Limitaciones del Interventor Cláusulas de Ejemplo

Limitaciones del Interventor. El Interventor no podrá exonerar al Concesionario de sus obligaciones o responsabilidades, sin previa autorización expresa y escrita del(la) Gerente General del INCO. Todas las comunicaciones y órdenes del Interventor serán expedidas o ratificadas por escrito, numeradas en forma consecutiva y con su respectivo sello de recibido.
Limitaciones del Interventor. El Interventor no estará facultado, en ningún momento, para adoptar decisiones que impliquen la modificación de los términos y condiciones previstos en el
Limitaciones del Interventor. El Interventor no podrá exonerar a EL CONTRATISTA de sus obligaciones o responsabilidades sin previa autorización expresa y escrita de EL CONTRATANTE. Todas las comunicaciones y órdenes del Interventor serán expedidas o ratificadas por escrito, numeradas en forma consecutiva y con su respectivo sello de recibido. EL CONTRATANTE y EL CONTRATISTA constituirán un Comité de Seguimiento al Contrato, independientemente del ejercicio de las funciones de interventoría, para hacer unas actuaciones mancomunadas de manera integral en el desarrollo del contrato y que permitan la toma de decisiones rápidas, conducentes y oportunas en el cumplimiento de las obligaciones recíprocas contraídas por las partes. CONFORMACIÓN: El Comité de seguimiento estará integrado por Tres (3) delegados de EL CONTRATANTE, con sus respectivos suplentes que serán designados mediante oficio por el Gerente de Centrales de Transportes S.A. y Tres (3) delegados de EL CONTRATISTA con sus respectivos suplentes que serán designados también mediante oficio. REUNIONES: El comité se reunirá de forma regular al menos una vez al mes, a las reuniones asistirán los miembros del Comité y las personas que estos consideren necesario. De las reuniones se dejará constancia en un acta que suscribirán los miembros del comité y las personas que hubieren participado de la reunión. Las actas una vez suscritas, harán parte integral del presente contrato.
Limitaciones del Interventor. El Interventor no estará facultado, en ningún momento, para adoptar decisiones que impliquen la modificación de los términos y condiciones previstos en el presente contrato, las cuales únicamente podrán ser adoptadas por los representantes legales de las partes, mediante la suscripción de modificaciones al contrato principal.

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  • DECLARACIONES DEL ASEGURADO Manifestación del Asegurado, o su representante, mediante la cual comunica la situación y estado de hechos que constituyen la base para la aceptación de un riesgo en particular por parte de la Compañía. La reticencia o falsedad intencional por parte del Asegurado o del Tomador, sobre hechos o circunstancias que conocidos por la Compañía hubieran influido para que el contrato no se celebrara o se hiciera bajo otras condiciones, producirán la nulidad relativa o absoluta del contrato, según corresponda. El asegurador podrá retener las primas pagadas hasta el momento en que tuvo conocimiento del vicio. Si la omisión o inexactitud no son intencionales se procederá conforme a lo indicado en el artículo 32 de la Ley Reguladora del Contrato de Seguro. En caso de que la reticencia o inexactitud sea atribuible al Asegurado o al Tomador, la Compañía estará obligada a brindar la prestación proporcional que le correspondería en relación con la prima pagada y aquella que debió haberse pagado si el riesgo hubiera sido correctamente declarado. Si la Compañía demuestra que de conocer la condición real del riesgo no hubiera consentido el seguro, quedará liberado de su prestación y retendrá las primas pagadas o reintegrará las no devengadas, según el vicio sea o no atribuible al Asegurado respectivamente. La Compañía hará el reintegro en un plazo xx xxxx (10) días hábiles posteriores a la fecha en que se notifique la TERMINACION DEL CONTRATO.

