Mantenimiento del equipo Cláusulas de Ejemplo

Mantenimiento del equipo. Click en (Device Maintenance) en la interface o click derecho con el mouse en “My Device List” y seleccione (Device Maintained), en esa lista podrá agregar, eliminar y modificar dispositivos. Por defecto hay dos parámetros de comunicación en el sistema, uno es RS232/RS485, el otro es Ethernet. ◆ Agregar:El usuario puede agregar nuevos dispositivos, introduzca los parámetros correspondientes de la conexión, grábelos, el nombre del dispositivo aparecerá en la lista de la izquierda. ◆ Nombre del dispositivo: El nombre que el dispositivo tendrá al conectarse con el equipo. ◆ Forma de Comunicación: Cual método es usado para la comunicación entre el dispositivo y la computadora. ◆ Baud rate: La velocidad debe ser la misma en el equipo y la PC. ◆ Dirección IP: La dirección IP del equipo ◆ Contraseña de comunicación: Si hay una contraseña de comunicación en el equipo deberá ponerla en este campo, de lo contrario no es necesario que escriba algo ◆ Numero del equipo: Numero de identificación del equipo. ◆ Puerto:El Puerto usado por la computadora. El RS232/RS485 es un Puerto COM; el Puerto por defecto de Ethernet es 4370. ◆ Borrar: Si el equipo ya no estará más en uso, de un click sobre él en la lista de la izquierda, click en (Delete) para quitarlo del sistema. ◆ Guardar: Después de modificar la información de los parámetros de conexión de click en (Save) para guardar la información. 🖎 Nota: Algunos equipos no soportan la comunicación por Ethernet. Numero del equipo: Si la comunicación es por RS232, introduzca un numero entre el 1 ~ 100, 133 ~ 255. Si el puerto RS485 esta ocupado, introduzca la dirección del equipo. Conectarse al equipo: Los equipos que se encuentran en el sistema se muestran en " My Device list”, de click sobre el que desee y luego click en el botón (Connect), o de click derecho sobre el equipo que desea conectar y seleccione “Connect” del menú que aparece. Cuando el sistema se conecte al equipo aparecerá"connecting, please wait"en la parte inferior derecha, si el dispositivo se conecta o no el programa se lo informará. Si la conexión falla por favor revise:
Mantenimiento del equipo. 1. Debe contar con un programa de mantenimiento continuo preventivo y correctivo que incluya calibración del equipo, con un cronograma anual establecido, sin costo para la Institución. 2. El mantenimiento del equipo debe ser a intervalos de 4 meses (obligatorio) y culminar con la entrega de la constancia respectiva.
Mantenimiento del equipo. Por no dar mantenimiento puntual y adecuado a cualquiera de los equipos descritos en “Catalogo de equipo” ANEXO 1. Durante la vigencia del contrato. 3 veces la unidad de medida y actualización (UMA) por cada ocasión; Retardos e inasistencias. Por no cubrir una inasistencia del personal En el entendido de que deberá considerarse inasistencia la falta de un elemento. La ausencia de un elemento en alguno de los puestos como consecuencia de los supuestos anteriores, en ninguno de los casos podrá ser suplida con algún elemento que se encuentre en etapa de capacitación o adiestramiento, sino la ausencia deberá ser cubierta con personal previamente capacitado, contratado y cuente con las prestaciones que por ley le correspondan (IMSS - RCV- INFONAVIT.) 3 veces la unidad de medida y actualización (UMA) por cada elemento y turno que corresponda.
Mantenimiento del equipo. Queda entendido que el Arrendador no hace garantía alguna sobre la condición, comerciabilidad, ni cualquier otro aspecto del Equipo, y bajo el presente Contrato, el Arrendador le cede al Arrendatario todas las garantías del manufacturero aplicables al Equipo. El Arrendatario mantendrá el Equipo y todos sus accesorios y equipos en buenas condiciones mecánicas y operacionales en todo momento durante el término del presente Contrato y proveerá todo suministro, fondo y otros elementos esenciales necesarios para el uso u operación del Equipo.
Mantenimiento del equipo. El licitador se encargará del mantenimiento del equipo de acceso a la red MPLS que dará tránsito a Internet. Dicho mantenimiento incluirá la actualización y modificación del software así como la sustitución del mismo en caso de que sea necesario. La modalidad de mantenimiento podrá ser presencial o remota acordándose una ventana de atención presencial entre el licitador y el Ayuntamiento.
Mantenimiento del equipo. El contratista se hará cargo del total mantenimiento preventivo, correctivo y de averías durante al menos, 2 años de plazo, a contar desde la fecha de instalación del equipo. Incluyendo durante este periodo: -Gastos derivados del servicio técnico y mano de obra (desplazamientos y horas de trabajo), así como todo el material y componentes utilizados y/o repuestos en cada intervención del servicio técnico a lo largo de este periodo (incluido fungible). -El equipo deberá pasar un mantenimiento preventivo anual durante este periodo (un total de al menos 2 mantenimientos uno por año) y se deberá emitir un certificado de que cumple las especificaciones pactadas en cada mantenimiento. -Deberá existir un servicio de mantenimiento rápido, tiempo de primera toma de contacto dentro de las 48h posteriores al reporte de la incidencia al servicio técnico. -Actualización del equipo con la última versión de software y hardware disponibles para su correcto funcionamiento. -Se valora la ampliación de contrato de mantenimiento TOTAL de equipos ya existentes en la unidad. Es un requisito imprescindible que la casa comercial presente un documento que certifique las tarifas de mantenimiento del equipo una vez acabado el plazo de garantía solicitado de al menos dos años.
Mantenimiento del equipo. Debe contar con programa de mantenimiento preventivo y correctivo con cronograma establecido.
Mantenimiento del equipo. Debe contar con programa de mantenimiento preventivo y correctivo con cronograma establecido. SOPORTE TECNICO Xxxx contarse con atención inmediata (no mayor de 4 horas) de los ingenieros ó personal técnico encargado, a cualquier hora del día, incluyendo días feriados. LP-010-2014-INEN “ADQUISICION DE REACTIVOS PARA LABORATORIO CLINICO”
Mantenimiento del equipo. EL PRESTADOR tendrá en todo momento la obligación de realizar la instalación y el mantenimiento de EL EQUIPO y accesorios necesarios para la prestación del servicio. La fecha, lugar y hora en la que se realizará la instalación será acordada por EL CLIENTE y EL PRESTADOR y se establecerá en la ORDEN DE SERVICIO. Por su parte EL CLIENTE deberá prestar todo el apoyo necesario al personal de EL PRESTADOR a fin de realizar la instalación correspondiente en su domicilio, así como permitir el acceso a dicho personal para el caso de supervisar el correcto funcionamiento de EL EQUIPO, el mantenimiento del mismo, y de cualquier cuestión técnica. Ambas partes están conformes en que EL PRESTADOR no será responsable por cualquier desperfecto que pudiera llegar a presentarse en EL EQUIPO instalado, o en la prestación del servicio, por una indebida instalación eléctrica en el domicilio de EL CLIENTE, o por fallas o defectos en cualquier dispositivo ajeno a la instalación realizada por EL PRESTADOR, por la instalación de algún equipo que realice interferencia en la prestación del servicio o por condiciones físicas y de mantenimiento del lugar donde se encuentren las instalaciones de EL EQUIPO que generen dicho desperfecto. Ambas partes están de acuerdo en que EL CLIENTE no podrá por sí mismo o a través de algún tercero ajeno realizar cambios de ubicación de EL EQUIPO instalado por EL PRESTADOR. EL CLIENTE podrá solicitar a EL PRESTADOR realizar esta actividad siempre y cuando realice el pago de la TARIFA correspondiente por tal servicio, conforme a las TARIFAS aplicables.

