LICITACIÓN O PARTIDA DESIERTA Cláusulas de Ejemplo

LICITACIÓN O PARTIDA DESIERTA. Conforme al artículo 94 del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Comodatos y Contratación de Servicios para el Municipio xx Xxxx, Guanajuato, el Comité declarará desierta la licitación o partida cuando: 6.1. No se adquieran las Bases cuando menos tres Licitantes. 6.2. En el acto de Presentación y Apertura de Ofertas no se encuentran por lo menos tres Licitantes que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. 6.3. Se considere que ninguna de las ofertas evaluadas por el Comité, reúne los requisitos de las presentes Bases o cuando se acredite de manera fehaciente que los precios de todos los bienes a contratar resultaren precios no aceptables; y 6.4. Cuando a juicio del Comité resulte conveniente por razones de interés público, en este supuesto, se justificará plenamente dicho interés de manera técnica y jurídica. En el supuesto de declarar desierta la Licitación, el Comité podrá optar por emitir una segunda convocatoria o bien por adjudicar directamente el contrato.
LICITACIÓN O PARTIDA DESIERTA. El comité declarara desierta la Licitación o partida cuando: 6.1.- No se hubieran presentado propuestas para la licitación o partida. 6.2.- Ninguna de las propuestas cumpla con los requisitos de las bases y del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles para el Municipio xx Xxxx. 6.3.- Cuando los bienes o servicios propuestos no se apeguen a las características técnicas solicitadas. 6.4.- Después de la evaluación no fuere posible adjudicar el pedido o contrato a ningún participante, por no cumplir las condiciones de entrega, o alguna de las previstas en las bases, y, 6.5.- Cuando a juicio del Comité resulte conveniente, por razones de interés público, debidamente sustentadas en el acuerdo que emita al efecto. En el supuesto de los Incisos 6.1 a 6.4, la convocante podrá realizar nueva convocatoria, atendiendo a los motivos que generaron la declaración respectiva.
LICITACIÓN O PARTIDA DESIERTA. La Licitación o partidas serán declaradas desiertas cuando: a) No se presente ninguna proposición. b) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados. c) Los precios del bien ofertado no resulten aceptables o convenientes.
LICITACIÓN O PARTIDA DESIERTA. LA LICITACIÓN O PARTIDA SERÁN DECLARADOS DESIERTOS CUANDO: NO SE PRESENTE NINGUNA PROPOSICIÓN CUANDO LA TOTALIDAD DE LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS NO REÚNAN LOS REQUISITOS SOLICITADOS; O LOS PRECIOS DE TODOS LOS SERVICIOS OFERTADOS NO RESULTEN ACEPTABLES O CONVENIENTES.
LICITACIÓN O PARTIDA DESIERTA. LA LICITACIÓN O PARTIDAS SERÁN DECLARADAS DESIERTAS CUANDO: a) NO SE HAYA REGISTRADO NINGÚN LICITANTE INTERESADO EN PARTICIPAR. b) NO SE PRESENTEN PROPOSICIONES EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES. c) LA TOTALIDAD DE LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS, NO CUBRAN LOS REQUISITOS SOLICITADOS DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA. d) LAS OFERTAS RECIBIDAS NO ASEGUREN AL H. AYUNTAMIENTO DE XXXX XX XXXXXXX LAS MEJORES CONDICIONES DISPONIBLES EN CUANTO A PRECIO, CALIDAD, FINANCIAMIENTO, OPORTUNIDAD, CRECIMIENTO ECONÓMICO, GENERACIÓN DE EMPLEO, EFICIENCIA ENERGÉTICA, USO RESPONSABLE DEL AGUA, OPTIMIZACIÓN Y USO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS, ASÍ COMO LA PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE Y DEMÁS CIRCUNSTANCIAS PERTINENTES, DE ACUERDO CON LO QUE ESTABLECE LA LEY. e) LOS PRECIOS DE TODAS LAS PARTIDAS OFERTADAS EN LA PROPOSICIÓN NO SEAN ACEPTABLES O CONVENIENTES PORQUE DERIVADO DE LA INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX REALIZADA, RESULTE SUPERIOR EN UN DIEZ POR CIENTO AL OFERTADO RESPECTO DEL QUE SE OBSERVA COMO MEDIANA EN DICHA INVESTIGACIÓN O EN SU DEFECTO, RESULTE INFERIOR AL ESTIPULADO EN EL MERCADO O AL MISMO COSTO DE PRODUCCION DE LA PARTIDA EVALUADA. CUANDO SE DECLARE DESIERTA LA LICITACIÓN O ALGUNA PARTIDA Y PERSISTA LA NECESIDAD DE CONTRATAR CON EL CARÁCTER Y REQUISITOS SOLICITADOS EN LA PRIMERA LICITACIÓN, LA CONVOCANTE PODRÁ EMITIR UNA SEGUNDA CONVOCATORIA, O BIEN OPTAR POR EL SUPUESTO DE EXCEPCIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 41 FRACCIÓN VII DE ESTA LEY. CUANDO LOS REQUISITOS O EL CARÁCTER SEA MODIFICADO CON RESPECTO A LA PRIMERA CONVOCATORIA, SE DEBERÁ CONVOCAR A UN NUEVO PROCEDIMIENTO.
LICITACIÓN O PARTIDA DESIERTA. De conformidad al artículo 94 del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Comodatos y Contratación de Servicios para el Municipio xx Xxxx, Guanajuato, el Comité declarará desierta la licitación o partida cuando: 6.1 No se adquieran las Bases cuando menos tres Licitantes. 6.2 Si en el acto de presentación y apertura de ofertas no se encuentran por lo menos tres licitantes que cumplan con los requisitos establecidos en las bases;

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  • LICITACIÓN DESIERTA No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego (Art. 151.3 TRLCSP).

  • DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA Se podrá declarar desierta la licitación cuando: 32.1. La totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria de licitación; 32.2. Los precios de todos los bienes, arrendamientos o servicios ofertados no resulten aceptables para CFE o convenientes si así lo considera la convocante; o 32.3. Ninguna proposición sea recibida a través de CompraNet para el acto de presentación y apertura de proposiciones.

  • Cronograma de la Licitación Los plazos de días corridos incluyen xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.

  • Licitación Pública De conformidad con el art. 2 de la ley 1150 de 2007, la licitación pública es la regla general de la contratación y las demás modalidades constituyen la excepción. Se contrata por esta modalidad:  Cuando el objeto del contrato sea complejo y de mayor cuantía.  Cuando el contrato sea de obra y de mayor cuantía  Cuando el objeto a contratar incluya además de servicios de consultoría, otras prestaciones como diseño y construcción de obra, etc. Cuando se trate de contratos de concesión Procedimiento: a) Análisis del sector relativo al objeto del contrato. El Municipio debe efectuar un análisis del sector relativo al objeto del proceso contractual desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de análisis de riesgo. Así mismo es su obligación, dejar constancia de este análisis en el expediente del proceso contractual (art. 15 Decreto 1510 de 2013). b) Elaboración de los Estudios y documentos previos. Agotados los pasos incluidos en la planeación de la contratación (determinación de la necesidad de contratar, estudios, diseños, planos, licencias, permisos o autorizaciones, consulta de precios xx xxxxxxx etc., y expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal) la Secretaría de Despacho (Oficina Gestora) responsable del proceso, elabora el documento denominado Estudios y documentos previos, siguiendo el cumplimiento de los requisitos señalados en el art. 20 del Decreto 1510 de 2013 y el Manual para la identificación y cobertura del riesgo implementado por la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente, publicada con la Circular No. 5 de 16 de Septiembre de 2013 . c) Convocatoria a Veedurías d) Designación del Comité evaluador. Art. 27 del Decreto 1510 de 2013. e) Publicación de avisos en la web del Municipio xxx.Xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en el SECOP, con intervalos entre dos y cinco días calendario, art. 224 del Decreto 19 de 2012 f) Aviso de convocatoria. Debe reunir los requisitos previstos en el art. 21 del Decreto 1510 de 2013. g) Publicación del Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones. –Art. 19 del Decreto 1510 de 2013 h) Observaciones al Proyecto xx xxxxxx de condiciones. Conforme a lo previsto en el art. 23 del Dec.1510 de 2013, de acuerdo al cronograma de la contratación, contenido en el proyecto xx xxxxxx y dentro de los diez (10) días siguientes a su publicación, el Municipio recibirá observaciones al proyecto, las cuales serán íntegramente respondidas. Tanto las observaciones como las respuestas serán publicadas en el SECOP i) Acto Administrativo de Apertura. Debe llenar los requisitos establecidos en el art. 24 del Dec.1510 de 2013. j) Pliego de condiciones definitivo. El pliego de condiciones definitivo debe contener los requisitos mínimos exigidos en el art. 22 del Decreto 1510 de 2013. El Municipio podrá incluir modificaciones al pliego de acuerdo con observaciones recibidas al proyecto o las que requiera la administración k) Visita técnica al lugar de ejecución del contrato si a ello hubiere lugar. Si el Municipio lo encuentra pertinente, determinará la fecha de la visita dentro del cronograma de actividades del proceso contractual señalado en el pliego. l) Audiencia de asignación de riesgos. Es de carácter obligatorio. El Municipio debe presentar el análisis de riesgos efectuado, la Matriz de riesgos incluida en el pliego para realizar la revisión de la asignación de riesgos definitiva. (arts.17y39Dec.1510de2013) En esta audiencia se puede tratar el tema relacionado con el contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones, solo a solicitud de un interesado. m) Plazo de la licitación. Comprende el momento a partir del cual se pueden presentar propuestas, hasta el cierre de la licitación. (art. 30 No. 5 ley 80 de 1993). Este plazo debe estar definido en el cronograma del proceso licitatorio. n) Observaciones al pliego de condiciones definitivo. De acuerdo al cronograma de la contratación, la entidad recibirá observaciones al pliego, las cuales serán íntegramente respondidas. Tanto las observaciones como las respuestas serán publicadas en el SECOP. o) Modificación al pliego de condiciones. El pliego podrá ser modificado mediante adendas, conforme lo dispuesto en el Art. 25 del Decreto 1510 de 2013

  • TIPO DE LICITACIÓN Este proceso de contratación se refiere a una licitación pública nacional "mixta", en los términos estipulados en la fracción III del artículo 26 bis y fracción I del artículo 28 de la Ley.

  • PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN PERFIL DE CONTRATANTE: xxx.xxxxxx.xxx / perfil de contratante. Contrato de la Administración / Contratos del Ayto. xx Xxxxxx / Consulta de licitaciones. • Publicación en Diarios Oficiales: Boletín Oficial de Bizkaia: Si DOUE, BOE: No procede

  • Proceso de Licitación Procedimiento Restringido Tramitación Ordinaria Presentación de la oferta Electrónica Sistema de Contratación No aplica Detalle de la Licitación: Entidad Adjudicadora Tipo de Administración Administración General del Estado Actividad Principal 2 - Defensa Tipo de Entidad Adjudicadora Órgano de Contratación Perfil del Contratante Dirección Postal Base Aérea xx Xxxxx - Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx-Xxxxx x/n (41530) Morón de la Frontera España ES618 Contacto Teléfono 000000000 Fax 000000000 Correo Electrónico xxx00xxxxxxxxxxxx@xxx.xx Proveedor de Pliegos Jefatura de la Sección Económico Administrativa 24 de la Base Aérea xx Xxxxx Proveedor de Información adicional Jefatura de la Sección Económico Administrativa 24 de la Base Aérea xx Xxxxx Plazo de Obtención de Pliegos Hasta el 03/02/2021 a las 23:59 Dirección Postal Base Aérea xx Xxxxx - Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx-Xxxxx x/n (41530) Morón de la Frontera España Dirección Postal Base Aérea xx Xxxxx - Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx-Xxxxx x/n (41530) Morón de la Frontera España Recepción de Ofertas Jefatura de la Sección Económico Administrativa 24 de la Base Aérea xx Xxxxx Dirección Postal Base Aérea xx Xxxxx - Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx-Xxxxx x/n (41530) Morón de la Frontera España Plazo de Presentación de Oferta Hasta el 19/02/2021 a las 23:59 Observaciones: Este contrato no está sujeto a regulación armonizada al no superar el umbral del art. 20.1 LCSP. Se ha señalado la pestaña se XXXX a efectos de publicación en el DOUE conforme a la disposición trigésimo sexta LCSP.

  • Ausencia del mínimo de Ofertas El procedimiento de prórroga de presentación y apertura de ofertas por ausencia del mínimo de ofertas requeridas, estará sujeta a la reglamentación vigente dispuesta por la DNCP.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • Datos de la Licitación (DDL) Esta sección contiene disposiciones específicas para la Contratación del Servicios, y complementa la Sección I, Instrucciones a los Oferentes.