  • DECLARACIONES DE LAS PARTES El CONCESIONARIO garantiza, en la Fecha de Cierre, la veracidad de las siguientes declaraciones: Que la Participación Mínima del Socio Estratégico, el estatuto social y los documentos constitutivos del CONCESIONARIO, están conforme a las exigencias de las Bases. Que el CONCESIONARIO está debidamente autorizado y en capacidad de asumir las obligaciones que le correspondan como consecuencia de la celebración del Contrato, habiendo cumplido con todos los requisitos necesarios para formalizar el Contrato y para cumplir los compromisos en él contemplados. No es necesaria la realización de otros actos o procedimientos por parte del CONCESIONARIO para autorizar la suscripción y cumplimiento de las obligaciones que le correspondan conforme al Contrato. Que no tiene impedimento de contratar conforme a lo normado por el Artículo 1366 del Código Civil, el Artículo 27 del TUO de Concesiones y no se encuentra sancionado administrativamente con inhabilitación temporal o permanente en el ejercicio de sus derechos para contratar con el Estado. Que el CONCESIONARIO y sus accionistas o participacionistas renuncian de manera expresa, incondicional e irrevocable a cualquier reclamación diplomática, por las controversias o conflictos que pudiesen surgir del Contrato. Que a la Fecha de Cierre, toda la información, declaraciones, certificación y, en general, todos los documentos presentados en los Sobres N° 1 y Nº 2 en la etapa del Concurso permanecen vigentes. Que el CONCESIONARIO declara que es condición esencial para la firma del presente contrato que el mismo se encuentre en una situación de equilibrio económico-financiero. En caso que, luego de la suscripción del Contrato se demuestre la falsedad de alguna de las declaraciones antes señaladas, el presente Contrato concluirá de manera automática caducando en consecuencia la Concesión, debiéndose proceder con arreglo a las disposiciones del Capítulo XV del Contrato, y a ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato a que se refiere la Cláusula 10.1 del presente Contrato, que se encuentre vigente en dicho momento. El CONCEDENTE garantiza al CONCESIONARIO, a la Fecha de Cierre, la veracidad de las siguientes declaraciones: Que en caso de presentarse pasivos o contingencias generados antes de la fecha de suscripción del Acta de Entrega de los Bienes de la Concesión, éstos serán asumidos por el CONCEDENTE, de conformidad con lo dispuesto en las Leyes y Disposiciones Aplicables. A partir de la fecha de suscripción del Acta de Entrega de los Bienes de la Concesión, el CONCEDENTE sólo asumirá las obligaciones que expresamente se encuentren bajo su responsabilidad, de acuerdo al presente Contrato. Que el CONCEDENTE está debidamente autorizado conforme a las Leyes y Disposiciones Aplicables para actuar como tal en el Contrato. La firma, entrega y cumplimiento por parte del CONCEDENTE de los compromisos contemplados en el Contrato, están comprendidos dentro de sus facultades, conforme a las Leyes y Disposiciones Aplicables. Ninguna otra acción o procedimiento por parte del CONCEDENTE o cualquier otra entidad gubernamental es necesario para autorizar la suscripción del Contrato o para el cumplimiento de las obligaciones del CONCEDENTE contempladas en el mismo. Que ha cumplido con todos los actos administrativos, requisitos, exigencias y obligaciones a su cargo, para celebrar este Contrato y para dar debido cumplimiento a sus estipulaciones. Que no existen leyes vigentes que impidan al CONCEDENTE el cumplimiento de sus obligaciones emanadas de este Contrato. Tampoco existen acciones, juicios, investigaciones, litigios o procedimientos en curso ante órgano jurisdiccional, tribunal arbitral o Autoridad Gubernamental Competente, sentencias o laudos o decisiones de cualquier clase no ejecutadas, que prohíban, se opongan o en cualquier forma impidan la suscripción o cumplimiento de los términos del Contrato por parte del CONCEDENTE. Que las estipulaciones en el Contrato han sido formuladas sobre la base de las Leyes y Disposiciones Aplicables. Que a la fecha de Toma de Posesión, los Bienes de la Concesión no estarán sujetos a gravámenes ni cargas de tipo alguno y no existe impedimento legal o de hecho, que de cualquier manera perturbe, afecte o impida su efectiva entrega al CONCESIONARIO o el uso de los mismos por parte de éste. Que no existen pasivos, obligaciones, o contingencias administrativas, laborales, tributarias, judiciales, legales o de cualquier otra naturaleza, que de alguna manera afecten o puedan afectar en el futuro la Concesión, los Bienes de la Concesión, el derecho a la Construcción o el derecho a la Operación y las labores de Mantenimiento. Que en tanto el CONCESIONARIO y sus inversionistas cumplan con lo establecido en las Leyes y Disposiciones Aplicables, se otorgará el convenio de estabilidad jurídica a que se refieren los Decretos Legislativos N 662y Nº 757, y la Ley Nº 27342. Que para efectos contractuales, las declaraciones, garantías y obligaciones del CONCEDENTE en este Contrato no se verán afectadas por variaciones en las Leyes y Disposiciones Aplicables. El CONCEDENTE se compromete frente al CONCESIONARIO a otorgar las formalidades legales necesarias para dar la debida eficacia a las declaraciones contenidas en el presente Contrato, dentro del marco establecido en el Decreto Ley Nº 25570 y sus normas modificatorias y complementarias. Que el CONCEDENTE garantiza al CONCESIONARIO que durante la vigencia de la Concesión, no otorgará concesión o licencia alguna que afecte los derechos adquiridos por el CONCESIONARIO en virtud del presente Contrato. Que el CONCEDENTE no realizará actos que impidan u obstaculicen la ejecución de las prestaciones por parte del CONCESIONARIO, contenidas en el presente Contrato y en el Contrato de Prestación de Servicios. Asimismo el CONCEDENTE coadyuvará a que se alcancen los objetivos de la Concesión. Que el CONCEDENTE declara que es condición esencial para la firma del presente contrato que el mismo se encuentra en una situación de equilibrio económico-financiero.

