Jornada de trabajo. Distribución irregular de la jornada. Vacaciones 1) Para todos los años de vigencia de este convenio, el personal afectado por el mismo tendrán una jornada anual de 1.752 horas de trabajo efectivo. 2) Las empresas que tengan establecidos tiempos de descanso (“bocadillos”) como tiempo efectivo de trabajo, cuantificarán su duración anual y ésta cuantía se deducirá de la duración de su jornada actual, a efectos de determinación de la jornada anual efectiva que consolidará desde la entrada en vigor del presente convenio. De resultar, una vez hecha esta operación, una jornada inferior a la prevista en el presente convenio, mantendrán dicha jornada, pudiendo en estos supuestos reordenar la misma. 3) De acuerdo con lo establecido en el Artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores, el porcentaje máximo de la jornada anual que podrá ser distribuida de manera irregular será del 5%. En todo caso, siempre se respetarán los días de descanso previstos en el calendario del trabajador o trabajadora de forma que no podrá ser incrementado el número de jornadas anuales establecidas en el mismo. Se respetarán los 5 días de preaviso como mínimo que establece el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores.. 4) Xxx como dispone el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, las vacaciones anuales retribuidas serán de 30 días naturales ó 22 días laborables, en proporción al tiempo trabajado durante el año natural.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Jornada de trabajo. Distribución irregular de la jornada. Vacaciones.
1) Para todos los años de vigencia de este convenio2018 y 2019, el personal afectado por el mismo tendrán tendrá una jornada anual de 1.752 horas de trabajo efectivo.. Para los años 2020, 2021 y 2022 la jornada anual de trabajo efectivo se establece en 1.744 horas. cve: BOE-A-2019-14143 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx
2) Las empresas que tengan establecidos tiempos de descanso (“«bocadillos”») como tiempo efectivo de trabajo, cuantificarán su duración anual y ésta cuantía se deducirá de la duración de su jornada actual, a efectos de determinación de la jornada anual efectiva que consolidará desde la entrada en vigor del presente convenio. De resultar, una vez hecha esta operación, una jornada inferior a la prevista en el presente convenio, mantendrán dicha jornada, pudiendo en estos supuestos reordenar la misma.
3) De acuerdo con lo establecido en el Artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores, el porcentaje máximo de la jornada anual que podrá ser distribuida de manera irregular será del 5%. En todo caso, siempre se respetarán los días de descanso previstos en el calendario del trabajador o de la persona trabajadora de forma que no podrá ser incrementado el número de jornadas anuales establecidas en el mismo. Se respetarán los 5 días de preaviso como mínimo que establece el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores...
4) Xxx como dispone el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, las vacaciones anuales retribuidas serán de 30 días naturales ó o 22 días laborables, en proporción al tiempo trabajado durante el año natural.
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Samples: Vi Convenio Colectivo Estatal Del Ciclo Integral Del Agua (2018 2022), Vi Convenio Colectivo Estatal Del Ciclo Integral Del Agua (2018 2022)
Jornada de trabajo. Distribución irregular 1. La duración de la jornadajornada de trabajo del personal de estructura será la siguiente: Para el año 2.000, la jornada de trabajo, en cómputo anual, será de 1785 horas. Vacaciones
1) Para todos el año 2001, la jornada de trabajo, en cómputo anual, será de 1777 horas Para el año 2002, la jornada de trabajo, en cómputo anual, será de 1770 horas. La reducción de jornada que se experimenta en los dos últimos años de vigencia del Convenio, se concretará en uno y dos días laborables de este conveniopermiso retribuido, el personal afectado por el mismo tendrán una jornada respectivamente, pudiendo disfrutarse uno de ellos acumulado al periodo anual de 1.752 horas vacaciones. Para el año 2000, se disfrutará igualmente de un día laborable de permiso retribuido. El horario de trabajo efectivoy la distribución de la jornada serán las pactadas en el ámbito de cada empresa de trabajo temporal.
2) Las empresas que tengan establecidos tiempos . La jornada de descanso (“bocadillos”) como tiempo efectivo trabajo del personal puesto a disposición será la aplicable en la empresa usuaria, en función del puesto de trabajo, cuantificarán su duración anual trabajo desempeñado. El horario de trabajo y ésta cuantía se deducirá de la duración de su jornada actual, a efectos de determinación distribución de la jornada anual efectiva que consolidará desde la entrada en vigor del presente convenio. De resultar, una vez hecha esta operación, una jornada inferior serán las establecidas conforme al marco horario aplicable a la prevista en el presente convenioempresa usuaria, mantendrán dicha jornada, pudiendo en estos supuestos reordenar la misma.
3) De acuerdo con lo establecido en el Artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores, el porcentaje máximo de la jornada anual salvo que podrá ser distribuida de manera irregular será del 5%por necesidades productivas u organizativas se fijen otras distintas. En todo caso, siempre se respetarán los días cualquier caso habrán de observarse las disposiciones de carácter general sobre descanso previstos en el calendario del trabajador o trabajadora de forma que no podrá ser incrementado el número de jornadas anuales establecidas en el mismo. Se respetarán los 5 días de preaviso como mínimo que establece el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores..
4) Xxx como dispone el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, las vacaciones anuales retribuidas serán de 30 días naturales ó 22 días laborables, en proporción al tiempo trabajado durante el año naturalentre jornadas.
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Samples: Convenio Colectivo
Jornada de trabajo. Distribución irregular de la jornada. Vacaciones
1) Para todos los años de vigencia de este convenio2018 y 2019, el personal afectado por el mismo tendrán tendrá una jornada anual de 1.752 horas de trabajo efectivo. Para los años 2020, 2021 y 2022 la jornada anual de trabajo efectivo se establece en 1.744 horas.
2) Las empresas que tengan establecidos tiempos de descanso (“bocadillos”) como tiempo efectivo de trabajo, cuantificarán su duración anual y ésta cuantía se deducirá de la duración de su jornada actual, a efectos de determinación de la jornada anual efectiva que consolidará desde la entrada en vigor del presente convenio. De resultar, una vez hecha esta operación, una jornada inferior a la prevista en el presente convenio, mantendrán dicha jornada, pudiendo en estos supuestos reordenar la misma.
3) De acuerdo con lo establecido en el Artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores, el porcentaje máximo de la jornada anual que podrá ser distribuida de manera irregular será del 5%. En todo caso, siempre se respetarán los días de descanso previstos en el calendario del trabajador o de la persona trabajadora de forma que no podrá ser incrementado el número de jornadas anuales establecidas en el mismo. Se respetarán los 5 días de preaviso como mínimo que establece el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores...
4) Xxx como dispone el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, las vacaciones anuales retribuidas serán de 30 días naturales ó o 22 días laborables, en proporción al tiempo trabajado durante el año natural.
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Samples: Convenio Colectivo
Jornada de trabajo. Distribución irregular de la jornada. Vacaciones
1) . Para todos los años de vigencia de este convenio, el personal afectado por el mismo tendrán una jornada anual de 1.752 horas de trabajo efectivo.
2) . Las empresas que tengan establecidos tiempos de descanso (“«bocadillos”») como tiempo efectivo de trabajo, cuantificarán su duración anual y ésta esta cuantía se deducirá de la duración de su jornada actual, a efectos de determinación de la jornada anual efectiva que consolidará desde la entrada en vigor del presente convenio. De resultar, una vez hecha esta operación, una jornada inferior a la prevista en el presente convenio, mantendrán dicha jornada, pudiendo en estos supuestos reordenar la misma.. cve: BOE-A-2015-11918 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx
3) . De acuerdo con lo establecido en el Artículo artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores, el porcentaje máximo de la jornada anual que podrá ser distribuida de manera irregular será del 55 %. En todo caso, siempre se respetarán los días de descanso previstos en el calendario del trabajador o trabajadora de forma que no podrá ser incrementado el número de jornadas anuales establecidas en el mismo. Se respetarán los 5 días de preaviso como mínimo que establece el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores..
4) Xxx . Tal como dispone el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, las vacaciones anuales retribuidas serán de 30 días naturales ó o 22 días laborables, en proporción al tiempo trabajado durante el año natural.
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Jornada de trabajo. Distribución irregular La Jornada de Trabajo se establece de lunes a viernes, y será de cuarenta horas semanales, tanto para la jornadajornada continuada como para la partida, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, y hasta un total de 222 días laborables al año, y un cómputo anual de 1.776 horas. Vacaciones
1) Para todos En la Jornada partida, si alguna de las partes supera las cinco horas, se tendrá derecho a quince minutos de descanso para el bocadillo, computándose este tiempo como realmente trabajado. El descanso para el bocadillo en el régimen de jornada continuada se computará como de trabajo efectivo y su duración será de treinta minutos, estableciéndose el horario de disfrute de dicho descanso por la empresa previa consulta a los años representantes de los trabajadores. En el caso de que durante el periodo de vigencia de este convenioConvenio la jornada se viese reducida legalmente, esta modificación será de aplicación automática en la misma proporción que a la jornada pactada en cómputo anual. Anualmente y siempre durante el mes de Diciembre de cada año, la empresa elaborará previa consulta con los representantes de los trabajadores, el personal afectado por el mismo tendrán una jornada calendario laboral, ajustándose al cómputo anual de 1.752 horas ordinarias máximo, teniendo en cuenta las fiestas oficiales y aquellas pactadas en Convenio, vacaciones, etc., debiendo exponerse un ejemplar del mismo en cada centro de trabajo efectivopara conocimiento de todo el personal.
2) Las empresas que tengan establecidos tiempos de descanso (“bocadillos”) como tiempo efectivo de trabajo, cuantificarán su duración anual y ésta cuantía se deducirá de la duración de su jornada actual, a efectos de determinación de la jornada anual efectiva que consolidará desde la entrada en vigor del presente convenio. De resultar, una vez hecha esta operación, una jornada inferior a la prevista en el presente convenio, mantendrán dicha jornada, pudiendo en estos supuestos reordenar la misma.
3) De acuerdo con lo establecido en el Artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores, el porcentaje máximo de la jornada anual que podrá ser distribuida de manera irregular será del 5%. En todo caso, siempre se respetarán los días de descanso previstos en el calendario del trabajador o trabajadora de forma que no podrá ser incrementado el número de jornadas anuales establecidas en el mismo. Se respetarán los 5 días de preaviso como mínimo que establece el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores..
4) Xxx como dispone el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, las vacaciones anuales retribuidas serán de 30 días naturales ó 22 días laborables, en proporción al tiempo trabajado durante el año natural.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Jornada de trabajo. Distribución irregular 1. Durante la vigencia del presente Xxxxxxxx, la jornada de la jornadatrabajo para todo el personal compren- dido en el mismo será de tiempo efectivamente trabajado en cómputo anual, tanto en jornada partida como en jornada continuada. Vacaciones
1) Para todos los años La jornada de trabajo será de 1.778 horas de trabajo efectivo para el primer año de vigencia y de este convenio, 1770 horas para el personal afectado por el mismo tendrán una segundo y tercer año de vigencia del convenio colectivo 01/04/2022-31/03/2024). SÁBADO 1 DE OCTUBRE DE 2022 B.O.C.M. Núm. 234 De dicha jornada anual de 1.752 trabajo cada persona trabajadora dispondrá para asuntos propios xx xxxx horas de libre disposición para el primer año de vigencia del Convenio, por lo que su utilización supondrá que su jornada individual de trabajo efectivo.
2efectivo será de 1.768 horas, y de 8 horas de libre disposición para el segundo y tercer año de vigencia del convenio colectivo (01/04/2022-31/03/2024) Las empresas por lo que tengan establecidos tiempos su utilización supondrá que su jornada individual de descanso (“bocadillos”) como tiempo trabajo efectivo será de trabajo1.762 horas. La fecha de disfrute de dichas horas se acordará entre la empresa y la persona trabajadora, cuantificarán su duración anual y ésta cuantía se deducirá garan- tizada la actividad ordinaria de la duración empresa y preferiblemente en vísperas de su jornada actual, a efectos de determinación de fiestas y/o vacaciones. Las personas trabajadoras que durante la jornada anual efectiva que consolidará desde la entrada en vigor del presente convenio. De resultar, una vez hecha esta operación, vigencia anterior hubieran realizado una jornada inferior a la prevista fijada en el presente convenio, mantendrán dicha jornada, pudiendo en estos supuestos reordenar la mismaConvenio se les respetará a título personal.
3) De 2. Por razones justificadas del aumento o disminución de la actividad comercial las empresas, previo acuerdo con lo establecido los representantes de las personas trabajadoras y en el Artículo 34.2 del Estatuto de su defecto con los Trabajadorespropios tra- bajadores y trabajadoras, el porcentaje máximo de podrán establecer variaciones en la jornada anual que podrá ser distribuida diaria. La reducción y ampliación del horario no será más de manera irregular será del 5%. En todo caso, siempre se respetarán los días de descanso previstos en el calendario del trabajador o trabajadora de forma que dos horas diarias y no podrá ser incrementado el número de jornadas anuales establecidas en el mismo. Se respetarán los 5 días de preaviso como mínimo que establece el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores..
4) Xxx como dispone el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, superará las vacaciones anuales retribuidas serán de 30 días naturales ó 22 días laborables, en proporción al tiempo trabajado durante el año naturalochenta horas anuales.
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Samples: Convenio Colectivo
Jornada de trabajo. Distribución La jornada máxima anual efectiva de trabajo será 1.780 horas. La jornada anual, podrá distribuirse de manera irregular a lo largo del año en un porcentaje que no superará un diez por ciento. Dicha distribución deberá respetar en todo caso los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la Ley. El/la trabajador/a deberá conocer con un preaviso mínimo de cinco días, el día y la hora de la jornadaprestación de trabajo resultante de aquella. Vacaciones
1) Para todos los años Será competencia exclusiva de vigencia la empresa la organización del trabajo en el centro veterinario, sin otras limitaciones que las señaladas en este convenio y disposiciones legales aplicables. Entre el final de este convenio, el personal afectado por el mismo tendrán una jornada anual diaria y el comienzo de 1.752 la siguiente, mediarán como mínimo 12 horas de trabajo efectivo.
2descanso; se tendrá derecho a un descanso semanal de 36 horas ininterrumpido. Se garantizará en todo caso el descanso de un fin de semana (sábado y domingo) Las empresas al mes de forma ininterrumpida. En caso de realizarse jornada continuada superior a 6 horas, se establecerá durante la misma un descanso de 20 minutos, que tengan establecidos tiempos de descanso (“bocadillos”) como se considerará tiempo efectivo de trabajo. El personal que por pacto hace un turno de 12 horas, cuantificarán su duración anual y ésta cuantía se deducirá tiene derecho a 45 minutos de la duración descanso retribuido dentro de su jornada actualdiaria. En el supuesto de centros de trabajo en los cuales hay una actividad de 24 horas diarias, a efectos es preciso que siempre, y en cualquiera de determinación los turnos de 8 horas, haya como mínimo un veterinario adjunto presente. Boletín Oficial de la jornada anual efectiva que consolidará desde la entrada en vigor del presente convenioProvincia de Alicante edita excma. De resultar, una vez hecha esta operación, una jornada inferior a la prevista en el presente convenio, mantendrán dicha jornada, pudiendo en estos supuestos reordenar la misma.
3) De acuerdo con lo establecido en el Artículo 34.2 del Estatuto diputación provincial de los Trabajadores, el porcentaje máximo alicante Nº 134 de la jornada anual que podrá ser distribuida de manera irregular será del 5%. En todo caso, siempre se respetarán los días de descanso previstos en el calendario del trabajador o trabajadora de forma que no podrá ser incrementado el número de jornadas anuales establecidas en el mismo. Se respetarán los 5 días de preaviso como mínimo que establece el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores..
4) Xxx como dispone el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, las vacaciones anuales retribuidas serán de 30 días naturales ó 22 días laborables, en proporción al tiempo trabajado durante el año natural.16/07/2014
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Samples: Convenio Colectivo
Jornada de trabajo. Distribución irregular 1. Con carácter general, en materia de jornada de trabajo y de descansos, se estará a lo que, en cada momento, establezca la jornadalegislación vigente. Vacaciones
1) Para todos los años de Durante la vigencia de este convenioConvenio Colectivo la jornada de trabajo será de 1.562 horas anuales, computándose ésta semanalmente cuando el personal afectado por trabajo no se realice en régimen de turnos, si bien mientras esté vigente la disposición adicional primera de la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, la jornada será de 1.673,50 horas anuales. No obstante, si a lo largo del año, un trabajador cambia de puesto de trabajo o de destino, deberá acomodar su jornada a las exigencias del calendario laboral preestablecido, debiendo realizar el mismo tendrán una jornada anual número de 1.752 horas de trabajo efectivo.