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  • MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

  • Plazo de Mantenimiento de Oferta Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de noventa (90) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida.

  • MANTENIMIENTO DE OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 17.1 El Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en la forma estipulada en los DDL 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en Lempiras. En caso de que la oferta se presente en varias monedas, a los fines del cálculo de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, estas se convertirán en Lempiras a la tasa de cambio aplicable según la cláusula 29.1 de las IAO. 17.3 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá: (a) ser presentada en original (no se aceptarán copias); (b) permanecer válida por un período que expire 30 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO; 17.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta emitida por un banco o una aseguradora deberá: (a) ser emitida por una institución que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; (b) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta; (c) ser pagadera con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO; 17.5 Todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento. 17.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva si: (a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada. 17.8 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de un Consorcio deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la Oferta.

  • OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE. El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.

  • CUMPLIMIENTO DE LA LEY El Contratista cumplirá con todas las leyes, ordenanzas, reglas y reglamentaciones que se relacionen con sus obligaciones conforme al presente Contrato.

  • Cumplimiento de las Ofertas 30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta. 30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u omisión es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Bienes y Servicios Conexos especificados en el Contrato; o (b) limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos del Comprador o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. 30.3 Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, deberá ser rechazada por el Comprador y el Oferente no podrá ajustarla posteriormente mediante correcciones de desviaciones importantes, reservaciones u omisiones.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • Contrato de Seguro Documento donde se establecen los términos y condiciones celebradas entre el Contratante y la Compañía, así como los derechos y obligaciones de las partes. Este documento está integrado por las condiciones generales, la carátula de la Póliza, la Solicitud de Seguro y Endosos que se agreguen, los cuales constituyen prueba del Contrato de Seguro. Este Contrato de Seguro está constituido por: a) Las declaraciones del Solicitante Titular proporcionadas por escrito en la solicitud del seguro. b) La Póliza. c) Las cláusulas adicionales o endosos, los cuales son documentos que modifican o condicionan en cualquier sentido los alcances del contrato. d) Las Condiciones Generales. e) Cualquier otro documento que hubiera sido materia para la celebración del mismo.