Jornada laboral. La jornada laboral anual máxima de tiempo efectivo del trabajo del Sector para los años de vigencia del presente convenio colectivo será de 1.760 horas de trabajo efectivo. La jornada diaria del trabajador (a tiempo completo) no podrá ser inferior a 7 horas, ni superior a 9 horas, no pudiéndose rebasar el máximo de 251 jornadas de trabajo al año para cada trabajador afectado, y en todo caso, respetándose los descansos mínimos entre jornadas. Con respecto a la fijación de la jornada anual inicial, se podrá aplicar la distribución irregular de la jornada hasta un máximo de 40 jornadas año, dentro del citado margen de las 7 horas y de las 9 horas diarias. La empresa notificará la realización de la distribución irregular al trabajador por escrito con un preaviso de cinco días. Caso de sobrepasarse la jornada máxima anual de 1.760 horas se compensará al trabajador con descanso que podrá disfrutar hasta el 28 de febrero del siguiente año, teniendo en cuenta que ese descanso, si procede, no computará como distribución de jornada irregular. Se establecerá un calendario de forma que un trabajador no trabaje más de dos domingos consecutivos, no pudiendo consistir el descanso semanal única y exclusivamente en el descanso xxx xxxxxxx. Cuando la jornada se realice de forma continuada será obligatorio el disfrute de un descanso de quince minutos.
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Samples: Convenio Colectivo Estatal De Estaciones De Servicio 2016 2018, Convenio Estatal De Estaciones De Servicio 2010 2015
Jornada laboral. La jornada laboral anual máxima de tiempo efectivo del trabajo del Sector para los años de vigencia del presente convenio colectivo será de 1.760 1.715 horas de trabajo efectivo. La jornada , y diaria del trabajador (a tiempo completo) no podrá ser inferior a de 7 horas, ni de forma continuada durante todo el año, excepto los sábados que la jornada será de 6 horas, librando los sábados en dos grupos alternos. En los meses de julio y agosto la jornada será de 7 horas de lunes a viernes, de 8 a 15 horas. El resto de horas para completar la jornada se dedicará a la formación del personal, o a labores de cualquier tipo que encomiende la empresa, siempre que sean incardinables a efectos de trabajo en lo establecido en el art. 39 del Estatuto de los Trabajadores. Entre jornadas se respetará como mínimo 12 horas de descanso tal como se establece en el artículo 34.3 del ET. El tiempo máximo de descanso de desayuno será de 20 minutos, computándose como tiempo de trabajo efectivo para los trabajadores a jornada continuada igual o superior a 9 seis horas, no pudiéndose rebasar el máximo de 251 jornadas de trabajo al año para cada trabajador afectado, y en todo caso, respetándose los descansos mínimos entre jornadasel entendimiento de que el servicio de cada departamento quede atendido. Con respecto a No se considerará como trabajo efectivo el tiempo que exceda de dicha duración máxima y ello sin perjuicio del régimen disciplinario aplicable. La banda horaria para el descanso de desayuno se establecerá de forma genérica por la fijación Dirección del Colegio. Solo cuando el trabajo de la jornada anual inicial, cada Departamento no lo permita se podrá aplicar la distribución irregular llevar a efecto dicho descanso fuera de la jornada hasta un máximo de 40 jornadas añodicho horario, dentro previa comunicación al Jefe o Responsable del citado margen de las 7 horas mismo, y de las 9 horas diarias. La empresa notificará la realización de la distribución irregular al trabajador por escrito con un preaviso de cinco días. Caso de sobrepasarse la jornada máxima anual de 1.760 horas se compensará al trabajador con descanso que podrá disfrutar hasta el 28 de febrero del siguiente año, teniendo en cuenta que ese descanso, si procede, no computará como distribución de jornada irregular. Se establecerá un calendario de forma que un trabajador no trabaje más de dos domingos consecutivos, no pudiendo consistir el descanso semanal única y exclusivamente en el descanso xxx xxxxxxx. Cuando la jornada se realice de forma continuada será obligatorio el disfrute de un descanso de quince minutossu expresa autorización.