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

  • OBLIGACIONES DE LAS PARTES Las partes contratantes se comprometen y obligan a dar cumplimiento a todas y cada una de las cláusulas del presente contrato. Por su parte, el PROVEEDOR se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones: Realizar la prestación del SERVICIO objeto del presente contrato, de acuerdo con lo establecido en el DBC, así como las condiciones de su propuesta. Prestar el SERVICIO, objeto del presente CONTRATO, en forma eficiente, oportuna y en el lugar de destino convenido con las características técnicas ofertadas y aceptadas. Asumir directa e íntegramente el costo de todos los posibles daños y perjuicios que pudiera sufrir el personal a su cargo o terceros, durante la ejecución del presente Contrato, por acciones que se deriven en incumplimientos, accidentes, atentados, etc. Mantener vigentes las garantías presentadas. Actualizar la(s) Garantía(s) (vigencia y/o monto) a requerimiento de la Entidad. Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato. Por su parte, la ENTIDAD se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones: Dar conformidad a los servicios generales de acuerdo con las condiciones establecidas en el DBC, así como las condiciones de la propuesta adjudicada. Emitir informes parciales y el informe final de conformidad de los servicios generales, cuando los mismos cumplan con las condiciones establecidas en el DBC, así como las condiciones de la propuesta adjudicada. Realizar el pago por el servicio general, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario de emitido el Informe Final de Conformidad de los servicios generales objeto del presente contrato. Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato.

  • Sanciones máximas Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes: 1. Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días. 2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días. 3. Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.

  • Obligaciones del Oferente Los oferentes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta.

  • OBLIGACIONES DEL USUARIO Además de las obligaciones contenidas en estas Condiciones Generales de Uso, el Usuario se obliga a lo siguiente: - Usar diligentemente el nombre de Usuario y las contraseñas personales asignadas al Usuario, en caso de haberlas. El nombre de Usuario y la contraseña que se asignen a cada Usuario con el fin de acceder a los Sitios Web, o a los Servicios y Materiales, son de carácter confidencial y personal. El uso de este nombre y contraseña está restringido exclusivamente al Usuario a quien este nombre o contraseña son asignados. El Usuario es responsable de todos los daños y perjuicios, de cualquier naturaleza, que se ocasionen como consecuencia de la utilización de su nombre de Usuario o contraseña, por parte de un tercero, y que se deriven de la pérdida de los mismos o de la negligencia del Usuario. - Seguir las instrucciones impartidas sobre los Sitios Web. Para propender el correcto funcionamiento de los Sitios Web y el adecuado acceso y uso de los Servicios y Materiales ofrecidos en ellos, la Empresa, en su caso, podrá en cualquier tiempo dirigir instrucciones a los Usuarios. Las instrucciones podrán ser dirigidas vía correo electrónico o bien podrán estar estipuladas directamente en las páginas respectivas. El Usuario se compromete a mantenerse informado respecto de estas instrucciones y a cumplirlas diligentemente. - Usar los Sitios Web y los Servicios y Materiales, en forma correcta y lícita. El Usuario deberá usar los Servicios y los Materiales ofrecidos en conformidad a la ley, a las Condiciones Generales y Particulares de Uso y respetando la moral, las buenas costumbres y el orden público. El Usuario se abstendrá de usar los Sitios Web, los Servicios y los Materiales en cualquier forma que pueda lesionar los derechos e intereses de la Empresa, de otros Usuarios o de terceros, o que pueda dañar, inutilizar, sobrecargar, deteriorar o afectar de cualquier otro modo los Sitios Web, los Servicios o los Materiales o el uso de cualquiera de éstos por parte de los Usuarios. - Acceder u obtener Materiales por los procedimientos específicamente establecidos en las páginas web que contienen estos Materiales, y, de no haberse establecido un procedimiento, utilizando procedimientos lícitos y generalmente aceptados en Internet. En caso alguno podrá el Usuario acceder u obtener Materiales mediante formas que impliquen la creación de un riesgo o puedan acarrear daños o perjuicios a los Sitios Web, los Servicios o los Materiales. - No suprimir o alterar de modo que se haga menos visible, la mención o noticia de copyright o propiedad intelectual o cualquier otro dato que identifique a los titulares de los derechos sobre los Materiales, así como los demás mecanismos de protección, identificación u otros equivalentes, referidos a los Materiales. - No utilizar los Materiales para fines de venta, publicidad, propaganda u otros fines de naturaleza comercial. - No recoger, recopilar, descargar, copiar o proporcionar a terceros directorios de Usuarios ni ninguna información acerca de otros Usuarios, incluidas sus direcciones de correo electrónico. - No cargar, enviar por email o transmitir por cualquier otra forma ningún Material ni información que contenga virus de software o archivos o programas diseñados para interrumpir, destruir o limitar la funcionalidad de cualquier software computacional o hardware o equipo de telecomunicación asociados con los Sitios Web.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES SIN PERJUICIO DE LOS QUE PUEDAN ESTABLECERSE EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL ANEXO V. O bligaciones del contratista. 1/ Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen durante la ejecución del contrato, tanto para la Administración como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 305 del TRLCSP. Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un profesional, todos responderán solidariamente de las responsabilidades a que se refiere esta cláusula. 2/ El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. 3/ El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información. 4/ Del resto de obligaciones derivadas del presente pliego o de la legislación aplicable.