativas soporte/apoyo a posiciones y/o unidades organizativas. Los trabajadores pertenecientes puestos a este grupo planean, organizan, dirigen y coordinan las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido, a la política adoptada; el establecimiento y mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el desarrollo de la política empresarial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos puestos de dirección o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, establecimientos, etc., en que se estructura la empresa refiere este Grupo Profesional operan habitualmente dentro de un marco de iniciativa y que responden siempre responsabilidad determinada. b) Titulación mínima: Formación Profesional de segundo grado o conocimientos profesionales equivalentes adquiridos a la particular ordenación través de cada una. En este grupo una experiencia profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son asimilables a las siguientesacreditada. c) Puesto Tipo: Dirección técnico-artística del salónTécnico Auxiliar. 2. Grupo profesional I. Profesional II. a) Criterios generalesGenerales: Se incluyen en este Grupo Profesional aquellas funciones con carácter técnico especializado que ejecutan actividades y tareas técnicas complejas relacionadas con: El desarrollo y ejecución de determinadas fases de proyecto. Tareas La supervisión de equipos dentro de una determinada fase de un proyecto. El control de niveles de servicio. La realización de actividades de control de recursos materiales y humanos. La ejecución de actividades de compra o venta de productos. La prestación de actividades de soporte técnico especializado. La ejecución de actividades de diseño, implantación y control de metodologías de soporte a la gestión del resto de áreas (análisis económico, gestión de recursos, etc.) Son expertos técnicos en una determinada solución. Estos puestos requieren de criterios propios para solucionar los problemas que se ejecutan según instrucciones concretasles plantean, claramente establecidas, extrapolando soluciones previas anteriores. Deben responsabilizarse de la calidad de las actividades o análisis realizados dentro de los proyectos en los que desarrollan su actividad pudiendo ejercer de responsables de fases de proyectos e integrar sus resultados en proyectos de magnitud superior o dirigir pequeños proyectos dentro de un área muy específica. Tienen una visión completa del proceso/actividad en la que trabajan y de la forma en la que esta se integra en la organización. Son puestos técnicos con un alto grado amplio nivel de dependencia, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/o atención y que no necesitan de formación específica y ocasionalmente de un período de adaptación. Formación. Con carácter general, Graduado escolar o Certificado de escolaridad, o Graduado autonomía en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o tareas auxiliares en el centro las formas de trabajo y que deben aplicar. b) Titulación mínima: Titulación media o superior o conocimientos reconocidos por la Administración en cada momentoprofesionales equivalentes adquiridos a través de una experiencia profesional acreditada. c) Puestos tipo: – Técnico. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes– Analista. cve: Tareas manuales, operaciones elementales relacionadas con su profesión, entendiendo por tales aquellas que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado de cabeza, aplicación de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera de entrecejo y labio superior). Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales a las distintas secciones de la empresa. Tareas que consisten en efectuar recados, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondencia. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares de mantenimiento de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Tareas de despacho de billetes de entrada y demás operaciones concernientes al servicio de taquilla en gimnasios y saunas. Tareas complementarias de atención al cliente. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas. Telefonista y/o recepcionista. El personal perteneciente a este grupo, pasará automáticamente al grupo II a los dos años de permanencia en la empresa.BOE-A-2013-6678 – Consultor 3. Grupo profesional II. III. a) Criterios generales: Se incluyen en este Grupo Profesional aquellas funciones que, con un alto nivel de especialización y experiencia: Dirigen y gestionan el desarrollo de todas y cada una de las fases de proyectos (selección, análisis, definición, planificación, arranque, desarrollo, negociaciones de las incidencias, seguimiento, aceptación, y puesta en servicio) de soluciones, en los que entran en juego distintas tecnologías, con un horizonte temporal significativo, en el que el coste del proyecto o el volumen de recursos asociados es significativamente alto, y con un impacto transversal en la organización, asegurando la rentabilidad final del mismo. Trabajos cuya planificación depende Xxxxx poseer los conocimientos y experiencia necesarios, por tanto, para participar y dirigir todas y cada una de las fases, desde la de diseño y elaboración de la propuesta técnica, hasta que el proyecto se convierte en un servicio más, gestionado o no por la compañía. Se responsabilizan por tanto de un grupo superiorproyecto que a su vez está dividido en proyectos o subproyectos. Dirigen e integran el trabajo de un equipo de técnicos especialistas con alto nivel de calificación técnica dentro de áreas de conocimientos similares, pero no homogéneos, o especialistas de diversas líneas de negocio, durante el período de desarrollo del mismo. Estos especialistas tienen a su cargo partes o subproyectos. Se considera un proyecto como un conjunto o conjuntos de actividades interrelacionadas entre sí, que pueden realizarse van encaminadas a alcanzar un objetivo o meta específica con unas fechas de inicio y fin, así como unos costes claramente definidos. Coordinan y supervisan actividades y tareas de carácter técnico complejo relacionadas con el desarrollo y control de proyectos de desarrollo de metodologías de gestión, y la gestión de recursos materiales y humanos. Se incluyen también funciones de coordinación y/o supervisión de actividades de carácter técnico complejo, relacionadas con la gestión de recursos humanos, materiales y/o financieros de la organización y que dan soporte al conjunto de la misma. Estas posiciones prestan asesoría y consultoría para la identificación de soluciones integradas en un determinado sector, o en el desarrollo de metodologías transversales y globales de soporte a la gestión del resto de áreas. Estos profesionales requieren ver más allá de soluciones previas, deben ser capaces de tener un cierto grado de creatividad e innovación, para diseñar soluciones integradas que den respuesta a las necesidades de los clientes. b) Titulación mínima: Titulación media o titulación superior o conocimientos profesionales equivalentes adquiridos a través de una forma autónoma que exijan habitualmente, iniciativa y razonamiento por parte de los trabajadores encargados de su ejecución, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de los mismos, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores. Formación. Título de ayudante, auxiliar o aprendiz de Formación Profesional Básica, o Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 de este sector o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar en la realización de las actividades del grupo III y además, las siguientes funcionesacreditada. c) Puesto tipo: Realización de moldeados. Cambios de color en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidadConsultor Senior. 4. Grupo profesional IIIAdscripción a Grupos profesionales. Criterios generales. Trabajos para la ejecución Todos los trabajadores de las especialidades de la empresa, que requieren, previa formación del trabajador, del conocimiento de sus técnicas así como Telefónica Soluciones incluidos en este Convenio estarán adscritos a alguno de los productos Grupos Profesionales y aparatos necesarios para su realización, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores del grupo II. Formación. Técnicos tendrá asignado un Puesto tipo de los recogidos en Formación Profesional 0.xx Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 o formación a nivel de graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones firmantes de este Convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Xxxxx xxx xxxxxxx, afeitado y rasurado xx xxxxx y bigote y técnicas complementariasConvenio.