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Jornada laboral. La jornada laboral anual máxima de tiempo efectivo del trabajo del Sector para los años de vigencia del presente convenio colectivo será de 1.760 40 horas semanales, 1800 horas en cómputo anual de trabajo efectivo, en jornada partida, de lunes x xxxx- do. Se establecerá un periodo de descanso diario de 20 minutos, para la jornada continuada superior a cinco horas, tiempo que se considera- rá como de trabajo efectivo. La Se entenderá por jornada diaria del trabajador (a tiempo completo) no podrá ser inferior a 7 horas, ni superior a 9 horas, no pudiéndose rebasar el máximo partida aquella en que exista un descanso interrumpido de 251 jornadas una duración como mínimo de trabajo al año para cada trabajador afectadouna hora, y en todo casoningún caso la jornada partida podrá fraccionarse en más de dos periodos durante un mismo día. Dadas las peculiaridades de la mayoría de las consultas particula- res, respetándose que suelen mantener horarios de tarde, se podrán realizar contra- tos de jornada parcial, que se realizarán según las exigencias legales, manteniendo los descansos mínimos entre jornadasmismos derechos e igualdad de trato en las relaciones laborales que los trabajadores de plantilla, salvo las limitaciones que se deriven de la naturaleza y duración de su contrato. Con respecto Las empresas de acuerdo con su personal, elaborarán antes del 31 xx xxxxx de cada año, el calendario laboral en el que figurará –al menos– el cuadro horario y descanso semanal, las fechas de disfrute de vacaciones y días festivos de cada trabajador y de cada trabajadora. A cada uno de ellos y a cada una de ellas, se les entregará por escrito la fijación fecha de su disfrute. La jornada irregular en este convenio queda establecida en un 5% de la jornada anual inicialde trabajo en cómputo anual, se podrá aplicar la distribución irregular de la jornada hasta un máximo de 40 jornadas año, dentro del citado margen de las 7 horas y de las 9 horas diarias. La empresa notificará la realización de la distribución irregular al trabajador por escrito comunicándolo con un preaviso una antelación de cinco días. Caso de sobrepasarse la jornada máxima anual de 1.760 horas se compensará al trabajador con descanso que podrá disfrutar hasta el 28 de febrero del siguiente año, teniendo en cuenta que ese descanso, si procede, no computará como distribución de jornada irregular. Se establecerá un calendario de forma que un trabajador no trabaje más de dos domingos consecutivos, no pudiendo consistir el descanso semanal única y exclusivamente en el descanso xxx xxxxxxx. Cuando la jornada se realice de forma continuada será obligatorio el disfrute de un descanso de quince minutos.
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Samples: Convenio Colectivo
Jornada laboral. La Se establece una jornada laboral anual máxima de tiempo efectivo del trabajo del Sector para los años de vigencia del presente convenio colectivo será de 1.760 1.800 horas de trabajo efectivo. La jornada laboral diaria del trabajador (a tiempo completo) no podrá ser inferior a 7 horascontinuada o partida, ni superior a 9 horasextenderse de lunes x xxxxxxx, no pudiéndose rebasar el máximo de 251 jornadas de trabajo al año para cada trabajador afectado, y en todo caso, respetándose con los descansos mínimos entre jornadas. Con respecto a la fijación jornada y semanal correspondientes, en turnos de la jornada anual inicialmañana, tarde y noche cuando se podrá aplicar la distribución irregular de la jornada hasta trabaje las veinticuatro horas por día y con un mínimo y un máximo de 40 jornadas añohoras de trabajo por día, dentro del citado margen siempre que en cómputo mensual, bimensual o trimestral se adapte al módulo de las 7 jornada de cuarenta horas y semanales efectivas. cve: BOE-A-2009-14012 En cualquier caso, la prolongación de las 9 horas diarias. La empresa notificará la realización jornada consecuencia de la distribución irregular al trabajador no podrá ser de aplicación a quienes tengan limitada su presencia por escrito razones de salud, con un preaviso el oportuno certificado médico acreditativo, cuidado de cinco díasmenores de ocho años, embarazo o períodos de lactancia. Caso Dentro del primer trimestre de sobrepasarse la jornada máxima anual de 1.760 horas cada año se compensará al trabajador con descanso que podrá disfrutar hasta el 28 de febrero del siguiente año, teniendo en cuenta que ese descanso, si procede, no computará como distribución de jornada irregular. Se establecerá un calendario laboral específico de forma que un trabajador no trabaje más cada trabajador/a o puesto de dos domingos consecutivostrabajo, no pudiendo consistir el descanso semanal única y exclusivamente en el que constarán la distribución de los días de trabajo al año, el horario, los descansos, los festivos, las vacaciones y los turnos y horarios diarios o semanales. En aquellas empresas que por aplicación del calendario laboral se supere el número de horas anuales de trabajo establecidas en Convenio Colectivo, pactarán con la representación de los trabajadores donde exista, o en su defecto directamente con los trabajadores, el exceso, bien como horas extras o en días de descanso xxx xxxxxxx. Cuando la jornada se realice de forma continuada será obligatorio el disfrute de un descanso de quince minutoscompensatorio.
