Common use of INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN Clause in Contracts

INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN. El informe final de liquidación deberá remitirse al Asegurado y simultáneamente al Asegurador, cuando corresponda, y deberá contener necesariamente la transcripción íntegra de los artículos 26 al 27 el Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros (D.S. de Hacienda Nº1.055, de 2012, Diario Oficial de 29 de diciembre de 2012).

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Samples: www.bancoconsorcio.cl, www.amhchile.cl, www.uv.cl

INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN. El informe final de liquidación deberá remitirse al Asegurado y simultáneamente al Asegurador, cuando corresponda, y deberá contener necesariamente la transcripción íntegra de los artículos 26 al y 27 el del Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros (D.S. de Hacienda Nº1.055N° 1.055, de 2012, Diario Oficial de del 29 de diciembre de del 2012).

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Samples: hipotecariaevoluciona.cl, www.bci.cl

INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN. El informe final de liquidación deberá remitirse al Asegurado y simultáneamente al Asegurador, cuando corresponda, y deberá contener necesariamente la transcripción íntegra de los artículos 26 al y 27 el del Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros (D.S. de Hacienda Nº1.055, de 2012, Diario Oficial de 29 de diciembre de 2012).

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Samples: www.greeneryhouse.cl

INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN. El informe final de liquidación deberá remitirse al Asegurado y simultáneamente al Asegurador, cuando corresponda, y deberá contener necesariamente la transcripción íntegra de los artículos 26 al y 27 el del Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros (D.S. de Hacienda Nº1.055N°1.055, de 2012, Diario Oficial de 29 de diciembre de 2012).

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Samples: www.hipotecaria.cl

INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN. El informe final de liquidación deberá remitirse al Asegurado y simultáneamente al Asegurador, cuando corresponda, y deberá contener necesariamente la transcripción íntegra de los artículos artículo 26 al 27 el del Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros (D.S. de Hacienda Nº1.055N° 1.055, de 2012, Diario Oficial de 29 de diciembre de 2012).

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Samples: fmc.cl

INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN. El informe final de liquidación deberá remitirse al Asegurado y simultáneamente al Asegurador, cuando corresponda, y deberá contener necesariamente la transcripción íntegra de los artículos 26 al y 27 el del Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros (D.S. de Hacienda Nº1.055N° 1.055, de 2012, Diario Oficial de del 29 de diciembre de del 2012).

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Samples: colegiodecorredores.cl

INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN. El informe final de liquidación deberá remitirse al Asegurado y simultáneamente al Asegurador, cuando correspondacorresponda , y deberá contener necesariamente la transcripción trascripción íntegra de los artículos 26 al 27 el artículios 25 a 28 del Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros (D.S. de Hacienda Nº1.055N°1.055, de 2012, Diario Oficial de 29 de diciembre Diciembre de 2012).

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Samples: media.bnpparibascardif.com

INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN. El informe final de liquidación deberá remitirse al Asegurado y simultáneamente al Asegurador, cuando correspondacorresponda , y deberá contener necesariamente la transcripción trascripción íntegra de los artículos 26 al y 27 el del Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros (D.S. de Hacienda Nº1.055N°1.055, de 2012, Diario Oficial de 29 de diciembre Diciembre de 2012).

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Samples: staticresourcesfiles.blob.core.windows.net

INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN. El informe final de liquidación deberá remitirse al Asegurado y simultáneamente al Asegurador, cuando corresponda, y deberá contener necesariamente la transcripción íntegra integra de los artículos 26 al 27 el 28 a 28 del Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros (D.S. de Hacienda Nº1.055N° 1.055, de 20122013, Diario Oficial de 29 de diciembre Diciembre de 2012).

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Samples: firstsecurity.cl

INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN. El informe final de liquidación deberá remitirse al Asegurado y simultáneamente al Asegurador, cuando corresponda, y deberá contener necesariamente la transcripción íntegra de los artículos 26 al y 27 el del Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros (D.S. de Hacienda Nº1.055Nº 1.055, de 2012, Diario Oficial de 29 de diciembre de 2012).

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Samples: www.segurosbupa.cl