Limitaciones de las Garantías Cláusulas de Ejemplo

Limitaciones de las Garantías. Las garantías otorgadas por el adjudicatario en las cláusula 6 está condicionada a que el Propietario ubique y opere el Equipo de conformidad con los Datos del Emplazamiento, las Especificaciones Técnicas, las Especificaciones para la Obra Civil y Eléctrica y los Manuales de O&M; que los Datos del Emplazamiento sean representativos de las condiciones reales del Emplazamiento y que las condiciones del Emplazamiento se correspondan con la clase IEC de los AEGs; y que el mantenimiento del Equipo sea realizado por el adjudicatario en virtud de este Contrato y el Mantenedor opere en remoto los AEGs a través del Sistema de Control Remoto. Dichas garantías tienen carácter excluyente, y sustituyen a cualquier otra garantía exigible al adjudicatario, ya sea expresa o implícita, ya sea relativa al rendimiento, a la adecuación para su venta o a la idoneidad para un fin concreto del Equipo o los Servicios. No existe ninguna otra garantía, acuerdo, compromiso, uso o costumbre aplicable al Equipo o los Servicios que pueda reclamársele al adjudicatario más allá de las garantías otorgadas en esta cláusula 6 y, en consecuencia, ninguna garantía distinta de aquéllas que pudiera haber ofrecido cualquier empleado, agente o representante del adjudicatario o de sus Afiliados, tanto verbalmente como por escrito, se considerará válida o exigible al adjudicatario. El adjudicatario no es y no será responsable de ningún alegado incumplimiento de las garantías dadas en este Contrato derivado de (las “Limitaciones de las Garantías”):
Limitaciones de las Garantías. El Scanner y calidad descritos en la Pagina de Firmas, sin defectos de mano de obra y libres de defectos en el material. En caso de que el Equipo y/o los Programas Relacionados no fueren del tipo o calidad pactados o tuvieren defectos, el Arrendatario deberá notificar por escrito al Arrendador de dicha inconformidad adjuntando el Equipo y los Programas Relacionados (que deberán estar empacados apropiadamente, el Arrendador deberá tomar las medidas necesarias para corregir dicha inconformidad, ya sea reemplazando el Equipo y/o los Programas Relacionados o cualquier componente de los mismos, o reparando cualquier parte o partes defectuosas, a opción del Arrendador. No obstante lo anterior, la garantía descrita será nula e inválida si el Arrendatario ha modificado, abusado o dañado el Equipo o los Programas Relacionados, o si el Equipo o los Programas Relacionados se pierden o dañan durante su envío y el Arrendatario no contrató un seguro de transportación con cobertura suficiente para reemplazar el Equipo y los Programas Relacionados; en cuyos casos el Arrendatario deberá indemnizar al Arrendador por todas las pérdidas y daños que deriven de dichos eventos; y en el entendido, además, que la garantía antes mencionada será considerada inmediatamente nula e inválida si el Arrendatario traslada el Equipo o los Programas Relacionados a otro país que no se encuentre en la Región Latinoamericana. LA GARANTÍA ANTES DESCRITA ES LA ÚNICA GARANTÍA QUE OTORGA EL ARRENDADOR CON RESPECTO AL EQUIPO Y A LOS PROGRAMAS RELACIONADOS Y REEMPLAZA A CUALESQUIERA OTRAS GARANTÍAS ESCRITAS, ORALES O IMPLÍCITAS DEL ARRENDADOR. El Arrendador no será responsable frente al Arrendatario o frente a cualquier tercero por daños especiales, directos, indirectos, incidentales o daños consecuenciales de cualquier tipo.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.