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Samples: V Convenio Colectivo General De Aparcamientos Y Garajes
Jornada laboral. La Se establece la jornada laboral anual máxima de treinta y siete horas y media efectivas de trabajo semanales computadas en promedio anual. El tiempo efectivo de trabajo se computará de modo que, tanto al entrar como al salir del trabajo del Sector centro de trabajo, el trabajador se encuentre uniformado y en disposición de realizar su labor. Los trabajadores tendrán derecho a veinte minutos de descanso para los años de vigencia del presente convenio colectivo será de 1.760 bocadillo, siempre que su jornada supere las seis horas de trabajo continuado, considerándose como tiempo de tra- bajo efectivo. La Dichas jornada diaria del trabajador (a tiempo completo) no podrá ser inferior a 7 horas, ni superior a 9 horas, no pudiéndose rebasar el máximo de 251 jornadas de trabajo estarán distribuidas de lunes x xxxxxxx, siendo ésta continuada con carácter general. Respecto al año para cada trabajador afectadodescanso semanal, se fija el domingo como día de descanso habitual, mientras que el segundo día, se creará un cuadrante de descansos rotativos de lunes a sábado, de modo que quede garantizado la semana 6 y en todo casola semana 7 el disfrute ininterrumpido del des- canso semanal, respetándose los descansos mínimos entre jornadassiendo este sábado-domingo y lunes-domingo, garantizándose dicho descan- so 8 veces al año. Con respecto Para ello, la empresa presentará a la fijación representación legal de la jornada anual iniciallos trabajadores, un cuadrante con los turnos de descanso junto con el calendario laboral y vacaciones Que así mismo, se podrá aplicar la distribución irregular de la jornada hasta un máximo de 40 jornadas año, dentro del citado margen de respetaran las 7 horas y de las 9 horas diarias. La empresa notificará la realización de la distribución irregular al trabajador por escrito con un preaviso de cinco días. Caso de sobrepasarse la jornada máxima anual de 1.760 horas se compensará al trabajador con descanso condiciones más beneficiosas que podrá disfrutar hasta el 28 de febrero del siguiente año, teniendo en cuenta que ese descanso, si procede, no computará como distribución materia de jornada irregular. Se establecerá un calendario de forma que un trabajador no trabaje más de dos domingos consecutivos, no pudiendo consistir el descanso semanal única y exclusivamente en el descanso xxx xxxxxxx. Cuando la jornada se realice de forma continuada será obligatorio el disfrute de un descanso de quince minutosvienen disfrutando a título personal.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Jornada laboral. La jornada laboral anual máxima de tiempo efectivo del trabajo del Sector para los años de vigencia del presente convenio colectivo será de 1.760 horas de trabajo efectivo1. La jornada diaria del trabajador (a tiempo completo) no podrá ser inferior a 7 horas, ni superior a 9 horas, no pudiéndose rebasar el máximo de 251 jornadas de trabajo al año para cada trabajador afectado, y en todo caso, respetándose los descansos mínimos entre jornadas. Con respecto a la fijación duración de la jornada anual inicialde trabajo será de treinta y siete horas y media (37 horas y 30 minutos) semanales de trabajo efectivo de promedio de cómputo anual, se podrá aplicar la distribución irregular equivalente a mil seiscientas cuarenta y siete horas anuales (1.647 horas anuales).
2. Se disfrutará de una pausa de treinta minutos, computables como trabajo efectivo dentro de la jornada laboral, cuando esta sea continuada o se trabaje más de seis horas seguidas. En jornada partida, siempre que una de las partes de la misma supere las cinco horas continuadas, se disfrutará del descanso proporcional.
3. Los horarios correspondientes a la jornada diaria de cada departamento se adecuarán a las características de cada servicio y serán elaborados y notificados a la representación sindical.
4. El Ayuntamiento adoptarán las medidas para garantizar, dentro de la distribución de la jornada laboral, la existencia de flexibilidad horaria. Flexibilización horaria por personas dependientes:
a) Los empleados públicos tendrán derecho a flexibilizar hasta un máximo de 40 jornadas añodos horas el horario fijo de su jornada para quienes tengan a su cargo personas mayores, dentro del citado margen hijos menores de las 7 horas y de las 9 horas diarias. La empresa notificará la realización de la distribución irregular al trabajador por escrito doce años o personas con discapacidad, así como quien tenga a su cargo directo a un preaviso de cinco días. Caso de sobrepasarse la jornada máxima anual de 1.760 horas se compensará al trabajador familiar con descanso que podrá disfrutar enfermedad grave hasta el 28 segundo grado de febrero del siguiente año, teniendo en cuenta que ese descanso, si procede, no computará como distribución de jornada irregular. Se establecerá un calendario de forma que un trabajador no trabaje más de dos domingos consecutivos, no pudiendo consistir el descanso semanal única y exclusivamente en el descanso xxx xxxxxxx. Cuando la jornada se realice de forma continuada será obligatorio el disfrute de un descanso de quince minutosconsanguinidad o afinidad.