Appears in 1 contract

Samples: Viii Convenio Colectivo

Grupos profesionales. 1. Grupo profesional 0. Personal directivo. Los trabajadores pertenecientes a este grupo planean, organizan, dirigen y coordinan las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido, a la política adoptada; el establecimiento y mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el desarrollo de la política empresarial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos puestos de dirección o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, establecimientos, etc., en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de cada una. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son asimilables a las siguientes: Dirección técnico-artística del salón. 2. Grupo profesional I. Criterios generales. Tareas : Xxxxxx que se ejecutan según instrucciones concretas, claramente establecidas, con un alto grado de dependencia, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/o atención y que no necesitan de formación específica y ocasionalmente de un período de adaptación. Formación. Con : con carácter general, Graduado escolar o Certificado de escolaridad, o Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o tareas auxiliares en el centro de trabajo y conocimientos reconocidos por la Administración en cada momento. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Tareas manuales, operaciones elementales relacionadas con su profesión, entendiendo por tales aquellas que requieren poco adiestramiento y conocimientos específicos (lavado de cabeza, aplicación de cremas, mascarillas, manicura básica, depilación con cera de entrecejo y labio superior). Tareas de recepción, ordenación y distribución de productos y materiales a las distintas secciones de la empresa. Tareas que consisten en efectuar recados, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondencia. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas de higiene, desinfección y esterilización de útiles y herramientas. Tareas auxiliares de mantenimiento de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Tareas de despacho de billetes de entrada y demás operaciones concernientes al servicio de taquilla en gimnasios y saunas. Tareas complementarias de atención al cliente. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas. Telefonista y/o recepcionista. El personal perteneciente a este grupo, pasará automáticamente al grupo II a los dos años de permanencia en la empresa. 3. Grupo profesional II. Criterios generales. : Trabajos cuya planificación depende de un grupo superior, pero que pueden realizarse de una forma autónoma que exijan habitualmente, iniciativa y razonamiento por parte de los trabajadores encargados de su ejecución, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de los mismos, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores. Formación. : Título de ayudante, auxiliar o aprendiz de Formación Profesional Básica, o Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 Nivel 1 de este sector o formación a nivel de graduado Graduado escolar o certificado de la ESO, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que son necesarias para colaborar en la realización de las actividades del grupo III y además, las siguientes funciones: Realización de moldeados. Cambios de color en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas necesarias para evitar accidentes en establecimientos xx xxxxx. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Realizar operaciones de venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de usos en peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidad. 4. Grupo profesional Profesional III. Criterios generales. : Trabajos para la ejecución de las especialidades de la empresa, que requieren, previa formación del trabajador, del conocimiento de sus técnicas así como de los productos y aparatos necesarios para su realización, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores del grupo Grupo II. Formación. : Técnicos en Formación Profesional 0.xx 1.º Grado, Grado Medio y Certificados de Profesionalidad de Xxxxx 0 Nivel 2 o formación a nivel de graduado Graduado escolar o certificado de la ESO, o diploma profesional expedido por alguna de las Organizaciones organizaciones firmantes de este Convenio convenio a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, complementada con formación específica en el puesto de trabajo o experiencia laboral laboral. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas tareas o responsabilidades asignadas al trabajador que, por analogía, son equiparables a las siguientes: Xxxxx xxx xxxxxxx, afeitado y rasurado xx xxxxx y bigote y técnicas complementarias.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo