IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES. EL PROVEEDOR se obliga a cumplir con los requisitos de identificación de los bienes embarcados conforme a lo establecido en la convocatoria.
IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES. EL PROVEEDOR SE OBLIGA A CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DE IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES EMBARCADOS CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA CONVOCATORIA.
IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES. EL PROVEEDOR se obliga a cumplir con los requisitos de identificación de los bienes embarcados conforme a lo establecido en la convocatoria, en la invitación a cuando menos tres personas o solicitud de cotización.
IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES. Los bienes serán adquiridos de acuerdo a los requerimientos, especificaciones técnicas, términos de referencia, entregables y demás conceptos descritos en el anexo (1) de esta convocatoria. La convocante por ningún motivo aceptará bienes usados o reconstruidos.
IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES. Los bienes serán adquiridos de acuerdo con los requerimientos, especificaciones técnicas, términos de referencia y demás conceptos descritos en el ANEXO 1 de esta CONVOCATORIA. Los bienes a adquirir deberán ser nuevos, la Convocante por ningún motivo aceptará bienes usados o reconstruidos. NO CUMPLIR CON LOS REQUERIMIENTOS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, TÉRMINOS DE REFERENCIA Y DEMÁS CONCEPTOS DEL ANEXO 1, ES CAUSA DE DESECHAMIENTO DE SU PROPOSICIÓN.
IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES. DETERMINACIÓN DE PARTIDAS.
IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES. Adicionalmente se proporciona a los concursantes, en medio electrónico (diskette), el anexo técnico, bajo las siguientes condiciones:
IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES. Los Bienes objeto del Contrato serán aquellos individualizados en los Contratos de Compraventa y en aquellos Contratos de Prestación de Servicios u Órdenes de Compra asociadas a Contratos Xxxxxx, cuando la prestación de los Servicios incluya la provisión de Bienes. Suscrito un contrato de compraventa, o bien suscrito un Contrato Xxxxx y emitida la O/C, el Proveedor podrá despachar los Bienes, o adquirir las materias primas necesarias para su producción, todo lo anterior, en la medida que cumpla con los plazos de despacho establecidos en el Contrato. El Proveedor no podrá comenzar con la provisión de los Bienes ni con la adquisición de las materias primas u otros bienes destinados a proveer los Bienes, antes de haber suscrito el Contrato de Compraventa o el Contrato Xxxxx y en dicho caso haber recibido la OC de parte de la Empresa. Antes de iniciar la provisión de Bienes, el Proveedor deberá registrarse en el Maestro de Proveedores. Los Bienes deberán ser de propiedad del Proveedor o el Proveedor deberá encontrarse autorizado para su transferencia a la Empresa, de tal forma que mediante la entrega de los mismos, u otra forma de tradición que establezca la ley o el Contrato, el dominio de los Bienes se transfiera a la Empresa, libre de todo tipo de gravámenes o limitaciones al dominio por parte de la Empresa y sin carga alguna sobre los mismos, todo lo cual se entenderá incorporado en el Precio. Los Bienes deberán estar adecuadamente embalados y preparados para su transporte
IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES. Los bienes serán adquiridos de acuerdo a los requerimientos, especificaciones técnicas, términos de referencia, entregables y demás conceptos descritos en el anexo 1 de esta invitación. 10.DETERMINACIÓN DE PARTIDAS. La asignación de esta adquisición se hará en base a requisición completa de conformidad con el anexo 1. 11.PRECIO MÁXIMO DE REFERENCIA. NO APLICA El precio máximo de referencia a partir del cual los licitantes ofrecerán porcentajes de descuento es de: 12.NORMAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS BIENES Y/O SERVICIOS. Los licitantes, bienes y/o servicios deberán cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Normas Internacionales, Normas de Referencia y las Especificaciones de CFE establecidas en el anexo 1. La edición aplicable de las normas y especificaciones será la vigente en la fecha de publicación de la invitación, localizables en las siguientes direcciones electrónicas: xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxx/xx/xxxxxxxx/x_Xxxxxxxx_Xxxxxxxx_Xxxxxx) y/o. xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx/Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx
IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES. EL PROVEEDOR se obliga a cumplir con los requisitos de identificación de los bienes embarcados conforme a lo establecido en la convocatoria. Nota: En caso de que se haya optado por llevar a cabo el procedimiento a través de Adjudicación Directa o Invitación a cuando Menos Tres Personas, se deberá de adecuar el texto de la Cláusula anterior.