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Samples: Convenio Colectivo
Jornada laboral. La Se establece una jornada laboral anual máxima de tiempo efectivo del trabajo del Sector para los años de durante toda la vigencia del presente convenio colectivo será Convenio de 1.760 horas 1.758 horas, efectivas en cómputo anual, que en su distribución semanal no podrá exceder de trabajo efectivo40 horas. La jornada pactada incluye 8 horas que el trabajador tiene derecho a disfrutarlas, bien mediante la reducción de su jornada diaria del trabajador (a tiempo completo) al elaborar el calendario anual, o concediéndole un día de libre disposición, que en su disfrute no podrá ser añadirse a las vacaciones, ni disfrutarlo más del 10% de la plantilla a la vez o más de un trabajador, cuando el 10% sea inferior a 7 la unidad. Se respetarán los derechos adquiridos por los trabajadores en materia de jornadas anuales que resulten inferiores a la pactada de 1.758 horas, ni superior a 9 horassalvo que por imperativo legal resultase otra inferior en cómputo anual. Durante cuatro meses al año, no pudiéndose rebasar los trabajadores librarán los sábados debiendo determinarse en el máximo calendario laboral. En ausencia de 251 jornadas calendario este período será entre junio y octubre. Anualmente se elaborará por la empresa el calendario laboral antes del 31 de trabajo al año para enero, previa consulta con los representantes de los trabajadores, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada trabajador afectadocentro de trabajo. El calendario comprenderá el horario de trabajo, y en todo casolos días efectivos de trabajo, respetándose la distribución de las horas anuales de trabajo, así como los descansos mínimos entre jornadas. Con respecto a la fijación y días festivos en función de la jornada anual inicialpactada, se podrá aplicar la distribución irregular y los horarios diarios. Las jornadas de la jornada hasta un máximo de 40 jornadas año, dentro del citado margen de las 7 trabajo equivalentes o inferiores a 4 horas y de las 9 horas diarias. La empresa notificará la realización de la distribución irregular al trabajador por escrito con un preaviso de cinco días. Caso de sobrepasarse la jornada máxima anual de 1.760 horas se compensará al trabajador con descanso que podrá disfrutar hasta el 28 de febrero del siguiente año, teniendo en cuenta que ese descanso, si procede, diarias no computará como distribución de jornada irregular. Se establecerá un calendario de forma que un trabajador no trabaje más de dos domingos consecutivos, no pudiendo consistir el descanso semanal única y exclusivamente en el descanso xxx xxxxxxx. Cuando la jornada se realice de forma continuada será obligatorio el disfrute de un descanso de quince minutospodrán fraccionarse.
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Samples: Convenio Colectivo
Jornada laboral. La jornada laboral anual máxima pactada en el presente convenio, será de tiempo 1.755 horas de trabajo efectivo del trabajo del Sector para cada uno de los años de vigencia del presente convenio colectivo será mismo. Se considera dentro de 1.760 horas de esta jornada como trabajo efectivo, un descanso de 15 minutos para tomar el bocadillo el personal de jornada continuada y el que tuviera reconocido este derecho. La jornada diaria del trabajador (En aquellas empresas en que de común acuerdo, entre la empresa y los representantes de los trabajadores y trabajadoras, se decida no parar a tiempo completo) no podrá ser inferior a 7 horastomar el bocadillo, ni superior a 9 horas, no pudiéndose rebasar el máximo de 251 jornadas de trabajo al año para cada trabajador afectado, y en todo caso, respetándose los descansos mínimos entre jornadas. Con respecto a la fijación terminación de la jornada anual inicialdiaria será de 15 minutos antes. Durante la vigencia del convenio, los trabajadores/as tendrán derecho a un día libre al año, que se podrá aplicar concederá en la fecha que se fije de común acuerdo entre empresa y trabajador/a. Respecto de las medidas para contribuir a la flexibilidad interna de la empresa, en relación a la posible distribución irregular de la jornada hasta un máximo jornada, se pacta que la empresa dispondrá de 40 jornadas año100 ho- ras anuales, dentro del citado margen de las 7 horas y de las 9 horas diarias. La empresa notificará la realización que representan el 5,7 por ciento de la jornada anual, las cuales podrá distribuir libremente. Dicha distribución irregular al trabajador por escrito deberá respetar en todo caso los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la ley, y el trabajador/a deberá conocer con un preaviso mínimo de cinco días. Caso días el día y la hora de sobrepasarse la jornada máxima anual prestación de 1.760 horas se compensará al trabajador con descanso que podrá disfrutar hasta el 28 trabajo resultante de febrero del siguiente año, teniendo en cuenta que ese descanso, si procede, no computará como distribución de jornada irregular. Se establecerá un calendario de forma que un trabajador no trabaje más de dos domingos consecutivos, no pudiendo consistir el descanso semanal única y exclusivamente en el descanso xxx xxxxxxx. Cuando la jornada se realice de forma continuada será obligatorio el disfrute de un descanso de quince minutosaquella.
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Samples: Convenio Colectivo
Jornada laboral. La Se establece una jornada laboral anual máxima de tiempo efectivo del trabajo del Sector para los años de vigencia del presente convenio colectivo será de 1.760 1.800 horas de trabajo efectivo. La jornada laboral diaria del trabajador (a tiempo completo) no podrá ser inferior a 7 horascontinuada o partida, ni superior a 9 horasextenderse de lunes x xxxxxxx, no pudiéndose rebasar el máximo de 251 jornadas de trabajo al año para cada trabajador afectado, y en todo caso, respetándose con los descansos mínimos entre jornadas. Con respecto a la fijación jornada y semanal correspondientes, en turnos de la jornada anual inicialmañana, tarde y noche cuando se podrá aplicar la distribución irregular de la jornada hasta trabaje las veinticuatro horas por día y con un mínimo y un máximo de 40 jornadas añohoras de trabajo por día, dentro del citado margen siempre que en cómputo mensual, bimensual o trimestral se adapte al módulo de las 7 jornada de cuarenta horas y semanales efectivas. En cualquier caso, la prolongación de las 9 horas diarias. La empresa notificará la realización jornada consecuencia de la distribución irregular al trabajador no podrá ser de aplicación a quienes tengan limitada su presencia por escrito razones de salud, con un preaviso el oportuno certificado médico acreditativo, cuidado de cinco díasmenores de ocho años, embarazo o períodos de lactancia. Caso Dentro del primer trimestre de sobrepasarse la jornada máxima anual de 1.760 horas cada año se compensará al trabajador con descanso que podrá disfrutar hasta el 28 de febrero del siguiente año, teniendo en cuenta que ese descanso, si procede, no computará como distribución de jornada irregular. Se establecerá un calendario laboral específico de forma que un trabajador no trabaje más cada trabajador/a o puesto de dos domingos consecutivostrabajo, no pudiendo consistir el descanso semanal única y exclusivamente en el que constarán la distribución de los días de trabajo al año, el horario, los descansos, los festivos, las vacaciones y los turnos y horarios diarios o semanales. En aquellas empresas que por aplicación del calendario laboral se supere el número de horas anuales de trabajo establecidas en Convenio Colectivo, pactarán con la representación de los trabajadores donde exista, o en su defecto directamente con los trabajadores, el exceso, bien como horas extras o en días de descanso xxx xxxxxxx. Cuando la jornada se realice de forma continuada será obligatorio el disfrute de un descanso de quince minutoscompensatorio.
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Samples: Convenio Colectivo General
Jornada laboral. La jornada laboral anual máxima de tiempo efectivo del trabajo del Sector para los años de vigencia del presente convenio colectivo será de 1.760 horas de trabajo efectivo. La jornada diaria del trabajador (a tiempo completo) no podrá ser inferior a 7 horas, ni superior a 9 horas, no pudiéndose rebasar el máximo de 251 jornadas de trabajo al año para cada trabajador afectado, y en todo caso, respetándose los descansos mínimos entre jornadas. Con respecto a la fijación fi- jación de la jornada anual inicial, se podrá aplicar la distribución irregular de la jornada hasta un máximo de 40 jornadas año, dentro del citado margen de las 7 horas y de las 9 horas diarias. La empresa notificará la realización de la distribución irregular al trabajador por escrito con un preaviso de cinco días. Caso de sobrepasarse la jornada máxima anual de 1.760 horas se compensará al trabajador con descanso que podrá disfrutar hasta el 28 de febrero del siguiente año, teniendo en cuenta que ese descanso, si procede, no computará como distribución de jornada irregular. Se establecerá un calendario de forma que un trabajador no trabaje más de dos domingos consecutivos, no pudiendo consistir el descanso semanal única y exclusivamente en el descanso xxx xxxxxxx. Cuando la jornada se realice de forma continuada será obligatorio el disfrute de un descanso de quince minutos.
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