Infracciones leves. Se considerará incumplimiento leve todo incumplimiento negligente no reiterado por parte del adjudicatario de cuantas obligaciones se señalan en las distintas cláusulas de los pliegos de condiciones, y en particular: • Los retrasos sobre la hora fijada para el inicio del servicio (siempre que no supongan riesgos para las personas (un retraso). • El retraso en el cumplimiento de una orden dada por el Ayuntamiento. • Cualquier otro incumplimiento de sus obligaciones que no tengan la consideración de falta grave o muy grave
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación
Infracciones leves. Se considerará incumplimiento leve todo incumplimiento negligente no reiterado por parte del adjudicatario de la empresa adjudicataria de cuantas obligaciones se señalan en las distintas cláusulas de los pliegos de condiciones, y en particular: • Los retrasos sobre la hora fijada para el inicio del servicio (siempre que no supongan riesgos para las personas (un retraso). • El retraso en el cumplimiento de una orden dada por el Ayuntamiento. • Cualquier otro incumplimiento de sus obligaciones que no tengan la consideración de falta grave o muy grave
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Y Pliego De Prescripciones Técnicaspara La Contratación
Infracciones leves. Se considerará incumplimiento leve todo incumplimiento negligente no reiterado por parte del adjudicatario de la empresa adjudicataria de cuantas obligaciones se señalan en las distintas cláusulas de los pliegos de condiciones, y en particular: • Los retrasos sobre la hora fijada para el inicio del servicio (siempre que no supongan riesgos para las personas (un retrasopersonas). • El retraso en el cumplimiento de una orden dada por el Ayuntamiento. • Cualquier otro incumplimiento de sus obligaciones que no tengan la consideración de falta grave o muy grave
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Para La Contratación
Infracciones leves. Se considerará incumplimiento leve todo incumplimiento negligente no reiterado por parte del adjudicatario de cuantas obligaciones se señalan en las distintas cláusulas de los pliegos de condiciones, y en particular: • Los retrasos sobre la hora fijada para el inicio del servicio (siempre que no supongan riesgos para las personas (un retraso). • El retraso en el cumplimiento de una orden dada por el Ayuntamiento. • Cualquier otro incumplimiento de sus obligaciones que no tengan la consideración de falta grave o muy grave
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