2) Las empresas contempladas en éste, ya sean por exceso o por defecto. cve: BOE-A-2017-1001 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx En el supuesto de tener que tengan establecidos tiempos realizar, en cómputo anual, un número mayor de descanso (“bocadillos”) como horas de las establecidas con carácter general, la diferencia será compensada con tiempo efectivo equivalente de trabajodescanso, cuantificarán su duración anual y ésta cuantía se deducirá que disfrutará a lo largo de los siguientes seis meses. En el supuesto de tener que realizar, en cómputo anual, un número menor de horas de las establecidas con carácter general, la diferencia conformará una bolsa de horas a favor de la duración de su jornada actual, empresa que el trabajador realizará a efectos de determinación de la jornada anual efectiva que consolidará desde la entrada en vigor del presente convenio. De resultar, una vez hecha esta operación, una jornada inferior a la prevista en el presente convenio, mantendrán dicha jornada, pudiendo en estos supuestos reordenar la misma.
3) De acuerdo con lo establecido en el Artículo 34.2 del Estatuto largo de los Trabajadores, el porcentaje máximo de la jornada anual que podrá ser distribuida de manera irregular será del 5%. En todo caso, siempre se respetarán los días de descanso previstos en el calendario del trabajador o trabajadora de forma que no podrá ser incrementado el número de jornadas anuales establecidas en el mismo. Se respetarán los 5 días de preaviso como mínimo que establece el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores..
4) Xxx como dispone el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, las vacaciones anuales retribuidas serán de 30 días naturales ó 22 días laborables, en proporción al tiempo trabajado durante el año naturalsiguientes seis meses.
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Samples: Convenio Colectivo
Jornada de trabajo. Distribución irregular 1. La jornada laboral para el personal afecto al presente Convenio tendrá una duración máxima anual de 1.826 horas y 27 minutos o de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, computándose a dichos efectos como hora de trabajo la presencia efectiva del/de la jornadatrabajador/a en el centro de trabajo durante la jornada laboral establecida por la Empresa o autorizada por la Autoridad Laboral competente. Vacaciones
1) Para todos los años El tiempo de vigencia trabajo se computará de este conveniomodo que, tanto al comienzo como al final de la jornada diaria, el/la trabajador/a se encuentre en su puesto de trabajo. La jornada laboral para el personal afectado adscrito al presente Convenio se realizará de forma total o parcialmente en horas nocturnas, excepción hecha para los departamentos de Limpieza, RR.HH., Mantenimiento, Sistemas y Administración. En función de las necesidades del servicio, la Empresa, con un preaviso de cinco días, podrá distribuir de manera irregular a lo largo del año el 10 por el mismo tendrán una ciento de la jornada anual máxima anual, lo cual equivale a 182,63 horas en cómputo anual. Para dicha distribución irregular, se tendrá en cuenta que la jornada ordinaria diaria se podrá prolongar hasta un máximo de 1.752 nueve horas, debiendo compensarse esas horas de trabajo efectivoexceso en el horario a lo largo del año excepto para los/as trabajadores/as nocturnos/as cuya jornada no podrá exceder de 8 horas diarias de promedio en un periodo de referencia de 15 días.
2. Tendrán la consideración de horas extraordinarias:
a) Las empresas que tengan establecidos tiempos de descanso (“bocadillos”) como tiempo efectivo de trabajo, cuantificarán su duración anual y ésta cuantía se deducirá de la duración de su jornada actual, a efectos de determinación trabajen por encima de la jornada anual efectiva que consolidará desde la entrada en vigor del presente convenio. De resultar, una vez hecha esta operación, una jornada inferior a la prevista en el presente convenio, mantendrán dicha jornada, pudiendo en estos supuestos reordenar la mismamáxima diaria de nueve horas.
3) De acuerdo con lo establecido en el Artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores, el porcentaje máximo de la jornada anual que podrá ser distribuida de manera irregular será del 5%. En todo caso, siempre se respetarán los días de descanso previstos en el calendario del trabajador o trabajadora de forma que no podrá ser incrementado el número de jornadas anuales establecidas en el mismo. Se respetarán los 5 días de preaviso como mínimo que establece el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores..
4) Xxx como dispone el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, las vacaciones anuales retribuidas serán de 30 días naturales ó 22 días laborables, en proporción al tiempo trabajado durante el año natural.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo